lunes

Valencia: tenemos un problema en la Lonja de los Mercaderes

Hola,

Tenemos un problema y de los gordos en la Lonja de los Mercaderes, Patrimonio de la Humanidad UNESCO. Un problema que se suma a otros tantos que afectan directamente a la joya de nuestro patrimonio cultural y a su entorno de protección.

Si no teníamos ya bastante con las pintadas delictivas y con los vehículos que aparcan pegados a sus fachadas, desde la reforma de la plaça del Mercat se ha acentuado la costumbre de sentarse en las escaleras de la fachada principal para fumar, comer y beber allí o, directamente, montar el picnic, convirtiendo los escalones en un auténtico basurero lleno de restos de comida y bebidas derramadas, envases y colillas. El incivismo de algunas de estas personas se deja notar a diario, con un huella que en ocasiones dura días o se convierte ya en permanente.

Algunas personas opinaban en RRSS que con la instalación de diversos bancos en la misma plaza la gente dejaría de sentarse en estos escalones. Cada vez que hemos denunciado estos hechos nos hemos encontrado con comentarios con los que se ha intentado justificar que los turistas se sentaban allí porque no había bancos en la zona o incluso que lo hacían por aprovechar la sombra que brindaba este espacio. El tiempo ha demostrado que esto no era así. Los turistas se sientan en la Lonja porque en otros sitios y en otras ciudades también lo hacen, les dejan y no les dicen nada. A estas personas les da exactamente igual que sea un monumento o no y si ven unas escaleras libres se sientan y punto. Y si es ya de noche, tienen urinario gratuito. En resumen, no ven nada malo en que la gente se siente allí.

El problema de esta situación que venimos denunciando no radica en el hecho de sentarse a descansar en sí, sino en que muchos de estos turistas aprovechan para almorzar, comer, merendar y cenar, sacando la cubertería y el mantel y dejándolo luego todo hecho una porquería. Y hay que repertirlo constantemente y mostrar una y otra vez las imágenes, porque sino parece que no se entiende. Estas personas incívicas lo hacen todo sin cuidado ni miramiento y sí, las bebidas que dejan en los escalones se suelen derramar. Observar con detalle las imágenes que compartimos y veréis los enormes y oscuros manchurrones (alcohol, azúcar...) que luego no se limpian convenientemente.

La calle del Mestre en el Noble Art de la Pedra, Pere Compte, en la que abundan las terrazas, es otro de los focos problemáticos. Es frecuente encontrarse allí con personas que se apartan de las mesas para poder fumar y que usan las ventanas de la Lonja como reposa vasos y cenicero. Mientras apoyan sus pezuñas en los muros de sillería, cosa que seguramente no hagan en su casa, fuman, apagan y tiran la colilla a los pies de la fachada del edificio o en el hueco de las puertas. Lo hacen como algo normal y natural, fruto de su falta de educación y de civismo y porque las autoridades se lo consienten.

Cabe recordar en este punto que la Lonja cuenta con cámaras de vídeo vigilancia que graban todas y cada una de sus fachadas. Y estas imágenes pueden ser perfectamente vistas en directo por el personal que trabaja allí. La Policía, muy de tanto en tanto, también pasa patrullando por allí. En todo este tiempo no hemos visto ni a ningún funcionario del Ayuntamiento de Valencia ni a ningún policía acercarse a la escalera para pedirle a los turistas que levanten sus posaderas del monumento y que no se sienten a comer, beber, etc. allí.

Ciudades como Roma ya hace tiempo que empezaron a multar por comer y beber en sus monumentos, como la Fontana di Trevi o en las escaleras de la Plaza de España. Quizás Valencia debería seguir su ejemplo para poner coto a este descontrol y tener una patrulla de policía, de manera permanente, para vigilar la Lonja y su entorno.

De nada sirve esperarse de brazos cruzados a que algunas personas vengan de casa con la educación y el civismo aprendidos. Algunos vienen directamente de la selva o de la jungla y no se les puede pedir más. Y ahí es donde entra la función in vigilando, inspectora y sancionadora, llegado el caso, de las administraciones públicas valencianas. Conociendo el problema de sobra, tal y como lo conocen, tienen que buscar y poner soluciones. Vigilar, avisar, concienciar, pero también empezar a sancionar a los cerdos de dos patas que campan como auténticos marranos por nuestra ciudad. No hacerlo sería convertirse en cómplice de una serie de comportamientos que deberían ser erradicados de nuestras ciudades, calles, plazas y monumentos.

Un saludo...

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

Recomendaciones del Síndic de Greuges por el estado de la alquería de Ponsa o de Bondía (BRL)

Buenos días, 

La alquería de Ponsa o de Bondía (BRL) se encuentra situada en la calle del Arte Mayor de la Seda nº29 y 31 de Valencia. Se trata de un bien de titularidad privada que está incluido dentro del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del Ayuntamiento de Valencia con la consideración de BRL y la categoría de Espacio Etnológico de Interés Local.

Las últimas noticias aparecidas en prensa son de abril del año 2017, hace ya seis años, cuando se informaba que “El Ayuntamiento de Valencia llevará a la comisión de Urbanismo la modificación de un plan interior de reforma del barrio de La Aguja, a espaldas del complejo administrativo 9 d'Octubre, para salvar de forma definitiva a la alquería de La Ponsa-Fuster”; que “el propietario de la alquería busca inversores para poder hacer realidad su sueño: devolverle el esplendor a esta alquería donde vivió su familia para el disfrute de todos los ciudadanos” o que “La propuesta ya cuenta con el visto bueno de la Generalitat, ya que la Conselleria de Obras Públicas trató el tema en la última comisión territorial de Urbanismo y se acordó aprobar definitivamente la modificación del Plan de Reforma Interior (PRI) de la unidad de ejecución de la alquería de La Ponsa-Fuster”.

https://www.lasprovincias.es/valencia-ciudad/201704/21/dueno-alqueria-ponsa-valencia-20170421002524.html

Sin embargo, a pesar del tiempo transcurrido, este BRL y su entorno de protección siguen deteriorándose ante la falta de actuaciones e intervenciones de su legítimo propietario (desconocemos el motivo del bloqueo o dilaciones que le impiden actuar en el edificio) y por la pasividad de las instituciones y administraciones públicas con competencias en la materia que deberían velar por la protección de inmueble, en cumplimiento de sus funciones inspectoras e in vigilando y revisar con regularidad el estado de los bienes integrantes en el catálogo y de sus entornos de protección, sean estos de titularidad pública o privada.

