El pasado 13 de febrero de 2026, nos vimos obligados a dirigirnos de nuevo al Síndic de Greuges para informarle de una noticia devastadora: la Alquería de Volante ha sufrido un derrumbe masivo que afecta a más de un 60% de su estructura. Los muros que milagrosamente resistieron el incendio de enero de 2024 han colapsado finalmente.
¿La razón? No ha sido un rayo, ni un terremoto. Ha sido la falta absoluta de techumbre y de las medidas mínimas de consolidación que desde nuestra asociación se exigió por activa y por pasiva. Durante un año y tres meses tras las recomendaciones iniciales del Síndic, el Ayuntamiento de Valencia ha sido incapaz de mover un solo dedo para proteger el inmueble.
Es una vergüenza que, sabiendo que el edificio estaba "en los huesos", no se instalaran ni estabilizadores de fachada ni torres de apeo metálicas. Han dejado que la gravedad, y en este caso el viento, haga el trabajo sucio que ellos no se atrevieron a hacer: borrar un referente de la arquitectura rural valenciana.
Desde el consistorio se nos ha intentado tomar el pelo sistemáticamente. Se han escudado en que la alquería ya gozaba de protección al estar catalogada con el Nivel 2 en el PGOU. Pero la realidad es muy diferente: ese nivel de protección ha resultado ser papel mojado, sin efectos reales sobre la integridad física del edificio.
En nuestras alegaciones de octubre de 2024, ya advertíamos que el Nivel 2 era claramente insuficiente. Solicitamos que se catalogara como Bien de Relevancia Local (BRL), lo que habría obligado a aplicar la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano 4/1998. Sin embargo, el Servicio de Planeamiento prefirió perderse en interpretaciones sesgadas y erróneas, llegando a decir que "confundíamos valores patrimoniales".
El tiempo nos ha dado la razón de la peor manera posible: mientras la administración mareaba la perdiz con interpretaciones subjetivas, sesgadas y parciales sobre nuestra petición de BRL, el edificio se derrumbaba por pura desidia y pasotismo.
Resulta insultante que el Ayuntamiento de Valencia afirme que el mantenimiento es obligatorio "independientemente del nivel de protección" mientras permite que un bien de su propiedad esté ocupado ilegalmente durante décadas, sufra incendios por almacenamiento de materiales inflamables y termine convertido en un montón de escombros.
Uno de los puntos más frustrantes de este proceso ha sido tener que enfrentar de nuevo a la kafkiana estructura administrativa del Ayuntamiento de Valencia. Parece que no existe un sólo gobierno municipal, sino "diecisiete reinos de Taifas" independientes que solo saben pasarse la pelota unos a otros en lugar de ser diligentes y solucionar los problemas.
Disciplina Urbanística dijo que no teníacompetencias porque el inmueble es de titularidad municipal. Patrimonio Municipal se escudó en que el suelo fue objeto de un proceso de expropiación por parte de ADIF para el Nudo Sur ferroviario. Pero la realidad jurídica es clara: el Ayuntamiento de Valencia es el legítimo propietario desde 1977.
Aunque ADIF sea el "poseedor" de la parcela, la transmisión del dominio no se ha producido porque no se fijó el justiprecio. Por tanto, el Ayuntamiento de Valencia ha consentido, por acción u omisión, la degradación, el expolio y la ruina de su propio patrimonio. Es una falta de diligencia inexcusable.
Que nadie piense que el derrumbe es el final del camino y que ahora podrán recalificar el suelo o dejar que la maleza lo cubra todo. La ley está de parte del patrimonio y vamos a exigir su cumplimiento hasta las últimas consecuencias.
Basándonos en el Decreto Legislativo 1/2021 (TRLOTUP), recordamos a los responsables políticos lo siguiente:
Vigencia de la Catalogación (Art. 189.7): La destrucción de un inmueble catalogado no libera al suelo de su régimen de protección. La desaparición física de los muros no exime al Ayuntamiento de su deber de restaurar el valor patrimonial del sitio.
Obligación de Restitución: Al ser una ruina provocada por la negligencia del propietario (el propio Ayuntamiento), este está obligado a restituir el bien a su estado original.
Deber de Conservación: El artículo 189 de la LOTUP señala que los propietarios deben mantener los edificios en condiciones de seguridad y funcionalidad. El Ayuntamiento ha incumplido su propia normativa durante años.
No nos vamos a quedar callados. Hemos solicitado formalmente al Síndic de Greuges la reapertura del expediente nº 2403359. No es una petición, es un clamor por la justicia patrimonial. Exigimos:
- Un informe técnico urgente que determine el plan para la reconstrucción fiel de la Alquería de Volante.
- La apertura de un expediente informativo para determinar por qué no se ejecutaron las medidas cautelares de estabilización que habrían evitado el colapso.
- La depuración de responsabilidades de los técnicos y responsables políticos que, conociendo el estado de ruina inminente, no movieron un dedo.
Es hora de que alguien asuma las consecuencias legales e incluso penales de haber permitido que un bien inventariado en el Plan de Acción Territorial de l'Horta desaparezca casi por completo. La Alquería de Volante no se ha caído: todos y cada uno de los gobiernos municipales, desde 1977, la han dejado caer. Y eso, en una ciudad que presume de proteger su identidad, es sencillamente imperdonable.
Un saludo...
No hay comentarios:
Publicar un comentario