sábado

Las Atarazanas se caen por "ladrillos de mala calidad" y el Ayuntamiento de Valencia alega que no es urgente

Buenas tardes,

El muro lateral de las Atarazanas del Grao, declaradas Bien de Interés Cultural (BIC), recayente a la Plaza del Tribunal de las Aguas, se está desmoronando a pedazos. El ladrillo caravista se deshace, las humedades avanzan sin freno y la piedra enferma ante la mirada indiferente del consistorio a pesar de nuestras reiteradas denuncias.

La gravedad de la situación no es una exageración de nustra asociación. Ha quedado confirmada de forma oficial e institucional tras la última resolución de consideraciones, emitida el pasado 19 de junio de 2026, por el Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana. El análisis minucioso de este expediente saca a la luz el vergonzoso modus operandi del Ayuntamiento de Valencia a la hora de gestionar nuestro patrimonio cultural. 

El lienzo del muro exterior sur, el que recae de forma directa sobre la Plaza del Tribunal de las Aguas, presenta desde hace años unas patologías sumamente graves. No estamos hablando de una simple capa de suciedad superficial. Las fotografías actuales presentadas en el expediente del Síndic revelan un cuadro clínico alarmante: humedades severas por capilaridad, meteorización generalizada de los paramentos, pérdida absoluta del mortero de unión original y, lo más preocupante, el desprendimiento y la rotura geométrica progresiva del ladrillo caravista del muro. El monumento se está "pelando" vivo ante nuestros ojos por la falta de un mantenimiento elemental y preventivo.

Lo que verdaderamente enciende los ánimos de cualquier ciudadano concienciado es comprobar que este desmoronamiento no es un accidente imprevisto. El Ayuntamiento de Valencia sabe perfectamente lo que estaba ocurriendo desde hace años. A través de nuestras denuncias podemos reconstruir una línea de tiempo que evidencia cómo la maquinaria municipal estira los plazos para no hacer absolutamente nada.

Los antecedentes lejanos (2020-2021): El Síndic de Greuges ya tuvo que abrir expedientes de queja en los años 2020 (nº2001506) y 2021 (nº2103050) ante la proliferación de grafitis delictivos y el vergonzoso estacionamiento indebido de vehículos pesados pegados a las fachadas de este monumento protegido.

El primer reconocimiento oficial (4 de febrero de 2022): Hace más de cuatro años, el propio Servicio de Patrimonio Histórico del Ayuntamiento reconoció formalmente por escrito que «en la fachada Sur se observa una ligera degradación del mortero en las juntas de ladrillo caravista», asegurando solemnemente que se procedería a «dar traslado a la Oficina Técnica». Decidió considerar que era "ligera" para restarle importancia y no actuart. Una frase que, como veremos, es el inicio del agujero negro burocrático.

Quince meses de silencio absoluto (Mayo de 2023): Ante la inactividad municipal, presentamos alegaciones urgentes el 18 de mayo de 2023. ¿Qué respondió el Consistorio? Emitió un informe idéntico en su espíritu dilatorio afirmando que «se da traslado a los Servicios Técnicos Municipales para que evalúen el estado del inmueble». Es decir, quince meses después, la solución volvía a ser "dar traslado" para "evaluar" lo que ya estaba evaluado. Absurdo.

La trampa de la aceptación institucional (Junio de 2023): El 6 de junio de 2023, el Síndic dictó una resolución exigiendo reparar y rehabilitar el muro. El Ayuntamiento, buscando salvar los muebles y calmar las aguas políticas, aprobó un decreto de la Primera Teniente de Alcalde el 23 de junio de 2023 donde ACEPTÓ de manera formal e inequívoca las recomendaciones del Alto Comisionado. Con esta firma, el Ayuntamiento cerró el expediente en falso, prometiendo unas obras que, evidentemente, jamás llegaron.

A fecha de hoy, en pleno año 2026, han transcurrido 35 meses enteros (casi tres años) desde aquella falsa promesa, y el Ayuntamiento de Valencia no ha ejecutado ni una sola obra material, ni ha redactado, licitado o presupuestado proyecto alguno para consolidar la pared de la Plaza del Tribunal de las Aguas.

Ante este clamoroso incumplimiento, nuestra asociación solicitó la reapertura del expediente. La contestación del Servicio de Patrimonio Histórico y Artístico del Ayuntamiento de València, plasmada en el informe del 10 de junio de 2026, es un monumento al descaro administrativo que merece ser analizado detalladamente. El Ayuntamiento utiliza tres estrategias argumentativas que el propio Síndic ha terminado por tumbar:

1. La cortina de humo de los servicios mínimos

Para justificarse, el informe municipal alega que «a lo largo de estos años se ha actuado sobre este edificio mediante retiradas de grafitis, obras de reparación de humedades, tratamiento antipalomas y otras actuaciones necesarias de conservación».

Esto vendría a ser una auténtica falacia de distracción, ya que el asunto ÚNICO de la reapertura del expte. era el muro. Nada más. Además, limpiar una pintada o poner pinchos para que no se posen las palomas son labores cotidianas de mantenimiento urbano básico que se deberían llevar a cabo sin que hubiera queja o denunciar. Equiparar la retirada de un grafiti con una restauración científica de un muro de ladrillo que se está disgregando es un insulto a la inteligencia de los valencianos y un burdo intento de maquillar una parálisis gestora alarmante.

2. Una asombrosa confesión de culpa: el ladrillo es "de mala calidad"

El texto redactado por los propios técnicos municipales contiene una declaración que roza el surrealismo técnico. El informe reconoce literalmente que:

«El mortero existente y la mala calidad de los ladrillos cerámicos son los que han generado los puntos más débiles en el lienzo del muro recayente a la Plaza del Tribunal de las Aguas, provocando las patologías indicadas...»

