miércoles

El misterioso caso de la barraca de Cotofio o del Tío Tonet: ¿Es BRL o no es BRL?

Buenos días,

el 5 de marzo de 2020, nuestra asociación solicitó a través del Síndic de Greuges la recuperación y correcta catalogación como BRL, dentro del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos de Naturaleza Rural del Ayuntamiento de Valencia, de la barraca de Cotofio o del Tío Tonet, invocando para ello el  Artículo 4, de LA LEY 9/2017, DE 7 DE ABRIL, DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 4/1998, DEL PATRIMONIO CULTURAL VALENCIANO, que modifica la disposición adicional quinta por el siguiente texto:

Tienen la consideración de bienes inmuebles de relevancia local, y con esta denominación deberán ser incluidos en los respectivos catálogos de bienes y espacios protegidos, las siguientes categorías de elementos arquitectónicos:

2. Los pozos o cavas de nieve o neveras, las chimeneas de tipo industrial construidas de ladrillo anteriores a 1940, los hornos de cal, los antiguos molinos de viento y los antiguos molinos de agua, los relojes de sol anteriores al siglo xx, LAS BARRACAS TRADICIONALES PROPIAS DE LAS HUERTAS VALENCIANAS (...) 

Por lo tanto, la propia Ley 9/2017, de 7 de abril, de modificación de la Ley 4/1998, del Patrimonio Cultural Valenciano, RECONOCE Y CONSIDERA AUTOMÁTICAMENTE COMO BRL LA BARRACA DE COTOFIO O DEL TÍO TONET Y DEBERÍA ESTAR INCLUIDA EN EL CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS DEL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA.

Por lo tanto, la barraca de Cotofio o del Tío Tonet debería ser un BRL, según recoge la propia LPCV, pero no lo es porque el Ayuntamiento de Valencia (Servicio de Planeamientos del Área de Desarrollo Urbano y Vivienda) encargó y presentó un informe en el que se nos contestaba que "el inmueble ya está incorporado en el Catálogo de Protección correspondiente, con nivel Ambiental, no con el nivel de BRL por entender que no reúne las condiciones exigidas para ello".


Además, el mismo ayuntamiento que le niega la consideración de BRL, insiste en sus propias notas de prensa que "antes de iniciar las obras de rehabilitación y recuperación definitivas, había que hacer un intervención arqueológica, puesto que el edificio tiene la consideración de Bien de Relevancia Local (BRL), y tal y como exige la Ley 4/98 de Patrimonio Cultural Valenciano, es un paso necesario en este tipo de edificios". 

El 28 de noviembre de 2020 nos dirigimos a la Dirección General de Cultura y Patrimonio de la Generalitat Valenciana solicitando la inclusión inmediata de la Barraca del Tío Tonet como Bien de Relevancia Local  dentro del  Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del municipio, todo ello de conformidad con la Disposición Adicional 5ª de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, fruto de la modificación efectuada por la Ley 9/2017 del 7 de abril, ante la negativa del Ayuntamiento de Valencia.

La propia Dirección General de Cultura y Patrimonio expone en su escrito que el Ayuntamiento de Valencia, sin embargo ha considerado que el  inmueble ya está incluido en dicho Catálogo con una protección de nivel Ambiental y no como Bien de Relevancia Local por entender que “no reúne las condiciones exigidas para ello”, añadiendo que a la vista de todo lo anterior, se considera conveniente la inclusión de la citada barraca como Bien de Relevancia Local  dentro del  Catálogo y, en caso de no reunir  las condiciones exigidas para ello, deberá aportarse un informe que justifique de forma detallada la falta de valores patrimoniales para su calificación como BRL. 

A raíz de esta última petición, se adjunta un informe, que no tiene desperdicio y que fue realizado única y exclusivamente por un arquitecto (y no por un equipo pluridisciplinar, tal y como exige la LPCV), en el que el consistorio insiste en que su valoración patrimonial ya ha sido objeto de análisis en diversos  documentos de planeamiento: 

1. El “PGOU-88” la protege con  “Nivel de protección 3”.

2. Posteriormente en el “Plan Especial y Homologación del sector de La Torre (IVVSA)” de 2005, que es el planeamiento vigente, promovido y aprobado por la Generalitat Valenciana, se le protege con “Protección Ambiental” (equivalente al nivel 3 del PGOU), indicando que se encuentra en zona de afección viaria.

