viernes

Confirmado: La barraca de Cotofío o del Tío Tonet NO ES BRL

Buenas tardes,

por más que la regidora Lucía Beamud afirmara el pasado 21 de julio en sus RRSS que "Les barraques són BRL. Una llei està per damunt", ha quedado demostrado que esto no es así.

En el informe emitido por el Ayuntamiento de Valencia, y que fue solicitado por nuestra asociación a través del Servici de Transparència i Govern Obert, nos informan que la barraca Cotofio o del Tío Tonet no fue incluida en el Catálogo Estructural de Bienes y Espacios Protegidos con el nivel de BRL por entender que no reunía las condiciones exigidas para ello.

Así lo corrobora el técnico redactor del citado Catálogo, especialista en patrimonio de naturaleza rural, en el informe emitido al respecto el 17 de abril de 2020, en el que señala, en relación con la barraca de referencia:

“…no reúne las condiciones mínimas, ya que es un mero envoltorio, donde ha desaparecido toda la distribución interna, el plano del "sostre" en el nivel superior, las carpinterías, vanos originales, además de su cubierta vegetal. Su relación con el entorno es más bien dudosa por razones, algunas de ellas, ajenas a la propia barraca". 

Y a pesar de que en el artículo 4, de LA LEY 9/2017, DE 7 DE ABRIL, DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 4/1998, DEL PATRIMONIO CULTURAL VALENCIANO se indica que las barracas son BRL, es el propio Ayuntamiento de Valencia el que responde que en aplicación de esta disposición, no debe entenderse directa la protección como BRL de una construcción únicamente por su forma exterior, sino que se debe estudiar la situación de la construcción en la actualidad, con el fin de ver si aún posee los componentes propios de las barracas originales o si por el contrario ya ha sido transformada. Hay otros ejemplos de ello en Valencia, que tras su estudio, no se han considerado merecedoras de protección estructural. Y concluyen que consideran que la “Barraca Tío Tonet o de Cotofio no reúne las condiciones exigidas para ser incluida como Bien de Relevancia Local.”

Por lo tanto y por más que la regidora diga que "Les barraques són BRL. Una llei està per damunt", el propio Servicio de Planeamiento del Ayuntamiento de Valencia deja patente y claro que la barraca de Cotofío o del Tío Tonet no fue incluida en el Catálogo Estructural de Bienes y Espacios Protegidos con el nivel de BRL. En definitiva, NO ESTÁ CATALOGADA COMO BRL

Tras esto, el Ayuntamiento de Valencia y la regidora Lucía Beamud deberían explicar por qué se ha justificado el gasto de 8800€ en unos trabajos arqueológicos argumentando que "puesto que el edificio tiene la consideración de Bien de Relevancia Local (BRL), y tal y como exige la Ley 4/98 de Patrimonio Cultural Valenciano", cuando los propios informes encargados por el consistorio han sido muy claros y tajantes acerca de los motivos que les han motivado a no incluir a esta barraca como BRL dentro del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos. Esperamos una explicación convincente y justificada.

Un saludo...

jueves

Recomendaciones del Síndic de Greuges por el estado de la Barraca Cal Carro o Cano

Buenas tardes,

el pasado mes de julio, tanto desde nuestra asociación como desde l'Associació Cultural l'Horta de Valéncia, denunciamos ante el Síndic de Greuges el mal estado en el que se encuentra la BARRACA DE CAL CARRO O CANO, un bien de titularidad privada que está incluido dentro del Catálogo de Protecciones del Pla d’Acció Territorial d’Ordenació i Dinamització de l’Horta de València (PAT de l’Horta). Generalitat Valenciana, 2018. Catàleg annex. Element Patrimonials con la consideración de BRL-BRR y la categoría de Espacio Etnológico de Interés Local.

L'Associació Cultural l'Horta de Valéncia nos informó sobre el ESTADO RUINOSO Y DE ABANDONO EN EL QUE SE ENCUENTRA ESTA BARRACA, CON UN ALTO Y EVIDENTE PELIGRO DE DESAPARICIÓN. Desde hace unos años, este BRL ha perdido buena parte de su cubierta, lo que ha afectado a la parte de posterior de la misma. El interior parece también asolado, con derrumbes y desplomes. Además, la ampliación de la V-21 queda justo a su puerta.

