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sábado

La Dirección General de Patrimonio Cultural requiere a los propietarios del Convento de Aguas Vivas a realizar obras

Buenos días,

El pasado 19 de agosto de 2023, solicitamos al Síndic de Greuges reabrir nuestra queja nº2004008, que versaba sobre el Convento de Aguas Vivas (BIC), denominado también como Real Monasteri de Santa María d’Aigües Vives, cuyas PRIMERAS RECOMENDACIONES fueron emitidas en marzo de 2021 y fueron supuestamente aceptadas por la Conselleria de Cultura, en julio de 2021, hace más de dos años. 

https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2021/04/recomendaciones-del-sindic-de-greuges.html

Habiendo pasado dos años desde el cierre del presente expediente, seguimos sin tener constancia de que las administraciones públicas valencianas con competencias en la materia hayan realizado avances significativos y tomado las medidas oportunas y necesarias para la conservación, protección y puesta en valor de este bien patrimonial, más allá de las actuaciones de urgencia promovidas tras las recomendaciones de su institución. 

Las noticias aparecidas en prensa, el mismo sábado 19 de agosto, señalaban que el proceso de compra del monasterio, por parte de la Generalitat, quedó atascado, según palabras de la propia alcaldesa de Carcaixent, Carolina Almiñana Lledó. 

El 6 de febrero de 2023, también en prensa, se señalaba que “el antiguo cenobio agrava su estado deterioro, especialmente durante episodios de lluvias como los que se viven durante estos días” y que no había ni rastro en el presupuesto de la Generalitat de 2023 de una partida concreta para la adquisición del monasterio.

Por lo tanto, nuestra asociación considera que existe un incumplimiento de las recomendaciones emitidas en marzo de 2021 y que señalaba que: “sin perjuicio de las limitaciones presupuestarias existentes, se adopten con determinación todas las medidas que sean necesarias para garantizar la protección y el adecuado estado de conservación del Convento de Aguas Vivas”.

Por ese motivo, solicitamos al Síndic que la Conselleria de Cultura, les informara y detallara qué medidas exactas había tomado durante estos dos últimos años, más allá de las señaladas actuaciones de urgencia y mostrar “interés” en comprar el Monasterio, en una operación que está atascada y sin un presupuesto asignado. ¿De qué forma estaba garantizando pues la protección y el adecuado estado de conservación del Convento de Aguas Vivas?

Una vez abierto el expediente con el Síndic, la Dirección General de Patrimonio Cultural informó que el 16 de marzo de 2023 se produjo comunicación del administrador concursal de la finca de la oferta de compra en firme y el 15 de septiembre de 2023 se produjo remisión de escritura de compraventa entre el administrador concursal de la empresa propietaria y la adquisición por parte de una nueva empresa.

La Generalitat Valenciana no ejerció, dentro del plazo legalmente establecido, el derecho de tanteo y retracto, que son derechos de adquisición preferente. Estos derechos permiten a su titular adquirir un bien con preferencia a cualquier otra persona que estuviese interesada en la adquisición de ese bien, en las mismas condiciones ofertadas (precio, forma de pago, etc.). Ha dejado escapar, de forma incomprensible, la oportunidad de adquirir este BIC para el conjunto de la sociedad valenciana. 

A pesar del informe inicial desfavorable del Jefe del Servicio de Gestión Patrimonial respecto la propuesta de adquisición directa del Real Monasterio de Santa María de Aguas Vivas por la Generalitat Valenciana, que hacía notar una importante discrepancia entre la finca objeto de la compraventa, y la referencia catastral de la misma, no queda claro si las condiciones de la compra en firme en la que el 15 de septiembre de 2023 se produjo la remisión de escritura de compraventa entre el administrador concursal de la empresa propietaria y la adquisición por parte de una nueva empresa, son las mismas o no que las que partieron de la votación en Presupuestos Participativos y su inclusión en los Presupuestos de la GVA 2022, con informe de Valoración Patrimonial de la cap del servei de gestió immobiliària.  

La GVA no nos ha aclararado si en esta compra en firme, en la que el 15 de septiembre de 2023 se produjo la remisión de escritura de compraventa entre el administrador concursal de la empresa propietaria y la adquisición por parte de una nueva empresa, EXISTÍA TAMBIÉN UNA IMPORTANTE DISCREPANCIA ENTRE LA FINCA OBJETO DE LA COMPRAVENTA, Y LA REFERENCIA CATASTRAL DE LA MISMA O NO, produciéndose en otras condiciones distintas que si que hubieran permitido su adquisición por parte de la GVA.

En sus consideraciones, el Síndic, indica que en el informe emitido por la actual Vicepresidencia Primera y Conselleria de Cultura y Deporte, que tuvo entrada en esta institución con fecha 13/10/2023, no se detalla la adopción de ninguna medida concreta destinada a la protección y conservación del Convento de Aguas Vivas con posterioridad a nuestra Recomendación de fecha 14/4/2021. Tampoco se concreta si ya se ha requerido a la nueva propiedad el cumplimiento de las obligaciones de protección y conservación del inmueble. No se ha remitido a esta institución la documentación que acredite dicho requerimiento. 

Por ello, el Síndic RECOMENDÓ, el pasado 15 de noviembre de 2023, que, teniendo en cuenta el progresivo deterioro del inmueble y que el expediente administrativo está abierto desde diciembre de 2020, hace casi tres años, se adopten con rapidez todas las medidas que sean necesarias para garantizar la protección y el adecuado estado de conservación del Convento de Aguas Vivas.  


En respuesta a esta recomendación del Síndic, la Dirección General de Patrimonio Cultural ha emitido el correspondiente requerimiento para efectuar las actuaciones precisas para el cumplimiento de la obligación de conservación y mantenimiento:

Les REQUIERO, para que en el improrrogable plazo de TRES MESES procedan a la iniciar las obras necesarias para la recuperación de los valores culturales del inmueble declarado Bien de interés Cultural, Convento de Aigües Vives, conforme al contenido del Informe Técnico que se adjunta al presente como Anexo I. Todo ello previa solicitud de autorización por este Centro Directivo del correspondiente proyecto de intervención suscrito por técnico competente y las licencias oportunas que se requieran conforme a la normativa vigente, de conformidad con lo previsto en los artículos 35 y 36 LPCV. 

En caso de desatención del presente requerimiento le parará la consecuencia que en Derecho proceda, sin perjuicio, del inicio de las actuaciones tendentes a la ejecución subsidiaria de las obras necesarias.

Os dejamos el enlace de la página de nuestros amigos de Valencia Bonita, en el que podréis encontrar todas las noticias y publicaciones al respecto:

https://www.valenciabonita.es/2020/12/21/real-monasteri-de-santa-maria-daigues-vives/

Esperemos que las obras se inicien dentro del improrrogable plazo y que no se dilate más en el tiempo la resolución de los problemas que afectan a este BIC.

