viernes

Recomendaciones del Síndic de Greuges sobre la protección y recuperación del antiguo Horno de Cal de la Cruz Cubierta

Buenos días,

el pasado 14 de febrero denunciamos por escrito ante el Síndic de Greuges la ruina y la degradación de un antiguo HORNO DE CAL DE 1878, situado cerca de la Cruz Cubierta, debido a la URGENCIA Y AL INMINENTE RIESGO DE DESAPARICIÓN Y DESTRUCCIÓN DEL BIEN Y ANTE LA PASIVIDAD durante muchos años del Ayuntamiento de Valencia a la hora de protegerlo, catalogarlo y recuperarlo.

Nuestra asociación tiene constancia, por noticias de prensa publicadas desde el año 2007, que este horno de cal se ha ido degradando y deteriorando progresivamente sin que el Ayuntamiento de Valencia haya tomado las medidas necesarias para evitarlo. Durante estos trece años ha ido perdiendo poco a poco partes importantes de su estructura hasta el estado tan lamentable que presenta hoy.

En el Artículo 4, de LA LEY 9/2017, DE 7 DE ABRIL, DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 4/1998, DEL PATRIMONIO CULTURAL VALENCIANO, se modifica la disposición adicional quinta por el siguiente texto:

Tienen la consideración de bienes inmuebles de relevancia local, y con esta denominación deberán ser incluidos en los respectivos catálogos de bienes y espacios protegidos, las siguientes categorías de elementos arquitectónicos:

 2. Los pozos o cavas de nieve o neveras, las chimeneas de tipo industrial construidas de ladrillo anteriores a 1940, LOS HORNOS DE CAL ... (etc).

Por lo tanto, la propia Ley 9/2017, de 7 de abril, de modificación de la Ley 4/1998, del Patrimonio Cultural Valenciano, RECONOCE Y CONSIDERA AUTOMÁTICAMENTE COMO BRL EL HORNO DE CAL DE 1878 Y DEBERÍA ESTAR INCLUIDO EN EL CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS DEL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA.

Además, este horno de cal, de 142 años de antigüedad es un BIEN PATRIMONIAL VINCULADO A LA MEMORIA DEMOCRÁTICA VALENCIANA, puesto que el investigador José Navarro descubrió que fue el punto exacto de los fusilamientos extrajudiciales, de almenos un millar de personas de ambos bandos de la contienda militar, tras conversar con decenas de vecinos del barrio y de la zona. POR ESE MOTIVO DEBERÍA ESTAR LEGALMENTE PROTEGIDO Y CATALOGADO, ADEMÁS DE CONVERTIRSE EN UN MEMORIAL QUE SIRVA DE RECUERDO DE TODAS LAS VÍCTIMAS DE LA GUERRA CIVIL ESPAÑOLA, INDEPENDIENTEMENTE DE SU IDEOLOGÍA O PERTENENCIA POLÍTICA.

En este punto, debemos recordad que el Título III DEL DERECHO A LA MEMORIA DEMOCRATICA VALENCIANA (LEY 14/2017), Capítulo II, titulado LUGARES  e ITINERARIOS  de la Memoria Democrática, ARTÍCULO 20. Lugares e itinerarios de la memoria democrática de la Comunitat Valenciana, dice lo siguiente:

1. Tendrán consideración de lugares de la memoria democrática de la  Comunitat Valenciana aquellos espacios, inmuebles o parajes que se encuentren en ella y revelen interés para la comunidad autónoma, por haberse desarrollado en ellos  hechos de singular relevancia por su significación histórica, simbólica o por su repercusión en la memoria colectiva  de la lucha de los valencianos y valencianas  por sus derechos y libertades democráticas  en el  período  que  abarca desde  la  proclamación  de  la  II República Española, el 14 de abril de 1931, hasta la entrada en vigor del Estatuto de autonomía de la Comunitat Valenciana,  el 10 de julio de 1982.

Sin embargo, una vez más y siguiendo con la tónica habitual, el Servicio de Patrimonio Histórico y Artístico vuelve a dejar en el tintero algunos asuntos y NI SE PRONUNCIA NI DA LAS CORRESPONDIENTES Y DETALLADAS EXPLICACIONES SOBRE LOS SIGUIENTES PUNTOS:

a. El ayuntamiento nos informa que el Horno de Cal “se ha incluido este elemento patrimonial dentro de un Área de Vigilancia Arqueológica para que, en su momento, se realice una intervención para su excavación y documentación exhaustiva y se evalúe su posible puesta en valor”, obviando deliberadamente que se deben tomar medidas urgentes para consolidar este bien patrimonial y frenar su deterioro, tal y como solicitábamos en el punto 4 de nuestra queja: “agilizar todos los trámites y permisos necesarios para que el legítimo propietario del antiguo horno de cal (sea quién sea) intervenga inmediatamente y sin más dilación con el fin de revertir y solucionar los daños que está sufriendo el antiguo horno de cal y que pueden derivar en su completa destrucción y desaparición”

b. El ayuntamiento nos informa que “se procederá a pasar esta información al Servicio de Planeamiento para su consideración y posibilidad de ser declarado BRL”, pero no se pronuncia ni responde a nuestra petición, en base al Título III DEL DERECHO A LA MEMORIA DEMOCRATICA VALENCIANA (LEY 14/2017), Capítulo II, titulado LUGARES  e ITINERARIOS  de la Memoria Democrática, ARTÍCULO 20. Lugares e itinerarios de la memoria democrática de la Comunitat Valenciana, de DOTARLO DE PROTECCIÓN LEGAL EN BASE A ESTA LEY, independientemente del Servicio de Planeamiento, y CONVERTIR EL HORNO DE CAL EN UN MEMORIAL QUE SIRVA DE RECUERDO DE TODAS LAS VÍCTIMAS DE LA GUERRA CIVIL ESPAÑOLA, INDEPENDIENTEMENTE DE SU IDEOLOGÍA O PERTENENCIA POLÍTICA. Si el Ayuntamiento de Valencia no tiene competencias al respecto, debería haber dado traslado de nuestra petición a la Conselleria competente en la materia. No tenemos constancia de que así lo haya hecho.