Este BRL lleva deteriorándose desde hace lustros y avanza inexorablemente hacia su desaparición ante la pasividad de su legítimo propietario y de las instituciones y administraciones públicas con competencias en la materia que deberían velar por la protección de inmueble, en cumplimiento de sus funciones inspectoras e in vigilando y revisar con regularidad el estado de los bienes integrantes en el catálogo, sean estos de titularidad pública o privada.

Las imágenes de Google Street View muestran, además, que en el año 2008, hace trece años, ya se encontraba en un pésimo estado. Por lo tanto, los daños son anteriores y ha habido tiempo más que suficiente para que los técnicos de patrimonio y los de la Oficina Técnica de Control de la Conservación de la Edificación, hicieran las correspondientes inspecciones, incoando expediente administrativo, señalando los daños existentes y requiriendo a la propiedad de las mismas, tanto la adopción urgente de las medidas precautorias de seguridad como la solicitud de licencia de obras de intervención para la reparación de las deficiencias detectadas, bajo apercibimiento de su ejecución forzosa por el propio Ayuntamiento de Valencia en caso de incumplimiento de lo ordenado. No tenemos constancia de que exista el correspondiente expediente al respecto.

En la respuesta ofrecida por el Servicio de Disciplina Urbanística (Sección Ruinas) nos comunicaron que “a día de la fecha no existe en este Servicio expediente administrativo por deficiencias en la conservación del inmueble de referencia”. Una respuesta predecible y sorprendente, pues en el Catálogo de Protecciones del Pla d’Acció Territorial d’Ordenació i Dinamització de l’Horta de València (PAT de l’Horta). Generalitat Valenciana (2018) YA SE SEÑALABA QUE SU ESTADO DE CONSERVACIÓN ERA MALO; QUE DESDE HACE UNOS AÑOS HABÍA PERDIDO BUENA PARTE DE SU CUBIERTA, LO QUE HA AFECTADO A LA PARTE DE POSTERIOR DE LA MISMA: QUE EL INTERIOR PARECÍA TAMBIÉN ASOLADO, CON DERRUMBES Y DESPLOMES; QUE LA AMPLIACIÓN DE LA V-21 QUEDABA JUSTO A SU PUERTA; Y QUE SE ENCONTRABA EN ESTADO RUINOSO

Lamentablemente, ha vuelto a quedar patente que ni los técnicos de patrimonio ni los de la Oficina Técnica de Control de la Conservación de la Edificación han realizado las correspondientes inspecciones, incoando expediente administrativo, señalando los daños existentes y requiriendo a la propiedad de las mismas, tanto la adopción urgente de las medidas precautorias de seguridad como la solicitud de licencia de obras de intervención para la reparación de las deficiencias detectadas, bajo apercibimiento de su ejecución forzosa por el propio Ayuntamiento de Valencia en caso de incumplimiento de lo ordenado. 

Queda patente pues que las administraciones públicas incumplen constantemente con sus funciones in vigilando, no realizando las pertinentes inspecciones periódicas al patrimonio catalogado y que solo se actúa tras una denuncia de un particular o de una asociación/entidad, abriéndose solo entonces el correspondiente Expte. Rara vez se hace motu proprio, en cumplimiento de las obligaciones que tienen asignadas.

Por lo tanto es preciso, necesario y urgente que el Ayuntamiento de Valencia, debido a la situación de amenaza de ruina inminente del bien, ejecute subsidiariamente las medidas precautorias de seguridad de urgente adopción, puesto que el estado de esta barraca se debe, precisamente, a la inactividad y desinterés de los propietarios del bien. PEDIMOS QUE SE AGILICEN Y ACELEREN AL MÁXIMO LOS TRÁMITES Y LOS TIEMPOS, pues el propietario de este bien (en el caso de que lo haya a fecha de hoy) ha dejado patente, después de más de trece años de abandono y ruina, que no tiene ningún interés de actuar sobre este BRL. NO PODEMOS PERMITIRNOS EL LUJO DE PERDER OTRO BIEN DE NUESTRO PATRIMONIO RURAL POR NO ACTUAR RÁPIDAMENTE.

