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domingo

El Síndic de Greuges vuelve a sacar los colores al Ayuntamiento de Valencia por la Lonja de los Mercaderes

Buenos días,

El pasado 2 de octubre denunciamos, ante el Síndic de Greuges, los numerosos problemas que afectan directamente a la Lonja de los Mercaderes o de la Seda, Patrimonio de la Humanidad de la UNESCO y Bien de Interés Cultural, a su entorno y a su área de protección libre de ocupación.

El 2 de diciembre de 2019, la SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO del MINISTERIO DE CULTURA DEL GOBIERNO DE ESPAÑA ya instó, tanto al Ayuntamiento de Valencia como a la Dirección General de Cultura y Patrimonio de la Generalitat Valenciana, a la adecuada gestión y conservación de los bienes patrimoniales y su entorno, a raíz de los numerosos problemas ocasionados por las Fallas de 2018 y de 2019, que también fueron objeto de diversas recomendaciones por parte de sus institución.

El 23 de julio de 2022, nuestra asociación volvió a dirigirse a la SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO del MINISTERIO DE CULTURA DEL GOBIERNO DE ESPAÑA para denunciar que:

a) El Ayuntamiento de Valencia está consintiendo, por acción u omisión, que el edificio se convierta en un aparcamiento continuado de vehículos, en las fachadas de la calle de la Lonja y de la plaça del Mercat, para carga y descarga, además de permitir la instalación de todo tipo de carpas, mesas, etc. pegadas en la fachada principal del edificio, recayente a la plaza del Mercado.

El PEP 2020 de Ciutat Vella se establece y se define claramente en los monumentos BIC las ÁREAS DE PROTECCIÓN LIBRE DE OCUPACIÓN, en las cuales, evidentemente, no puede haber ni mesas, ni carpas, ni vehículos usando estas áreas de protección para sus actividades o directamente las fachadas como área de carga y descarga, pegando los caminos a menos de un palmo de ellas, realizando las correspondientes maniobras de aparcamiento, con el riesgo y peligro que ello conlleva. La propia calle de la Lonja tiene un cartel que indica, claramente, que es una calle peatonal y que no está permitido la carga y descarga.

El Ayuntamiento de Valencia también autorizo el pegado (o anclaje con bridas a las rejas) de diversos carteles en las diferentes fachadas de la Lonja, anunciando la presencia de las cámaras de vídeo vigilancia en el entorno y que graban el perímetro del edificio.

En este sentido, hay que señalar que la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano 4/1998 y posteriores modificaciones indica en su Artículo 38. Criterios de intervención en Monumentos, Jardines Históricos y Espacios Etnológicos, lo siguiente:

e) Queda prohibida la colocación de RÓTULOS Y CARTELES PUBLICITARIOS, CONDUCCIONES APARENTES y ELEMENTOS IMPROPIOS en los espacios etnológicos, jardines históricos y EN LAS FACHADAS y cubiertas de los monumentos, así como de todos aquellos elementos que menoscaben o impidan su adecuada apreciación o contemplación.

Consideramos pues que la presencia de esos carteles son contrarios a la legislación vigente en materia de patrimonio cultural, poniendo en duda que la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales “obligue” a colocar estos carteles necesariamente pegados en la fachada, contraviniendo el artículo 38.e de la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano 4/1998 y posteriores modificaciones.

A pesar de la presencia de cámaras de vídeo vigilancia que permiten el visionado a tiempo real (además de la grabación de las imágenes), el Ayuntamiento de Valencia no está actuando y, por lo tanto, está permitiendo, por acción u omisión, la presencia de esos vehículos, carpas, mesas y todo tipo de cachivaches en un edificio que es Patrimonio de la Humanidad.

Ambas administraciones públicas están haciendo caso omiso a las recomendaciones de su institución, al Ministerio de Cultura y a UNESCO, pudiendo poner en riesgo la declaración de Patrimonio Mundial de la Lonja de los Mercaderes de Valencia, cuestión que ya es muy grave per se.

En la fase de alegaciones y tras leer el lamentable y sesgado informe del Servicio de Patrimonio Histórico, más preocupado en justificar lo injustificable que en solucionar los problemas patrimoniales que se le amontonan sin parar, recordamos lo siguiente:

1. Este servicio señala que las incidencias de los aparcamientos son competencia de otras Delegaciones, como la de Movilidad Sostenible (que regula el tráfico) o la de Policía Local (que multa las infracciones). Sin embargo, en ningún caso, estas delegaciones han emitido un informe al respecto. Seguimos esperándolos.

2. Este servicio informa que se trata de una calle de tráfico rodado (no especifica exactamente a qué calle hace referencia, sin la plaça del Mercat o la calle de la Lonja) en la que hay negocios y viviendas particulares, y por lo tanto se han y por lo tanto se han de producir en la misma necesariamente servicios de carga y descarga”. A este respecto cabe recordar que la fachada principal de la Lonja de los Mercaderes recae a la plaça del Mercat y justo delante de la iglesia de los Santos Juanes y parte del Mercado Central. Delante de esta fachada no hay ni viviendas ni negocios que deban usar su fachada, ni delante ni pegados, para realizar carga y descarga. Además, delante de las fachadas de estos edificios BIC está terminantemente prohibido realizar servicios de carga y descarga.

En todo caso, la calle a la que debe querer hacer referencia el Servicio de Patrimonio es la calle de la Lonja, que da a la fachada posterior. Una calle que dispone de una señal vertical, claramente visible, que prohíbe esa “carga y descarga” que parece que el Servicio de Patrimonio está queriendo justificar. En este punto hay que volver a recordar que todas las fachadas de la Lonja de los Mercaderes están vigiladas por las cámaras que se instalaron tras nuestras denuncias. Por ende, el Ayuntamiento de Valencia puede ver, en tiempo real, los vehículos que están infringiendo la prohibición de carga y descarga. No hay excusa.

