Buenos días,
En fecha de 22 de marzo de 2017 informamos al Ayuntamiento de Valencia, por RGE I-00118-2017-006198, del estado de la Ermita de San Miquel de Soternes y de su entorno de protección, un BRL de titularidad privada con categoría de Monumento de Interés Local, según consta en la ficha del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del Ayuntamiento de Valencia (BRL 07.05.01).
El 17 de mayo de 2017, el Ayuntamiento de Valencia respondió, a través del Servicio de Disciplina Urbanística lo siguiente:
“Se está tramitando el correspondiente procedimiento para requerir a la propiedad del edificio referenciado, que realice las obras de reparación necesarias para que el mismo cumpla con las condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro exigidas en la legislación urbanística, y en la ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, encontrándose actualmente el expediente, pendiente de que por la Oficina Técnica Control de la Conservación de la Edificación se emita el correspondiente informe.”
Ya en el año 2021, cuatro años después, fuimos conocedores que se estaban ejecutando unas obras que consistían en la instalación y cerramiento del porche con unas rejas, además de la colocación de un asador de ladrillo cara vista adosado a la fachada y otros elementos impropios de un BRL. Ante la duda de si estos trabajos se estaban ejecutando con la correspondiente autorización patrimonial, pusimos en conocimiento estos hechos ante la Policía Autonómica, que paralizó las obras, y la Dirección General de Patrimonio de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte (Expte. 2021/0581-V), quienes respondieron lo siguiente:
“Habida cuenta que según el artículo 9 del Decreto 62/2011 de 20 de mayo, por el que se regula el procedimiento de declaración y el régimen de protección de los bienes de Relevancia Local, corresponde a los Ayuntamientos ejercer en primer término las medidas de gestión y disciplina urbanística sobre los bienes inmuebles de relevancia local, por la presente, se les traslada la información que se nos ha remitido para que se comprueban los hechos y se ejerzan las actuaciones que el Ayuntamiento estime pertinentes para la salvaguarda de la integridad de los valores de este elemento protegido”.
Desde esa fecha no hemos tenido más noticias al respecto y desconocemos si el Ayuntamiento de Valencia actuó o no para revertir las obras, a nuestro juicio incompatibles con el BRL y contrarias a la LPCV 4/1998 y posteriores modificaciones.
La sorpresa se produjo el pasado 27 de enero de 2023 cuando comprobamos in situ que las obras realizadas allí y denunciadas en 2021 no solo seguían estando, sino que la estructura de ladrillo con forma de "asador-parrilla-barbacoa" (la usan para encender velas) venía siendo usado con regularidad e incluso se había instalado una conducción para la extracción de humos. Todo ello en un BRL protegido por la LEY.
Por todo ello y comprobando que nuestra denuncia no ha sido atendida correctamente, permitiendo las administraciones públicas valencianas, por acción u omisión, esta agresión contra el patrimonio cultural valenciano, hemos solicitado al Síndic de Greuges lo siguiente:
a) Que el Ayuntamiento de Valencia u órgano competente en esta materia (concejalías, áreas y servicios con sus respectivas competencias), adopte INMEDIATAMENTE y SIN MAYOR DILACIÓN todas las medidas procedentes en cumplimiento de la LOTUP (artículo 180) y de la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano 4/1998 y sus posteriores modificaciones, prestando especial atención a los Artículos 4 y 5, así como aquellos otros artículos de dicha ley que sean de aplicación para este caso, con el fin de que el legítimo propietario de este BRL proceda a REVERTIR LAS INTERVENCIONES DENUNCIADAS Y QUE A NUESTRO JUICIO SON ILEGALES Y CONTRARIAS A LA LEGISLACIÓN VIGENTE EN MATERIA DE PATRIMONIO CULTURAL.
b) Que el Ayuntamiento de Valencia informe si comprobó los hechos denunciados y ejerció las actuaciones que estimara pertinentes para la salvaguarda de la integridad de los valores de este elemento protegido, tal y como le trasladó en 2021 la Dirección General de Cultura y Patrimonio (2021/0581-V).
c) Que si el legítimo propietario de la ERMITA DE SAN MIGUEL DE SOTERNES (BRL) no atiende a los requerimientos y no actúa en el plazo legal requerido, que el Ayuntamiento de Valencia u órgano competente en esta materia, pase a EJERCER LA ACCIÓN SUBSIDIARIA A COSTA DEL INFRACTOR, con el fin de REVERTIR LAS INTERVENCIONES DENUNCIADAS, QUE SEGURAMENTE HAN SIDO REALIZADAS SIN LOS PERMISOS NECESARIOS Y CONTRAVINIENDO LA LEY.
d) Que el Ayuntamiento de Valencia se COORDINE DE MANERA ÁGIL Y EFICAZ A TRAVÉS DE LAS DIFERENTES CONCEJALÍAS, ÁREAS Y SERVICIOS CON COMPETENCIAS EN LA MATERIA (CULTURA, PATRIMONIO, URBANISMO, ETC.) con el fin de evitar una dilación innecesaria e injustificada que afecte más aún a la seguridad e integridad de este BRL. Se debe evitar a toda costa que las diferentes concejalías, áreas y servicios del Ayuntamiento de Valencia acaben pasándose la pelota de unos a otros, mareando a los autores de la queja, no actuando con la excusa de no tener las competencias cuando SÍ QUE LAS TIENEN, etc. tal y como hemos visto ya en diferentes expedientes de queja que hemos tenido que dar traslado al Síndic.
Conforme avance el presente expediente, os mantendremos informados.
Un saludo...
Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.
No hay comentarios:
Publicar un comentario