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sábado

La nefasta gestión patrimonial del CCCC (Convento del Carmen)

Buenas tardes,

El pasado mes de marzo de 2023 fotografiamos los antiguos confesionarios del claustro gótico del Convento del Carmen (BIC), actual CCCC, que en origen estaban comunicados con la iglesia del Carmen y que fueron cegados en el año 1670 a raíz de las obras efectuadas en el edificio.

Pudimos comprobar in situ que uno de ellos, donde consta la fecha de 1670 en la que fueron cegados, estaba plagado de pintadas y grafitis delictivos, realizados con rotulador, bolígrafo e incluso mediante incisiones, que lo han dañado gravemente, poniendo en riesgo la integridad de los grafitis históricos del siglo XVII. Son especialmente graves aquellos realizados mediante objetos punzantes, puesto que han raspado la superficie y han borrado partes de los grafitis históricos originales.

Por ese motivo, el 13 de abril de 2023, nuestra asociación denunció por RGE estos hechos ante la Conselleria de Cultura. Y como era de esperar, pasados los tres meses, se nos volvió a aplicar el silencio administrativo.

En nuestro escrito de denuncia señalábamos que el CCCC cuenta con vigilancia de seguridad en todo el recinto, no entendiendo cómo era posible que estas pintadas y grafitis delictivos se habían podido realizar con total impunidad y que llevaran acumulándose allí desde el año 2016 o antes. En muchas de estas pintadas aparecen las fechas de 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023.

Preguntábamos, igualmente, si estos hechos habían sido denunciados o no por los responsables del CCCC, a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado para tratar de identificar a los autores de estos delitos contra el patrimonio cultural, tipificados en el artículo 323 del Código Penal. Recalcábamos si los responsables del centro eran conocedores o no de estos delitos, lo habían comunicado o no a la Conselleria de Cultura, a la Dirección General de Patrimonio o en un Juzgado.

Sólo a través del Síndic, como no podía ser de otra manera, obtuvimos una respuesta parcial e incompleta. La Dirección General de Patrimonio Cultural informó que “se requirió visita de inspección por parte de la Unidad de Patrimonio del Servicio Territorial de Cultura y Deporte de Valencia, para comprobar los posibles desperfectos al Bien de Interés Cultural ante la denuncia de particular. Y realización de subsiguiente e informe para remitirlo a esta Dirección General. En función de la información y criterios técnicos que se den en estos informes, se procederá en consecuencia, teniendo en cuenta los medios económicos y humanos con que cuenta esta conselleria”. Nada más. Pero con esta contestación queda patente que los hechos ni han sido denunciados, ni han sido comunicados. Se ha hecho una vergonzosa e intolerable dejación de funciones durante los últimos años, por parte de los responsables del CCCC.

La Consellería de Cultura-Dirección General de Patrimonio Cultural vuelve a dejar sin responder la mayoría de las cuestiones que planteamos en nuestra denuncia del pasado 13 de abril de 2023. Cabe recordar que en nuestro escrito solicitábamos lo siguiente:

a) Que se aumenten los controles y la vigilancia en el Convento del Carmen para evitar y prevenir que este tipo de actos delictivos sigan arruinando y estropeando el patrimonio histórico y cultural valenciano. NO RESPONDE, NI SE PRONUNCIA AL RESPECTO.

b) Que se estudie la posibilidad de instalar mamparas protectoras, acordes al nivel de protección del edificio, para evitar el acceso a los confesionarios, evitando así los posibles ataques que se puedan ocasionar. NO RESPONDE, NI SE PRONUNCIA AL RESPECTO.

c) Que se instalen los sistemas de video vigilancia precisos y necesarios, en todo el edificio, para prevenir estos actos delictivos y localizar, identificar y sancionar a los responsables de estas pintadas y grafitis. Desconocemos si el claustro gótico dispone de cámaras que graben directamente los confesionarios que han sido objeto de estos ataques. NO RESPONDE, NI SE PRONUNCIA AL RESPECTO.

d) Que la Conselleria de Cultura de traslado de la presente denuncia a los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado, si todavía no lo ha hecho, con el fin de identificar a los responsables de las mismas y tratar de localizar a sus autores/as. NO RESPONDE, NI SE PRONUNCIA AL RESPECTO.

e) Que, una vez identificados a los autores/as de estos delitos contra el patrimonio, que se apliquen las sanciones pertinentes a los responsables de estos delitos contra el Patrimonio Histórico en base a la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano 4/1998; al artículo 46 de la Constitución Española (1978) «Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La Ley penal sancionará los atentados contra ese patrimonio»; así como los que contempla la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, CAPÍTULO II: De los delitos sobre el patrimonio histórico, artículo 323. NO RESPONDE, NI SE PRONUNCIA AL RESPECTO.