3. Este servicio también afirma que el personal de la Lonja es conocedor de esta situación, y que se ha comprobado que por regla general los servicios se realizan antes de las 10h. se está faltando, de forma manifiesta y notoria a la verdad. Todas y cada una de las imágenes que ya adjuntamos en la denuncia del pasado 23 de julio corresponden a horarios a partir de las 10:15h. 11h. 12h. 13h y por la tarde a las 16h. 17h. 18h y en adelante. Las nuevas imágenes que venimos recogiendo in situ y que adjuntamos, corresponden a cargas y descargas realizados a partir de las 10h. y en adelante, cuando el edificio está abierto.

4. La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales NO INDICA EN NINGÚN MOMENTO que los carteles deban estar pegados OBLIGATORIAMENTE en las fachadas de los monumentos protegidos. Esto es COMPLETAMENTE FALSO. En caso contrario contravendría la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano 4/1998 y posteriores modificaciones indica en su Artículo 38. Criterios de intervención en Monumentos, Jardines Históricos y Espacios Etnológicos: e) Queda prohibida la colocación de RÓTULOS Y CARTELES PUBLICITARIOS, CONDUCCIONES APARENTES y ELEMENTOS IMPROPIOS en los espacios etnológicos, jardines históricos y EN LAS FACHADAS y cubiertas de los monumentos, así como de todos aquellos elementos que menoscaben o impidan su adecuada apreciación o contemplación.

Una “Guía sobre el uso de videocámaras para seguridad y otras finalidades”, señalada como “normativa” no es ninguna LEY que esté por encima de Ley de Patrimonio Cultural Valenciano 4/1998 y posteriores modificaciones, de rango claramente superior, o del propio PEP de Ciutat Vella (2020). Por ende, no puede “obligar” a nada que contravenga lo marcado por la legislación en materia de patrimonio cultural. Además, se entiende perfectamente que esa exhibición de los carteles en lugar visible, y como mínimo, en los accesos a las zonas vigiladas ya sean interiores o exteriores, es sólo aplicable a edificios que no gocen de protección patrimonial. En ningún caso a un monumento, a un BIC y mucho menos a un edificio Patrimonio de la Humanidad UNESCO.

Independientemente de que los carteles estén adheridos con silicona y que no dañan el bien, reiteramos el artículo 38.e, citado anteriormente y cuyo enunciado es muy claro: Queda prohibida la colocación de (…).

5. Las ÁREAS DE PROTECCIÓN LIBRE DE OCUPACIÓN de los monumentos BIC venían ya señaladas en el PEP-EBIC del año 2006, especialmente la de monumentos como el de la Lonja.

El PEP 2020 de Ciutat Vella establece y define claramente en los monumentos BIC las ÁREAS DE PROTECCIÓN LIBRE DE OCUPACIÓN, en las cuales, evidentemente, no puede haber ni mesas, ni carpas, ni vehículos usando estas áreas de protección para sus actividades o directamente las fachadas como área de carga y descarga, pegando los caminos a menos de un palmo de ellas, realizando las correspondientes maniobras de aparcamiento, con el riesgo y peligro que ello conlleva.

Independientemente de que no se autorice nada, existen cámaras de seguridad en el entorno para que no se le escape nada al Servicio de Ocupación de dominio público, que ya ha recibido múltiples recomendaciones del Síndic de Greuges por autorizar ocupaciones en el entorno de la Lonja y en el de otros monumentos BIC y BRL.

La realidad es que, aunque “estas situaciones no tienen por qué producirse”, se repiten con demasiada frecuencia a pesar de la presencia de cámaras de vídeo vigilancia que permiten el visionado a tiempo real (además de la grabación de las imágenes). Queda patente que el Ayuntamiento de Valencia (y sus respectivas concejalías, áreas y servicios) no está actuando y, por lo tanto, esta permitiendo, por acción u omisión, la presencia de esos vehículos, carpas, mesas y todo tipo de cachivaches en un edificio que es Patrimonio de la Humanidad.

6. El Servicio de Patrimonio señala que en la plaza de la Compañía de Jesús se observa la colocación de un bolardo que junto con la colocación de los maceteros impide el tránsito de vehículos. Y al respecto apunta que su institución “debe ser también consciente de que complicará el acceso de los vehículos de emergencia que necesiten acceder por el lugar”. El Servicio de Patrimonio Histórico y el Ayuntamiento de Valencia deberían saber que existen en el mercado una amplia gama de bolardos automáticos y semiautomáticos que son fácilmente retirados y escondidos en el subsuelo (o tumbados) para dar paso a los vehículos de emergencia y a aquellos autorizados. Funcionan con un mando a distancia como el de las puertas de los garajes y también con la apertura a través de cámaras en la zona. Se usan en muchas ciudades de nuestro país, principalmente para reducir el tráfico rodado abusivo en centros históricos y zonas monumentales. Nuestro consistorio y las personas encargadas en respondernos por escrito deberían reciclarse y esforzarse más en buscar y encontrar soluciones a problemas como este.

Y por último, cabe recordar que la jefa de servicio de Patrimonio Histórico y Artístico del Ayuntamiento de Valencia se "jactaba" ante el Síndic de Greuges de que "no se ha recibido replica alguna por parte del Ministerio de Cultura", a la denuncia que realizamos en fecha 22 de julio de 2022. En este punto es importante señalar que el Ministerio de Cultura, como bien saben los que se han dirigido a él por RGE, tarda muchísimo en responder y eso, si lo hace. Y puesto que esta jefa de servicio parece que pedía a gritos una "réplica" y citando a Lucas 11:10:  "Porque todo aquel que pide, recibe", esta le ha llegado en forma de recomendación del Síndic, que se puede imprimir, enmarcar y colgar en el despacho, con el resto de decenas de recomendaciones que ya acumula este servicio. 

