lunes

El Palacio de Pineda: la faena del matalafer, fer i desfer

Hola,

el pasado 25 de noviembre denunciamos por escrito las numerosas pintadas y grafitis que envolvían las cuatro fachadas del Palacio de Pineda (BRL). Tanto en la recayente a la plaza del Carmen, como en la calle de Pineda, carrer de la Palma y el carrer de Fenollosa, han ido apareciendo innumerables pintadas desde almenos el años 2013, tal y como se puede comprobar con la herramienta Street View.

Durante lustros, la Conselleria que se encarga de la gestión de este palacio (actualmente la Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática), ha sido incapaz de retirar las pintadas, proceder a su limpieza regular y tomar todas la medidas necesarias para prevenir, vigilar, identificar y denunciar a los autores de estos delitos penales contra el patrimonio cultural.

Resulta curioso y sorprendente que, ante nuestra denuncia y peticiones, la Conselleria de Cultura presente los siguientes argumentos:

1. El Decreto 62/11, de 20 de mayo, por el que se regula el procedimiento de declaración y el régimen de protección de los bienes de relevancia local, establece en su artículo 9 que corresponde a los ayuntamientos ejercer en primer término, las medidas de gestión y disciplina urbanística, incluido el régimen sancionador sobre los bienes inmuebles de relevancia local y todo ello, sin perjuicio de la competencia  concurrente  de  la  Generalitat,  que  se  ejercerá  a  través  de  la  consellería  con competencias en materia de cultura. Sin embargo, no tenemos constancia de que se haya dado traslado del presente expediente al Ayuntamiento de Valencia, puesto que no existe pronunciamiento por su parte, ni de que nuestro consistorio se esté ocupando de este asunto de disciplina urbanística y régimen sancionador.

2. En cuanto a la posibilidad de contar en esta consellería con un servicio de limpieza regular de grafitis en los edificios y monumentos propiedad de la Generalitat se indica que la propuesta no tiene cabida ni a nivel organizativo ni  a nivel  presupuestario, atendidas las actuales circunstancias y la escasez de recursos  humanos y materiales. Esta administración pública sigue la misma senda que sus predecesoras, usando el pretexto del personal y del presupuesto, añadiendo la coletilla de "atendidas las actuales circunstancias" (véase COVID-19). Y cuando no es por la crisis del coronavirus, lo es por la crisis económica del 2008, por la de 1992, por la de los años 80 y lo será también por la del meteorito o cualquier otra que venga. Siempre ha habido y habrá crisis periódicas que servirán de excusa para que nunca sea el momento propicio y adecuando de invertir en la protección y vigilancia de nuestro patrimonio cultural.

3. Finalmente, respecto a si se ha procedido a la denuncia de estos atentados contra el patrimonio, se informa que realizar denuncias de todos los actos que suponen atentados contra el patrimonio cultural valenciano es una tarea ingente que  siguiendo la línea anterior, exigiría una implementación de efectivos que no es posible a día de hoy. En estos casos, se cuenta con el apoyo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y concretamente, de la Policía autonómica valenciana con competencias sobre patrimonio. De nuevo, la excusa de la imposibilidad de implementar los efectivos, sirve para que las administraciones públicas incumplan de forma manifiesta y descarada con sus obligaciones legales. Se deben perseguir y denunciar todos los ataques y atentados contra el patrimonio. No hacerlo PUEDE SUPONER UN INCUMPLIMIENTO DE LO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO 408 DEL CÓDIGO PENAL: La autoridad o funcionario que, faltando a la obligación de su cargo, dejare intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables, incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años”. 

De la misma forma, Cultura nos informa que:

"Esta dirección general  adopta las medidas que resultan procedentes en cada momento cuando se efectúa comunicación por las autoridades o denuncias de los particulares de hechos que puedan resultar constitutivos de una infracción administrativa y resulta, además, posible la identificación  de  las personas  presuntamente  responsables,  evitando  de  otro  modo,  que  los procedimientos sancionadores finalicen con el  archivo de las actuaciones. Por  ello, en situaciones como las que se denuncian por el autor de la queja lo mejor es proceder a su limpieza y la adopción de las medidas que resulten adecuadas y proporcionadas y permitan evitar actuaciones vandálicas futuras como las denunciadas que menoscaben los valores del patrimonio cultural de todos los valencianos y valenciana".  ¿Se ha efectuado alguna comunicación o denuncia por parte de las autoridades sobre las pintadas en el Palacio de Pineda durante todos estos años? La Conselleria de Cultura no presenta ninguna documentación que así lo pruebe. Se habla de "infracciones administrativas", pero ¿y las penales? Recordamos que estos ataques contra el patrimonio cultural están tipificados como delitos en el artículo 323 del Código Penal ¿Por qué no se usa la Vía Penal? ¿Falta de personal, recursos, etc.? ¿O falta de ganas de hacer las cosas como toca? Llegamos a la conclusión que solo se actúa cuando existe la denuncia de un particular o asociación, cuando se hacen eco los medios de comunicación, como en este caso la SER, Las Provincias, etc. o cuando se les expone públicamente en RRSS. Mientras tanto, se mira hacia otro lado y se deja hacer.

Las recomendaciones del Síndic llegaron el pasado mes de mayo, después de nuestras alegaciones sobre la pírrica e insuficiente respuesta ofrecida por la Conselleria de Cultura ante nuestra denuncia. Más de dos meses para terminar respondiendo esto: "En relación con la queja de referencia, este centro directivo informa que han comenzado las gestiones para proceder de forma subsidiaria a la limpieza de las pintadas en sus fachadas". Dos lamentables líneas que ponen de evidencia las pocas ganas de responder a los ciudadanos y asociaciones que defienden el patrimonio, cuando se denuncian estos hechos.

Por ello el Síndic tuvo a bien RECOMENDAR a la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana que informe al autor de la queja sobre las actuaciones desarrolladas respecto a cada uno de los apartados a) hasta el c), ambos inclusive, arriba detallados en el escrito de alegaciones presentado por el interesado. De ahí vienen las excusas que hemos presentado anteriormente.