Un saludo...

lunes

LA DEGRADACIÓN DE LOS FRESCOS DE PALOMINO EN LA BASÍLICA DE LA VIRGEN DE LOS DESAMPARADOS ENTRAN EN UNA FASE IRREVERSIBLE

La Societat Valenciana d'Història de l'Art y Círculo por la Defensa del Patrimonio denuncian la degradación de los frescos de Antonio Palomino de la Basílica de la Virgen

LA DEGRADACIÓN DE LOS FRESCOS DE PALOMINO EN LA BASÍLICA DE LA VIRGEN DE LOS DESAMPARADOS ENTRA EN UNA FASE IRREVERSIBLE

La degradación de los frescos pintados por Antonio Palomino en 1701 en la bóveda de la basílica de la Virgen de los Desamparados de Valencia ha entrado en una fase de destrucción irreversible.

Desde hace años se está denunciando esta situación, provocada por las humedades que se filtran por una mala impermeabilización de la bóveda y sobre todo por haber eliminado la cubierta de tejas del alero de la cúpula por el capricho del arquitecto estrella del momento. Patologías que ni siquiera se abordó en la segunda restauración de 2010.

Después de los últimos episodios de lluvia ya se evidencian, con toda su virulencia, por lo que la Generalitat Valenciana y la Dirección General de Patrimonio deberían tomar medidas de forma inmediata. Hace unos años fueron las sales, pero ahora existe un desprendimiento y una degradación irreversible de la propia capa pictórica.

Esperamos que los responsables de esta grave situación no sean los que de nuevo intervengan en la solución, que es sencilla, que consistiría en volver a colocar la cubierta de tejas del alero de la cúpula que fue eliminada de manera imprudente e innecesaria.

El Arzobispado y la Catedral de Valencia deberían asesorarse mejor y dejarse de arquitectos diletantes que son la causa de más de un problema, tanto en la Basílica como en la propia Catedral.

En la comparativa de las fotografías que publicamos se puede observar cómo avanza la degradación en menos de un año.

Las imágenes son propiedad de la la Societat Valenciana d'Història de l'Art, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. 

jueves

El palacio de Pineda (BRL) pintarrajeado dos semanas después de parchearlo

Buenos días,

la primera semana de enero del presente año, volvimos a denunciar la presencia de nuevas pintadas delictivas y de la chapuza realizada a la hora de eliminarlas, pues se había pintando directamente encima con más capas de pintura plástica, mal aplicada, además, que dejaba ver los garabatos anteriores:

https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2022/01/chapuzas-y-nuevas-pintadas-delictivas.html

Días después, alguien volvió a cubrir las pintadas delictivas, añadiendo más capas de pintura de la misma forma chapucera y torticera y sin eliminarlas convenientemente.

Poco ha durado el invento, pues el fin de semana del 22 y 23 de enero ya habían vuelto a pintarrajear, por enésima vez, este palacio, que se ha convertido en uno de los objetivos preferidos de los delincuentes del espray y del rotulador.

Basta analizar las imágenes para darse cuenta que los pintamonas que se dedican a pintar una y otra vez nuestro patrimonio cultural son siempre los mismos. Sus firmas, tags, caligrafía, etc. los delatan. Con un simple análisis pericial caligráfico se les podría identificar y hacerles responsables, por la vía penal, de los delitos que están cometiendo. Pero faltan ganas y voluntad por parte de las administraciones públicas valencianas que tienen responsabilidades en la materia.

Así que cuando el político/a de turno salga en prensa vendiendo la moto de que se han reducido los delitos contra el patrimonio (cifras oficiales precocinadas modo CIS), que se están llevando a cabo campañas de concienciación con MUPIS por la ciudad y otras milongas y cuentos chinos, tened presente que el Ayuntamiento de Valencia (con todas sus concejalías, áreas y servicios implicados) no está abordando el problema como toca, porque ni quieren, ni saben, ni tienen la intención de hacerlo. Les supone un trabajo y un esfuerzo que no están dispuestos a asumir.

Prefieren tratar este problema como algo sin importancia, secundario e irrelevante. El patrimonio no les da votos. Solo les sirve para rodearse de cierto aire de intelectualidad, para promover el postureo cultural en prensa y RRSS y para poco más.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

martes

Chapuzas y nuevas pintadas delictivas en el palacio de Pineda (BRL)

Buenos días,

Este es el aspecto que presenta de nuevo el palacio de Pineda (BRL), tras la aparición de nuevas pintadas delictivas y comprobar que las pintadas anteriores no han sido retiradas correctamente.

Lo hemos repetido por activa y por pasiva, una y otra vez. Eliminar los grafitis y las pintadas delictivas en los bienes patrimoniales no consiste en pintar encima con capas y más capas de pintura. El resultado de esta práctica chapucera y nada profesional es el que se puede ver en las imágenes. Las pintadas se siguen viendo claramente y se acumulan unas encima de otras, a perpetuidad.

Las administraciones públicas deberían saberlo de sobra y por eso deberían contar con profesionales de la restauración para actuar sobre BRLs y BICs. No se puede seguir consintiendo este tipo de intervenciones torticeras y contrarias a la LPCV. Se necesita una mayor seriedad, rigor y profesionalidad para actuar sobre los bienes patrimoniales.

Mención especial para el IMBÉCIL-DELINCUENTE de Toni, cuyos padres deben sentirse tremendamente orgullosos de este PINTAMONAS que ha salpicado el barrio del Carmen y un edificio protegido con su nombre. Estas "prácticas artísticas" podría hacerlas perfectamente en el salón de su casa, en la habitación de sus padres o en la suya, para ver si así consigue algún premio o medallita con la mano bien abierta.

Insistimos, nuevamente, en la necesidad de perseguir de forma activa y real a estos delincuentes, una mayor vigilancia de los entornos monumentales y la imposición de las correspondientes multas, sentando a los responsables delante de un juez. El Código Penal está para algo y lo debería estar también para los delitos patrimoniales que están machacando nuestra ciudad.

Terminamos 2021 mal y empezamos 2022 de la misma forma.

Un saludo...


El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

sábado

La muralla árabe de la calle Salinas nº5 y nº17 entra en la lista Roja del Patrimonio de Hispania Nostra

Buenos días y Feliz Navidad a todos/as,

la prestigiosa asociación Hispania Nostra ha incluido en la Lista Roja del Patrimonio los lienzos y la torre de la muralla árabe de la calle Salinas nº5 y nº17, tras nuestra petición:

https://listarojapatrimonio.org/ficha/lienzos-torre-la-muralla-islamica-la-calle-salinas/

Sobre el lienzo y la torre de la calle Salinas nº5, el médico e historiador valenciano José Rodrigo Pertegás dice en la obra La Morería de Valencia (1925): “En el interior de la casa número 5 de la calle de Salinas, que ocupa el fondo del ángulo de dicha calle que antes se ha mencionado, se encuentran los detalles siguientes: en el patio de entrada que está al fondo y en dirección divergente de la línea de la fachada de la casa, la robusta muralla antigua de la ciudad que se interna en la habitación inmediata en la cual, a 3,76 metros de la puerta de entrada, se encuentra un arco o portal de 2,83 m de luz y 3,19 de altura, a contar desde el suelo de la casa. Este antiguo arco desconocido, que gracias a estar oculto en el interior de una casa particular se encuentra en condiciones bastante favorables para un detenido estudio es, sin duda alguna, la puerta árabe Bab-Alahix que, según el Llibre del Repartiment, limitaba por esta parte las donaciones hechas en la ciudad a los hombres de Teruel y que en tiempos cristianos se llamó de la Morería por conducir y estar inmediata a dicho entonces nuevo barrio extramuros”.

