viernes

El viejo cauce de los puentes verdes

Buenas tardes blogger@s,

el antiguo cauce del río Turia es verde. Verde en el césped, en los jardines y en los numeroso árboles que lo pueblan a lo largo y a lo ancho de sus casi diez kilómetros.  

Pero también es verde en los pretiles, en los puentes, en las piedras y en los sillares de nuestro patrimonio. Un verde que lo daña, que le aporta una humedad innecesaria y favorece la aparición y crecimiento de microorganismos que destruyen poco a poco la piedra. Un verde que daña con las raíces de sus plantas y ocasionan presiones que se manifiestan en la formación de grietas, cambios de coloración, fragmentaciones y pérdida de material.

La compañera Talía Martinez ya explicó en su día los factores de deterioro en la piedra de los monumentos:


Llevamos insistiendo desde septiembre de 2013, hace más de cinco años, de la necesidad de una limpieza y mantenimiento regular de los puentes históricos y de los pretiles del antiguo cauce del río Turia. Pero a pesar de las denuncias y de las recomendaciones del Síndic, los trabajos siguen sin ejecutarle periódicamente. Solo cuando hay una denuncia o cuando sale en prensa y RRSS y se les colorea la cara a los responsables.

Recordamos también que no es ni necesario ni preciso que tengamos que estar recordando continuamente los deberes y las obligaciones legales a las administraciones públicas valencianas. Ya son lo suficientemente mayorcitos para saber lo que tienen que hacer.

Lamentablemente la situación de los puentes históricos sigue siendo igual de deficiente que en 2013. De nada sirve que en su día se restauraran los puentes de la Trinidad y Serranos. Dinero del contribuyente tirado a un saco roto si no se realiza regularmente un mantenimiento y limpieza de nuestro patrimonio cultural. Y el actual equipo de gobierno no parece estar muy por la labor a tenor de las imágenes que mostramos.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

jueves

El incivismo en la Lonja de los Mercaderes en la portada de Las Provincias

Buenas tardes,

el comportamiento incívico y despreciable de algunos individuos hacia nuestro monumento más valioso, la Lonja de los Mercaderes, Patrimonio de la Humanidad, ha sido hoy portada del diario Las Provincias.


Un vandalismo que se repite cada fin de semana a la espera de unas cámaras de vídeo vigilancia que nunca llegan, a pesar del tiempo transcurrido.

Además, resulta llamativo escuchar, por parte de los actuales responsables del Ayuntamiento de Valencia, los mismos argumentos y excusas que empleaba el anterior equipo de gobierno municipal. Recordamos en este punto las críticas vertidas por parte de quienes ahora gobiernan y antes estaban en la oposición, hacia los que gobernaron la ciudad durante 24 años. Las vueltas que da la vida y, sin embardo, seguimos escuchando lo mismo una y otra vez, gobierne quien gobierne. Y cuando no es por un pito, es por una flauta, pero los proyectos se eternizan y se atascan a la espera que otra administración lo apruebe, solucione y le de el visto bueno para que puedan seguir en un proceso  burocrático, enrevesado y lleno de dificultades, que termina convirtiéndose en interminable.

Tanto los vecinos como nuestra asociación estamos cansados de escuchar siempre lo mismo por parte de unas administraciones públicas valencianas que deberían velar por nuestro patrimonio cultural para evitar que esto se repita constantemente. Es su deber y su obligación y sin la necesidad de que hayan denuncias previas. El consabido deber in vigilando. No queremos más promesas y que nos vendan aire enlatado. Queremos hechos y soluciones, agilizando los expedientes y mejorando el deficiente y crónico funcionamiento interno de estas administraciones.

