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martes

Recomendaciones del Síndic al Ayuntamiento de Valencia por el estado del Jardín de Ayora (BRL)

Buenos días,

El 28 de marzo de 2022 nuestra asociación se dirigió por RGE al Ayuntamiento de Valencia denunciando diversos problemas que afectaban al Jardín de Ayora (BRL). 

Sin embargo, nuestro consistorio respondió sólo parcialmente y de forma incompleta a algunas de las cuestiones planteadas y no pronunciándose sobre otras IGNORANDO Y VULNERANDO, nuevamente y por enésima vez, LOS DEBERES LEGALES que se extraen de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

Por ese motivo, tuvimos que acudir al Síndic de Greuges, quien RECOMENDÓ al Ayuntamiento de Valencia que, teniendo en cuenta el dilatado periodo de tiempo transcurrido desde la solicitud presentada con fecha 28/3/2022, se facilitara al autor de la queja toda la información sobre las medidas municipales adoptadas para solucionar las tres cuestiones pendientes que afectan al Jardín de Ayora (bien de relevancia local).

El Ayuntamiento de Valencia y sus respectivas concejalías y servicios con competencias en la materia se negó a colaborar con su institución, ignorando EL DEBER LEGAL de colaborar con el Síndic de Greuges, facilitando la información solicitada y contestando a las recomendaciones, sugerencias o recordatorios de deberes legales efectuados.    

A pesar de que el Ayuntamiento de Valencia está obligado a responder por escrito en un plazo no superior a un mes desde la recepción del presente acto, nunca lo hizo, incumpliendo todas sus obligaciones y deberes legales, entorpeciendo y obstaculizando la investigación de nuestro Defensor del Pueblo.

En junio de 2024 y habiendo pasado un tiempo más que prudencial desde el cierre del anterior expediente de queja, el Ayuntamiento de Valencia sigue sin cumplir con lo siguiente:

a) Poner los medios y recursos necesarios para evitar e impedir EL APARCAMIENTO ILEGAL DE VEHÍCULOS PEGADOS AL MURO DEL JARDÍN DE AYORA DE VALENCIA, RECAYENTE A LA PLAZA ORGANISTA CABO. Recordamos en este punto que a nuestra asociación no le corresponde el deber invigilando, ni la inspección, ni tener que llamar al 092 para comunicar a diario el aparcamiento ilegal denunciado, máxime cuando se trata de un aparcamiento habitual y permanente en el que se aparca los 365 días del año. Los vecinos y residentes de la zona han tomado y usan el muro de este BRL como aparcamiento regular, ante la dejación de funciones de nuestro consistorio.

b) Que el Ayuntamiento de Valencia PROCEDA A LA RETIRADA LAS PINTADAS DELICTIVAS, CARTELES, ETC. QUE HAN IDO APARECIENDO, PROGRESIVAMENTE, EN TODO EL MURO PERIMETRAL (PARTE INTERIOR Y EXTERIOR) DEL JARDÍN DE AYORA. La falta de actuaciones ha hecho que los grafitis y las pintadas delictivas proliferen por todo el perímetro. Algunas de ellas llevan ya allí cerca de dos años, poniendo de manifiesto el desinterés municipal a la hora de retirarlas y eliminarlas profesionalmente.

c) Que el Ayuntamiento de Valencia proceda a RESTAURAR EL MURO PERIMETRAL (PARTE INTERIOR Y EXTERIOR) Y LA VERJA DEL JARDÍN DE AYORA, REPARANDO LOS DAÑOS, DESPERFECTOS, DESCONCHADOS, HUMEDADES, GRIETAS Y OXIDACIÓN PRESENTES EN ESTE BRL. El deterioro y los daños han aumentado progresivamente, pues el Ayuntamiento lleva más de dos años sin actuar en este BRL, a pesar de las denuncias y las recomendaciones de su institución.

Tras recibir el informe de nuestro consistorio, nuestra asociación indicó claramente en las alegaciones que el Ayuntamiento de Valencia, a través de la OAM de Parques y Jardines informaba que con medios propios del organismo se va a proceder a eliminar las pintadas existentes. Pero el OAM de Parques y Jardines, en estos momentos no dispone de medios para su reparación y pintado integral.

A este respecto, queremos aclarar varias cuestiones:

a. El Palacete y el Jardín de Ayora están catalogados como BRL 12.01.07 con la categoría JARDÍN HISTÓRICO DE INTERÉS LOCAL. Por lo tanto, el jardín cuenta con protección patrimonial y el muro donde están las pintadas también. Cualquier intervención sobre el mismo debe contar con los permisos y autorizaciones pertinentes del servicio municipal competente, sea el Servicio de Patrimonio Histórico u otro, tal y como quedó patente en el expte. de queja nº 2303844 (pintadas en el depósito de Gas Lebon). Por lo tanto, esa intervención “con medios propios del organismo”, debería contar con la supervisión, permisos y autorizaciones patrimoniales correspondientes. No tenemos constancia, de que los servicios con competencias en patrimonio cultural hayan sido informados del estado del bien y que hayan autorizado una intervención a la OAM de Parques y Jardines.

b. Después de más de dos años y medio desde la primera denuncia y varios más de abandono, degradación y falta de mantenimiento regular, es inadmisible seguir usando como argumento que un servicio en concreto no dispone de medios para su reparación y pintado integral. La colaboración entre las diferentes áreas y servicios municipales, con competencias en la materia, que pueden y deben colaborar en la rehabilitación de un elemento patrimonial catalogado y protegido, no sólo es viable, sino obligatoria para preservar el bien.

