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Atentado reiterado contra La Ceramo: el Ayuntamiento de Valencia vuelve a tapar con pintura plástica los grafitis delictivos

Buenas tardes,

La Ceramo de Benicalap (BRL), una joya arquitectónica neomudéjar del siglo XIX que constituye uno de los testimonios más desgarradores y flagrantes del abandono institucional del patrimonio industrial valenciano, vuelve a ser protagonista de un nuevo y dantesco episodio de agresión técnica y estética.

Y lo verdaderamente alarmante de esta situación es que los daños no proceden de un pintamonas provisto de un espray y que se dedica a pintarrajear nuestro patrimonio cultural. La mano que empuña el rodillo responsable de semejante barbaridad pertenece, una vez más, a la propia administración pública.

Esta misma semana hemos sido testigos de una nueva, chapucera y masiva intervención sobre los paramentos exteriores de este edificio protegido, cubriendo con parches de una densa pintura plástica de color rosáceo y pardo los grafitis de la fachada principal recayente a la Avenida de Burjassot, 142, y de la fachada lateral que linda con el Carrer del Poeta Serrano Clavero.

Y no es la primera vez que pasa. Estamos ante una reincidencia contumaz. El consistorio valenciano ha vuelto a recurrir a una "chapuza", del más puro estilo "Pepe Gotera y Otilio", totalmente intolerable y degradante, vulnerando de forma directa las normativas específicas de conservación y desobedeciendo de manera flagrante los tirones de orejas que en el pasado le propinó el Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana tras las denuncias y recursos interpuestos por nuestro colectivo en 2024.

Para comprender la extrema gravedad de lo que acaba de suceder, resulta imprescindible echar la vista atrás y activar la memoria documental. En julio de 2024, a través de las páginas de este mismo blog, publicamos una extensa crónica titulada “Falta de transparencia del Ayuntamiento de Valencia sobre el estado del proyecto de rehabilitación y las intervenciones de limpieza en La Ceramo”. En aquel momento, pusimos de manifiesto las enormes trabas burocráticas y el muro de silencio que la administración local levantó frente a las solicitudes de información pública que registramos.

La cronología de aquel despropósito se inició formalmente el 7 de marzo de 2024. En esa fecha, ante las sospechas fundadas de que se estaban realizando tratamientos inadecuados en los muros del edificio, se presentó una meticulosa solicitud de acceso a la información vía transparencia. Se exigían dos cuestiones fundamentales: por un lado, conocer el estado real de la redacción del proyecto técnico de rehabilitación del inmueble y, por el otro, el desglose pormenorizado con fechas, contratas y áreas municipales de todas las intervenciones ejecutadas desde 2022 para cubrir grafitis con capas de pintura plástica.

La respuesta inicial del Ayuntamiento de Valencia fue un auténtico ejercicio de escapismo y disimulo. Tras agotar los plazos legales, notificaron una resolución parcial que despachaba la cuestión de las brigadas de pintura con una frase lapidaria que rozaba el insulto al ciudadano: “Se está recabando actualmente”. Ante este descarado intento de ocultar la realidad y dilatar el procedimiento, desde Círculo por la Defensa del Patrimonio no nos quedamos de brazos cruzados y elevamos una queja formal ante el Síndic de Greuges.

Fue la presión directa del Defensor del Pueblo valenciano la que obligó finalmente a las dependencias municipales a mover ficha, sacando a la luz contradicciones vergonzosas.

Acorralado por el dictamen del Síndic de Greuges, el Ayuntamiento de Valencia se vio forzado a dictar una resolución definitiva el 31 de julio de 2024, visada por el concejal del área. Aquel informe municipal, lejos de exculpar a la administración, se convirtió en una prueba documental irrefutable de su deficiente gestión. En dicho texto, el Servicio de Limpieza y Recogida de Residuos admitió que la contrata municipal había aplicado pintura plástica de color gris sobre una superficie de 10 metros cuadrados en la fachada trasera del edificio, recayente a la calle José Grollo, en febrero de 2022.