Por todo lo anteriormente expuesto, el Síndic ha considerado oportuno RECOMENDAR al Ayuntamiento de Valencia que se aclare si se va a adoptar alguna medida urgente con el fin de proteger este inmueble y frenar su deterioro y para catalogarlo como bien de relevancia local o como lugar de la memoria democrática, al amparo de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 14/2017, de 10 de noviembre, de memoria democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana.

Estaremos pendiente de la respuesta del Ayuntamiento de Valencia.

Un saludo...

Respuesta de la Plataforma Salvem el Metropol al informe del Consell Valencià de Cultura

Desde la Plataforma Salvem el Metropol queremos hacer unas puntualizaciones y consideraciones sobre el informe realizado por el Consell Valencià de Cultura (CVC) por petición de la Delegación de Patrimonio y Recursos Culturales del Ayuntamiento de Valencia y con el fin de proteger el Cine Metropol.

Partiendo de la base de que el CVC no se ha molestado en realizar un estudio histórico crítico para evaluar el objeto de discusión, consideramos que las opiniones de algunos de los miembros del CVC radican única y exclusivamente en el ámbito de las valoraciones personales y subjetivas, alejadas completamente de la materia objeto del informe.

La consideración histórica de este cine, vinculada a la Segunda República, está formalmente y documentalmente probada en la bibliografía que ha sido ignorada por el propio CVC. Basta con revisar las dos siguientes referencias bibliográficas para documental y probar formalmente la vinculación del Cine Metropol con la Segunda República y con el Comité Ejecutivo Popular (CEP) que ostentaba la representación legal del gobierno central republicano desde el  5 de agosto de 1936:

- Cosme Ferris, M. D. (2008). El teatro en la ciudad de Valencia. Reconstrucción de la cartelera valenciana (1936-1939) (Tesis doctoral no publicada). Universitat de València, València.

- Ferrer Gimeno, F. (2011). Vestuario para El triunfo de las Germanías. Stichomythia: Revista de teatro español contemporáneo, 11-12, pp. 268-283.

Independientemente de que el Cine Metropol fuera o no sede de un organismo de gobierno o de otra institución y que tuviera o no relevancia política, cabe recordar al CVC que la DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA DE LA LEY 4/1998 DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL (RECONOCIMIENTO LEGAL DE BIENES INMUEBLES DE RELEVANCIA LOCAL, EN ATENCIÓN A SU NATURALEZA PATRIMONIAL), ARTÍCULO 4, PUNTO 3, dice lo siguiente:

3. El patrimonio histórico y arqueológico civil y militar de la Guerra Civil en la Comunitat Valenciana, además de los espacios singulares relevantes e históricos de la capitalidad valenciana...

Es más que evidente y está más que demostrado y documentado que el Metropol es un espacio singular, único, relevante e histórico de la capitalidad valenciana, vinculado a la figura de Vicente Miguel Carceller, personaje obviado e ignorado de nuevo por las instituciones a las que se le ha solicitado un informe histórico.

A ello hay que añadir que el Comité Ejecutivo de Espectáculos Públicos (CEEP), que estaba bajo el control de los principales sindicatos teatrales: CNT y UGT, fue el responsable de requisar teatros y locales tanto públicos como privados además de controlar y programar todos los espectáculos con el fin de apoyar y alentar la resistencia en la zona republicana. Fue el único comité de esta índole que se creó en toda España y que permaneció activo hasta casi el final de la Guerra Civil. Por lo tanto, el Cine Metropol es el único edificio en pie que queda en toda Valencia de un comité único y exclusivo en toda España.

Además, el Cine Metropol es un inmueble donde SE DESARROLLARON  HECHOS DE SINGULAR  RELEVANCIA  HISTÓRICA, tal  y como recoge la  Ley 14/2017, de 10 de noviembre, de memoria democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana en el artículo 20 del Título III, pues el Metropol es el ÚLTIMO EDIFICIO  INTACTO  que perteneció al CEEP y en su  interior se INFORMABA a los  ciudadanos  del curso de la guerra y se LEVANTABA LA MORAL de la RETAGUARDIA, además de servir de evasión a las tropas que del frente venían a Valencia con días de permiso.

En este punto, el CVC pasa por alto en su informe el Título III DEL DERECHO A LA MEMORIA DEMOCRATICA VALENCIANA (LEY 14/2017), Capítulo II, titulado LUGARES  e ITINERARIOS  de la Memoria Democrática, ARTÍCULO 20. Lugares e itinerarios de la memoria democrática de la Comunitat Valenciana, dice lo siguiente:

1. Tendrán  consideración  de  lugares  de  la  memoria  democrática  de  la  Comunitat Valenciana  aquellos espacios, inmuebles  o parajes que se encuentren en ella y revelen interés para la comunidad autónoma, por haberse desarrollado en ellos hechos de singular relevancia por su significación histórica, simbólica o por su repercusión en la memoria colectiva  de la lucha de los valencianos y valencianas  por sus derechos y libertades democráticas  en el  período  que  abarca desde  la  proclamación  de  la  II República Española, el 14 de abril de 1931, hasta la entrada en vigor del Estatuto de autonomía de la Comunitat Valenciana,  el 10 de julio de 1982. Un ejemplo de esto sería, por ejemplo, la proyección de espectáculos públicos en el Cine Metropol con el fin de apoyar y alentar la resistencia en la zona republicana.

En el informe, se sigue apuntando la falta de valor a nivel arquitectónico e incluso la poca relevancia al considerarse una “obra menor”, siendo sin embargo una obra de gran singularidad a nivel arquitectónico, además de por el rótulo de fachada (único elemento en consideración en dichos informes), también por el diseño de estilo modernista (art déco) presente en su fachada. Al ser el único cine de esta época que reúne estas características y que se conserva íntegramente en pie, es pues ejemplo singular y único de esa tipología edificatoria en la ciudad de Valencia.