El Ayuntamiento de Valencia, a través de la Policía Local de Valencia, sobre nuestra petición de “Poner los medios y recursos necesarios para evitar e impedir EL APARCAMIENTO ILEGAL DE VEHÍCULOS PEGADOS AL MURO DEL JARDÍN DE AYORA DE VALENCIA, RECAYENTE A LA PLAZA ORGANISTA CABO”, informa lo siguiente: 

- Que, realizadas las gestiones pertinentes, con la unidad policial de zona, resulta que en dicha zona existe un espacio de libre acceso delimitado entre el muro del jardín, el parque de la Plaza Organista Cabo y la zona peatonal, no encontrándose pavimentada como acera, por lo que no existe infracción al Reglamento General de Circulación. 

A este respecto, cabe alegar que por encima del Reglamento General de Circulación lo está una Ley de rango autonómico, como lo es el caso de la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano 4/1998 y posteriores modificaciones, LEY que se está incumpliendo por la presencia de vehículo pegados al muro de un BRL, sea la zona peatonal o no encontrándose pavimentada como acera. Es irrelevante para el este caso en cuestión.

Como ejemplo de retirada y sanciones de vehículos que aparcan delante la fachada de un BRL, traemos a colación el expte. nº2400519, sobre la alquería de Beato Gaspar Bono, sin necesidad de que estos no entren en contacto físico con el muro, no produciendo daños o deslucimiento a éste, en una interpretación ajena a la propia LPCV 4/1998.

Cabe señalar, además, que dicho aparcamiento ilegal se produce dentro del entorno de protección del BRL, tal y como viene indicado y señalado perfectamente en la ficha del catálogo del bien.


 
Significar que por parte de la unidad policial de zona se realizan vigilancias discrecionales por dicha zona objeto de queja, constando una media de unas 200 (doscientas) denuncias anuales y numerosos requerimientos de grúa.

A este respecto, indicar que no se están sancionando, ni retirando los vehículos que aparcan pegados al muro de este BRL. La PLV debe referirse a otras intervenciones ajenas al emplazamiento de nuestra denuncia.

- En cuanto al posible deslucimiento del muro, por parte de los vehículos que allí estacionan, se ha podido constatar que los mismos no entran en contacto físico con el muro, no produciendo daños o deslucimiento a éste.

A este respecto, insistimos en que hay un claro y manifiesto incumplimiento de lo recogido en el artículo 38. d, de la LPCV 4/1998, que señala claramente y sin error de interpretación que queda prohibido la colocación de todos aquellos elementos que menoscaben o impidan su adecuada apreciación o contemplación. El jardín es un BRL con la categoría de Jardín Histórico de Interés Local y por ese motivo ya fueron retirados de ese mismo lugar un contenedor de aceite usado y ahora, en junio de 2024, otro contendor de ropa usada. Ni los vehículos, ni los contenedores pueden estar ahí. Los contenedores ya no lo están, ahora deben ir fuera los vehículos.

Por lo tanto, el Ayuntamiento de Valencia debe poner los medios y recursos necesarios para evitar e impedir EL APARCAMIENTO ILEGAL DE VEHÍCULOS PEGADOS AL MURO DEL JARDÍN DE AYORA DE VALENCIA, RECAYENTE A LA PLAZA ORGANISTA CABO, en cumplimiento del artículo 38. d, de la LPCV 4/1998, y no en base a un Reglamento General de Circulación, de rango inferior, y otras interpretaciones parciales y subjetivas como que los vehículos están en contacto físico con el muro, no produciendo daños o deslucimiento a éste, cuestiones irrelevantes para el cumplimiento de la citada ley de patrimonio. Todo ello, sin olvidar el entorno de protección del BRL donde están aparcando los vehículos de manera ilegal (triángulo pintado en azul).

 
Insistimos pues en que el Ayuntamiento de Valencia no está ni cumpliendo con las recomendaciones realizadas por su institución, ni solucionando los problemas que venimos denunciando desde hace más de dos años y medio. Ni se pueden aparcar vehículos donde pretende justificarlo la Policía Local de Valencia, ni se puede argumentar que no se dispone de medios para su reparación y pintado integral, para dilatar y no actuar en un BRL, todo ello sin perder de vista que cualquier actuación en el BRL debe estar autorizada y supervisada por el servicio competente en materia de patrimonio cultural.

El Síndic, en sus conclusiones de investigación, indica que en el presente expediente de queja, han quedado acreditados los siguientes hechos que afectan al estado de conservación del Jardín de Ayora (Bien de Relevancia Local): a) aparcamiento ilegal de vehículos junto al muro; b) la retirada de pintadas y carteles del muro, y c) la restauración de la parte interior y exterior del muro y la verja del jardín.

El Ayuntamiento de Valencia ha indicado que “se va a proceder a eliminar las pintadas existentes. Pero el OAM de Parques y Jardines, en estos momentos no dispone de medios para su reparación y pintado integral”. 

Asimismo, la Policía Local ha manifestado que la zona donde se aparcan los vehículos no se encuentra “pavimentada como acera, por lo que no existe infracción al Reglamento General de Circulación”. 

Sin embargo, no se indica nada sobre el incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 38.1.e) de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano:
 
“Queda prohibida la colocación de rótulos y carteles publicitarios, conducciones aparentes y elementos impropios en los espacios etnológicos, jardines históricos y en las fachadas y cubiertas de los monumentos, así como de todos aquellos elementos que menoscaben o impidan su adecuada apreciación o contemplación”. 

