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viernes

La Conselleria de Cultura vuelve a tropezar con el Síndic de Greuges: el vergonzoso 'modus operandi' del silencio y la falta de transparencia

Buenas tardes,

Hoy queremos mostramos los entresijos de una batalla administrativa, que venimos librando desde nuestra asociación, contra una administración reincidente: la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades (y en especial, su Dirección General de Patrimonio Cultural).

El pasado 18 de junio de 2026, el Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana firmó una resolución demoledora. Un auténtico "hostión" jurídico e institucional directo a la línea de flotación de una Conselleria que se ha acostumbrado a tratarnos a los ciudadanos y a las asociaciones civiles con desprecio, soberbia y arrogancia, aplicando el silencio administrativo por enésima vez. En este artículo vamos a mostraros el vergonzoso modus operandi de esta administración y cómo el Síndic les ha sacado los colores públicamente, tumbando de manera fulminante unas "justificaciones" que rozan el insulto a la inteligencia del ciudadano.

1. El origen del conflicto:

Para que entendáis bien la historia, tenemos que activar nuestra máquina del tiempo particular y situarnos en la cronología de los hechos. El edificio de los Docks Comerciales del Puerto de Valencia es una pieza clave de nuestro patrimonio industrial. Llevamos años exigiendo su correcta protección y catalogación. Por ello, haciendo uso de las herramientas legales que nos da nuestro estado de derecho, el pasado 5 de marzo de 2026, nuestra asociación presentó una solicitud formal por registro electrónico.

En ese escrito solicitábamos algo tan sencillo, tan legítimo y tan público como lo siguiente:

«Acceso y copia íntegra, testimoniada, documental y completa del informe patrimonial de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de fecha 1 de marzo de 2024, relativo a la petición de catalogación como Bien de Relevancia Local del edificio "Docks Comerciales del Puerto de Valencia"».

Un informe técnico de 2024. Dos años guardado en un cajón. Pedíamos una copia para saber qué criterios técnicos se estaban manejando respecto al futuro de este emblemático edificio. No estábamos pidiendo ningún secreto de estado que pusiera en peligro al país; estábamos pidiendo información pública protegida por la Ley 2/2015, de 2 de abril, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana.

¿Cuál fue la respuesta inicial de la Conselleria? El vacío más absoluto. El silencio más sepulcral. Una vez más, la administración autonómica decidió aplicar su táctica favorita frente a los ciudadanos y asociaciones que les resultamos molestos e incómodos: meter la cabeza bajo el ala y esperar a que nos cansemos. Y ya sabéis, responsables de la Conselleria que nos leéis habitualmente, que ni nos vamos a cansar, ni vamos a cesar en nuestras legítimas peticiones.

2. El 'Modus Operandi' de la opacidad: despreciando los derechos ciudadanos

Los que nos seguís desde hace tiempo sabéis perfectamente que esto no es un hecho aislado. Estamos ante una práctica sistemática, cronificada y, a nuestro juicio, claramente mal intencionada. La Conselleria de Cultura opera bajo un patrón de conducta que se repite de forma casi matemática en cada una de nuestras solicitudes, quejas y denuncias. Consiste en lo siguiente:

Primer paso: Omitir el acuse de recibo. La ley estipula que la Administración tiene la obligación de comunicar al ciudadano, en el plazo máximo de 10 días, que ha recibido su escrito, indicando quién lo tramita y qué plazos hay para resolver. La Conselleria jamás lo hace. Nos deja a ciegas, sin saber si el papel ha entrado en la mesa de un técnico o se ha perdido en el limbo digital.

Segundo paso: Agotar el plazo legal mediante el silencio. Dejan pasar el mes completo que otorga la legislación de transparencia para responder sin mover un solo dedo. De esta forma, obligan a que opere el silencio administrativo negativo.

Tercer paso: Forzar al ciudadano a acudir al Síndic de Greuges. Como el ciudadano no tiene la documentación, se ve obligado a perder su tiempo redactando quejas ante el Defensor del Pueblo.

Cuarto paso: Entregar los papeles "in extremis" y pretender que aquí no ha pasado nada. Cuando el Síndic les abre un expediente de investigación y les exige responsabilidades, se asustan, buscan a toda prisa el documento en el ordenador, lo cuelgan en la Carpeta Ciudadana del afectado y le dicen al Síndic: "Oiga, que ya se lo hemos dado, cierre usted el caso".

Es un comportamiento profundamente insolidario, tramposo y desleal con la ciudadanía. Nos tratan como a ciudadanos de segunda o de tercerto. Saben perfectamente que, de cada diez ciudadanos que reciben la callada por respuesta, nueve abandonarán por puro agotamiento psicológico y burocrático. Y con el único que llega hasta el final (en este caso, nuestra asociación), cumplen tarde, mal y a arrastras, únicamente porque ven las orejas al lobo de la Sindicatura. Si no acudimos al Síndic de Greuges, a fecha de hoy todavía estaríamos esperando sentados el informe de los Docks.