Cabe añadir que TODO EL SOLAR QUE RODEA A LA ALQUERÍA ESTÁ PERMANENTEMENTE OCUPADO POR VEHÍCULOS QUE APARCAN DE MANERA ILEGAL DENTRO DEL ÁREA DE PROTECCIÓN DEL BRL Y PEGADOS A SU FACHADA, al igual que lo han hecho durante años en las alquerías de la calle Olba (Expte. nº2100325 del Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana), cuando informábamos que ”el entorno, las aceras, etc. son utilizados como parking incontrolado, pegando peligrosamente los vehículos a las fachadas, sin respetar el entorno de protección de estos BRLs, puesto que en caso de incendio (fortuito o provocado) podrían dañar seriamente un bien protegido”. Al final el incendio de un vehículo daño el exterior de uno de los muros.

En noviembre de 2021, nuestra asociación denunció estos hechos por RGE ante el Ayuntamiento de Valencia, quien respondió a través del gabinete jurídico de la Policía Local de Valencia que "No consta parte de intervención o reclamaciones relacionadas con el estacionamiento indebido de vehículos en el entorno de la Alquería de Ponsa. No obstante, se han dado instrucciones para incrementar la vigilancia en el entorno del edificio con el objetivo de impedir cualquier conducta que  pueda afectar al estado de conservación del mismo y de su entorno". 

El SERVICIO DISCIPLINA URBANÍSTICA-SECCIÓN ÓRDENES DE EJECUCIÓN, por su parte, contestó "Que dicha alquería se encuentra dividida en dos parcelas catastrales, con distintos números de policía pertenecientes a diferentes titulares, tramitándose en este Servicio municipal sendos expedientes administrativos por deficiencias en la conservación.  

En la parte del inmueble correspondiente al número 29 de la C/ Juan Bautista Vives, la propiedad adoptó las medidas precautorias ordenadas en su día, estando pendiente de recaer nuevo informe técnico sobre su estado actual. 

Respecto al núm. 31 de dicha calle, mediante providencia de 8 de enero de 2020 se requirió a la propiedad para que procediera a adoptar las medidas precautorias indicadas por el personal técnico municipal, en tanto se llevaran a cabo las obras de reparación del citado inmueble. Por dicha propiedad se aportó, en fecha  9 de febrero de 2021, informe técnico certificando la adopción de las medidas precautorias requeridas y la seguridad del inmueble".  

Ante la inactividad manifiesta durante más de un año y la ausencia de medidas reales "para incrementar la vigilancia en el entorno del edificio con el objetivo de impedir cualquier conducta que pueda afectar al estado de conservación del mismo y de su entorno", puesto que se sigue aparcando allí sin ningún control, acudimos al Síndic de Greuges en enero de 2023 reiterando nuestra petición de noviembre de 2021.

El Ayuntamiento de Valencia ha respondido exactamente lo mismo, como si estuviera en bucle, no aportando más información al respecto de la que ya ha aportado en estos años y no solucionando los problemas denunciados en su día.

El Síndic de Greuges, por su parte, apunta en las "Consideraciones a la Administración", que "el Ayuntamiento de València, en el informe que tuvo entrada en esta institución con fecha 21/2/2023, indica que el último informe técnico sobre la Alquería de Ponsa o de Bondía fue realizado el día 13/12/2021 y que actualmente “está pendiente la emisión de nuevo informe técnico por la Oficina Técnica de Control de Conservación de la Edificación, con el fin de constatar el estado actual de los inmuebles y, en el caso de no haberse procedido por la propiedad a la reparación de los daños de lo que adolezca, valorar las obras requeridas al objeto de conformar la correspondiente orden de ejecución de obras de intervención con el fin de habilitar posteriores medidas de ejecución forzosa.

Sin embargo, como destaca el autor de la queja, en dicho informe municipal, siguen sin responderse a algunas de las cuestiones planteadas en la denuncia presentada con fecha 23/11/2021. Así, por ejemplo, no se dice nada sobre la retirada de las pintadas, el aparcamiento incontrolado de vehículos junto a las fachadas del inmueble y las órdenes de ejecución dirigidas a la propiedad para mantener el inmueble en un adecuado estado de conservación.  

En relación con esta última cuestión, el artículo 15.1.b) del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, Ley de Suelo, impone el siguiente deber a los propietarios de inmuebles: “Conservarlos en las condiciones legales de seguridad, salubridad, accesibilidad universal, ornato y las demás que exijan las leyes para servir de soporte a dichos usos”. 

Por su parte, el artículo 189.1 del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, reconoce la obligación de conservación en estos términos: “Las personas propietarias de construcciones y edificios deberán mantenerlos en condiciones de seguridad, funcionalidad y habitabilidad, realizando los trabajos y obras necesarias para conservar dichas condiciones o uso efectivo que permitan obtener la autorización administrativa de ocupación o título equivalente para el destino que les sea propio”. 

Asimismo, el artículo 189.6 del referido Decreto Legislativo 1/2021 señala, entre otras, las siguientes obligaciones del ayuntamiento en relación con las órdenes de ejecución: “Los ayuntamientos podrán igualmente exigir la exhibición o la emisión del informe de evaluación si se pone de manifiesto la posible existencia de daños estructurales o peligro para las personas o las cosas, a los efectos de dictar las órdenes de ejecución correspondientes”. 

En el caso que nos ocupa, el Ayuntamiento de València debe ordenar a la propiedad la ejecución de las obras necesarias para mantener la Alquería de Ponsa o de Bondía en unas adecuadas condiciones de seguridad, funcionalidad y habitabilidad. Si esta obligación legal es incumplida, el Ayuntamiento podría acordar la ejecución subsidiaria a costa de la propiedad –artículo 102 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas-". 
 
Por todo ello,  RECOMENDAMOS que se acelere la emisión del informe por parte de la Oficina Técnica de Control de Conservación de la Edificación y se dirija a la propiedad la orden de ejecución que proceda para mantener la Alquería de Ponsa o de Bondía en unas adecuadas condiciones de seguridad, funcionalidad y habitabilidad, adoptando las medidas necesarias para evitar el estacionamiento incontrolado de vehículos junto al referido bien de relevancia local.  

