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Respuesta de la Plataforma Salvem el Metropol al informe del Consell Valencià de Cultura

Desde la Plataforma Salvem el Metropol queremos hacer unas puntualizaciones y consideraciones sobre el informe realizado por el Consell Valencià de Cultura (CVC) por petición de la Delegación de Patrimonio y Recursos Culturales del Ayuntamiento de Valencia y con el fin de proteger el Cine Metropol.

Partiendo de la base de que el CVC no se ha molestado en realizar un estudio histórico crítico para evaluar el objeto de discusión, consideramos que las opiniones de algunos de los miembros del CVC radican única y exclusivamente en el ámbito de las valoraciones personales y subjetivas, alejadas completamente de la materia objeto del informe.

La consideración histórica de este cine, vinculada a la Segunda República, está formalmente y documentalmente probada en la bibliografía que ha sido ignorada por el propio CVC. Basta con revisar las dos siguientes referencias bibliográficas para documental y probar formalmente la vinculación del Cine Metropol con la Segunda República y con el Comité Ejecutivo Popular (CEP) que ostentaba la representación legal del gobierno central republicano desde el  5 de agosto de 1936:

- Cosme Ferris, M. D. (2008). El teatro en la ciudad de Valencia. Reconstrucción de la cartelera valenciana (1936-1939) (Tesis doctoral no publicada). Universitat de València, València.

- Ferrer Gimeno, F. (2011). Vestuario para El triunfo de las Germanías. Stichomythia: Revista de teatro español contemporáneo, 11-12, pp. 268-283.

Independientemente de que el Cine Metropol fuera o no sede de un organismo de gobierno o de otra institución y que tuviera o no relevancia política, cabe recordar al CVC que la DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA DE LA LEY 4/1998 DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL (RECONOCIMIENTO LEGAL DE BIENES INMUEBLES DE RELEVANCIA LOCAL, EN ATENCIÓN A SU NATURALEZA PATRIMONIAL), ARTÍCULO 4, PUNTO 3, dice lo siguiente:

3. El patrimonio histórico y arqueológico civil y militar de la Guerra Civil en la Comunitat Valenciana, además de los espacios singulares relevantes e históricos de la capitalidad valenciana...

Es más que evidente y está más que demostrado y documentado que el Metropol es un espacio singular, único, relevante e histórico de la capitalidad valenciana, vinculado a la figura de Vicente Miguel Carceller, personaje obviado e ignorado de nuevo por las instituciones a las que se le ha solicitado un informe histórico.

A ello hay que añadir que el Comité Ejecutivo de Espectáculos Públicos (CEEP), que estaba bajo el control de los principales sindicatos teatrales: CNT y UGT, fue el responsable de requisar teatros y locales tanto públicos como privados además de controlar y programar todos los espectáculos con el fin de apoyar y alentar la resistencia en la zona republicana. Fue el único comité de esta índole que se creó en toda España y que permaneció activo hasta casi el final de la Guerra Civil. Por lo tanto, el Cine Metropol es el único edificio en pie que queda en toda Valencia de un comité único y exclusivo en toda España.

Además, el Cine Metropol es un inmueble donde SE DESARROLLARON  HECHOS DE SINGULAR  RELEVANCIA  HISTÓRICA, tal  y como recoge la  Ley 14/2017, de 10 de noviembre, de memoria democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana en el artículo 20 del Título III, pues el Metropol es el ÚLTIMO EDIFICIO  INTACTO  que perteneció al CEEP y en su  interior se INFORMABA a los  ciudadanos  del curso de la guerra y se LEVANTABA LA MORAL de la RETAGUARDIA, además de servir de evasión a las tropas que del frente venían a Valencia con días de permiso.

En este punto, el CVC pasa por alto en su informe el Título III DEL DERECHO A LA MEMORIA DEMOCRATICA VALENCIANA (LEY 14/2017), Capítulo II, titulado LUGARES  e ITINERARIOS  de la Memoria Democrática, ARTÍCULO 20. Lugares e itinerarios de la memoria democrática de la Comunitat Valenciana, dice lo siguiente:

1. Tendrán  consideración  de  lugares  de  la  memoria  democrática  de  la  Comunitat Valenciana  aquellos espacios, inmuebles  o parajes que se encuentren en ella y revelen interés para la comunidad autónoma, por haberse desarrollado en ellos hechos de singular relevancia por su significación histórica, simbólica o por su repercusión en la memoria colectiva  de la lucha de los valencianos y valencianas  por sus derechos y libertades democráticas  en el  período  que  abarca desde  la  proclamación  de  la  II República Española, el 14 de abril de 1931, hasta la entrada en vigor del Estatuto de autonomía de la Comunitat Valenciana,  el 10 de julio de 1982. Un ejemplo de esto sería, por ejemplo, la proyección de espectáculos públicos en el Cine Metropol con el fin de apoyar y alentar la resistencia en la zona republicana.

En el informe, se sigue apuntando la falta de valor a nivel arquitectónico e incluso la poca relevancia al considerarse una “obra menor”, siendo sin embargo una obra de gran singularidad a nivel arquitectónico, además de por el rótulo de fachada (único elemento en consideración en dichos informes), también por el diseño de estilo modernista (art déco) presente en su fachada. Al ser el único cine de esta época que reúne estas características y que se conserva íntegramente en pie, es pues ejemplo singular y único de esa tipología edificatoria en la ciudad de Valencia.

Por todo ello, desde nuestra plataforma consideramos que este informe está hecho desde el punto de vista personal de alguno de sus miembros y no de forma consensuada y colectiva como sería de esperar. De la misma forma, un informe de estas características carece de valor académico si en la elaboración del mismo no se ha utilizado la metodología propia de las investigaciones humanísticas, destacando que en el mismo se ha obviado parte de la bibliografía y de la legislación sobre la materia objeto del informe.