Y por todo ello RECOMIENDA que, teniendo en cuenta el dilatado periodo de tiempo transcurrido desde la primera denuncia presentada por el autor de la queja con fecha 28/3/2022, se adopten todas las medidas que sean necesarias para evitar el aparcamiento de vehículos junto al muro, la retirada de pintadas y carteles del muro, y la restauración de la parte interior y exterior del muro y la verja del jardín

Otra vez más queda patente que hay que estar abriendo y reabriendo los expedientes de queja, pues el Ayuntamiento de Valencia no actúa y deja pasar el tiempo de manera negligente e imprudente hasta que no se denuncia de nuevo. Los esfuerzos de nuestro consistorio y de los responsables de los servicios municipales se centran en tirar balones fuera y buscar excusas sin sentido para no cumplir con sus obligaciones legales, en lugar de recuperar y poner en valor nuestro patrimonio cultural.

Podrán cambiar los gobiernos, podrán bailar las siglas de los partidos políticos que están al frente, pero el problema es mucho más profundo y está cronificado. Las administraciones públicas valencianas están pensadas y moldeadas para funcionar de una manera tan enrevesada, compleja e ineficientes como para dar la espalda a los ciudadanos y a las obligaciones legales que tienen encomendadas. Es un fraude y una perversión absoluta de la legislación vigente, de la transparencia y de la participación ciudadana.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

viernes

Las asignaturas pendientes del Ayuntamiento de Valencia. Vol. XI: la alquería de Ponsa o de Bondía

Buenos días,

Uno de los últimos expedientes que abrimos con el Síndic de Greuges es el de la alquería de Ponsa o de Bondía, que se encuentra situada en la calle del Arte Mayor de la Seda nº29 y 31 de Valencia. Se trata de un bien de titularidad privada que está incluido dentro del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del Ayuntamiento de Valencia con la consideración de BRL y la categoría de Espacio Etnológico de Interés Local.

Las últimas noticias que teníamos de esta alquería eran de abril del año 2017, hace ya seis años, cuando se informaba que “El Ayuntamiento de Valencia llevará a la comisión de Urbanismo la modificación de un plan interior de reforma del barrio de La Aguja, a espaldas del complejo administrativo 9 d'Octubre, para salvar de forma definitiva a la alquería de La Ponsa-Fuster”; que “el propietario de la alquería busca inversores para poder hacer realidad su sueño: devolverle el esplendor a esta alquería donde vivió su familia para el disfrute de todos los ciudadanos” o que “La propuesta ya cuenta con el visto bueno de la Generalitat, ya que la Conselleria de Obras Públicas trató el tema en la última comisión territorial de Urbanismo y se acordó aprobar definitivamente la modificación del Plan de Reforma Interior (PRI) de la unidad de ejecución de la alquería de La Ponsa-Fuster”. Desde esa fecha, nada más.

Ante este silencio y la falta de actividad, decidimos denunciar estos hechos por RGE ante el Ayuntamiento de Valencia, en noviembre de 2021. Nuestro consistorio nos respondió a través del gabinete jurídico de la Policía Local de Valencia los siguiente: "No consta parte de intervención o reclamaciones relacionadas con el estacionamiento indebido de vehículos en el entorno de la Alquería de Ponsa. No obstante, se han dado instrucciones para incrementar la vigilancia en el entorno del edificio con el objetivo de impedir cualquier conducta que  pueda afectar al estado de conservación del mismo y de su entorno". 

El SERVICIO DISCIPLINA URBANÍSTICA-SECCIÓN ÓRDENES DE EJECUCIÓN, por su parte, contestó "Que dicha alquería se encuentra dividida en dos parcelas catastrales, con distintos números de policía pertenecientes a diferentes titulares, tramitándose en este Servicio municipal sendos expedientes administrativos por deficiencias en la conservación.  

En la parte del inmueble correspondiente al número 29 de la C/ Juan Bautista Vives, la propiedad adoptó las medidas precautorias ordenadas en su día, estando pendiente de recaer nuevo informe técnico sobre su estado actual. 

Respecto al núm. 31 de dicha calle, mediante providencia de 8 de enero de 2020 se requirió a la propiedad para que procediera a adoptar las medidas precautorias indicadas por el personal técnico municipal, en tanto se llevaran a cabo las obras de reparación del citado inmueble. Por dicha propiedad se aportó, en fecha  9 de febrero de 2021, informe técnico certificando la adopción de las medidas precautorias requeridas y la seguridad del inmueble".  

Pasado un tiempo prudencial y ante la manifiesta inactividad, durante más de un año, y la ausencia de medidas reales "para incrementar la vigilancia en el entorno del edificio con el objetivo de impedir cualquier conducta que pueda afectar al estado de conservación del mismo y de su entorno", puesto que no han parado de aparcar allí sin ningún control, acudimos al Síndic de Greuges en enero de 2023 reiterando nuestra petición de noviembre de 2021.

En las diferentes respuestas que ha ofrecido el Ayuntamiento de Valencia ha repetido una y otra vez exactamente lo mismo, como si estuviera en bucle, no aportando más información al respecto de la que ya ha aportado en estos años y no solucionando los problemas denunciados en su día. 

El Síndic de Greuges, recalcó en las "Consideraciones a la Administración", que el Ayuntamiento de València, en el informe que tuvo entrada en esta institución con fecha 21/2/2023, indica que el último informe técnico sobre la Alquería de Ponsa o de Bondía fue realizado el día 13/12/2021 y que actualmente “está pendiente la emisión de nuevo informe técnico por la Oficina Técnica de Control de Conservación de la Edificación, con el fin de constatar el estado actual de los inmuebles y, en el caso de no haberse procedido por la propiedad a la reparación de los daños de lo que adolezca, valorar las obras requeridas al objeto de conformar la correspondiente orden de ejecución de obras de intervención con el fin de habilitar posteriores medidas de ejecución forzosa.