Insistimos en que  si el legítimo propietario de la BARRACA DE CAL CARRO O CANO no actúa inmediatamente que el Síndic de Greuges inste al Ayuntamiento de Valencia u órgano competente en esta materia, a EJERCER LA ACCIÓN SUBSIDIARIA A COSTA DEL INFRACTOR, con el fin de revertir y solucionar los daños que está sufriendo este BRL y que pueden derivar en su completa destrucción y desaparición.

Volvemos a pedir que PARA EVITAR LAS SITUACIONES DE RUINA, ABANDONO, DEGRADACIÓN, ETC. SOBRE NUESTROS BIENES PATRIMONIALES, ES PRECISO QUE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS VALENCIANAS Y, EN ESTE CASO, EL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA, A TRAVÉS DE LAS CONCEJALÍAS, ÁREAS O SERVICIOS CON COMPETENCIAS EN LA MATERIA, EJERZA SUS FUNCIONES IN VIGILANDO E INSPECTORAS DE MANERA REGULAR Y PERIÓDICA, DE AQUELLOS BIENES QUE FORMAN PARTE DEL CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS DEL MUNICIPIO. No podemos depender única y exclusivamente de la buena voluntad de particulares y colectivos que ponen en conocimiento estos hechos a las autoridades, nos lo comunican a nosotros por RRSS, etc. Las administraciones públicas deben velar por el cumplimiento efectivo y real de sus funciones y obligaciones en materia de patrimonio y urbanismo, a través de los técnicos y funcionarios capacitados y habilitados para tales efectos.

El Síndic, en sus consideraciones, señala que en el caso que nos ocupa, y teniendo en cuenta el incumplimiento por parte del propietario del inmueble de su obligación de conservarlo en buen estado, el Ayuntamiento podría acordar la ejecución subsidiaria a costa de la propiedad –artículo 102 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas-

Y por ello, RECOMIENDA que, teniendo en cuenta el estado de ruina inminente en el que se encuentra el inmueble, se adopten con urgencia las medidas precautorias que sean necesarias para evitar la destrucción del mismo, dirigiendo a la propiedad las órdenes de ejecución que procedan e imponiendo, en caso de incumplimiento, las multas coercitivas correspondientes y, en su caso, acordando la ejecución subsidiaria a costa de la propiedad. 

Nuestro patrimonio rural está en serio peligro de desaparición y necesita una mayor atención, inspección y vigilancia por parte de las administraciones públicas valencianas con competencias en la materia. No valer estar mirando para otro lado e incumplir constantemente con las obligaciones legales que tienen asignadas. Basta de excusas y dilaciones. Actúen INMEDIATAMENTE y sin necesidad de que un particular o una asociación tenga que denunciarlo por RGE para que se abra un expediente.

Esperamos una resolución rápida y eficaz para los problemas que atañen al patrimonio cultural de todos los valencianos.

Un saludo... 

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural y l'Associació Cultural l'Horta de Valéncia, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

miércoles

El Casino del Americano deberá incoarse como BRL antes de intervenir sobre el edificio

Buenas tardes,

en mayo de 2019, tras una queja presentada por RGE en febrero de 2018 y después de que nuestro consistorio nos aplicara de nuevo del silencio administrativo, el Síndic de Greuges consideró oportuno RECOMENDAR al Ayuntamiento de Valencia que, previo informe redactado por un equipo pluridisciplinar compuesto por titulados superiores en las disciplinas de arquitectura, arqueología, historia del arte, etnología o antropología, se valore la procedencia de catalogar la quinta de Nuestra Señora de las Mercedes (Casino del Americano) de Valencia como Bien de Relevancia Local, y se adopten las medidas de consolidación, limpieza y rehabilitación urgente de las cuatro pinturas singulares existentes en las pechinas de la cúpula principal.

El 24 de junio de 2021, más de dos años después, decidimos dirigirnos de nuevo ante el Síndic al no tener más noticias al respecto, recordando que el Ayuntamiento de Valencia, a través de las diferentes concejalías, áreas y servicios, nos informó en su día que: 

a) Servicio de Patrimonio Histórico y Artístico (04-03-2019): “Con la finalidad de colaborar en la determinación de los valores históricos y artísticos que permitan su adecuada catalogación, el Servicio de Patrimonio Histórico y Artístico tiene también en trámite el expediente 02001-2018-288, en el que se está redactando el correspondiente informe”.