Sin embargo, el párrafo verdaderamente crucial e histórico de aquella resolución oficial fue el siguiente:

“Cabe indicar al respecto, que desde este Servicio siempre se ha dado la orden a la contrata municipal de no realizar ningún tipo de actuación sobre este tipo de bienes protegidos por lo que actualmente no se está realizando ningún tipo de intervención.”

El propio Ayuntamiento reconocía así, por escrito, de forma interna y con sello oficial, que el empleo de pinturas plásticas sobre los paramentos de un Bien de Relevancia Local constituía una aberración prohibida, confirmando la existencia de una directriz expresa para que ninguna brigada o contrata ordinaria de limpieza tocase jamás los muros de La Ceramo. Con esa declaración, los responsables políticos pretendieron cerrar la crisis, asegurar que el problema estaba resuelto y convencer al Síndic de que no se repetiría semejante desastre.

Hoy, en junio de 2026, esa respuesta para cubrir el expediente se ha convertido en papel mojado. Las órdenes internas que el Servicio de Limpieza presumía haber impartido han terminado en la trituradora de la incompetencia. Las brigadas de la pintura plástica y de la brocha gorda han regresado con total impunidad a los muros de Benicalap.

Para comprender el calado del daño perpetrado, es necesario abandonar por un momento la perspectiva burocrática y analizar el impacto arquitectónico real. La Ceramo no es un edificio contemporáneo revestido de hormigón moderno; sus paramentos exteriores principales exhiben un delicado lienzo de ladrillo caravista tradicional y morteros antiguos de cal. Estos materiales históricos poseen una característica física fundamental: son altamente porosos y necesitan "respirar" de forma natural para garantizar la evaporación de las humedades del subsuelo y de las lluvias.

Cuando un operario municipal aplica una pintura plástica de naturaleza sintética e impermeable directamente sobre el ladrillo caravista, lo que está haciendo en términos técnicos es sellar por completo los poros de la fachada. Al quedar la humedad cautiva en el interior de la estructura, desprovista de cualquier vía de transpiración, los ciclos estacionales de frío y calor provocan un fenómeno catastrófico conocido como exfoliación. El agua atrapada genera presiones internas brutales que terminan por cuartear la arcilla, haciendo que la pátina exterior y los relieves ornamentales históricos del ladrillo se fracturen y se desprendan de manera irreversible.

A ello se suma la pesadilla de su posterior restauración. Eliminar una capa de pintura plástica (y en este caso ya debe haber almenos seis capas diferentes) fuertemente adherida a un soporte cerámico poroso exige el empleo de tratamientos químicos sumamente agresivos o sistemas abrasivos mecánicos que desgastan y erosionan la superficie original del monumento de forma definitiva. Lo que el Ayuntamiento etiqueta alegremente como "labores ordinarias de borrado de pintadas" es, a la luz de los criterios científicos de la restauración patrimonial, una auténtica agresión física que acelera la degradación y la ruina del BRL.

La reiteración de estos hechos sitúa al consistorio valenciano en un escenario legal sumamente complejo. Desde el punto de vista del ordenamiento jurídico penal, pintar con materiales nocivos el ladrillo caravista de un inmueble protegido con conocimiento de su valor arquitectónico trasciende la mera negligencia administrativa y abre la puerta a la exigencia de responsabilidades penales.

El artículo 323 del Código Penal español prevé penas de prisión de seis meses a tres años para aquellos que causen daños de forma directa en bienes de valor histórico, artístico o cultural, con independencia de su grado de declaración formal. En el ámbito judicial, el concepto de "daño" no se limita exclusivamente al derribo o demolición de una estructura; incluye explícitamente aquellas alteraciones que comprometen la integridad material del soporte de forma irreversible o perjudicial, tal y como acontece con la aplicación de resinas sintéticas sobre paramentos históricos.

