jueves

Recomendaciones del Síndic de Greuges por el aparcamiento ilegal y las pintadas en las Atarazanas del Grao (BIC)

Buenos días,

nuestra asociación ya denunció en noviembre de 2019 una serie de pintadas delictivas que permanecían desde hace tiempo en la fachada trasera de las Atarazanas del Grao (BIC), recayente a la calle Salvador Gassul, así como otras nuevas que se iban sumando a las anteriores y que afectaban también a los intradós de las puertas y a las propias puertas del edificio.

De la misma manera, también denunciamos el estacionamiento ilegal de vehículos junto a la fachada posterior y laterales de este bien patrimonial.

Sin embargo, nuestro consistorio optó de nuevo por no responder en tiempo y forma, obligándonos a acudir al Síndic de Greuges, una vez más, por silencio administrativo.  

Cabe apuntar, que el Ayuntamiento de Valencia NO NOS NOTIFICÓ LA CORRECTA RECEPCIÓN DE NUESTRO ESCRITO (CON LA CONSIGUIENTE ASIGNACIÓN DE UN NÚMERO PARA NUESTRO EXPTE.), y en la fase de alegaciones TAMPOCO NOS RESPONDIÓAL CONTENIDO Y A LAS CUESTIONES PLANTEADAS EN EL MISMO, desviando la atención a otras cuestiones sin relevancia. En ningún momento se nos ha informado y notificado electrónicamente y a través del correo electrónico facilitado los números de expedientes asignados a nuestra queja.

En este punto, debemos señalar que es obligación de la administración pública notificar lo anteriormente descrito al ciudadano, por los medios indicados en la Sede Electrónica, y no del ciudadano de estar entrando a la Sede Electrónica/Carpeta Ciudadana/Mis Instancias e ir buscando unos números de exptes. que no le han sido facilitados. En nuestro caso, además, tenemos decenas de exptes. abiertos en la carpeta “Mis Instancias”, cuestión que ya sido suficientemente explicada en otras quejas al Síndic y que han finalizado con diversas recomendaciones del Síndic a favor del autor de las quejas.

Y puesto que el Servicio de Patrimonio Histórico Artístico parece desconocer/ignorar el procedimiento administrativo y la forma correcta de actuar, que si que siguen otros compañeros suyos del propio Ayuntamiento de Valencia, a través de otros servicios y áreas, en la fase de alegaciones adjuntamos algunas imágenes para dejar patente cómo deberían proceder cuando reciben una queja/denuncia.

En las mismas, se aprecia aprecia claramente los pasos seguidos al presentar una queja/denuncia a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valencia; el correo electrónico facilitado a la administración para que envíe las notificaciones directamente allí; y la autorización para que la forma preferente de notificación sea precisamente el correo electrónico.

De la misma manera, pusimos un ejemplo de una notificación del Servicio de Transparència i Govern Obert del Ayuntamiento de Valencia, enviado solo un día después de nuestra petición, en el que se asignaba un nº de Expediente para nuestro conocimiento. Así debería ser con todas las denuncias/quejas presentadas antes las administraciones públicas, independientemente del área o servicio. No actuar así es incumplir el procedimiento administrativo.

También adjuntamos un ejemplo de notificación de las administraciones públicas que llega a la bandeja de entrada del correo electrónico facilitado, con el nº de Expte. correspondiente y un enlace para acceder directamente a la notificación, sin la necesidad de que el ciudadano ande buscando en “Mis notificaciones”, “Mis Exptes.”, etc. a ciegas porque no se le ha facilitado el nº de Expte. asignado.

Independientemente de las particulares “consideraciones jurídicas” (no es preciso ni tan solo invocar la ley y/o los artículos exactos para que el Ayuntamiento de Valencia cumpla con sus deberes y obligaciones legales), con las que no terminamos de entender qué quiere justificar exactamente el Servicio de Patrimonio Histórico Artístico, más allá de marear la perdiz y a la que dedica innecesariamente dos páginas. El Ayuntamiento de Valencia (nos da igual el servicio, área, si es la Policía Local, Movilidad, Urbanismo o Patrimonio) debería aclararse internamente y definir sus competencias procurando no marear a los ciudadanos por un evidente y deficiente funcionamiento interno en el que se pierde más tiempo pasándose la pelota de unos a otros que resolviendo eficazmente los problemas del patrimonio cultural. Por ende, el Ayuntamiento de Valencia  debería centrarse en responder y confirmarnos sí ha tomado o está tomando las medidas necesarias y precias para cumplir y hacer cumplir el Artículo 38. Criterios de intervención en Monumentos, Jardines Históricos y Espacios Etnológico de la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano 4/1998 y posteriores modificaciones, PARA EVITAR QUE EVITAR QUE LOS VEHÍCULOS APARQUEN Y ESTACIONEN PEGADOS A LA FACHADA DE ESTE BIC Y LOGRAR QUE SE RESPETE AL MÁXIMO EL ÁREA DE PROTECCIÓN LIBRE DE OCUPACIÓN DE LAS DIFERENTES FACHADAS DE LAS ATARAZANAS, ESPECIALMENTE LA RECAYENTE A LA CALLE SALVADOR GASULL. EN TODO EL EXPEDIENTE NO HA ESPECIFICADO DETALLADAMENTE CUÁLES SON LAS MEDIDAS CONCRETAS QUE SE VAN A TOMAR AL RESPECTO.

