domingo
El Ayuntamiento de Valencia intervendrá sobre los Docks, sin responder a la denuncia de nuestra asociación
viernes
Recomendaciones del Síndic de Greuges al Ayuntamiento de Valencia sobre la protección de los Docks Comerciales del Puerto de Valencia
Buenas tardes,
En fecha 15 de agosto de 2022, nuestra asociación se dirigió por RGE (nº I 00118-2022-161624) al Ayuntamiento de Valencia solicitando la protección y catalogación de los DOCKS COMERCIALES DEL PUERTO DE VALENCIA como BRL. Ello a raíz de una noticia publicada en el diario digital Valencia Plaza, el 6 de agosto de 2022, en la que se informaba que “El Ayuntamiento da el visto bueno al proyecto de Nethits en los Docks para un centro de datos” https://valenciaplaza.com/el-ayuntamiento-da-el-visto-bueno-al-proyecto-de-nethits-en-los-docks-para-un-centro-de-datos. En el cuerpo de la noticia se afirmaba que “El proyecto se compromete a compaginar la preservación de la fachada protegida junto con la demolición del interior del recinto dado el valor histórico edificio”.
Desde un principio hemos considerado que el nivel de protección actual de los Docks Comerciales es claramente insuficiente y debería considerarse su inclusión como BRL dentro del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del Ayuntamiento de Valencia, antes de que se realice ninguna intervención sobre el inmueble, para asegurar la preservación no solo de la fachada, sino también de los elementos interiores que puedan tener valor patrimonial, especialmente las estructuras de hormigón armado realizadas en el proyecto original.
El Ayuntamiento de Valencia respondió en fecha 26 de agosto de 2022, generando el expediente E-03001-2022-000303-00, informando que “le comunicamos que se ha iniciado expediente 3001/2022/303 de Consultas Previas para recopilar la información y documentación oportunas a efectos de la correcta catalogación del bien, teniendo en cuenta que se trata de un inmueble ya protegido. En este sentido, le recordamos que puede colaborar con esta Administración aportando los datos que estime convenientes y que puedan ser tenidos en cuenta para un completo análisis del inmueble, acreditando, en su caso, que posee los valores necesarios para su catalogación como BRL”.
Por nuestra parte, volvimos a recordar al Ayuntamiento de Valencia, en fecha de 30 de agosto de 2022, que no teníamos la “obligación” de aportar ningún dato que estimemos conveniente para que pueda ser tenido en cuenta, pues tal y como ya ha considerado el Síndic en diversas recomendaciones dirigidas a su administración, la decisión de incluir un bien en el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos corresponde al Ayuntamiento de València, quien deberá elaborar una propuesta justificada, PUDIENDO CONTAR, VOLUNTARIAMENTE, con la colaboración de las personas o entidades que quieran presentar información relacionada con los valores que reúne dicho inmueble y que merecen una especial protección.
Ante la respuesta del Ayuntamiento de Valencia alegando de que “se trata de un inmueble ya protegido”, respondimos que el nivel de protección es claramente insuficiente y debería considerarse su inclusión como BRL dentro del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del Ayuntamiento de Valencia, ANTES DE QUE SE REALICE NINGUNA INTERVENCIÓN SOBRE EL INMUEBLE, para asegurar la preservación no solo de la fachada, sino también de los elementos interiores que puedan tener valor patrimonial, especialmente las estructuras de hormigón armado realizadas en el proyecto original. La actual protección ambiental no garantiza la protección integral de todo el inmueble, especialmente los espacios y elementos interiores a los que hacemos referencia.