El Ayuntamiento confiesa de manera oficial que el monumento está construido o reparado estructuralmente con materiales deficientes que provocan su degradación acelerada. Pero lo verdaderamente escandaloso viene inmediatamente después, cuando afirman que, como la patología «no responde a un tema estructural ni a una actuación urgente», los trabajos quedan relegados «a la espera de la necesaria disponibilidad presupuestaria».

Cualquier estudiante de arquitectura sabe que si tienes un muro histórico con ladrillos de mala calidad expuestos a la meteorización y a la humedad capilar marina, el daño avanza de forma geométrica. Sostener que no hay urgencia y que hay que esperar a que el muro sufra un colapso estructural irreversible o un desplome completo para intervenir es una absoluta aberración técnica y una violación flagrante de los principios más elementales de la conservación preventiva arquitectónica y más aún de un BIC.

3. La falacia presupuestaria frente a las cuentas millonarias

La tercera gran excusa del consistorio es escudarse en «lo limitado del presupuesto asignado». Esta falacia es muy fácil de desmontar, aportando un dato incontestable: el Ayuntamiento de Valencia maneja actualmente un presupuesto consolidado que supera los 1.415 millones de euros.

Alegar que "no hay dinero en caja" para consolidar el muro exterior de un Bien de Interés Cultural protegido por las leyes patrimoniales autonómicas, mientras se financian con alegría gastos superfluos, campañas publicitarias o partidas discrecionales, constituye una desviación de poder moral y una vulneración consciente de la normativa. El artículo 18 de la Ley 4/1998 de Patrimonio Cultural Valenciano establece que el deber de conservación de un BIC es una obligación legal imperativa y reglada (un deber de resultado), no una opción voluntaria supeditada a si al concejal o al servicio municipal de turno "le sobra o no dinero" en su presupuesto ordinario.

Hartos de que el Ayuntamiento intente reiniciar constantemente el bucle burocrático respondiendo en pleno 2026 que «procederá a contactar con empresas especializadas (...) con el objeto de contratar un proyecto» (exactamente la misma cantinela que empleaban en 2023), el Síndic de Greuges ha dicho basta.

En las Conclusiones de la investigación el veredicto del Síndic es inapelable y tumba la endeble y lamentable defensa municipal:

«El Ayuntamiento de Valencia no ha realizado ninguna actuación en cumplimiento de la anterior Resolución de consideraciones de fecha 6/6/2023».

El Síndic afea de forma contundente que la entidad local reconozca formalmente el daño del muro y la necesidad de intervenir, pero prolongue la espoliación pasiva del edificio al negarse en redondo a establecer fechas: «no se sabe cuándo se ejecutarán dichas obras, ya que no se ha adoptado ningún compromiso temporal para ello».

Por ello, en las "Consideraciones a la Administración", la Sindicatura ha elevado un requerimiento taxativo exigiendo que se ejecuten, «lo antes posible», las obras de consolidación y reparación del lienzo sur. Y lo que es más importante: le recuerda al Ayuntamiento de València que tiene el plazo máximo e improrrogable de UN MES para enviar un informe oficial en el que detalle si acepta la resolución y qué medidas concretas, con plazos y partidas económicas reales, va a adoptar para que los andamios entren de una vez por todas en las Atarazanas.

Este recorrido por la desidia administrativa termina con una advertencia sumamente seria. Hemos dejado muy claro en el expediente que el tiempo de las buenas palabras y las cartas de recomendación ha llegado a su fin. Si el lienzo de la Plaza del Tribunal de las Aguas sufre un desprendimiento mayor o un daño irreversible por culpa de esos "ladrillos de mala calidad" que el propio Consistorio confiesa ignorar, la vía civil y penal se activará de inmediato.

La entidad ciudadana ha advertido formalmente que interpondrá una denuncia directa ante la Fiscalía de Medio Ambiente y Patrimonio Histórico, utilizando todo el historial de este expediente como la prueba documental irrefutable de que las autoridades locales eran plenamente conscientes del peligro y decidieron omitir su deber legal de conservación (artículos 323 y 404 del Código Penal), con excusas contrarias a la legislación vigente.

Y este aviso no es un farol. Nuestra paciencia se ha agotado. En las oficinas de la concejalía de Patrimonio resuena con fuerza el nombre de la Alquería de Volante, un valioso inmueble local que actualmente se encuentra bajo una investigación penal formal por parte de la Fiscalía debido, precisamente, al abandono institucional crónico, la falta de mantenimiento y la firma de informes dilatorios idénticos al que hoy sufre el muro de las Atarazanas del Grao. Los técnicos y responsables políticos que firman estos documentos deben saber que la laxitud burocrática ante la ruina del patrimonio común puede terminar acarreando inhabilitaciones y responsabilidades penales muy serias.

Las Atarazanas del Grao sobrevivieron a todo tipo de usos inadecuados y cambios drásticos, pero hoy corren el riesgo de sucumbir ante el peor enemigo de la historia: la dejadez de una administración que prefiere esconderse tras un laberinto de ventanillas y expedientes mal titulados antes que destinar una mínima fracción de sus 1.415 millones de euros a salvar un muro que se desmorona a pedazos.

Las Atarazanas no son ni propiedad exclusiva, ni un juguete del Ayuntamiento de Valencia; son el testimonio de nuestros antepasados y el legado de nuestros hijos. Esperamos que el Ayuntamiento despierte de su letargo burocrático e intervenga de forma urgente en esta joya del gótico civil valenciano. El tiempo apremia.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

viernes

La Conselleria de Cultura vuelve a tropezar con el Síndic de Greuges: el vergonzoso 'modus operandi' del silencio y la falta de transparencia

Buenas tardes,

Hoy queremos mostramos los entresijos de una batalla administrativa, que venimos librando desde nuestra asociación, contra una administración reincidente: la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades (y en especial, su Dirección General de Patrimonio Cultural).