Por todo ello, desde nuestra plataforma consideramos que este informe está hecho desde el punto de vista personal de alguno de sus miembros y no de forma consensuada y colectiva como sería de esperar. De la misma forma, un informe de estas características carece de valor académico si en la elaboración del mismo no se ha utilizado la metodología propia de las investigaciones humanísticas, destacando que en el mismo se ha obviado parte de la bibliografía y de la legislación sobre la materia objeto del informe.

jueves

Civilización contra barbarie

Buenos días,

estamos en permanente lucha contra una serie de delincuentes que campan a sus anchas por la ciudad, destrozando nuestro patrimonio, pintarrajeándolo, rompiéndolo y sin que haya ningún tipo de sanción, castigo y/o responsabilidad penal para ellos. 

Vivimos un momento en el que hay un claro choque entre la civilización y la barbarie y la razón y la irreflexión. Y aquellos que respetamos nuestro patrimonio cultural, nos preocupamos por su salvaguarda, protección, etc. estamos en clara desventaja ante las acciones de estos delincuentes, que se sienten totalmente impunes y libres de seguir haciendo lo que les apetezca.

Las diferentes administraciones públicas valencianas y especialmente las concejalías, servicios, direcciones generales de cultura y patrimonio, etc. que tienen claras y muy definidas competencias en la materia, siguen sin tener a responsables políticos válidos y competentes. Desde tiempos inmemorables ha abundado la mediocridad, la desidia, el oportunismo y el interés propio. Es muy habitual escuchar en los despachos frases como ¿Y eso a mi en qué me beneficia? para decidir si algo se hace o no, si es urgente o puede esperar una o dos legislaturas más y así para el resto de toma de decisiones que afectan directamente a nuestro patrimonio. Primero hay que atender a los sectores afines de cara a asegurar votos en las primarias de sus partidos para poder estar así en un puesto alto y asegurarse ser elegible y repetir en el cargo. Quienes están dentro de un partido político sabe perfectamente de lo que estamos hablando. Esta todo ya inventado, pues las gens y los clientes ya existen desde la antigua Roma.

Partiendo de esta premisa, es muy fácil entender la situación que estamos viviendo hoy en día. Los ataques, las agresiones, la destrucción y el abandono y la degradación de nuestro patrimonio no parte ni de esta ni de la anterior legislatura, ni de la de más atrás. Viene de lejos. Es un cúmulo de malas decisiones, de desidia, de pasotismo, de no prestarle la debida y necesaria importancia a a nuestro patrimonio, de no hacer caso a las entidades, asociaciones y particulares que denuncian estos casos y los ponen en conocimientos de las autoridades, ignorando sus quejas y denuncias, no respondiendo a las mismas y aplicándoles el silencio más ignominioso. Una bola de nieve que ha ido creciendo y cogiendo velocidad sin que nadie se haya molestado en detenerla o almenos, poner todos los medios habidos y por haber para hacerle frente y detenerla. Solo se ha parcheado y una buena muestra de ello es la campaña #RespectaValència. No sirve y no va a dar resultados, pues la gente que se dedica a destruir el patrimonio cultural, de forma consciente o por simple ignorancia, no atiende a estas peticiones "buenistas". Con ellos hay que ir con la ley por delante y de forma contundente, aplicándoles el Código Penal, sancionándoles tanto económicamente como con servicios a la sociedad. Deben pagar por sus actos.

Tenemos todos muy claro que la educación la brindan los padres y las familias en casa, que puede y debe ser reforzada en las escuelas con programas de concienciación y sensibilización patrimonial y también a través de las administraciones públicas de mil maneras posibles, previniendo, vigilando, pero usando, cuando sea preciso, la potestad sancionadora, trasladando estos hechos a la Policía (Nacional y Autonómica), para que se investigue a los responsables y para que sean llevados ante un Juez.

La pobre escultura de la Diosa Ceres, obra de Antonio Ponsonelli/Ponzanelli, es solo otro lamentable capítulo más de esta guerra sin cuartel. La persona o personas que la han reventado son los máximos responsables de un delito contra el patrimonio cultural, además de unos ignorantes e incultos de tomo y lomo, pero no podemos dejar de lado la responsabilidad de las administraciones públicas valencianas, que son las que deben velar por la integridad de nuestro patrimonio, poniendo todos los medios posibles para protegerlo. Y no lo están haciendo como deberían hacerlo.

En este punto vamos a dejar claro una cuestión sobre las que algunas personas les gusta pronunciarse, tal y como hemos visto en otras páginas y foros, con el único objetivo de desvirtuar la información y la defensa de nuestro patrimonio cultural, que esta muy por encima de cualquier sigla, partido u otros intereses personales, acólitos y estómagos agradecidos. Los consabidos "y tú más", "con los de antes era peor", "antes no lo denunciabais", etc. no tienen ni la categoría de argumento, quedando relegados a una mera y ridícula pataleta. Les recomendamos a los que cojan esa vía, que antes de comentar, busquen información en Internet y encontraran noticias como esta, de marzo de 2011, más de un año antes de que creáramos nuestra asociación:


Lo denunciábamos antes y lo seguimos haciendo ahora, con independencia de quién o quiénes gobiernen. Evidentemente, ahora somos más incisivos y precisos con nuestras denuncias que hace 8-9 años, por la experiencia acumulada, por los más de 600 escritos dirigidos a diferentes administraciones públicas y más de 200 al Síndic de Greuges, por haber creado una red de colaboradores y equipos pluridisciplinares que apoyan, aportan y ayudan y por conocer mejor el funcionamiento de las instituciones desde dentro.

Por último, queremos recordar, a todos aquellos que dicen que dejemos la "política" para los "políticos", el artículo 23 de la Constitución Española:  1. Los ciudadanos tiene el derecho a participar en los asuntos públicos, DIRECTAMENTE o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.