El Síndic, en sus consideraciones, señala que no consta que la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Cultura y Deporte haya dictado y notificado la correspondiente resolución motivada en contestación a todas y cada una de las cuestiones planteadas por el autor de la queja en el escrito presentado con fecha 13/4/2023.

Apunta que el artículo 21, apartados 1 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, impone la siguiente obligación a la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Cultura y Deporte: 

“la Administración está obligada a dictar resolución expresa y a notificarla en todos los procedimientos cualquiera que sea su forma de iniciación (…) cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses (…)”.  

El artículo 9.2 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana reconoce el derecho de todos los ciudadanos a que las Administraciones Públicas traten sus asuntos de modo equitativo e imparcial y, sobre todo, en un plazo razonable, sin retrasos injustificados. 

Por otra parte, no solo hay que contestar en plazo a los escritos presentados por los ciudadanos, sino que
dicha respuesta, además, debe ser motivada y congruente, es decir, debe resolver todas las cuestiones planteadas en dichos escritos, sin omitir ninguna de ellas, exponiendo los preceptos legales y el razonamiento jurídico seguido para fundamentar su decisión (artículos 35.1.a) y 88.1 de la citada Ley (39/2015): 
 
“Serán motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho:

a) Los actos que limiten derechos subjetivos o intereses legítimos.

(…) La resolución que ponga fin al procedimiento decidirá todas las cuestiones planteadas por los  interesados y aquellas otras derivadas del mismo”. 

En cuanto a la falta de medios económicos y humanos de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Cultura y Deporte, esta institución es consciente de que la falta de recursos puede condicionar la adopción de actuaciones administrativas tendentes a lograr mantener en buen estado de conservación la totalidad de los bienes que integran el patrimonio cultural valenciano. 

No obstante, esa limitación económica no debe convertirse en una deficiencia estructural que imposibilite, de forma indefinida, la adecuada protección de dicho patrimonio. 

La inexistencia o escasez de las partidas presupuestarias destinadas a la protección de nuestro patrimonio cultural no puede convertirse en una limitación permanente y estructural que sirva para vaciar de contenido esta clara obligación constitucional, convirtiéndola en una mera declaración programática sin alcance real y efectivo.

Por todo ello, ha RECOMENDADO que, teniendo en cuenta el dilatado periodo de tiempo transcurrido desde el escrito presentado por el autor de la queja con fecha 13/4/2023, se dicte y notifique la correspondiente resolución motivada, contestando a todas y cada una de las cuestiones planteadas en el mismo, RECORDAndo EL DEBER LEGAL de dictar y notificar resolución expresa en el plazo de 3 meses cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen un plazo máximo.

Por último, no queremos dejar de recordar que quien hasta hace unas semanas era el máximo responsable del CCCC, con una sentencia en firme por un delito leve contra el patrimonio cultural (el primer director de un museo en ser condenado en España), ha pasado años sin cumplir con sus obligaciones legales, consintiéndolo todo y con una dejación de funciones intolerable.

Y más allá del número, la importancia o la relevancia de algunas de estas exposiciones y de esta "dinamización" del centro, no hay que olvidar que durante estos últimos años ha habido un descontrol absoluto y una desprotección total de un edificio que goza de la máxima protección patrimonial. Ni siquiera ha sido capaz de llevar a término la tan necesaria rehabilitación de las partes dañadas del bien. Y tan importante o más es el continente que el propio contenido.

Así que cuando alguien quiera rasgarse las vestiduras por el gestor de turno, saliendo en su defensa, que mire primero que hay más allá de estos fuegos artificiales, el color o el ruido mediático que todo esto genera. Quedará a la vista toda la suciedad, las pintadas, los daños y la realidad de un edificio maltratado por aquellas personas que están más preocupadas por su ego y por mantenerse en el cargo. La realidad también está en la fuerza de estas imágenes.

Un saludo...

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

martes

El Palacio de Pineda (BRL) sigue lleno de pintadas

Buenos días,

el pasado mes de septiembre denunciamos a través de nuestras RRSS y diversos medios de comunicación que el Palacio de Pineda (BRL) se encontraba completamente cubierto de pintadas en sus cuatro fachadas exteriores, recayentes a la plaza del Carmen y a las calles Pineda, Fenollosa y Palma.