3. La vergonzosa excusa de la Conselleria: «Tenemos mucho trabajo»

Cuando el Síndic de Greuges admitió nuestra queja a trámite el 20 de abril de 2026, les dio el preceptivo mes de plazo para enviar un informe detallado y razonado sobre los hechos, exigiéndoles específicamente que explicaran por qué no habían enviado el acuse de recibo en 10 días. ¿Y qué hizo la Conselleria? Volver a pedir una prórroga de tiempo el 19 de mayo alegando "sobrecarga de gestión de expedientes". Al final, el 9 de junio de 2026, registraron su contestación formal, firmada por el Subsecretario del departamento.

Las justificaciones que aporta la Conselleria son de una desvergüenza técnica colosal. Citamos textualmente su primera conclusión:

«Primera.- La solicitud de información no fue tramitada en los plazos indicados en la legislación en materia de transparencia por una acumulación de tareas en la unidad administrativa encargada de la tramitación de la misma».

Su defensa ante una vulneración de los derechos de los ciudadanos es decir que tienen "acumulación de tareas". Desde el punto de vista del Derecho Administrativo más elemental, esto es una aberración jurídica. Las deficiencias organizativas, la falta de personal, las bajas sin cubrir o la mala gestión del tiempo de los funcionarios son problemas internos y estructurales de la propia Generalitat Valenciana. Bajo ningún concepto estas contingencias internas pueden ser oponibles al ciudadano, ni constituyen una causa de fuerza mayor que los exima de cumplir las leyes que ellos mismos aprueban en Les Corts.

Imaginaros por un momento que cualquiera de vosotros va a pagar el Impuesto de Sucesiones, el IVA o el IRPF fuera de plazo, y cuando Hacienda os vaya a sancionar, presentáis un escrito diciendo: "Oigan, es que no he pagado a tiempo porque tengo acumulación de tareas en mi casa, estoy desbordado con la compra, poniendo la lavadora y haciendo la comida". ¿Qué os diría la Agencia Tributaria? Se reiría en vuestra cara y os aplicaría el recargo correspondiente. Pues bien, la Conselleria de Cultura pretende tener una patente de corso para incumplir los plazos legales alegando exactamente lo mismo.

Y para rematar la jugada, añaden en su segundo punto que, como ya han soltado los papeles en mi carpeta ciudadana, la queja carece de objeto. Es decir: cometemos la ilegalidad, te hacemos perder tres meses, te damos la información de mala gana porque nos obliga el Síndic, y encima tenemos la soberbia de dar el asunto por zanjado con una sonrisa de suficiencia.

4. El "hostión" del Síndic de Greuges: desmontando la falacia institucional

Afortunadamente, el Síndic de Greuges no se ha dejado engañar por este burdo truco de trileros de despacho. En la resolución definitiva del expediente el Síndic le asesta un varapalo monumental e incontestable a los responsables de la Conselleria.

La frase con la que arranca sus conclusiones de investigación debería enmarcarse y colgarse en la entrada de todas las consellerias de la Comunitat Valenciana y resto de administraciones públicas:

«La “acumulación de tareas” no puede convertirse en una excusa para incumplir las obligaciones legales. Los ciudadanos no tienen ninguna culpa de ello y tienen derecho a una buena administración que respete los plazos legales».

Un golpe directo al mentón de la arrogancia burocrática. El Síndic les recuerda que el artículo 20.1 de la Ley 19/2013 de Transparencia y el artículo 34.1 de la Ley 1/2022 de la Comunitat Valenciana obligan a resolver estas peticiones en el plazo estricto de un mes. Y añade un argumento vital que desmonta la táctica de retrasar la información hasta que ya no sirva para nada: «Es muy importante respetar este plazo, ya que, de lo contrario, la información pública solicitada puede perder interés o utilidad. No cabe, por tanto, retrasar la contestación permitiendo el paso de varios meses sin responder nada al solicitante de información».

En temas de patrimonio, este retraso intencionado es letal. Si una asociación pide un informe patrimonial sobre un edificio cuya protección definitiva está pendiente, como es el caso de los Docks, y la administración oculta los papeles durante meses y meses utilizando el silencio administrativo, para cuando el ciudadano consigue la documentación gracias al Síndic, el edificio ya puede haber sido reformado de forma irreversible o desprotegido en un plan urbanístico aprobado con nocturnidad y alevosía. La opacidad administrativa es, en muchas ocasiones, la alfombra roja sobre la que se ejecuta la destrucción de nuestra historia urbana.

5. El silencio cómplice: la ocultación del acuse de recibo

Hay un detalle técnico en la resolución del Síndic que demuestra hasta qué punto la Conselleria podría estar actuando de mala fe o, al menos, con una preocupante falta de rigor. El Síndic les había pedido expresamente que detallaran los motivos por los cuales omitieron emitir el acuse de recibo de los 10 días. ¿Sabeis qué respondieron en su informe del 5 de junio? Nada. Absolutamente nada. Ignoraron por completo la pregunta del defensor del pueblo, demostrando una resistencia contumaz a someterse al control de las instituciones de la Generalitat.