3. En el 2015 se aprueba el Catálogo Estructural de Bienes y Espacios Protegidos de Valencia y la barraca Cotofio no fue incluida como BRL por entender que no reunía las condiciones necesarias para ello. 

4. En el 2016 se somete a información pública el documento del Plan de acción territorial de ordenación y dinamización de la Huerta de Valencia”, conteniendo en su documentación esta barraca como elemento arquitectónico protegido con “grado 2” (EPA2_18.03) sin ficha. 

5. En aplicación de esta disposición (en ref. a la Disposición Adicional 5ª de la LPCV), no debe entenderse directa la protección como BRL de una construcción únicamente por su forma exterior, sino que se debe estudiar la situación de la construcción en la actualidad, con el fin de ver si aún posee los componentes propios de las barracas originales o si por el contrario ya ha sido transformada. Hay otros ejemplos de ello en Valencia, que tras su estudio, no se han considerado merecedoras de protección estructural. 

6. Teniendo en cuenta el reconocimiento de Miguel del Rey como  especialista en arquitectura rural y siendo el redactor tanto del Catálogo Estructural de Bienes y Espacios Protegidos de Valencia de naturaleza rural, como del Catálogo del PATH actualmente en elaboración, se le consulta específicamente sobre la valoración patrimonial de esta barraca a través de correo electrónico, y se aporta a continuación su contestación de fecha 17 de abril de 2020 al respecto: 
 
“En estos momentos, por razones obvias, no puedo ir a ver esta barraca, que visite varias veces en distintas ocasiones. La cual, a pesar de haber tenido una intervención sustituyendo en intradós de los planos de cubierta y mantener parte de la estructura aérea superior, no reúne las condiciones para ser considerada, desde mi punto de vista, un Bien de Relevancia Local. (OJO, SE REALIZA UN INFORME A DISTANCIA EN BASE A QUE YA SE VISITÓ EN ANTERIORES OCASIONES).

Se  ha actuado según marca la ley, atendiendo y razonando la exclusión de un bien que es necesario atender por la disposición que citas y por estar catalogada con nivel 3 en el PGOU; lo cual no obliga a declararla BRL, más bien a recogerla, analizar e incluirla o no según su estado y valor. Y en este caso entiendo que no reúne las condiciones mínimas, ya que es un mero envoltorio, donde ha desaparecido toda la distribución interna, el plano del "sostre" en el nivel superior, las carpinterías, vanos originales, además de su cubierta vegetal. Su relación con el entorno es más bien dudosa por razones, algunas de ellas, ajenas a la propia barraca. De la misma manera que otros casos, esta barraca no se considera un BRL; pudiera ser quizás, en estos momentos, una arquitectura con un grado de protección ambiental o paisajístico. 

La barraca y su entorno paisajístico, no aporta nada patrimonialmente hablando, tan solo la evocación de un pasado, que quizás pueda conservarse como con un menor grado de protección.  Existen otras barracas mucho más interesantes, capaces de ver en ellas valores arquitectónicos, etnológicos, paisajísticos y tipológicos, y por ello, tal como indica la Transitoria 5ª, se han declarado BRL. Nada de esto aporta la Barraca de Cotofio, que como alguna más en el PATH y en el catálogo municipal, no se han incluido como BRL, ya que sería devaluar el contenido de una importante figura de catalogación. 
 
Y para que conste a los efectos oportunos, doy mi opinión (¿ENTONCES ES UN INFORME PLURIDISCIPLINAR, ACORDE A LA LPCV, O SE TRATA DE UNA MERA OPINIÓN DE UN ARQUITECTO?) en Valencia a 17 de abril de 2020  

Atentamente
Miguel del Rey” 

CONCLUSIÓN

Vistos los antecedentes aquí expuestos, y atendiendo al sólido criterio de Miguel del Rey Aynat, se INFORMA que se considera que la “Barraca Tío Tonet o de Cotofio” no reúne las condiciones exigidas para ser incluida como Bien de Relevancia Local.
 