A pesar del tiempo transcurrido y a las promesas de las administraciones públicas valencianas de que iban a proceder a la limpieza y retirada de las pintadas en este edificio protegido, nada ha cambiado en el último mes y medio, y ello sin contar los años y años de agresiones continuadas en el tiempo y que han convertido a este palacio en un mural para delincuentes.

Los responsables del palacio actúan con una lentitud y parsimonia impropias de una administración pública. Solo se mueven después de que haya una denuncia pública que haga visible un problema que sigue agravándose día a día; nunca actúan de motu propio, cumpliendo con sus obligaciones legales; no ejercen sus funciones in vigilando; únicamente se dedican a limpiar y a borrar las huellas de los delitos con los impuestos de los ciudadanos; siguen sin tomar las medidas necesarias para prevenir, detectar y sancionar a los responsables de estos delitos contra el patrimonio cultural valenciano; etc.

Ahora abrirán un plazo para redactar un proyecto y licitar unas obras de limpieza que tardarán todavía meses en llegar. Al día siguiente de la limpieza del palacio, pagada entre todos, aparecerán inmediatamente más pintadas. No es la solución. Es un simple parche de quien no quiere hacer bien las cosas.

¿Por qué no dispone la Conselleria de Cultura de un servicio de limpieza para nuestro patrimonio y así actuar inmediatamente sobre este tipo de agresiones? ¿Por qué no busca el concurso y la colaboración del Ayuntamiento de Valencia, que sí que dispone de este servicio? ¿Es preciso esta maraña burocrática, que solo ralentiza la resolución de estos problemas?

Un saludo...

miércoles

Caen cascotes del campanario de la Iglesia del Carmen de Valencia

Buenos días blogger@s,

nuestros bienes culturales se caen a trozos, lentamente, poco a poco, sin que los responsables y propietarios de los mismos se esfuercen al máximo para revertir esta situación.

La maraña burocrática, las complejidades de los trámites y procedimientos administrativos, la supuesta y crónica falta de financiación, la capacidad de unos y otros a la hora de eludir responsabilidades y un sinfín de excusas y pretextos durante décadas, han situado al borde del abismo a un gran número de bienes patrimoniales que languidecen con el paso del tiempo. La alquería del Moro, la alquería de San Lorenzo, la alquería de Falcó, la alquería de Serra, la estación del Grao, la estación de FEVE de Nazaret, La Ceramo, el Casino del Americano y un largo etcétera de bienes públicos y privados.

Ayer fue el campanario de la Iglesia del Carmen o de la Santísima Cruz de Valencia, que lleva envuelto en una malla protectora desde hace más de seis años, esperando una rehabilitación que, por a o por b, no termina de llegar.

Este procedimiento, como siempre muy complejo, se juega a tres bandas. Por un lado la propia Iglesia (Arzobispado de Valencia) y por el otro el Ayuntamiento de Valencia y la Dirección General de Patrimonio de la Generalitat Valenciana.

Desconocemos en qué punto se encuentra el expediente, pero de momento y tras más de seis años, el campanario sigue deteriorándose y la malla que se colocó en su día (2012) estaba ya parcialmente descolgada y de ahí la caída de cascotes, que podían haber ocasionado una desgracia.

Afortunadamente, en esta ocasión, ha habido suerte y el desprendimiento en la vía pública ha sido mínimo, no pasando ningún transeúnte por allí en ese momento, a pesar de que el campanario se encuentra justo a los pies de la entrada del Centro del Carmen, situado en la calle Museo nº2.

El año pasado, en agosto, ya pedimos una Plan Estratégico del Patrimonio Cultural Valenciano (2018-2022) a las administraciones públicas, para establecer unos plazos y coordinar a todos los agentes implicados (públicos y privados). Ni se han molestado en respondernos.

Luego nos hablan de participación ciudadana, transparencia y otros cuentos chinos a los ellos mismos hacen caso omiso. Mientras tanto el patrimonio cultural de los valencianos seguirá cayéndose piedra a piedra sin responsables que den la cara y cumplan con su cometido.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

jueves

Petición para adquirir y convertir el Palacio de Santángel en residencia de jóvenes artistas "Josep Renau"

Buenas tardes,

os dejamos la petición que hemos formulado, conjuntamente con Antonio Marín Segovia, tanto al Ayuntamiento de Valencia como a la Generalitat Valenciana para que se adquiera el Palacio de Santángel y se convierta en residencia de jóvenes artistas con el nombre de "Josep Renau".