Sin embargo, en dicho informe municipal, siguen sin responderse a algunas de las cuestiones planteadas en la denuncia presentada con fecha 23/11/2021. Así, por ejemplo, no se dice nada sobre la retirada de las pintadas, el aparcamiento incontrolado de vehículos junto a las fachadas del inmueble y las órdenes de ejecución dirigidas a la propiedad para mantener el inmueble en un adecuado estado de conservación.  

En el caso que nos ocupa, el Ayuntamiento de València debe ordenar a la propiedad la ejecución de las obras necesarias para mantener la Alquería de Ponsa o de Bondía en unas adecuadas condiciones de seguridad, funcionalidad y habitabilidad. Si esta obligación legal es incumplida, el Ayuntamiento podría acordar la ejecución subsidiaria a costa de la propiedad –artículo 102 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas-". 

Por todo ello,  el Síndic RECOMENDÓ, en marzo de 2023, que se acelerara la emisión del informe por parte de la Oficina Técnica de Control de Conservación de la Edificación y se dirija a la propiedad la orden de ejecución que proceda para mantener la Alquería de Ponsa o de Bondía en unas adecuadas condiciones de seguridad, funcionalidad y habitabilidad, adoptando las medidas necesarias para evitar el estacionamiento incontrolado de vehículos junto al referido bien de relevancia local.  

https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2023/04/recomendaciones-del-sindic-de-greuges.html

Desde esa fecha hasta ahora, las cosas siguen exactamente igual y esas supuestas "instrucciones para incrementar la vigilancia en el entorno del edificio con el objetivo de impedir cualquier conducta que  pueda afectar al estado de conservación del mismo y de su entorno" no se están llevando a cabo, puesto que desde que denunciamos los hechos en noviembre de 2021 han seguido aparcando pegados a las fachadas de este BRL. Sin ningún tipo de control, sanción, retirada de vehículos, etc. Si usamos la herramienta de Google Street View, ya aparecen vehículos desde el año 2008 y hasta la actualidad.

El Ayuntamiento de Valencia se esfuerza al máximo para demostrar que, enredado y muy cómodo en su propia burocracia, vive muy alejado de lo que pasa a pie de calle y de la realidad de nuestro patrimonio cultural. Siempre busca la manera de interpretar y retorcer a su antojo y beneficio la legislación vigente en materia de patrimonio cultural y urbanismo para así poder justificar la falta de actuaciones o el hecho de que se dilaten al máximo las actuaciones en los bienes protegidos, sean estos de titularidad pública o privada. Siempre tendrá una excusa o maquillaje a mano para intentar disimular su incapacidad, negligencia y probada incompetencia. Y nos remitimos a las casi trescientas recomendaciones del Síndic que acumulan las diferentes administraciones públicas valencianas.

Además, insistimos que en el caso concreto de la alquería de Ponsa no estamos hablando de un bien que se encontrara en este mal estado desde que lo denunciamos en noviembre de 2021. Lleva lustros así, con el beneplácito de nuestro consistorio, que tiene por mala costumbre dejar en vía muerta la mayor parte de estos expedientes con la excusa del gran volumen de trabajo que tienen o la escasez de medios y de personal. La única forma de que se desatasquen están denuncias es que el ciudadano esté denunciándolo constantemente, por tierra, mar y aire, y acudiendo repetidamente al Síndic.

Por experiencia, podemos afirmar que aquellos expedientes en los que no te molestas en insistir una y otra vez, se ralentizan al máximo e incluso se paralizan, pasando años, lustros y décadas sin realizar prácticamente ninguna actuación, más allá de las obligatorias obras precautorias. Sólo se reactivan cuando se genera un nuevo expediente de denuncia o se reabre uno ya existente. La realidad es así de triste y puede comprobarse muy fácilmente viendo las actuaciones que las administraciones públicas realizan motu propio, los años que pasan hasta dar el siguiente paso, o el número de expedientes que están directamente parados desde hace demasiado tiempo. En caso contrario, no se entendería cómo es posible que haya edificios y elementos patrimoniales catalogados que siguen abandonados, cerrados, en ruinas, etc. desde la década de los años 90 y 2000, e incluso de antes.

El patrimonio cultural valenciano sigue siendo algo secundario y accesorio para nuestra clase política. Sólo mueven ficha cuando se les sonroja la cara públicamente y ven la oportunidad de colocarse una medalla delante de los vecinos, obteniendo un rédito o beneficio político personal o para su partido. Se olvidan, muy a menudo, que está dentro de sus obligaciones y deberes legales como servidores públicos que son.

Un saludo...

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

sábado

Las asignaturas pendientes del Ayuntamiento de Valencia. Vol. VI: la alquería de la calle Beato Gaspar Bono

Buenos días,

El 7 de diciembre de 2013 denunciamos por RGE el estado en el que se encontraba la alquería de la calle Beato Gaspar Bono (BRL), tras muchos años de abandono con una fachada exterior llena de grietas de importantes dimensiones; con el tejado cubierto de ramas y hojarasca que se acumulaban, con el peligro de un eminente riesgo de desplome; con el interior del edificio convertido en un almacén municipal donde se amontonan toda clase de materiales altamente inflamables que pueden provocar un incendio tales como bombonas de butano, restos de mobiliario de madera amontonados, hojarasca, etc. que lo convertían en un polvorín a punto de estallar.

https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2013/12/sos-alqueria-de-la-calle-beato-gaspar.html

https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2014/02/la-alqueria-de-la-calle-beato-gaspar.html

En septiembre del 2011 el ex concejal de Urbanismo, Jorge Bellver, declaró que esta alquería sería rehabilitada y convertida en un Museo de Ciencias Naturales. Y ya en 2013, más de dos años después el Ayuntamiento de Valencia parecía haber descartado completamente esta posibilidad, permitiendo la ruina, abandono y degradación de este edificio y de un entorno que se encuentra dentro del BIC del Jardín Botánico de la Universidad de Valencia.