El Ayuntamiento de Valencia sigue interpretando y retorciendo a su antojo la legislación vigente en materia de patrimonio cultural y urbanismo para no actuar o dilatar al máximo las actuaciones en los bienes protegidos, sean estos de titularidad pública o privada. En el caso de la alquería de Ponsa, además, no hablamos de un bien que se encuentre en mal estado desde que lo denunciamos en noviembre de 2021. Es que lleva lustros así con el beneplácito de nuestro consistorio, que deja en vía muerta la mayor parte de estos expedientes. La única forma de que se desatasque es que el ciudadano esté denunciándolo constantemente, por tierra, mar y aire, y acudiendo repetidamente al Síndic. En caso contrario, estos expedientes terminan guardados en un armario y olvidados por décadas.

Seguimos teniendo una administración pública ineficaz, obsoleta e incapaz de agilizar y resolver los problemas de los ciudadanos y de nuestro patrimonio cultural. Las excusas y los argumentos para intentar justificar lo injustificable ya cansan y no tienen encaje legal alguno. El propio Ayuntamiento de Valencia ha cronificado su propio mal funcionamiento interno, transformándolo en mantra y en respuesta para vendernos que no puede hacer nada más de lo que ya hace.

Un saludo...

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

Fallas 2023: una situación INSOSTENIBLE

Buenas tardes,

INSOSTENIBLES. Este es el adjetivo que mejor puede describir en lo que se han convertido las Fallas de Valencia de 2023.

Una fiesta que se ha transformado en un monstruo incontrolado que ha devorado a la ciudad y a sus habitantes. Como un tsunami de orines, vómitos, suciedad, basura e incivismo, se ha llevado por delante la tranquilidad y la convivencia de los vecinos de barrios como Russafa o el Carmen, entre otros.

Las imágenes que han vuelto ha inundar las RRSS y los medios de comunicación, ponen en evidencia que la situación se ha desbordado hasta un punto de no retorno. Y por ello, nos produce sonrojo y vergüenza ajena que algunos de nuestros políticos tilden de éxito y de récord sin precedentes las fiestas de este año,  simple y llanamente porque nos han visitado millones de personas, más que nunca. Creemos que afirmar esto es un grave error y que se ha hecho de manera precipitada, pensando más en clave electoral.

En lo que respecta al tema patrimonial, queremos señalar en primer lugar que, finalmente, hemos conseguido que desaparezcan las macro verbenas del entorno monumental de la Lonja de los Mercaderes, plaça del Mercat y plaza Ciudad de Brujas. Ha costado tres denuncias y tres recomendaciones del Síndic de Greuges para acabar con un problema que nunca tendría que haber existido.

La parte negativa es que el Ayuntamiento de Valencia ha vuelto a incumplir flagrantemente las recomendaciones del Síndic respecto a lo dispuesto en el artículo 38.e de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de Patrimonio Cultural Valenciano para garantizar la máxima protección a los bienes de interés cultural o de relevancia local, concediendo licencias de ocupación de la vía pública que no respetan las fachadas de edificios y monumentos protegidos, sus áreas de protección libres de ocupación en los siguientes casos que hemos detectado:

a) La instalación de un puesto de venta de churros y buñuelos delante de la Casa Cortina II (Casa de los Dragones), situada en la calle Sorni nº4, que está catalogada como BRL-Monumento de Interés Local.

b) La instalación de un puesto de venta de churros y buñuelos pegado a la fachada lateral del Convento de San José y Santa Teresa, catalogado como BRL, recayente a la calle Blanqueries.

c) La instalación de diferentes puestos de venta delante y pegado a la fachada de la iglesia Parroquial de San Valero y San Vicente Mártir (BRL), situada en la calle del Padre Perea con la calle del Doctor Serrano.

d) Se ha concedido permiso o se ha permitido, por acción u omisión, para que se cocine pegado a la iglesia de Santa Catalina Mártir (BIC), se apilen trastos inflamables junto a su fachada y se utilicen sus arcosolios como depósito y almacén.

Nuestro consistorio no ha adoptado medidas más efectivas para prevenir y evitar dichos incumplimientos en lugar de tener que sancionarlos cuando ya se han producido. Ha dejado hacer, no ha inspeccionado y por la tanto, ha habido una completa y absoluta dejación de funciones.

Para finalizar, queremos recalcar que, lamentablemente, vivimos en una sociedad profundamente infantilizada e irresponsable, en la que se está permitiendo todo, sin que haya consecuencias. Volvemos a olvidar que, sin educación, civismo, respeto y medidas sancionadoras efectivas contra estos salvajes que se piensan que viven en la jungla, seguiremos cayendo, año tras año, en los mismos errores. 

Ni una parte de la sociedad, ni nuestros políticos, han estado a la altura que se esperaba de ellos. Han vuelto a fallar y a tropezar en la misma piedra en la que llevan tropezando desde el año 2018. Urge pues una profunda reflexión y un cambio de rumbo real, efectivo e inmediato. No basta con redactar, consensuar y aprobar otro bando fallero más que terminará quedando, nuevamente, en papel mojado.

Un saludo...

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

miércoles

Recomendaciones del Síndic de Greuges al Ayuntamiento de Valencia por los daños en las taquillas de los jardines del Palacio del Real-Viveros (BRL)

Buenos días,

El pasado mes de septiembre nos dirigimos al Ayuntamiento de Valencia, por RGE, para denunciar que desde el día 1 de agosto de 2022 veníamos observando que las empresas que organizan eventos en el interior de los Jardines del Real-Viveros (BRL) volvían a utilizar los muros de las taquillas exteriores como tablón publicitario. Y lo hacían además colocando carteles pegados con celo, precinto o adhesivos muy fuertes que terminaban arrancando las capas de pintura cuando estos eran retirados. Una situación que se venía repitiendo, año tras año, recordando en este punto que estas taquillas ya habían sido restauradas en dos ocasiones tras las denuncias realizadas ante el Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana desde el año 2014 y que motivo cuatro expedientes de queja con sus correspondientes recomendaciones (nº1409816, nº1513422, nº1900328 y nº2101750).

De la misma manera, indicábamos que la falta de control, de vigilancia y de inspecciones que tantas veces hemos denunciamos y solicitado por RGE y a través del Síndic, provocaba que algunas de estas empresas actuaran de esta forma y terminaran estropeando un patrimonio que ha sido restaurado y pagado con los impuestos de los ciudadanos hace solo un par de años. Estas empresas que colocan los carteles y las concejalías, áreas o servicios con competencias en la materia, que son responsables de permitirlo, por acción u omisión, están incumpliendo y vulnerando la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano 4/1998 y posteriores modificaciones, que señala en su Artículo 38. Criterios de intervención en Monumentos, Jardines Históricos y Espacios Etnológicos, lo siguiente:

e) Queda prohibida la colocación de rótulos y carteles publicitarios, conducciones aparentes y ELEMENTOS IMPROPIOS en los espacios etnológicos, jardines históricos y EN LAS FACHADAS y cubiertas de los monumentos, así como de todos aquellos elementos que menoscaben o impidan su adecuada apreciación o contemplación.