Un saludo...

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D. CÉSAR GUARDEÑO GIL, en nombre propio y en calidad de Presidente de la asociación Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural (G98483993), entidad inscrita en la Sección Primera del Registro de Asociaciones de la Comunitat Valenciana con el número CV-01-050368-V, ante usted comparece y con el debido respeto

EXPONE:

Que tal y como escribía en un conocido diario valenciano el Catedrático de Literatura Hispanoamericana de la Universidad de Alicante, D. José Carlos Rovira: "La creación artística de Renau, surgida en momentos dramáticos del siglo pasado, exigiría una conmemoración oficial que en Valencia no han asumido ni el ayuntamiento de Valencia, ni el IVAM, ni la Generalitat". Palabras escritas cuando el año pasado se cumplió el centenario del nacimiento de Josep Renau y el 25º de su fallecimiento.

Que aquí no vamos a detallar los méritos y el curriculum de Josep Renau, pues entendemos que son de sobra conocidos por los máximos responsables institucionales de las diferentes administraciones públicas valencianas a las que nos dirigimos mediante esta petición.

Que aprovechando las gestiones que realiza Presidencia de la Generalitat Valenciana, a fin de negociar con la propiedad del Palacio de Santángel la salvaguarda y restauración del mural de juventud de Josep Renau, volvemos a reiterar la petición que efectuamos en su día, solicitando que la Generalitat Valenciana, en colaboración con la Diputación Provincial de Valencia y el Ayuntamiento de Valencia adquieran el edificio y, una vez rehabilitado, se cree una RESIDENCIA PARA JÓVENES CREADORES, a la vez que se destina parte para albergar un espacio museográfico como homenaje al innovador artista valenciano.

Que el nombre de esa residencia debería llevar el del artista y Director General de Bellas Artes (1936-1939), Josep Renau, responsable del traslado de una gran parte de los fondos principales del Museo del Prado a las Torres de Serranos de Valencia, para protegerlos de la destrucción del Madrid asediado por el fascismo; o el encargo del Guernica a Picasso para la Exposición Internacional de París en 1937, a fin de subsanar el inexplicable olvido al que ha sido sometido por todas las instituciones en estos años, valorándose la posibilidad de impulsar antes de que concluya el presente año 2018, una gran exposición conmemorativa en diversos espacios museísticos (IVAM, Centro Cultural el Carmen, MuVIM, Atarazanas... contándose con el concurso y colaboración del CONSELL VALENCIÀ DE CULTURA, entidad que desde el primer día ha demostrado un fehaciente respeto y compromiso por salvar los diversos murales de Josep Renau, existentes en el Palacio de Santángel.

Que Valencia tiene una enorme deuda con uno de los mayores innovadores en el diseño gráfico, en el fotomontaje, en el muralismo... siempre fiel a sus valores, a la par que un magistral creador empeñado siempre en compartir sus conocimientos con la juventud, y sacar el arte de los museos para hacerlo comprensible y cercano a todos.

Por todo ello,

SOLICITA:

1. Que se tenga por admitido el presente escrito y que la Generalitat Valenciana tenga a bien proceder a responder en tiempo y forma a todas y cada una de las peticiones, quejas, iniciativas y propuestas formuladas en el presente escrito.

2. Que la Generalitat Valenciana, en colaboración con el Ayuntamiento de Valencia y la Diputación Provincial de Valencia  adquieran el edificio y, una vez rehabilitado, se cree una RESIDENCIA PARA JÓVENES CREADORES, a la vez que se destina parte para albergar un espacio museográfico como homenaje al innovador artista valenciano.

3. Que la Generalitat Valenciana, en colaboración con el Ayuntamiento de Valencia y la Diputación Provincial de Valencia, valoren la propuesta de que la residencia lleve el nombre del artista y Director General de Bellas Artes (1936-1939), Josep Renau.

4. Que MIENTRAS SE PROCEDE A CULMINAR EL PROCESO DE INCOACIÓN DE BRL A FAVOR DE LAS PINTURAS MURALES EXISTENTES en el Palacio de Santángel, se activen los mecanismos administrativos y legales para que en los actos y exposiciones previstos para rendir merecido homenaje a Josep Renau, se invite oficial y formalmente a participar a su colaboradora y discípula, Marta Hofmann, contándose también con la participación de todas aquellas personas que tuvieron relación y vinculación con el artista, como el crítico de arte Manuel García, Fernando Bellón, Eliseu Climent, etc.