Hacer "política" no es una cuestión única y exclusiva de los políticos profesionales, lo es también de todos y cada uno de los ciudadanos de esta sociedad. Nosotros seguiremos haciendo política cultural y patrimonial, como lo venimos haciendo desde hace más de ocho años, le pese a quien le pese. Que lo tengan muy presente nuestros POLÍTICOS y aquellos que se alinean a su lado y se rasgan las vestiduras por ellos.

Un saludo...

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

miércoles

El chalé del republicano en la calle Aben al-Abbar nº7

Hola,

el pasado 10 de junio nos acercamos a la calle Aben al-Abbar nº7 para ver el estado de las obras de restauración y rehabilitación del edificio conocido como el chalé del republicano, por haber sido, según algunos historiadores, el lugar donde hizo la última reunión el gobierno de la Segunda República Española antes de su exilio.


La sorpresa fue muy desagradable, pues nos dimos cuenta que los dos torreones heptagonales, rematados por sendos cupulines de teja vidriada y reflejos metálicos, son completamente nuevos. Una reconstrucción que nada tiene que ver con los volúmenes y construcciones anteriores y que contradice lo informado en el INFORME DESARROLLO DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS DE REHABILITACIÓN Y ACONDICIONAMIENTO DEL CHALET ABEN AL-ABBAR (E 01201-2017-000445 / 20190606).

En este informe se habla del mal estado de los torreones y de que “se ha tratado de recuperar los cupulines mediante la colocación de cinchas en la parte superior pero la degradación de los cerramientos y en especial la disgregación del mortero ha hecho que haya sido imposible mantener los prismas de los torreones que estaban situados en los vértices de los cuartos auxiliares traseros. De los dos cupulines se ha podido salvar uno de ellos, precisamente el que estaba construido con dos capas de rasilla, mientras que el que tenía una sola capa se ha deshecho, y este SERVIRÁ DE MODELO PARA LA RECONSTRUCCIÓN FIEL DE ESTOS ELEMENTOS SINGULARES”. Queremos remarcar pues que en este informe se habla claramente de una RECONSTRUCCIÓN FIEL de estos elementos singulares.

En el informe, se añade además que “el proyecto que ahora se está ejecutando fue informado favorablemente por la Comisión Técnica de Patrimonio en sesión de fecha 20/07/2017” y que “desde el punto de vista patrimonial hay que indicar que el edificio no está catalogado como BRL (Bien de Relevancia Local)”. De la misma manera se informa que “No obstante en el Catálogo de Edificios Protegidos del vigente P.G.O.U. figura el chalet con un nivel de protección 2 (protección básica estructural), por la que, según artículo 3.64 de las Normas Urbanísticas, se afecta a los edificios que por su valor histórico o artístico deben ser conservados, al menos parcialmente, preservando los elementos definitorios de su estructura arquitectónica y/o aquellos elementos constructivos singulares de intrínseco valor que existan en el inmueble en la que no se le adjudica ningún tipo de protección”.

Por ello, nos vemos en la obligación de señalar que cuando la Comisión Técnica de Patrimonio, en sesión de fecha 20/07/2017, informó favorablemente del proyecto, YA ESTABA EN VIGOR LA MODIFICACIÓN DE la Ley 4/98, de Patrimonio Cultural Valenciano, (por Ley 9/2017 de 7 de abril) que añade a la Disposición Adicional Quinta, en su apartado tercero, otros inmuebles que deberán ser considerados como BRL. Son los siguientes: 

- El patrimonio histórico y arqueológico civil y militar de la Guerra Civil en la Comunitat Valenciana. 
- Los espacios singulares relevantes e históricos de la capitalidad valenciana. 
- Los espacios relevantes que utilizaron personajes importantes de nuestra historia durante el período de guerra de 1936 a 1939. 

Por ende, el CHALÉ DEL REPUBLICANO DE LA CALLE ABEN AL-ABBAR Nº7 TENÍA YA LA CONSIDERACIÓN AUTOMÁTICA DE BRL y como tal se tendría que haber intervenido patrimonialmente en él, REALIZANDO UNA RECONSTRUCCIÓN FIEL DE ESTOS ELEMENTOS SINGULARES y no lo que se ha hecho.

En todo momento se habla de una reconstrucción fiel al edificio original que se trataba de rehabilitar y, por lo tanto, consideramos que al tratarse de una reconstrucción “FIEL” debería tener la misma forma de la construcción original, incluyendo su materialidad.  Sobre todo, cuando la materialidad de la cobertura de las torretas (tejas) se encontraban, aparentemente, en buen estado de conservación, habiendo sido lo más correcto reutilizar el material original.

Cabe resaltar que se trata de un edificio donde era perfectamente reconocible su volumetría original y se podría haber realizado un levantamiento exhaustivo para poder realizar la reconstrucción FIEL que se proponía y que NO se ha realizado, como se puede apreciar en las imágenes que se adjuntan. EL ENCUENTRO ENTRE LA CÚPULA Y EL "FUSTE" DE LA TORRE ERA COMPLETAMENTE DIFERENTE A COMO ES AHORA; LOS CUPULINES ERAN CURVOS Y AHORA SON RECTOS; etc. 

Sin embargo, a diferencia de lo descrito, se ha realizado una interpretación libre de la construcción original, incluyendo la colocación de nueva materialidad, mostrando una imagen nueva, que impacta, frente a la imagen original, considerándose una actuación inadecuada en una construcción protegida que se merecía un gran respecto y sensibilidad en la actuación que se realizara.

Nuestra asociación considera pues que esta parte de la intervención sobre un bien patrimonial protegido, como lo es el chalé del republicano de la calle Aben al-Abbar nº7, ES ENORMEMENTE IRRESPETUOSA Y CONTRARIA A SU CONDICIÓN BIEN DE RELEVANCIA LOCAL y por ello, ha presentado la pertinente queja dirigida al Ayuntamiento de Valencia.

En el plazo de tres meses deberá responder detalladamente a todas las cuestiones planteadas. En caso contrario volveremos a acudir al Síndic de Greuges, no descartando tomar otro tipo de medidas legales contra este nuevo atropello patrimonial.