El pasado 18 de junio de 2026, el Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana firmó una resolución demoledora. Un auténtico "hostión" jurídico e institucional directo a la línea de flotación de una Conselleria que se ha acostumbrado a tratarnos a los ciudadanos y a las asociaciones civiles con desprecio, soberbia y arrogancia, aplicando el silencio administrativo por enésima vez. En este artículo vamos a mostraros el vergonzoso modus operandi de esta administración y cómo el Síndic les ha sacado los colores públicamente, tumbando de manera fulminante unas "justificaciones" que rozan el insulto a la inteligencia del ciudadano.

1. El origen del conflicto:

Para que entendáis bien la historia, tenemos que activar nuestra máquina del tiempo particular y situarnos en la cronología de los hechos. El edificio de los Docks Comerciales del Puerto de Valencia es una pieza clave de nuestro patrimonio industrial. Llevamos años exigiendo su correcta protección y catalogación. Por ello, haciendo uso de las herramientas legales que nos da nuestro estado de derecho, el pasado 5 de marzo de 2026, nuestra asociación presentó una solicitud formal por registro electrónico.

En ese escrito solicitábamos algo tan sencillo, tan legítimo y tan público como lo siguiente:

«Acceso y copia íntegra, testimoniada, documental y completa del informe patrimonial de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de fecha 1 de marzo de 2024, relativo a la petición de catalogación como Bien de Relevancia Local del edificio "Docks Comerciales del Puerto de Valencia"».

Un informe técnico de 2024. Dos años guardado en un cajón. Pedíamos una copia para saber qué criterios técnicos se estaban manejando respecto al futuro de este emblemático edificio. No estábamos pidiendo ningún secreto de estado que pusiera en peligro al país; estábamos pidiendo información pública protegida por la Ley 2/2015, de 2 de abril, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana.

¿Cuál fue la respuesta inicial de la Conselleria? El vacío más absoluto. El silencio más sepulcral. Una vez más, la administración autonómica decidió aplicar su táctica favorita frente a los ciudadanos y asociaciones que les resultamos molestos e incómodos: meter la cabeza bajo el ala y esperar a que nos cansemos. Y ya sabéis, responsables de la Conselleria que nos leéis habitualmente, que ni nos vamos a cansar, ni vamos a cesar en nuestras legítimas peticiones.

2. El 'Modus Operandi' de la opacidad: despreciando los derechos ciudadanos

Los que nos seguís desde hace tiempo sabéis perfectamente que esto no es un hecho aislado. Estamos ante una práctica sistemática, cronificada y, a nuestro juicio, claramente mal intencionada. La Conselleria de Cultura opera bajo un patrón de conducta que se repite de forma casi matemática en cada una de nuestras solicitudes, quejas y denuncias. Consiste en lo siguiente:

Primer paso: Omitir el acuse de recibo. La ley estipula que la Administración tiene la obligación de comunicar al ciudadano, en el plazo máximo de 10 días, que ha recibido su escrito, indicando quién lo tramita y qué plazos hay para resolver. La Conselleria jamás lo hace. Nos deja a ciegas, sin saber si el papel ha entrado en la mesa de un técnico o se ha perdido en el limbo digital.

Segundo paso: Agotar el plazo legal mediante el silencio. Dejan pasar el mes completo que otorga la legislación de transparencia para responder sin mover un solo dedo. De esta forma, obligan a que opere el silencio administrativo negativo.

Tercer paso: Forzar al ciudadano a acudir al Síndic de Greuges. Como el ciudadano no tiene la documentación, se ve obligado a perder su tiempo redactando quejas ante el Defensor del Pueblo.

Cuarto paso: Entregar los papeles "in extremis" y pretender que aquí no ha pasado nada. Cuando el Síndic les abre un expediente de investigación y les exige responsabilidades, se asustan, buscan a toda prisa el documento en el ordenador, lo cuelgan en la Carpeta Ciudadana del afectado y le dicen al Síndic: "Oiga, que ya se lo hemos dado, cierre usted el caso".

Es un comportamiento profundamente insolidario, tramposo y desleal con la ciudadanía. Nos tratan como a ciudadanos de segunda o de tercerto. Saben perfectamente que, de cada diez ciudadanos que reciben la callada por respuesta, nueve abandonarán por puro agotamiento psicológico y burocrático. Y con el único que llega hasta el final (en este caso, nuestra asociación), cumplen tarde, mal y a arrastras, únicamente porque ven las orejas al lobo de la Sindicatura. Si no acudimos al Síndic de Greuges, a fecha de hoy todavía estaríamos esperando sentados el informe de los Docks.

3. La vergonzosa excusa de la Conselleria: «Tenemos mucho trabajo»

Cuando el Síndic de Greuges admitió nuestra queja a trámite el 20 de abril de 2026, les dio el preceptivo mes de plazo para enviar un informe detallado y razonado sobre los hechos, exigiéndoles específicamente que explicaran por qué no habían enviado el acuse de recibo en 10 días. ¿Y qué hizo la Conselleria? Volver a pedir una prórroga de tiempo el 19 de mayo alegando "sobrecarga de gestión de expedientes". Al final, el 9 de junio de 2026, registraron su contestación formal, firmada por el Subsecretario del departamento.

Las justificaciones que aporta la Conselleria son de una desvergüenza técnica colosal. Citamos textualmente su primera conclusión:

«Primera.- La solicitud de información no fue tramitada en los plazos indicados en la legislación en materia de transparencia por una acumulación de tareas en la unidad administrativa encargada de la tramitación de la misma».

Su defensa ante una vulneración de los derechos de los ciudadanos es decir que tienen "acumulación de tareas". Desde el punto de vista del Derecho Administrativo más elemental, esto es una aberración jurídica. Las deficiencias organizativas, la falta de personal, las bajas sin cubrir o la mala gestión del tiempo de los funcionarios son problemas internos y estructurales de la propia Generalitat Valenciana. Bajo ningún concepto estas contingencias internas pueden ser oponibles al ciudadano, ni constituyen una causa de fuerza mayor que los exima de cumplir las leyes que ellos mismos aprueban en Les Corts.