En la parte posterior de este inmueble se puede apreciar, además, un imponente torreón semicircular del siglo XI que está integrado parcialmente dentro del inmueble recayente a la calle Caballeros nº36, actual escuela de idiomas. También pueden verse diferentes elementos del tapial de hormigón y la anchura del propio lienzo de la muralla, de aproximadamente 210-220 cm.


En cuanto al lienzo del nº17 de la misma calle, este se encuentra en un solar situado entre los números 15 y 19, y está construido con tapial de hormigón de cal, con un espesor aproximado de 210 cm. La altura conservada, sin almenas, ronda los 6 metros, teniendo la parte superior deteriorada por el paso del tiempo, la falta de protección y de consolidación de la superficie. La parte superior de este lienzo correspondería a la zona del paso de ronda. La cara externa de esta muralla, recayente al interior del solar, aparece modificada y recortada en su espesor, especialmente, en la parte inferior, debido a que sería integrada y formaría parte del inmueble que ocupó el nº17 de la calle Salinas.

Este lienzo se encuentra totalmente abandonado y cubierto por una tela metálica, ya desgarrada y medio deshecha, desde principios de 2015, para evitar más desprendimientos como los que se produjeron a finales de 2014. La parte inferior del lienzo está permanentemente llena de pintadas y de grafitis, hay cableado aéreo y elementos impropios en el BIC. A pesar del tiempo transcurrido, de las denuncias y de las recomendaciones del Síndic, las administraciones públicas valencianas no han instalado ninguna señalética que lo identifique como un bien cultural. A pesar de la colocación de la tela metálica, sigue creciendo la vegetación en la parte superior, cosa que le aporta un exceso de humedad y daños estructurales por el crecimiento de las raíces. Su estado de conservación actualmente es malo y el BIC corre el riesgo de seguir deteriorándose y de producir nuevos desprendimientos de material tanto al solar como a la vía pública.

Nuestra asociación lleva años denunciando el abandono y el deterioro de estos lienzos y el torreón de la muralla de la calle Salinas, habiendo tenido que acudir al Síndic de Greuges hasta en cuatro ocasiones. Y como viene siendo la tónica habitual, nos hemos encontrado con las excusas de siempre, con dilaciones injustificadas y hemos visto como el Ayuntamiento de Valencia y la Conselleria de Cultura se han ido pasando la patata caliente por ver quién debía actuar en primer lugar.

Por ese motivo, decidimos solicitar a Hispania Nostra la inclusión de estos dos lienzos y del torreón de la muralla árabe en la Lista Roja del Patrimonio. Y puesto que las administraciones públicas no están haciendo bien su trabajo y por acción u omisión están permitiendo el deterioro de bienes patrimoniales de gran valor, tanto desde nuestra asociación como desde la sociedad civil vamos a continuar recordándoselo a diario.

Un saludo...

miércoles

El propietario del solar de la calle Salinas nº17 deberá intervenir sobre la muralla árabe

Buenos días,

Nuestra asociación lleva denunciando desde hace más de ocho años, por activa y por pasiva y acudiendo hasta en cuatro ocasiones al Síndic de Greuges, el estado de abandono y deterioro de este lienzo de la muralla, situado en la calle Salinas nº17.

En octubre de 2013 requerimos por primera vez, tanto al Ayuntamiento de Valencia como a la Conselleria de Cultura, una intervención urgente para revertir y solucionar los problemas de crecimiento incontrolado de vegetación, retirada de elementos impropios como cableados y anclajes, eliminación de pintadas delictivas, etc.

En estos ocho años solo hemos escuchado que se trataba de una  “TRAMITACIÓN COMPLEJA, LAS PRIORIDADES DE ACTUACIÓN Y LA LIMITACIÓN DE LOS RECURSOS FINANCIEROS” ; “que este tipo de actuaciones de envergadura como la que nos ocupa, que requieren de una tramitación compleja y de elevados recursos financieros, no pueden ser  abordadas con la inmediatez que exige el interesado”; o que "la propiedad de las parcelas en las que se inserta no son siempre de titularidad pública", sin dar más soluciones a los problemas de este BIC.

Además, en todo este tiempo, nunca se nos había especificado si estas parcelas en las que se encuentra muralla árabe de la Calle Salinas de Valencia, sita entre los nº15 y 19, eran públicas o privadas y cuáles de estas parcelas eran públicas y cuáles privadas, para dirimir así las pertinentes responsabilidades patrimoniales entre las administraciones públicas y entre los posibles propietarios de las mismas.

Ahora y solo ahora se ha dado trámite de audiencia a los propietarios del número 17 de la calle Salinas, que han sito localizados e identificados tras efectuar las oportunas consultas en el catastro. La Conselleria de Cultura les ha informado de sus obligaciones legales de conservación y mantenimiento, así como de las consecuencias de su desatención.

Igualmente, la Conselleria de Cultura va a poner en marcha las medidas de bajo coste propuestas por nuestra asociación y que la presente institución hace también suyas. Considera que son medidas razonables  desde  un punto  de  vista patrimonial  que implican la recuperación del paisaje urbano y de la materialidad del fragmento visible de la muralla islámica, la eliminación de elementos impropios, la conservación del tramo de lienzo murario en sus caras laterales y superior,  así como  la  correcta  señalización  del  bien  de  interés  cultural.  Además,  estás medidas  de salvaguardia no implican un coste excesivo.

a) Eliminar elementos impropios (grafitis, capas de pintura plástica, elementos anclados, cableado, vegetación, etc.).

b) Consolidar la parte superior de la muralla, cubierta con una malla que ya está hecha girones.

c) Colocar una señalética conveniente que indique la presencia de este elemento patrimonial catalogado como BIC.

Nuestra asociación quiere agradecer el trabajo que ha realizado la Dirección General de Cultura y Patrimonio, que ha sabido recoger perfectamente nuestras peticiones, pero lamenta el retraso injustificado que se ha producido durante estos ocho años, a la hora de llevar a cabo un trámite tan sencillo como acudir al catastro e identificar desde el primer momento al propietario, en lugar de estar pasándose las responsabilidades entre el Ayuntamiento de Valencia y la propia Conselleria de Cultura.