Igualmente, le recordamos al Ayuntamiento de Valencia que en el escrito del pasado 15 de agosto ya aportábamos una serie de datos históricos y patrimoniales para que se tuvieran en consideración para su catalogación como BRL. Y los volvimos a citar en nuestro segundo escrito de fecha 30 de agosto:
a) Que es importante señalar que los Docks Comerciales del Puerto de Valencia son el primer edificio en Valencia en usar el hormigón armado, en 1918 (la primera estructura construida con hormigón armado será la desaparecida pasarela de la Exposición en 1909), técnica que se usaría dos años más tarde, en 1920, en la construcción de los desaparecidos almacenes Ferrer.
b) Que, además, los almacenes de mercancías Docks Comerciales son un destacado ejemplo de Patrimonio Industrial vinculado a la actividad portuaria. Con proyecto de 1917 (con modificaciones de 1919) del arquitecto Víctor Gosálvez Gómez (1888-1965), proyecto que originalmente contaba con cinco plantas, finalmente solo se ejecutaron dos plantas, inaugurándose en 1920. Siendo una de las obras más importantes de este arquitecto.
c) La ejecución de la obra estuvo a cargo de la “Sociedad Coloma y Ribes” (empresa constructora del arquitecto Demetrio Ribes y el ingeniero industrial Joaquín Coloma, especializados en obras de hormigón armado). El hormigón armado no se utilizó solo para la estructura del edificio, sino también en elementos decorativos como ménsulas y basamentos, entre otros.
d) Se trata de un edificio de planta irregular, de carácter monumental en estilo racionalista con elementos modernistas, desarrollado en torno a dos patios, uno de ellos abierto, con cuatro fachadas, con remates curvos en las esquinas.
e) Tiene valor histórico por estar vinculado a la actividad portuaria y por tanto vinculado a la historia del Puerto de Valencia, pues en él se centralizaba la llegada y salida de mercancías.
f) Se trata de un singular ejemplo de tipología de almacén, pues servía también para la realización de transacciones entre el puerto y particulares, teniendo una funcionalidad de almacenamiento y administrativa, siendo el único ejemplo existente en la ciudad de Valencia.
g) Posee pues un alto valor arquitectónico por su singularidad tipológica y valor constructivo por el uso de los materiales en su ejecución, sobre todo por el hormigón armado.
h) Que es importante apuntar que los almacenes de mercancías Docks Comerciales tienen identificados más de 100 impactos de metralla en sus fachadas exteriores, provocados por los diferentes bombardeos producidos entre la madrugada del 12 al 13 de enero de 1937 y el 22 de marzo de 1939, periodo en el que la ciudad fue sometida a más de 500 bombardeos. El edificio supera, con creces, las marcas de metralla que tienen otros edificios en la ciudad tales como el Ayuntamiento de Valencia, la fachada barroca de la Catedral, la antigua iglesia de San Andrés, hoy San Juan de la Cruz, o diferentes edificios de la calle de la Paz, etc. Por lo tanto, se trata del edificio histórico de Valencia que conserva el mayor número de huellas de impactos y marcas provocadas durante la Guerra Civil y consideramos importante y necesario que se documenten y preserven, evitando que en las sucesivas intervenciones puedan ser tapadas o borradas estar marcas al entenderse como desperfectos, faltantes o roturas recientes. En este sentido, rogamos que se proceda con suma cautela, para evitar daños irreparables.
Desde la primera y única respuesta del Ayuntamiento de Valencia, con fecha de 26 de agosto de 2022, no tuvimos más noticias acerca de nuestro expediente sobre la petición de proteger los Docks Comerciales como BRL. La última información corresponde a las noticias aparecidas en los medios de comunicación en las que se manifiesta que “El Ayuntamiento de Valencia aprueba las bases para que los Docks del puerto se conviertan en un centro de datos”
Por ese motivo y ante la preocupación de que se adjudique el concurso de los Docks Comerciales del Puerto de Valencia, sin tener en cuenta nuestra petición para la correcta catalogación del bien como BRL, a fin de asegurar la preservación no solo de la fachada, sino también de los elementos interiores que puedan tener valor patrimonial, especialmente las estructuras de hormigón armado realizadas en el proyecto original, nos dirigimos al Síndic de Greuges, recordando lo que le solicitamos al Ayuntamiento de Valencia en fecha 15 de agosto de 2022:
a) Que el Ayuntamiento de Valencia u órgano competente en esta materia (concejalías, áreas y servicios con sus respectivas competencias), inicie y lleve a buen puerto los trámites administrativos precisos y necesarios para CATALOGAR E INCOAR COMO BIEN DE RELEVANCIA LOCAL los DOCKS COMERCIALES DEL PUERTO DE VALENCIA, PUESTO QUE SE TRATA DE UN BIEN INDUSTRIAL CON UN ALTO VALOR PATRIMONIAL, ÚNICO Y EXCEPCIONAL.