Ya hemos indicado en otras ocasiones que los BICs tienen una área de protección libres de ocupación, como es el caso de las Atarazanas del Grao de Valencia, y que no puede haber nada en las mismas. En este caso, a diario, aparcan vehículos en la fachada posterior y laterales de forma habitual. Algunos de estos vehículos son, además, usuarios reincidentes.

Consideramos pues que no es suficiente con estar avisando a la Policía Local a todas horas y todos los días. Nuestro consistorio debería colocar bolardos (o las barreras que estime convenientes y adecuadas) para impedir que estos vehículos aparquen allí, sin que ello impida el acceso de los vehículos de emergencia (bomberos, ambulancias, etc.) y facilite su rápido y fácil acceso en caso de necesidad.

Por todo ello, el Síndic se ha visto de nuevo en la obligación de recordarle al Ayuntamiento de Valencia su deber legal de contestarnos, en tiempo y forma, a los escritos que presentamos, evitando aplicar sistemáticamente el silencio administrativo y acusando recibo de los mismos en el plazo máximo de 10 días. 

Igualmente, ha recomendado que se adopten, de forma coordinada entre los distintos servicios públicos municipales, todas las medidas que sean necesarias para eliminar correctamente las pintadas efectuadas sobre el referido bien de interés cultural (también en el intradós de las puertas traseras y las propias puertas, recayentes a la calle Salvador Gasull) y evitar de forma efectiva el estacionamiento indebido de vehículos junto a la fachada posterior y laterales del mismo.

Un saludo...

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

martes

Persiste el abandono y la degradación de los puentes históricos y de los pretiles del río Turia

Buenos días,

Desde nuestra asociación, queremos recordarle al Ayuntamiento de Valencia que, a pesar de las múltiples recomendaciones emitidas por el Síndic de Greuges, continúa habiendo serios problemas patrimoniales en los puentes históricos y en los pretiles del antiguo cauce del río Turia, debido a una falta regular de mantenimiento, cuestión que favorece el crecimiento desmesurado y descontrolado de microorganismos, musgo y arbustos que dañan la piedra debido a su acción química (descomposición y oxidación) y mecánica (por el crecimiento de las raíces).

Llevamos denunciando estos hechos desde septiembre del 2013, hace siete años, sin que las diferentes concejalías, áreas o servicios de nuestro consistorio, con competencias en la materia, hayan solucionado definitivamente el problema. 

Lamentablemente, las administraciones públicas solo actúan cuando se produce una denuncia en las redes sociales y en la prensa, pues existe en toda la ciudad una preocupante y crónica ausencia de inspecciones periódicas que detecten estos problemas para solucionarlos lo antes posible.

https://www.lasprovincias.es/valencia-ciudad/puentes-olvidados-20200920235738-nt.html

El Ayuntamiento de Valencia debería poner todos los medios a su alcance para cuidar y mantener en perfectas condiciones nuestro patrimonio cultural. La imagen que se proyecta de la ciudad con esta falta de cuidado y mantenimiento regular resulta negativa, además de dañina para este patrimonio. Solo hace falta darse un paseo por el cauce del río Turia para comprobar in situ el mal estado en el que se encuentran los puentes históricos y los pretiles, bienes de relevancia local.

Un saludo...

Pretil del río Turia entre los puentes de las Flores y de la Exposición
Pretil en el tramo entre los puentes del Real de la Trinidad
Puente de la Trinidad
Puente de San José
Puente de Serranos
Puente del Real
Pretil tramo puente de San José con La Pechina

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

lunes

Pintadas en los palacios de la calle Caballeros de Valencia

Hola,

así se encuentran algunos de los palacios que hay en la calle Caballeros en Valencia. Llenos de pintadas y grafitis que ni tan solo se limpian, alimentando la Teoría de las Ventanas Rotas.

Estos delincuentes se han convertido en una plaga que sigue extendiéndose por nuestra ciudad sin que el Ayuntamiento de Valencia y la Generalitat Valencia tomen medidas legales y efectivas para prevenir, perseguir, identificar, sancionar y llevar delante de un juez a los autores de estos delitos contra el patrimonio cultural. Sin las cámaras de vídeo vigilancia y la presencia policial en las calles resulta una misión imposible hacer frente a estos pintamonas.

Hace falta más educación y concienciación patrimonial, estamos de acuerdo. Pero también y de forma urgente se necesita aplicar con contundencia el Código Penal, concretamente el artículo 323. Esto solo se frena tocando el bolsillo a los responsables de estos actos deleznables y sentándolos delante de un juez.

Así pues, menos campañas estériles tipo #RespectaValència y más contundencia y medios para hacer frente a esta lacra de la sociedad.

Un saludo...

Palacio de los Condes de Oliva
Palacio de los Mercader
Palacio de los Condes de Alpuente
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martes

Recomendaciones del Síndic de Greuges al Ayuntamiento de Valencia por las pintadas en el refugio antiaéreo de la calle Alta-Ripalda (BRL)

Buenas tardes,

el Síndic de Greuges ha emitido las correspondientes recomendaciones, dirigidas al Ayuntamiento de Valencia, por nuestro expediente de queja referido a las pintadas en el refugio antiaéreo situado en la calle Alta-Ripalda (BRL).