Imaginaros por un momento que cualquiera de vosotros va a pagar el Impuesto de Sucesiones, el IVA o el IRPF fuera de plazo, y cuando Hacienda os vaya a sancionar, presentáis un escrito diciendo: "Oigan, es que no he pagado a tiempo porque tengo acumulación de tareas en mi casa, estoy desbordado con la compra, poniendo la lavadora y haciendo la comida". ¿Qué os diría la Agencia Tributaria? Se reiría en vuestra cara y os aplicaría el recargo correspondiente. Pues bien, la Conselleria de Cultura pretende tener una patente de corso para incumplir los plazos legales alegando exactamente lo mismo.

Y para rematar la jugada, añaden en su segundo punto que, como ya han soltado los papeles en mi carpeta ciudadana, la queja carece de objeto. Es decir: cometemos la ilegalidad, te hacemos perder tres meses, te damos la información de mala gana porque nos obliga el Síndic, y encima tenemos la soberbia de dar el asunto por zanjado con una sonrisa de suficiencia.

4. El "hostión" del Síndic de Greuges: desmontando la falacia institucional

Afortunadamente, el Síndic de Greuges no se ha dejado engañar por este burdo truco de trileros de despacho. En la resolución definitiva del expediente el Síndic le asesta un varapalo monumental e incontestable a los responsables de la Conselleria.

La frase con la que arranca sus conclusiones de investigación debería enmarcarse y colgarse en la entrada de todas las consellerias de la Comunitat Valenciana y resto de administraciones públicas:

«La “acumulación de tareas” no puede convertirse en una excusa para incumplir las obligaciones legales. Los ciudadanos no tienen ninguna culpa de ello y tienen derecho a una buena administración que respete los plazos legales».

Un golpe directo al mentón de la arrogancia burocrática. El Síndic les recuerda que el artículo 20.1 de la Ley 19/2013 de Transparencia y el artículo 34.1 de la Ley 1/2022 de la Comunitat Valenciana obligan a resolver estas peticiones en el plazo estricto de un mes. Y añade un argumento vital que desmonta la táctica de retrasar la información hasta que ya no sirva para nada: «Es muy importante respetar este plazo, ya que, de lo contrario, la información pública solicitada puede perder interés o utilidad. No cabe, por tanto, retrasar la contestación permitiendo el paso de varios meses sin responder nada al solicitante de información».

En temas de patrimonio, este retraso intencionado es letal. Si una asociación pide un informe patrimonial sobre un edificio cuya protección definitiva está pendiente, como es el caso de los Docks, y la administración oculta los papeles durante meses y meses utilizando el silencio administrativo, para cuando el ciudadano consigue la documentación gracias al Síndic, el edificio ya puede haber sido reformado de forma irreversible o desprotegido en un plan urbanístico aprobado con nocturnidad y alevosía. La opacidad administrativa es, en muchas ocasiones, la alfombra roja sobre la que se ejecuta la destrucción de nuestra historia urbana.

5. El silencio cómplice: la ocultación del acuse de recibo

Hay un detalle técnico en la resolución del Síndic que demuestra hasta qué punto la Conselleria podría estar actuando de mala fe o, al menos, con una preocupante falta de rigor. El Síndic les había pedido expresamente que detallaran los motivos por los cuales omitieron emitir el acuse de recibo de los 10 días. ¿Sabeis qué respondieron en su informe del 5 de junio? Nada. Absolutamente nada. Ignoraron por completo la pregunta del defensor del pueblo, demostrando una resistencia contumaz a someterse al control de las instituciones de la Generalitat.

El Síndic, que se sabe la ley al dedillo, les saca los colores recordándoles el artículo 21.4 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común. Esta ley exige que se envíe esa comunicación de 10 días para que el ciudadano sepa con exactitud matemática qué día ha recibido la solicitud el órgano competente, porque es a partir de ese instante cuando empiezan a contar los plazos para que opere el silencio administrativo.

Al ocultar el acuse de recibo, la Conselleria no comete un simple despiste de oficina; lo que hace es sumergir al ciudadano en la más absoluta oscuridad jurídica. Si no sabes cuándo han recibido formalmente tu papel, no puedes calcular cuándo termina el mes para responder, ni cuándo puedes dar por desestimada tu petición por silencio para poder defenderte. Es una estrategia sibilina para desactivar el reloj del ciudadano y blindar la impunidad del gobernante.

6. Exigimos nombres, apellidos y responsabilidades: basta de impunidad

Ante este panorama desolador, desde nuestra asociación lo tenemos muy claro. Ya no nos bastan las meras "Recomendaciones" o los "Recordatorios del Deber Legal" que el Síndic emite de manera impecable en su resolución. La Ley 39/2015, en su artículo 53.1.b, recoge de forma taxativa el derecho del ciudadano a «identificar a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos».

¿Por qué la Conselleria se niega sistemáticamente a darnos los nombres de los técnicos y responsables políticos encargados de nuestros escritos? Porque la opacidad es el escudo de los negligentes. Queremos saber quién mete nuestras solicitudes en un cajón. Queremos nombres y apellidos porque esta vulneración sistemática y presuntamente intencionada de las leyes de transparencia debe tener consecuencias disciplinarias e incluso penales, al amparo del artículo 502.2 del Código Penal por obstrucción flagrante a las funciones de control del Síndic de Greuges.

La "acumulación de tareas" es la excusa de los mediocres y de los malos gestores. Si una unidad administrativa está desbordada, que contraten más personal, que optimicen los recursos o que reestructuren los departamentos; pero que no utilicen su propia ineficacia como un mazo para ningunear los derechos constitucionales de los valencianos.

La próxima vez que paséis frente a los Docks Comerciales del Puerto de Valencia recordad que para conocer la verdad sobre su protección patrimonial hemos tenido que arrastrar a una Conselleria entera ante el defensor del pueblo. La transparencia no es un regalo o un favor que nos hace el político de turno desde su poltrona; es un derecho conquistado que tenemos que defender con uñas y dientes cada día en la ventanilla del registro.