5. Que la Generalitat Valenciana EXTREME AL MÁXIMO LOS DEBERES LEGALES que se extraen de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en tal sentido, dicte resolución motivada en contestación a todas y cada una de las cuestiones planteadas en la presente petición, AMÉN DE COMUNICAR EN EL PLAZO MÁXIMO DE 10 DÍAS LA CORRECTA RECEPCIÓN DE LA MISMA.

6. Que la Generalitat Valenciana RESPONDA EN TIEMPO Y FORMA A TODOS Y CADA UNO DE LOS ASUNTOS CONTENIDOS EN LA PRESENTE PETICIÓN, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 11. Tramitación y contestación de peticiones admitidas, de la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición, un Derecho fundamental tal y como recoge el Artículo 29 de la Constitución Española de 1978.

7. Que si este órgano no fuera competente, que PROCEDA SIN MÁS DILACIÓN a dar traslado del presente documento a la autoridad u órgano correspondiente para pronunciarse o resolver sobre todas y cada una de las cuestiones y peticiones planteadas en el mismo, tal y como recoge el Artículo 10. Decisiones sobre competencia de la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.

OTROSÍ SOLICITA: que de conformidad con lo que establece el Artículo 11.1 de la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Pe-tición, una vez sea admitida a trámite esta petición, se conteste y se notifique la contestación en la dirección indicada a los efectos de notificaciones, en el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de presentación de este escrito, indicándoles que, en caso de no hacerlo, se formulará la pertinente queja ante el Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana o el Defensor del Pueblo.

Valencia, a 28 de febrero de 2018
Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural




Fdo: César Guardeño Gil
Presidente

MOLT HONORABLE PRESIDENT DE LA GENERALITAT VALENCIANA
C/ Caballeros, 2
46001 - VALENCIA

viernes

Recomendaciones del Síndic de Greuges por el correfoc celebrado delante de la Real Basílica de Nuestra Señora de los Desamparados de Valencia

Buenas tardes blogger@s,

el Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana ha tenido a bien considerar oportuno RECOMENDAR a la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte y al Ayuntamiento de Valencia que, sin perjuicio de realizar los ensayos químicos que procedan, adopten todas las medidas de prevención que sean necesarias para evitar que la celebración de espectáculos pirotécnicos causen daños a los bienes de interés cultural como la Real  Basílica de Nuestra Señora de los Desamparados de Valencia.

El presente expediente arranca tras comprobar que el sábado 7 de octubre 2017 se celebró un correfoc en la Plaza de la Virgen de Valencia y que una de las estructuras desde la que salían los cohetes y las chispas fue colocada justo delante de la fachada de la Real Basílica de la Virgen, a escasos metros. Las fotos que nos enviaron esa misma noche mostraban con claridad como las chispas impactan directamente contra la fachada del BIC, sin ningún tipo de protección y distancia de seguridad.

El PEP-EBIC (06-07) de Valencia establece una distancia de 8 metros desde la fachada de la Real Basílica de la Virgen, recayente a la Plaza de la Virgen, como Área de Protección libre de ocupación:


No obstante, las administraciones públicas valencianas con competencias en la materia persisten en ignorar los Planes Especiales de Protección y, por acción u omisión, permitieron que el sábado 7 de octubre se instalara una estructura que lanzaba cohetes y fuegos de artificio dentro de este área señalada.

Además, el domingo 8 de octubre realizamos una serie de fotografías que demostraban claramente una serie de marcas y daños ocasionados por la pólvora y los cohetes y que estaban presentes en diferentes partes de la fachada y a diferentes alturas:


Tras esto, decidimos comunicarlo al Síndic de Greuges debido a la gravedad del asunto y la reiteración de hechos similares o idénticos en diferentes monumentos de la ciudad.

La sorpresa nos llegó cuando, días después, Las Provincias se hizo eco de la noticia y nos encontramos con estas declaraciones del Concejal Carlos Galiana:

"el hecho de que no se contara con autorización previa de Dominio Público «no quiere decir que otras concejalías no pudieran haber colaborado con el correfoc y entonces no sería necesaria una autorización expresa para realizar el evento». En todo caso y si hay denuncia formal se investigará, claro. Y si cae sanción, sancionaremos», comentó el edil de Compromís, que se mostró escéptico sobre que el pasacalles no tuviera autorización.”