Además, en la respuesta argumentada por el Síndic, nuestro consistorio recibe un más que merecido tirón de orejas dirigido principalmente al Servicio de Patrimonio Histórico y Artístico y al Servicio de Patrimonio Municipal, ya que considera la actitud descrita de la administración puede no haber sido lo suficientemente respetuosa con los derechos de la persona afectada. 

Algunos de las respuestas y los argumentos que nos han dado para intentar justificar tanto el silencio administrativo, como el hecho de no responder en tiempo y forma o para marear y hacer pasar por peregrinación nuestra denuncia por diferentes áreas y servicios para no hacerse responsables de la misma, son estas:

El Servicio de Patrimonio Histórico y Artístico NO tiene asignado el inmueble al que se refiere la Queja, por lo que no le corresponde ni su mantenimiento ni su restauración. De hecho, “realizadas las averiguaciones oportunas se ha comprobado que la última intervención realizada en el refugio de la calle Alta- Ripalda, criticada en la queja, no se ha realizado por este Servicio. También se ha consultado a los demás Servicios que tienen oficinas de obras, sin que por el momento, ninguno se haya atribuido la autoría”. 

A este respecto, queremos hacer un apunte a este servicio: "criticada en la queja", NO, DENUNCIADA por ser una intervención inapropiada, chapucera y patatera en un bien protegido, más propia de Manolo y Benito que de un equipo profesional de restauradoresAdemás, al final va a resultar que nadie ha sido el autor de repintar cutremente los muros o que son tan incompetentes que han sido incapaces de ver qué servicio ha actuado sobre un bien patrimonial, de titularidad municipal.

No obstante en puntuales ocasiones, ante la inactividad de otros servicios municipales, el de Patrimonio Histórico y Artístico ha realizado actuaciones en elementos adscritos a otros servicios, por tratarse de elementos de un especial valor que estaban siendo desatendidos. Recadito y patadita a los compañeros de otros servicios municipales que "por su inactividad" los obligan a intervenir.

En este sentido, disponiendo este Servicio de un contrato menor de limpieza de monumentos, y en atención a lo solicitado en el expediente número 02001-2020-59, se va a proceder - con carácter excepcional - a encargar al adjudicatario que limpie las pintadas y que adecente este inmueble, pero al mismo tiempo se va a comunicar al Servicio de Patrimonio Municipal que como responsable del patrimonio municipal proceda a inventariarlo y realice inspección al mismo por si requiriese alguna intervención que superase los límites marcados por el objeto de nuestro contrato de limpieza de monumentos.' Así pues, el Servicio de Patrimonio Histórico y Artístico le dice al Síndic de Greuges que, aunque va a actuar con "carácter excepcional", el Servicio de Patrimonio Municipal es el responsable de este patrimonio municipal y debe inventariarlo y hacer una inspección. Un nuevo recadito a los compañeros de los otros servicios municipales.

Por su parte, el Servicio de Patrimonio Municipal, responde lo siguiente: 

Consta también en PIAE que, tras una diligencia de resolución de controversia por la Secretaría General de la Administración Municipal, la referida instancia fue remitida al Servicio de Patrimonio Histórico y Artístico, que inició, el 14/01/2020, el expediente E 02001 2020 000059, que se encuentra pendiente a la fecha de este informe. Motivo por el cual, no es de este Servicio de Patrimonio, sino del de Patrimonio Histórico y Artístico del que cabe esperar la respuesta cuya falta motiva la queja del interesado. Le devuelve la pelota al Servicio de Patrimonio Histórico y Artístico.

Que, pese a lo que indica el informe de 30/04/2020 del Servicio de Patrimonio Histórico y Artístico, el Servicio de Patrimonio no tiene competencias de gestión, al menos referidas al mantenimiento (sí de gestión jurídica) respecto de los inmuebles municipales no adscritos a ningún uso o Servicio municipal específico. Así, las tareas de mantenimiento se llevan a cabo habitualmente por otros Servicios municipales en atención a la naturaleza, calificación o destino de los bienes sin necesidad de una adscripción expresa (como sucede, por ejemplo, con los jardines, vías públicas, instalaciones educativas o deportivas, colegios, etc.). O también se llevan a cabo en función de los recursos de los que disponen los Servicios (como sucede, por ejemplo, con el de Arquitectura y Servicios Centrales Técnicos, que realiza mediante su contrato de mantenimiento el de bastantes bienes patrimoniales no adscritos). 

Sin perjuicio de que, como sucede con el Servicio de Patrimonio Histórico y Artístico, al Servicio de Patrimonio le hayan encomendado sus concejales y concejalas la realización de actuaciones puntuales de mantenimiento de inmuebles patrimoniales no adscritos a ninguna delegación.

Se adjunta a este informe la Ficha del Libro de Inventario del inmueble objeto de la queja, que se encuentra inventariado al código 1.S1.01.402 desde el 06/10/2006, en virtud de la reparcelación de la unidad número 4 del PEPRI del Bº de El Carmen (si bien previamente a la misma fue también de propiedad municipal de posesión inmemorial).'