Se ha perdido mucho tiempo y se han gastado muchos recursos económicos y humanos, forzando a abrir y reabrir el expediente, haciendo intervenir al Síndic hasta en cuatro ocasiones, cuando en octubre de 2013 se podría haber realizado este trámite y ya tendríamos recuperada desde hace más de un lustro este lienzo de nuestro patrimonio del siglo XI.

Las administraciones públicas valencianas deben mejorar y mucho la atención a los ciudadanos y a nuestro patrimonio, agilizar los expedientes y saber atender y responder en tiempo y forma a las denuncias y quejas que se les formula, para así solucionar de manera rápida y efectiva los problemas del patrimonio cultural valenciano.

Un saludo...

El Castillo de Ademuz o de Santa Bárbara incluido en la Lista Roja del Patrimonio de Hispania Nostra

Buenas tardes,

ninguna de las administraciones públicas valencianas con competencias en la materia está a la altura de nuestro patrimonio cultural. Y esto es un hecho fácilmente demostrable. Con pruebas, denuncias y recomendaciones del Síndic que son "aceptadas" para ser sistemáticamente ignoradas e incumplidas.

Una administración que ya ha demostrado con creces no estar a la altura es el Ayuntamiento de Ademuz, que en 2020, a través del máximo responsable, soltó perlas como estas: "este ayuntamiento no ha recibido ninguna queja de propietarios de inmuebles cercanos a los restos de la muralla del Castillo alertando de riesgo de caída de piedras u otros objetos sobre sus propiedades” “Aprovechar para informar que este bien de interés cultural presenta ya desde hace más de trescientos años un deterioro y destrucción tales que es complicado que se incremente”, que forman parte ya de la antología del disparate, de la mediocridad y de la incompetencia de cargos públicos que pagamos con nuestro dinero.

Con esta actitud irresponsable, negligente e imprudente y con la desidia demostrada SE ESTÁ ATENTANDO ABIERTAMENTE Y DE FORMA MANIFIESTA CONTRA LA INTEGRIDAD DE LOS BIENES QUE FORMAN PARTE DEL PATRIMONIO CULTURAL VALENCIANO, AÑADIENDO A ELLO LA VERGÜENZA Y EL SONROJO PÚBLICO QUE SUPONE AHORA EL HECHO DE QUE LA ASOCIACIÓN MÁS PRESTIGIOSA DEL PATRIMONIO ESPAÑOL HAYA INCLUIDO AL CASTILLO DE ADEMUZ EN LA LISTA ROJA DEL PATRIMONIO CULTURAL, DEBIDO A LA INACCIÓN DE UNAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS QUE DEBERÍAN VELAR POR NUESTROS BIENES CULTURALES Y NO LO ESTÁN HACIENDO.

Y es que la asociación Hispania Nostra ha incluido en la LISTA ROJA DEL PATRIMONIO al CASTILLO DE ADEMUZ / CASTILLO DE SANTA BÁRBARA (BIC) en fecha 2 de noviembre de 2021. Incluye como razones de inclusión en la Lista Roja lo siguiente: “Se pretende desatascar la situación del castillo y por tanto que el titular, atienda las indicaciones del Síndic de Greuges de la responsabilidad de actuar ante el deterioro de la fortaleza”. Igualmente, señala como estado de conservación lo siguiente: “Ruina progresiva. La base de la torre se ha ido resquebrajando continuamente en la última década, y la muralla adjunta se ha estado cayendo, llegando las piedras a caer junto a los merenderos que hay instalados en su entorno. El estado del muro perimetral es tan grave que se ha cortado la calle que hay debajo por el peligro de desprendimientos, e incluso una parte de la muralla cayó sobre un cobertizo anexo destrozando su tejado”.

https://listarojapatrimonio.org/ficha/castillo-de-ademuz/

Queremos recordar que nuestra primera denuncia sobre el grave estado de deterioro del BIC del Castell de Ademuz (Castillo de Santa Bárbara) se remonta a un lejano mes de diciembre del año 2015, HACE 63 MESES. Todo ello sin contar los años de abandono y deterioro en el que no se tomaron las medidas oportunas que recoge la legislación vigente al no existir una denuncia y un expediente abierto con su institución. Otro claro y sangrante ejemplo de la ausencia de la función IN VIGILANDO que deben realizar las administraciones públicas y que siguen sin cumplir.

A pesar de haber transcurrido 15 MESES desde que se aceptaron las cuartas recomendaciones SEGUIMOS SIN TENER CONSTANCIA REAL Y EFECTIVA DE QUE EL AYUNTAMIENTO DE ADEMUZ Y LA CONSELLERIA DE CULTURA HAYAN TOMADO LAS MEDIDAS OPORTUNAS Y NECESARIAS PARA SOLUCIONAR LOS GRAVES PROBLEMAS QUE AFECTAN GRAVEMENTE AL BIC DEL CASTELL DE SANTA BÁRBARA DE ADEMUZ, tal y como denunciamos por primera vez, el 28 de diciembre del 2015, EN UN EXPEDIENTE QUE YA TIENE CUATRO RECOMENDACIONES.

A pesar del tiempo transcurrido y a fecha de hoy NO TENEMOS CONSTANCIA de que el Ayuntamiento de Ademuz haya atendido la petición de la Dirección General de Cultura y Patrimonio, en la que se señalaba el deber que tienen de llevar a cabo las actuaciones  precisas  para  el  cumplimiento  de  la  obligación  de   conservación  y  mantenimiento establecida en el artículo 18 de La Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano,  para lo que  disponen de las ayudas previstas en el título VI de dicha ley, tal y como pone de manifiesto el artículo 19 de la misma.

TAMPOCO TENEMOS CONSTANCIA de que el Ayuntamiento de Ademuz, a pesar del tiempo transcurrido, HAYA SOLICITADO, RECIBIDO Y HECHO USO DE LA CORRESPONDIENTE SUBVENCIÓN para las actuaciones de conservación y protección de los bienes inmuebles del patrimonio cultural de la Comunitat Valenciana cuyas bases reguladoras se contienen en la Orden 6/2017 de 23 de febrero, publicadas en el DOGV núm. 7988 de 27/02/2017, para así actuar sobre el Castillo de Santa Bárbara (BIC), tal y como expuso como primera opción la Conselleria de Cultura.

La Conselleria de Cultura, además, planteó como segunda opción valorar la posibilidad de disponer en unos meses del crédito necesario para efectuar una intervención directa en el Castillo de Ademuz en el presupuesto de gastos de esta Dirección General. TAMPOCO TENEMOS CONSTANCIA QUE SE HAYA DISPUESTO DE ESTE CRÉDITO PARA INTERVENIR EN EL BIC.