Por todo ello y para cerrar el expediente, la Dirección General de Cultura y Patrimonio nos respondió que en fecha 24 de noviembre de 2014 se informó favorablemente por esta dirección general el Catálogo Estructural de Bienes y Espacios Protegidos de Valencia en el que no estaba incluida esta barraca como BRL

Además, el Ayuntamiento de Valencia ha dado traslado a esta dirección general de los informes emitidos por el Servicio de Planeamiento, que se trasladan en su integridad, en los que se justifica la falta de valores de esta construcción para su consideración como Bien de Relevancia Local.

Por todo lo anteriormente expuesto, nos planteamos las siguiente preguntas:

1. ¿Cómo es posible pues que el Ayuntamiento de Valencia la considere como BRL si ellos mismos han encargado un informe en el que "atendiendo al sólido criterio de Miguel del Rey Aynat, no reúne las condiciones exigidas para ser incluida como Bien de Relevancia Local". ¿Es o no es BRL?

2. Si no es un BRL, ¿por qué se realiza un intervención arqueológica en base a que el edificio tiene la consideración de Bien de Relevancia Local (BRL) y tal y como exige la Ley 4/98 de Patrimonio Cultural Valenciano, es un paso necesario en este tipo de edificios? ¿Cuánto dinero nos cuesta una intervención que podría no ser obligatoria si no es un BRL?

3. Si el Ayuntamiento de Valencia tenía claro que era un BRL, ¿por qué encarga entonces un informe de forma expresa para que este concluyera que "no reúne las condiciones exigidas para ser incluida como Bien de Relevancia Local"? ¿Cuánto dinero ha costado a los ciudadanos este informe?.

4. Si es un BRL, ¿por que las administraciones públicas consienten la construcción de gran pasarela peatonal para conectar La Torre con València y que pasa a muy pocos metros la techumbre de la barraca de Cotofío o del Tío Tonet? Si es un BRL no se respeta ni el área ni el entorno de protección del bien.

5. Si es un BRL, ¿dónde está la ficha individualizada del bien, dentro del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos de Naturaleza Rural del Ayuntamiento de Valencia?

Muchas preguntas que no tienen una respuesta clara y que arrojan muchísimas dudas sobre si la barraca de Cotofio o del Tío Tonet es BRL o no. Parece que estamos ante la paradoja del gato de Schrödinger, en el que esta barraca, después de un tiempo, está protegida como BRL y no al mismo tiempo.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de l'Associació Cultural l'Horta de Valéncia, Valencia Bonita y Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

martes

Nuestra asociación y l'Associació Cultural l'Horta de Valéncia denunciamos el abandono y la ruina de la Barraca de Cal Carro o Cano

Hola,

Nuestra asociación y l'Associació Cultural l'Horta de Valéncia hemos denunciado ante el Síndic de Greuges el mal estado en el que se encuentra la BARRACA DE CAL CARRO O CANO, situada en el Camino de Farinós de Valencia. Un bien de titularidad privada que está incluido dentro del Catálogo de Protecciones del Pla d’Acció Territorial d’Ordenació i Dinamització de l’Horta de València (PAT de l’Horta). Generalitat Valenciana, 2018. Catàleg annex. Element Patrimonials con la consideración de BRL-BRR y la categoría de Espacio Etnológico de Interés Local.

https://www.lasprovincias.es/valencia-ciudad/asociaciones-denuncian-abandono-20210802233628-ntvo.html

L'Associació Cultural l'Horta de Valéncia nos informó hace unas semanas del ESTADO RUINOSO Y DE ABANDONO EN EL QUE SE ENCUENTRA ESTA BARRACA, CON UN ALTO Y EVIDENTE PELIGRO DE DESAPARICIÓN. Desde hace unos años, este BRL ha perdido buena parte de su cubierta, lo que ha afectado a la parte de posterior de la misma. El interior parece también asolado, con derrumbes y desplomes. Además, la ampliación de la V-21 queda justo a su puerta.