Ante este burdo intento de mareo y de auténtica tomadura de pelo a los ciudadanos, que tienen que ver cómo algunos servicios y áreas del Ayuntamiento de Valencia se pasan la pelota entre ellas, sacando a relucir sus más que evidentes diferencias (profesionales y personales), el Síndic de Greuges se ha visto obligado a realizar una serie consideraciones contundentes y que no dejan lugar a dudas:

El artículo 21.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas –anterior artículo 42.1 de la Ley 30/1992-, establece que:

“la Administración está obligada a dictar resolución expresa y a notificarla en todos los procedimientos cualquiera que sea su forma de iniciación”.

"En este sentido, el autor de la queja presentó su escrito con fecha 22/10/2019 y los distintos departamentos municipales no se pusieron de acuerdo para contestar de forma motivada a dicho escrito y lograr la limpieza de las pintadas en el refugio antiaéreo de la calle Alta-Ripalda". 

"Esta institución tiene dicho que la rápida coordinación y la colaboración legal y mutua entre los distintos servicios o departamentos municipales es vital para lograr la rápida solución de los problemas denunciados por los vecinos". 

Por ello, no es de recibo que las solicitudes o escritos presentados por los ciudadanos vayan peregrinando de un departamento a otro sin contestarlos ni dar ninguna solución real a las cuestiones planteadas en los mismos. Ello supone una clara vulneración del derecho a una buena administración, reconocido en el artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. 

Este último párrafo es manifiestamente preciso y esclarecedor sobre lo que está pasando y pasa desde hace años en las diferentes administraciones públicas valencianas (concejalías, áreas, servicios, consellerias, direcciones generales, etc.), respecto a las denuncias que presentamos. Pasan de servicio en servicio, rebotando de unos a otros, sin que estas sean atendidas y solucionadas, vulnerando de forma vergonzosa el derecho a una buena administración que los ciudadanos tenemos derecho a tener.

Finalmente y por todo lo anteriormente expuesto, el Síndic de Greuges formula las siguientes recomendaciones:

1. RECOMENDAMOS que los distintos servicios municipales trabajen de forma coordinada para adoptar con rapidez todas las medidas necesarias con el fin de lograr la limpieza de las pintadas realizadas en el refugio antiaéreo de la calle Alta-Ripalda.

2. RECORDAMOS EL DEBER LEGAL de contestar, en tiempo y forma, y con carácter general, a los escritos presentados por el autor de la queja, dictando la correspondiente resolución motivada.  

Volvemos a insistir que nuestra asociación no se va a hacer responsable del pésimo y deficiente funcionamiento organizativo a nivel interno del propio Ayuntamiento de Valencia, que es incapaz de dirimir de quién es la responsabilidad de limpiar las pintadas de un refugio de titularidad municipal, catalogado como BRL, ni de dar traslado correcto de nuestra queja cuando la presentamos por RGE a las concejalías, áreas y servicios municipales con competencias en la materia, haciendo que nuestra queja de vueltas en círculo y acabe siendo desestimada y rechazada por unos y otros o siendo contestada parcialmente, dejando puntos sin responder en el tintero.

No vamos a tolerar este modus operandi que el Ayuntamiento de Valencia y sus diferentes servicios, áreas, etc. ha establecido, de manera crónica y persistente, para boicotear e impedir la plena participación ciudadana en los asuntos públicos, tal y como recoge el artículo 23 de la Constitución Española:  1. Los ciudadanos tiene el derecho a participar en los asuntos públicos, DIRECTAMENTE o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.

Nuestro ayuntamiento lleva años siguiendo un mismo patrón, fácilmente trazable e identificable a partir de los más de 200 expedientes abiertos con el Síndic de Greuges, amén de sus correspondientes recomendaciones aceptadas pero incumplidas. O nuestro consistorio rectifica su actitud y corrige el rumbo o tomaremos las medidas legales oportunas contra los responsables técnicos y políticos de estas áreas y servicios.

Un saludo...

viernes

No se #RespectaValència

NO SE #RESPECTAVALÈNCIA

No, los delincuentes no respetan ni Valencia, ni su patrimonio, ni sus monumentos. No respetan nada, ni lo van a respetar solo con buenas palabras y con la permisividad de la que están haciendo gala las administraciones públicas valencianas.

El pasado mes de enero el Ayuntamiento de Valencia, a través de la Concejalía de Patrimonio y Recursos Culturales, presentó la campaña #RespectaValència para concienciar a la ciudadanía contra el “vandalismo” en los monumentos. Una campaña estéril, ineficaz y encaminada a cubrir meramente el expediente, a tenor de los delitos contra el patrimonio que se siguen produciendo en la ciudad, semana tras semana.

Desde nuestra asociación creemos que nuestro consistorio parece más preocupado en forzar y retorcer el significado de la palabra vandalismo, para poderlo aplicar así a los ataques al patrimonio, en lugar de usar una palabra a la que parecen tenerle alergia y que es la que realmente le corresponde, DELITOS, tal y como aparece tipificado en el Código Penal, Capítulo II: De los delitos sobre el patrimonio histórico, artículo 323:

1. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años o multa de doce a veinticuatro meses el que cause daños en bienes de valor histórico, artístico, científico, cultural o monumental, o en yacimientos arqueológicos, terrestres o subacuáticos. Con la misma pena se castigarán los actos de expolio en estos últimos.