En nuestra denuncia solicitábamos lo siguiente:

a) Proceder INMEDIATAMENTE Y SIN MÁS DILACIÓN a tomar las medidas legales oportunas y precisas para RETIRAR los DOS CARTELES PEGADOS EN LAS TAQUILLAS DE LOS JARDÍNES DEL REAL - VIVEROS (BRL) por incumplir el artículo 38.e) de la LPCV 4/1998 y posteriores modificaciones.

b) Proceder INMEDIATAMENTE Y SIN MÁS DILACIÓN a tomar las medidas legales oportunas y precisas para SANCIONAR A LA EMPRESA O EMPRESAS RESPONSABLES DE LA COLOCACIÓN REITERADA, AÑO TRAS AÑO, DE LOS MISMOS CARTELES QUE PROVOCAN DAÑOS EN UNA PARED QUE YA HA TENIDO QUE SER RESTAURADA EN DOS OCASIONES EN LOS ÚLTIMOS AÑOS.

c) Que si se han producido daños en el muro (desconchados, faltantes, etc.) que las reparaciones de los mismos sean pagados y costeados por la empresa responsable de haberlos causado por la colocación ilegal de dichos carteles.

d) Identificar a la concejalía, área o servicio municipal (contrata, subcontrata, etc.) que ha autorizado, por acción u omisión, la colocación de DOS CARTELES PEGADOS EN LAS TAQUILLAS DE LOS JARDÍNES DEL REAL - VIVEROS (BRL), dando las oportunas explicaciones por escrito y depurando las correspondientes responsabilidades por el incumplimiento de la LPCV 4/1998.

El Ayuntamiento de Valencia, a través de la Sección Técnica de Mantenimiento y Obras de la Zona Norte del Servicio de Jardinería Sostenible, respondió que "una vez subsanadas las deficiencias observadas por la colocación de carteles en las dependencias municipales correspondientes, se van extremar las medidas de vigilancia del entorno por parte del Servicio de Jardinería Sostenible en futuras ocupaciones en los Jardines del Real".

Nuestra asociación esperó tres meses y medio para que el Ayuntamiento de Valencia contestara y emitiera los correspondientes informes para atender a todas y cada una de las cuestiones recogidas en el nuestra denuncia, dejando sin responder los puntos b, c y d, como suele ser costumbre.

Tras acudir al Síndic de Greuges, el Servicio de Jardinería Sostenible, emitió un informe más amplio, con detalles que hasta la fecha no había facilitado de manera directa a nuestra asociación. Este comportamiento y manera de actuar deja patente que las administraciones públicas valencianas o no responden directamente al ciudadano, o si lo hacen es de manera parcial, sesgada e incompleta. Sólo a través de una denuncia ante el Síndic, el ciudadano tiene la posibilidad de obtener una respuesta más detallada a su denuncia.

En este informe, el Servicio de Jardinería Sostenible responde que "tras ser advertido por los técnicos del Servicio de Patrimonio Histórico del pegado con cinta adhesiva de los carteles informativos en cuestión, procedió a trasladar la petición de retirada al responsable de su colocación (mercantil Sagarmanta SL), la cual procedió a su retirada. Vistos los ligeros daños puntuales provocados en la superficie de pintura,  imputables a los carteles retirados, así como la existencia de otros desperfectos en la superficie de pintura (graffittis) del conjunto de edificaciones que conforman, las puertas de entrada a los Jardines del Real, se consideró  la limpieza y posterior repintado del conjunto por parte del Servicio de Jardinería Sostenible bajo la supervisión de los técnicos de Patrimonio Histórico (superficie a pintar, tipo de pintura, color y tonalidad, etc..). Dada la imposibilidad técnica de discernir el coste de los trabajos de pintura de  los diferentes daños reparados y desconociendo el causante de cada uno de ellos, el coste de los trabajos de pintado de los paramentos con deficiencias fue asumido y realizado por el Servicio de Jardinería Sostenible con cargo a su presupuesto ordinario de mantenimiento y conservación de jardines". 

En otras palabras: se identifica a la empresa responsable; se le pide que retire esos carteles; se reconoce que hay "ligeros daños puntuales"; y como se argumenta que es imposible distinguir el coste de los trabajos, el mismo es asumido por un servicio público, es decir, sale del bolsillo de los ciudadanos ¿Hay sanciones para la empresa responsable? NO ¿Por qué? Habría que preguntar al Ayuntamiento de Valencia y a sus concejales si existe algún tipo de relación con esta empresa.

Por nuestra parte, en la fase de alegaciones, señalamos lo siguiente:

a) Que el Servicio de Jardinería Sostenible mencionó que se actuó bajo la supervisión de los técnicos de Patrimonio Histórico (superficie a pintar, tipo de pintura, color y tonalidad, etc..), pero ni se aportan informes ni permisos para actuar en un BRL ¿Se autorizó todo de palabra? ¿A viva voz? ¿Escrito en una servilleta? ¿A base de una autorización oral? Nuestra asociación insiste en que se nos aclare los motivos por los cuales no recibimos una respuesta y el correspondiente informe del Servicio de Patrimonio Histórico ¿En qué idioma tenemos que pedirlo para que se nos responda completamente, sin necesidad de solicitarlo una y otra vez?

b) Que el Servicio de Jardinería Sostenible alegó que “los hechos se produjeron de modo totalmente inconsciente de la catalogación patrimonial del conjunto de las puertas de los Jardines del Real, recayentes a Llano del Real”. Una respuesta que nos parecía, además de imprudente y negligente, totalmente fuera de lugar, por dos motivos: porque el desconocimiento de las leyes no eximía de su cumplimiento y porque no es la primera vez que esta misma empresa coloca estos mismos carteles, provocando unos daños que ya habían sido reparados con anterioridad, tal y como queda patente en la resolución del expte. de queja nº 2101750. La colocación de estos carteles, denunciado el 6 de septiembre de 2022, ha sido la causante de estos nuevos daños que se han tenido que reparar ahora, nuevamente, no existiendo pues daños anteriores, puesto que estos ya habían sido reparados.

c) Que el Servicio de Jardinería Sostenible había confirmado que no consta autorización expresa para la instalación de los carteles objeto del presente asunto, poniendo de nuevo en evidencia que la falta de control, de vigilancia y de inspecciones que tantas veces hemos denunciamos y solicitado por RGE y a través del Síndic, provoca que algunas de estas empresas actúen de esta forma y terminen estropeando un patrimonio que fue restaurado y pagado con los impuestos de los ciudadanos hace solo un par de años.