RECOMENDAMOS al Ayuntamiento de València y a la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Cultura y Deporte, que se adopten todas las medidas que sean necesarias para garantizar al máximo la adecuada protección de la Lonja de los Mercaderes, declarada Patrimonio de la Humanidad de la UNESCO y Bien de Interés Cultural, manteniendo su área de protección libre de ocupación.  

Y en sus consideraciones apunta que el artículo 38.e) de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de Patrimonio Cultural Valenciano, en el que se contienen los criterios de intervención en Monumentos, Jardines Históricos y Espacios Etnológicos, dispone lo siguiente:  

"Queda prohibida la colocación de rótulos y carteles publicitarios, conducciones aparentes y elementos impropios en los espacios etnológicos, jardines históricos y en las fachadas y cubiertas de los monumentos, así como de todos aquellos elementos que menoscaben o impidan su adecuada apreciación o contemplación”. 

"Son numerosas las recomendaciones que ha dictado esta institución sobre la necesidad de respetar la distancia de protección de los inmuebles integrantes del patrimonio cultural valenciano (por ejemplo, expedientes de queja nº 1800742, 1801145, 1811758, 1900950, 2200950 y 2300995). El contenido íntegro de estas recomendaciones puede consultarse en nuestra página web".

Veremos ahora las excusas y las pegas que ponen a esta recomendación y si terminan de responder a nuestra queja, aportando los informes de los servicios municipales y de la GVA que todavía no se han aportado.

Un saludo...

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

El Ayuntamiento de Valencia intervendrá sobre los Docks, sin responder a la denuncia de nuestra asociación

Buenos días,

El Ayuntamiento de Valencia, a través del Servicio de Patrimonio Histórico, lo ha vuelto a hacer. Sus máximos (ir)responsables se han vuelto a superar y nos aplican de nuevo el silencio administrativo en una denuncia sobre el mal estado en el que se encuentran los Docks del Puerto de Valencia (en proceso de catalogarse como BRL, tras nuestra petición) y que fue efectuada el pasado 8 de septiembre de 2023.

Habiendo pasado tres meses, ni se nos ha notificado la correcta recepción de nuestro escrito, presentado por RGE, ni han respondido en tiempo y forma, desconociendo con detalle en qué va a consistir la intervención que han vendido en prensa.

Cabe señalar que, sin embargo, nuestro consistorio si se han dado prisa en realizar una nota de prensa con el siguiente titular: "El Ayuntamiento inicia trabajos de reparación en los Docks". Por lo visto, el Ayuntamiento de Valencia si que tiene tiempo de preparar notas de prensa, pero no así de comunicárselo a los promotores de la queja, cuya denuncia ha llevado a a adjudicar estas obras menores de reparación y restauración para paliar el deterioro de este edificio. Unos trabajos que durarán dos meses y que tienen un coste de más de 44.000 euros.

En la nota de prensa que se han afanado en preparar, nos dicen que la Concejalía de Patrimonio, Recursos Humanos y Técnicos empezará el lunes, 18 de diciembre, obras de reparación de los Docks del puerto, en el barrio del Grau. 

Por lo que respecta a la fachada, se pretende recuperar la imagen y estética del edificio con rellenos de mortero entre las baldosas caravista. Igualmente, se repararán cornisas y dinteles de los balcones, que sufren desprendimientos y pérdidas del material de cubrición. Del mismo modo, se aplicará un tratamiento a la carpintería del edificio, que se encuentra en estado de descomposición.

En cuanto al interior del edificio, también se aprecian problemas de corrosión de los elementos metálicos existentes, entre ellos la escalera, que permite el acceso a la planta cubierta del edificio, y que será reforzada. Además, se realizará un pasivado de las armaduras oxidadas que han quedado a la vista.

También se cerrarán las juntas de dilatación del forjado de la primera planta en las pasarelas que recaen al patio y se cubrirán los patinillos de la primera planta para evitar la entrada de animales y del agua de la lluvia. Por último, se colocarán redes para evitar la entrada de palomas o la caída de cascotes a la calle y se desatascarán los sifones, lo que impedirá la creación de charcos. Los trabajos durarán dos meses y tienen un coste de 44.363,75 euros.

Los Docks son un edificio portuario construido en 1917 según un diseño original de Víctor Gosálvez Gómez y con intervención del arquitecto Demetrio Ribes, pionero en el uso del hormigón armado en obras civiles. Aunque la idea inicial era construir un edificio de cuatro alturas con terrazas y torreones laterales, finalmente se terminó con dos únicas alturas.