La segunda sorpresa nos llega cuando, a través del Síndic de Greuges, se nos notifica que los grupos municipales de la oposición constatan que el Ayuntamiento de Valencia OCULTA INFORMACIÓN en el informe que nos había remitido el pasado 21 de noviembre y se nos informa que:

El Ayuntamiento de Valencia en su breve informe emitido por el Servicio de Cultura Festiva únicamente les comunica lo siguiente:

“Que el correfoc que tuvo lugar el día 7 de octubre del 2017, realizado por motivo de la festividad del 9 de Octubre, fue organizado por Presidencia de la Generalitat Valenciana, limitándose la colaboración del Ayuntamiento de València, a través de la Regidoria de Cultura Festiva, a la coordinación de horarios y espacios de los actos programados por las dos instituciones a fin de evitar solapamientos, por lo que cualquier otra pregunta referida al correfoc es competencia de la Generalitat como organizadora del acto”.

Sin embargo, consta en el Expediente Administrativo E-00911-2017-000682 de la Oficina de Sugerencias y Reclamaciones en el que se tramita la QUEJA de esta Institución, otro informe remitido por la Jefa del Servicio de Ocupación de Dominio Público firmado el día 9 de noviembre  donde comunica que el día 25 de septiembre recibieron una Nota Interior de 22 de septiembre firmada por el Concejal Delegado de Cultura Festiva y que “este Servicio de Ocupación del Dominio Público Municipal no tiene nada que informar al respecto”.

Este informe no se nos remitió a travé del Síndic de Greuges, sin embargo, el Servicio de Ocupación del Dominio Público Municipal si tiene que informar en esta QUEJA puesto que el día antes de ese informe, se firma la RESOLUCIÓN GO-6667 de 8 de noviembre por parte del Concejal Delegado de Espacio Público, hecho que el Ayuntamiento está ocultando al Síndic de Greuges.

La mencionada RESOLUCIÓN GO-6667 que se tramitó en el Expediente Administrativo E-03530-2017-004323 del Servicio de Ocupación de Dominio Público Municipal, declara EXTEMPORÁNEA LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN presentada el 28 de septiembre de 2017 por la Presidencia de la Generalitat Valenciana ante el Ayuntamiento de Valencia, y recalca el sentido del silencio administrativo negativo por no haber realizado la resolución antes del 7 de octubre (día en que se celebró sin autorización alguna el correfoc).

Nos encontramos pues ante hechos muy graves, no sólo por el incumplimiento reiterado de la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano 4/1998 y de los Planes Especiales de Protección, PEP-EBIC (06-07) de Valencia, con resultado de daños y manchas provocadas por el uso de pólvora dentro del Área de Protección Libre de Ocupación de este BIC, sino también porque este correfoc se organizó sin la correspondiente autorización al declarar como EXTEMPORÁNEA LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN el propio Servicio de Ocupación del Dominio Público Municipal y ocultar dicha información al Síndic de Greuges en el expediente abierto por nuestra asociación, habiéndose obtenido únicamente tras la intervención y queja de los grupos de la oposición.

De momento ni el Ayuntamiento de Valencia y las concejalías implicadas, ni la Generalitat Valenciana y las consellerías implicadas, han asumido su grado de responsabilidad y de culpa en este asunto, quitándose rápidamente las pulgas de encima.

Esta lamentable actitud de las administraciones públicas vuelve a demostrar el grado de irresponsabilidad, incompetencia, negligencia y descoordinación existentes, poniendo en serio peligro la integridad del patrimonio cultural valenciano.

Seguimos en el mal camino.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

miércoles

Solicitud de entrevista con Ximo Puig, Carmen Amoraga y Joan Ribo para entregar el Manifiesto del antiguo Cine Metropol

ESCRITO CURSADO AL MOLT HONORABLE PRESIDENT DE LA GENERALITAT VALENCIANA, A LA DIRECTORA GENERAL DE CULTURA Y PATRIMONIO Y AL ALCALDE DE VALENCIA


ANTONIO MARIN SEGOVIA, provisto de xxxxxxxx, con domicilio a efectos de notificaciones en xxxxx  VALENCIA, en nombre propio y en calidad de Secretario-Portavoz de la ACR Constantí Llombart, ante usted comparece y con el debido respeto y consideración

EXPONE:

Que la Plataforma Salvemos Metropol quiere hacer entrega al Alcalde de Valencia, a la Directora General de Cultura y Patrimonio y al Molt Honorable President de la Generalitat Valenciana del MANIFIESTO DEL ANTIGUO CINE METROPOL, elaborado y suscrito por diversas entidades cívicas y destacadas personalidades del mundo cultural y universitario.