2. Si se hubieran causado daños de especial gravedad o que hubieran afectado a bienes cuyo valor histórico, artístico, científico, cultural o monumental fuera especialmente relevante, podrá imponerse la pena superior en grado a la señalada en el apartado anterior.

3. En todos estos casos, los jueces o tribunales podrán ordenar, a cargo del autor del daño, la adopción de medidas encaminadas a restaurar, en lo posible, el bien dañado.

Tenemos la extraña sensación que con este uso reiterado del término vandalismo se pretende minimizar la gravedad del asunto, desviando el tema al ámbito de la sanción meramente administrativa, en lugar de a la vía penal, que es donde debería acudirse.

Las excusas y los pretextos para no usar la vía penal son diversos y en ocasiones hasta ridículos. Desde la falta (crónica) de personal y de medios, pasando por los trámites, permisos e impedimentos burocráticos que imposibilitan el correcto funcionamiento de las instituciones y la instalación de sistemas de vídeo vigilancia (sin los cuales es casi imposible pillar a los delincuentes), hasta el esgrimir carecer de competencias para denunciarlo donde toca y pasarle el marrón a otra concejalía, área o servicio. En definitiva, esgrimir cualquier argumento que se tenga a mano para no cumplir con los deberes y obligaciones legales in vigilando que tienen las administraciones públicas valencianas.

Sin embargo, observamos que en otras ciudades sí se están llevando a cabo con éxito medidas mucho más efectivas y contundentes que las que se están tomando aquí. En Valencia parecen conformarse con una campaña absurda y costosa que no va a ninguna parte, mientras en Calatayud, Málaga, Murcia, Alicante, Elche, Granada, Gran Canaria, etc. cuentan con brigadas antigrafitis y con agentes de la policía investigando e identificando a los responsables de las pintadas, se hacen análisis periciales caligráficos, etc.

Además, otras ciudades ya tienen en marcha los sistemas de vídeo vigilancia conectados con la central de policía y aquí, casi tres años después, siguen sin instalarse por problemas con la ley de protección de datos y otras trabas que parecen insalvables y que están retrasando más de lo debido la colocación y puesta en funcionamiento de estas cámaras.

Igualmente, las pocas denuncias que se tramitan se hacen a través de la Policía Local y hasta la fecha no tenemos conocimiento de que hayan conducido a la identificación de los responsables de estos delitos. Sin los medios adecuados es imposible combatir esta lacra como toca, e insistimos, la campaña #RespectaValéncia NO SIRVE. 

Nos llama también la atención de que no se ocupen de estos delitos otros cuerpos y fuerzas de seguridad del estado, cuando en otras ciudades sí se está haciendo ¿Por qué no acuden entonces las administraciones públicas a la Policía Nacional y al Grupo Protección de Patrimonio de la Policía Autonómica para denunciar estos hechos para que sean puestos en conocimiento de un juez?

Mientras se sigan haciendo así de mal las cosas, los delincuentes van a seguir campando a sus anchas, pintarrajeando nuestro patrimonio y nuestros monumentos, ensuciándolo todo y teniendo que pagar, del bolsillo de los contribuyentes, los destrozos y daños causados por unos responsables que, en lugar de ser llevados ante un juez, se van de rositas.

Insistimos en que solo con la concienciación y con campañas como #RespectaValència no es suficiente para atajar este grave problema. Se debe aplicar el Código Penal en vena, imponer duras sanciones, más el pago de la limpieza, rehabilitación y daños causados a costa de los responsables. Basta de buenismo y de permisividad. Basta de ponerse de perfil y de no dar la cara. Contundencia contra unos delincuentes que deberían rendir cuentas ante la justicia.

César Guardeño Gil
Presidente Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural



lunes

Recomendaciones del Síndic de Greuges por los daños en la cubierta de la iglesia de Santa Catalina Mártir de Valencia (BIC)

Buenas tardes,

el Síndic de Greuges vuelve a emitir unas recomendaciones dirigidas a la Conselleria de Cultura (Dirección General de Cultura y Patrimonio) por los GRAVES DAÑOS EN LA CUBIERTA de la iglesia de Santa Catalina Mártir (BIC) de Valencia, y que conocimos a través del diario Las Provincias: https://www.lasprovincias.es/valencia-ciudad/situacion-critica-santa-20200124010822-ntvo.html 

Un nuevo palo, pues el Síndic, además de considerar que la actuación descrita de la administración puede no haber sido lo suficientemente respetuosa con los derechos de la persona afectada, RECOMIENDA que, en caso de no haberse realizado, los técnicos de la Conselleria efectúen una inspección, emitan un informe sobre los trabajos de reparación que habría que realizar y su valoración, y se requiera la ejecución de los mismos en un plazo determinado a la propiedad del inmueble, con apercibimiento de acordar la ejecución subsidiaria a costa del obligado, si se incumple la orden de ejecución.  

Estas recomendaciones llegan tras nuestras alegaciones al paupérrimo informe de poco más de cinco líneas, en los que la Conselleria de Cultura vuelve a ser imprecisa, no atendiendo correctamente las diversas cuestiones que planteamos en nuestra denuncia: 

"En relación con la queja de referencia, este centro directivo informa que se tiene conocimiento de la situación y se han mantenido reuniones con el  propietario del  bien. En ellas se ha aprovechado la ocasión para poner  en su conocimiento las ayudas convocadas anualmente por  la conselleria con competencias en materia de cultura y patrimonio, pues permitirían sufragar, sino todos, parte de los gastos que resulten procedentes para las reparaciones y subsanaciones de los desperfectos existentes en las cubiertas y capillas de la Iglesia". 