Este primer expediente finalizó en diciembre de 2014, después de que el Ayuntamiento de Valencia aceptara las recomendaciones que el Síndic de Greuges había emitido en agosto de ese mismo año y que señalaban que, ante el incumplimiento del deber legal de conservación del bien de interés cultural, nuestro consistorio adoptara todas las medidas legales a su alcance para evitar el derrumbe del inmueble y lograr su rehabilitación.

https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2014/08/recomendaciones-del-sindic-de-greuges_54.html

Nuestra asociación dejó pasar más de cuatro años para volver a reabrir el expediente de queja con el Síndic, el 30 de enero de 2019, denunciando, entre otras cuestiones, la continuada presencia de pintadas delictivas que se perpetuaban y que no eran convenientemente retiradas.

El Ayuntamiento de Valencia respondió, a través del Servicio de Arquitectura y de Servicios Centrales Técnicos, con un escueto informe en el que decían que: “La Alquería de la calle Beato Gaspar Bono está incluida en el plan de intervención de edificios municipales de valor patrimonial y social con el fin de poder hacer una intervención en los próximos presupuestos para evitar su deterioro”, sin fechas ni plazos concretos y reales y levantando otro castillo en el aire.

El Síndic, por segunda vez, consideró oportuno RECOMENDAR al Ayuntamiento de Valencia que, en cumplimiento de nuestra anterior Recomendación emitida con fecha 29/08/2014, adoptara todas las medidas que sean necesarias para evitar el progresivo deterioro y la destrucción de este bien de relevancia local

Y en febrero de 2021, hace más de dos años, nos vimos en la obligación de volvernos a dirigir al Síndic para que el Ayuntamiento de Valencia se pronunciara claramente sobre algunas de las cuestiones que planteábamos en nuestras denuncias:

a) SI VA A PROCEDER O NO A ELIMINAR LAS PINTADAS DELICTIVAS EXISTENTES EN LOS MUROS EXTERIORES DE ESTES BRL (Y NO PINTANDO ENCIMA PARA PARCHEAR EL BIEN, SINO ELIMINÁNDOLAS COMPLETAMENTE CON TÉCNICAS REALIZADAS POR PROFESIONALES DE LA RESTAURACIÓN).

b) SI SE ESTÁN TOMANDO O NO MEDIDAS PARA PREVENIR ESTAS PINTADAS DELICTIVAS EN ESTE BRL.

c) SI SE ESTÁ DENUNCIADO O NO ANTE LAS AUTORIDADES COMPETENTES LOS ATENTADOS QUE SE EFECTÚEN CONTRA EL MISMO QUE PUEDAN SER CONSTITUTIVOS DE DELITO.

d) SI SE VAN A TOMAR MEDIDAS O NO PARA EVITAR EL APARCAMIENTO ILEGAL Y CRÓNICO EN LAS FACHADAS DE ESTE BIEN.

El Síndic solicitó un informe al Ayuntamiento de Valencia con fecha 19/2/2021, y casi 6 meses después, ni se lo había enviado a esta institución, a pesar de que el plazo máximo para su remisión es de 15 días (artículo 18.1 de la Ley 11/1988, de 26 de diciembre, del Síndic de Greuges). 

Por ello, directamente RECOMENDÓ que, en cumplimiento de nuestras Recomendaciones de fechas 29/8/2014 y 6/5/2019, se adoptaran, de forma real y efectiva, las medidas necesarias para mejorar la protección de la Alquería de la calle Beato Gaspar Bono, eliminando las pintadas existentes en el muro exterior y evitando el aparcamiento de vehículos dentro del entorno de protección del bien de interés cultural (BIC) del Botànic y RECORDÓ EL DEBER LEGAL, contemplado en los artículos 18.1 y 19.1 de la Ley 11/1988, reguladora del Síndic de Greuges, aplicable a la tramitación de esta queja, en lo relativo a la obligación de todos los poderes públicos de prestar auxilio a esta institución con carácter preferente y urgente en sus investigaciones.

Nuestro consistorio, una vez emitida la recomendación, informó que:

1.  Ya no existe aparcamiento de vehículos en las fachadas de las citadas alquerías tanto en la calle Beato Gaspar Bono así como tampoco en la parcela trasera pegada a las fachadas posteriores (a fecha de hoy siguen aparcando, tal y como queda patente en las fotografías)

2. Con respecto a la eliminación de pinturas y grafitis existentes se comunica que en breve se va a realizar el proyecto de intervención arqueológica en todas las fachadas exteriores de los edificios y en el trascurso de estos trabajos se picaran los enfoscados, eliminando las pintadas que ahora existen (no se han eliminado, se han tapado con más capas de pintura).

3. Por parte de la Sección de Ejecución de Obras de Servicios Centrales Técnicos se ha redactado memoria valorada de trabajos de mantenimiento y poda de arbolado con objeto de definir los trabajos  a realizar para paliar el deterioro en la alquería Beato Gaspar Bono ubicada en la calle Beato Gaspar Bono, nº1, 3 y 5 en Valencia. Dichos trabajos están en fase de contratación con la finalidad de poderlos realizar antes de que finalice el ejercicio 2021 (de nuevo un parcheado, pero nada sobre la rehabilitación y puesta en valor).

https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2021/08/tercera-recomendacion-del-sindic-de.html

Este expediente se cerró en octubre de 2021 y actualmente, un año y siete meses después, sigue sin rehabilitarse esta alquería y ponerse en valor, siguen aparcando tranquilamente coches pegados a la fachada y han aparecido ya algunos grafitis, que no tardarán en multiplicarse.