Un saludo...

Antes y después
Exin Castillo
Foto: Dora Robledo

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural y de Dora Robledo, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

domingo

Respect cultural heritage

Buenas tardes,

ayer por la tarde, hacia las 18h, me encontré con una escena dantesca en la Catedral de Valencia. Un niño y una niña, de no más de 9 años, pegaban balonazos contra la fachada del templo, recayente a la plaza de l'Almoina y próxima a la puerta románica.

El padre, de pie junto a otra niña pequeña, observaba la escena sin inmutarse y sin decirles nada. Por lo visto, le parecía perfecto que sus hijos chutaran con fuerza contra los sillares de este edificio monumental.

Estuvieron un rato, mientras hablaba por teléfono. Al terminar la llamada grabé poco más de 30 segundos en los que se puede ver perfectamente algunos de los pelotazos que le dieron a la Catedral. Nadie de los allí presentes dijo nada ni les llamó la atención a pesar de chutar insistentemente la pared.

Al acercarme para hablar con ellos, los niños no hablaban español y el padre se alejaba, pasando olímpicamente de todo, por si las moscas. En inglés les pregunté de dónde eran  y el niño respondió que estadounidenses. Les dije, educadamente, que el edificio al que le estaban pegando balonazos era un monumento y que estaba protegido. Les pregunté también si en su país les dejaban golpear con una pelota un monumento, una iglesia o la fachada de un edificio. Me dijeron que no, avergonzados y se marcharon.

Lo que pasó ayer pone de manifiesto la nula educación y respeto que algunas personas muestran por el patrimonio cultural y la irresponsabidad de algunos padres a la hora de inculcar valores en unos niños que de mayores, repetirán los mismos patrones con sus hijos. El padre de estos niños debería ser el primero en decirle a sus hijos que lo que estaban haciendo ayer con la pelota en el muro de la Catedral no era correcto. Pero ni se educa ni se conciencia, simplemente se deja hacer y se consiente todo.. Los que paséis por la plaza del Carmen podréis ver la misma escena de niños usando la iglesia de la Santísima Cruz como portería de fútbol, mientras que sus padres los miran orgullosos. Y los que hacen eso son de la terreta, no hay que irse más lejos.

Buena parte de los destrozos, el vandalismo y los daños y ataques contra nuestro patrimonio surgen de escenas como las de ayer. Hay un problema de base, que nace de la falta de educación en el hogar y que tampoco es reforzada y apoyada con programas claros de concienciación y sensibilización patrimonial, prevención, vigilancia y llegado el caso, sanción.

Falta mucho respeto hacia nuestro patrimonio cultural.

Un saludo...

Sábado 13 de junio de 2020

lunes

El Ayuntamiento de Valencia pasa de las Atarazanas del Grao (BIC)

Buenos días,

el Ayuntamiento de Valencia sigue pasando, olímpicamente, de la vigilancia y del mantenimiento regular de las Atarazanas del Grao (BIC).

Hace unos días, pudimos comprobar que se sigue permitiendo el aparcamiento de vehículos dentro del área de protección libre de ocupación que recogen los Planes Especiales de Protección (PEP) de los Bienes de Interés Cultural.

La presencia de coches y motos, pegadas a los muros o dentro de este área, es habitual desde hace tiempo en este bien patrimonial. Sin embargo, nuestro consistorio, a través de las concejalías, áreas, servicios, etc. con competencias en la materia, sigue sin tomar las medidas necesarias para que esto ocurra y pone todo tipo de excusas y pretextos, pasándose la responsabilidad de servicio en servicio de forma irresponsable y negligente.

De la misma manera, algunas de las pintadas realizadas sobre los muros de ladrillo y que hemos denunciado en RRSS y por escrito, han sido "eliminadas" de una forma chapucera, poco profesional y nada respetuosa con el bien. Han sido camufladas, directamente, bajo una capa de pintura. Un parche cutre, al estilo del cartel escrito a mano que ha lucido nuestra Lonja de los Mercaderes durante meses.

A todo esto, hay que sumar la vegetación que crece descontrolada y que daña la piedra y los trastos y enseres que los incívicos abandonan en los muros del edificio, como si este fuera un vertedero.

Si nuestro ayuntamiento sigue confiando, ilusamente, en el supuesto civismo y respeto de algunos de sus ciudadanos, seguiremos así por los siglos de los siglos. Concienciar, informar, prevenir, vigilar... pero también sancionar estas conductas, tal y como si se castigan otras actitudes, faltas y delitos en otros ámbitos de nuestra sociedad. El patrimonio cultural no merece este pasotismo e indiferencia por parte de nuestras administraciones públicas.

Un saludo...

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

El Ayuntamiento de Valencia vuelve a ignorar al arquitecto valenciano Rafael Guastavino Moreno

Buenos días, 

nuestra asociación lleva pidiendo desde abril de 2017, en ocasión del 175 aniversario del nacimiento del arquitecto Rafael Guastavino Moreno, la colocación de un busto, una placa, un monolito, o lo que el propio Ayuntamiento considere más oportuno, en la desaparecida calle Puñalería de Valencia (hoy Plaza de la Reina), para rendir homenaje al arquitecto valenciano más internacional.



Durante estos tres años de expediente, la actitud del Ayuntamiento de Valencia ha sido lamentable y vergonzosa, especialmente por parte de Servicio de Patrimonio Histórico Artístico de la Concejalía de Cultura, cuando volvimos a solicitarlo por segunda vez en febrero de 2019.

Como viene siendo costumbre, este Servicio HA VUELTO A VULNERAR, por enésima vez, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, IGNORANDO Y MENOSPRECIANDO los derechos que nos amparan como ciudadanos y que están perfectamente recogidos y detallados en el marco jurídico vigente. El derecho a obtener una resolución sobre lo peticionado a la Administración impone a ésta un plazo máximo para resolver, con el fin de evitar esperas interminables del ciudadano, so pena de aplicar reglas del silencio positivo o negativo. Claramente lo formula la exposición de motivos de la citada Ley “el silencio administrativo, positivo o negativo, no debe ser instituido jurídico normal, sino la garantía que impida que los derechos de los particulares se vacíen de contenido cuando su Administración no atienda eficazmente y con celeridad debida las funciones para las que se ha organizado”.