Un saludo...

miércoles

Incivismo en la Lonja de los Mercaderes

Buenos días blogger@s,

vecinos de la Lonja de los Mercaderes nos han pasado unas imágenes en las que se puede apreciar una escena que viene repitiéndose con asiduidad durante los últimos años:


Jóvenes del llamado turismo low cost que se dedican a beber y a organizar sus botellones en el entorno de la Lonja (o en las propias escaleras del edificio) para demostrar demostrar sus habilidades como escaladores trepando por la fachada y subiendo a las ventanas de un monumento Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO, mientras el resto del grupo les ríe las gracias, los graba y comparten sus "hazañas" en RRSS.

Volvemos a insistir en que, además de por la falta de educación de cada individuo, la ausencia de las tan esperadas cámaras de vídeo vigilancia (que siguen sin llegar) permiten y alimentan precisamente estos comportamientos incívicos e irrespetuosos, no solo con el monumento, sino también con los vecinos de la zona. Si las cámaras estuvieran ya instaladas y en funcionamiento, la Policía Local de Valencia podría presentares ipso facto en el lugar de los hechos, identificar a los responsables y sancionarlos.

Sin embargo, tenemos que seguir soportando una situación que es totalmente insostenible e inadmisible y a la que todavía no se le ha puesto solución. Hay que cortar esto de raíz.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

lunes

El "No informe técnico" de la Conselleria de Cultura sobre el Cine Metropol


Desde la Plataforma Salvem el Metropol, habiendo contado con la inestimable colaboración de la Arquitecta Diana Sánchez Mustieles, pasamos a emitir una serie de consideraciones, análisis y valoraciones tras recibir la copia del supuesto informe técnico que realizó la Conselleria de Cultura, después de la correspondiente recomendación del Síndic de Greuges, sobre el antiguo Cine Metropol de Valencia.

Cabe resaltar que si realmente se trata de la realización de un informe técnico-pericial, el mismo debería tener una estructura clara y entendible, tal y como indicamos a continuación:

· Objeto de informe.

· Antecedentes. Incluyendo una referencia histórica si se trata de un bien patrimonial, como es el caso, siendo importante destacar la autoría.

· Descripción del inmueble objeto del informe (localización, descripción física del edificio, propiedad, protección existente, etc.).

· Descripción de la inspección realizada, explicando qué métodos se han utilizado (se debe especificar, además, la fecha de visita). En este caso resulta obvio que ha sido una simple inspección visual. Con una inspección visual solo constatan el estado de conservación del edificio sin estudiar su construcción ni su estructura. Para hacer semejante consideración se debería haber estudio el edificio de manera exhaustiva a nivel físico y no se ha hecho. Aquí se deben explicar las lesiones encontradas y el estado en el que se encuentra (se describe un breve párrafo en que dice que el estado es “deficiente”, que se observan lesiones, pero no se dice ni dónde están exactamente ni como son, si hay grietas activas, etc.). Comentan que “según los arquitectos de la propiedad” el voladizo se reforzó… pero eso debería ser comprobado físicamente, pues hablan de estructura sin describir la estructura del edificio ni cómo funciona esta.

· Reportaje fotográfico en el que se apoya la inspección. Si se explica que hay daños se debe especificar su localización. En ningún caso se aportan fotografías y localización exacta y detallada de los daños señalados.

· Recomendaciones de posibles reparaciones. No las hay.

· Bibliografía y archivos consultados. Para conocer sobre un edificio es necesario revisar referencias (se hablan de las características del edificio e historia, pero ¿de dónde se han sacado esos datos?), las referencias deben estar contrastadas. No se aporta nada al respecto.

Por ello y tras la lectura de las apenas tres caras que ocupa el supuesto informe, desde la plataforma consideramos que:

- Cualquier informe técnico debe estar realizado por técnico competente (cualificado con los estudios requeridos) y además debe estar FIRMADO (y no lo está) ¿Quién es el técnico que lo ha realizado? ¿Cuál es su formación? ¿Por qué no aparece su nombre?

Si el edificio se encontrara en tan mal estado y existiera una declaración o expediente de ruina, se debería justificar detalladamente por qué es considerado ruina. Para ello se deberían aportar estudios más precisos (como un estudio del estado de la estructura, por ejemplo). Y no se ha hecho.