Tras este "informe", nos vimos en la obligación y el deber de recordar a la Dirección General de Cultura y Patrimonio que TANTO EL TITULAR DEL BIEN COMO LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS VALENCIANAS TIENEN UNA SERIE DE OBLIGACIONES Y DEBERES LEGALES E INEXCUSABLES CON EL PATRIMONIO CULTURAL VALENCIANO, QUE NO PUEDEN DEPENDER ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE DE LAS AYUDAS CONVOCADAS ANUALMENTE POR PARTE DE LA CONSELLERIA CON COMPETENCIAS EN MATERIA DE CULTURA Y PATRIMONIO. Condicionar la rehabilitación y subsanación de los daños que presenta este BIC únicamente a las ayudas y subvenciones ES UNA FORMA TORPE Y SIMPLE DE ELUDIR DE FORMA DELIBERADA, ENTRE OTRAS, LAS FUNCIONES INSPECTORAS DE LA CONSELLERIA QUE DEBERÍAN HABER DETECTADO EL PROBLEMA HACE TIEMPO, EL DEBER IN VIGILANDO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS PARA ASEGURAR LA INTREGIDAD DE LOS BIENES, EL DEL MANTENIMIENTO REGULAR POR PARTE DEL PROPIETARIO, ETC. 

La Conselleria de Cultura, además, solo informó de que “se tiene conocimiento de la situación”. Respuesta totalmente imprecisa y genérica que ni arroja luz al asunto ni aclara el alcance y la gravedad de los daños. Cultura no especifica si los técnicos de patrimonio han realizado o no una inspección y si han valorado o no los daños en el BIC, tal y como solicitábamos en nuestra denuncia. En definitiva, si han realizado o no un informe pormenorizado de la situación de la Iglesia de Santa Catalina Mártir (BIC):

a) Que los Servicios Técnicos correspondientes a la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte procedan a REALIZAR LAS INSPECCIONES OPORTUNAS Y NECESARIAS PARA EVALUAR EL ALCANCE DE LOS DAÑOS, DESPERFECTOS E IRREGULARIDADES que presenta la iglesia de Santa Catalina Mártir (BIC).

De la misma manera, la Conselleria de Cultura solo informó de que “se han mantenido reuniones con el  propietario del  bien”, pero más allá de recordarle las AYUDAS CONVOCADAS ANUALMENTE POR PARTE DE LA CONSELLERIA CON COMPETENCIAS EN MATERIA DE CULTURA Y PATRIMONIO, no tenemos constancia de que Cultura haya instado al legítimo propietario y titular de la iglesia de Santa Catalina Mártir (BIC) a realizar las actuaciones oportunas y necesarias para evitar más daños, un mayor deterioro y degradación de este bien protegido por la ley, consolidando, restaurando y rehabilitando con carácter de urgencia aquellas partes del mismo deterioradas y que presenten daños, INDEPENDIENTEMENTE DE LA SOLICITUD DE AYUDAS, SU CONCESIÓN O NO, ETC. Y EN CASO DE NO REALIZARLAS Y ANTE EL PELIGRO DE MÁS DAÑOS EN EL BIC, LA CONSELLERIA DE CULTURA TIENE LA POTESTAD PARA EJECUTARLAS DE MANERA SUBSIDIARIA, RECLAMANDO A POSTERIORI EL COSTE ÍNTEGRO AL LEGÍTIMO PROPIETARIO.

Por todo ello, insistimos en que el Síndic de Greuges instara a la CONSELLERIA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE a iniciar INMEDIATAMENTE Y SIN MÁS DILACIÓN los trámites necesarios para que EL LEGÍTIMO PROPIETARIO EJECUTE, INMEDIATAMENTE Y SIN MÁS DILACIÓN LAS OBRAS DE REPARACIÓN, REHABILITACIÓN, CONSERVACIÓN, CONSOLIDACIÓN Y SUBSANACIÓN DE DESPERFECTOS EN LAS CUBIERTAS Y CAPILLAS DE LA IGLESIA DE SANTA CATALINA MÁRTIR (BIC), independientemente de las ayudas o subvenciones.

Y en el caso de que el legítimo propietario no ejecute las obras requeridas en un plazo razonable, que el Síndic de Greuges instara a la CONSELLERIA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE a ACTIVAR LOS MECANISMOS LEGALES PRECISOS Y NECESARIOS PARA PROCEDER A LA EJECUCIÓN SUBSIDIARIA, ANTE EL PELIGRO DE MÁS DAÑOS EN EL BIC, RECLAMANDO A POSTERIORI EL COSTE ÍNTEGRO AL LEGÍTIMO PROPIETARIO DEL BIEN.

Esperamos que la Conselleria de Cultura cumpla con las recomendaciones y tome inmediatamente las medidas necesarias para evitar más daños y desperfectos en este BIC. Basta de excusas y dilaciones por parte de unas administraciones públicas valencianas que deben velar por la integridad  de los bienes patrimoniales, independientemente de que estos sean públicos o privados. 