Nosotros no nos vamos a callar. Por muchos silencios administrativos que nos apliquen, por muchas trabas que nos pongan, seguiremos paseando, seguiremos vigilando y, sobre todo, seguiremos denunciando. Porque el patrimonio es de todos, y la administración está para servirnos, no para ocultarse de nosotros.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

miércoles

El Síndic de Greuges saca los colores al Ayuntamiento: ocho años de promesas rotas y mentiras burocráticas que desprotegen el patrimonio en Fallas

Buenas tardes,

Ayer nos llegaron las séptimas recomendaciones del Síndic de Greuges, dirigidas al Ayuntamiento de Valencia por lo que ha vuelto a suceder durante las Fallas de 2026. El documento es un auténtico bofetón sin paliativos a la desfachatez, la soberbia y la inacción crónica del Ayuntamiento de Valencia durante las fiestas. El defensor del pueblo valenciano ha dictado un veredicto definitivo que viene a refrendar, punto por punto, lo que nuestra asociación lleva denunciando a voz en grito: que el Consistorio sufre una patología administrativa sistémica y que utiliza la mentira, el escapismo burocrático e incluso planos de años anteriores para tapar su absoluta dejación de funciones. Así que hoy vamos a desvestir la hipocresía municipal y a poner nombres y apellidos a un escándalo institucional que ya no se puede ocultar bajo el manto de la fiesta.

Lo que el Síndic ha destapado en este expediente no es un desliz de este año. Es la constatación de una burla continuada a la ciudadanía. En las páginas del informe del Síndic se detalla una cronología del cinismo que da auténtica vergüenza ajena. La primera vez que acudimos al defensor del pueblo por los atropellos contra nuestros Bienes de Interés Cultural (BIC) y Bienes de Relevancia Local (BRL) en Fallas fue el 22 de marzo de 2018. Hace más de ocho años.

Desde entonces, el Ayuntamiento ha perfeccionado un modus operandi más falso que una moneda de tres euros: cuando les llega la reprimenda del Síndic, agachan la cabeza, firman la "aceptación formal" de las recomendaciones, se hacen la foto políticamente correcta y prometen que el año que viene el Bando Fallero será un escudo infranqueable. Pero cuando llega el siguiente marzo, vuelven a dejar Ciutat Vella a los pies de los caballos. Podéis comprobar la vergonzosa lista de expedientes acumulados que el propio Síndicsaca a relucir en sus conclusiones:

- Fallas 2018 (Queja 1800742): Recomendación emitida el 13/06/2018. El Ayuntamiento dice que sí a todo.

- Fallas 2019 (Queja 1900950): Los mismos abusos. Nueva resolución el 02/07/2019. El Ayuntamiento vuelve a decir que sí.

- Fallas 2022 (Queja 2200950): Tras la pandemia, volvemos a las andadas. Resolución el 30/06/2022. Otra aceptación de cara a la galería.

- Fallas 2023 (Queja 2300995), 2024 (Queja 2401197) y 2025 (Queja 2501208): Tres años más de resoluciones calcadas donde el Consistorio jura enmendarse y al final, sigue el mismo camino que en años anteriores.

Y llegamos a las Fallas de 2026. ¿Y qué nos encontramos? Que las "promesas de mejora" de 2025 eran una burda mentira. Ante la reincidencia dolosa, el Síndic se ha visto obligado a reabrir el expediente y sentenciar de forma inapelable que, a pesar de sus firmas solemnes, “el Ayuntamiento de Valencia sigue sin adoptar medidas efectivas para garantizar el respeto de las distancias de protección previstas legalmente”. Basta ya de intentar tomarnos el pelo.

En mayo de 2026, el Servicio de Fiestas y Tradiciones, bajo la firma de su Jefa de Servicio, remitió un informe al Síndic intentando desacreditar nuestras denuncias fácticas. Un documento plagado de evasivas que da muestras de una alarmante incompetencia técnica o, peor aún, de una presunta e intencionada mala fe institucional. Pero en nuestra réplica del 3 de junio los desarmamos por completo. Vamos a dar un paseo por los seis puntos clave de este año para que veáis cómo se intentaron escaquear y cómo los hemos acorralado.

1. La Real Basílica de la Virgen y el "milagro" de la ceguera municipal

Es uno de los episodios más sangrantes. Denunciamos que en las Fallas de 2026 se volvió a adosar una inmensa estructura metálica temporal directamente contra la fachada de la Real Basílica de la Virgen de los Desamparados (BIC), omitiendo por completo los neoprenos, almohadillados y protectores que evitan que el hierro triture por rozamiento o vibración la sillería histórica. Recordamos en nuestra queja que en el zócalo hay seis inscripciones romanas de los siglos II y III d.C. que sufrieron el depósito indiscriminado de objetos.

¿Qué respondió el Ayuntamiento? De risa: afirmaron textualmente que este Servicio “no sabe a ciencia cierta a qué estructura metálica hace referencia el Sr. Guardeño”. Hay que tener la cara de cemento armado para decir esto. En nuestro dossier adjuntamos fotografías nítidas en las que se podía ver perfectamente. Que un departamento municipal alegue ignorancia ante pruebas gráficas incontestables integradas en el expediente es una dejación de funciones y un insulto a la inteligencia del ciudadano. Además, intentaron desviar la atención diciendo que la Comisión de Patrimonio avala el anclaje de los tapices tradicionales. No intenten tomarnos por tontos: no denunciamos el tapiz litúrgico, denunciamos el armazón metálico desnudo de las Fallas de 2026 que vuestro servicio dejó montar sin medidas de seguridad, provocando una regresión intolerable respecto a los protocolos que ya dábamos por consolidados hace una década.


2. Regreso al futuro en La Beneficència: el truco de los planos viejos

Este punto es el ejemplo perfecto de cómo opera el "cartonaje burocrático" municipal. Denunciamos que la carpa de la Falla Marqués de Caro-Doctor Chiarri se plantó pegada materialmente a la fachada del Museu de Prehistòria i de les Cultures (La Beneficència), un BIC protegido por el artículo 38.e de la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano (LPCV).