Al respecto de esta noticia, debemos indicar varias cuestiones, que ya fueron reflejadas en nuestra petición para su catalogación como BRL y en las posteriores recomendaciones del Síndic:


El Síndic RECOMIENDA que, de conformidad con los informes municipales emitidos por el Servicio de Patrimonio Histórico con fecha 28/9/2022 y por el Servicio de Planeamiento el día 29/11/2022, y sin perjuicio del informe vinculante que está elaborando la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, se adopten todas las medidas que sean necesarias para evitar cualquier intervención en el inmueble que pueda poner en riesgo o perjudicar el procedimiento de catalogación de los “Docks comerciales del Puerto de València”, que se encuentra actualmente en tramitación

Igualmente, y ante la afirmación de que "Por lo que respecta a la fachada, se pretende recuperar la imagen y estética del edificio con rellenos de mortero entre las baldosas caravista", indicar que en nuestra denuncia apuntábamos que los almacenes de mercancías Docks Comerciales tienen identificados más de 100 impactos de metralla en sus fachadas exteriores, provocados por los diferentes bombardeos producidos entre la madrugada del 12 al 13 de enero de 1937 y el 22 de marzo de 1939, periodo en el que la ciudad fue sometida a más de 500 bombardeos. El edificio supera, con creces, las marcas de metralla que tienen otros edificios en la ciudad tales como el Ayuntamiento de Valencia, la fachada barroca de la Catedral, la antigua iglesia de San Andrés, hoy San Juan de la Cruz, o diferentes edificios de la calle de la Paz, etc. Por lo tanto, se trata del edificio histórico de Valencia que conserva el mayor número de huellas de impactos y marcas provocadas durante la Guerra Civil y consideramos importante y necesario que se documenten y preserven, evitando que en las sucesivas intervenciones puedan ser tapadas o borradas estar marcas al entenderse como desperfectos, faltantes o roturas recientes. En este sentido, rogamos que se proceda con suma cautela, para evitar daños irreparables.

Y dado que el Ayuntamiento de Valencia no se ha molestado en respondernos y el edificio todavía no ha finalizado su catalogación como BRL (aunque habiéndose iniciado el procedimiento, por ley, ya goza de esa protección), desconocemos si el consistorio ha identificado y documentado, o no, estas marcas de metralla para no taparlas por "accidente" o por desconocimiento absoluto. Es muy peligroso actuar a ciegas y sin detallar lo que se va a hacer.

El Servicio de Patrimonio debería actuar con más cautela, prudencia y coherencia. Y antes de sacar notas de prensa y anunciar proyectos, debería responder e informar a las personas y asociaciones que presentan sus quejas y denuncias por RGE, pues al fin y al cabo, esta actuación se realiza única y exclusivamente por el expediente promovido por nosotros. En caso contrario, los Docks seguirían languideciendo meses o años.

No se puede actuar a espaldas de la sociedad civil, ignorando y vulnerando los derechos de participación en la vida pública que tenemos y que aparecen recogidos en la Constitución Española. Así no se hacen las cosas.

Un saludo...

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

sábado

La nefasta gestión patrimonial del CCCC (Convento del Carmen)

Buenas tardes,

El pasado mes de marzo de 2023 fotografiamos los antiguos confesionarios del claustro gótico del Convento del Carmen (BIC), actual CCCC, que en origen estaban comunicados con la iglesia del Carmen y que fueron cegados en el año 1670 a raíz de las obras efectuadas en el edificio.

Pudimos comprobar in situ que uno de ellos, donde consta la fecha de 1670 en la que fueron cegados, estaba plagado de pintadas y grafitis delictivos, realizados con rotulador, bolígrafo e incluso mediante incisiones, que lo han dañado gravemente, poniendo en riesgo la integridad de los grafitis históricos del siglo XVII. Son especialmente graves aquellos realizados mediante objetos punzantes, puesto que han raspado la superficie y han borrado partes de los grafitis históricos originales.

Por ese motivo, el 13 de abril de 2023, nuestra asociación denunció por RGE estos hechos ante la Conselleria de Cultura. Y como era de esperar, pasados los tres meses, se nos volvió a aplicar el silencio administrativo.

En nuestro escrito de denuncia señalábamos que el CCCC cuenta con vigilancia de seguridad en todo el recinto, no entendiendo cómo era posible que estas pintadas y grafitis delictivos se habían podido realizar con total impunidad y que llevaran acumulándose allí desde el año 2016 o antes. En muchas de estas pintadas aparecen las fechas de 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023.

Preguntábamos, igualmente, si estos hechos habían sido denunciados o no por los responsables del CCCC, a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado para tratar de identificar a los autores de estos delitos contra el patrimonio cultural, tipificados en el artículo 323 del Código Penal. Recalcábamos si los responsables del centro eran conocedores o no de estos delitos, lo habían comunicado o no a la Conselleria de Cultura, a la Dirección General de Patrimonio o en un Juzgado.

Sólo a través del Síndic, como no podía ser de otra manera, obtuvimos una respuesta parcial e incompleta. La Dirección General de Patrimonio Cultural informó que “se requirió visita de inspección por parte de la Unidad de Patrimonio del Servicio Territorial de Cultura y Deporte de Valencia, para comprobar los posibles desperfectos al Bien de Interés Cultural ante la denuncia de particular. Y realización de subsiguiente e informe para remitirlo a esta Dirección General. En función de la información y criterios técnicos que se den en estos informes, se procederá en consecuencia, teniendo en cuenta los medios económicos y humanos con que cuenta esta conselleria”. Nada más. Pero con esta contestación queda patente que los hechos ni han sido denunciados, ni han sido comunicados. Se ha hecho una vergonzosa e intolerable dejación de funciones durante los últimos años, por parte de los responsables del CCCC.