Este BRL lleva deteriorándose desde hace lustros y avanza inexorablemente hacia su desaparición ante la pasividad de su legítimo propietario y de las instituciones y administraciones públicas con competencias en la materia que deberían velar por la protección de inmueble, en cumplimiento de sus funciones inspectoras e in vigilando y revisar con regularidad el estado de los bienes integrantes en el catálogo, sean estos de titularidad pública o privada.

Las imágenes de Google Street View muestran que en el año 2008, hace trece años, ya se encontraba en un pésimo estado. Por lo tanto, los daños son anteriores y ha habido tiempo más que suficiente para que los técnicos de patrimonio y los de la Oficina Técnica de Control de la Conservación de la Edificación, hicieran las correspondientes inspecciones, incoando expediente administrativo, señalando los daños existentes y requiriendo a la propiedad de las mismas, tanto la adopción urgente de las medidas precautorias de seguridad como la solicitud de licencia de obras de intervención para la reparación de las deficiencias detectadas, bajo apercibimiento de su ejecución forzosa por el propio Ayuntamiento de Valencia en caso de incumplimiento de lo ordenado. No tenemos constancia de que exista el correspondiente expediente al respecto.

Por ello y ante la URGENCIA Y EL INMINENTE RIESGO DE DESPARACIÓN Y DE MAYORES DAÑOS EN ESTA BARRACA hemos solicitado la intervención del Síndic. La experiencia en casos tan urgentes como este nos lleva a acudir directamente ante esta institución, debido al más que probable silencio administrativo que nos pueda aplicar nuestro consistorio, la dilación injustificada en responder y todo tipo de trabas y retrasos que pueden poner en serio riesgo la integridad de este BRL.

Ambas asociaciones hemos solicitado al Síndic de Greuges que inste al Ayuntamiento de Valencia u órgano competente en esta materia (concejalías, áreas y servicios con sus respectivas competencias), A INTERVENIR DE FORMA URGENTE Y SIN MÁS DILACIÓN, ANTE LA GRAVEDAD DE LOS HECHOS DESCRITOS Y ANTE EL RIESGO DE PRODUCIRSE MAYORES DAÑOS EN EL BIEN Y ANTE EL INMINENTE RIESGO DE DESPARACIÓN Y DESTRUCCIÓN DE LA BARRACA DE CAL CARRO O CANO.

De la misma forma, pedimos que se adopten INMEDIATAMENTE y SIN MAYOR DILACIÓN todas las medidas procedentes en cumplimiento de la LOTUP (artículo 180) y de la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano 4/1998 y sus posteriores modificaciones, prestando especial atención a los Artículos 4 y 5, así como aquellos otros artículos de dicha ley que sean de aplicación para este caso, con el fin de revertir y solucionar los daños que está sufriendo esta barraca y que pueden derivar en su completa destrucción y desaparición.

También hemos requerido al Síndic que inste al Ayuntamiento de Valencia u órgano competente en esta materia a agilizar todos los trámites y permisos necesarios para que el legítimo propietario de las BARRACA DE CAL CARRO O CANO intervenga inmediatamente y sin más dilación con el fin de frenar, revertir y solucionar los daños, el deterioro y la degradación preocupantes, que están afectando gravemente a este BRL.

Requerimos, igualmente, que si el legítimo propietario de las BARRACA DE CAL CARRO O CANO no actúa inmediatamente que el Síndic de Greuges inste al Ayuntamiento de Valencia u órgano competente en esta materia, a EJERCER LA ACCIÓN SUBSIDIARIA A COSTA DEL INFRACTOR, con el fin de revertir y solucionar los daños que está sufriendo este BRL y que pueden derivar en su completa destrucción y desaparición.

De nuevo, reiteramos al Síndic que inste al Ayuntamiento de Valencia a realizar, de forma periódica y regular, las correspondientes inspecciones patrimoniales y urbanísticas de los bienes incluidos en el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos de Naturaleza Rural, así como Catálogo de Protecciones del Pla d’Acció Territorial d’Ordenació i Dinamització de l’Horta de València (PAT de l’Horta), en coordinación con el resto de administraciones públicas con competencias en la materia (Generalitat, Diputación, etc.). Nuestro patrimonio rural está en serio peligro de desaparición y necesita una mayor atención, inspección y vigilancia.