La Concejalía de Cultura NOS HA VUELTO A APLICAR DE FORMA PRESUNTAMENTE MALINTENCIONADA EL SILENCIO ADMINISTRATIVO, positivo o negativo, HABIÉNDOLO INSTITUIDO COMO UN HÁBITO NORMAL, CRÓNICO Y FRECUENTE, no atendiendo de forma eficaz y con la debida celeridad las funciones para las que se ha organizado. Una actitud negativa y profundamente irrespetuosa con los ciudadanos y asociaciones que nos dedicamos a la defensa del patrimonio, CON EL AGRAVANTE EN ESTE CASO de que esta administración era plenamente conocedora de nuestro escrito del 17 de febrero de 2019, como reconoce en su respuesta: “El 17 de febrero de 2019 tiene entrada en el registro de este Ayuntamiento nueva instancia del Sr. César Guardeño Gil...” y por lo tanto ACTÚA CONSCIENTEMENTE, NO NOTIFICANDO LA CORRECTA RECEPCIÓN DE NUESTRO ESCRITO (CON LA CONSIGUIENTE ASIGNACIÓN DE UN NÚMERO PARA NUESTRO EXPTE.), Y NO RESPONDIENDO EN TIEMPO Y FORMA AL CONTENIDO Y A LAS CUESTIONES PLANTEADAS EN EL MISMO.

En octubre de 2017, se nos respondió que: “Este Servicio de Patrimonio Histórico informa que está dispuesto a estudiar dicha propuesta, y se ejecutará en función de las prioridades y disponibilidad presupuestaria que la Concejalía de Cultura tenga". Una respuesta tramposa, vaga e inconcreta que parece haber caído en el olvido a tenor de los argumentos que ha esgrimido ahora la Concejalía de Cultura.

Algunos de los argumentos ofrecidos hasta la fecha son los siguientes:

a) La nómina de arquitectos valencianos es amplísima y podemos entrar en un contexto de agravios comparativos continuados (no en balde acabamos de realizar una exposición sobre Javier Goerlich).

¿La Concejalía de Cultura considera un agravio comparativo que la ciudad que lo vio nacer rinda un merecido homenaje a su arquitecto más internacional y conocido? Deberían tomar ejemplo de la Falla Plaza de la Reina, Paz y San Vicente, "Tio Pep", por el monumento "Ningú és profeta en la seua terra", que dedicó a Guastavino:


b) Es criterio de la Delegación de Patrimonio y Recursos Culturales que esta Corporación no puede hacer prevalecer una figura pública respecto de otra, en virtud de valoraciones que, si bien pueden ser compartidas por gran parte de la sociedad valenciana y, dentro de ella, por este Ayuntamiento, no dejan de ser por ello, discrecionales. 

c) Si bien es indudable la relevancia del ilustre arquitecto valenciano Rafael Guastavino Moreno, aspecto que esta Corporación no cuestiona, es obligación de los poderes públicos actuar con templanza a la hora de dar precedencia a una persona pública  frente a otra, dada la dificultad que conlleva en este aspecto mantener un nivel de objetividad deseable dentro de una potestad discrecional como es este caso.

No compartimos para nada la opinión de la Delegación de Patrimonio y Recursos Culturales que esta Corporación, en cuanto que no puede hacer prevalecer una figura pública respecto de otra, en virtud de valoraciones “discrecionales”, y más teniendo en cuenta que el arquitecto Rafael Guastavino Moreno no es un arquitecto más, en virtud de valoraciones de la “sociedad valenciana”, sino que su importancia está reconocida a nivel mundial como el “Arquitecto de Nueva York”. Y al igual que otros ilustres valencianos en diferentes campos, como Vicente Blasco Ibáñez, Joaquín Sorolla o Mariano Benlliure, por poner tres ejemplos que sí que tienen un reconocimiento público en la ciudad que los vio nacer, Rafael Guastavino Moreno es el equivalente de estas figuras, en el campo de la arquitectura y a nivel internacional, siendo estudiado en EEUU como uno de los arquitectos más relevantes de finales del siglo XIX y principios del XX.

d) Salvo los retratos de dos alcaldes para su incorporación a la galería de Alcaldía, esta Corporación no ha encargado busto, escultura ni monumento honorífico conmemorativo de ninguna figura pública o privada. 

Esto no es inhabilitante para que el Ayuntamiento de Valencia busque fórmulas de colaboración entre las diferentes concejalías y servicios del propio consistorio o con otras administraciones públicas (Generalitat Valenciana, Consell Valencià de Cultura, etc.). En lugar de cerrarse en banda y estar siempre con el NO en la boca, se podría estudiar y valorar todas las opciones posibles. Lo que falta son voluntad y ganas.

Esta claro pues que el Ayuntamiento de Valencia y la Concejalía de Cultura, está usando unos argumentos y excusas que caen por su propio peso. Mientras en EEUU y especialmente en Nueva York, admiran y valoran la figura de Rafael Guastavino Moreno, aquí, en Valencia se habla de "agravios comparativos continuados", "disponibilidad presupuestaria (NUNCA)", etc.

La guinda del pastel ya la puso la propia regidora de cultura que, respondiendo a un tweet nuestro dijo en público lo siguiente:


"Para cuando vas a hacer un monumento a no sé quién". Una frase como esta deja patente la ignorancia y el ínfimo nivel de nuestros responsables políticos en materia de cultura y patrimonio.

A pesar de las reticencias mostradas por nuestro consistorio, nuestra asociación seguirá pidiendo y peleando por algo que considera justo y necesario. Rafael Guastavino Moreno tendrá su merecido reconocimiento por parte de la ciudad que lo vio nacer. A diferencia de los políticos mediocres que nos rodean y que están solo de paso, Guastavino es ETERNO y UNIVERSAL.