Después de todo este trámite, hemos podido ver in situ que ya se habían limpiado, almenos, tres de las cuatro fachadas del palacio. Sin embargo, hace dos días, comprobamos que ya habían aparecido nuevos tags y pintadas en las fachadas que ya habían sido limpiadas.

Lamentablemente, ha quedado probado, una vez más, que no basta solo con limpiar las pintadas y estropicios que hacen estos delincuentes. Hay que ir más allá y no se está yendo porque no existen ni ganas, ni voluntad, para abordar con la contundencia necesaria este grave problema y que se pretende maquillar esta inoperancia e ineficacia crónica de las administraciones públicas valencianas con los consabidos argumentos de siempre. Todo este esfuerzo humano y económico para mantener limpio nuestro patrimonio cultural se ha echado a perder en tan solo unos días. Una faena propia del matalafer, fer i desfer, pagada por los contribuyentes de su bolsillo para nada.

Un saludo...

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

viernes

Recomendaciones del Síndic de Greuges ante el grave abandono de la Barraca de Cotofio o del Tío Tonet (BRL)

Buenos días,

el Síndic de Greuges ha emitido las correspondientes recomendaciones, dirigidas al Ayuntamiento de Valencia, ante el grave abandono y deterioro que presenta la Barraca de Cotofio o del Tío Tonet (BRL por Ley).

El pasado 5 de marzo y tras colaborar con nuestros amigos de ValenciaBonita, decidimos denunciar estos hechos ante el Síndic, debido a la URGENCIA Y AL INMINENTE RIESGO DE DESAPARICIÓN Y DESTRUCCIÓN DEL BIEN Y ANTE LA PASIVIDAD durante muchos años del Ayuntamiento de Valencia a la hora de proteger, catalogar y sacar de la ruina y la degradación LA BARRACA DE COTOFIO O DEL TÍO TONET, bien de propiedad municipal, situada en la calle Castillo de Corbera nº 2 de la pedanía de La Torre:


La Barraca de Cotofio, también llamada Barraca del Tío Tonet, está identificada dentro del Plan de Acción Territorial de Protección de la Huerta de Valencia, en el Catálogo de Bienes y Espacios Rurales Protegidos. En concreto, está identificada en la UPP (18) de la Huerta de Favara como elemento arquitectónico de segundo grado u orden sin ficha, bajo las siglas EPA2_18.03.

Tenemos constancia de la pésima situación de este bien, almenos desde el año 2007, cuando el diario digital 20 minutos publicaba la siguiente pequeña noticia: “La barraca Tío Cotofio, en ruinas. Una barraca situada en la calle Castillo de Corbera ha sido declarada en ruinas por el Ayuntamiento al considerarla como una amenaza para la seguridad pública”. También Levante EMV, en 2007, hablaba de la actuación urgente del Ayuntamiento de Valencia para la salvaguarda de la barraca y la alquería anexa. Quizá fue por eso que en el primer trimestre de 2010 se adjudicaron por un total de 320.000,00 €, procedentes del Plan E (PROYECTOS DEL FONDO ESTATAL PARA EL EMPLEO Y LA SOSTENIBILIDAD LOCAL APROBADOS POR EL MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL DE ESPAÑA), obras de rehabilitación de las alquerías ubicadas junto a camino Barraquetes de la Lluna (Benicalap), la Alquería de Coca (La Torre) y la Barraca Camino Cotofío.

En otra noticia de mayo de 2010 del Ayuntamiento de Valencia, se explicaba a la prensa la rehabilitación de los tres elementos mencionados en el anterior párrafo, donde se acompañaba el listado con los detalles de los proyectos adjudicados en el marco de financiación del Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local. Se hablaba que la Rehabilitación de las Alquerías del Camino Barraques de Lluna (Benicalap), así como la Barraca Camino Cotofio y la Alquería de Coca (ambas en La Torre) eran por parte del CONTRATISTA Estudios Métodos de la Restauración S.L. POR UN IMPORTE DE 256.339,17€, DONDE EXISTÍAN EN TOTAL UNAS 17 PERSONAS CONTRATADAS.

En julio del mismo año se publica en El Periodic una reunión de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Valencia sobre la rehabilitación de la llamada ‘Alquería de Cotofio’, todo con la intención de instalar allí, tras su reforma y adecuación, servicios anexos a la base de vehículos y sede del Servicio de Guardería Rural del Consell Agrari Municipal.

A pesar de todas estas noticias, en las que se informaba que esta barraca iba a ser destinada para el servicio público, como dependencia anexa a la Alquería de Coca -en un principio sede de los guardas forestales del Consell y, finalmente, sede anexa de Sedajazz, el colectivo de músicos para la labor de promoción del jazz en la Alquería de Coca-, hoy en día, sin embargo, está en ruinas, llena de pintadas, abandonada por completo y sin que se haya procedido a su catalogación automática como BRL.

En este punto, hay que volver a recordar el artículo 4, de LA LEY 9/2017, DE 7 DE ABRIL, DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 4/1998, DEL PATRIMONIO CULTURAL VALENCIANO, modifica la disposición adicional quinta por el siguiente texto:

Tienen la consideración de bienes inmuebles de relevancia local, y con esta denominación deberán ser incluidos en los respectivos catálogos de bienes y espacios protegidos, las siguientes categorías de elementos arquitectónicos:

2. Los pozos o cavas de nieve o neveras, las chimeneas de tipo industrial construidas de ladrillo anteriores a 1940, los hornos de cal, los antiguos molinos de viento y los antiguos molinos de agua, los relojes de sol anteriores al siglo XX, LAS BARRACAS TRADICIONALES PROPIAS DE LAS HUERTAS VALENCIANAS (...) 

Por lo tanto, la propia Ley 9/2017, de 7 de abril, de modificación de la Ley 4/1998, del Patrimonio Cultural Valenciano, RECONOCE Y CONSIDERA AUTOMÁTICAMENTE COMO BRL LA BARRACA DE COTOFIO O DEL TÍO TONET Y DEBERÍA ESTAR INCLUIDA EN EL CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS DEL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA.