El Síndic, que se sabe la ley al dedillo, les saca los colores recordándoles el artículo 21.4 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común. Esta ley exige que se envíe esa comunicación de 10 días para que el ciudadano sepa con exactitud matemática qué día ha recibido la solicitud el órgano competente, porque es a partir de ese instante cuando empiezan a contar los plazos para que opere el silencio administrativo.

Al ocultar el acuse de recibo, la Conselleria no comete un simple despiste de oficina; lo que hace es sumergir al ciudadano en la más absoluta oscuridad jurídica. Si no sabes cuándo han recibido formalmente tu papel, no puedes calcular cuándo termina el mes para responder, ni cuándo puedes dar por desestimada tu petición por silencio para poder defenderte. Es una estrategia sibilina para desactivar el reloj del ciudadano y blindar la impunidad del gobernante.

6. Exigimos nombres, apellidos y responsabilidades: basta de impunidad

Ante este panorama desolador, desde nuestra asociación lo tenemos muy claro. Ya no nos bastan las meras "Recomendaciones" o los "Recordatorios del Deber Legal" que el Síndic emite de manera impecable en su resolución. La Ley 39/2015, en su artículo 53.1.b, recoge de forma taxativa el derecho del ciudadano a «identificar a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos».

¿Por qué la Conselleria se niega sistemáticamente a darnos los nombres de los técnicos y responsables políticos encargados de nuestros escritos? Porque la opacidad es el escudo de los negligentes. Queremos saber quién mete nuestras solicitudes en un cajón. Queremos nombres y apellidos porque esta vulneración sistemática y presuntamente intencionada de las leyes de transparencia debe tener consecuencias disciplinarias e incluso penales, al amparo del artículo 502.2 del Código Penal por obstrucción flagrante a las funciones de control del Síndic de Greuges.

La "acumulación de tareas" es la excusa de los mediocres y de los malos gestores. Si una unidad administrativa está desbordada, que contraten más personal, que optimicen los recursos o que reestructuren los departamentos; pero que no utilicen su propia ineficacia como un mazo para ningunear los derechos constitucionales de los valencianos.

La próxima vez que paséis frente a los Docks Comerciales del Puerto de Valencia recordad que para conocer la verdad sobre su protección patrimonial hemos tenido que arrastrar a una Conselleria entera ante el defensor del pueblo. La transparencia no es un regalo o un favor que nos hace el político de turno desde su poltrona; es un derecho conquistado que tenemos que defender con uñas y dientes cada día en la ventanilla del registro.

Nosotros no nos vamos a callar. Por muchos silencios administrativos que nos apliquen, por muchas trabas que nos pongan, seguiremos paseando, seguiremos vigilando y, sobre todo, seguiremos denunciando. Porque el patrimonio es de todos, y la administración está para servirnos, no para ocultarse de nosotros.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

domingo

El Ayuntamiento de Valencia intervendrá sobre los Docks, sin responder a la denuncia de nuestra asociación

Buenos días,

El Ayuntamiento de Valencia, a través del Servicio de Patrimonio Histórico, lo ha vuelto a hacer. Sus máximos (ir)responsables se han vuelto a superar y nos aplican de nuevo el silencio administrativo en una denuncia sobre el mal estado en el que se encuentran los Docks del Puerto de Valencia (en proceso de catalogarse como BRL, tras nuestra petición) y que fue efectuada el pasado 8 de septiembre de 2023.

Habiendo pasado tres meses, ni se nos ha notificado la correcta recepción de nuestro escrito, presentado por RGE, ni han respondido en tiempo y forma, desconociendo con detalle en qué va a consistir la intervención que han vendido en prensa.

Cabe señalar que, sin embargo, nuestro consistorio si se han dado prisa en realizar una nota de prensa con el siguiente titular: "El Ayuntamiento inicia trabajos de reparación en los Docks". Por lo visto, el Ayuntamiento de Valencia si que tiene tiempo de preparar notas de prensa, pero no así de comunicárselo a los promotores de la queja, cuya denuncia ha llevado a a adjudicar estas obras menores de reparación y restauración para paliar el deterioro de este edificio. Unos trabajos que durarán dos meses y que tienen un coste de más de 44.000 euros.

En la nota de prensa que se han afanado en preparar, nos dicen que la Concejalía de Patrimonio, Recursos Humanos y Técnicos empezará el lunes, 18 de diciembre, obras de reparación de los Docks del puerto, en el barrio del Grau. 

Por lo que respecta a la fachada, se pretende recuperar la imagen y estética del edificio con rellenos de mortero entre las baldosas caravista. Igualmente, se repararán cornisas y dinteles de los balcones, que sufren desprendimientos y pérdidas del material de cubrición. Del mismo modo, se aplicará un tratamiento a la carpintería del edificio, que se encuentra en estado de descomposición.