El responsable del supuesto informe afirma que “El estado de conservación del inmueble es deficiente. En el año 2001, el cine sufrió un incendio por el cual dejó de ser utilizado, ya que la estructura y los acabados quedaron dañados”, obviando pues el ARTÍCULO 180. DEBER DE CONSERVACIÓN Y REHABILITACIÓN E INSPECCIÓN PERIÓDICA DE EDIFICACIONES, DE LA LEY 5/2014, DE 25 DE JULIO, DE LA GENERALITAT, DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO Y PAISAJE, DE LA COMUNITAT VALENCIANA, por el cual el propietario del inmueble está en la obligación y el deber legal de MANTENERLA EN CONDICIONES DE SEGURIDAD, SALUBRIDAD, ORNATO PÚBLICO Y DECORO, REALIZANDO LOS TRABAJOS Y OBRAS NECESARIOS PARA CONSERVAR O REHABILITAR EN ELLOS LAS CONDICIONES IMPRESCINDIBLES DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD, FUNCIONALIDAD O USO EFECTIVO QUE PERMITIRÍAN OBTENER LA LICENCIA ADMINISTRATIVA DE OCUPACIÓN PARA EL DESTINO QUE LES SEA PROPIO. También tienen este deber los sujetos obligados conforme a la legislación estatal sobre rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.

- Así pues ni el propietario ni la administración pública competente han cumplido y hecho cumplir con las obligaciones legales marcadas en la presente y pasadas leyes urbanísticas, desde almenos el año 2001 hasta el 2012, cuando la empresa MetroLevante S.L, propietaria del Metropol, procedió a rehabilitar SOLO la fachada exterior recayente a la calle Hernán Cortés, olvidándose de mantener el resto del inmueble durante diecisiete años. Además, si esta fachada se rehabilitó en 2012, hace solo 6 años, ¿cómo es posible que ya haya varias fisuras (sin determinar ni el número ni la situación) en sus revestimientos? ¿No ha pasado más inspecciones ni controles desde esa fecha?

- No compartimos la idea de que “El estado de conservación del inmueble es deficiente”, puesto que tampoco se adjuntan los informes municipales (si existen), pruebas fotográficas o periciales sobre el estado de conservación del edificio. Si hay un informe de los bomberos tras el incendio de 2001, y algún informe más sobre el estado "deficiente" ¿cómo es que se permitió una actividad tan importante y concurrida como Casa Decor en 2006? Si “la estructura y los acabados quedaron dañados” no se podría haber usado el cine para este evento. Hubiera sido una imprudencia y una irresponsabilidad inadmisibles haber puesto en riesgo la integridad de las personas, además de una ilegalidad por no cumplir el espacio los requisitos de seguridad, funcionalidad y uso efectivo marcados en la Ley. Además, cuando se incendió, la parte estructural del edificio no se dañó, sino que sería la cubierta del escenario o, como mucho, la platea. Una cubierta metálica de cuchillos, que es fácilmente reparable, no es la estructura (elementos de sujeción y cimientos).

- Con respecto a la consideración de sus valores o falta de ellos, la persona que ha realizado la inspección visual se centra únicamente en el hecho de que exista o no decoración (¿respecto a qué época, si no se ha realizado tampoco ningún estudio previo del interior del cine?), no dando importancia ni a la autoría, ni a la tipología edificatoria, ni a la importancia de su historia, su repercusión en la historia de Valencia, en el hecho de ser un edificio singular y único al transformarse de residencial a cine, y a su posible reutilización para un nuevo uso. Directamente se plantea su falta de valor para su eliminación. Tampoco se ha considerado la repercusión de este cine en su entorno. Como hemos recalcado solo se centran en su decoración o la ausencia de la misma. En este punto, queremos señalar que las pocas fotografías que sí que aporta el informe técnico realizado por el Ayuntamiento de Valencia, permiten ver restos de la decoración interior del cine, detalle que la persona o técnico de la Conselleria de Cultura parece haber obviado e ignorado durante la más que deficiente inspección visual que se realizó al edificio.