El Ayuntamiento de Valencia, por su parte, y dentro de la línea de claridad expositiva propia de la escuela de los hermanos Marx, alegó que "se inician los trabajos para valorar los trabajos para la rehabilitación estructural y adecuación de la Barraca Cotofio". De esta forma se iniciaban "los trabajos para valorar los trabajos", o lo que es lo mismo, "La parte contratante de la primera parte será considerada como la parte contratante de la primera parte". Están muy en ello y mucho en ello, vamos.

Por ello, el Síndic RECOMIENDA que se siga impulsando el procedimiento para adoptar, lo antes posible, las medidas de protección necesarias con el fin de mantener la Barraca de Cotofio en buen estado de conservación y para incluirla en el Catálogo Municipal de Bienes y Espacios Protegidos. 

Que en 2021 tengamos que seguir indicando al Ayuntamiento de Valencia los bienes patrimoniales que deberían estar en el catálogo, por Ley, dice mucho del pésimo funcionamiento interno, el caos, la falta de comunicación y el bloqueo de las diferentes administraciones públicas en materia de patrimonio. Cuestiones que deberían resolverse motu proprio, necesitan ser recordadas constantemente.

Un saludo...

miércoles

Recomendaciones del Síndic de Greuges al Ayuntamiento de Valencia para reparar los daños por el incendio en el Portal de Serranos (BIC)

Hola,

ha pasado ya un año y cinco meses desde que unos pirómanos y delincuentes le prendieran fuego a una de las puertas del Portal de Serranos (BIC), provocando una serie de daños en la madera y en los sillares de piedra que todavía no han sido reparados por el Ayuntamiento de Valencia.

El domingo 10 de febrero de 2019, varios individuos, justos de inteligencia y sobrados de estupidez, decidieron quemar la puerta por diversión, crecidos ante la sensación de impunidad que reina entre aquellos que se dedican a delinquir y a dañar nuestro patrimonio cultural:


Ante la pasividad y lentitud de nuestras instituciones, decidimos denunciar estos hechos ante el Síndic, encontrando como respuesta los consabidos y manidos argumentos que llevamos escuchando desde el año 2012. Repetir constantemente que “están en ello”; que “se está valorando” (diecisiete meses de valoraciones); que “requiere de un estudio, presupuestos, autorizaciones por parte de la Conselleria competente en Cultura, así como de disponer del necesario crédito presupuestario”, etc. solo resultan maneras diferentes de adornar y maquillar la realidad: la incapacidad de resolver los problemas patrimoniales de la ciudad de Valencia de forma ágil y eficiente.

En la fase de alegaciones pedimos al Síndic de Greuges que instara al Ayuntamiento de Valencia a adoptar INMEDIATAMENTE y SIN MAYOR DILACIÓN todas las medidas legales pertinentes y necesarias con el fin de RESTAURAR, REPARAR, LIMPIAR Y SUBSANAR LOS DAÑOS CAUSADOS EN EL PORTAL DE SERRANOS POR EL INCENDIO PROVOCADO EL DOMINGO 10 DE FEBRERO DE 2019.

De la misma manera, solicitamos que se agilizaran todos los trámites necesarios para proceder a la licitación y al encargo de las obras con el fin de RESTAURAR, REPARAR, LIMPIAR Y SUBSANAR LOS DAÑOS CAUSADOS EN EL PORTAL DE SERRANOS POR EL INCENDIO PROVOCADO EL DOMINGO 10 DE FEBRERO DE 2019.

Por ello, el Síndic ha considerado oportuno RECOMENDAR al Ayuntamiento de Valencia que se acelere la adopción de todas las medidas necesarias para reparar los daños causados en el Portal de Serranos por el incendio producido el 10 de febrero de 2019.

Una administración pública, seria y responsable, debe cumplir con la legislación vigente, remover los obstáculos que surjan y agilizar todos los trámites para recuperar, rehabilitar, restaurar y poner en valor nuestros bienes patrimoniales. No puede estar escondiéndose y eludiendo sus responsabilidades bajo los mismos pretextos y excusas, una y otra vez. A estas alturas ya no cuela aquello de que los deberes se los ha comido el perro.

Un saludo...

lunes

Desastrosa intervención en la torre del siglo XIV del túnel de Blanqueries

Buenas tardes,

el pasado fin de semana, tanto la prensa como las RRSS, recogían la noticia sobre el fragmento de la torre de la muralla cristiana del siglo XIV (BIC), integrada en el túnel de Blanqueries, que había sido pintada completamente por encima, con una pintura de tonalidad gris, con el fin de tapar unos garabatos que se pueden documentar con la herramienta de Google Street View, almenos desde mayo de 2019.


Para eliminar esta y el resto de pintadas presentes en el hormigón y en el resto de superficies metálicas, tal y como puede observarse en la imagen, SE HA ACTUADO IMPRUDENTE, NEGLIGENTE Y TORPEMENTE sobre un bien protegido patrimonialmente con la figura de BIC, al tratarse de un elemento defensivo que formaba parte de la muralla cristiana del siglo XIV. La forma de proceder podría ser incluso constitutiva de un presunto delito penal contra el patrimonio histórico y cultural. 


El Ayuntamiento de Valencia HA FALLADO GRAVE Y ESTREPITOSAMENTE EN SUS FUNCIONES IN VIGILANDO Y DEBERÍA, POR LO TANTO, DEPURAR RESPONSABILIDADES CONTRA EL RESPONSABLE DE ESTE ATENTADO CONTRA EL PATRIMONIO. Alguno de los servicios, contratas (de mantenimiento, limpieza, etc.), áreas y concejalías de nuestro consistorio con competencias en la materia, han realizado y/o consentido, por acción u omisión, una intervención sobre un bien patrimonial sin la supervisión de un técnico cualificado, siendo responsables pues de un presunto delito tipificado en el Código Penal, que en el artículo 324 dice:

1. El que por imprudencia grave cause daños, en cuantía superior a 400 euros, en un archivo, registro, museo, biblioteca, centro docente, gabinete científico, institución análoga o en bienes de valor artístico, histórico, cultural, científico o monumental, así como en yacimientos arqueológicos, será castigado con la pena de multa de tres a 18 meses, atendiendo a la importancia de los mismos.