No nos consta tampoco que el Ayuntamiento de Ademuz haya obtenido ayuda económica y la preceptiva autorización para las intervenciones previstas en las murallas y restos del antiguo Castillo de Ademuz; de que se haya procedido al traslado del depósito de agua potable construido hace más de cuarenta años en la zona de actuación; de que el Ayuntamiento de Ademuz haya presentado un proyecto de intervención en el área del Castillo de Santa Bárbara, cuestión necesaria y obligatoria, tal y como señalaron los técnicos de la Conselleria de Cultural de la GVA; o de que la Consellería responsable de obras públicas, que redactó en 2018 el proyecto técnico para la construcción de un nuevo depósito de agua potable en Ademuz en la zona anexa el Cementerio de la población situada fuera de la zona del Castillo, haya procedido a su construcción, que según informó el propio ayuntamiento “está prevista que realice en los próximos meses una vez se disponga de los informes sectoriales preceptivos (julio de 2020, hace 15 meses).

Por todo ello, hemos vuelto a solicitar al Síndic UNA RESPUESTA CONTUNDENTE dado que la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte y el Ayuntamiento de Ademuz, SIGUEN SIN CUMPLIR CON LAS DIVERSAS RECOMENDACIONES ACEPTADAS EN SU DÍA y están actuando de forma manifiesta y presuntamente maliciosa contra la integridad de este BIC y su entorno de protección. Estas administraciones públicas están abusando de la vía administrativa, convirtiéndola en estéril e improductiva, forzando a los ciudadanos a tener que recurrir a la vía judicial.

Como ciudadanos y como entidad para la defensa del patrimonio, sentimos una profunda vergüenza de aquellos (ir)responsables que están al frente unas instituciones públicas que están y deberían estar al servicio del conjunto de la sociedad y de su patrimonio cultural, y que solo se dedican a dilatar en el tiempo la resolución de los exptes. respondiendo sandeces por escrito, como las arriba descritas, mientras nuestros bienes se caen por los suelos por su irresponsabilidad y por su negligencia. Que el Castillo de Ademuz o de Santa Bárbara haya sido incluido en la Lista Roja del Patrimonio es un muestra más de lo que venimos denunciando desde hace lustros.

Un saludo...

domingo

Vuelven los grafitis y las pintadas delictivas a la fachada del palacio de Pineda (BRL)

Buenas tardes, 

en el año 2019 ya denunciamos, ante el Síndic de Greuges, la presencia de pintadas delictivas que llevaban años sin ser retiradas y acumulándose en un bien patrimonial protegido. Nuestra queja desembocó en la correspondiente recomendación y en que la Generalitat Valenciana retirara todas las pintadas de las cuatro fachadas:

https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2020/05/recomendaciones-del-sindic-de-greuges_11.html

Lamentablemente y desde hace unos meses han ido apareciendo, de manera progresiva, diversas pintadas en dos de las fachadas del palacio de Pineda, sede de la UIMP y la vicepresidencia segunda de la Generalitat, sin que las mismas hayan sido retiradas y dando pie a más.




Este mismo fin de semana han aparecido, de golpe, un gran número de pintadas delictivas en la fachada recayente a la calle Fenollosa y en la calle de la Palma.


Los responsables de estos delitos contra el patrimonio cultural valenciano siguen yéndose de rositas, mientras las administraciones públicas valencianas buscan todas las excusas habidas y por haber para no actuar de forma clara y contundente contra estos delincuentes. Siguen enrocados en campañas light y probadamente fracasadas tales como #RespectaValència; en no asumir responsabilidades y repetir en bucle que no está adscrito a su servicio; en no eliminar (que no pintar encima) las pintadas delictivas de forma inmediata; en decir que el número de delitos se ha reducido (cifras y estadísticas made in Tezanos); o en dejar de perseguir penalmente estos delitos por falta de ganas e interés, maquillado con falta de recursos y/o personal.

Mientras tanto, la retirada y la limpieza de estas pintadas delictivas seguirá pagándose de los impuestos de los contribuyentes y no, directamente, del bolsillo de los delincuentes responsables de las mismas. Unos pintamonas que deberían, además, rendir cuentas delante de un juez.

Podéis ver aquí la noticia y nuestras declaraciones al respecto:


El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

miércoles

El misterioso caso de la barraca de Cotofio o del Tío Tonet: ¿Es BRL o no es BRL?

Buenos días,

el 5 de marzo de 2020, nuestra asociación solicitó a través del Síndic de Greuges la recuperación y correcta catalogación como BRL, dentro del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos de Naturaleza Rural del Ayuntamiento de Valencia, de la barraca de Cotofio o del Tío Tonet, invocando para ello el  Artículo 4, de LA LEY 9/2017, DE 7 DE ABRIL, DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 4/1998, DEL PATRIMONIO CULTURAL VALENCIANO, que modifica la disposición adicional quinta por el siguiente texto:

Tienen la consideración de bienes inmuebles de relevancia local, y con esta denominación deberán ser incluidos en los respectivos catálogos de bienes y espacios protegidos, las siguientes categorías de elementos arquitectónicos:

2. Los pozos o cavas de nieve o neveras, las chimeneas de tipo industrial construidas de ladrillo anteriores a 1940, los hornos de cal, los antiguos molinos de viento y los antiguos molinos de agua, los relojes de sol anteriores al siglo xx, LAS BARRACAS TRADICIONALES PROPIAS DE LAS HUERTAS VALENCIANAS (...) 

Por lo tanto, la propia Ley 9/2017, de 7 de abril, de modificación de la Ley 4/1998, del Patrimonio Cultural Valenciano, RECONOCE Y CONSIDERA AUTOMÁTICAMENTE COMO BRL LA BARRACA DE COTOFIO O DEL TÍO TONET Y DEBERÍA ESTAR INCLUIDA EN EL CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS DEL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA.

Por lo tanto, la barraca de Cotofio o del Tío Tonet debería ser un BRL, según recoge la propia LPCV, pero no lo es porque el Ayuntamiento de Valencia (Servicio de Planeamientos del Área de Desarrollo Urbano y Vivienda) encargó y presentó un informe en el que se nos contestaba que "el inmueble ya está incorporado en el Catálogo de Protección correspondiente, con nivel Ambiental, no con el nivel de BRL por entender que no reúne las condiciones exigidas para ello".


Además, el mismo ayuntamiento que le niega la consideración de BRL, insiste en sus propias notas de prensa que "antes de iniciar las obras de rehabilitación y recuperación definitivas, había que hacer un intervención arqueológica, puesto que el edificio tiene la consideración de Bien de Relevancia Local (BRL), y tal y como exige la Ley 4/98 de Patrimonio Cultural Valenciano, es un paso necesario en este tipo de edificios". 

El 28 de noviembre de 2020 nos dirigimos a la Dirección General de Cultura y Patrimonio de la Generalitat Valenciana solicitando la inclusión inmediata de la Barraca del Tío Tonet como Bien de Relevancia Local  dentro del  Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del municipio, todo ello de conformidad con la Disposición Adicional 5ª de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano, fruto de la modificación efectuada por la Ley 9/2017 del 7 de abril, ante la negativa del Ayuntamiento de Valencia.