b) Servicio de Patrimonio Histórico y Artístico (04-06-2019): “El trámite para declaración e inclusión en el Catálogo Estructural como BRL de bienes NO CORRESPONDE A LA CONCEJALÍA DE PATRIMONIO Y RECURSOS CULTURALES, YA QUE ES COMPETENCIA DE LA CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN URBANA. No obstante, con la finalidad de colaborar en el estudio y determinación de los valores de las pinturas murales y elementos de decoración incluidos en este inmueble, el Servicio de Patrimonio Histórico y Artístico ha incoado expediente número 02001-2018-288, que se encuentra pendiente de emisión de informe por parte de los técnicos arqueólogos. Una vez se emita dicho informe, se comunicará al Servicio de Planeamiento para que sea tenido en cuenta para la posible inclusión del inmueble en el Catálogo Estructural cuya corrección se está tramitando en su expediente 03001-2015-35)".

c) Servicio de Planeamiento (04-06-2021): “Las solicitudes para la catalogación de inmuebles como BRL, presentadas con posterioridad a la aprobación del Catálogo Estructural de Bienes y Espacios Protegidos de Valéncia, entre las que se encuentra el inmueble de referencia, están en proceso de estudio por distintos técnicos del Ayuntamiento, tanto desde el punto de vista arquitectónico, como arqueológico e histórico, a efectos de catalogar oportunamente cada uno de los inmueble”.

d) Servicio de Proyectos Urbanos (04-06-2021): NO CORRESPONDE A ESTE SERVICIO DE PROYECTOS URBANOS DECIDIR SI PROCEDE O NO INCOAR PROCEDIMIENTO PARA DECLARAR COMO BIEN DE RELEVANCIA LOCAL LA QUINTA DE NUESTRA SEÑORA DE LAS  MERCEDES (CASINO AMERICANO) DE VALÉNCIA.

Con el fin de evitar los consabidos “mareos” y dilaciones a la hora de contestar de forma clara y directa, por parte del Ayuntamiento de Valencia y de sus respectivas concejalías, áreas y servicios, a raíz de las disputas sobre competencias en los temas descritos en la presente queja, SOLICITAMOS AL SÍNDIC DE GREUGES QUE SE PRONUNCIEN Y EMITAN LOS CORRESPONDIENTES INFORMES SOLO LOS SERVICIOS Y ÁREAS CON COMPETENCIAS EN LA MATERIA. Las cuestiones planteadas en el presente expediente son los suficientemente claras y concisas y solo pedimos que se pronuncien sobre estos temas en concreto:

a) Si se ha redactado y aprobado o no el informe previo para valorar la catalogación del Casino del Americano como BRL. En caso afirmativo solicitamos que se nos facilite copia íntegra documental y completa, con fecha, número de Expte. y todos detalles del mismo.

b) Si se ha catalogado o no el Casino del Americano como BRL y en caso afirmativo solicitamos que se nos facilite copia íntegra documental y completa, con fecha, número de Expte. y todos detalles del mismo.

c) Si se han adoptado o no, específicamente, las medidas de consolidación limpieza y rehabilitación urgente de las cuatro pinturas de la cúpula principal y en caso afirmativo solicitamos que se nos facilite copia íntegra documental y completa, con fecha, número de Expte. y todos detalles del mismo.

Las respuestas ofrecidas por las diferentes áreas y servicios vuelven a poner de manifiesto el retraso y la dilación injustificados a la hora de catalogar como BRL LA QUINTA DE NUESTRA SEÑORA DE LAS MERCEDES (CASINO DEL AMERICANO), dentro del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del Ayuntamiento de Valencia, a pesar del tiempo transcurrido, no solo desde que se emitió y aceptó la recomendación, sino también desde que presentamos nuestra primera denuncia, el 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2018, HACE MÁS DE TRES AÑOS Y SIETE MESES.

Prueba de ello es que ahora y solo ahora, tras la reapertura del expediente, el Servicio de Planeamiento responde que “en aras a la celeridad en el procedimiento de catalogación como BRL, se inicia expediente individualizado del Casino del Americano (MÁS DE DOS AÑOS DESPUÉS DEL CIERRE DEL EXPTE. Y DE LA ACEPTACIÓN DE LA RECOMENDACIÓN), a pesar de las duplicidades administrativas y técnicas que conlleva, teniendo en cuenta las limitaciones de medios técnicos y humanos en el Servicio de Planeamiento para afrontar los temas estrictamente patrimoniales e históricos que se suman a las competencias propias del Planeamiento Urbanístico”. 