Queremos remarcar que el valor arquitectónico no se puede medir exclusivamente por el uso o no de decoración, o la utilización de un estilo arquitectónico en su fachada. Comprende también la singularidad de la construcción según la tipología edificatoria que se plantea (como en este caso el cine), cómo se inserta en el entorno, la distribución y usos de los espacios en su interior, la utilización de la materialidad y la historia del edificio. Consideramos pues que se están obviando claramente los valores culturales del edificio, aparte de los puramente arquitectónicos.

- A este respecto, los estudios históricos realizados por los historiadores, historiadores del arte y geógrafos que forman parte de la Plataforma han revelado que el CINE METROPOL, situado en la calle Hernán Cortés nº9 de Valencia, FUE INCAUTADO Y PUESTO BAJO EL CONTROL DEL CEEP, siendo pues un EDIFICIO GUBERNAMENTAL DEL GOBIERNO DE LA SEGUNDA REPÚBLICA.

- Como explicamos en un escritos dirigido al Ayuntamiento de Valencia el pasado 11 de mayo de 2018, el COMITÉ EJECUTIVO POPULAR (CEP) y el COMITÉ EJECUTIVO DE ESPECTACULOS PUBLICOS (CEEP) de Valencia eran la REPRESENTACIÓN LEGAL DEL GOBIERNO CENTRAL REPUBLICANO DESDE EL  5 DE AGOSTO DE 1936.

Por ello, TODOS  LOS  EDIFICIOS  PRIVADOS  INCAUTADOS  POR EL  CEP  Y  EL  CEEP  SE CONVIRTIERON LEGALMENTE  EN  EDIFICIOS  GUBERNAMENTALES  DE  LA  SEGUNDA REPÚBLICA  ESPAÑOLA.

- La propia legislación valenciana indica en el Título III DEL DERECHO A LA MEMORIA DEMOCRÁTICA VALENCIANA (LEY 14/2017), Capítulo II, titulado LUGARES  e ITINERARIOS  de la Memoria Democrática, ARTÍCULO 20. Lugares e itinerarios de la memoria democrática de la Comunitat Valenciana, dice lo siguiente:

1. Tendrán  consideración  de  lugares  de  la  memoria  democrática  de  la  Comunitat Valenciana  aquellos espacios, inmuebles  o parajes que se encuentren en ella y revelen interés para la comunidad autónoma, por haberse desarrollado en ellos  hechos de singular relevancia por su significación histórica, simbólica o por su repercusión en la memoria colectiva  de la lucha de los valencianos y valencianas  por sus derechos y libertades democráticas  en el  período  que  abarca desde  la  proclamación  de  la  II República Española, el 14 de abril de 1931, hasta la entrada en vigor del Estatuto de autonomía de la Comunitat Valenciana,  el 10 de julio de 1982.

Por otro lado, la DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA DE LA LEY 4/1998 DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL (RECONOCIMIENTO LEGAL DE BIENES INMUEBLES DE RELEVANCIA LOCAL, EN ATENCIÓN A SU NATURALEZA PATRIMONIAL), ARTÍCULO 4, PUNTO 3, dice lo siguiente:

3. El patrimonio histórico y arqueológico civil y militar de la Guerra Civil en la Comunitat Valenciana, además de los espacios singulares relevantes e históricos de la capitalidad valenciana, como todos aquellos edificios que se utilizaron de sede del gobierno de la República, además de los espacios relevantes que utilizaron personajes importantes de nuestra historia durante el período de guerra de 1936 a 1939. Todos estos inmuebles deben estar construidos con anterioridad al año 1940.