La propia Dirección General de Cultura y Patrimonio expone en su escrito que el Ayuntamiento de Valencia, sin embargo ha considerado que el  inmueble ya está incluido en dicho Catálogo con una protección de nivel Ambiental y no como Bien de Relevancia Local por entender que “no reúne las condiciones exigidas para ello”, añadiendo que a la vista de todo lo anterior, se considera conveniente la inclusión de la citada barraca como Bien de Relevancia Local  dentro del  Catálogo y, en caso de no reunir  las condiciones exigidas para ello, deberá aportarse un informe que justifique de forma detallada la falta de valores patrimoniales para su calificación como BRL. 

A raíz de esta última petición, se adjunta un informe, que no tiene desperdicio y que fue realizado única y exclusivamente por un arquitecto (y no por un equipo pluridisciplinar, tal y como exige la LPCV), en el que el consistorio insiste en que su valoración patrimonial ya ha sido objeto de análisis en diversos  documentos de planeamiento: 

1. El “PGOU-88” la protege con  “Nivel de protección 3”.

2. Posteriormente en el “Plan Especial y Homologación del sector de La Torre (IVVSA)” de 2005, que es el planeamiento vigente, promovido y aprobado por la Generalitat Valenciana, se le protege con “Protección Ambiental” (equivalente al nivel 3 del PGOU), indicando que se encuentra en zona de afección viaria.

3. En el 2015 se aprueba el Catálogo Estructural de Bienes y Espacios Protegidos de Valencia y la barraca Cotofio no fue incluida como BRL por entender que no reunía las condiciones necesarias para ello. 

4. En el 2016 se somete a información pública el documento del Plan de acción territorial de ordenación y dinamización de la Huerta de Valencia”, conteniendo en su documentación esta barraca como elemento arquitectónico protegido con “grado 2” (EPA2_18.03) sin ficha. 

5. En aplicación de esta disposición (en ref. a la Disposición Adicional 5ª de la LPCV), no debe entenderse directa la protección como BRL de una construcción únicamente por su forma exterior, sino que se debe estudiar la situación de la construcción en la actualidad, con el fin de ver si aún posee los componentes propios de las barracas originales o si por el contrario ya ha sido transformada. Hay otros ejemplos de ello en Valencia, que tras su estudio, no se han considerado merecedoras de protección estructural. 

6. Teniendo en cuenta el reconocimiento de Miguel del Rey como  especialista en arquitectura rural y siendo el redactor tanto del Catálogo Estructural de Bienes y Espacios Protegidos de Valencia de naturaleza rural, como del Catálogo del PATH actualmente en elaboración, se le consulta específicamente sobre la valoración patrimonial de esta barraca a través de correo electrónico, y se aporta a continuación su contestación de fecha 17 de abril de 2020 al respecto: 
 
“En estos momentos, por razones obvias, no puedo ir a ver esta barraca, que visite varias veces en distintas ocasiones. La cual, a pesar de haber tenido una intervención sustituyendo en intradós de los planos de cubierta y mantener parte de la estructura aérea superior, no reúne las condiciones para ser considerada, desde mi punto de vista, un Bien de Relevancia Local. (OJO, SE REALIZA UN INFORME A DISTANCIA EN BASE A QUE YA SE VISITÓ EN ANTERIORES OCASIONES).

Se  ha actuado según marca la ley, atendiendo y razonando la exclusión de un bien que es necesario atender por la disposición que citas y por estar catalogada con nivel 3 en el PGOU; lo cual no obliga a declararla BRL, más bien a recogerla, analizar e incluirla o no según su estado y valor. Y en este caso entiendo que no reúne las condiciones mínimas, ya que es un mero envoltorio, donde ha desaparecido toda la distribución interna, el plano del "sostre" en el nivel superior, las carpinterías, vanos originales, además de su cubierta vegetal. Su relación con el entorno es más bien dudosa por razones, algunas de ellas, ajenas a la propia barraca. De la misma manera que otros casos, esta barraca no se considera un BRL; pudiera ser quizás, en estos momentos, una arquitectura con un grado de protección ambiental o paisajístico. 

La barraca y su entorno paisajístico, no aporta nada patrimonialmente hablando, tan solo la evocación de un pasado, que quizás pueda conservarse como con un menor grado de protección.  Existen otras barracas mucho más interesantes, capaces de ver en ellas valores arquitectónicos, etnológicos, paisajísticos y tipológicos, y por ello, tal como indica la Transitoria 5ª, se han declarado BRL. Nada de esto aporta la Barraca de Cotofio, que como alguna más en el PATH y en el catálogo municipal, no se han incluido como BRL, ya que sería devaluar el contenido de una importante figura de catalogación. 
 
Y para que conste a los efectos oportunos, doy mi opinión (¿ENTONCES ES UN INFORME PLURIDISCIPLINAR, ACORDE A LA LPCV, O SE TRATA DE UNA MERA OPINIÓN DE UN ARQUITECTO?) en Valencia a 17 de abril de 2020  

Atentamente
Miguel del Rey” 

CONCLUSIÓN

Vistos los antecedentes aquí expuestos, y atendiendo al sólido criterio de Miguel del Rey Aynat, se INFORMA que se considera que la “Barraca Tío Tonet o de Cotofio” no reúne las condiciones exigidas para ser incluida como Bien de Relevancia Local.
 
Por todo ello y para cerrar el expediente, la Dirección General de Cultura y Patrimonio nos respondió que en fecha 24 de noviembre de 2014 se informó favorablemente por esta dirección general el Catálogo Estructural de Bienes y Espacios Protegidos de Valencia en el que no estaba incluida esta barraca como BRL

Además, el Ayuntamiento de Valencia ha dado traslado a esta dirección general de los informes emitidos por el Servicio de Planeamiento, que se trasladan en su integridad, en los que se justifica la falta de valores de esta construcción para su consideración como Bien de Relevancia Local.

Por todo lo anteriormente expuesto, nos planteamos las siguiente preguntas:

1. ¿Cómo es posible pues que el Ayuntamiento de Valencia la considere como BRL si ellos mismos han encargado un informe en el que "atendiendo al sólido criterio de Miguel del Rey Aynat, no reúne las condiciones exigidas para ser incluida como Bien de Relevancia Local". ¿Es o no es BRL?

2. Si no es un BRL, ¿por qué se realiza un intervención arqueológica en base a que el edificio tiene la consideración de Bien de Relevancia Local (BRL) y tal y como exige la Ley 4/98 de Patrimonio Cultural Valenciano, es un paso necesario en este tipo de edificios? ¿Cuánto dinero nos cuesta una intervención que podría no ser obligatoria si no es un BRL?

3. Si el Ayuntamiento de Valencia tenía claro que era un BRL, ¿por qué encarga entonces un informe de forma expresa para que este concluyera que "no reúne las condiciones exigidas para ser incluida como Bien de Relevancia Local"? ¿Cuánto dinero ha costado a los ciudadanos este informe?.

4. Si es un BRL, ¿por que las administraciones públicas consienten la construcción de gran pasarela peatonal para conectar La Torre con València y que pasa a muy pocos metros la techumbre de la barraca de Cotofío o del Tío Tonet? Si es un BRL no se respeta ni el área ni el entorno de protección del bien.