Los restos de esta torre del siglo XIV están perfectamente documentados y señalizados en el PEP de Ciutat Vella:


De la misma manera, la podemos encontrar en el plano del Padre Tosca (1704):


Desde nuestra asociación solicitamos al  Ayuntamiento de Valencia a que PROCEDA, INMEDIATAMENTE Y SIN MÁS DILACIÓN, A LA RESTAURACIÓN DE ESTA TORRE DEL SIGLO XIV, RETIRANDO LA CAPA O CAPAS DE PINTURA QUE SE HAYAN UTILIZADO PARA PINTARLA COMPLETAMENTE POR ENCIMA, ASÍ COMO A RETIRAR LOS GRAFITIS Y PINTADAS QUE SE HAN INTENTADO TAPAR CON ESTA INTERVENCIÓN CHAPUCERA E IRRESPETUOSA, QUE ATENTAN CONTRA NUESTRO PATRIMONIO CULTURAL.

Para llevar a buen término la limpieza de este BIC, que el Ayuntamiento de Valencia debería contar con la supervisión y ejecución de profesionales y expertos en la restauración de bienes patrimoniales, especializados en el tratamiento de piedra.

De la misma manera, el Ayuntamiento de Valencia debe depurar responsabilidades y localizar a los responsables, DEL CORRESPONDIENTE SERVICIO O CONTRATA MUNICIPAL, de este presunto delito contra el patrimonio, tipificados en el Artículo 324 del Código Penal, y a trasladar estos hechos a la Fiscalía Provincial o a un Juzgado de Guardia.

Nuestro consistorio no puede seguir consintiendo este tipo de intervenciones en nuestro patrimonio, ni por acción ni por omisión y no puede seguir fallando en sus funciones in vigilando, para terminar señalando y culpabilizando a poca ropa.

Un saludo...

viernes

Recomendaciones del Síndic de Greuges sobre la protección y recuperación del antiguo Horno de Cal de la Cruz Cubierta

Buenos días,

el pasado 14 de febrero denunciamos por escrito ante el Síndic de Greuges la ruina y la degradación de un antiguo HORNO DE CAL DE 1878, situado cerca de la Cruz Cubierta, debido a la URGENCIA Y AL INMINENTE RIESGO DE DESAPARICIÓN Y DESTRUCCIÓN DEL BIEN Y ANTE LA PASIVIDAD durante muchos años del Ayuntamiento de Valencia a la hora de protegerlo, catalogarlo y recuperarlo.

Nuestra asociación tiene constancia, por noticias de prensa publicadas desde el año 2007, que este horno de cal se ha ido degradando y deteriorando progresivamente sin que el Ayuntamiento de Valencia haya tomado las medidas necesarias para evitarlo. Durante estos trece años ha ido perdiendo poco a poco partes importantes de su estructura hasta el estado tan lamentable que presenta hoy.

En el Artículo 4, de LA LEY 9/2017, DE 7 DE ABRIL, DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 4/1998, DEL PATRIMONIO CULTURAL VALENCIANO, se modifica la disposición adicional quinta por el siguiente texto:

Tienen la consideración de bienes inmuebles de relevancia local, y con esta denominación deberán ser incluidos en los respectivos catálogos de bienes y espacios protegidos, las siguientes categorías de elementos arquitectónicos:

 2. Los pozos o cavas de nieve o neveras, las chimeneas de tipo industrial construidas de ladrillo anteriores a 1940, LOS HORNOS DE CAL ... (etc).

Por lo tanto, la propia Ley 9/2017, de 7 de abril, de modificación de la Ley 4/1998, del Patrimonio Cultural Valenciano, RECONOCE Y CONSIDERA AUTOMÁTICAMENTE COMO BRL EL HORNO DE CAL DE 1878 Y DEBERÍA ESTAR INCLUIDO EN EL CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS DEL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA.

Además, este horno de cal, de 142 años de antigüedad es un BIEN PATRIMONIAL VINCULADO A LA MEMORIA DEMOCRÁTICA VALENCIANA, puesto que el investigador José Navarro descubrió que fue el punto exacto de los fusilamientos extrajudiciales, de almenos un millar de personas de ambos bandos de la contienda militar, tras conversar con decenas de vecinos del barrio y de la zona. POR ESE MOTIVO DEBERÍA ESTAR LEGALMENTE PROTEGIDO Y CATALOGADO, ADEMÁS DE CONVERTIRSE EN UN MEMORIAL QUE SIRVA DE RECUERDO DE TODAS LAS VÍCTIMAS DE LA GUERRA CIVIL ESPAÑOLA, INDEPENDIENTEMENTE DE SU IDEOLOGÍA O PERTENENCIA POLÍTICA.

En este punto, debemos recordad que el Título III DEL DERECHO A LA MEMORIA DEMOCRATICA VALENCIANA (LEY 14/2017), Capítulo II, titulado LUGARES  e ITINERARIOS  de la Memoria Democrática, ARTÍCULO 20. Lugares e itinerarios de la memoria democrática de la Comunitat Valenciana, dice lo siguiente:

1. Tendrán consideración de lugares de la memoria democrática de la  Comunitat Valenciana aquellos espacios, inmuebles o parajes que se encuentren en ella y revelen interés para la comunidad autónoma, por haberse desarrollado en ellos  hechos de singular relevancia por su significación histórica, simbólica o por su repercusión en la memoria colectiva  de la lucha de los valencianos y valencianas  por sus derechos y libertades democráticas  en el  período  que  abarca desde  la  proclamación  de  la  II República Española, el 14 de abril de 1931, hasta la entrada en vigor del Estatuto de autonomía de la Comunitat Valenciana,  el 10 de julio de 1982.