Que la Plataforma Salvemos Metropol, considera imprescindible y necesario para  todos(Sociedad Civil y representantes de la Administración), mantener una entrevista con Joan Ribó Canut, Carmen Amoraga y Ximo Puig, a fin de hacerles partícipes de nuestras inquietudes, propuestas, quejas, sugerencias e iniciativas… en aras a mejorar la convivencia, la conservación, difusión, rehabilitación y reutilización social, asistencial, cultural, educativo… de nuestro valioso Patrimonio Cultural, dada la inexistencia deeficientes Planes de Gestión y equipos multidisciplinares en las diversas Comisiones existentes en el Ayuntamiento de Valencia, así como estimamos urgente incrementar las partidas destinadas a potenciar la financiación de proyectos de rehabilitación de bienes histórico-artísticos en la Dirección General de Cultura y Patrimonio de la Generalitat.

A continuación, procedemos a transcribir el citado Manifiesto:


MANIFIESTO DEL ANTIGUO CINE METROPOL

Por un Centro Histórico sin derribos, rehabilitado y para los ciudadanos

1. Los firmantes buscamos con este manifiesto, evitar y paralizar el derribo del antiguo CINE METROPOL de Valencia. Los valores históricos, artísticos, culturales y sociales de la antigua sala cinematográfica lo hacen merecedor de la máxima protección por parte de las administraciones públicas valencianas.

2. Una vez paralizado su derribo, solicitamos que el antiguo CINE METROPOL pase a formar parte del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del Ayuntamiento de Valencia, con la categoría de Bien de Relevancia Local (BRL).

3. Igualmente solicitamos, tanto al Ayuntamiento de Valencia como a la Generalitat Valenciana, que proceda a una inspección completa y detallada de todo el edificio para que los técnicos evalúen y comprueben el estado de la fachada y del interior del mismo, para constatar la posible existencia de elementos decorativos y ornamentales, singulares e irremplazables, de estilo Art Decó y Racionalista, propios de la construcción original de los años 30.

4. Estamos convencidos de que lo mejor para los intereses del pueblo valenciano sería que las administraciones públicas valencianas realicen una permuta o adquirieran el edificio delantiguo CINE METROPOL para darle un uso social y cultural, como sede de la Filmoteca Valenciana, pues no en vano es el último cine intacto que queda de la época en la cual Valencia fue capital de la Segunda República Española. Un lugar de referencia y reunión de las figuras históricas más representativas de este periodo, tales como Ernest Hemingway, Orson Wells o Miguel Hernández, entre otros.

5. Por último y en aras de evitar la repetición de casos como el del antiguo CINE METROPOL, solicitamos a las administraciones públicas valencianas que actualicen elCatálogo de Bienes y Espacios Protegidos, contando también para ello con profesionales cualificados y especializados en disciplinas como Historia, Historia del Arte, Geografía y Patrimonio Cultural.

Por todo ello,

SOLICITA:

Que se tenga por admitido el presente escrito y que el Ayuntamiento de Valencia, la Dirección General de Cultura y Patrimonio y Presidencia de la Generalitat Valenciana, procedan a responder en tiempo y forma a todas y cada una de las peticiones, quejas, iniciativas y propuestas formuladas en el presente escrito.

Que, si este órgano no fuera competente, que PROCEDA SIN MÁS DILACIÓN a dar traslado del presente documento a la autoridad u órgano correspondiente para pronunciarse o resolver sobre todas y cada una de las cuestiones y peticiones planteadas en el mismo, tal y como recoge el Artículo 10. Decisiones sobre competencia de la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.

OTROSÍ SOLICITA: que de conformidad con lo que establece el Artículo 11.1 de la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición, una vez sea admitida a trámite esta petición, se conteste y se notifique la contestación en la dirección indicada a los efectos de notificaciones, en el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de presentación de este escrito, indicándoles que, en caso de no hacerlo, se formulará la pertinente queja ante el Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana o el Defensor del Pueblo, sin descartar el inicio de acciones judiciales.