Esperamos una actuación rápida, ágil y coordinada entre las diferentes concejalías, áreas y servicios de nuestro consistorio para atender urgentemente los problemas que presenta este BRL. Tanto nuestra asociación como l'Associació Cultural l'Horta de Valéncia insistimos en la necesidad de realizar más inspecciones motu proprio, pues hay muchísimo patrimonio rural abandonado, en ruina y con un alto peligro de desaparecer. El Ayuntamiento de Valencia, la Generalitat Valenciana y la Diputación Provincial de Valencia deberían establecer y coordinar un plan urgente de choque para evitar que la huerta de Valencia y su valiosísimo patrimonio desaparezca palmo a palmo, casa a casa...

Saludos...

 
El texto y las imágenes son propiedad de l'Associació Cultural l'Horta de Valéncia y Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

lunes

Recomendaciones del Síndic de Greuges al Ayuntamiento de Valencia por la falta de limpieza de pintadas delictivas en los monumentos

Buenas tardes,

nuevo y contundente palo del Síndic de Greuges al Servicio de Patrimonio Histórico del Ayuntamiento de Valencia, que se ha convertido en un experto en repetir como un mantra argumentos tales como que "no está adscrito a nuestro servicio"; "el orden de prioridad en limpieza de ornato público es una cuestión interna"; "el Servicio de Patrimonio Histórico y Artístico actúa en función de criterios de peligrosidad o urgencia y en función de las disponibilidades presupuestarias y la capacidad de gestión"; etc.

Un servicio que, últimamente y con mayor frecuencia, se equivoca incluso a la hora de respondernos. Una torpeza que pone en evidencia el estado de nerviosismo de sus responsables, desbordados por la cantidad de denuncias y recomendaciones que les están llegando, debido a su más que probada incapacidad de resolver los problemas reales de nuestro patrimonio cultural.

El pasado 30 de abril, nuestra asociación se dirigió al Síndic de Greuges para comunicarle que, desde almenos hacía siete meses, habíamos localizado algunas pintadas que se han realizado en los pretiles del antiguo cauce del río Turia, en las taquillas de los Jardines del Real, en el puente del Mar o en la escultura de Esculapio de los jardines del antiguo Hospital (esta en concreto presente desde antes de las elecciones de mayo de 2019, hace casi dos años), y que estas no habían sido retiradas a pesar de que las mismas habían sido comunicadas a través de la RRSS oficiales, como Twitter, etiquetando personalmente a los perfiles del Ayuntamiento de Valencia, de las diferentes concejalías, áreas y servicios responsables y de la de sus respectivos concejales. El Ayuntamiento de Valencia, siguiendo en su línea y dependiendo de quién pregunte o se dirija a ellos, hizo caso omiso y no se pronunció al respecto. También preguntamos sobre la situación de la contrata de mantenimiento y limpieza de los monumentos de Valencia y por qué no se actuaba, obteniendo de nuevo el silencio.

Desde nuestra asociación, llevamos años denunciando, por activa y por pasiva y en infinidad de ocasiones, las pintadas delictivas contra nuestro patrimonio cultural, tanto en bienes públicos como en privados, en diversos expedientes tramitados tanto por el Ayuntamiento de Valencia, como por la Conselleria de Cultura o su institución.

A raíz de estas denuncias y de los numerosos ataques que se estaban produciendo (y se siguen produciendo) contra nuestro patrimonio cultural, el Ayuntamiento de Valencia solventó la ausencia de una contrata que se encargara de los trabajos de mantenimiento y limpieza de los monumentos de Valencia, aprobando en junta de gobierno el 28 de julio de 2017, mediante un contrato menor, la contratación de la empresa IBEROLIMP S.L para que se ocupara desde esos trabajos. Desde esa fecha y hasta ahora, IBEROLIMP S.L se ha encargado de los trabajos de mantenimiento y limpieza de los monumentos de Valencia.

