Hola bloggeros,
las leyes están para cumplir, y para que las cumplamos todos sin excepciones. Esta muy bien que queramos disfrutar de las fiestas principales de la ciudad, pero todo tiene un límite y más si afecta al patrimonio. No todo vale, y las fallas no son una excusa para saltarse las leyes a la torera.
Desde el blog queremos denunciar la vulneración de la ley de Patrimonio Cultural Valenciano 4/1998 (modificada en 2007) respecto a un edificio que está declarado Monumento Histórico Artístico Nacional desde el 3 de junio de 1931. Se tratan de las Torres de Serranos.
Los responsables de la vulneración de esta ley son aquellos que han colocado la iluminación para la falla que se instalará en la plaza dels Furs, atando varios elementos a la reja del monumento (y dañándolo), y el Ayuntamiento de Valencia por consentirlo de forma reiterada. No es la primera vez que sucede. En años anteriores también se ha consentido la colocación de estos elementos en la fachada posterior de las Torres.
Al respecto, el artículo 38, apartado e) Capítulo III, Sección Segunda de la ley dice lo siguiente:
Queda prohibida la colocación de rótulos y carteles publicitarios,
conducciones aparentes y elementos impropios en los espacios etnológicos, jardines
históricos y en las fachadas y cubiertas de los monumentos, así como de todos
aquellos elementos que menoscaben o impidan su adecuada apreciación o
contemplación.
Anclado y bien sujeto, dañando la verja
El ayuntamiento por su parte (no cumpliendo con sus funciones) se pasa por el arco de triunfo (seamos finos) el Título I, Capítulo 4:
2. Las entidades locales están obligadas a proteger y dar a conocer los valores
del patrimonio cultural existente en su respectivo ámbito territorial. Especialmente les
corresponde:
a) Adoptar las medidas cautelares necesarias para evitar el deterioro,
pérdida o destrucción de los bienes del patrimonio cultural.
b) Comunicar a la administración de la Generalitat cualquier amenaza,
daño o perturbación de su función social de que sean objeto tales
bienes, así como las dificultades y necesidades de cualquier orden que
tengan para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la
presente Ley.
c) Ejercer las demás funciones que expresamente les atribuye esta Ley,
sin perjuicio de cuanto establece la legislación urbanística,
medioambiental y demás que resulten de aplicación en materia de
protección del patrimonio cultural.
Como podréis ver, la aplicación de este artículo se puede extender, en general, a la más absoluta dejadez que pesa sobre el patrimonio de la ciudad de Valencia (esculturas, puentes, Torres, jardines, alquerías, museos...) por parte de la administración pública.
¿De qué sirven pues estas leyes si nadie las cumple, y lo que es más importante, nadie se encarga de que se cumplan?
Esperamos que el Ayuntamiento tome medidas y retire de forma inmediata estos elementos "ilegales" que están dañando no solo visualmente al monumento, sino físicamente.
No queremos despedirnos sin decir que, afortunadamente, hay muchas fallas y falleros que si que respetan el patrimonio. No queremos generalizar por los daños que se están ocasionando al monumento en cuestión y meter en el mismo saco a todo el mundo fallero. A nosotros también nos gusta disfrutar de las fiestas y de los monumentos, pero desde el respeto hacia el patrimonio.
Saludos...
¿No hay más sitios en toda la plaza para enganchar los soportes?
Cables de luz recorriendo las fachadas del monumento
Tubo de metal directamente sobre la piedra
Más alambre que roza y quita la pintura de la reja...
Fotografías: César