b) Que el Ayuntamiento de Valencia u órgano competente en esta materia (concejalías, áreas y servicios con sus respectivas competencias), ACTIVE Y LLEVE A BUEN PUERTO, DE FORMA EFECTIVA Y REAL LOS TRÁMITES LEGALES NECESARIOS PARA IMPULSAR DE FORMA COORDINADA LA REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS DEL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA con la PARTICIPACIÓN ACTIVA Y ESTABLE DE UN EQUIPO MULTIDISCIPLINAR tal y como recoge el artículo 47 de la LPCV 4/1998 y posteriores modificaciones.
c) Que el Ayuntamiento de Valencia u órgano competente en esta materia (concejalías, áreas y servicios con sus respectivas competencias), realice las correspondientes inspecciones patrimoniales para examinar las múltiples marcas y huellas de metralla existentes en las fachadas del edificio, procediendo a su identificación y localización y asegurando de esta manera que sean preservadas en cualquier proyecto de rehabilitación o intervención que se vaya a realizar en el edificio.
miércoles
Solicitamos que el Ayuntamiento de Valencia catalogue los Docks Comerciales del Puerto de Valencia como BRL
Buenas tardes,
El pasado 6 de agosto de 2022, apareció publicada una noticia en el diario digital Valencia Plaza en la que se informaba que “El Ayuntamiento da el visto bueno al proyecto de Nethits en los Docks para un centro de datos”.
En el cuerpo de la noticia se afirmaba que “El proyecto se compromete a compaginar la preservación de la fachada protegida junto con la demolición del interior del recinto dado el valor histórico edificio”.
Sin embargo, en la aprobación definitiva del PLAN ESPECIAL DE LA MARINA REAL JUAN CARLOS I (diciembre de 2014) los Docks Comerciales del Puerto de Valencia quedan con la consideración de inmuebles catalogados no inscritos en el Inventario del Patrimonio Cultural valenciano, con un nivel de protección parcial (ambiental), tal y como aparece protegido e la ficha CATALOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS de este Plan Especial.
Desde nuestra asociación, consideramos que el nivel de protección es claramente insuficiente y debería considerarse su inclusión como BRL dentro del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del Ayuntamiento de Valencia, antes de que se realice ninguna intervención sobre el inmueble, para asegurar la preservación no solo de la fachada, sino también de los elementos interiores que puedan tener valor patrimonial, especialmente las estructuras de hormigón armado realizadas en el proyecto original.
Es importante señalar que los Docks Comerciales del Puerto de Valencia son el primer edificio en Valencia en usar el hormigón armado, en 1918 (la primera estructura construida con hormigón armado será la desaparecida pasarela de la Exposición en 1909), técnica que se usaría dos años más tarde, en 1920, en la construcción de los desaparecidos almacenes Ferrer.
Además, los almacenes de mercancías Docks Comerciales son un destacado ejemplo de Patrimonio Industrial vinculado a la actividad portuaria. Con proyecto de 1917 (con modificaciones de 1919) del arquitecto Víctor Gosálvez Gómez (1888-1965), proyecto que originalmente contaba con cinco plantas, finalmente solo se ejecutaron dos plantas, inaugurándose en 1920. Siendo una de las obras más importantes de este arquitecto.
La ejecución de la obra estuvo a cargo de la “Sociedad Coloma y Ribes” (empresa constructora del arquitecto Demetrio Ribes y el ingeniero industrial Joaquín Coloma, especializados en obras de hormigón armado). El hormigón armado no se utilizó solo para la estructura del edificio, sino también en elementos decorativos como ménsulas y basamentos, entre otros.