Sin embargo, una vez más y siguiendo con la tónica habitual, el Servicio de Patrimonio Histórico y Artístico vuelve a dejar en el tintero algunos asuntos y NI SE PRONUNCIA NI DA LAS CORRESPONDIENTES Y DETALLADAS EXPLICACIONES SOBRE LOS SIGUIENTES PUNTOS:

a. El ayuntamiento nos informa que el Horno de Cal “se ha incluido este elemento patrimonial dentro de un Área de Vigilancia Arqueológica para que, en su momento, se realice una intervención para su excavación y documentación exhaustiva y se evalúe su posible puesta en valor”, obviando deliberadamente que se deben tomar medidas urgentes para consolidar este bien patrimonial y frenar su deterioro, tal y como solicitábamos en el punto 4 de nuestra queja: “agilizar todos los trámites y permisos necesarios para que el legítimo propietario del antiguo horno de cal (sea quién sea) intervenga inmediatamente y sin más dilación con el fin de revertir y solucionar los daños que está sufriendo el antiguo horno de cal y que pueden derivar en su completa destrucción y desaparición”

b. El ayuntamiento nos informa que “se procederá a pasar esta información al Servicio de Planeamiento para su consideración y posibilidad de ser declarado BRL”, pero no se pronuncia ni responde a nuestra petición, en base al Título III DEL DERECHO A LA MEMORIA DEMOCRATICA VALENCIANA (LEY 14/2017), Capítulo II, titulado LUGARES  e ITINERARIOS  de la Memoria Democrática, ARTÍCULO 20. Lugares e itinerarios de la memoria democrática de la Comunitat Valenciana, de DOTARLO DE PROTECCIÓN LEGAL EN BASE A ESTA LEY, independientemente del Servicio de Planeamiento, y CONVERTIR EL HORNO DE CAL EN UN MEMORIAL QUE SIRVA DE RECUERDO DE TODAS LAS VÍCTIMAS DE LA GUERRA CIVIL ESPAÑOLA, INDEPENDIENTEMENTE DE SU IDEOLOGÍA O PERTENENCIA POLÍTICA. Si el Ayuntamiento de Valencia no tiene competencias al respecto, debería haber dado traslado de nuestra petición a la Conselleria competente en la materia. No tenemos constancia de que así lo haya hecho.

Por todo lo anteriormente expuesto, el Síndic ha considerado oportuno RECOMENDAR al Ayuntamiento de Valencia que se aclare si se va a adoptar alguna medida urgente con el fin de proteger este inmueble y frenar su deterioro y para catalogarlo como bien de relevancia local o como lugar de la memoria democrática, al amparo de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 14/2017, de 10 de noviembre, de memoria democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana.

Estaremos pendiente de la respuesta del Ayuntamiento de Valencia.

Un saludo...

Respuesta de la Plataforma Salvem el Metropol al informe del Consell Valencià de Cultura

Desde la Plataforma Salvem el Metropol queremos hacer unas puntualizaciones y consideraciones sobre el informe realizado por el Consell Valencià de Cultura (CVC) por petición de la Delegación de Patrimonio y Recursos Culturales del Ayuntamiento de Valencia y con el fin de proteger el Cine Metropol.

Partiendo de la base de que el CVC no se ha molestado en realizar un estudio histórico crítico para evaluar el objeto de discusión, consideramos que las opiniones de algunos de los miembros del CVC radican única y exclusivamente en el ámbito de las valoraciones personales y subjetivas, alejadas completamente de la materia objeto del informe.

La consideración histórica de este cine, vinculada a la Segunda República, está formalmente y documentalmente probada en la bibliografía que ha sido ignorada por el propio CVC. Basta con revisar las dos siguientes referencias bibliográficas para documental y probar formalmente la vinculación del Cine Metropol con la Segunda República y con el Comité Ejecutivo Popular (CEP) que ostentaba la representación legal del gobierno central republicano desde el  5 de agosto de 1936:

- Cosme Ferris, M. D. (2008). El teatro en la ciudad de Valencia. Reconstrucción de la cartelera valenciana (1936-1939) (Tesis doctoral no publicada). Universitat de València, València.

- Ferrer Gimeno, F. (2011). Vestuario para El triunfo de las Germanías. Stichomythia: Revista de teatro español contemporáneo, 11-12, pp. 268-283.

Independientemente de que el Cine Metropol fuera o no sede de un organismo de gobierno o de otra institución y que tuviera o no relevancia política, cabe recordar al CVC que la DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA DE LA LEY 4/1998 DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL (RECONOCIMIENTO LEGAL DE BIENES INMUEBLES DE RELEVANCIA LOCAL, EN ATENCIÓN A SU NATURALEZA PATRIMONIAL), ARTÍCULO 4, PUNTO 3, dice lo siguiente:

3. El patrimonio histórico y arqueológico civil y militar de la Guerra Civil en la Comunitat Valenciana, además de los espacios singulares relevantes e históricos de la capitalidad valenciana...

Es más que evidente y está más que demostrado y documentado que el Metropol es un espacio singular, único, relevante e histórico de la capitalidad valenciana, vinculado a la figura de Vicente Miguel Carceller, personaje obviado e ignorado de nuevo por las instituciones a las que se le ha solicitado un informe histórico.

A ello hay que añadir que el Comité Ejecutivo de Espectáculos Públicos (CEEP), que estaba bajo el control de los principales sindicatos teatrales: CNT y UGT, fue el responsable de requisar teatros y locales tanto públicos como privados además de controlar y programar todos los espectáculos con el fin de apoyar y alentar la resistencia en la zona republicana. Fue el único comité de esta índole que se creó en toda España y que permaneció activo hasta casi el final de la Guerra Civil. Por lo tanto, el Cine Metropol es el único edificio en pie que queda en toda Valencia de un comité único y exclusivo en toda España.

Además, el Cine Metropol es un inmueble donde SE DESARROLLARON  HECHOS DE SINGULAR  RELEVANCIA  HISTÓRICA, tal  y como recoge la  Ley 14/2017, de 10 de noviembre, de memoria democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana en el artículo 20 del Título III, pues el Metropol es el ÚLTIMO EDIFICIO  INTACTO  que perteneció al CEEP y en su  interior se INFORMABA a los  ciudadanos  del curso de la guerra y se LEVANTABA LA MORAL de la RETAGUARDIA, además de servir de evasión a las tropas que del frente venían a Valencia con días de permiso.