En cuanto al interior del edificio, también se aprecian problemas de corrosión de los elementos metálicos existentes, entre ellos la escalera, que permite el acceso a la planta cubierta del edificio, y que será reforzada. Además, se realizará un pasivado de las armaduras oxidadas que han quedado a la vista.

También se cerrarán las juntas de dilatación del forjado de la primera planta en las pasarelas que recaen al patio y se cubrirán los patinillos de la primera planta para evitar la entrada de animales y del agua de la lluvia. Por último, se colocarán redes para evitar la entrada de palomas o la caída de cascotes a la calle y se desatascarán los sifones, lo que impedirá la creación de charcos. Los trabajos durarán dos meses y tienen un coste de 44.363,75 euros.

Los Docks son un edificio portuario construido en 1917 según un diseño original de Víctor Gosálvez Gómez y con intervención del arquitecto Demetrio Ribes, pionero en el uso del hormigón armado en obras civiles. Aunque la idea inicial era construir un edificio de cuatro alturas con terrazas y torreones laterales, finalmente se terminó con dos únicas alturas.

Al respecto de esta noticia, debemos indicar varias cuestiones, que ya fueron reflejadas en nuestra petición para su catalogación como BRL y en las posteriores recomendaciones del Síndic:


El Síndic RECOMIENDA que, de conformidad con los informes municipales emitidos por el Servicio de Patrimonio Histórico con fecha 28/9/2022 y por el Servicio de Planeamiento el día 29/11/2022, y sin perjuicio del informe vinculante que está elaborando la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, se adopten todas las medidas que sean necesarias para evitar cualquier intervención en el inmueble que pueda poner en riesgo o perjudicar el procedimiento de catalogación de los “Docks comerciales del Puerto de València”, que se encuentra actualmente en tramitación

Igualmente, y ante la afirmación de que "Por lo que respecta a la fachada, se pretende recuperar la imagen y estética del edificio con rellenos de mortero entre las baldosas caravista", indicar que en nuestra denuncia apuntábamos que los almacenes de mercancías Docks Comerciales tienen identificados más de 100 impactos de metralla en sus fachadas exteriores, provocados por los diferentes bombardeos producidos entre la madrugada del 12 al 13 de enero de 1937 y el 22 de marzo de 1939, periodo en el que la ciudad fue sometida a más de 500 bombardeos. El edificio supera, con creces, las marcas de metralla que tienen otros edificios en la ciudad tales como el Ayuntamiento de Valencia, la fachada barroca de la Catedral, la antigua iglesia de San Andrés, hoy San Juan de la Cruz, o diferentes edificios de la calle de la Paz, etc. Por lo tanto, se trata del edificio histórico de Valencia que conserva el mayor número de huellas de impactos y marcas provocadas durante la Guerra Civil y consideramos importante y necesario que se documenten y preserven, evitando que en las sucesivas intervenciones puedan ser tapadas o borradas estar marcas al entenderse como desperfectos, faltantes o roturas recientes. En este sentido, rogamos que se proceda con suma cautela, para evitar daños irreparables.

Y dado que el Ayuntamiento de Valencia no se ha molestado en respondernos y el edificio todavía no ha finalizado su catalogación como BRL (aunque habiéndose iniciado el procedimiento, por ley, ya goza de esa protección), desconocemos si el consistorio ha identificado y documentado, o no, estas marcas de metralla para no taparlas por "accidente" o por desconocimiento absoluto. Es muy peligroso actuar a ciegas y sin detallar lo que se va a hacer.

El Servicio de Patrimonio debería actuar con más cautela, prudencia y coherencia. Y antes de sacar notas de prensa y anunciar proyectos, debería responder e informar a las personas y asociaciones que presentan sus quejas y denuncias por RGE, pues al fin y al cabo, esta actuación se realiza única y exclusivamente por el expediente promovido por nosotros. En caso contrario, los Docks seguirían languideciendo meses o años.

No se puede actuar a espaldas de la sociedad civil, ignorando y vulnerando los derechos de participación en la vida pública que tenemos y que aparecen recogidos en la Constitución Española. Así no se hacen las cosas.

Un saludo...

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

viernes

Recomendaciones del Síndic de Greuges al Ayuntamiento de Valencia sobre la protección de los Docks Comerciales del Puerto de Valencia

Buenas tardes,

En fecha 15 de agosto de 2022, nuestra asociación se dirigió por RGE (nº I 00118-2022-161624) al Ayuntamiento de Valencia solicitando la protección y catalogación de los DOCKS COMERCIALES DEL PUERTO DE VALENCIA como BRL. Ello a raíz de una noticia publicada en el diario digital Valencia Plaza, el 6 de agosto de 2022, en la que se informaba que “El Ayuntamiento da el visto bueno al proyecto de Nethits en los Docks para un centro de datos” https://valenciaplaza.com/el-ayuntamiento-da-el-visto-bueno-al-proyecto-de-nethits-en-los-docks-para-un-centro-de-datos. En el cuerpo de la noticia se afirmaba que “El proyecto se compromete a compaginar la preservación de la fachada protegida junto con la demolición del interior del recinto dado el valor histórico edificio”.