Un saludo...

miércoles

Recomendaciones del Síndic de Greuges a la Conselleria de Cultura por el estado de los Baños del Almirante (BIC)

Buenas tardes,

el pasado sábado 6 de junio, nuestra asociación visitó los Baños del Almirante de Valencia, pudiendo comprobar que existen numerosos daños, humedades y desperfectos en este BIC y que han aumentado considerablemente en los últimos meses y lo han hecho, además, de manera muy preocupante, habiendo agujeros y desprendimientos de tamaño considerable en los muros interiores.

Además, varias estancias y zonas que hasta hace dos o tres años eran visitables (audiovisual situado en la zona superior de la leñera, sala de la caldera y escaleras de acceso a la cubierta para ver la parte superior de las cúpulas de los baños), PERMANECEN CERRADAS, POSIBLEMENTE, PORQUE HAY DAÑOS O UN DETERIORO GRAVE Y SU CIERRE A LOS VISITANTES SE DEBA A UN INTENTO DE OCULTAR ESTOS GRAVES PROBLEMAS A LA CIUDADANÍA.

Ante la desconfianza absoluta que nos produce la Conselleria de Cultura, nos dirigimos directamente al Síndic de Greuges para buscar una solución urgente e inmediata para evitar que los daños en este BIC vayan a más y para que se proceda a su rehabilitación inmediata. Esta desconfianza total hacia la Conselleria de Cultura está plenamente justificada ante el silencio administrativo crónico que nos aplica una y otra vez, a pesar de las numerosas recomendaciones en ese sentido por parte de su institución, en todas y cada una de las denuncias que tramitamos con esa administración pública. No podemos esperar tres o cuatro meses para obtener una respuesta, cuando sabemos que no la va a haber.

La Conselleria de Cultura, de forma irrespetuosa e inapropiada, alegó que "la presunción o presunciones que se expresan a lo largo del escrito no están basadas en hechos objetivos, sino en juicios de valor, por lo que esta conselleria se va a abstener de hacer comentario alguno", en referencia a nuestra teoría de que HUBIERA DAÑOS O UN DETERIORO GRAVE Y SU CIERRE A LOS VISITANTES SE DEBIERA A UN INTENTO DE OCULTAR ESTOS GRAVES PROBLEMAS A LA CIUDADANÍA. Tras las fotos obtenidas el pasado 14 de agosto, tras solicitar acceso a la zona cerrada al público, ha quedado PLENAMENTE probado que la zona está muy deteriorada y dañada (cubiertas abovedadas), con presencia de humedades, desprendimientos de material, etc. en la zona de la leñera, además de haberse convertido la zona en un "almacén" improvisado.

Sobre este punto, la Conselleria de Cultura se empeña en justificar que “La leñera, la sala de la caldera y las escaleras de acceso a la  cubierta permanecen cerradas al público en general  en la medida en que no se puede garantizar la accesibilidad universal ni la seguridad de las personas visitantes”, obviando que desde el año 2005, cuando abrieron al público los Baños del Almirante, hasta hace apenas 2-3 años ese espacio estaba permanentemente abierto y se cumplía perfectamente con la accesibilidad universal y la seguridad, a excepción de la escalera que baja a la leñera. Por lo tanto no han cambiado las condiciones ni existe justificación alguna para alegar, ahora, unos problemas que no había en origen y que no impiden subir y usar las escaleras de acceso a la cubierta. 

Evidentemente, el motivo era otro. Y se ha querido ocultar al público el deterioro evidente y comprobable de las cúpulas de las salas fría, templada y caliente del recinto, cosa que además ha quedado patente con la presencia de las humedades y filtraciones que podían verse perfectamente en las fotografías que adjuntamos en nuestra primera denuncia y que ahora ampliamos con el reportaje del pasado día 14 de agosto.

La Conselleria de Cultura ha pretendido, además, desviar torpemente la atención del problema con la excusa de que “los Baños del Almirante forman parte del complejo edilicio del Palau dels Almiralls d'Aragó”, que están siendo objeto de una completa y compleja rehabilitación, etc. Sin embargo, los daños que denunciamos nosotros están en los Baños del Almirante y no en el Palacio de los Almirantes de Aragón e independientemente que este último esté en proceso de rehabilitación, los desperfectos a subsanar son los del BIC objeto de nuestra queja. Si la Conselleria de Cultura contara con suficientes inspectores de patrimonio y cumpliera con sus obligaciones legales de inspección patrimonial e in vigilando, no sería necesaria ni nuestra denuncia ni que otra Conselleria informara sobre la existencia de los mismos. Las imágenes aportadas a nuestra denuncia son más que evidentes y prueba fehaciente del deterioro del BIC.

La Conselleria de Cultura, de nuevo, pretende desviar la atención alegando que “la consellería titular está llevando a cabo un ambicioso proyecto de rehabilitación integral que permitirá mejorar la accesibilidad y visitabilidad de los Baños”, cuestiones que no son objeto de nuestra denuncia. Nuestra denuncia era clara y concisa, indicando que EXISTEN NUMEROSOS DAÑOS, HUMEDADES Y DESPERFECTOS EN ESTE BIC Y QUE HAN AUMENTADO CONSIDERABLEMENTE EN LOS ÚLTIMOS MESES Y LO HAN HECHO DE MANERA MUY PREOCUPANTE, HABIENDO AGUJEROS Y DESPRENDIMIENTOS DE TAMAÑO CONSIDERABLE EN LOS MUROS INTERIORES, APORTANDO PARA ELLO NUMEROSAS PRUEBA FOTOGRÁFICAS.