En este punto, el CVC pasa por alto en su informe el Título III DEL DERECHO A LA MEMORIA DEMOCRATICA VALENCIANA (LEY 14/2017), Capítulo II, titulado LUGARES  e ITINERARIOS  de la Memoria Democrática, ARTÍCULO 20. Lugares e itinerarios de la memoria democrática de la Comunitat Valenciana, dice lo siguiente:

1. Tendrán  consideración  de  lugares  de  la  memoria  democrática  de  la  Comunitat Valenciana  aquellos espacios, inmuebles  o parajes que se encuentren en ella y revelen interés para la comunidad autónoma, por haberse desarrollado en ellos hechos de singular relevancia por su significación histórica, simbólica o por su repercusión en la memoria colectiva  de la lucha de los valencianos y valencianas  por sus derechos y libertades democráticas  en el  período  que  abarca desde  la  proclamación  de  la  II República Española, el 14 de abril de 1931, hasta la entrada en vigor del Estatuto de autonomía de la Comunitat Valenciana,  el 10 de julio de 1982. Un ejemplo de esto sería, por ejemplo, la proyección de espectáculos públicos en el Cine Metropol con el fin de apoyar y alentar la resistencia en la zona republicana.

En el informe, se sigue apuntando la falta de valor a nivel arquitectónico e incluso la poca relevancia al considerarse una “obra menor”, siendo sin embargo una obra de gran singularidad a nivel arquitectónico, además de por el rótulo de fachada (único elemento en consideración en dichos informes), también por el diseño de estilo modernista (art déco) presente en su fachada. Al ser el único cine de esta época que reúne estas características y que se conserva íntegramente en pie, es pues ejemplo singular y único de esa tipología edificatoria en la ciudad de Valencia.

Por todo ello, desde nuestra plataforma consideramos que este informe está hecho desde el punto de vista personal de alguno de sus miembros y no de forma consensuada y colectiva como sería de esperar. De la misma forma, un informe de estas características carece de valor académico si en la elaboración del mismo no se ha utilizado la metodología propia de las investigaciones humanísticas, destacando que en el mismo se ha obviado parte de la bibliografía y de la legislación sobre la materia objeto del informe.

jueves

Civilización contra barbarie

Buenos días,

estamos en permanente lucha contra una serie de delincuentes que campan a sus anchas por la ciudad, destrozando nuestro patrimonio, pintarrajeándolo, rompiéndolo y sin que haya ningún tipo de sanción, castigo y/o responsabilidad penal para ellos. 

Vivimos un momento en el que hay un claro choque entre la civilización y la barbarie y la razón y la irreflexión. Y aquellos que respetamos nuestro patrimonio cultural, nos preocupamos por su salvaguarda, protección, etc. estamos en clara desventaja ante las acciones de estos delincuentes, que se sienten totalmente impunes y libres de seguir haciendo lo que les apetezca.

Las diferentes administraciones públicas valencianas y especialmente las concejalías, servicios, direcciones generales de cultura y patrimonio, etc. que tienen claras y muy definidas competencias en la materia, siguen sin tener a responsables políticos válidos y competentes. Desde tiempos inmemorables ha abundado la mediocridad, la desidia, el oportunismo y el interés propio. Es muy habitual escuchar en los despachos frases como ¿Y eso a mi en qué me beneficia? para decidir si algo se hace o no, si es urgente o puede esperar una o dos legislaturas más y así para el resto de toma de decisiones que afectan directamente a nuestro patrimonio. Primero hay que atender a los sectores afines de cara a asegurar votos en las primarias de sus partidos para poder estar así en un puesto alto y asegurarse ser elegible y repetir en el cargo. Quienes están dentro de un partido político sabe perfectamente de lo que estamos hablando. Esta todo ya inventado, pues las gens y los clientes ya existen desde la antigua Roma.

Partiendo de esta premisa, es muy fácil entender la situación que estamos viviendo hoy en día. Los ataques, las agresiones, la destrucción y el abandono y la degradación de nuestro patrimonio no parte ni de esta ni de la anterior legislatura, ni de la de más atrás. Viene de lejos. Es un cúmulo de malas decisiones, de desidia, de pasotismo, de no prestarle la debida y necesaria importancia a a nuestro patrimonio, de no hacer caso a las entidades, asociaciones y particulares que denuncian estos casos y los ponen en conocimientos de las autoridades, ignorando sus quejas y denuncias, no respondiendo a las mismas y aplicándoles el silencio más ignominioso. Una bola de nieve que ha ido creciendo y cogiendo velocidad sin que nadie se haya molestado en detenerla o almenos, poner todos los medios habidos y por haber para hacerle frente y detenerla. Solo se ha parcheado y una buena muestra de ello es la campaña #RespectaValència. No sirve y no va a dar resultados, pues la gente que se dedica a destruir el patrimonio cultural, de forma consciente o por simple ignorancia, no atiende a estas peticiones "buenistas". Con ellos hay que ir con la ley por delante y de forma contundente, aplicándoles el Código Penal, sancionándoles tanto económicamente como con servicios a la sociedad. Deben pagar por sus actos.

Tenemos todos muy claro que la educación la brindan los padres y las familias en casa, que puede y debe ser reforzada en las escuelas con programas de concienciación y sensibilización patrimonial y también a través de las administraciones públicas de mil maneras posibles, previniendo, vigilando, pero usando, cuando sea preciso, la potestad sancionadora, trasladando estos hechos a la Policía (Nacional y Autonómica), para que se investigue a los responsables y para que sean llevados ante un Juez.

La pobre escultura de la Diosa Ceres, obra de Antonio Ponsonelli/Ponzanelli, es solo otro lamentable capítulo más de esta guerra sin cuartel. La persona o personas que la han reventado son los máximos responsables de un delito contra el patrimonio cultural, además de unos ignorantes e incultos de tomo y lomo, pero no podemos dejar de lado la responsabilidad de las administraciones públicas valencianas, que son las que deben velar por la integridad de nuestro patrimonio, poniendo todos los medios posibles para protegerlo. Y no lo están haciendo como deberían hacerlo.