Por todo lo anteriormente expuesto, el Síndic ha realizado una serie de consideraciones al Ayuntamiento de Valencia:

a) Que el 14/2/2023, esta institución solicitó expresamente al Ayuntamiento de Valencia que se remitiera a esta institución un informe por parte del Departamento de Patrimonio Histórico sobre los hechos denunciados, sin haberse enviado hasta el momento ni haberse justificado tampoco su falta de remisión. 

b) Que el autor de la queja insiste en manifestar que no es la primera vez que suceden estos hechos y que el Ayuntamiento debe adoptar medidas para evitar que se repitan de nuevo, impidiendo que se coloquen carteles sin autorización previa, sancionando a las empresas y exigiendo que asuman el coste de reparación de los daños para evitar que tenga que ser asumido por el conjunto de los ciudadanos. 

Y en base a ello, RECOMIENDA que se adopten todas las medidas que sean necesarias para evitar la organización de eventos en el interior de los Jardines del Real-Viveros (bien de relevancia local) sin contar con la autorización previa de todos los servicios municipales competentes, especialmente, del Servicio de Patrimonio Histórico, impidiendo la colocación de carteles en los muros de las taquillas exteriores como tablón publicitario, sancionando los incumplimientos que se produzcan y exigiendo la reparación de los daños a los causantes de los mismos. 

Si el Ayuntamiento de Valencia no sanciona a la empresa responsable del pegado de esos carteles y de los daños que han provocado en diversas ocasiones y que han tenido que ser reparados y pagados con dinero público, habrá que trasladar el presente expediente a otras instituciones y organismos para que investiguen si existen vínculos entre nuestro consistorio y la citada empresa.

Un saludo...

Algunos de los "ligeros daños puntuales" que han tenido que ser reparados hasta en tres ocasiones y con dinero público.

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martes

Una grave imprudencia pone en peligro el edificio de la La NAU de la Universitat de València

Buenas tardes,

Ayer por la noche, unos niños que, acompañados de sus padres, estaban tirando petardos en la plaza del Patriarca, provocaron un incendio en un ciprés que está situado a escasos metros de la fachada de la Universitat de València - Estudi General (BIC).

La imprudencia y la irresponsabilidad de estos padres, que se dieron a la fuga en cuanto se dieron cuenta de la que había montado, ha estado a punto de provocar una auténtica desgracia en nuestro patrimonio cultural.

Afortunadamente, la rápida intervención de los Bomberos consiguió controlar y apagar el fuego y evitar males mayores. Las llamas, además que quemar el ciprés, solo han afectado a los mástiles de madera y a las banderas que había allí izadas. Si el fuego hubiera alcanzado la carpintería de madera de una de esas ventanas, podía haberse extendido al interior y ya estaríamos hablando de un incendio en el edificio histórico de La NAU.

Un año más, seguimos viendo comportamientos incívicos y peligrosos por parte de padres y madres que demuestran ser unos auténticos irresponsables. Cabe señalar, tal y como se ve en el vídeo, que en ese momento había ráfagas de aire que desaconsejaban el lanzamiento de fuegos de artificio aéreos, como parece ser el caso.

Al final, tanto va el cántaro a la fuente, que se acabará rompiendo y llegará el día en el que nos arrepintamos de no haber puesto coto antes a estos comportamientos que se repiten año tras año.

Un saludo...

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domingo

El Faro del Puerto de Valencia será BRL después de nuestra solicitud

Hola,

El antiguo Faro de Valencia será catalogado como Bien de Relevancia Local, después de que nuestra asociación lo solicitará por RGE el pasado 31 de mayo de 2022 y de tener que acudir al Síndic de Greuges en fecha de julio de 2022, ante la deficiente, absurda e incompleta respuesta que realizó el Servicio de Planeamiento de la Concejalía de Urbanismo que se limitó, como suele hacer, a no atender correctamente nuestra petición y a pronunciarse sobre cuestiones que nada tenían que ver:

“Se comunica que es criterio general del Servicio de Planeamiento del Ayuntamiento de Valencia ante solicitudes particulares de protección de bienes ya analizados, y en aras al uso eficiente de los medios públicos, solicitar a cualquier interesado en la protección de un bien que aporte datos que acredite los valores que justifiquen la misma, ya que de no ser así podríamos estar alentando cuestionar cualquier protección sin más justificación que el simple hecho de pedirlo, lo que iría contra las decisiones administrativas adoptadas y su seguridad jurídica”.

“En consecuencia, mediante la presente se le requiere para que aporte los datos, estudios o análisis que estime convenientes y que puedan ser tenidos en cuenta en su estudio y valoración patrimonial, acreditando los valores que justifiquen su catalogación”.

Tras esta lamentable respuesta, nuestra asociación se vio en la obligación contestar, al igual que hicimos en el expte. de queja nº 2200748 (Casa Judía), indicando que nuestro consistorio persistía en repetir los mismos argumentos que ya le habían valido diversas recomendaciones, “requiriéndonos”, en este caso, los datos, estudios o análisis que estime convenientes y que puedan ser tenidos en cuenta en su estudio y valoración patrimonial, acreditando los valores que justifiquen su catalogación.

Parece que el Servicio de Planeamiento del Ayuntamiento de Valencia, a pesar de los numerosos tirones de oreja que ya ha recibido, persiste en su actitud y obvia cuestiones fundamentales y básicas:

a) Nuestra asociación no está en la “obligación” de aportar ningún dato que estime conveniente para que pueda ser tenido en cuenta, pues tal y como ya ha considerado el Síndic, la decisión de incluir un bien en el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos corresponde al Ayuntamiento de València, quien deberá elaborar una propuesta justificada, PUDIENDO CONTAR, VOLUNTARIAMENTE, con la colaboración de las personas o entidades que quieran presentar información relacionada con los valores que reúne dicho inmueble y que merecen una especial protección. El Ayuntamiento de Valencia debería saber que el verbo “requerir” proviene del lat. requirĕre 'buscar, indagar', 'reclamar, exigir'. Por lo tanto, nuestro consistorio nos está reclamando y/o exigiendo que aportemos datos, estudios o análisis de manera OBLIGATORIA Y NO VOLUNTARIA.