Incluso en el supuesto de que los responsables municipales intentaran ampararse bajo la excusa de una supuesta "buena fe" destinada a adecentar el entorno urbano, el artículo 324 del mismo código castiga penalmente los daños patrimoniales causados por imprudencia grave. Habiendo reconocido oficialmente el Ayuntamiento en el expediente de 2024 la prohibición de estas intervenciones, el hecho de que en 2026 sus servicios técnicos o empresas concesionarias hayan vuelto a desenfundar los rodillos plásticos denota una omisión absoluta de los deberes mínimos de cuidado y control, lo que encaja con precisión en el tipo penal de la imprudencia grave.

De forma complementaria, la Ley 4/1998 del Patrimonio Cultural Valenciano tipifica como infracción administrativa muy grave la ejecución de cualquier tipo de obra o intervención en un Bien de Relevancia Local que carezca de la preceptiva y previa autorización de los servicios técnicos de patrimonio de la Conselleria o del propio municipio, acarreando sanciones económicas de hasta 150.000 euros.

Ante la flagrante burla a las resoluciones del Síndic de Greuges, desde nuestra asociación no vamos a tolerar que este nuevo atropello quede sepultado bajo el manto de la ambigüedad administrativa o el clásico reparto de culpas entre concejalías.

Por este motivo, se ha procedido a registrar una nueva solicitud de acceso a la información pública. A diferencia del proceso de 2024, donde intentaron escudarse alegando que la información se encontraba "en curso de elaboración" o poseía carácter "auxiliar" bajo el amparo del artículo 18 de la LTAIBG, la nueva petición exige la entrega inmediata de actos firmes, concluidos y obligatorios.

La solicitud reclama de manera unívoca la aportación de las Órdenes de Trabajo y Partes de Servicio físicos que dispusieron el repintado de las fachadas entre marzo y junio de 2026, la identificación inequívoca del área municipal que autorizó el gasto, los datos de la empresa contratista o brigada que ejecutó materialmente los brochazos y la copia exacta de las facturas y certificaciones de obra imputadas al presupuesto público.

Asimismo, la petición sitúa al consistorio frente a un callejón sin salida: exige la copia del informe técnico del Servicio de Patrimonio Histórico que avaló el empleo de esa pintura plástica sobre la fachada neomudéjar. Y dudamos mucho que ningún técnico cualificado firmara jamás semejante despropósito. Sería muy grave y no dudaríamos en acudir de nuevo ante la Fiscalía Provincial de Valencia para denunciar estos hechos.

La alarmante situación de La Ceramo es el reflejo de un modelo de gestión patrimonial que sufre de una preocupante asimetría y de soberbia. Mientras el centro histórico de la ciudad concentra las inversiones millonarias y los desvelos de los equipos de gobierno para lucir impecable en las postales turísticas, el legado industrial e histórico de los barrios de la periferia, como Benicalap, se ve abocado sistemáticamente al olvido, a las promesas electorales incumplidas y a los tratamientos de mantenimiento más rudimentarios, chapuceros y perjudiciales para el patrimonio.

Los monumentos de Valencia no son meros contenedores urbanos que puedan parchearse con la pintura plástica más barata del mercado para ocultar la dejadez ante el vandalismo gráfico. Un Bien de Relevancia Local merece el máximo respeto, rigor científico y una gestión pulcra que se ajuste a los principios elementales de la conservación. 

Desde nuestra asociación continuaremos vigilando de cerca cada rincón de nuestra historia material, utilizando todas las herramientas legales y ciudadanas a nuestro alcance para que los responsables de estas agresiones institucionales dejen de esconderse tras la burocracia y asuman, de una vez por todas, las consecuencias de sus actos. 

Valencia y su memoria histórica, cultural y patrimonial merecen mucho más que un rodillo y unos políticos, técnicos, jefes de servicio y funcionarios, incompetentes e irresponsables.

Un saludo...

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