5. Si es un BRL, ¿dónde está la ficha individualizada del bien, dentro del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos de Naturaleza Rural del Ayuntamiento de Valencia?

Muchas preguntas que no tienen una respuesta clara y que arrojan muchísimas dudas sobre si la barraca de Cotofio o del Tío Tonet es BRL o no. Parece que estamos ante la paradoja del gato de Schrödinger, en el que esta barraca, después de un tiempo, está protegida como BRL y no al mismo tiempo.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de l'Associació Cultural l'Horta de Valéncia, Valencia Bonita y Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

martes

Terceras recomendaciones del Síndic de Greuges al Ayuntamiento de Xàtiva y a la Conselleria de Cultura por el estado del Castell y del Solar de la Antigua Ciudad de Xàtiva

Buenas tardes,

el pasado 26 de enero solicitamos al Síndic de Greuges la reapertura del expediente de queja sobre el pésimo y lamentable estado de los BICS DEL CASTELL DE XÀTIVA Y DEL SOLAR DE LA ANTIGUA CIUDAD DE XÀTIVA. Un expediente abierto por primera vez en diciembre de 2014, hace más de seis años y medio, y que contaba hasta la fecha con dos recomendaciones de esta institución.

El Ayuntamiento de Xàtiva, en su respuesta al Síndic, ha sido muy irrespetuoso y desconsiderado con nuestra asociación, que NO VA NI A TOLERAR NI A CONSENTIR que ni este consistorio ni ninguna otra administración pública, que están al servicio de los/as ciudadanos/as, NOS FALTE AL RESPETO DE LA MANERA QUE LO HA HECHO EL SR. ALCALDE, ROGER CERDÀ BOLUDA (O LA PERSONA QUE LE HAYA REDACTADO EL INFORME), CUANDO SE REFIERE A NUESTRA ASOCIACIÓN COMO “QUEJOSOS” O QUE PERCIBEN EN NUESTRAS AFIRMACIONES UN CARÁCTER SESGADO Y TENDENCIOSO, SECTARIO,  PERO,  SOBRE  TODO,  INJUSTO  Y  MENDAZ

Consideramos que el Ayuntamiento de Xàtiva ha traspasado unos límites que son intolerables, afirmando que lo que decimos es mentira. Este consistorio olvida que ya tiene dos recomendaciones por parte del Síndic, aceptadas e incumplidas, por los mismos hechos y que todas nuestras denuncias están perfectamente documentadas y probadas. 

Esta actitud y este comportamiento son completamente inapropiados y están fuera de lugar, más aún cuando el artículo 13 Ley 39/2015 Derechos de los ciudadanos en su relación con las Administraciones Públicas dice lo siguiente:

e) A ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y empleados públicos, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.

Respecto al estado de abandono, deterioro, aparcamiento indebido de vehículos, etc. en la Costa del Castell declarada BIC “Solar de la antigua Ciudad de Xàtiva” (1992), nos hemos reafirmado rotundamente en las pruebas que hemos aportado y que demuestran, de forma contundente, el estado de abandono, deterioro del Solar de la antigua Ciutat de Xàtiva y el aparcamiento indebido de vehículos en el entorno BIC del Castillo de Xàtiva, cuestiones que hemos podido documentar y argumentar de forma clara, precisa y veraz:

a) Nuestra petición de reapertura de expediente se produjo el 26 de enero de 2021, hace cinco meses. Durante todo ese tiempo, su institución se ha visto obligada a solicitarle al Ayuntamiento de Xàtiva, hasta en tres ocasiones, la información requerida, tiempo suficiente para que el consistorio “parcheara” y “maquillara” parcialmente la situación del aparcamiento indebido en la Costa del Castell. Cabe señalar que hasta el 1 de abril de 2021 el consistorio no reguló y controló el acceso y subida al Castell en vehículo privado y lo ha hecho prohibiéndolo solo los domingos y los festivos que se consideren de relevancia. Por lo tanto, de lunes a sábado se puede seguir subiendo y aparcando, de manera indebida, en la Costa el Castell. Si a esto le añadimos que nuestra denuncia se produjo dos meses y una semana antes del “parcheo” del Ayuntamiento de Xàtiva, nuestras afirmaciones son absolutamente imparciales, justas y veraces.

b) El 9 de diciembre de 2020, un mes y medio antes de nuestra denuncia, la situación de  aparcamiento indebido en la Costa del Castell era denunciada por los grupos de la oposición, afirmando en prensa escrita que «Nuestra sugerencia de mejora en la planificación al acceso al Castell ha sido obviada y se ha vuelto a repetir el caos»; «estos días del puente se han podido ver coches aparcados fuera de la calzada, entrando en sendas de este espacio protegido»; o «lo que conocemos como Costa del Castell de Xàtiva tiene varios niveles de protección; desde 1999 es una micro reserva, en 2001 también se la consideró Lugar de Interés Comunitario y hace seis años se convirtió en Zona Especial de Conservación» por lo que ven como inadmisible que se produzca la invasión de estos espacios

c) En cuanto al estado del resto del BIC del “Solar de la antigua Ciudad de Xàtiva”, que incluye murallas y torreones que van desde el Castell hacia el conjunto histórico de la ciudad (declarado en 1982), nos reafirmamos en el estado de abandono, deterioro, restos protegidos desperdigados, ataques vandálicos y delictivos, desprotección de yacimientos arqueológicos, obras de ensanchamiento de sendas de paso y construcción de muretes no acordes con la legislación de protección de patrimonio histórico-artístico, tal y como llevamos denunciando desde finales de 2014. Fotográficamente ha quedado perfectamente documentado y, además, hemos adjuntado las imágenes realizadas el pasado 13 de mayo de 2021, en una inspección que hicimos conjuntamente con una arquitecta y con ciudadanos y personas de la sociedad civil, preocupados por el patrimonio de su ciudad.

3. Respecto al tema de no haber procedido a la retirada de la Antena-Repetidor situada en el monumento histórico del Castillo y cuando el Ayuntamiento de Xàtiva afirma que “LA INSTALACIÓN DE LA ANTENA REFERENCIADA FUE AUTORIZADA MEDIANTE RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA DE 17 DE MAYO DE 2013, PREVIOS LOS TRÁMITES TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS PERTINENTES”, cabe señalar que con la LPCV en la mano, esa resolución es ilegal y podría ser constitutiva de un presunto delito de prevaricación administrativa y otro presunto delito contra el patrimonio histórico y cultural. Y aunque ya lo hemos repetido en incontables ocasiones, volvemos a recordar que el Artículo 38 de la LPCV. Criterios de intervención en Monumentos y Jardines Históricos, de la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano 4/1998 y posteriores modificaciones indica lo siguiente:

e) Queda prohibida la colocación de rótulos y carteles publicitarios, conducciones aparentes y elementos impropios en los espacios etnológicos, jardines históricos y en las fachadas y cubiertas de los monumentos, así como de todos aquellos elementos que menoscaben o impidan su adecuada apreciación o contemplación.