a) Nuestra asociación no es la que debe acreditar que EL FARO DEL PUERTO DE VALENCIA reúne o no estos valores. Eso corresponde a las administraciones públicas que, a través de equipos pluridisciplinares, tal y como indica el artículo 47 de la LPCV 4/1998 y posteriores modificaciones. En la respuesta al Síndic no se aportan esos informes.

c) Más allá del criterio “general” que dice aplicar el Servicio de Planeamiento, están las obligaciones legales recogidas en el marco jurídico vigente en materia de patrimonio cultural, con el fin de garantizar la protección, conservación y ACRECENTAMIENTO del patrimonio cultural valenciano. Además, el Ayuntamiento de Valencia cuenta, o debería contar, con personal cualificado dentro de las diferentes concejalías, áreas y servicios para realizar cuantos estudios e informes patrimoniales sean necesarios para acreditar los valores que justifiquen la catalogación de los bienes de su municipio.

d) El Servicio de Planeamiento del Ayuntamiento de Valencia omite que en el escrito del pasado 31 de mayo incluíamos que el CATÁLOGO DE FAROS CON VALOR PATRIMONIAL DE ESPAÑA, encargado en 2017 por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (Instituto del Patrimonio Cultural de España) y realizado por el arquitecto  Santiago Sánchez Beitia (E.T.S. de Arquitectura de Donostia - San Sebastián UPV/EHU), aparece recogido el Faro de Valencia como un elemento con interés patrimonial, señalando que “Posee un valor destacado por su interés histórico, arquitectónico, tecnológico y por su viabilidad futura. Puede ser visitable con facilidad e integrarse en una red temática sobre los Faros de España”. E incluíamos un cuadro con los diferentes valores patrimoniales del faro.

e) El Servicio de Planeamiento del Ayuntamiento de Valencia hace referencia a la protección de bienes ya analizados, entendiendo pues que ya había analizado patrimonialmente y previamente el Faro del Puerto de Valencia. Sin embargo, NO ESPECIFICA qué áreas o servicios municipales han hecho estos “análisis” o han realizado o realizaron en su día los respectivos informes históricos patrimoniales con la PARTICIPACIÓN ACTIVA Y ESTABLE DE UN EQUIPO MULTIDISCIPLINAR tal y como recoge el artículo 47 de la LPCV 4/1998 y posteriores modificaciones para decidir si EL FARO DEL PUERTO DE VALENCIA reúne los valores para ser incluida como BRL dentro del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del Ayuntamiento de Valencia. NO APORTA LOS INFORMES PLURIDISCIPLINARES QUE EXIGE LA LEY AL EXPEDIENTE y por lo tanto no está cumpliendo con lo exigido en el artículo 47 de la LPCV 4/1998.

f) El Servicio de Planeamiento del Ayuntamiento de Valencia tampoco responde y se pronuncia sobre algunas cuestiones como la SUSPENSIÓN CAUTELAR CUALQUIER INTERVENCIÓN EN EL FARO DEL PUERTO DE VALENCIA, en base al artículo 10 de la LPCV 4/1998. 

Por este motivo y ante la afirmación de que "la Concejalía de Desarrollo Urbano ha hecho suya la propuesta", cabe indicar que Urbanismo y especialmente el Servicio de Planeamiento solo han puesto palos en las ruedas, como puede comprobarse en la primera respuesta que nos obligó a acudir al Síndic. No pueden hacer "suya" una propuesta a la que han puesto tantas pegas.

La Concejalía de Urbanismo debería comunicarle al "Cap de Secció" del Servicio de Planeamiento que se abstenga de emitir este tipo de informes y respuestas que, además de no tener sentido, no tienen soporte jurídico y son corregidas continuamente por las recomendaciones del Síndic y por los informes que a posteriori realizan otros compañeros, competentes, de otros servicios municipales. Pone en evidencia a todo el servicio municipal al que pertenece.

Un "Cap de Secció" no debería estar realizando estas valoraciones personales y subjetivas sobre un bien patrimonial y más cuando ni tiene competencias, ni demuestra tener conocimientos para elaborar y redactar un informe pluridisciplinar. Si le apetece pronunciarse sobre las cosas que dice en sus informes, lo puede hacer en sus RRSS a nivel personal, pero no ocupando el cargo que ocupa. Ni es serio, ni es profesional.


Nuestra asociación quiere dejar muy claro que un "Cap de Secció", sin competencias ni conocimientos sobre el tema a tratar, no debería realizar este tipo de informes torticeros, más aún cuando lo que se está solicitando es la realización de unos informes pluridisciplinares para catalogar un bien: 

a) "Resulta impensable que haya pasado inadvertido para los técnicos patrimonialistas que se han encargado de elaborar los sucesivos documentos de catálogo tramitados y aprobados por el Ayuntamiento de Valencia, al menos a partir del Plan General de Ordenación Urbana de 1988". P.D: Hemos comprobado que sí se le había pasado a todos estos técnicos patrimonialistas, visto el resultado final de su catalogación como BRL. 

b) "Si no aparece en Catálogo alguno como BRL o BIC probablemente sea porque se ha considerado que no alcanza el interés patrimonial necesario como para resultar merecedor de dicha protección". P.D: Pues al final si que tenía el interés patrimonial para ser BRL, tras ser evaluado por los técnicos competentes.

En el momento que nuestra asociación quiera conocer la opinión personal, subjetiva y parcial del "Cap del Servei" del Servicio de Planeamiento, se lo haremos saber. Mientras tanto lo único que tiene que hacer es dar traslado del expediente al órgano competente, que en este caso es el Servicio de Patrimonio Histórico y no marear y dilatar la petición. Al final y tras la intervención del Síndic, nuestra petición llegó a quien tenía que llegar y se hizo el correspondiente informe.

Por lo tanto, podemos afirmar que los que han hecho suya nuestra propuesta ha sido el Servicio de Patrimonio Histórico y sus técnicos, que son los que han realizado el informe pluridisciplinar, tal y como pedimos en mayo de 2022 y a los que queremos agradecer el esfuerzo, tal y como ya hemos hecho personalmente, por hacer informes como el del propio Faro, el Casino del Americano, Los Docks Comerciales, el Depósito de Agua del Puente de las Flores o el Horno de Cal de la Cruz Cubierta, entre otros, permitiendo que todos estos bienes pasen a formar parte del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del Ayuntamiento de Valencia.

Un saludo...