El Ayuntamiento de Valencia arrastra una década de incumplimientos y dejadez institucional, que sólo se parchea en base a nuestras denuncias y recomendaciones del Síndic de Greuges. Llevan más de una década para sacar de este lamentable estado la alquería de la calle Beato Gaspar Bono. Ni hay ganas, ni hay interés por recuperar y poner en valor nuestro patrimonio cultural. Sólo les interesa para la foto, la nota de prensa y el postureo en RRSS.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

lunes

Recomendaciones del Síndic de Greuges por el estado de la alquería de Ponsa o de Bondía (BRL)

Buenos días, 

La alquería de Ponsa o de Bondía (BRL) se encuentra situada en la calle del Arte Mayor de la Seda nº29 y 31 de Valencia. Se trata de un bien de titularidad privada que está incluido dentro del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del Ayuntamiento de Valencia con la consideración de BRL y la categoría de Espacio Etnológico de Interés Local.

Las últimas noticias aparecidas en prensa son de abril del año 2017, hace ya seis años, cuando se informaba que “El Ayuntamiento de Valencia llevará a la comisión de Urbanismo la modificación de un plan interior de reforma del barrio de La Aguja, a espaldas del complejo administrativo 9 d'Octubre, para salvar de forma definitiva a la alquería de La Ponsa-Fuster”; que “el propietario de la alquería busca inversores para poder hacer realidad su sueño: devolverle el esplendor a esta alquería donde vivió su familia para el disfrute de todos los ciudadanos” o que “La propuesta ya cuenta con el visto bueno de la Generalitat, ya que la Conselleria de Obras Públicas trató el tema en la última comisión territorial de Urbanismo y se acordó aprobar definitivamente la modificación del Plan de Reforma Interior (PRI) de la unidad de ejecución de la alquería de La Ponsa-Fuster”.

https://www.lasprovincias.es/valencia-ciudad/201704/21/dueno-alqueria-ponsa-valencia-20170421002524.html

Sin embargo, a pesar del tiempo transcurrido, este BRL y su entorno de protección siguen deteriorándose ante la falta de actuaciones e intervenciones de su legítimo propietario (desconocemos el motivo del bloqueo o dilaciones que le impiden actuar en el edificio) y por la pasividad de las instituciones y administraciones públicas con competencias en la materia que deberían velar por la protección de inmueble, en cumplimiento de sus funciones inspectoras e in vigilando y revisar con regularidad el estado de los bienes integrantes en el catálogo y de sus entornos de protección, sean estos de titularidad pública o privada.

Cabe añadir que TODO EL SOLAR QUE RODEA A LA ALQUERÍA ESTÁ PERMANENTEMENTE OCUPADO POR VEHÍCULOS QUE APARCAN DE MANERA ILEGAL DENTRO DEL ÁREA DE PROTECCIÓN DEL BRL Y PEGADOS A SU FACHADA, al igual que lo han hecho durante años en las alquerías de la calle Olba (Expte. nº2100325 del Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana), cuando informábamos que ”el entorno, las aceras, etc. son utilizados como parking incontrolado, pegando peligrosamente los vehículos a las fachadas, sin respetar el entorno de protección de estos BRLs, puesto que en caso de incendio (fortuito o provocado) podrían dañar seriamente un bien protegido”. Al final el incendio de un vehículo daño el exterior de uno de los muros.

En noviembre de 2021, nuestra asociación denunció estos hechos por RGE ante el Ayuntamiento de Valencia, quien respondió a través del gabinete jurídico de la Policía Local de Valencia que "No consta parte de intervención o reclamaciones relacionadas con el estacionamiento indebido de vehículos en el entorno de la Alquería de Ponsa. No obstante, se han dado instrucciones para incrementar la vigilancia en el entorno del edificio con el objetivo de impedir cualquier conducta que  pueda afectar al estado de conservación del mismo y de su entorno". 

El SERVICIO DISCIPLINA URBANÍSTICA-SECCIÓN ÓRDENES DE EJECUCIÓN, por su parte, contestó "Que dicha alquería se encuentra dividida en dos parcelas catastrales, con distintos números de policía pertenecientes a diferentes titulares, tramitándose en este Servicio municipal sendos expedientes administrativos por deficiencias en la conservación.  

En la parte del inmueble correspondiente al número 29 de la C/ Juan Bautista Vives, la propiedad adoptó las medidas precautorias ordenadas en su día, estando pendiente de recaer nuevo informe técnico sobre su estado actual. 

Respecto al núm. 31 de dicha calle, mediante providencia de 8 de enero de 2020 se requirió a la propiedad para que procediera a adoptar las medidas precautorias indicadas por el personal técnico municipal, en tanto se llevaran a cabo las obras de reparación del citado inmueble. Por dicha propiedad se aportó, en fecha  9 de febrero de 2021, informe técnico certificando la adopción de las medidas precautorias requeridas y la seguridad del inmueble".  

Ante la inactividad manifiesta durante más de un año y la ausencia de medidas reales "para incrementar la vigilancia en el entorno del edificio con el objetivo de impedir cualquier conducta que pueda afectar al estado de conservación del mismo y de su entorno", puesto que se sigue aparcando allí sin ningún control, acudimos al Síndic de Greuges en enero de 2023 reiterando nuestra petición de noviembre de 2021.