Volvemos a señalar los consabidos problemas y discusiones entre las diferentes concejalías, áreas y servicios del Ayuntamiento de Valencia sobre competencias a la hora de catalogar e incluir en el catálogo un BRL, cuando desde el propio Servicio de Planeamiento señalan las limitaciones para afrontar los temas estrictamente patrimoniales e históricos que se suman a las competencias propias del Planeamiento Urbanístico o desde Patrimonio  apuntan que el trámite para declaración e inclusión en el Catálogo Estructural como BRL de bienes no corresponde a la Concejalía de Patrimonio y Recursos Culturales, ya que es competencia de la Concejalía de Planificación y Gestión Urbana. Este “tuya-mía” solo retrasa, entorpece y dilata de forma innecesaria la resolución de las quejas planteadas.

Este retraso nos preocupa y mucho, pues según nos informan, “se está redactando el proyecto básico para su rehabilitación por parte del Servicio de Proyectos Urbanos en el que se marcarán las obras necesarias para la consolidación y restauración de los distintos elementos que forman el conjunto del Casino del Americano”, sin que el bien esté correctamente inscrito y catalogado como BRL. Por ende, desconocemos si ese proyecto básico tiene en consideración que el edificio será un BRL, con lo que esto conlleva. Tememos encontrarnos con un caso similar al del chalé de Aben al-Abbar (Expte. nº2003264), con actuaciones muy desafortunadas por actuar sobre un bien que debería haber estado catalogado antes de iniciar las obras de rehabilitación del mismo. 

Igualmente, el Servicio de Patrimonio Histórico, en el informe patrimonial sobre este inmueble, señala que “tras la Guerra Civil, el gobierno franquista usó el inmueble para alojar a las tropas moras de Franco” y que “este edificio también se relaciona con memoria democrática ya que, en la República, la propiedad jugó un papel fundamental como lugar de acogida y trámites administrativos, y pasó después a ser residencia de las tropas moras de Franco”. Por lo tanto, existe una vinculación directa con la Memoria Democrática y con la aplicación de la Ley 14/2017, de 10 de noviembre, de memoria democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana. Y tal y como informa el Servicio de Planeamiento, “La inscripción de un bien en el Inventario general del patrimonio cultural valenciano no será obstáculo para su inscripción en el Catálogo de lugares de la memoria democrática de la Comunitat Valenciana, en atención a los distintos valores patrimoniales protegidos”. 
“Los departamentos con competencia en materia de patrimonio cultural valenciano y de la memoria democrática valenciana, en aras al establecimiento de una armonización procedimental adecuada, establecerán mecanismos de colaboración respecto de los bienes inscritos en los instrumentos señalados en el apartado anterior".

Sin embargo no consta que el Servicio de Patrimonio Histórico, o la concejalía, área o servicio con competencias en la materia, haya dado traslado de dicho informe a la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática para que se pronuncie al respecto y emita el correspondiente informe para inscribir LA QUINTA DE NUESTRA SEÑORA DE LAS MERCEDES (CASINO DEL AMERICANO) en el Catálogo de lugares de la memoria democrática de la Comunitat Valenciana.

Por todo ello, solicitamos al Síndic de Greuges lo siguiente:

a) Que el Ayuntamiento de Valencia, a través de la concejalía, área o servicio con competencias en la materia, agilice los trámites y procedimientos de catalogación como BRL de la Quinta de Nuestra Señora de las Mercedes (Casino del Americano). El inmueble debe estar convenientemente inscrito como BRL antes de realizar cualquier intervención sobre el mismo.

b) Que el Ayuntamiento de Valencia, que se encuentra redactando el proyecto básico para su rehabilitación a través del Servicio de Proyectos Urbanos, tenga en cuenta que este inmueble sobre el que se va a intervenir está actualmente en trámite de ser catalogado como BRL y debe gozar de esta protección, teniendo en cuenta lo que esto supone a la hora de rehabilitarlo. 

c) Que el Servicio de Patrimonio Histórico, o la concejalía, área o servicio con competencias en la materia, de traslado del informe sobre este bien a la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática para que se pronuncie al respecto y emita el correspondiente informe para inscribir LA QUINTA DE NUESTRA SEÑORA DE LAS MERCEDES (CASINO DEL AMERICANO) en el Catálogo de lugares de la memoria democrática de la Comunitat Valenciana.