- Así pues, el Cine Metropol es un inmueble  donde  SE DESARROLLARON  HECHOS DE SINGULAR  RELEVANCIA  HISTÓRICA, tal  y como recoge la  Ley 14/2017, de 10 de noviembre, de memoria democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana en el artículo 20 del Título III, pues el Metropol es el ÚLTIMO EDIFICIO  INTACTO  que perteneció al CEEP y en su  interior se INFORMABA a los  ciudadanos  del curso de la guerra y se LEVANTABA LA MORAL de la RETAGUARDIA, además de servir de evasión a las tropas que del frente venían a Valencia con días de permiso.

- Por todo la anteriormente expuesto queda sobradamente demostrado que el CINE METROPOL es un EDIFICIO SINGULAR Y ÚNICO y que está considerado como LUGAR DE LA MEMORIA DEMOCRATICA SEGÚN LA PROPIA LEGISLACIÓN VALENCIANA EN MATERIA DE PATRIMONIO CULTURAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA, y por ello de debería incluir inmediatamente el edificio del Cine Metropol, íntegramente y en todo su conjunto, dentro del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos con la categoría de BRL.

- Lamentamos profundamente que ni en el informe encargado por el Ayuntamiento de Valencia, ni en el supuesto informe realizado por la Conselleria de Cultura se haya contado con un equipo pluridisciplinar a la hora de atender nuestra petición de declarar como BRL el edificio del antiguo Cine Metropol de Valencia, en cumplimiento de la LEY de Patrimonio Cultural Valenciano, que indica en el Artículo 47. Formación de los Catálogos de Bienes y Espacios Protegidos, de la LEY 5/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de modificación de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano. [2007/1870], punto 2, lo siguiente:

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación urbanística en relación con la elaboración de los Catálogos de Bienes y Espacios Protegidos, a los efectos de la presente ley, tales documentos deberán abarcar, de manera sucinta, el estudio y evaluación de todos los campos de interés patrimonial de naturaleza inmueble que tengan presencia en su municipio, SIENDO REDACTADOS POR EQUIPOS PLURIDISCIPLINARES EN CUYA COMPOSICIÓN PARTICIPARÁN NECESARIAMENTE TITULADOS SUPERIORES EN LAS DISCIPLINAS DE ARQUITECTURA, ARQUEOLOGÍA, HISTORIA DEL ARTE Y ETNOLOGÍA O ANTROPOLOGÍA QUE GARANTICEN LA SOLVENCIA TÉCNICA DE LOS TRABAJOS.

Sin embargo, las administraciones públicas, no han sabido hacer correctamente su trabajo, contando solo con el criterio de los arquitectos, quienes están dejando VACÍOS HISTÓRICOS y por tanto sus informes están VICIADOS de ORIGEN al faltar la labor INTERDISCIPLINAR tan necesaria si se quiere ofrecer UN INFORME SERIO y RIGUROSO a la ciudadanía.

- Es importante recordar a todas las administraciones públicas implicadas en la protección y conservación del patrimonio histórico que informar con  poca documentación y menos rigor histórico puede producir un daño irreparable como es el derribo de un edificio. Contar única y exclusivamente con el criterio de los arquitectos a la hora de tomar decisiones en la conservación del patrimonio supone un alto riesgo para la integridad y la conservación de nuestro patrimonio cultural. Esta situación debe ser contrarrestada con la intervención clave de los HISTORIADORES que siempre aportaran una investigación abundante y veraz sobre los HECHOS HISTÓRICOS que ocurrieron entre los muros de los edificios antiguos. No debemos olvidar que la actual digitalización de los archivos históricos está permitiendo descubrir acontecimientos que los HISTORIADORES, con la FORMACIÓN ESPECIALIZADA para saber DÓNDE BUSCAR, están APORTANDO IMPORTANTES  HECHOS HISTÓRICOS DESCONOCIDOS que los arquitectos, centrados en el puro orden del arte constructivo, ESTÁN PASANDO POR ALTO como se puede comprobar en el informe remitido por el Ayuntamiento de Valencia y el supuesto informe de la Conselleria de Cultura.