Volvimos a dejar patente, por enésima vez, que no es obligación nuestra inspeccionar, detectar, e informar continuamente de la presencia de pintadas delictivas contra nuestro patrimonio, recordando que el Ayuntamiento de Valencia y sus respectivas concejalías, áreas y servicios, disponen del personal, técnicos, funcionarios, inspectores, etc. para cumplir con sus funciones in vigilando y dar parte de estos daños a nuestro patrimonio a la contrata de mantenimiento y limpieza de los monumentos de Valencia PARA QUE PROCEDAN A RETIRARLAS EN EL MENOR TIEMPO POSIBLE. ESTO NO SE ESTÁ PRODUCIENDO Y NO SE ESTÁN DANDO LAS PERTINENTES EXPLICACIONES ANTE TAL DEJADEZ Y NEGLIGENCIA.

El Ayuntamiento de Valencia se empeña en ignorar la teoría de los cristales (o ventanas) rotas, que versa sobre el contagio de las conductas incívicas. La teoría dice que si en un edificio aparece una ventana rota y no se arregla pronto, inmediatamente el resto de ventanas acaban siendo destrozadas por los vándalos. ¿Por qué? Porque es divertido romper cristales, desde luego. Pero, sobre todo, porque la ventana rota envía un mensaje: aquí no hay nadie que cuide y vigile esto. Lo mismo pasa con nuestro patrimonio cultural. DEJAR LAS PINTADAS DURANTE MESES O AÑOS ENVÍA UN CLARO MENSAJE: EN VALENCIA NADIE CUIDA Y VIGILA EL PATRIMONIO CULTURAL.

Por ello, solicitamos al Síndic de Greuges que instara al Ayuntamiento de Valencia u órgano competente en esta materia (concejalías, áreas y servicios con sus respectivas competencias), A RETIRAR TODAS LAS PINTADAS DELICTIVAS PRESENTES EN ESCULTURAS, MONUMENTOS Y EDIFICIOS DE TITULARIDAD MUNICIPAL Y QUE LLEVAN MESES, E INCLUSO AÑOS, PRESENTES EN LOS MISMOS SIN QUE LA CONTRATA MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DE LOS MONUMENTOS DE VALENCIA HAYA PROCEDIDO A RETIRARLAS CONVENIENTEMENTE. 

De la misma manera, pedimos al Síndic de Greuges que instara al Ayuntamiento de Valencia u órgano competente en esta materia (concejalías, áreas y servicios con sus respectivas competencias), A SOLICITAR A LOS LEGÍTIMOS PROPIETARIOS DE BIENES DE TITULARIDAD PRIVADA, QUE TENGAN ALGÚN GRADO DE PROTECCIÓN PATRIMONIAL, LA RETIRADA DE LAS PINTADAS DELICTIVAS PRESENTES EN SUS EDIFICIOS Y PROPIEDADES.

También requerimos al Síndic de Greuges que instara al Ayuntamiento de Valencia u órgano competente en esta materia (concejalías, áreas y servicios con sus respectivas competencias), a pronunciarse de forma clara y detallada a las siguientes cuestiones:

a) El estado en el que se encuentra el contrato existente con la Contrata de mantenimiento y limpieza de los monumentos de Valencia, IBEROLIMP S.L. ¿Sigue en vigor? ¿Ha expirado? ¿Se ha renovado?

b) Especificara y detallara los motivos de la falta de intervenciones de la Contrata de mantenimiento y limpieza de los monumentos de Valencia, IBEROLIMP S.L. en algunos de los elementos patrimoniales denunciados: puente del Mar, pretiles del río Turia, escultura de Esculapio, o taquillas de los jardines del Real, entre otros. ¿Por qué no se han retirado estas pintadas a pesar de estar denunciado en reiteradas ocasiones y a pesar de que el Ayuntamiento de Valencia es conocedor de estos hechos?

c) Ninguna concejalía, área o servicio se ha pronunciado sobre nuestra petición de SOLICITAR A LOS LEGÍTIMOS PROPIETARIOS DE BIENES DE TITULARIDAD PRIVADA, QUE TENGAN ALGÚN GRADO DE PROTECCIÓN PATRIMONIAL, LA RETIRADA DE LAS PINTADAS DELICTIVAS PRESENTES EN SUS EDIFICIOS Y PROPIEDADES. Entendemos que nuestra queja se debería haber trasladado a otros servicios, además de al de Patrimonio Histórico. No es de recibo que se deje sin responder este punto por no haberle dado traslado.