La Consellería de Cultura-Dirección General de Patrimonio Cultural vuelve a dejar sin responder la mayoría de las cuestiones que planteamos en nuestra denuncia del pasado 13 de abril de 2023. Cabe recordar que en nuestro escrito solicitábamos lo siguiente:

a) Que se aumenten los controles y la vigilancia en el Convento del Carmen para evitar y prevenir que este tipo de actos delictivos sigan arruinando y estropeando el patrimonio histórico y cultural valenciano. NO RESPONDE, NI SE PRONUNCIA AL RESPECTO.

b) Que se estudie la posibilidad de instalar mamparas protectoras, acordes al nivel de protección del edificio, para evitar el acceso a los confesionarios, evitando así los posibles ataques que se puedan ocasionar. NO RESPONDE, NI SE PRONUNCIA AL RESPECTO.

c) Que se instalen los sistemas de video vigilancia precisos y necesarios, en todo el edificio, para prevenir estos actos delictivos y localizar, identificar y sancionar a los responsables de estas pintadas y grafitis. Desconocemos si el claustro gótico dispone de cámaras que graben directamente los confesionarios que han sido objeto de estos ataques. NO RESPONDE, NI SE PRONUNCIA AL RESPECTO.

d) Que la Conselleria de Cultura de traslado de la presente denuncia a los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado, si todavía no lo ha hecho, con el fin de identificar a los responsables de las mismas y tratar de localizar a sus autores/as. NO RESPONDE, NI SE PRONUNCIA AL RESPECTO.

e) Que, una vez identificados a los autores/as de estos delitos contra el patrimonio, que se apliquen las sanciones pertinentes a los responsables de estos delitos contra el Patrimonio Histórico en base a la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano 4/1998; al artículo 46 de la Constitución Española (1978) «Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La Ley penal sancionará los atentados contra ese patrimonio»; así como los que contempla la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, CAPÍTULO II: De los delitos sobre el patrimonio histórico, artículo 323. NO RESPONDE, NI SE PRONUNCIA AL RESPECTO.

El Síndic, en sus consideraciones, señala que no consta que la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Cultura y Deporte haya dictado y notificado la correspondiente resolución motivada en contestación a todas y cada una de las cuestiones planteadas por el autor de la queja en el escrito presentado con fecha 13/4/2023.

Apunta que el artículo 21, apartados 1 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, impone la siguiente obligación a la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Cultura y Deporte: 

“la Administración está obligada a dictar resolución expresa y a notificarla en todos los procedimientos cualquiera que sea su forma de iniciación (…) cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses (…)”.  

El artículo 9.2 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana reconoce el derecho de todos los ciudadanos a que las Administraciones Públicas traten sus asuntos de modo equitativo e imparcial y, sobre todo, en un plazo razonable, sin retrasos injustificados. 

Por otra parte, no solo hay que contestar en plazo a los escritos presentados por los ciudadanos, sino que
dicha respuesta, además, debe ser motivada y congruente, es decir, debe resolver todas las cuestiones planteadas en dichos escritos, sin omitir ninguna de ellas, exponiendo los preceptos legales y el razonamiento jurídico seguido para fundamentar su decisión (artículos 35.1.a) y 88.1 de la citada Ley (39/2015): 
 
“Serán motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho:

a) Los actos que limiten derechos subjetivos o intereses legítimos.

(…) La resolución que ponga fin al procedimiento decidirá todas las cuestiones planteadas por los  interesados y aquellas otras derivadas del mismo”. 

En cuanto a la falta de medios económicos y humanos de la Vicepresidencia Primera y Conselleria de Cultura y Deporte, esta institución es consciente de que la falta de recursos puede condicionar la adopción de actuaciones administrativas tendentes a lograr mantener en buen estado de conservación la totalidad de los bienes que integran el patrimonio cultural valenciano. 

No obstante, esa limitación económica no debe convertirse en una deficiencia estructural que imposibilite, de forma indefinida, la adecuada protección de dicho patrimonio. 

La inexistencia o escasez de las partidas presupuestarias destinadas a la protección de nuestro patrimonio cultural no puede convertirse en una limitación permanente y estructural que sirva para vaciar de contenido esta clara obligación constitucional, convirtiéndola en una mera declaración programática sin alcance real y efectivo.

Por todo ello, ha RECOMENDADO que, teniendo en cuenta el dilatado periodo de tiempo transcurrido desde el escrito presentado por el autor de la queja con fecha 13/4/2023, se dicte y notifique la correspondiente resolución motivada, contestando a todas y cada una de las cuestiones planteadas en el mismo, RECORDAndo EL DEBER LEGAL de dictar y notificar resolución expresa en el plazo de 3 meses cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen un plazo máximo.

Por último, no queremos dejar de recordar que quien hasta hace unas semanas era el máximo responsable del CCCC, con una sentencia en firme por un delito leve contra el patrimonio cultural (el primer director de un museo en ser condenado en España), ha pasado años sin cumplir con sus obligaciones legales, consintiéndolo todo y con una dejación de funciones intolerable.

Y más allá del número, la importancia o la relevancia de algunas de estas exposiciones y de esta "dinamización" del centro, no hay que olvidar que durante estos últimos años ha habido un descontrol absoluto y una desprotección total de un edificio que goza de la máxima protección patrimonial. Ni siquiera ha sido capaz de llevar a término la tan necesaria rehabilitación de las partes dañadas del bien. Y tan importante o más es el continente que el propio contenido.

Así que cuando alguien quiera rasgarse las vestiduras por el gestor de turno, saliendo en su defensa, que mire primero que hay más allá de estos fuegos artificiales, el color o el ruido mediático que todo esto genera. Quedará a la vista toda la suciedad, las pintadas, los daños y la realidad de un edificio maltratado por aquellas personas que están más preocupadas por su ego y por mantenerse en el cargo. La realidad también está en la fuerza de estas imágenes.

Un saludo...