El Síndic, por su parte, en sus consideraciones señala que los hechos que constituyen el objeto de la presente queja fueron denunciados por primera vez con fecha 23/02/2018, es decir, hace más de 3 años y medio. Apunta que esta institución emitió una recomendación con fecha 8/5/2019 (queja nº 1811617), que fue expresamente aceptada por el Ayuntamiento de València.

A pesar del tiempo transcurrido desde entonces, el Casino del Americano todavía no ha sido declarado como Bien de Relevancia Local. Tampoco consta que el Ayuntamiento de València haya comunicado al Instituto Valenciano de la Memoria Democrática, los Derechos Humanos y las Libertades Públicas, el informe elaborado por el Servicio de Patrimonio Histórico para su inclusión en el Catálogo de lugares e itinerarios de la memoria democrática de la Comunitat Valenciana (artículo 21.2 de la Ley 14/2017, de 10 de noviembre, de memoria democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana). 

Así pues, emite la siguiente resolución:  
   
Primero: RECOMENDAMOS que, antes de realizar cualquier intervención física sobre el inmueble, se acelere el procedimiento para catalogar el Casino del Americano como Bien de Relevancia Local.

Segundo: RECOMENDAMOS que el Ayuntamiento de València remita al Instituto Valenciano de la Memoria Democrática, los Derechos Humanos y las Libertades Públicas el informe elaborado por el Servicio de Patrimonio Histórico para su posible inclusión en el Catálogo de lugares e itinerarios de la memoria democrática de la Comunitat Valenciana.

Esperamos que, de una vez por todas, el Ayuntamiento de Valencia y todas y cada una de las concejalías, áreas y servicios con competencias en la materia, sean capaces de llevar a buen puerto nuestras peticiones y protejan como BRL el Casino del Americano, antes de intervenir sobre el edificio.

Estaremos a la espera de la aceptación o no de estas últimas recomendaciones.

Un saludo...

martes

El deterioro del palacete de Ayora

Buenos días,

el palacete de Ayora, cuya rehabilitación se inauguró en 2017, hace poco más de cuatro años, empieza a mostrar un preocupante deterioro en los balcones, en las carpinterías de madera, en la pintura, en el muro de cierre exterior, con la presencia humedades, filtraciones y pintadas delictivas que no son retiradas desde hace años. A esto hay que añadir que el Ayuntamiento de Valencia permite, por acción u omisión, el aparcamiento de vehículos y la instalación permanente de mobiliario urbano, pegado a las fachadas de un bien protegido. 

Esta situación es fruto de la crónica falta de vigilancia de nuestro bienes y de la ausencia de un mantenimiento regular. Una de las asignaturas pendientes de todos los gobiernos municipales que han pasado por la ciudad de Valencia, que solo actúan a posteriori y cuando se le comunican los desperfectos y daños en un inmueble protegido, como es este caso.

Todos los esfuerzos económicos y todos los recursos públicos, pagados por los contribuyentes, que se invierten en la recuperación y en la puesta en valor de nuestros edificios protegidos, se van al traste si después las administraciones públicas no se preocupan en mantenerlos de forma óptima y adecuada y en cumplir con sus obligaciones legales. ¿Tanto cuesta hacer las cosas bien y destinar las partidas presupuestarias necesarias para mantener en condiciones un edificio en uso, como lo es el palacete de Ayora? ¿Hasta cuándo tendremos que estar denunciando cuestiones tan obvias y tan sencillas de detectar?

El Ayuntamiento de Valencia y las concejalías, áreas y servicios con competencias en la materia siguen fallando estrepitosamente a la hora de cumplir con sus obligaciones legales. Estamos muy cansados de las excusas de siempre, heredadas de gobierno en gobierno, y de la falta de interés y de preocupación por nuestro patrimonio, que solo parece servir a los políticos para hacerse la foto el día de la inauguración, para sacar pecho y ponerse medallas que no les corresponde y para emitir notas de prensa precocinadas que solo cuentan lo que les interesa, omitiendo buena parte de la realidad del patrimonio cultural valenciano.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.