Pero como viene siendo costumbre, el Servicio de Patrimonio Histórico del Ayuntamiento de Valencia vuelve a ignorar sus obligaciones legales y no responde a estas tres cuestiones de forma clara y detallada.

En las alegaciones del Servicio de Patrimonio Histórico del Ayuntamiento de Valencia, tal y como viene siendo costumbre, se repitieron los argumentos y las excusas, con alguna que otra pataleta impropia de una administración pública seria y responsable.

Nosotros, por nuestra parte, y entrando en el fondo de la cuestión, señalamos algunos de los errores de la persona responsable del Servicio de Patrimonio Histórico que ha redactado el informe, cuando afirma que “se ha reiterado en numerosas ocasiones que las esculturas de los Jardines del Real deben ser mantenidas por la diputación, que es su titular, por lo que se ruega a este sr. que se dirija a la institución responsable”:

a) En nuestro escrito no denunciábamos el estado de ninguna de las esculturas de los Jardines del Real. El Servicio de Patrimonio Histórico erra, torpemente.

b) Lo que sí que hemos pedido en nuestra denuncia es que se retiren las pintadas de taquillas de los Jardines del Real-Viveros y no de las esculturas.

c) Además, el mantenimiento de los Jardines del Real corresponde al Ayuntamiento de Valencia y no a la Diputación de Valencia. Segundo error del Servicio de Patrimonio Histórico.

d) En todo caso, el Servicio de Patrimonio Histórico debe referirse a los jardines del Antiguo Hospital General confundiéndolos con los jardines del Real, recordando en este punto que aunque la Diputación de Valencia es la titular, existe un convenio con el Ayuntamiento de Valencia por el que es nuestro consistorio el que se hace cargo de las tareas de conservación, mantenimiento y jardinería y además, tiene que ser el consistorio el que le notifique a la Diputación que se han producido unos desperfectos en esta o en cualquiera de las esculturas (en este caso en concreto la de Esculapio) u otros elementos patrimoniales de los jardines Citamos textualmente fuentes de la Corporación Provincial, por la limpieza del monolito dedicado a Nicolau Primitiu y situado en los jardines del antiguo Hospital General (año 2018): “como fruto de un convenio ese espacio se cedió al Ayuntamiento, tiene que ser el consistorio el que les notifique que se han producido unos desperfectos”. Tercer error, al señalar que tenemos que ser nosotros quienes nos dirijamos a la institución responsable.

En las consideraciones del Síndic al Ayuntamiento de Valencia, vuelve a señalar que pudiendo no ser la actuación descrita de la administración lo suficientemente respetuosa con los derechos de la persona afectada, le solicita que considere los argumentos que le expongo a continuación, como fundamento de las consideraciones con las que concluimos.

En el caso que nos ocupa, sería necesario mejorar la colaboración y coordinación entre el Ayuntamiento de València y la Diputación Provincial de València para realizar los trabajos de mantenimiento y limpieza de algunos monumentos. 

Asimismo, el autor de la queja ha solicitado información sobre las tres cuestiones expuestas más arriba en los apartados a), b) y c), manifestando que no ha recibido ninguna respuesta sobre las mismas.  

Por ello, el Síndic RECOMIENDA que, de forma aislada o en coordinación con la Diputación Provincial de València, según corresponda, se adopten todas las medidas que sean necesarias para mejorar la ejecución de los trabajos de mantenimiento y limpieza de los monumentos, contestando a las tres cuestiones planteadas por el autor de la queja en los apartados 5 a), b) y c) arriba detallados

Un nuevo toque de atención a un servicio público que está demostrando constantemente que no hace su trabajo correctamente y de manera profesional y que se escuda en argumentos y excusas absurdas que son tumbadas, una y otra vez, con decenas de recomendaciones del Síndic.

Un saludo...