Un saludo...

jueves

Terceras Recomendaciones del Síndic de Greuges por el estado de abandono y ruina del Fort Carlista de Cullera (BIC)

Buenos días,

el Síndic de Greuges ha considerado oportuno RECOMENDAR, por tercera vez, al Ayuntamiento de Cullera y a la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana que, en cumplimiento con lo dispuesto en nuestras anteriores Recomendaciones de fechas 27/7/2017 y 18/12/2018, y teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde las mismas, adopten cuanto antes todas las medidas que sean necesarias para retirar los repetidores radioeléctricos y el resto de construcciones y elementos impropios que se encuentran dentro del propio inmueble y del entorno de protección de este bien de interés cultural.  

Tras las dos recomendaciones anteriores, aceptadas pero incumplidas, decidimos reabrir el expediente:


Durante todo este tiempo, nuestra asociación tiene la extraña sensación que con el tema de LOS REPETIDORES RADIOELÉCTRICOS Y EL RESTO DE CONSTRUCCIONES Y ELEMENTOS IMPROPIOS QUE SE ENCUENTRAN DENTRO DEL PROPIO FUERTE Y DEL ENTORNO DE PROTECCIÓN DE ESTE BIC DE FORMA ILEGAL, la Conselleria de Cultura y el Ayuntamiento de Cullera se están pasando la patata caliente para no actuar inmediatamente. Que a estas alturas no esté claro la administración que debe hacerse cargo de su reiterada es cuanto menos preocupante.

Ante esta falta de claridad y quedando aún por identificar la administración que procederá a la retirada de los elementos inapropiados e ilegales instalados en un BIC, Hemos vuelto a solicitar QUE TODAS Y CADA UNA LAS ADMINISTRACIONES IMPLICADAS Y CON COMPETENCIAS EN LA MATERIA, DEFINAN Y ACLAREN DE UNA VEZ POR TODAS Y DE FORMA DIRECTA Y PRECISA QUÉ ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEBE PROCEDER A LA RETIRADA DE LOS REPETIDORES RADIOELÉCTRICOS Y DEL RESTO DE CONSTRUCCIONES Y ELEMENTOS IMPROPIOS. SIN MÁS DILACIÓN.

Volvemos a remarcar que cuando esos repetidores fueron instalados allí, incumpliendo la legislación en materia de patrimonio cultural, no debió existir ninguna “complejidad” ni demora para las administraciones que, por acción u omisión, lo permitieron. POR ELLO, REITERAMOS LA NECESIDAD Y LA OBLIGACIÓN LEGAL DE REMOVER DE FORMA ÁGIL Y COORDINADA CUALQUIER DIFICULTAD E IMPEDIMENTO EN LOS TRÁMITES QUE SEAN PRECISOS Y NECESARIOS PARA LOGRAR, SIN MÁS DILACIÓN, LA RETIRADA DE LOS MISMOS.

Si el Ayuntamiento de Cullera y la Conselleria de Cultura persisten en no aclarar y definir qué administración pública debe proceder a la retirada de LOS REPETIDORES RADIOELÉCTRICOS Y EL RESTO DE CONSTRUCCIONES Y ELEMENTOS IMPROPIOS, COLOCADOS DE MANERA IRREGULAR E ILEGAL EN UN BIC, y no toman las medidas legales para proceder a su retirada inmediata, daremos traslado del presente expediente y de las recomendaciones emitidas por su institución a un juzgado, para que se tomen las medidas legales oportunas y para que se depuren responsabilidades por un presunto delito contra el patrimonio cultural, por acción u omisión, por haber permitido su instalación y por seguir permitiéndola a sabiendas de que es ILEGAL.

Un saludo...

martes

Cuartas Recomendaciones del Síndic de Greuges por el mal estado del Castillo de Santa Bárbara de Ademuz (BIC)

Buenos días,

el Síndic de Greuges vuelve a emitir las correspondientes RECOMENDACIONES al Ayuntamiento de Ademuz y a la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana para que, en cumplimiento con lo dispuesto en nuestras anteriores Recomendaciones de fechas 29/4/2016, 10/5/2017 y 27/6/2018, adopten todas las medidas que sean necesarias para lograr la adecuada conservación, rehabilitación y puesta en valor de este importante activo del patrimonio cultural valenciano.  

Nuestra asociación lleva 53 meses denunciando el mal estado del Castillo de Santa Bárbara de Ademuz (BIC) ante la pasividad y negligencia de las administraciones públicas valencianas con competencias en la materia, teniendo ya el expediente cuatro recomendaciones del Síndic:



En otras entradas del blog ya hemos demostrado el desprecio que el Ayuntamiento de Ademuz y sus responsables tienen por este patrimonio, considerando un BIC perfectamente inventariado y con su ficha del Catálogo de Bienes Patrimoniales de la Generalitat Valenciana (código 46.09.001-00) como de "restos de muralla" o "supuesto castillo":



En las últimas alegaciones enviadas por el Ayuntamiento de Ademuz quedan patente varias cuestiones:

1, Por más que se empeñe e insista el alcalde de Ademuz en calificar de “errónea” la denominación Castillo de Santa Bárbara de Ademuz e intente, torpemente, desviar la atención con otro bien que nada tiene que ver con el presente expediente, la realidad del bien es clara y contundente. LA DENOMINACIÓN OFICIAL DE ESTE BIC, CON EL MÁXIMO GRADO DE PROTECCIÓN, ES LA DE CASTILLO DE ADEMUZ / CASTILLO DE SANTA BÁRBARA, TAL Y COMO CONSTA EN LA FICHA OFICIAL DEL INVENTARIO GENERAL DE PATRIMONIO CULTURAL VALENCIANO, SECCIÓN 1ª. BIENES DE INTERÉS CULTURAL. LA ANOTACIÓN EN LA PÁGINA WEB LA CONSELLERIA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE NO DEJA LUGAR A DUDAS NI A INTERPRETACIONES ARBITRARIAS, SUBJETIVAS E INTERESADAS.