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

jueves

El Horno de Cal de la Cruz Cubierta sigue vallado a la espera de su rehabilitación

Buenas tardes,

En esta vida, nada es fruto absoluto de la casualidad o del azar, ni depende única y exclusivamente de la voluntad (o la ausencia de la misma) del político de turno. Y aquellos pequeños logros para proteger, catalogar y recuperar el patrimonio cultural valenciano se consiguen a base de esfuerzo, trabajo y perseverancia. Sólo así se pueden terminan recogiendo algunos frutos. Y buena prueba de ello es el Horno de Cal de la Cruz Cubierta de Valencia.

https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2020/07/recomendaciones-del-sindic-de-greuges.html

En febrero de 2020, un mes antes del inicio de la pandemia del COVID 19, nuestra asociación se dirigió al Síndic de Greuges para denunciar la ruina y la degradación un antiguo Horno de Cal de 1878, debido a la urgencia y al inminente riesgo de desaparición y destrucción del bien y ante la pasividad del Ayuntamiento de Valencia, durante décadas, a la hora de proteger, catalogar y recuperar este bien patrimonial.

Desde el año 2007 este horno de cal ha estado degradándose y deteriorándose progresivamente sin que el Ayuntamiento de Valencia haya tomado, motu proprio, las medidas necesarias para evitarlo. Durante estos quince años, este bien patrimonial ha ido perdiendo, poco a poco, partes importantes de su estructura hasta el estado tan lamentable que presenta hoy.

https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2020/02/el-horno-de-cal-de-la-cruz-cubierta-en.html

Antes de esa fecha sólo había notas de prensa esporádicas en las que se denunciaba «virtualmente» la mala situación del horno de cal, algunas mociones estériles de la oposición en los plenos municipales, ante la mayoría aplastante de anteriores gobiernos, y poco más. No constaba ningún expediente administrativo encaminado a la correcta catalogación del bien, a su protección y a su recuperación. Y esta es la clave.

Sólo a partir de la apertura del expediente con el Síndic, en febrero de 2020 y tras tres recomendaciones del mismo, se ha conseguido que el Horno de Cal de la Cruz Cubierta pase a estar inscrito como BRL, dentro del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del Ayuntamiento de Valencia, y también que haya protegido, vallando su perímetro, a la espera de la rehabilitación y puesta en valor.

https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2021/06/segundas-recomendaciones-del-sindic-de.html

Es importante señalar lo incómodo, molesto y arriesgado que resulta dirigirse por escrito y por Registro General de Entrada a una administración pública. Con tu nombre, apellidos, DNI o CIF, en el caso de una asociación, y tu dirección, quedas automáticamente señalado como una persona o entidad «molesta». Tu nombre queda marcado en rojo y esto puedo suponer quedar excluido de ayudas, subvenciones y otros procesos y concursos públicos. especialmente para aquél o aquellos que las busquen o necesiten.

La independencia económica y político-partidista es fundamental para poder denunciar, de manera totalmente libre, cualquier problema que afectan al patrimonio cultural valenciano, gobierne quien gobierne. En caso contrario, sólo podrás protestar desde la barrera, con la boca pequeña y sin hacer demasiado ruido, para no incordiar o molestar a quienes ocupen el poder en ese momento. El grifo se podría cerrar de golpe.

A lo largo del expediente administrativo y a instancias de la asociación Círculo por la Defensa del Patrimonio, el antiguo horno de Cal de la Cruz Cubierta pasó a formar parte de la Lista Roja del Patrimonio de Hispania Nostra en diciembre de 2022.

https://listaroja.hispanianostra.org/ficha/antiguo-horno-de-cal-en-el-barrio-de-la-cruz-cubierta/

Los motivos que llevaron a incluirlo en esta lista, son el alto riesgo de destrucción y de desaparición del bien tras la caída de su parte superior, además de su ubicación sin señalizar ni proteger, cuestión que facilita el botellón junto al bien, así como las pintadas delictivas y todo tipo de vandalismo.

https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2022/12/el-horno-de-cal-de-la-cruz-cubierta.html

A lo largo del expediente, nuestra asociación insistió en que todavía no se habían adoptado ninguna medida urgente con el fin de proteger este inmueble y frenar su deterioro (limpieza, consolidación, vallado, etc.).

Durante los tres años de denuncias, el Ayuntamiento de Valencia fue incapaz ni tan solo de consolidar los restos del horno y vallar su perímetro, independientemente que el solar fuera de titularidad pública o privada. Nuestro consistorio también fue incapaz de ejercer la acción subsidiaria, a pesar del inminente riesgo de desplome y destrucción del bien. Son medidas básicas que se deberían haber tomado desde el minuto uno, puesto que no requieren mayor complejidad e inversión o gasto económico.

El propio Síndic indicó que en el informe remitido a esta institución por dicho Ayuntamiento, se detallaban diversas actuaciones que se han realizado hasta el momento. Sin embargo, apuntaba, no son en absoluto suficientes. En el propio informe municipal que tuvo entrada en esta institución con fecha 31/1/2023, se destaca lo siguiente:

“(…) solamente caben dos alternativas para su restauración inmediata, o bien tramitar la gestión anticipada de este ámbito del Programa de Actuación Integrada o bien, que por el Servicio competente para dictar órdenes de ejecución, que es el de Disciplina Urbanística, se compela a los propietarios a cumplir con sus deberes de conservación y mantenimiento.

El mal estado de este inmueble es de conocimiento público. No obstante, por Patrimonio Histórico y Artístico se han trasladado las averiguaciones realizadas al Servicio de Disciplina Urbanística y al de Asesoramiento y Programación para que, dentro lo posible, realicen las actuaciones pertinentes (…)”.

Lo cierto y verdad es que tres años después de la primera denuncia ante el Síndic, la situación del inmueble ha seguido empeorando y no consta ni siquiera que se ha dirigido a los propietarios alguna orden de ejecución para cumplir con sus obligaciones de conservación y mantenimiento, cuyo incumplimiento daría lugar a poder acordar la ejecución subsidiaria a costa del propietario obligado.