El Ayuntamiento de Valencia ha respondido exactamente lo mismo, como si estuviera en bucle, no aportando más información al respecto de la que ya ha aportado en estos años y no solucionando los problemas denunciados en su día.

El Síndic de Greuges, por su parte, apunta en las "Consideraciones a la Administración", que "el Ayuntamiento de València, en el informe que tuvo entrada en esta institución con fecha 21/2/2023, indica que el último informe técnico sobre la Alquería de Ponsa o de Bondía fue realizado el día 13/12/2021 y que actualmente “está pendiente la emisión de nuevo informe técnico por la Oficina Técnica de Control de Conservación de la Edificación, con el fin de constatar el estado actual de los inmuebles y, en el caso de no haberse procedido por la propiedad a la reparación de los daños de lo que adolezca, valorar las obras requeridas al objeto de conformar la correspondiente orden de ejecución de obras de intervención con el fin de habilitar posteriores medidas de ejecución forzosa.

Sin embargo, como destaca el autor de la queja, en dicho informe municipal, siguen sin responderse a algunas de las cuestiones planteadas en la denuncia presentada con fecha 23/11/2021. Así, por ejemplo, no se dice nada sobre la retirada de las pintadas, el aparcamiento incontrolado de vehículos junto a las fachadas del inmueble y las órdenes de ejecución dirigidas a la propiedad para mantener el inmueble en un adecuado estado de conservación.  

En relación con esta última cuestión, el artículo 15.1.b) del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, Ley de Suelo, impone el siguiente deber a los propietarios de inmuebles: “Conservarlos en las condiciones legales de seguridad, salubridad, accesibilidad universal, ornato y las demás que exijan las leyes para servir de soporte a dichos usos”. 

Por su parte, el artículo 189.1 del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, reconoce la obligación de conservación en estos términos: “Las personas propietarias de construcciones y edificios deberán mantenerlos en condiciones de seguridad, funcionalidad y habitabilidad, realizando los trabajos y obras necesarias para conservar dichas condiciones o uso efectivo que permitan obtener la autorización administrativa de ocupación o título equivalente para el destino que les sea propio”. 

Asimismo, el artículo 189.6 del referido Decreto Legislativo 1/2021 señala, entre otras, las siguientes obligaciones del ayuntamiento en relación con las órdenes de ejecución: “Los ayuntamientos podrán igualmente exigir la exhibición o la emisión del informe de evaluación si se pone de manifiesto la posible existencia de daños estructurales o peligro para las personas o las cosas, a los efectos de dictar las órdenes de ejecución correspondientes”. 

En el caso que nos ocupa, el Ayuntamiento de València debe ordenar a la propiedad la ejecución de las obras necesarias para mantener la Alquería de Ponsa o de Bondía en unas adecuadas condiciones de seguridad, funcionalidad y habitabilidad. Si esta obligación legal es incumplida, el Ayuntamiento podría acordar la ejecución subsidiaria a costa de la propiedad –artículo 102 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas-". 
 
Por todo ello,  RECOMENDAMOS que se acelere la emisión del informe por parte de la Oficina Técnica de Control de Conservación de la Edificación y se dirija a la propiedad la orden de ejecución que proceda para mantener la Alquería de Ponsa o de Bondía en unas adecuadas condiciones de seguridad, funcionalidad y habitabilidad, adoptando las medidas necesarias para evitar el estacionamiento incontrolado de vehículos junto al referido bien de relevancia local.  

El Ayuntamiento de Valencia sigue interpretando y retorciendo a su antojo la legislación vigente en materia de patrimonio cultural y urbanismo para no actuar o dilatar al máximo las actuaciones en los bienes protegidos, sean estos de titularidad pública o privada. En el caso de la alquería de Ponsa, además, no hablamos de un bien que se encuentre en mal estado desde que lo denunciamos en noviembre de 2021. Es que lleva lustros así con el beneplácito de nuestro consistorio, que deja en vía muerta la mayor parte de estos expedientes. La única forma de que se desatasque es que el ciudadano esté denunciándolo constantemente, por tierra, mar y aire, y acudiendo repetidamente al Síndic. En caso contrario, estos expedientes terminan guardados en un armario y olvidados por décadas.

Seguimos teniendo una administración pública ineficaz, obsoleta e incapaz de agilizar y resolver los problemas de los ciudadanos y de nuestro patrimonio cultural. Las excusas y los argumentos para intentar justificar lo injustificable ya cansan y no tienen encaje legal alguno. El propio Ayuntamiento de Valencia ha cronificado su propio mal funcionamiento interno, transformándolo en mantra y en respuesta para vendernos que no puede hacer nada más de lo que ya hace.

Un saludo...

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

miércoles

La Lonja de los Mercaderes: Aparcamiento de la Humanidad, gracias al Ayuntamiento de Valencia

Buenas tardes,

Dejación absoluta, vergonzosa y lamentable de funciones por parte del Ayuntamiento de Valencia, especialmente de la Concejala Delegada de Patrimonio y Recursos Culturales, Glòria Tello Company y del Concejal Delegado de Policía local, Aarón Cano Montaner. Responsables con nombre, apellido y cargo público.

A lo largo de toda la mañana de hoy, más de una docena de vehículos han invadido las aceras y fachadas de la Lonja de los Mercaderes, Patrimonio de la Humanidad UNESCO, con el beneplácito de los irresponsables de las concejalías señaladas, con la excusa de la entrega de los premios JAUME I. Desde primera hora de la mañana hasta más allá de mediodía.

https://twitter.com/GHPatrimonioVLC/status/1595338572730703873s=20&t=09zNfZbjiIoqhpMfe8MXAQ

Muchos de estos vehículos, del propio Ayuntamiento de Valencia, han sido aparcados a escasos centímetros de la fachada recayente a la calle de la Lonja. Y no es la primera vez que lo hacen, pues es una práctica común y abusiva durante el resto del año, sin que nadie haga nada por evitarlo. Nuestro consistorio debería buscar otras alternativas, así como haber previsto una zona de carga y descarga habilitada como tal.