2. La propia Conselleria de Cultura pone de manifiesto y deja muy claro que el Ayuntamiento de Ademuz NO HA SOLICITADO LAS AYUDAS, que vienen siendo convocadas cada año, PARA LOS TRABAJOS DE CONSERVACIÓN DEL CASTILLO DE SANTA BÁRBARA, aunque sí para otros bienes de su patrimonio local. 

3. Nuestra asociación solo puede calificar de torpes y desafortunadas y algunas de las valoraciones y opiniones personales y subjetivas, sin fundamento ni valor patrimonial, urbanístico y jurídico, que vierte el alcalde de Ademuz en el texto, tales como:

a) Asegurar que “este ayuntamiento no ha recibido ninguna queja de propietarios de inmuebles cercanos a los restos de la muralla del Castillo alertando de riesgo de caída de piedras u otros objetos sobre sus propiedades”, para intentar justificar que un BIC puede continuar en este estado de ruina eternamente, contraviniendo el actual marco legislativo patrimonial y urbanístico vigente y las obligaciones que tienen las administraciones públicas con nuestro patrimonio cultural, NOS PARECE TOTALMENTE FUERA DE LUGAR, ADEMÁS DE UN COMPORTAMIENTO MANIFIESTAMENTE NEGLIGENTE E IRRESPONSABLE QUE PODRÍA ACARREAR RESPONSABILIDADES PENALES EN CASO DE DAÑOS AL BIEN Y/O A LAS PERSONAS.

b) “Aprovechar para informar que este bien de interés cultural presenta ya desde hace más de trescientos años un deterioro y destrucción tales que es complicado que se incremente”. Intentar de nuevo justificar que, como el bien lleva deteriorado/deteriorándose desde hace 300 años y por lo tanto los daños no van a ir a más (“es complicado” que suceda), nos parece igualmente imprudente y negligente y PODRÍA ACARREAR, TAMBIÉN, RESPONSABILIDADES PENALES EN CASO DE DAÑOS AL BIEN Y/O A LAS PERSONAS.


Estas dos últimas valoraciones, firmadas por el alcalde de Ademuz, nos producen vergüenza ajena y ponen de manifiesto la incompetencia e incapacidad para gestionar el patrimonio cultural del municipio por parte de los actuales responsables políticos. 

La Conselleria de Cultura, ante la manifiesta incapacidad, imprudencia y negligencia del Ayuntamiento de Ademuz y de su alcalde a la hora de abordar y solucionar los problemas patrimoniales que venimos denunciando desde diciembre de 2015, DEBERÍA ACTUAR DE FORMA SUBSIDIARIA, TUTELANDO, COORDINANDO Y DIRIGIENDO LAS ACTUACIONES NECESARIAS DE CONSOLIDACIÓN Y REHABILITACIÓN DEL BIC, CONDUCIENDO EL PRESENTE EXPEDIENTE A BUEN PUERTO Y SACÁNDOLO DEL BLOQUEO EN EL QUE SE ENCUENTRA POR CULPA DE UNA NEFASTA GESTIÓN DEL CONSISTORIO. El Ayuntamiento de Ademuz ya ha demostrado que ni sabe ni quiere saber y no debería tener la tutela efectiva de los mismos, pues supone un peligro para la integridad de nuestro patrimonio.

Si el BIC DEL CASTELL DE ADEMUZ (CASTILLO DE SANTA BÁRBARA) resultara dañado (parcial o totalmente) o destruido, debido a la negligencia, incompetencia e imprudencia que demuestra con sus palabras por escrito el alcalde de Ademuz, y a la dejación de funciones de la Conselleria de Cultura, que están dilatando el expediente y las obligatorias actuaciones de urgencia, ESTA ASOCIACIÓN SE RESERVA EL DERECHO DE EMPRENDER E INICIAR LAS ACCIONES LEGALES PERTINENTES Y NECESARIAS, USANDO PARA ELLO LA VÍA PENAL, CONTRA LOS MÁXIMOS RESPONSABLES POLÍTICOS, TÉCNICOS Y FUNCIONARIOS DE TODAS Y CADA UNA DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS CON COMPETENCIAS EN LA MATERIA QUE, POR ACCIÓN UN OMISIÓN, HAYAN CONSENTIDO Y PERMITIDO LA DESTRUCCIÓN DE ESTE BIEN PATRIMONIAL.

 Un saludo...

jueves

La pandemia no confina a los que cometen delitos contra el patrimonio cultural

Buenas tardes,

ni la COVID-19, ni el confinamiento, ni la cuarentena... nada de esto ha frenado los delitos contra el patrimonio cultural valenciano.

Las Provincias recoge hoy nuestra denuncia sobre las diferentes pintadas que han aparecido durante estos dos últimos meses, mientras la población estaba en pleno estado de alarma por la crisis sanitaria.

El puente de Serranos (BRL) con cuatro pintadas en sus muros; La Ceramo de Benicalap (BRL); La alquería de la Torre (BRL); La alquería de Falcó (BRL); las alquerías de Albors y Molí de San Miquel (BRL), etc. son solo algunos de los edificios protegidos sobre los que los delincuentes han actuado impunemente.

Ahora nos tocará limpiarlos y restaurarlos, pagando los contribuyentes de sus bolsillos los daños ocasionados por estos delincuentes. Mientras tanto, los máximos responsables con competencias en materia de patrimonio cultural siguen escondidos, guardando silencio en RRSS y desaparecidos desde hace más de dos meses. El Coronavirus les ha venido muy bien a algunos de ellos para seguir incumpliendo, con más descaro si cabe, con sus obligaciones legales.

Seguimos comprobando, año tras año y legislatura tras legislatura, que no hay nadie competente y capacitado en las áreas de cultura y patrimonio. Ni a nivel local ni a nivel autonómico.

Poco nos pasa.

Un saludo...


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