El Ayuntamiento sacó pecho en su informe alegando que, según las comprobaciones de la Policía Local y los datos virtuales de su "Geoportal", la carpa cumplía las distancias, adjuntando un plano técnico para demostrarlo. Pero claro, en nuestra asociación nos leemos hasta la última línea de los anexos. ¿Y qué descubrimos? Que el plano técnico que el Ayuntamiento aportaba para justificar la legalidad de las Fallas de 2026 correspondía a un proyecto redactado en junio de 2021 y con secciones de febrero de 2025, firmado por un ingeniero.

El Consistorio pretendió desmentir una infracción física cometida sobre el suelo en 2026 oponiendo un plano de papel archivado del año anterior. Con este fallo instrumental, el Ayuntamiento confiesa implícitamente que concede las licencias en masa desde los despachos y que carece de un servicio de inspección contemporáneo capaz de pisar el asfalto para verificar si lo que los falleros montan coincide con la realidad de la calle. El Geoportal es una herramienta virtual e informativa, señores, pero no sustituye la potestad de comprobar físicamente la vía pública. Y las fotos que enviamos no dejan lugar a dudas.


3. Plaza del Mercado y la Lonja de la Seda: "Vaya usted a medir con la cinta"

Lo ocurrido en el entorno de la Lonja de la Seda (Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO) y el Mercat Central roza el surrealismo jurídico. Denunciamos la instalación de puestos de venta ambulante, chiringuitos de "tardeo" y vallas publicitarias estridendtes que superaban con creces los 3 metros de altura máxima permitida por el Plan Especial de Protección (PEP) de Ciutat Vella, destrozando la armonía paisajística de nuestros monumentos más insignes.

La respuesta escrita del Ayuntamiento no tiene desperdicio: afirman que si la asociación constató que los puestos superaban los 3 metros, “se debería haber efectuado la denuncia pertinente para que la policía local hubiera acudido in situ a efectuar la medición”.

¿Pero de verdad no se les cae la cara de vergüenza? Están pretendiendo trasladar el deber in vigilando, que es una competencia exclusiva, obligatoria e irrenunciable de la Administración según el artículo 12 de la Ley 40/2015, sobre los hombros de los vecinos y de las asociaciones culturales. Acaso tendremos que ir en mitad de la noche festiva, entre aglomeraciones, provistos de una cinta métrica o un medidor láser para llamar a la Policía Local porque los técnicos de Urbanismo y Fiestas no hacen su trabajo.

Mientras tanto, la doble vara de medir del Consistorio es indignante: al pequeño comercio local permanente de Ciutat Vella se le somete a una persecución punitiva implacable durante todo el año, multándoles por el milímetro de un letrero o el color de una lona aplicando a rajatabla el PEP. Sin embargo, al llegar la semana fallera la Administración suspende de facto la legalidad urbanística y permite la estética poligonera e industrial de puestos mercantilistas que destrozan el paisaje histórico. Un agravio comparativo intolerable.


4. Plaza Ciudad de Brujas: la impunidad mercantilista y el Palacio de los Eixarchs

Siguiendo nuestro paseo por la desvergüenza, llegamos a la Plaza Ciudad de Brujas. El Ayuntamiento prohibió eventos similares en la Plaza del Mercat y del Doctor Collado alegando la necesaria protección monumental, pero en Ciudad de Brujas, rodeada por dos BIC como el Mercat Central y los Santos Juanes, autorizó un tardeo-verbena de explotación mercantilista salvaje.

El resultado: macrobotellones, montañas de basura y las calles colindantes (Vieja de la Paja, Llutxent o el jardín de Parcent) convertidas en auténticos inodoros públicos sobre los muros y las sillerías históricas. Y para rematar el despropósito, permitieron montar un escenario adosado al Palacio de los Eixarchs (Bien de Relevancia Local) y atornillar un cuadro de enganche eléctrico (caja de luz) directamente sobre la fachada protegida, tapizándolo además con lonas publicitarias y trastos. ¿La respuesta del Servicio de Fiestas? "Hemos enviado las fotos (estas si que las han visto, pero las de la Basílica no, claro) al Servicio de Procedimiento Sancionador". Se limitan a actuar como una ventanilla de reenvío de papeles para diluir su responsabilidad, olvidando el Principio de Unidad de la Administración.


5. Monumentos bajo el fuego y letrinas toleradas

Para los daños físicos irreversibles (quemaduras y paramentos calcinados) en las columnas de los jardines del Antiguo Hospital General (BIC), el Ayuntamiento dice que "es cosa de incivismo ciudadano y competencia de la Policía Local". Miren, el uso de fuegos artificiales y petardos indiscriminados en ese espacio protegido contraviene las normas mínimas de custodia. Estos actos tienen la consideración de delitos contra el patrimonio histórico bajo el artículo 323 del Código Penal, y la pasividad municipal los convierte en cooperadores necesarios por una reincidente culpa in vigilando. Se conoce el problema desde hace años, pero no se actúa.

Nuestra asociación ha tenido que recordarles a nuestro consistorio una lección básica de Derecho Constitucional y Administrativo que parecen haber olvidado en los despachos de la plaza del Ayuntamiento: el Bando de Fallas se encuentra supeditado al Principio de Jerarquía Normativa (Art. 9.3 de la Constitución Española). Un bando o una autorización provisional jamás puede eximir del cumplimiento de leyes de rango superior como la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano o el Plan Especial de Protección (PEP) de Ciutat Vella. Incluir un párrafo tipo en las licencias recordando la ley no sirve de nada si luego renuncias a vigilar su cumplimiento en el suelo.

Harto de este juego de trileros en el que el departamento gestor de la fiesta tira balones fuera y fragmenta las competencias para que no se vea el bosque, el Síndic de Greuges ha dicho "basta" y ha emitido una Recomendación contundente y un ultimátum inapelable: exige al Ayuntamiento de Valencia que adopte medidas reales, efectivas y tangibles de vigilancia y control para prevenir y sancionar estos comportamientos de cara al futuro inmediato.