La presencia de las cámaras de vídeo vigilancia no sirve para nada, pues quienes tienen que supervisar las imágenes no lo hacen. Y quienes tienen que vigilar el entorno de la Lonja y avisar de cualquier problema, tampoco lo están haciendo. Buena prueba de ello son el centenar de fotografías de vehículos aparcados, un día sí y otro también, en nuestro monumento Patrimonio de la Humanidad.

La estampa de hoy es para que la UNESCO y la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes tome cartas en el asunto de forma clara y contundente. La Lonja y sus fachadas no son un aparcamiento público, ni zona de carga y descarga.

BASTA YA de irresponsables e incompetentes ocupando cargos públicos e incumpliendo con sus obligaciones y sus deberes legales. Esta dejación de funciones es INADMISIBLE e INTOLERABLE.

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lunes

Aparcamiento "La Lonja", Patrimonio de la Humanidad

Buenos días,

El Ayuntamiento de Valencia y los responsables de las áreas de protección ciudadana y de patrimonio y recursos culturales persisten en su más que evidente dejación de funciones permitiendo, por acción u omisión, que todo tipo de vehículos, especialmente los de carga y descarga, aparquen a diario pegados a la fachada trasera de la Lonja de los Mercaderes de Valencia, Patrimonio de la Humanidad de la UNESCO.

Un problema que se repite desde hace demasiado tiempo y del que tienen pleno conocimiento no solo por las denuncias y las quejas de las asociaciones de vecinos de Ciutat Vella, sino también por las RRSS y por los medios de comunicación. Sin embargo, los responsables de estas áreas son incapaces de solucionarlo y tampoco muestran ningún interés por el asunto.

La falta de vigilancia de nuestro monumento más importante resulta sorprendente, pues las cámaras de vídeo vigilancia llevan en funcionamiento desde hace meses. A pesar de ello, ni protección ciudadana, ni patrimonio y recursos culturales, actúan ante la más que evidente presencia diaria de estos vehículos. Permiten que estacionen allí, a menos de un palmo de la fachada, y que realicen maniobras peligrosas para la integridad del edificio.

Ya lo afirma el dicho: "Tanto va el cántaro a la fuente..." que al final tendremos que lamentar que uno de estos camiones golpee, dañe o se lleve por delante una parte de la fachada de la Lonja, recayente a la calle de la Lonja.

Si esto sucede, ¿Quién va a asumir responsabilidades por esta clara y manifiesta negligencia? ¿alguno de los responsables dará la cara o solo se limitará a poner las consabidas excusas de siempre?

Un saludo...


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El abandono y la degradación del jardín de Ayora

Buenos días,

El Ayuntamiento de Valencia y sus respectivas concejalías, áreas o servicios con competencias en la materia, están consintiendo, por acción u omisión, el aparcamiento ilegal de vehículos pegados al muro de un bien patrimonial como lo es el Jardín de Ayora de Valencia, con el riesgo que esto conlleva para este BRL.

Igualmente, algún/a (ir)responsable de nuestro consistorio ha dado permiso para la colocación de dos contenedores (uno de ropa y otro de reciclaje de aceite vegetal doméstico) pegados al muro recayente a la plaza del Organista Cabo, incumpliendo el artículo 38. Criterios de intervención en Monumentos, Jardines, de la LPCV 4/1998 y posteriores modificaciones

e) Queda prohibida la colocación de rótulos y carteles publicitarios, conducciones aparentes y elementos impropios en los espacios etnológicos, jardines históricos y en las fachadas y cubiertas de los monumentos, así como de todos aquellos elementos que menoscaben o impidan su adecuada apreciación o contemplación. Otro ejemplo más de descoordinación entre las diferentes áreas y servicios municipales, que conceden permisos para colocar todo tipo de instalaciones y de mobiliario urbano pegados a las fachadas de los bienes patrimoniales de nuestra ciudad.

Nuestro consistorio, además, no está retirando las pintadas delictivas que han ido apareciendo, progresivamente, en todo el muro perimetral del jardín. Podemos encontrar una docena de ellas en la parte recayente a la calle Jerónimo de Montsoriu y a la de la calle de Santos Justo y Pastor con Músico Ginés. Otras pintadas antiguas han sido tapadas parcheando directamente encima con más capas de pintura, de forma inadecuada y poco profesional, al tratarse de un jardín con protección patrimonial.

Nuestra asociación se ha visto de nuevo obligada a acudir a la denuncia pública, en prensa y RRSS, y a presentar la correspondiente queja por RGE, ante la inacción de nuestro consistorio. El Ayuntamiento de Valencia y sus máximos responsables no se dan por aludidos cuando se les etiqueta en aquellas redes sociales que usan como cargos públicos, de cara a la ciudadanía. Muchos de ellos/as han optado por hacer caso omiso a estas denuncias y solo atienden y responden a aquellos que se deshacen en alabanzas y elogios. Un "govern del canvi i de la gent" que en lugar de dar la cara cuando las cosas se hacen mal, se esconde y solo atiende a sus hinchas y admiradores más incondicionales.

Esperaremos la respuesta por escrito en un plazo máximo de tres meses. Y si no hay respuesta, acudiremos de nuevo al Síndic de Greuges.

Un saludo...

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