Tampoco se ha pronunciado el Servicio de Asesoramiento y Programación sobre la conveniencia de iniciar la gestión anticipada de este ámbito del Programa de Actuación Integrada.

Gracias a ello, el Ayuntamiento de Valencia procedió a vallar y perimetral el Horno de Cal, tal y como llevaban pidiendo desde Círculo por la Defensa del Patrimonio. Ahora toca aguardar si el Ayuntamiento de Valencia inicia o no la gestión anticipada de este ámbito del Programa de Actuación Integrada y se procede a la rehabilitación integral de este BRL.

Un saludo...

https://noticiasciudadanas.com/horno-cal-cruz-cubierta-sin-rehabilitar/

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

martes

El Síndic de Greuges reabre el expediente de queja por el estado del Convent d'Aigües Vives (Carcaixent)

Buenos días,

El Síndic de Greuges ha reabierto el expediente de queja, iniciado por nuestra asociación en diciembre de 2021, por el estado en el que se encuentra el Convent d'Aigües Vives (BIC), denominado también como Real Monasteri de Santa María d’Aigües Vives, situado en Carcaixent.

https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2020/12/el-sindic-de-greuges-abre-expediente-de.html

En abril de 2021, el Síndic ya señalaba que en el informe que presenta todos los años a Les Corts Valencianes, viene poniendo de manifiesto las numerosas quejas que se tramitan en relación con la necesidad de mejorar la protección y conservación del patrimonio cultural valenciano, correspondiendo a los distintos grupos políticos con representación parlamentaria la competencia de proponer el incremento de las partidas presupuestarias que estimen necesarias para que sean recogidas en la Ley de Presupuestos de la Generalitat Valenciana que se aprueba cada año

Y por ese motivo RECOMENDÓ que, sin perjuicio de las limitaciones presupuestarias existentes, se adopten con determinación todas las medidas que sean necesarias para garantizar la protección y el adecuado estado de conservación del Convento de Aguas Vivas.   

Se deben mejorar las partidas presupuestarias para mejorar la protección y conservación del patrimonio cultural valenciano y se deben adoptar con determinación todas las medidas que sean necesario para preservar la integridad de este BIC, al margen de las limitaciones presupuestarias actuales.

https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2021/04/recomendaciones-del-sindic-de-greuges.html

Sin embargo, habiendo pasado dos años desde el cierre del presente expediente, seguimos sin tener constancia de que las administraciones públicas valencianas con competencias en la materia hayan realizado avances significativos y tomado las medidas oportunas y necesarias para la conservación, protección y puesta en valor de este bien patrimonial, más allá de las actuaciones de urgencia promovidas tras las recomendaciones de su institución. 

Las noticias aparecidas en prensa el sábado 19 de agosto, señalan que el proceso de compra del monasterio, por parte de la Generalitat, se ha quedado atascado, según palabras de la propia alcaldesa de Carcaixent, Carolina Almiñana Lledó. 

El 6 de febrero de 2023, también en prensa, se señalaba que “el antiguo cenobio agrava su estado deterioro, especialmente durante episodios de lluvias como los que se viven durante estos días” y que no había ni rastro en el presupuesto de la Generalitat de 2023 de una partida concreta para la adquisición del monasterio.

Por lo tanto, nuestra asociación considera que existe un incumplimiento de las recomendaciones emitidas en marzo de 2021 y que señalaba que: “sin perjuicio de las limitaciones presupuestarias existentes, se adopten con determinación todas las medidas que sean necesarias para garantizar la protección y el adecuado estado de conservación del Convento de Aguas Vivas”.

La Conselleria de Cultura, debería informar y detallar al Síndic de Greuges qué medidas exactas ha tomado durante estos dos últimos años, más allá de las señaladas actuaciones de urgencia y mostrar “interés” en comprar el Monasterio, en una operación que está atascada y sin un presupuesto asignado. ¿De qué forma está garantizando pues la protección y el adecuado estado de conservación del Convento de Aguas Vivas?

Un saludo...

Foto: Valencia Bonita (2020-2021)

viernes

El deterioro del Tinglado nº2 del Puerto de Valencia

Buenos días,

El Tinglado nº2 del Puerto de Valencia, Bien de Relevancia Local, empieza a mostrar signos de deterioro por falta de un mantenimiento regular y de intervenciones periódicas, algunas de las cuales dejan mucho que desear. Una situación cronificada en el tiempo que venimos denunciando desde el año 2013.


En una inspección realizada ayer, además de la proliferación de excrementos de paloma, pudimos ver pintadas, cristales rotos, filtraciones en el interior, desconchamientos y faltantes, a pesar de las últimas y recientes "intervenciones".


El Ayuntamiento de Valencia debería ser conocedor del deterioro y de los desperfectos de este BRL, si realizara las oportunas inspecciones patrimoniales. Cosa que sabemos que casi nunca hace, a tenor de la mayoría de respuestas y silencios que nos dan cada vez que nos dirigimos a ellos por RGE. 

Esa función in vigilando la estamos haciendo, desde hace años, desde la sociedad civil. Para algunos técnicos y responsables de las áreas y servicios competentes les debe resultar mucho más cómodo y ventajoso recibir los pedidos en su puesto de trabajo que salir, a pie de calle, a buscarlos ellos mismos.

No hay que olvidar que el aire acondicionado y la calefacción de los despachos no está disponible fuera de los edificios de la administración pública, y el trabajo burocrático, unido a la crónica falta de personal, presupuesto (y de ganas) complica enormemente las tareas más básicas y de obligado cumplimiento de los funcionarios públicos y de los cargos políticos responsables.