"... en cumplimiento de las Resoluciones de consideraciones emitidas por esta institución con fechas 13/6/2018, 2/7/2019, 30/6/2022, 17/5/2023, 29/4/2024 y 9/5/2025, y a la vista los reiterados incumplimientos que se siguen produciendo todos los años desde las Fallas de 2018, respecto a la colocación de distintos elementos y la realización de actividades sin respetar la distancia de protección de los inmuebles que integran el patrimonio cultural valenciano, se adopten medidas más efectivas y reales de vigilancia y control para prevenir y, en su caso, sancionar dichos comportamientos".

La ley del Síndic es clara: el Ayuntamiento dispone ahora de un plazo máximo e improrrogable de un mes para remitir un informe donde manifieste si acepta o no estas consideraciones. Si las acepta, tendrá que detallar qué medidas físicas va a implantar (como el vallado efectivo de los perímetros BIC del Hospital General, la prohibición de carpas adosadas a fachadas monumentales y la presencia policial activa). Y si no las acepta, tendrá que justificarse públicamente ante toda la ciudadanía y las Cortes Valencianas.

Al Ayuntamiento se le ha acabado el tiempo de esconderse detrás de planos antiguos, ceguera crónica y las respuestas evasivas. Las Fallas son una fiesta maravillosa y Patrimonio Inmaterial de la Humanidad, pero sólo tienen sentido si se respeta y dignifica el escenario monumental que las acoge y a los vecinos que habitan los barrios. No vamos a dar ni un paso atrás en la defensa de nuestro patrimonio cultural y nuestra historia.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

martes

La alquería de Serra en la UVI: El demoledor informe que acorrala al Ayuntamiento de Valencia

Buenas tardes,

Como bien sabéis a través de las constantes denuncias que realizamos desde la asociación, la alquería de Serra (BRL) lleva trece años sumido en un bucle de expedientes amontonados y pasividad administrativa. Sin embargo, la reciente publicación de la décima recomendación del Síndic de Greuges ha provocado un movimiento sísmico en los despachos del consistorio. El Ayuntamiento de Valencia se ha visto obligado a emitir un informe técnico trascendental, fechado el 10 de junio de 2026 por el Servicio de Disciplina Urbanística que por fin desvela de manera oficial el lamentable y pésimo estado en el que se encuentra el interior del monumento.

Y para entender la importancia de lo que los técnicos municipales acaban de plasmar sobre el papel, es obligatorio hacer memoria. La queja que ha motivado este documento (la número 2601340, que supuso la reapertura de un expediente del año 2024) ha llevado al Síndic de Greuges, harto de comprobar cómo las denuncias formuladas desde aquella lejana víspera de Navidad del 24 de diciembre de 2013 caían en saco roto, a emitir un claro y contundente recordatorio al Ayuntamiento, afeando que se hubieran ignorado sistemáticamente sus nueve recomendaciones anteriores dictadas entre los años 2015 y 2024.

Acorralados por esta décima resolución del defensor del pueblo y el temor de una denuncia ante la Fiscalía Provincial de Valencia, como ha ocurrido con la alquería de Volante, los técnicos de la Oficina Técnica de Control de la Conservación de la Edificación organizaron una visita de inspección de urgencia el pasado 25 de mayo de 2026, acudiendo al inmueble con el respaldo de los representantes de la propiedad, operarios de la contrata municipal de obras CADERSA y varias patrullas de la Policía Local, dado que la alquería se encuentra ilegalmente ocupada. Tras una mediación con los agentes, los okupas permitieron voluntariamente el acceso de los inspectores, dando pie al informe técnico del 9 de junio de 2026 que nos ha llegado.

Cuando los técnicos municipales lograron cruzar por fin el umbral de la edificación principal de la alquería, se toparon con un escenario desolador que confirma, palabra por palabra, las denuncias que venimos haciendo desde hace más de una década. El informe describe una auténtica boca de lobo: el edificio carece por completo de luz artificial, obligando a realizar la inspección en la penumbra.

Y en medio de esa oscuridad, los técnicos constataron una realidad alarmante. Se intuyó el pésimo y deficiente estado de conservación del forjado de una de las crujías estructurales, compuesto por viguetas de madera tradicionales y revoltón cerámico, que da forma al techo de la planta baja.

Lo más grave de la inspección es la gran confesión que realiza el propio Ayuntamiento de Valencia: esa crujía dañada se encuentra sostenida de manera provisional mediante una "solución precaria y con bastante antigüedad" de apuntalamiento puntual, sin determinar los años que lleva eso allí.

Esta revelación es estremecedora: el consistorio certifica ahora que el esqueleto de este BRL lleva años manteniéndose en pie de milagro gracias a unos puntales viejos y provisionales que nadie se había preocupado de supervisar o sustituir por una consolidación real. Y esto es grave.

El avance de la ruina es de tal calibre que la inspección tuvo que detenerse por motivos de seguridad. El informe admite abiertamente que, debido al mal estado de la escalera de acceso al primer piso, a la nula iluminación y al "aspecto inseguro" del mencionado forjado, los técnicos no pudieron acceder a la planta superior para analizar su composición con claridad. La planta noble del edificio es hoy una zona prohibida por riesgo inminente de derrumbe. Desde la distancia, sólo alcanzaron a observar un entramado intermedio de madera sobre el que se apoya un cañizo viejo del que apenas quedan visibles unos pocos restos del yeso que originalmente lo revestía por la parte inferior.

Esta falta de seguridad provocó un inevitable efecto dominó: al no poder pisar el primer piso, los técnicos tampoco pudieron analizar minuciosamente el estado del forjado de madera de la cubierta exterior. El informe reconoce con resignación que el tejado se encuentra a una altura considerable y que únicamente pudo vislumbrarse algún tramo suelto "a través de los huecos y boquetes del cañizo intermedio". Una preocupante manera de evaluar un monumento: adivinar el estado del tejado mirando de reojo a través de los agujeros de un techo que se cae a pedazos.