En este punto vamos a dejar claro una cuestión sobre las que algunas personas les gusta pronunciarse, tal y como hemos visto en otras páginas y foros, con el único objetivo de desvirtuar la información y la defensa de nuestro patrimonio cultural, que esta muy por encima de cualquier sigla, partido u otros intereses personales, acólitos y estómagos agradecidos. Los consabidos "y tú más", "con los de antes era peor", "antes no lo denunciabais", etc. no tienen ni la categoría de argumento, quedando relegados a una mera y ridícula pataleta. Les recomendamos a los que cojan esa vía, que antes de comentar, busquen información en Internet y encontraran noticias como esta, de marzo de 2011, más de un año antes de que creáramos nuestra asociación:


Lo denunciábamos antes y lo seguimos haciendo ahora, con independencia de quién o quiénes gobiernen. Evidentemente, ahora somos más incisivos y precisos con nuestras denuncias que hace 8-9 años, por la experiencia acumulada, por los más de 600 escritos dirigidos a diferentes administraciones públicas y más de 200 al Síndic de Greuges, por haber creado una red de colaboradores y equipos pluridisciplinares que apoyan, aportan y ayudan y por conocer mejor el funcionamiento de las instituciones desde dentro.

Por último, queremos recordar, a todos aquellos que dicen que dejemos la "política" para los "políticos", el artículo 23 de la Constitución Española:  1. Los ciudadanos tiene el derecho a participar en los asuntos públicos, DIRECTAMENTE o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.

Hacer "política" no es una cuestión única y exclusiva de los políticos profesionales, lo es también de todos y cada uno de los ciudadanos de esta sociedad. Nosotros seguiremos haciendo política cultural y patrimonial, como lo venimos haciendo desde hace más de ocho años, le pese a quien le pese. Que lo tengan muy presente nuestros POLÍTICOS y aquellos que se alinean a su lado y se rasgan las vestiduras por ellos.

Un saludo...

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

miércoles

El chalé del republicano en la calle Aben al-Abbar nº7

Hola,

el pasado 10 de junio nos acercamos a la calle Aben al-Abbar nº7 para ver el estado de las obras de restauración y rehabilitación del edificio conocido como el chalé del republicano, por haber sido, según algunos historiadores, el lugar donde hizo la última reunión el gobierno de la Segunda República Española antes de su exilio.


La sorpresa fue muy desagradable, pues nos dimos cuenta que los dos torreones heptagonales, rematados por sendos cupulines de teja vidriada y reflejos metálicos, son completamente nuevos. Una reconstrucción que nada tiene que ver con los volúmenes y construcciones anteriores y que contradice lo informado en el INFORME DESARROLLO DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS DE REHABILITACIÓN Y ACONDICIONAMIENTO DEL CHALET ABEN AL-ABBAR (E 01201-2017-000445 / 20190606).

En este informe se habla del mal estado de los torreones y de que “se ha tratado de recuperar los cupulines mediante la colocación de cinchas en la parte superior pero la degradación de los cerramientos y en especial la disgregación del mortero ha hecho que haya sido imposible mantener los prismas de los torreones que estaban situados en los vértices de los cuartos auxiliares traseros. De los dos cupulines se ha podido salvar uno de ellos, precisamente el que estaba construido con dos capas de rasilla, mientras que el que tenía una sola capa se ha deshecho, y este SERVIRÁ DE MODELO PARA LA RECONSTRUCCIÓN FIEL DE ESTOS ELEMENTOS SINGULARES”. Queremos remarcar pues que en este informe se habla claramente de una RECONSTRUCCIÓN FIEL de estos elementos singulares.

En el informe, se añade además que “el proyecto que ahora se está ejecutando fue informado favorablemente por la Comisión Técnica de Patrimonio en sesión de fecha 20/07/2017” y que “desde el punto de vista patrimonial hay que indicar que el edificio no está catalogado como BRL (Bien de Relevancia Local)”. De la misma manera se informa que “No obstante en el Catálogo de Edificios Protegidos del vigente P.G.O.U. figura el chalet con un nivel de protección 2 (protección básica estructural), por la que, según artículo 3.64 de las Normas Urbanísticas, se afecta a los edificios que por su valor histórico o artístico deben ser conservados, al menos parcialmente, preservando los elementos definitorios de su estructura arquitectónica y/o aquellos elementos constructivos singulares de intrínseco valor que existan en el inmueble en la que no se le adjudica ningún tipo de protección”.

Por ello, nos vemos en la obligación de señalar que cuando la Comisión Técnica de Patrimonio, en sesión de fecha 20/07/2017, informó favorablemente del proyecto, YA ESTABA EN VIGOR LA MODIFICACIÓN DE la Ley 4/98, de Patrimonio Cultural Valenciano, (por Ley 9/2017 de 7 de abril) que añade a la Disposición Adicional Quinta, en su apartado tercero, otros inmuebles que deberán ser considerados como BRL. Son los siguientes: 

- El patrimonio histórico y arqueológico civil y militar de la Guerra Civil en la Comunitat Valenciana. 
- Los espacios singulares relevantes e históricos de la capitalidad valenciana. 
- Los espacios relevantes que utilizaron personajes importantes de nuestra historia durante el período de guerra de 1936 a 1939. 

Por ende, el CHALÉ DEL REPUBLICANO DE LA CALLE ABEN AL-ABBAR Nº7 TENÍA YA LA CONSIDERACIÓN AUTOMÁTICA DE BRL y como tal se tendría que haber intervenido patrimonialmente en él, REALIZANDO UNA RECONSTRUCCIÓN FIEL DE ESTOS ELEMENTOS SINGULARES y no lo que se ha hecho.

En todo momento se habla de una reconstrucción fiel al edificio original que se trataba de rehabilitar y, por lo tanto, consideramos que al tratarse de una reconstrucción “FIEL” debería tener la misma forma de la construcción original, incluyendo su materialidad.  Sobre todo, cuando la materialidad de la cobertura de las torretas (tejas) se encontraban, aparentemente, en buen estado de conservación, habiendo sido lo más correcto reutilizar el material original.