Desde un principio hemos considerado que el nivel de protección actual de los Docks Comerciales es claramente insuficiente y debería considerarse su inclusión como BRL dentro del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del Ayuntamiento de Valencia, antes de que se realice ninguna intervención sobre el inmueble, para asegurar la preservación no solo de la fachada, sino también de los elementos interiores que puedan tener valor patrimonial, especialmente las estructuras de hormigón armado realizadas en el proyecto original.

El Ayuntamiento de Valencia respondió en fecha 26 de agosto de 2022, generando el expediente E-03001-2022-000303-00, informando que “le comunicamos que se ha iniciado expediente 3001/2022/303 de Consultas Previas para recopilar la información y documentación oportunas a efectos de la correcta catalogación del bien, teniendo en cuenta que se trata de un inmueble ya protegido. En este sentido, le recordamos que puede colaborar con esta Administración aportando los datos que estime convenientes y que puedan ser tenidos en cuenta para un completo análisis del inmueble, acreditando, en su caso, que posee los valores necesarios para su catalogación como BRL”

Por nuestra parte, volvimos a recordar al Ayuntamiento de Valencia, en fecha de 30 de agosto de 2022, que no teníamos la “obligación” de aportar ningún dato que estimemos conveniente para que pueda ser tenido en cuenta, pues tal y como ya ha considerado el Síndic en diversas recomendaciones dirigidas a su administración, la decisión de incluir un bien en el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos corresponde al Ayuntamiento de València, quien deberá elaborar una propuesta justificada, PUDIENDO CONTAR, VOLUNTARIAMENTE, con la colaboración de las personas o entidades que quieran presentar información relacionada con los valores que reúne dicho inmueble y que merecen una especial protección.

Ante la respuesta del Ayuntamiento de Valencia alegando de que “se trata de un inmueble ya protegido”, respondimos que el nivel de protección es claramente insuficiente y debería considerarse su inclusión como BRL dentro del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del Ayuntamiento de Valencia, ANTES DE QUE SE REALICE NINGUNA INTERVENCIÓN SOBRE EL INMUEBLE, para asegurar la preservación no solo de la fachada, sino también de los elementos interiores que puedan tener valor patrimonial, especialmente las estructuras de hormigón armado realizadas en el proyecto original. La actual protección ambiental no garantiza la protección integral de todo el inmueble, especialmente los espacios y elementos interiores a los que hacemos referencia.

Igualmente, le recordamos al Ayuntamiento de Valencia que en el escrito del pasado 15 de agosto ya aportábamos una serie de datos históricos y patrimoniales para que se tuvieran en consideración para su catalogación como BRL. Y los volvimos a citar en nuestro segundo escrito de fecha 30 de agosto:

a) Que es importante señalar que los Docks Comerciales del Puerto de Valencia son el primer edificio en Valencia en usar el hormigón armado, en 1918 (la primera estructura construida con hormigón armado será la desaparecida pasarela de la Exposición en 1909), técnica que se usaría dos años más tarde, en 1920, en la construcción de los desaparecidos almacenes Ferrer.

b) Que, además, los almacenes de mercancías Docks Comerciales son un destacado ejemplo de Patrimonio Industrial vinculado a la actividad portuaria. Con proyecto de 1917 (con modificaciones de 1919) del arquitecto Víctor Gosálvez Gómez (1888-1965), proyecto que originalmente contaba con cinco plantas, finalmente solo se ejecutaron dos plantas, inaugurándose en 1920. Siendo una de las obras más importantes de este arquitecto.

c) La ejecución de la obra estuvo a cargo de la “Sociedad Coloma y Ribes” (empresa constructora del arquitecto Demetrio Ribes y el ingeniero industrial Joaquín Coloma, especializados en obras de hormigón armado). El hormigón armado no se utilizó solo para la estructura del edificio, sino también en elementos decorativos como ménsulas y basamentos, entre otros.

d) Se trata de un edificio de planta irregular, de carácter monumental en estilo racionalista con elementos modernistas, desarrollado en torno a dos patios, uno de ellos abierto, con cuatro fachadas, con remates curvos en las esquinas.

e) Tiene valor histórico por estar vinculado a la actividad portuaria y por tanto vinculado a la historia del Puerto de Valencia, pues en él se centralizaba la llegada y salida de mercancías. 

f) Se trata de un singular ejemplo de tipología de almacén, pues servía también para la realización de transacciones entre el puerto y particulares, teniendo una funcionalidad de almacenamiento y administrativa, siendo el único ejemplo existente en la ciudad de Valencia. 