Dibujo realizado por Diana Sánchez Mustieles

sábado

ICOMOS-España apoya a la plataforma Salvem el Metropol en su petición de salvar el Cine Metropol

Buenos días,

ICOMOS-España ha mostrado su apoyo, mediante una carta en la que se adhiere al manifiesto de la plataforma Salvem el Metropol, en defensa del Cine Metropol, por la supervivencia del edificio y recuerda su valor como testimonio de la memoria republicana de Valencia

ICOMOS (Consejo Internacional de Monumentos y Sitios) es una organización internacional no gubernamental asociada con la UNESCO. Está dedicada a la promoción de la teoría, la metodología y la tecnología aplicada a la conservación, protección y puesta en valor del patrimonio cultural. Sus trabajos se basan en los principios consagrados en la Carta Internacional de 1964 sobre la conservación y la restauración de monumentos y sitios, denominada Carta de Venecia. Su misión es:

- Proporcionar mecanismos para vincular a los organismos, instituciones y personas implicadas en la conservación de los monumentos, conjuntos de edificios y sitios.

- Recopilar, estudiar y difundir las informaciones relativas a los principios, técnicas y políticas de salvaguardia, conservación, protección y puesta en valor del patrimonio cultural.

- Colaborar en la creación y el desarrollo de los centros de documentación sobre conservación, protección y puesta en valor del patrimonio cultural en el ámbito nacional e internacional.

- Fomentar la adopción e implementación de las recomendaciones internacionales en materia de conservación y protección del patrimonio cultural.

- Participar en la elaboración de programas de formación para especialistas de la conservación, protección y puesta en valor del patrimonio cultural.

- Establecer y mantener una estrecha cooperación con la UNESCO y otras instituciones y organizaciones internacionales, nacionales y regionales que persiguen análogos objetivos.

En su carta de apoyo, ICOMOS manifiesta lo siguiente:

- Que en origen y sustancia interior, el cine Metropol es uno de los últimos edificios construidos en el siglo XIX en el denominado Ensanche Noble de Valencia, dado que muchos otros han sido demolidos, vaciados o son ejemplos posteriores del siglo XX.

- Que por las características de su fachada e interior, ambos reformados durante la Segunda República, el Metropol es uno de los pocos testigos construidos remanentes del periodo de la ciudad de Valencia como capital de España en un momento especialmente convulso del país. Este periodo y esta singularidad fueron acallados y cancelados durante muchas décadas y, con una eventual desaparición del edificio, se perdería también una de las pocas huellas de su existencia.

- Que el cine Metropol fue testigo de la actividad intelectual de Valencia cuando España fue un foro internacional a finales de la década de 1930, con personajes como Ernest Hemingway, John Dos Passos, George Orwell, Miguel Hernández, Martha Gellhorn, Virginia Cowles, Antoine de Saint-Exupéry, Josephine Herbst, Gerda Taro, Robert Capa, André Malraux, entre muchos otros. Es por tanto un lugar fundamental para la memoria democrática de España y un punto de referencia para la Ley de la Memoria Histórica.

- Que el Metropol es uno de los cines más antiguos conservados no solo en la ciudad de Valencia sino también en España. Es además uno de los pocos cines de estilo Art Déco conservados en nuestro país, y uno de los pocos edificios Art Déco conservados en la ciudad de Valencia.

Vuelve a quedar patente el apoyo que, desde organismos públicos como la Universitat de València, la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática y organizaciones internacionales como ICOMOS-España, esta recibiendo el Cine Metropol, reconociendo los más que evidentes valores patrimoniales que atesora. ¿Qué más necesita el Ayuntamiento de Valencia y la Conselleria de Cultura para proceder a su protección y catalogación como BRL tal y como llevamos pidiendo desde el año 2018?

Os dejamos la carta que nos ha hecho llegar ICOMOS, agradeciendo su apoyo a esta causa.

Un saludo...

lunes

La Quinta de Nuestra de las Mercedes entra en la Lista Roja del patrimonio de Hispania Nostra

Hola, buenos días.

La Quinta de Nuestra Señora de las Mercedes (BRL), conocida como el Casino del Americano, acaba de entrar en la Lista Roja del Patrimonio de Hispania Nostra:

https://listaroja.hispanianostra.org/ficha/quinta-de-nuestra-senora-de-las-mercedes-casino-del-americano/

Desde que el Ayuntamiento de Valencia la adquiriera en 2011, el edificio y su antiguo jardín han ido deteriorándose progresivamente. Solo se ha actuado en base a denuncias y después de muchos años y tras nuestra petición y la intervención del Síndic de Greuges, el edificio ha pasado a formar parte del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos de Valencia con la categoría de BRL.

Nuestro consistorio lleva casi ocho años contando la misma historia de que se va a rehabilitar el edificio, que están haciendo estudios y pequeñas intervenciones, ultimando la licitación, etc. Pero la triste y dura realidad es que el edificio sigue abandonado, con su muro perimetral por los suelos, parte de la verja ya cayó y tuve que ser repuesta y solo se hicieron las obligatorias obras precautorias para evitar la ruina absoluta y solo tras las oportunas recomendaciones del Síndic.

Las imágenes actuales del Casino del Americano, situado en el barrio de Benicalap, no dejan lugar a dudas sobre el mal estado en el que se encuentra el inmueble. El Ayuntamiento de Valencia, en lugar de sacar notas de prensa y de vender humo enlatado, debería agilizar los trámites y desatascar una situación que se ha enquistado en las dos últimas legislaturas. 

Es importante recordar que el actual equipo de gobierno, cuando estaba en la oposición, urgía al anterior gobierno municipal a que interviniese, lo restaurara, lo pusiera en uso y en valor. Todo eran prisas. Ahora, desde la cómoda y bien remunerada poltrona de la alcaldía y de las vice alcaldías, la excusas están a la orden del día. Lo que no valía en el pasado para justificar lo injustificable, vale ahora. El clásico donde dije digo, digo Diego.

Gobierno y oposición, tanto monta... deberían dejar de prometer lo que bien saben que no van a poder hacer, pues conocen perfectamente y de primera mano las dificultades que entrañan estos expedientes. Están al tanto de la letra pequeña del contrato, pero la omiten o directamente la ocultan a la ciudadanía. Nuestra asociación también es plenamente consciente del tiempo que puede llevar solucionar estos problemas de nuestro patrimonio. Pero también somos conscientes y conocedores que algunos de los expedientes que llevamos, quedan parados o en el limbo hasta que volvemos a presentar una queja ante el Síndic. En plazos de 6, 8 o 12 meses no hay NINGÚN avance y solo se vuelve a actuar cuando se hace el requerimiento a través de nuestro defensor del pueblo. Tampoco es normal que un edificio, adquirido en 2011, tenga que esperar más de doce años para ser rehabilitado integralmente. No hay ni excusa ni dilación que valga.