Cabe resaltar que se trata de un edificio donde era perfectamente reconocible su volumetría original y se podría haber realizado un levantamiento exhaustivo para poder realizar la reconstrucción FIEL que se proponía y que NO se ha realizado, como se puede apreciar en las imágenes que se adjuntan. EL ENCUENTRO ENTRE LA CÚPULA Y EL "FUSTE" DE LA TORRE ERA COMPLETAMENTE DIFERENTE A COMO ES AHORA; LOS CUPULINES ERAN CURVOS Y AHORA SON RECTOS; etc. 

Sin embargo, a diferencia de lo descrito, se ha realizado una interpretación libre de la construcción original, incluyendo la colocación de nueva materialidad, mostrando una imagen nueva, que impacta, frente a la imagen original, considerándose una actuación inadecuada en una construcción protegida que se merecía un gran respecto y sensibilidad en la actuación que se realizara.

Nuestra asociación considera pues que esta parte de la intervención sobre un bien patrimonial protegido, como lo es el chalé del republicano de la calle Aben al-Abbar nº7, ES ENORMEMENTE IRRESPETUOSA Y CONTRARIA A SU CONDICIÓN BIEN DE RELEVANCIA LOCAL y por ello, ha presentado la pertinente queja dirigida al Ayuntamiento de Valencia.

En el plazo de tres meses deberá responder detalladamente a todas las cuestiones planteadas. En caso contrario volveremos a acudir al Síndic de Greuges, no descartando tomar otro tipo de medidas legales contra este nuevo atropello patrimonial.

Un saludo...

Antes y después
Exin Castillo
Foto: Dora Robledo

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural y de Dora Robledo, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

domingo

Respect cultural heritage

Buenas tardes,

ayer por la tarde, hacia las 18h, me encontré con una escena dantesca en la Catedral de Valencia. Un niño y una niña, de no más de 9 años, pegaban balonazos contra la fachada del templo, recayente a la plaza de l'Almoina y próxima a la puerta románica.

El padre, de pie junto a otra niña pequeña, observaba la escena sin inmutarse y sin decirles nada. Por lo visto, le parecía perfecto que sus hijos chutaran con fuerza contra los sillares de este edificio monumental.

Estuvieron un rato, mientras hablaba por teléfono. Al terminar la llamada grabé poco más de 30 segundos en los que se puede ver perfectamente algunos de los pelotazos que le dieron a la Catedral. Nadie de los allí presentes dijo nada ni les llamó la atención a pesar de chutar insistentemente la pared.

Al acercarme para hablar con ellos, los niños no hablaban español y el padre se alejaba, pasando olímpicamente de todo, por si las moscas. En inglés les pregunté de dónde eran  y el niño respondió que estadounidenses. Les dije, educadamente, que el edificio al que le estaban pegando balonazos era un monumento y que estaba protegido. Les pregunté también si en su país les dejaban golpear con una pelota un monumento, una iglesia o la fachada de un edificio. Me dijeron que no, avergonzados y se marcharon.

Lo que pasó ayer pone de manifiesto la nula educación y respeto que algunas personas muestran por el patrimonio cultural y la irresponsabidad de algunos padres a la hora de inculcar valores en unos niños que de mayores, repetirán los mismos patrones con sus hijos. El padre de estos niños debería ser el primero en decirle a sus hijos que lo que estaban haciendo ayer con la pelota en el muro de la Catedral no era correcto. Pero ni se educa ni se conciencia, simplemente se deja hacer y se consiente todo.. Los que paséis por la plaza del Carmen podréis ver la misma escena de niños usando la iglesia de la Santísima Cruz como portería de fútbol, mientras que sus padres los miran orgullosos. Y los que hacen eso son de la terreta, no hay que irse más lejos.

Buena parte de los destrozos, el vandalismo y los daños y ataques contra nuestro patrimonio surgen de escenas como las de ayer. Hay un problema de base, que nace de la falta de educación en el hogar y que tampoco es reforzada y apoyada con programas claros de concienciación y sensibilización patrimonial, prevención, vigilancia y llegado el caso, sanción.

Falta mucho respeto hacia nuestro patrimonio cultural.

Un saludo...

Sábado 13 de junio de 2020

lunes

El Ayuntamiento de Valencia pasa de las Atarazanas del Grao (BIC)

Buenos días,

el Ayuntamiento de Valencia sigue pasando, olímpicamente, de la vigilancia y del mantenimiento regular de las Atarazanas del Grao (BIC).

Hace unos días, pudimos comprobar que se sigue permitiendo el aparcamiento de vehículos dentro del área de protección libre de ocupación que recogen los Planes Especiales de Protección (PEP) de los Bienes de Interés Cultural.

La presencia de coches y motos, pegadas a los muros o dentro de este área, es habitual desde hace tiempo en este bien patrimonial. Sin embargo, nuestro consistorio, a través de las concejalías, áreas, servicios, etc. con competencias en la materia, sigue sin tomar las medidas necesarias para que esto ocurra y pone todo tipo de excusas y pretextos, pasándose la responsabilidad de servicio en servicio de forma irresponsable y negligente.

De la misma manera, algunas de las pintadas realizadas sobre los muros de ladrillo y que hemos denunciado en RRSS y por escrito, han sido "eliminadas" de una forma chapucera, poco profesional y nada respetuosa con el bien. Han sido camufladas, directamente, bajo una capa de pintura. Un parche cutre, al estilo del cartel escrito a mano que ha lucido nuestra Lonja de los Mercaderes durante meses.

A todo esto, hay que sumar la vegetación que crece descontrolada y que daña la piedra y los trastos y enseres que los incívicos abandonan en los muros del edificio, como si este fuera un vertedero.

Si nuestro ayuntamiento sigue confiando, ilusamente, en el supuesto civismo y respeto de algunos de sus ciudadanos, seguiremos así por los siglos de los siglos. Concienciar, informar, prevenir, vigilar... pero también sancionar estas conductas, tal y como si se castigan otras actitudes, faltas y delitos en otros ámbitos de nuestra sociedad. El patrimonio cultural no merece este pasotismo e indiferencia por parte de nuestras administraciones públicas.

Un saludo...

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años