g) Posee pues un alto valor arquitectónico por su singularidad tipológica y valor constructivo por el uso de los materiales en su ejecución, sobre todo por el hormigón armado.

h) Que es importante apuntar que los almacenes de mercancías Docks Comerciales tienen identificados más de 100 impactos de metralla en sus fachadas exteriores, provocados por los diferentes bombardeos producidos entre la madrugada del 12 al 13 de enero de 1937 y el 22 de marzo de 1939, periodo en el que la ciudad fue sometida a más de 500 bombardeos. El edificio supera, con creces, las marcas de metralla que tienen otros edificios en la ciudad tales como el Ayuntamiento de Valencia, la fachada barroca de la Catedral, la antigua iglesia de San Andrés, hoy San Juan de la Cruz, o diferentes edificios de la calle de la Paz, etc. Por lo tanto, se trata del edificio histórico de Valencia que conserva el mayor número de huellas de impactos y marcas provocadas durante la Guerra Civil y consideramos importante y necesario que se documenten y preserven, evitando que en las sucesivas intervenciones puedan ser tapadas o borradas estar marcas al entenderse como desperfectos, faltantes o roturas recientes. En este sentido, rogamos que se proceda con suma cautela, para evitar daños irreparables.

Desde la primera y única respuesta del Ayuntamiento de Valencia, con fecha de 26 de agosto de 2022,  no tuvimos más noticias acerca de nuestro expediente sobre la petición de proteger los Docks Comerciales como BRL. La última información corresponde a las noticias aparecidas en los medios de comunicación en las que se manifiesta que “El Ayuntamiento de Valencia aprueba las bases para que los Docks del puerto se conviertan en un centro de datos”

https://cadenaser.com/comunitat-valenciana/2022/12/15/el-ayuntamiento-de-valencia-aprueba-las-bases-para-que-los-docks-del-puerto-se-conviertan-en-un-centro-de-datos-radio-valencia/

Por ese motivo y ante la preocupación de que se adjudique el concurso de los Docks Comerciales del Puerto de Valencia, sin tener en cuenta nuestra petición para la correcta catalogación del bien como BRL, a fin de asegurar la preservación no solo de la fachada, sino también de los elementos interiores que puedan tener valor patrimonial, especialmente las estructuras de hormigón armado realizadas en el proyecto original, nos dirigimos al Síndic de Greuges, recordando lo que le solicitamos al Ayuntamiento de Valencia en fecha 15 de agosto de 2022: 

a) Que el Ayuntamiento de Valencia u órgano competente en esta materia (concejalías, áreas y servicios con sus respectivas competencias), inicie y lleve a buen puerto los trámites administrativos precisos y necesarios para CATALOGAR E INCOAR COMO BIEN DE RELEVANCIA LOCAL los DOCKS COMERCIALES DEL PUERTO DE VALENCIA, PUESTO QUE SE TRATA DE UN BIEN INDUSTRIAL CON UN ALTO VALOR PATRIMONIAL, ÚNICO Y EXCEPCIONAL

b) Que el Ayuntamiento de Valencia u órgano competente en esta materia (concejalías, áreas y servicios con sus respectivas competencias), ACTIVE Y LLEVE A BUEN PUERTO, DE FORMA EFECTIVA Y REAL LOS TRÁMITES LEGALES NECESARIOS PARA IMPULSAR DE FORMA COORDINADA LA REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS DEL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA con la PARTICIPACIÓN ACTIVA Y ESTABLE DE UN EQUIPO MULTIDISCIPLINAR tal y como recoge el artículo 47 de la LPCV 4/1998 y posteriores modificaciones. 

c) Que el Ayuntamiento de Valencia u órgano competente en esta materia (concejalías, áreas y servicios con sus respectivas competencias), realice las correspondientes inspecciones patrimoniales para examinar las múltiples marcas y huellas de metralla existentes en las fachadas del edificio, procediendo a su identificación y localización y asegurando de esta manera que sean preservadas en cualquier proyecto de rehabilitación o intervención que se vaya a realizar en el edificio. 

En la fase de alegaciones, volvimos a insistir que, ante las noticias aparecidas en prensa en las que se informaba que “El Ayuntamiento de Valencia aprueba las bases para que los Docks del puerto se conviertan en un centro de datos”: https://cadenaser.com/comunitat-valenciana/2022/12/15/el-ayuntamiento-de-valencia-aprueba-las-bases-para-que-los-docks-del-puerto-se-conviertan-en-un-centro-de-datos-radio-valencia/ y ante la preocupación de que se adjudique el concurso de los Docks Comerciales del Puerto de Valencia, sin que sea efectiva la correcta catalogación del bien como BRL, a fin de asegurar la preservación no solo de la fachada, sino también de los elementos interiores que puedan tener valor patrimonial, especialmente las estructuras de hormigón armado realizadas en el proyecto original, solicitamos al Ayuntamiento de Valencia:

a) Agilice los trámites y procedimientos de catalogación como BRL de los Docks Comerciales del Puerto de Valencia. El inmueble debe estar convenientemente inscrito como BRL antes de realizar cualquier intervención sobre el mismo.