Por lo tanto, una resolución ilegal y contraria a LEY no puede validarse ni justificarse porque “cumple una función esencial para posibilitar la recepción y transmisión de la señal  de  TV a  la  zona  del  diseminado  de  Bixquert”; o porque “resulta de interés vecinal  el  que se proporcione por parte de la Administración los medios para el bienestar entre los que se cuenta la funcionalidad que cumple la antena”. La LEY es muy clara al respecto y la instalación de esta antena fue ILEGAL y por ende, debe ser retirada inmediatamente y sin más dilación. Recordamos que estamos pidiéndolo desde hace seis años y medio.

Respecto a la existencia de antenas, torres eléctricas, repetidores, etc. en la Costa del Castell (y añadimos también dentro del propio Castell, cuestión que el Ayuntamiento de Xàtiva obvia deliberadamente en su respuesta), y cuando el consistorio manifiesta el compromiso de efectuar las labores de inspección y supervisión para localizar los elementos que se mencionan en el  requerimiento, para corregirlos y subsanar las deficiencias que se detecten, previos los trámites necesarios y pertinentes, cabe señalar que esta situación esta denunciada desde hace seis años y medio y cuenta con dos recomendaciones de su institución. Que en todo este tiempo no se haya inspeccionado, localizado y subsanado estos elementos ilegales, pone en evidencia que desde el año 2014 el Ayuntamiento de Xàtiva no ha cumplido con sus funciones y obligaciones legales hacia nuestro patrimonio, ha ignorado las denuncias efectuadas e incumplido ambas recomendaciones.

Respecto al estado general del Castell de Xàtiva, asunto sobre el que no se pronuncia tampoco el ayuntamiento, hemos adjuntado un extenso y detallado reportaje fotográfico en el que se observa de forma clara y contundente una serie de daños, degradación,  elementos impropios (antenas, cuartos con puertas metálicas, aparatos de todo tipo), cableado, muros reconstruidos con ladrillo, etc. que siguen siendo exactamente los mismos, e incluso con más añadidos, que cuando realizamos la denuncia a finales de 2014. La inspección detallada y minuciosa, apoyada por un equipo pluridisciplinar, deja patente que después de seis años y medio, la mayoría de daños, desperfectos, elementos impropios, etc. que denunció nuestra asociación, no han sido ni subsanados, ni reparados, ni retirados.

Igualmente, cabe señalar e indicar el mal estado y la falta de cuidado en la muralla BIC, por parte de la empresa Montsant, cuya propiedad particular se encuentra precisamente dentro del BIC conjunto histórico y solar de la antigua Ciutat de Xàtiva antigua. Una inacción que no ha sido requerida ni subsanada ni por el Ayuntamiento de Xàtiva ni por la Generalitat Valenciana, incluso con ejecución subsidiaria.

Por todo ello, estamos en disposición de afirmar que el Ayuntamiento de Xàtiva lleva años incumpliendo de forma flagrante y demostrable con sus deberes y obligaciones legales respecto al patrimonio cultural de la ciudad de Xàtiva y especialmente en lo que respecta al presente expediente de queja. En todo este tiempo no ha realizado las inspecciones patrimoniales pertinentes sobre las cuestiones denunciadas; no ha atendido de forma correcta y completa, en un tiempo razonable, a los requerimientos y recomendaciones del Síndic de Greuges; y no ha solucionado numerosos problemas que dejan más que patentes los reportajes fotográficos y documentales que aportamos en nuestras quejas. Se han preocupado más por buscar excusas insostenibles y fácilmente desmontables con los argumentos expuestos por nuestra asociación y por faltar al respeto de forma lamentable e intolerable al trabajo veraz, independiente, imparcial y objetivo que venimos desempeñando desde el año 2012.

Por todo ello, el Síndic de Greuges, en sus consideraciones, recuerda que los hechos denunciados en esta queja relativos al estado de conservación del Castillo y del Solar de la Antigua Ciudad de Xàtiva, ambos inmuebles declarados bien de interés cultural, han justificado la emisión de dos recomendaciones por parte de esta institución, emitidas con fechas 3/8/2015 (queja nº 1500024) y 19/01/2017 (queja nº 1603873). 

A pesar de las actuaciones realizadas y proyectadas indicadas en los informes remitidos por la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte y el Ayuntamiento de Xàtiva, las mismas no han sido suficientes para solucionar los problemas planteados por la asociación autora de la queja. 

Esta institución es consciente de que la falta de medios condiciona la protección de nuestros inmuebles más relevantes. En muchas ocasiones, las partidas presupuestarias no son suficientes para adoptar con rapidez las medidas de protección que requieren. No obstante, en el caso que nos ocupa, a pesar del dilatado periodo de tiempo transcurrido desde nuestra primera recomendación emitida el 3/8/2015, todavía no se han adoptado algunas de las medidas de protección necesarias, que, además, no requieren de importantes cantidades de dinero.   

Por lo tanto, el Síndic ha considerado oportuno RECOMENDAR que, de forma conjunta y coordinada, y teniendo en cuenta el dilatado periodo de tiempo transcurrido, se acelere el cumplimiento real y efectivo de nuestras Recomendaciones emitidas con fechas 3/8/2015 y 19/01/2017, estableciendo un calendario de ejecución de los trabajos pendientes para evitar retrasos injustificados o dilaciones indebidas.  

En resumidas cuentas, ha quedado muy claro lo siguiente:

1. A pesar de las actuaciones realizadas y proyectadas (parcheado & postureo), las mismas no han sido suficientes para solucionar los problemas (veraces, reales, documentados y objetivos) planteados por la asociación autora de la queja. 

2. Ha transcurrido demasiado tiempo desde la primera recomendación (agosto de 2015) y siguen sin adoptarse algunas de las medidas de protección necesarias, que, además, no requieren de importantes cantidades de dinero. La excusa del dinero cae por su propio peso.

3. Se debe establecer un calendario de ejecución de los trabajos pendientes para evitar retrasos injustificados o dilaciones indebidas. Justamente lo que se está produciendo ahora.

Esperamos que tanto el Ayuntamiento de Xàtiva como la Conselleria de Cultura tomen buena nota y resuelvan de una vez por todas los numerosos problemas que tienen el Castell y del Solar de la Antigua Ciudad de Xàtiva. Sin más excusas y dilaciones y sin pasarse la patata caliente de unos a otros.

En este punto, cabe recordarle al actual equipo de gobierno lo que decían en 2015, cuando estaban en la oposición: 

" ...los socialistas han registrado una moción para solicitar a la Diputación financiación para obras de urgencia en el castillo de Xàtiva. Además, lamentan que Soro «rehuya su responsabilidad culpabilizando a la Generalitat del abandono del castillo», concluyen desde el PSPV".


Que se apliquen el cuento pues y que el alcalde y sus concejales dejen de rehuir sus responsabilidades culpabilizando a la Generalitat del abandono del castillo.

Un saludo...