- En definitiva, no hay que olvidar que el patrimonio arquitectónico forma parte de la memoria colectiva. La destrucción de los edificios que por su actividad, decoración, significación, uso, etc. ya forman parte del ideario de una comunidad, supone una violación al derecho de la identidad y el ideario de un colectivo. El Cine Metropol forma parte del imaginario valenciano, hecho que se constata con los apoyos de diversas instituciones, colectivos y ciudadanía, y destruirlo sería vulnerar el derecho al mantenimiento de la historia y el legado cultural inherente.

Plataforma Salvem el Metropol

Valencia, a 11 de noviembre de 2018

miércoles

La antigua Estación del Grao languidece ante la pasividad de ADIF y del Ayuntamiento de Valencia

Buenas tardes blogger@s,

la antigua Estación del Grao languidece día a día. Tanto su legítimo propietario, ADIF, como el Ayuntamiento de Valencia, siguen pasando por alto las obligaciones legales que conlleva tener en propiedad un edificio catalogado como BRL: mantenimiento y rehabilitación para su uso efectivo por parte de ADIF y la obligación, por parte del Ayuntamiento de Valencia, de exigir el cumplimiento de las leyes al propietario. Y llegado el caso, ejecución subsidiaria por parte del consistorio si se incumplen los requerimientos.

Sin embargo, y pesar de que nuestra asociación denunció el estado de abandono de este BRL a principios de 2013:


Y de que conseguimos que a finales de 2013 se ejecutaran unas obras básicas de mantenimiento (pintura y saneamiento):


El estado actual de la estación dista mucho de cumplir con la legislación urbanística y patrimonial y tanto ADIF como el Ayuntamiento incumplen flagrantemente con sus deberes legales, agravando la ya de por si delicada situación del bien patrimonial.

A todo esto hay que sumar la aparición de pintadas delictivas en todas las fachadas del edificio. Suciedad y degradación que atraerán pronto más pintadas a la antigua estación.

Lamentablemente, después de todos estos años seguimos sin ver voluntad alguna por recuperar y poner en uso y en valor la estación de trenes española más antigua que queda en pie.

Así pues, nos toca reabrir de nuevo el expediente con el Síndic de Greuges para que se tomen las medidas oportunas. Ninguno de los dos (ADIF y Ayuntamiento) van a hacer nada si no hay una denuncia de por medio.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

martes

Nuevos delitos patrimoniales contra el Puente de Serranos y el de San José (BRLs)

Buenos días blogger@s,

la plaga delictiva que asola Valencia desde finales de 2017 sigue in crescendo a lo largo de 2018 y parece no tener fin.

Si ayer el diario Las Provincias se hacía eco de los numerosos delitos y actos vandálicos que viene sufriendo la ciudad en el último año:


hoy nos vemos en la obligación de denunciar nuevas pintadas en los puentes de Serranos y de de San José (BRLs), restaurados y limpiados mil veces por haberse convertido en un blanco fácil para los pintamonas que se pasean impunemente por Valencia.

Unas pintadas sobre nuestro patrimonio cultural protegido que, en breve, atraerán más y más pintadas ante el efecto llamada que provocan este tipo de mamarrachadas.

Lamentablemente, volvemos a comprobar que la falta de civismo y de educación de algunos individuos, que se dedican a cometer este tipo de delitos contra el patrimonio cultural, unida a la falta de contundencia del Ayuntamiento de Valencia y de los responsables de las concejalías y áreas con competencias en la materia, dan como resultado esta triste estampa.

Hasta que las autoridades no se pongan las pilas y dejen de marear con el consabido "estamos trabajando en ello", los delincuentes seguirán campando a sus anchas mientras los ciudadanos pagamos la limpieza con nuestros impuestos.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

viernes

Vergüenza ajena en el pleno del Ayuntamiento de Moncada

Buenos días blogger@s,

queremos compartir con vosotros la lamentable y vergonzosa intervención de la alcaldesa de Moncada ante la pregunta formulada por la oposición respecto al altar de la fábrica Garín que termino en vertedero por orden de un responsable, con nombre y apellidos, al que se está intentado proteger, en detrimento de los trabajadores de las Brigadas de Obras municipal que "entendieron mal" una orden.

El vídeo y los argumentos de la máxima responsable del Ayuntamiento de Moncada no tienen desperdicio:


Y puesto que la alcaldesa nos cita directamente, eso sí, como el "Círculo de Protección del Arte, Patrimonio y Demás (en tono despectivo, además)" y tampoco muestra ningún respeto por nuestra asociación y nuestro trabajo, nos vemos en la obligación de contestar una a una a las numerosas inexactitudes y las continuas faltas de verdad de la alcaldesa de Moncada:

1. Respecto a que "no es cierto que no se le haya contestado al Síndic", la Sra, Orts falta de forma clara y manifiesta a la verdad. Se ha respondido única y exclusivamente después de la recomendación directa, por falta de respuesta del ayuntamiento, del Síndic de Greuges (tras seis peticiones) y tras recordarle esta institución que la falta de colaboración con el Síndic de Greuges se encuentra tipificada en el artículo 502.2 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal: 

“En las mismas penas incurrirá la autoridad o funcionario que obstaculizare la investigación del Defensor del Pueblo, Tribunal de Cuentas u órganos equivalentes de las Comunidades Autónomas, negándose o dilatando indebidamente el envío de los informes que éstos solicitaren o dificultando su acceso a los expedientes o documentación administrativa necesaria para tal investigación”. 

2. Informarle a la Sra. Orts y a sus asesores que no es preciso ni obligatorio presentar una queja por registro de entrada en el Ayuntamiento de Moncada de forma directa y más cuando ya hay precedentes en otros expedientes en los que se ha aplicado el silencio administrativo y nos hemos visto en la obligación de tener que recurrir al Síndic de Greuges para obtener la información solicitada. Además, si un miembro de la oposición nos pide información sobre el tema en cuestión, estamos perfectamente legitimados para darle traslado de la misma para que la plantee en el pleno. Forma parte de la normalidad democrática y de la participación ciudadana que parece desconocer la alcaldesa.
Asimismo, y una vez la oposición obtuvo la respuesta, comprobamos que el ayuntamiento seguía sin depurar responsabilidades por estos hechos y tampoco se daba una explicación convincente de lo ocurrido.  Por este motivo decidimos acudir directamente al Síndic. Y puesto que la alcaldesa parece ignorarlo, recordarle a la Sra. Orta que también estamos perfectamente legitimados para acudir al Síndic de Greuges o a la institución que creamos conveniente sin que nuestra queja y/o denuncia pierda validez por ello. Igualmente, el hecho de que el Síndic la admitiera a trámite y emitiera una recomendación valida todavía más nuestra actuación, a pesar de que al Ayuntamiento de Moncada no le haya gustado y la haya rechazado, en una falta de respeto y transparencia sin precedentes.

3. Respecto a la denuncia que presentamos ante el Síndic queremos dejar claro el procedimiento del expte. nº1717100. Por este motivo, nos vemos en la obligación de matizar las palabras de la alcaldesa, puesto que no se trata de que "nuestra asociación se pusiera en un primer momento en contacto con el Síndic" y que tras su respuesta de que "no les constara ningún registro de entrada por parte de nuestra asociación" nos "pusieramos de nuevo en una segunda ocasión en contacto con el Síndic". Lo que hicimos se llaman alegaciones y forman parte del mismo expediente nº1717100. Es nuestra respuesta ante la respuesta incoherente y sin sentido, que envió el ayuntamiento. De hecho el Síndic admitió nuestras alegaciones y se volvió a dirigir al consistorio. Usted o sus técnicos desconocen completamente el procedimiento administrativo común. Le recomendamos pues que se informe y se prepare mejor las intervenciones para no ponerse en evidencia delante de todos.