b) Modifique las bases para el concurso de adjudicación para que los Docks Comerciales del Puerto se conviertan en un Centro de Datos, teniendo en cuenta que este inmueble sobre el que se va a intervenir está actualmente en trámite de ser catalogado como BRL y debe gozar de esta protección, con lo que esto puede suponer a la hora de rehabilitarlo. 

c) Paralice y suspenda el concurso para ceder los Docks Comerciales del Puerto, puesto que se está tramitando la elevación de su protección de nivel 2 parcial a Bien de Relevancia Local (BRL), lo que significa que el ganador del concurso tendría que ajustar su proyecto a las nuevas limitaciones arquitectónicas.

Por todo lo anteriormente expuesto, el Síndic ha RECOMENDADO que, de conformidad con los informes municipales emitidos por el Servicio de Patrimonio Histórico con fecha 28/9/2022 y por el Servicio de Planeamiento el día 29/11/2022, y sin perjuicio del informe vinculante que está elaborando la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, se adopten todas las medidas que sean necesarias para evitar cualquier intervención en el inmueble que pueda poner en riesgo o perjudicar el procedimiento de catalogación de los “Docks comerciales del Puerto de València”, que se encuentra actualmente en tramitación

Queda claro pues que es preciso y necesario adoptar las medidas que llevamos solicitando desde agosto de 2022 para evitar cualquier intervención en los Docks Comerciales del Puerto de Valencia, antes de que estos estén convenientemente protegidos y catalogados como BRL. Esperamos pues que el Ayuntamiento de Valencia actúe en consecuencia y agilice todos los trámites requeridos.

Un saludo...


miércoles

Solicitamos que el Ayuntamiento de Valencia catalogue los Docks Comerciales del Puerto de Valencia como BRL

Buenas tardes,

El pasado 6 de agosto de 2022, apareció publicada una noticia en el diario digital Valencia Plaza en la que se informaba que “El Ayuntamiento da el visto bueno al proyecto de Nethits en los Docks para un centro de datos”.

https://valenciaplaza.com/el-ayuntamiento-da-el-visto-bueno-al-proyecto-de-nethits-en-los-docks-para-un-centro-de-datos

En el cuerpo de la noticia se afirmaba que “El proyecto se compromete a compaginar la preservación de la fachada protegida junto con la demolición del interior del recinto dado el valor histórico edificio”.

Sin embargo, en la aprobación definitiva del PLAN ESPECIAL DE LA MARINA REAL JUAN CARLOS I (diciembre de 2014) los Docks Comerciales del Puerto de Valencia quedan con la consideración de inmuebles catalogados no inscritos en el Inventario del Patrimonio Cultural valenciano, con un nivel de protección parcial (ambiental), tal y como aparece protegido e la ficha CATALOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS de este Plan Especial.

Desde nuestra asociación, consideramos que el nivel de protección es claramente insuficiente y debería considerarse su inclusión como BRL dentro del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del Ayuntamiento de Valencia, antes de que se realice ninguna intervención sobre el inmueble, para asegurar la preservación no solo de la fachada, sino también de los elementos interiores que puedan tener valor patrimonial, especialmente las estructuras de hormigón armado realizadas en el proyecto original. 

Es importante señalar que los Docks Comerciales del Puerto de Valencia son el primer edificio en Valencia en usar el hormigón armado, en 1918 (la primera estructura construida con hormigón armado será la desaparecida pasarela de la Exposición en 1909), técnica que se usaría dos años más tarde, en 1920, en la construcción de los desaparecidos almacenes Ferrer.

Además, los almacenes de mercancías Docks Comerciales son un destacado ejemplo de Patrimonio Industrial vinculado a la actividad portuaria. Con proyecto de 1917 (con modificaciones de 1919) del arquitecto Víctor Gosálvez Gómez (1888-1965), proyecto que originalmente contaba con cinco plantas, finalmente solo se ejecutaron dos plantas, inaugurándose en 1920. Siendo una de las obras más importantes de este arquitecto.

La ejecución de la obra estuvo a cargo de la “Sociedad Coloma y Ribes” (empresa constructora del arquitecto Demetrio Ribes y el ingeniero industrial Joaquín Coloma, especializados en obras de hormigón armado). El hormigón armado no se utilizó solo para la estructura del edificio, sino también en elementos decorativos como ménsulas y basamentos, entre otros.

Se trata de un edificio de planta irregular, de carácter monumental en estilo racionalista con elementos modernistas, desarrollado en torno a dos patios, uno de ellos abierto, con cuatro fachadas, con remates curvos en las esquinas.

Tiene valor histórico por estar vinculado a la actividad portuaria y por tanto vinculado a la historia del Puerto de Valencia, pues en él se centralizaba la llegada y salida de mercancías. 