Si el interior de la edificación principal estremece, el entorno exterior ratifica la pérdida paulatina de los elementos que configuran este Espacio Etnológico de Interés Local. Las fachadas de la alquería se observan aparentemente estables, pero aparecen completamente llenas de pintadas y grafitis delictivos, afectando tanto al bloque principal como a la edificación anexa contigua a la entrada, a la cual tampoco se pudo acceder.

El punto más dramático del exterior se localiza en el patio trasero, el antiguo corazón agrícola de la finca. El informe técnico corrobora de manera oficial lo que ya sabíamos: el muro de cerramiento histórico se ha desmoronado en un tramo considerable junto al camino lateral derecho. Para camuflar este derrumbe, se constata que en el interior se ha levantado de manera muy rudimentaria un cierre paralelo formado por paneles de chapa con pilares de hormigón, una solución que agrede visualmente al monumento.

El resto del patio trasero es descrito en el informe como una auténtica selva impenetrable:

- Se encuentra totalmente repleto de una densa vegetación perimetral que tapa los posibles restos de construcciones históricas que debieron existir en su día asociadas a la alquería.

- Está colmatado por una ingente cantidad de basuras, escombros y enseres abandonados.

- Presenta una cobertura inestable que coincide con la salida de la alquería hacia el patio, de construcción muy posterior, cuyos elementos se encuentran actualmente a medio desmontar.

A pesar de la gravedad de los daños descritos, este informe del 10 de junio de 2026 representa un triunfo histórico para la defensa del patrimonio valenciano, ya que introduce tres consecuencias jurídicas y administrativas de un valor incalculable que desarmar las excusas que el Ayuntamiento de Valencia lleva años utilizando para dar por atendidas nuestras quejas y denuncias:

1. El desalojo forzoso por motivos de seguridad

Hasta la fecha, la presencia de ocupantes ilegales servía como el escudo burocrático perfecto para dilatar cualquier intervención. Sin embargo, al certificar los técnicos que los forjados son inestables, el consistorio introduce una observación determinante: por estrictos motivos de seguridad, "se considera imprescindible evitar la permanencia de éstas personas en el mismo durante las obras". Al existir un riesgo real para las vidas humanas, la administración está facultada (y obligada) a decretar el desalojo inmediato por la vía de la urgencia urbanística que marca el artículo 189 de la LOTUP. Y esto ya lo hizo en la casas de titularidad privada que forman parte de la alquería dels Moros, cuando en agosto de 2018 se vino abajo la casa nº2.

2. No se admiten parches cosméticos

El informe recuerda que la ficha de protección del inmueble (EPA_SUR_14.02 del Catálogo Estructural) exige obligatoriamente la redacción de un Proyecto de Restauración y un estudio arqueológico para cualquier intervención definitiva. Por ello, aclara que las medidas urgentes dictadas ahora son exclusivamente precautorias de seguridad, impidiendo que la propiedad pretenda cerrar el expediente de mala fe colocando un simple parche de cemento.

3. La cuenta atrás de la Ejecución Subsidiaria

El Servicio de Disciplina Urbanística acepta formalmente la recomendación del Síndic y otorga un plazo estimado de 2 meses a la propiedad para ejecutar de forma obligatoria un paquete de medidas de seguridad urgentes,.

Las actuaciones que se exigen de inmediato son muy claras:

1. Desbroce del terreno para acceder perimetralmente al muro del patio trasero y analizar su estado.

2. Apuntalamiento urgente de los elementos inestables de los cuerpos protegidos, especialmente en la planta baja.

3. Demolición de la construcción inestable exterior por ser de época muy posterior al conjunto histórico.

4. Retirada de enseres y basuras acumuladas en el patio de acceso y en el patio interior.

5. Retirada de la malla deteriorada y de la valla metálica adosada al tramo del muro colapsado.

6. Protección exterior del muro dañado mediante un cerramiento metálico o, si está demolido del todo, mediante un muro provisional de bloques de hormigón.

7. Revisión del cerramiento de paneles de chapa del patio interior.

8. Colocación de lámina geotextil de protección y afianzamiento con mortero endurecedor en los puntos donde el muro haya perdido su coronación.

9. Desmontaje y custodia de los materiales del cobertizo situado sobre la salida al patio.

10. Reposición de elementos deteriorados del tejado y retirada de añadidos sueltos.

11. Instalación de bastidores con tela metálica tipo gallinero en el interior de todos los huecos de las fachadas para evitar el vandalismo.

El documento concluye con una advertencia vinculante: si la propiedad no ejecuta voluntariamente estas obras en el plazo establecido de 60 días, el Ayuntamiento de Valencia procederá de forma inmediata a la ejecución subsidiaria, encargando los trabajos a las empresas contratistas municipales (CADERSA) bajo presupuesto institucional.

La publicación de este informe demuestra que la constancia de la sociedad civil y las denuncias incansables dan sus frutos, obligando a la administración a asumir sus responsabilidades. El "Récord de la Vergüenza" de las diez recomendaciones del Síndic de Greuges ha puesto por fin un temporizador real sobre la mesa del equipo de gobierno local.

El plazo de dos meses ha comenzado a correr tras la firma del documento el 10 de junio de 2026, lo que sitúa la fecha límite a mediados de agosto de este mismo año. Desde aquí os animamos a permanecer muy atentos y a vigilar de cerca el destino de este rincón tan querido de nuestra huerta. Si al vencer el plazo las obras de consolidación no han comenzado de manera subsidiaria por parte del consistorio, la siguiente parada de este viaje ya no serán las cartas de queja administrativa, sino una denuncia formal ante la Fiscalía Provincial de Valencia por un presunto delito de prevaricación por omisión en la custodia de nuestra historia, tal y como ha quedado patente tras trece años de denuncias y diez recomendaciones. No se tendrían que llegar a estos extremos para proteger y salvaguardar el patrimonio cultural valenciano.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.