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Delitos contra el patrimonio en Ciutat Vella (Recomendaciones del Síndic)

Buenos días blogger@s,

el Síndic de Greuges ha emitido unas recomendaciones dirigidas al Ayuntamiento de Valencia para que conteste expresamente sobre una serie de cuestiones planteadas acerca de las pintadas que se realizaron en las esquinas de la Lonja de los Mercaderes (BIC Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO); la Iglesia de los Santos Juanes (BIC) y la Iglesia de Santa Catalina Mártir (BIC).

Desafortunadamente, nuestro consistorio persiste en su actitud de no responder de forma expresa a aquellas cuestiones y preguntas planteadas en los escritos y denuncias presentadas por Registro General de Entrada y opta por irse por los cerros de Úbeda para no tener que dar las explicaciones y respuestas que podrían dejarles en evidencia.

Desde finales del mes de noviembre de 2017 observamos que UNA PERSONA O GRUPO DE PERSONAS (MÁS LOS IMITADORES QUE APARECIERON), estaban bombardeando las esquinas de sillares de muchos de los edificios antiguos e históricos de Ciutat Vella con pintura de spray en tres (o dos) colores. Estos ataques indiscriminados contra el patrimonio se agravaron en diciembre de 2017, a principios de enero y hasta febrero-marzo, tras una brutal y salvaje oleada pintadas contra las Torres de Serranos, la Lonja, el Puente del Mar, el Tribunal Superior de Justicia, etc. amen de los incendios que afectaron a las Torres de Quart y a la Puerta Románica de la Catedral.

Tras denunciarlo ante la Policía Nacional, quisimos saber si las administraciones públicas valencianas estaban TOMANDO O NO LAS MEDIDAS OPORTUNAS PARA ATAJARLOS Y PONER A DISPOSICIÓN JUDICIAL AL RESPONSABLE O RESPONSABLES. Para ello, tuvimos a bien dirigirnos al Síndic de Greuges.

En nuestro requerimiento solicitábamos expresamente lo siguiente:

a) El Ayuntamiento de Valencia y la Generalitat Valenciana (Conselleria de Cultura) nos informen si han comunicado estos delitos, señalados en el punto 1, contra el patrimonio cultural valenciano a la Policía Nacional para que esta inicie una investigación a fin de identificar y detener a los responsables de las pintadas realizadas en la Lonja de los Mercaderes (BIC Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO); la Iglesia de los Santos Juanes (BIC) y la Iglesia de Santa Catalina Mártir (BIC), INDICANDO QUE DE NO HABERLO HECHO PUEDE HABERSE INCUMPLIDO LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 408 DEL CÓDIGO PENAL.

b) El Ayuntamiento de Valencia y la Generalitat Valenciana (Conselleria de Cultura) nos informen si han comunicado estos mismos delitos, tipificados en el Artículo 323 del Código Penal, a la Fiscalía Provincial o a un Juzgado de Guardia, INDICANDO QUE DE NO HABERLO HECHO PUEDE HABERSE INCUMPLIDO LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 408 DEL CÓDIGO PENAL.

c) El Ayuntamiento de Valencia y la Generalitat Valenciana (Conselleria de Cultura) nos informen si han sido revisadas las grabaciones realizadas por las cámaras de vídeo vigilancia situadas en el Palau de Forcalló (Sede del CVC) y en el de Santa Bárbara (CJCCV) con el fin de identificar a los responsables y dar traslado de las imágenes a las autoridades policiales y judiciales.

Sin embargo, la Concejalía de Cultura respondió lo siguiente:

"En relación a la queja con número de instancia (00110-2018-014938), sobre pintadas en las esquinas de sillares de algunos edificios antiguos e históricos de Ciutat Vella, el Servicio de Patrimonio Histórico del Ayuntamiento de Valencia informa que La Lonja es el único edificio que está adscrito a este Servicio de Patrimonio Histórico y que su sillar dañado, fue limpiado inmediatamente".

En ningún momento se nos informa si los hechos fueron denunciados a la POLICÍA NACIONAL (no a la Local) y/o a la FISCALÍA PROVINCIAL. Tampoco se nos responde acerca de la revisión de las cámaras de vídeo vigilancia que podrían haber grabado a los delincuentes pintando en el Palau de Forcalló (Sede del CVC) y en el de Santa Bárbara (CJCCV). Que la pintada fuera limpiada inmediatamente no es ni importante ni relevante y más si no se realizó previamente la prueba pericial caligráfica. Entendemos pues que las pruebas del delito fueron eliminadas antes incluso de su análisis y estudio, con el fin de recopilar las posibles pruebas para identificar al responsable.

De la misma forma se nos informó que desde la "1º Unidad de Distrito de la Policía Local se están ocupando del control y vigilancia de los edificios municipales y monumentos de la zona, y se han localizado puntualmente pintadas en algunos de ellos. En estos casos se ha valorado la gravedad de la pintada y elaborado el correspondiente informe, y en su caso se ha denunciado en Comisaría. Además se ha dado aviso a la empresa que se ocupa de la limpieza de estos edificios para evitar el deterioro".

En este punto queremos aclarar que la elaboración de un informe (interno, a nivel de la propia Policía Local) no conlleva necesariamente que el delito patrimonial sea denunciado ante un Juzgado. Decir que "en su caso se ha denunciado en Comisaría" resulta genérico e impreciso y no aclara si los delitos que aparecen en nuestro escrito se han denunciado o no y cuáles si y cuáles no. Argumentar que "se ha valorado la gravedad de la pintada" es igualmente abstracto e inconcreto. ¿Quién la ha valorado y cómo? ¿Bajo qué criterios técnicos? ¿Una inspección ocular? ¿Una valoración económica? Recordamos que las pintadas han sido realizadas sobre Monumentos Históricos Nacionales (BICs) que gozan de la máxima protección. Y uno de ellos es Patrimonio de la Humanidad.

La conclusión que sacamos de las respuestas y de los silencios que nos ha dado el Ayuntamiento de Valencia, en relación al presente expediente, es que no puede responder expresamente a las cuestiones que les hemos planteado simple y llanamente porque no se ha denunciado ante la POLICÍA NACIONAL; no ha trasladado los delitos patrimoniales que se han producido a un JUZGADO; y NO SE HAN REVISADO LAS CÁMARAS DE SEGURIDAD. Ergo, nuestro consistorio no ha realizado correctamente su trabajo ni ha cumplido con sus obligaciones legales.

Después de la recomendación dada por el Síndic, si la acepta, nuestro consistorio tendrá tres meses para responder a los puntos señalados. En caso de no hacerlo, trasladaremos la presente denuncia a un juzgado para que evalúe la responsabilidad y la negligencia del Ayuntamiento de Valencia ante los hechos denunciados.

Un saludo...

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