Valencia, a 27 de junio de 2017




Fdo: Antonio Marín Segovia


MOLT HONORABLE PRESIDENT DE LA GENERALITAT VALENCIANA
Calle Caballeros, 2
46001 - VALENCIA

lunes

Carta abierta a la Sra. Carmen Amoraga y a la Conselleria de Cultura

Estimada Sra. Amoraga,

tras la última recomendación emitida por el Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, en relación con la regulación del Régimen de Visitas de los BICs de la ciudad de Valencia y ante el descontento por nuestro "tono beligerante" que muestra como Directora General de Cultura y Patrimonio, pasamos responderle mediante esta vía, para aclarar una serie de cuestiones que parece ignorar:

Nuestra asociación nace en el año 2012 y hasta la fecha hemos realizado centenares y centenares de denuncias ante las diferentes administraciones públicas valencianas con competencias en materia de patrimonio, teniendo que haber acudido al Síndic de Greuges en casi 150 ocasiones, órgano que nos ha dado la razón en el 99,99% de las veces, dándonosla el restante 0,01% cuando nos ha tocado reabrir los expedientes anteriormente cerrados. Decenas de recomendaciones emitidas al respecto no son fruto de la casualidad sino de un comportamiento y actitud negligentes por parte de unas administraciones públicas denunciadas hasta la saciedad y que siguen sin cumplir y acatar con el ordenamiento jurídico vigente.

Durante todo este tiempo la Dirección General de Cultura y Patrimonio, de la que es usted ahora Directora, no ha mostrado NUNCA ningún respeto ni consideración por nuestra labor, no habiéndose dignado ni tan sólo a cumplir con la legislación vigente a la hora de dar respuesta directa a nuestras quejas en el plazo de 3 meses y comunicarnos la correcta recepción de las mismas en el plazo de 10 días. Cuando lo han hecho, cosa que se puede contar con los dedos de la mano y nos sobrarían la mitad, lo han realizado por correo ordinario y no certificado con comprobante de entrega, lo han enviado a otras direcciones (dirigiéndose a Cercle Obert porque su predecesora en el cargo y los técnicos que la asesoraban se sacaron de la manga que éramos todos los mismos y que pertenecíamos a las 2 asociaciones a la vez). Han recibido decenas de recomendaciones al respecto por parte del Síndic de Greuges, las han aceptado y sin embargo, continúan incumpliéndolas y por lo tanto, faltándonos de nuevo al respeto y, lo que es más grave, haciendo dejación de funciones al aplicar el silencio administrativo positivo o negativo una y otra vez.

Su institución se ha dirigido durante muchos años a la persona que ocupa el cargo de Presidente de nuestra asociación como "quien dice ser el Presidente" o dirigiéndose a él como persona física y no con el cargo que representa dentro de nuestra entidad. Eso, Sra. Amoraga, es también una falta de respeto y un menosprecio inadmisible por parte de los técnicos que les redactan las respuestas. 

De la misma forma, Sra. Amoraga, le recordamos que los técnicos y funcionarios de su Dirección General tienen una FUNCIÓN IN VIGILANDO que no están realizando. Sabemos de sobra que en estos momentos no hay ninguna persona de la Conselleria realizando esta labor, yendo por las calles de la ciudad, inspeccionando, vigilando, etc. Y esto es así desde hace años, puesto que durante el juicio por el BIC del Jardín de Monforte en 2011, Ricardo Sicluna declaró que la Conselleria de Cultura no tenía un servicio de vigilancia que detectara obras irregulares en la calle por lo que actúan cuando hay una denuncia. No había pues ni hay todavía personal debidamente cualificado que realice esa vigilancia y el estado de nuestro patrimonio a pie de calle. Han pasado ya 6 años desde aquello y seguimos igual. La falta de personal, medios, o recursos económicos no puede servir de excusa perpetua para no cumplir con las obligaciones que marca la ley.

Por ende, se vuelve a producir una dejación de funciones y competencias que les corresponde, aunque ni usted ni la personas que la asesoran lo vean así. Nosotros si que lo percibimos de esta forma y, es más, la infinidad de recomendaciones que les da el Síndic de Greuges nos respaldan plenamente para afirmar esto.

Para finalizar, Sra. Amoraga, recordarle que la actitud beligerante, de menosprecio y de una falta de respeto impropias de una administración pública, parte de ustedes, de su Dirección General. Si no está conforme con nuestro tono, debería mirar primero hacia atrás y revisar la historia desde el minuto uno. Igual entendería por qué nuestra asociación está más que harta, molesta, indignada y, hasta las narices, de la actitud de la Conselleria de Cultura y su Dirección General de Cultura y Patrimonio. Tenemos motivos de sobra para ello y lo saben.

Partiendo desde este punto y corrigiendo el rumbo y el comportamiento de su institución y de sus responsables, atendiendo con sus deberes en tiempo y forma y aceptando y cumpliendo de forma real con las recomendaciones que se les da sin más excusas ni dilaciones, supondría un primer e importante paso a tener en cuenta por nuestra asociación. 

Un cordial saludo.

César Guardeño Gil
Presidente Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural