Buenas tardes blogger@s,
el Síndic de Greuges ha emitido unas recomendaciones dirigidas tanto a la Conselleria de Cultura como al Ayuntamiento de Valencia con el fin de que, por un lado, faciliten al autor de la queja una copia íntegra del informe sobre la protección del cine Metropol de Valencia en formato electrónico y en color, y por otro, adopten todas las medidas que sean necesarias para lograr la tramitación electrónica de los procedimientos de forma que el interesado pueda acceder a su expediente en todo momento para conocer el estado de tramitación del mismo.
Así pues y en primer lugar, destacamos que hasta la fecha solo hemos recibido, por parte de la Conselleria de Cultura, un breve extracto de apenas cien palabras en un documento firmado el 2 de octubre de 2017 y que dice lo siguiente:
“Se ha procedido a valorar a través de un informe técnico emitido por el Servicio de Patrimonio Cultural de este centro directivo, la posible existencia de valores culturales singularmente destacables para ser considerado Bien de Relevancia Local, llegándose a la conclusión de que en lo que a la exclusiva competencia se refiere de esta Dirección General no se han encontrado esos valores arquitectónicos para ser considerado como tal. Si bien, se recomienda, el mantenimiento de las líneas compositivas generales de la fachada, así como los elementos con valores históricos, tales como la singular decoración y tipografía del letrero del cine, similar a la utilizada en otros edificios de la 11 República”.
Por este motivo, consideramos que no se ha aportado ningún informe ni estudio pormenorizado más allá de estas pocas líneas que resultan totalmente insuficientes y creíbles. De ahí que queramos ver y examinar el supuesto informe que debería haber sido realizado por un equipo pluridisciplinar en CUYA COMPOSICIÓN PARTICIPARÁN NECESARIAMENTE TITULADOS SUPERIORES EN LAS DISCIPLINAS DE ARQUITECTURA, ARQUEOLOGÍA, HISTORIA DEL ARTE Y ETNOLOGÍA O ANTROPOLOGÍA QUE GARANTICEN LA SOLVENCIA TÉCNICA DE LOS TRABAJOS. En caso contrario, se estaría vulnerando el Artículo 47. Formación de los Catálogos de Bienes y Espacios Protegidos, de la LEY 5/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de modificación de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano y podría ser constitutivo de un fraude de LEY.
En segundo lugar, la conclusión a la que hemos llegado, tras hablar con la Directora General de Cultura y con el Subdirector de Cultura, es que NO LES LLEGAN NUNCA NUESTROS ESCRITOS, siendo conscientes los responsables de Cultura de que existe un grave problema en la Conselleria de Educación, Cultura, Investigación y Deporte a la hora de recibir, tramitar y dirigir los escritos a las diferentes direcciones generales que engloban esta macro Conselleria.
Esta situación que venimos denunciando desde el año 2012 debe ser solucionada INMEDIATAMENTE a través de un eficaz y ágil Registro General de Entrada telemático, al igual que tienen otras administraciones públicas valencianas, que permita conocer al ciudadano el estado de su expte., recibir la notificación de recepción por la misma vía que haya utilizado para comunicarse con la administración, etc. en todo momento a través de la Carpeta Ciudadana. En pleno 2018 no podemos continuar con esta situación que genera inseguridad en los ciudadanos y asociaciones que ven como la vía administrativa resulta estéril e infructuosa por los problemas de funcionamiento internos de esta Conselleria. La Dirección General de Cultura debe solucionarlo YA, sin más excusas y pretextos de falta de personal, capacidad económica, etc.
Ya han pasado más de tres años desde que el tripartito gobierna en la Comunitat Valenciana y seguimos esperando a que se solucione un problema que dificulta la plena participación proactiva de la ciudadanía en los procesos de toma de decisión sobre políticas públicas.
Un saludo...
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