A LA ATENCIÓN DEL SUBINSPECTOR DE PATRIMONIO HISTÓRICO - U. POLICÍA AUTONÓMICA - SR. D. ANTONIO LÓPEZ
Distinguido Sr.:
Tal y como hemos acordado en conversación telefónica celebrada con usted hoy por la mañana, le paso el texto que hemos presentado en el Registro de la Subdelegación de Gobierno a primera hora de la tarde, así como algunos documentos fotográficos, con el ruego de que valoren debidamente nuestras peticiones.
A la espera de sus amables noticias y agradeciéndole el interés mostrado, se despide
Valencia, a 7 de febrero de 2014
CERCLE OBERT DE BENICALAP
Fdo.: Antonio Marín Segovia
Secretario-Portavoz
CERCLE OBERT DE BENICALAP
Entidad inscrita en el Registro de Asociaciones de la Generalitat Valenciana con el número 1.047 de la Sección Primera del Registro Provincial de Valencia
D. ANTONIO MARÍN SEGOVIA, en nombre propio y en calidad de Secretario-Portavoz de la asociación CERCLE OBERT de Benicalap, con domicilio a efectos de notificaciones en ... , ante usted comparece y con el debido respeto y consideración
EXPONE:
Que en la antigua fábrica hidráulica “Bombas Gens”, ubicada en el barrio de Marchalenes de Valencia ciudad, se ha producido recientemente un aparatoso incendio (4 de febrero de 2014), que ha ocasionado graves daños a la parte noble del conjunto industrial, en concreto a su cubierta)
Igualmente, la emblemática fábrica de estilo “Art Decó”, “Bombas Gens”, ha sufrido varios intentos de robo, con objeto de sustraer las rejas de forja existentes en los ventanales recayentes a la Avenida de Burjassot.
Queremos informar a la Subinspección de Patrimonio Histórico de la Unidad de la Policía Autonómica, dependiente de la Consellería de Gobernación y Justicia, que existe un extraordinario y valioso panel cerámico en el vestíbulo de entrada de la antigua fábrica hidráulica “Bombas Gens”, que merece ser protegido de inmediato, a fin de evitar su posible sustracción en un futuro, dada la enorme facilidad que existe para entrar en el citado bien, tal y como hemos podido comprobar en numerosas ocasiones.
Ante la grave situación de abandono, degradación y expolio que lleva sufriendo el citado conjunto industrial durante las dos últimas décadas, nuestra entidad considera imprescindible que el Ayuntamiento de Valencia, la Consellería de Gobernación y Justicia (Subinspección de Patrimonio Histórico de la Unidad de la Policía Autonómica), la Diputación Provincial de Valencia y la Dirección General de Cultura de la Generalitat Valenciana, adopten de inmediato las medidas oportunas y eficientes, para evitar futuros expolios, ocupaciones, incendios y saqueos en el citado bien, procediendo a iniciar los tramites pertinentes, que permitan la expropiación urgente del citado bien y su posterior rehabilitación, dado que el legítimo propietario ha permitido y alimentado el abandono y expolio, a la vez que ha atentado abiertamente contra la salud de los vecinos y residentes de la zona.
Por todo lo anteriormente expuesto,
SOLICITA:
Que los diversos organismos administrativos públicos competentes, procedan de inmediato a:
1.- A la retirada de todas las basuras y escombros acumulados en el citado conjunto industrial, único elemento industrial “Art Decó” existente en Valencia ciudad.
2.- A la clausura de todos los puntos de entrada existentes en el espacio que ocupa el monumental conjunto industrial, denominado popularmente “Bombas Gens”.
3.- A la imposición de las multas coercitivas y sanciones al legítimo propietario del bien, por haber desatendido sus obligaciones legales durante años, a tenor de lo establecido en nuestro ordenamiento jurídico vigente: LEY 16/2005, de 30 de diciembre, Ley Urbanística Valenciana y LEY 5/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de modificación de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano.
4.- A la reserva inmediata de las partidas presupuestarias que permitan la expropiación urgente del bien y su posterior rehabilitación, a fin de lograr la conservación, puesta en valor y reutilización cívica y educativa del conjunto industrial, previa redacción de un proyecto consensuado entre las instituciones y la ciudadanía.
5.- A la protección y custodia institucional de las rejas de forja y del panel cerámico.
Igualmente es fundamental que el Ayuntamiento de Valencia, la Subinspección de Patrimonio Histórico de la Unidad de la Policía Autonómica, dependiente de la Consellería de Gobernación y Justicia, la Diputación Provincial de Valencia y la Consellería de Educación, Cultura y Deportes... procedan a RESPONDER EN TIEMPO Y FORMA a todos y cada uno de los asuntos en el presente escrito, en virtud de lo dispuesto en el artículo 11. Tramitación y contestación de peticiones admitidas, de la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición, un Derecho fundamental tal y como recoge el artículo 29 de la Constitución Española de 1978.
Que se extremen al máximo los deberes legales que se extraen del artículo 42 de la Ley 20/1992, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, y en tal sentido, se dicte resolución motivada a todas y cada una de las cuestiones planteadas en el presente escrito.
Que si este órgano no fuera competente, que SE PROCEDA SIN MÁS DILACIÓN a dar traslado del presente documento a la autoridad u órgano competente para pronunciarse o resolver sobre todas y cada una de las cuestiones y peticiones suscitadas en el mismo, tal y como recoge el artículo 10. Decisiones sobre competencia, de la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.
Valencia, a 7 de febrero de 2014
CERCLE OBERT DE BENICALAP
Fdo: Antonio Marín Segovia
Secretario-Portavoz
CONSELLERÍA DE GOBERNACIÓN Y JUSTICIA
Ciudad Administrativa 9 de Octubre
Torre 4 – Calle Castan Tobeñas, 77 46018 VALENCIA
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