4. La alcaldesa de Moncada falta a la verdad cuando dice que el altar solo estuvo una hora en el vertedero. Las fotos que nos enviaron corresponden a las 11h y una vez recopilada, revisada y comprobada toda la información relativa a estos hechos, contactamos aproximadamente hacía las 13:55h con el coordinador de espacios museográficos de Moncada, Josep Burriel, quien se sorprendió de que hubiesen tirado parte del altar, calificando estos hechos de "lamentables". Al rato de ser conocedor de estos hechos, esta persona se puso en contacto con nosotros para NEGAR ROTUNDAMENTE QUE NINGUNA PARTE DEL ALTAR DE GARÍN ESTUVIERA EN EL VERTEDERO Y NOS ENVIÓ UNA IMAGEN DE TODO EL ALTAR, ASEGURANDO QUE SE ENCONTRABA A BUEN RECAUDO EN LOS ALMACENES MUNICIPALES Y NO EN LA BASURA. Una mentira fácilmente demostrable cuando a las 15:47h NOS ENVIARON UN VÍDEO, GRABADO DENTRO DEL VERTEDERO, EN EL QUE SE PODÍA VER CLARAMENTE QUE PARTE DEL ALTAR ESTABA ALLÍ, DENTRO DE UNA ESPECIE DE CONTAINER METÁLICO Y JUNTO A OTROS ENSERES, Y NO A BUEN RECAUDO Y EN ALMACENES MUNICIPALES. Media hora después, tras contactar con el concejal Vicente Conejero, se procedió a la retirada del altar de dicho vertedero. Si sumamos pues el tiempo transcurrido, el tiempo que estuvo el altar en el vertedero fue de, almenos, cinco horas y no una, como afirma la alcaldesa en el vídeo.

5. Resulta totalmente desafortunado que una alcaldesa de un municipio como Moncada se atreva a afirmar que "una asociación (la nuestra) se atreviera a decirle a un ayuntamiento que tenía que tomar responsabilidades sobre un determinado político". Por lo que hemos comprobado, la alcaldesa, su grupo político y sus asesores desconocen el ordenamiento jurídico que rige la participación ciudadana en las cuestiones políticas y culturales. Desde de la Constitución de 1978 a la Ley del Procedimiento Administrativo Común. Recordarle pues a la máxima responsable del ayuntamiento de Moncada que tanto a nivel particular como a nivel asociativo estamos plenamente legitimados para exigir las explicaciones pertinentes y la depuración de responsabilidades a cualquier administración pública. De nuevo, el hecho de que el Síndic de Greuges admitiera a trámite nuestra denuncia, valida completamente nuestra actuación desde el minuto cero.

6. Nuestra asociación sabe perfectamente que los responsables de que parte del altar terminara en el vertedero no fueron precisamente los trabajadores la Brigada de Obras. Ellos también lo saben, al igual que el ex concejal del gobierno Vicente Conejero, ahora en la oposición. Cosa bien distinta es que no quieran hacerlo en público, pero si lo hagan en privado. Por ende, el responsable de dar la orden clara y concisa (sin posibilidad de error en la interpretación) tiene nombre y apellidos y no ha asumido su culpa, descargándola en terceras personas.

Para finalizar, nuestra asociación solo puede catalogar la intervención de la alcaldesa de Moncada en este pleno como lamentable y vergonzosa. En todo el tiempo que llevamos como asociación que defiende el patrimonio valenciano nunca nos habíamos encontrado políticos tan irresponsables, irrespetuosos con nuestro trabajo y que faltaran de forma tan descarada a la verdad a pesar de la contundencia de las pruebas y de los argumentos defendidos y admitidos por el propio Síndic. Los máximos responsables del Ayuntamiento de Mocada han quedado en evidencia delante de todos. Y encima está grabado en vídeo.

Un saludo...