A la espera de la tan ansiada y solicitada recuperación de este BRL, la ciudad de Valencia suma otro bien patrimonial más en la Lista Roja. En breve, alcanzaremos la veintena, para mayor vergüenza de todos y cada uno de los irresponsables políticos que en las últimas décadas se han dedicado al postureo y a otras cosas, en lugar de rehabilitar el patrimonio cultural de los valencianos.

Un saludo...

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

domingo

La ermita de San Miquel de Soternes: un BRL convertido en una estructura de ladrillo con forma de "parrilla-barbacoa" para encender velas

Buenos días,

En fecha de 22 de marzo de 2017 informamos al Ayuntamiento de Valencia, por RGE I-00118-2017-006198, del estado de la Ermita de San Miquel de Soternes y de su entorno de protección, un BRL de titularidad privada con categoría de Monumento de Interés Local, según consta en la ficha del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del Ayuntamiento de Valencia (BRL 07.05.01).

El 17 de mayo de 2017, el Ayuntamiento de Valencia respondió, a través del Servicio de Disciplina Urbanística lo siguiente: 

“Se está tramitando el correspondiente procedimiento para requerir a la propiedad del edificio referenciado, que realice las obras de reparación necesarias para que el mismo cumpla con las condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro exigidas en la legislación urbanística, y en la ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, encontrándose actualmente el expediente, pendiente de que por la Oficina Técnica Control de la Conservación de la Edificación se emita el correspondiente informe.”  

Ya en el año 2021, cuatro años después, fuimos conocedores que se estaban ejecutando unas obras que consistían en la instalación y cerramiento del porche con unas rejas, además de la colocación de un asador de ladrillo cara vista adosado a la fachada y otros elementos impropios de un BRL. Ante la  duda de si estos trabajos se estaban ejecutando con la correspondiente autorización patrimonial, pusimos en conocimiento estos hechos ante la Policía Autonómica, que paralizó las obras, y la Dirección General de Patrimonio de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte (Expte. 2021/0581-V), quienes respondieron lo siguiente:

“Habida cuenta que según el artículo 9 del Decreto 62/2011 de 20 de mayo, por el que se regula el procedimiento de declaración y el régimen de protección de los bienes de Relevancia Local, corresponde a los Ayuntamientos ejercer en primer término las medidas de gestión y disciplina urbanística sobre  los  bienes  inmuebles  de  relevancia  local,  por  la  presente,  se  les  traslada  la información que se nos ha remitido para que se comprueban los hechos y se ejerzan las actuaciones que el Ayuntamiento estime pertinentes para la salvaguarda de la integridad de los valores de este elemento protegido”.

Desde esa fecha no hemos tenido más noticias al respecto y desconocemos si el Ayuntamiento de Valencia actuó o no para revertir las obras, a nuestro juicio incompatibles con el BRL y contrarias a la LPCV 4/1998 y posteriores modificaciones.

La sorpresa se produjo el pasado 27 de enero de 2023 cuando comprobamos in situ que las obras realizadas allí y denunciadas en 2021 no solo seguían estando, sino que la estructura de ladrillo con forma de "asador-parrilla-barbacoa" (la usan para encender velas) venía siendo usado con regularidad e incluso se había instalado una conducción para la extracción de humos. Todo ello en un BRL protegido por la LEY.

Por todo ello y comprobando que nuestra denuncia no ha sido atendida correctamente, permitiendo las administraciones públicas valencianas, por acción u omisión, esta agresión contra el patrimonio cultural valenciano, hemos solicitado al Síndic de Greuges lo siguiente:

a) Que el Ayuntamiento de Valencia u órgano competente en esta materia (concejalías, áreas y servicios con sus respectivas competencias), adopte INMEDIATAMENTE y SIN MAYOR DILACIÓN todas las medidas procedentes en cumplimiento de la LOTUP (artículo 180) y de la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano 4/1998 y sus posteriores modificaciones, prestando especial atención a los Artículos 4 y 5, así como aquellos otros artículos de dicha ley que sean de aplicación para este caso, con el fin de que el legítimo propietario de este BRL proceda a REVERTIR LAS INTERVENCIONES DENUNCIADAS Y QUE A NUESTRO JUICIO SON ILEGALES Y CONTRARIAS A LA LEGISLACIÓN VIGENTE EN MATERIA DE PATRIMONIO CULTURAL.

b) Que el Ayuntamiento de Valencia informe si comprobó los hechos denunciados y ejerció las actuaciones que estimara pertinentes para la salvaguarda de la integridad de los valores de este elemento protegido, tal y como le trasladó en 2021 la Dirección General de Cultura y Patrimonio (2021/0581-V).

c) Que si el legítimo propietario de la ERMITA DE SAN MIGUEL DE SOTERNES (BRL) no atiende a los requerimientos y no actúa en el plazo legal requerido, que el Ayuntamiento de Valencia u órgano competente en esta materia, pase a EJERCER LA ACCIÓN SUBSIDIARIA A COSTA DEL INFRACTOR, con el fin de REVERTIR LAS INTERVENCIONES DENUNCIADAS, QUE SEGURAMENTE HAN SIDO REALIZADAS SIN LOS PERMISOS NECESARIOS Y CONTRAVINIENDO LA LEY.

d) Que el Ayuntamiento de Valencia se COORDINE DE MANERA ÁGIL Y EFICAZ A TRAVÉS DE LAS DIFERENTES CONCEJALÍAS, ÁREAS Y SERVICIOS CON COMPETENCIAS EN LA MATERIA (CULTURA, PATRIMONIO, URBANISMO, ETC.) con el fin de evitar una dilación innecesaria e injustificada que afecte más aún a la seguridad e integridad de este BRL. Se debe evitar a toda costa que las diferentes concejalías, áreas y servicios del Ayuntamiento de Valencia acaben pasándose la pelota de unos a otros, mareando a los autores de la queja, no actuando con la excusa de no tener las competencias cuando SÍ QUE LAS TIENEN, etc. tal y como hemos visto ya en diferentes expedientes de queja que hemos tenido que dar traslado al Síndic.

Conforme avance el presente expediente, os mantendremos informados.

Un saludo...

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.