Se trata de un singular ejemplo de tipología de almacén, pues servía también para la realización de transacciones entre el puerto y particulares, teniendo una funcionalidad de almacenamiento y administrativa, siendo el único ejemplo existente en la ciudad de Valencia. 

Posee pues un alto valor arquitectónico por su singularidad tipológica y valor constructivo por el uso de los materiales en su ejecución, sobre todo por el hormigón armado.

También es importante apuntar que los almacenes de mercancías Docks Comerciales tienen identificados más de 100 impactos de metralla en sus fachadas exteriores, provocados por los diferentes bombardeos producidos entre la madrugada del 12 al 13 de enero de 1937 y el 22 de marzo de 1939, periodo en el que la ciudad fue sometida a más de 500 bombardeos. El edificio supera, con creces, las marcas de metralla que tienen otros edificios en la ciudad tales como el Ayuntamiento de Valencia, la fachada barroca de la Catedral, la antigua iglesia de San Andrés, hoy San Juan de la Cruz, o diferentes edificios de la calle de la Paz, etc. Por lo tanto, se trata del edificio histórico de Valencia que conserva el mayor número de huellas de impactos y marcas provocadas durante la Guerra Civil y consideramos importante y necesario que se documenten y preserven, evitando que en las sucesivas intervenciones puedan ser tapadas o borradas estar marcas al entenderse como desperfectos, faltantes o roturas recientes. En este sentido, rogamos que se proceda con suma cautela, para evitar daños irreparables.

Por todo ello, hemos solicitado al Ayuntamiento de Valencia u órgano competente en esta materia (concejalías, áreas y servicios con sus respectivas competencias) lo siguiente:

1. Que inicie y lleve a buen puerto los trámites administrativos precisos y necesarios para CATALOGAR E INCOAR COMO BIEN DE RELEVANCIA LOCAL los DOCKS COMERCIALES DEL PUERTO DE VALENCIA, PUESTO QUE SE TRATA DE UN BIEN INDUSTRIAL CON UN ALTO VALOR PATRIMONIAL, ÚNICO Y EXCEPCIONAL

2. Que ACTIVE Y LLEVE A BUEN PUERTO, DE FORMA EFECTIVA Y REAL LOS TRÁMITES LEGALES NECESARIOS PARA IMPULSAR DE FORMA COORDINADA LA REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS DEL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA con la PARTICIPACIÓN ACTIVA Y ESTABLE DE UN EQUIPO MULTIDISCIPLINAR tal y como recoge el artículo 47 de la LPCV 4/1998 y posteriores modificaciones. 

3. Que realice las correspondientes inspecciones patrimoniales para examinar las múltiples marcas y huellas de metralla existentes en las fachadas del edificio, procediendo a su identificación y localización y asegurando de esta manera que sean preservadas en cualquier proyecto de rehabilitación o intervención que se vaya a realizar en el edificio

Esperamos una respuesta positiva por parte de nuestro consistorio y no las consabidas excusas que responde una y otra vez cada vez que solicitamos formalmente la inclusión de bienes patrimoniales dentro del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos.

Un saludo...

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

El abandono de los Docks Comerciales del Puerto de Valencia (1917-1920)

Buenos días,

los Docks Comerciales del Puerto de Valencia, diseñados por el arquitecto y urbanista Víctor Gosálvez Gómez y con la participación como Director de Obras del también arquitecto Demetrio Ribes Marcos, fueron inaugurados el 1 de enero de 1920, hace ya 100 años. Un edificio centenario que lleva abandonado y degradándose desde hace años.

En el caso de los Docks, cabe destacar la figura de Demetrio Ribes, arquitecto de la Estación del Norte, que fundó su propia empresa constructora con el ingeniero de la Compañía del Norte J. Coloma ("Sociedad Coloma y Ribes, construcciones en hormigón armado, Valencia") y participó como contratista en la construcción de este edificio, el primero en el que se empleó el hormigón armado en las obras de construcción civil en la Comunidad Valenciana.

Con motivo la celebración de la Copa América de 2007 y de las regatas previas que se celebraron en Valencia fue alquilado como discoteca en julio de 2006, uso que tuvo hasta septiembre de 2015, tras las inspecciones de la Policía Local, que detectaron deficiencias en las salidas de emergencia, licencias de actividad y regulación del sonido al no respetarse la limitación marcada por la normativa.

Desde esa fecha hasta hoy, el edificio ha ido languideciendo poco a poco, con un futuro incierto y sin que todavía tengan un uso claro y definido:



Lamentablemente, nuestro patrimonio industrial no está recibiendo el cuidado y la atención que merece. Basta echar un vistazo a algunos edificios como la Estación del Grao, La Ceramo de Benicalap, la fabrica de la calle Noguera con la Avenida del Puerto o las Naves Ership de la calle Juan Verdeguer, entre otras, para darse cuenta del abandono y la degradación de este patrimonio.

Un saludo...

Interior de los Docks Comerciales del Puerto de Valencia