Como comodín a estas situaciones, siempre se nos podrá contestar que "estamos trabajando en ello", comprobando en los expedientes que las últimas intervenciones son a raíz de una denuncia ciudadana, que termina normalmente en vía muerta, o de un requerimiento del Síndic de Greuges. En los periodos intermedios pueden apreciarse enormes lagunas que prueban la inactividad de las administraciones públicas, que rara vez actúan motu proprio.

Nuestra asociación va a volver a poner en conocimiento del Síndic de Greuges estos mismos hechos, denunciados desde el año 2013, para que el Ayuntamiento inicie el correspondiente expediente e invente alguna que otra excusa recurrente con la que responder en las alegaciones.

Pasan los años, los lustros y las décadas, y nada cambia en unas decimonónicas y obsoletas administraciones públicas que se enredan y se ahogan en la propia burocracia que ellas mismas generan, además de estar lastradas por algunos técnicos, jefes de sección y jefes de servicio que no están a la altura de un ayuntamiento como el de Valencia. Todo ello sin olvidar la probada incompetencia de los cargos políticos al frente de las concejalías y servicios, que deberían solucionar de manera ágil y eficiente los problemas del patrimonio cultural valenciano y no lo hacen.

Un saludo...

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

miércoles

La alquería de Ponsa o de Bondía (BRL) entra en la Lista Roja del Patrimonio de Hispania Nostra

Hola,

La ciudad de Valencia cuenta ya con 21 bienes patrimoniales que forman parte de la Lista Roja del Patrimonio de Hispania Nostra. Y el último bien en ingresar en esta lista ha sido la alquería de Ponsa o de Bondía, que se encuentra situada en la calle del Arte Mayor de la Seda nº29 y 31 de Valencia, en el conocido como Barrio de la Aguja, como popularmente se llama al Barrio de la Virgen de los Desamparados, que está delimitado por las calles del Arte Mayor de la Seda, Virgen del Lluch, Virgen de Agres y Virgen del Rebollet. 

https://listaroja.hispanianostra.org/ficha/alqueria-de-ponsa-o-de-bondia/

Este bien de titularidad privada, que está incluido dentro del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del Ayuntamiento de Valencia con la consideración de BRL y la categoría de Espacio Etnológico de Interés Local, se encuentra dentro de un entorno de protección muy degradado. La alquería está, además, abandonada, cerrada y ha estado okupada en diversas ocasiones. Los vehículos la rodean y aparcan en el entorno de protección del bien y a escasos centímetros de sus fachadas, con el riesgo que eso conlleva.

https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2023/04/recomendaciones-del-sindic-de-greuges.html

En su época, la ciudad fue construida en una zona de cultivo de la que hoy en día solo conserva pequeños vestigios, como esta alquería de Ponsa en L’Olivereta. Este modelo de alquería rural es de gran importancia histórica y tipológica, ya que es un testimonio único una forma de vida y trabajo en el ámbito agrícola. La alquería de Ponsa, también conocida como alquería de Bondia, se encuentra en las cercanías del antiguo Camino de Bondia, ya desaparecido.

La alquería está compuesta por dos elementos principales: una casa de crujías irregulares con un patio trasero y una porxada (porche) al fondo; además de otro porche de amplias dimensiones unido lateralmente al edificio principal.

Originalmente, había una vivienda en la planta baja, similar a la casa del Rellotge en Massarrojos, y una gran planta superior, que ahora se ha transformado en una vivienda independiente con acceso desde una pequeña escalera en la fachada. Detrás de este cuerpo se encontraba un patio con un porche al fondo.

El cuerpo perpendicular parece ser una gran entrada de fábricas de tapial, que contiene una interesante andana de doble altura, con espacios de uso económico y secaderos de la misma altura que el anterior, actualmente separado de la propiedad.

La transformación que ha sufrido la casa, producto de diversas subdivisiones de propiedad, ofrecen actualmente una lectura equívoca, que puede ser reconducida con un proyecto de restauración integral del conjunto. La arquitectura se ha desvirtuado al transformar en vivienda la andana de doble altura, lo cual ha tenido un efecto nocivo en la propia estabilidad de los muros, que se han desplomado de manera peligrosa. Esta intervención transformó a la vez la fachada, la cual perdió la fenestración original, por lo cual sería necesario un estudio estratigráfico que apoyase en la definición del estado original, el cual posiblemente sería muy similar a la casa de Massarrojos, anteriormente citada.

Desde el año 2017 no ha habido más noticias sobre la posible recuperación y puesta en valor de este BRL. Son ya más de veinte años de trámites, trabas burocráticas, dilaciones y una enorme falta de interés por parte del Ayuntamiento de Valencia por cuidar y proteger el entorno de este bien, ya que algo tan básico como esto es competencia municipal. 

Por más que hemos denunciado estos hechos, por RGE y a través del Síndic, nuestro consistorio sólo ha dado una respuesta para cubrir el expediente y en la que nos aseguro que "para incrementar la vigilancia en el entorno del edificio con el objetivo de impedir cualquier conducta que pueda afectar al estado de conservación del mismo y de su entorno". La realidad es que los vehículos siguen aparcando allí, a diario, sin que se hayan tomado las medidas solicitadas en noviembre de 2021.

La Lista Roja del Patrimonio va a seguir creciendo hasta llegar y superar la treintena de bienes. El Ayuntamiento de Valencia sigue sin estar a la altura del patrimonio cultural valenciano y de sus necesidades. Más de una década después, las tan prometidas intervenciones de todos estos inmuebles siguen encalladas y enredadas en la maraña de la adjudicación del contrato para estudiar o redactar el proyecto, cuestión que retrasa todo otro par de años más, u otra legislatura.

Un saludo...

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.