Se trata de un edificio de planta irregular, de carácter monumental en estilo racionalista con elementos modernistas, desarrollado en torno a dos patios, uno de ellos abierto, con cuatro fachadas, con remates curvos en las esquinas.
Tiene valor histórico por estar vinculado a la actividad portuaria y por tanto vinculado a la historia del Puerto de Valencia, pues en él se centralizaba la llegada y salida de mercancías.
Se trata de un singular ejemplo de tipología de almacén, pues servía también para la realización de transacciones entre el puerto y particulares, teniendo una funcionalidad de almacenamiento y administrativa, siendo el único ejemplo existente en la ciudad de Valencia.
Posee pues un alto valor arquitectónico por su singularidad tipológica y valor constructivo por el uso de los materiales en su ejecución, sobre todo por el hormigón armado.
También es importante apuntar que los almacenes de mercancías Docks Comerciales tienen identificados más de 100 impactos de metralla en sus fachadas exteriores, provocados por los diferentes bombardeos producidos entre la madrugada del 12 al 13 de enero de 1937 y el 22 de marzo de 1939, periodo en el que la ciudad fue sometida a más de 500 bombardeos. El edificio supera, con creces, las marcas de metralla que tienen otros edificios en la ciudad tales como el Ayuntamiento de Valencia, la fachada barroca de la Catedral, la antigua iglesia de San Andrés, hoy San Juan de la Cruz, o diferentes edificios de la calle de la Paz, etc. Por lo tanto, se trata del edificio histórico de Valencia que conserva el mayor número de huellas de impactos y marcas provocadas durante la Guerra Civil y consideramos importante y necesario que se documenten y preserven, evitando que en las sucesivas intervenciones puedan ser tapadas o borradas estar marcas al entenderse como desperfectos, faltantes o roturas recientes. En este sentido, rogamos que se proceda con suma cautela, para evitar daños irreparables.
Por todo ello, hemos solicitado al Ayuntamiento de Valencia u órgano competente en esta materia (concejalías, áreas y servicios con sus respectivas competencias) lo siguiente:
1. Que inicie y lleve a buen puerto los trámites administrativos precisos y necesarios para CATALOGAR E INCOAR COMO BIEN DE RELEVANCIA LOCAL los DOCKS COMERCIALES DEL PUERTO DE VALENCIA, PUESTO QUE SE TRATA DE UN BIEN INDUSTRIAL CON UN ALTO VALOR PATRIMONIAL, ÚNICO Y EXCEPCIONAL.
2. Que ACTIVE Y LLEVE A BUEN PUERTO, DE FORMA EFECTIVA Y REAL LOS TRÁMITES LEGALES NECESARIOS PARA IMPULSAR DE FORMA COORDINADA LA REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL CATÁLOGO DE BIENES Y ESPACIOS PROTEGIDOS DEL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA con la PARTICIPACIÓN ACTIVA Y ESTABLE DE UN EQUIPO MULTIDISCIPLINAR tal y como recoge el artículo 47 de la LPCV 4/1998 y posteriores modificaciones.
3. Que realice las correspondientes inspecciones patrimoniales para examinar las múltiples marcas y huellas de metralla existentes en las fachadas del edificio, procediendo a su identificación y localización y asegurando de esta manera que sean preservadas en cualquier proyecto de rehabilitación o intervención que se vaya a realizar en el edificio.
Esperamos una respuesta positiva por parte de nuestro consistorio y no las consabidas excusas que responde una y otra vez cada vez que solicitamos formalmente la inclusión de bienes patrimoniales dentro del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos.
Un saludo...
El abandono de los Docks Comerciales del Puerto de Valencia (1917-1920)
Lamentablemente, nuestro patrimonio industrial no está recibiendo el cuidado y la atención que merece. Basta echar un vistazo a algunos edificios como la Estación del Grao, La Ceramo de Benicalap, la fabrica de la calle Noguera con la Avenida del Puerto o las Naves Ership de la calle Juan Verdeguer, entre otras, para darse cuenta del abandono y la degradación de este patrimonio.
Un saludo...