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jueves

Persiste el silencio administrativo: el chalé de Aben al-Abbar

Hola,

el Ayuntamiento de Valencia vuelve a aplicarnos, por enésima vez, el silencio administrativo ante nuestra denuncia por la rehabilitación fallida del chalé de la calle Aben al-Abbar nº7, presentada por RGE el pasado 16 de junio hace más de cuatro meses.

El Àrea de Govern Interior - Servici d’Arquitectura i de Servicis Centrals Tècnics - Secció d’Arquitectura i Supervisió de Projectes nos ha obligado a acudir de nuevo al Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, quien ya ha dado traslado de la misma a la administración competente.

Mientras que a algunos/as de los máximos responsables de las concejalías, áreas y servicios con competencias en patrimonio se les sigue llenando públicamente la boca con la participación ciudadana y la transparencia y agradecen, a regañadientes, la "colaboración y ayuda ciudadana" en materia de patrimonio, la realidad es que estos políticos, sus técnicos y sus asesores maldicen una y otra vez nuestras denuncias y nos dedican una serie de adjetivos, piropos y calificativos que se pueden encontrar perfectamente en cualquier diccionario de insultos. Y como ya hemos dicho en más de una ocasión, las paredes y los cimientos de nuestras instituciones públicas son de papel. Literalmente.

Nosotros, por nuestra parte, vamos a seguir haciendo nuestro trabajo de denuncia pese a quien pese, tal y como venimos haciendo desde el 2012.

Un saludo...

miércoles

El chalé del republicano en la calle Aben al-Abbar nº7

Hola,

el pasado 10 de junio nos acercamos a la calle Aben al-Abbar nº7 para ver el estado de las obras de restauración y rehabilitación del edificio conocido como el chalé del republicano, por haber sido, según algunos historiadores, el lugar donde hizo la última reunión el gobierno de la Segunda República Española antes de su exilio.


La sorpresa fue muy desagradable, pues nos dimos cuenta que los dos torreones heptagonales, rematados por sendos cupulines de teja vidriada y reflejos metálicos, son completamente nuevos. Una reconstrucción que nada tiene que ver con los volúmenes y construcciones anteriores y que contradice lo informado en el INFORME DESARROLLO DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS DE REHABILITACIÓN Y ACONDICIONAMIENTO DEL CHALET ABEN AL-ABBAR (E 01201-2017-000445 / 20190606).

En este informe se habla del mal estado de los torreones y de que “se ha tratado de recuperar los cupulines mediante la colocación de cinchas en la parte superior pero la degradación de los cerramientos y en especial la disgregación del mortero ha hecho que haya sido imposible mantener los prismas de los torreones que estaban situados en los vértices de los cuartos auxiliares traseros. De los dos cupulines se ha podido salvar uno de ellos, precisamente el que estaba construido con dos capas de rasilla, mientras que el que tenía una sola capa se ha deshecho, y este SERVIRÁ DE MODELO PARA LA RECONSTRUCCIÓN FIEL DE ESTOS ELEMENTOS SINGULARES”. Queremos remarcar pues que en este informe se habla claramente de una RECONSTRUCCIÓN FIEL de estos elementos singulares.

En el informe, se añade además que “el proyecto que ahora se está ejecutando fue informado favorablemente por la Comisión Técnica de Patrimonio en sesión de fecha 20/07/2017” y que “desde el punto de vista patrimonial hay que indicar que el edificio no está catalogado como BRL (Bien de Relevancia Local)”. De la misma manera se informa que “No obstante en el Catálogo de Edificios Protegidos del vigente P.G.O.U. figura el chalet con un nivel de protección 2 (protección básica estructural), por la que, según artículo 3.64 de las Normas Urbanísticas, se afecta a los edificios que por su valor histórico o artístico deben ser conservados, al menos parcialmente, preservando los elementos definitorios de su estructura arquitectónica y/o aquellos elementos constructivos singulares de intrínseco valor que existan en el inmueble en la que no se le adjudica ningún tipo de protección”.

Por ello, nos vemos en la obligación de señalar que cuando la Comisión Técnica de Patrimonio, en sesión de fecha 20/07/2017, informó favorablemente del proyecto, YA ESTABA EN VIGOR LA MODIFICACIÓN DE la Ley 4/98, de Patrimonio Cultural Valenciano, (por Ley 9/2017 de 7 de abril) que añade a la Disposición Adicional Quinta, en su apartado tercero, otros inmuebles que deberán ser considerados como BRL. Son los siguientes: 

- El patrimonio histórico y arqueológico civil y militar de la Guerra Civil en la Comunitat Valenciana. 
- Los espacios singulares relevantes e históricos de la capitalidad valenciana. 
- Los espacios relevantes que utilizaron personajes importantes de nuestra historia durante el período de guerra de 1936 a 1939. 

Por ende, el CHALÉ DEL REPUBLICANO DE LA CALLE ABEN AL-ABBAR Nº7 TENÍA YA LA CONSIDERACIÓN AUTOMÁTICA DE BRL y como tal se tendría que haber intervenido patrimonialmente en él, REALIZANDO UNA RECONSTRUCCIÓN FIEL DE ESTOS ELEMENTOS SINGULARES y no lo que se ha hecho.

En todo momento se habla de una reconstrucción fiel al edificio original que se trataba de rehabilitar y, por lo tanto, consideramos que al tratarse de una reconstrucción “FIEL” debería tener la misma forma de la construcción original, incluyendo su materialidad.  Sobre todo, cuando la materialidad de la cobertura de las torretas (tejas) se encontraban, aparentemente, en buen estado de conservación, habiendo sido lo más correcto reutilizar el material original.

Cabe resaltar que se trata de un edificio donde era perfectamente reconocible su volumetría original y se podría haber realizado un levantamiento exhaustivo para poder realizar la reconstrucción FIEL que se proponía y que NO se ha realizado, como se puede apreciar en las imágenes que se adjuntan. EL ENCUENTRO ENTRE LA CÚPULA Y EL "FUSTE" DE LA TORRE ERA COMPLETAMENTE DIFERENTE A COMO ES AHORA; LOS CUPULINES ERAN CURVOS Y AHORA SON RECTOS; etc. 

Sin embargo, a diferencia de lo descrito, se ha realizado una interpretación libre de la construcción original, incluyendo la colocación de nueva materialidad, mostrando una imagen nueva, que impacta, frente a la imagen original, considerándose una actuación inadecuada en una construcción protegida que se merecía un gran respecto y sensibilidad en la actuación que se realizara.

Nuestra asociación considera pues que esta parte de la intervención sobre un bien patrimonial protegido, como lo es el chalé del republicano de la calle Aben al-Abbar nº7, ES ENORMEMENTE IRRESPETUOSA Y CONTRARIA A SU CONDICIÓN BIEN DE RELEVANCIA LOCAL y por ello, ha presentado la pertinente queja dirigida al Ayuntamiento de Valencia.

En el plazo de tres meses deberá responder detalladamente a todas las cuestiones planteadas. En caso contrario volveremos a acudir al Síndic de Greuges, no descartando tomar otro tipo de medidas legales contra este nuevo atropello patrimonial.

Un saludo...

Antes y después
Exin Castillo
Foto: Dora Robledo

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