Por todo ello, el Síndic de Greuges, vuelve a ser contundente en las recomendaciones, considerando algunas cuestiones como que: Pudiendo no ser la actuación descrita de la administración lo suficientemente respetuosa con los derechos de la persona afectada, le solicito que considere los argumentos que le expongo a continuación, como fundamento de las consideraciones con las que concluimos (por el tono y las formas en respuestas del tipo: "la presunción o presunciones que se expresan a lo largo del escrito no están basadas en hechos objetivos, sino en juicios de valor, por lo que esta conselleria se va a abstener de hacer comentario alguno"). Y RECOMENDANDO, además, que se adopten todas las medidas que sean necesarias para impulsar la reparación y rehabilitación de los Baños del Almirante de Valencia (BIC) y garantizar la apertura al público y el normal acceso de los visitantes a la Sala de la Caldera.  

Las excusas y alegaciones de la Conselleria de Cultura han sido desmontadas una a una, poniendo en evidencia la incapacidad de esta administración pública para hacer frente a los numerosos problemas del patrimonio cultural valenciano, que se empeña en usar las mismas excusas y los mismos argumentos absurdos que ya usaron sus predecesores en el cargo.

Por último, añadir que los Baños del Almirante permanecerán cerrados desde el día 15 de agosto, incluido, hasta finales de mes por falta de personal. La Conselleria de Cultura tiene solo a una persona para ocuparse de este BIC y si la misma cae enferma o coge sus vacaciones, no pone a ninguna persona para relevarla.

Un saludo...

Fotos: Generalitat Valenciana/Círculo por la Defensa del Patrimonio

jueves

Recomendaciones del Síndic de Greuges por el abandono de la Estación del Grao (BRL)

Buenas tardes,

a raíz de nuestra denuncia sobre el estado de la Estación del Grao, a finales del año 2013, ADIF procedió a ejecutar unas obras de acondicionamiento en las que se pintaron las fachadas exteriores, se repararon aquellas tuberías y desagües rotos, se tapiaron completamente las ventanas y se retiraron los carteles de publicidad que denunciamos en numerosas ocasiones. 

Sin embargo, y a pesar del tiempo transcurrido, la tan ansiada rehabilitación y puesta en valor de este BRL sigue sin producirse. Es más, la degradación y la ruina han ido en aumento durante todo este tiempo, sin que el legítimo propietario del bien haya cumplido con sus obligaciones legales y sin que el Ayuntamiento de Valencia haya cumplido tampoco con las suyas, incluyendo la función in vigilando, comprobando el estado de este bien catalogado y protegido y requiriéndole a ADIF que adopte las medidas necesarias para la rehabilitación integral de la antigua Estación del Grao.

Nuestra asociación decidió volver a denunciar la situación de este BRL tras comprobar el pasado domingo 26 de enero que una de las planchas metálicas que cubren una de las ventanas había sido reventada, pudiéndose acceder al interior del edificio fácilmente. Ese mismo día llamamos a la Policía Autonómica para que se personara allí y comprobara los hechos denunciados, notificándoselo a ADIF para que subsanara el problema.

La ausencia de la plancha metálica que tapaba esa ventana, ha permitido comprobar el ALARMANTE Y GRAVE ESTADO DEL INTERIOR en el que se encuentra el bien. Goteras y filtraciones en las cubiertas, agujeros en las mismas por las que entran y anidan palomas, excrementos de paloma por doquier, marqueterías originales pudriéndose en el suelo, basura y enseres de las ocupaciones que ha habido, restos de hogueras que han sido encendidas en el interior, etc. 

Por ello, el Síndic ha estimado RECOMENDAR al Ayuntamiento de Valencia que siga adoptando todas las medidas que sean necesarias para lograr la rehabilitación integral de la antigua Estación del Grao, entre ellas, el planteamiento de soluciones consensuadas entre ADIF y el Ayuntamiento, que permitan desbloquear la situación existente desde que el autor de la queja formuló su primera denuncia en el año 2013.

Cabe señalar, además, un detalle importante, puesto que el pasado 21 de julio, el responsable del Twitter de 


"El planeamiento urbanístico prevé para este edificio un uso dotacional público (para Red Secundaria de Dotación Múltiple SDM-2) y, por tanto, titularidad municipal, lo que


"Desde hace años venimos manteniendo conversaciones con el  @AjuntamentVLC para la cesión del edificio y Adif está dispuesta a continuar con dicho ofrecimiento gratuito para que finalmente Valencia pueda recuperar y aprovechar este edificio".
 
Adif ofrece GRATUITAMENTE la Estación del Grao al Ayuntamiento de Valencia y desde hace años. Sí, lo habéis escuchado bien: GRATIS.

Consideramos que ya es el momento de desbloquear un problema que lleva arrastrándose desde el año 2005, cuando la Estación del Grao cerró definitivamente y que se recupere y ponga en valor la estación de trenes más antigua de España que actualmente sigue en pie.

Ya no hay más excusas.

Un saludo...