miércoles

El Ayuntamiento de Valencia rotula como Alqueria dels Moros la Casa del Senyor

Buenos días,

el Ayuntamiento de Valencia se empeña con todas sus fuerzas en llamar Alquería dels Moros a la Casa del Senyor, la única propiedad de titularidad pública que forma parte del conjunto rural conocido como l'Alqueria dels Moros y que está compuesto por más edificaciones de titularidad privada.

Es un tema que hemos explicado detalladamente en otras entradas del blog, pero que queremos traer de nuevo a colación ante la presencia de señalética oficial en la Casa del Senyor que puede conducir a error o confusión, no sabemos bien con qué propósito:





Os dejamos tres vídeos en los que podréis apreciar el estado en el que se conservan algunas de las construcciones que forman parte del conjunto rural de l'Alqueria dels Moros (BIC) y el peligro para las personas que transitan ahora por una calle abierta al público y en la que se encuentra la entrada a la Casa del Senyor.

Un saludo...

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

martes

La Estación del Grao de Valencia (BRL)



Música: Train by Sergey Cheremisinov
Licencia Creative Commons 4.0

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

La conversión de San Pintamonas

Hola,

¡¡¡Milagro!!! Los efectos y los resultados de la campaña #RespectaValència empiezan a mostrar ya sus primeros resultados.

Los delincuentes y pintamonas que masacran con sus tags, firmas y grafitis nuestros monumentos protegidos, se han asustado y han salido huyendo despavoridos, abandonando la ciudad y entregando sus armas (botes de espray).

Muchos de ellos, ante el lema y el diseño de esta campaña y la contundencia de las palabras de la responsable de cultura, calificando estos hechos de vandalismo y actos vandálicos, "pudiendo llegar a responsabilidad penal", han decidido no volver a delinquir y como San Pablo, se han convertido en buenos ciudadanos y en personas cívicas de forma milagrosa y excepcional. ante el pavor de que los multen, los pillen con las manos en la masa y los identifiquen con las cámaras de vídeo vigilancia activas y los pongan a disposición judicial.

Auténtica mano de santo que ha transformado de golpe a estos delincuentes y herejes en devotos de San Pitamonas.

¡¡Amén!!!

lunes

La ruina de la Estación del Grao de Valencia (BRL)

Buenas tardes,

el pasado domingo 26 de enero, hacías las 13h, comprobamos que una de las ventanas de la antigua estación del Grao de Valencia, cubierta por una chapa metálica, estaba reventada y tirada en el interior del edificio.


Inmediatamente, procedimos a llamar a la Policía Autonómica para que acudiera al lugar y comprobara si el interior del mismo estaba ocupado o no. Tras la pertinente inspección ocular, los agentes de la Policía Autonómica que se personaron allí llamaron a la central para que notificaran los hechos y el estado del inmueble al legítimo propietario (ADIF) y taparan de nuevo el vano de la ventana que había sido reventada.

El estado interior del bien es desolador. Excrementos de paloma por el suelo y en las cerchas de madera del techo; barro provocado por las filtraciones y goteras; basura y botellas a montones por el suelo; todo tipo de objetos y enseres de las diferentes ocupaciones; las carpinterías de madera ¿originales? arrancadas, destrozadas y algunas usadas para hacer hogueras; restos de haber encendido fuego en el interior del edificio, etc.


Nuestra asociación puso la primera denuncia ante el estado de abandono de este bien un 14 de febrero del año 2013, hace casi siete años, cuando comunicamos al Ayuntamiento de Valencia el pésimo estado de conservación y la degradación de la antigua estación, situada en la calle Ingeniero Manuel Soto nº11 del Barrio del Grao de Valencia y considerada “la estación de ferrocarriles más antigua que sigue en pie en todo el estado español y la tercera en entrar en servicio en España, como parte de la línea Valencia-Grao”, tal y como consta en la ficha del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del propio Ayuntamiento.

En esta petición, entre otras cosas, solicitábamos a la Administración Pública Valenciana competente en la materia a que instara al legítimo propietario y titular de la Estación del Grao de Valencia, ADIF, a realizar las actuaciones oportunas para evitar un mayor deterioro y degradación de este Bien de Relevancia Local (BRL); que la Administración Pública Valenciana competente en la materia adoptara  sin más dilación las medidas procedentes en cumplimiento de la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano 4/1998; y que se procediera a la rehabilitación urgente de la estación y que la misma se destine a un uso social o como centro cultural (no necesariamente un museo) con la firme convicción de que el  patrimonio debe servir  como  una herramienta  para  el desarrollo y la cohesión social del barrio del Grao de Valencia.

Al respecto, el Ayuntamiento de Valencia nos respondió el 18 de junio de 2013 lo siguiente: “Vistos los escritos presentados el 14 de febrero y 31 de mayo de 2013, por la "Asociación Circulo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Municipal, denunciando el estado de conservación del edificio sito en c/ Ingeniero Manuel Soto nº  9 y 11, "Antigua Estación del Grao", comuníquese a las citadas asociaciones que de conformidad con el procedimiento establecido en la Ley 16/2005 de 30 de diciembre de la Generalitat, Urbanística Valenciana, y normas concordantes, así como en la ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por este Servicio de Disciplina Urbanística, Sección Ordenes Ejecución, se tramita el correspondiente expediente para la subsanación de deficiencias y/o patologías respecto del inmueble referenciado, y siendo que el mismo es de titularidad privada, y conforme al procedimiento legalmente establecido, se procede por esta Administración a exigir al/los propietarios que cumplan con su deber de mantener, conservar y garantizar la seguridad del edificio, exigiéndoles las subsanación de las patologías señaladas por los técnicos municipales”.

Igualmente, se informó que: “por la Oficina Técnica Control de la Conservación de la Edificación se emite el correspondiente informe en fecha 15 de abril de 2013, dándose cuenta del mismo a la  propiedad del edificio referenciado, mediante providencia de 18 de abril de 2013, requiriéndole para que adopte las medidas precautorias necesarias para garantizar la seguridad ciudadana, de conformidad con lo señalado en dicho informe, y solicite la correspondiente licencia de obras de reparación. Asimismo se comunica que para el supuesto de no acreditar la ejecución de las obras se procederá a emitir la correspondiente orden de ejecución de obras de reparación. Finalmente se le concede el preceptivo trámite de audiencia previa a dictar la Resolución ordenando las obras de reparación, para el supuesto que la referida propiedad no cumpla con el deber legal de mantenimiento y conservación del edificio en las debidas condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro. Obligación legal que la Comunidad Valenciana es de aplicación conforme al art. 206 de la Ley 16/2005 de 30 de diciembre de la Generalitat, Urbanística Valenciana. Por último indicar que comprobado que la propiedad ha recibido la notificación en fecha 25 de abril de 2013, (según consulta realizada el Servicio de Correos), nos encontramos a la espera que por la misma acredite la adopción de las medidas precautorias mediante la presentación del correspondiente Certificado de Seguridad, suscrito por técnico competente, en el que se haga constar que el edificio reune las debidas condiciones de seguridad, en tanto se procede a la rehabilitación del mismo".

A raíz de esta denuncia, a finales del año 2013, ADIF procedió a ejecutar unas obras de acondicionamiento en las que se pintaron las fachadas exteriores, se repararon aquellas tuberías y desagües rotos, se tapiaron completamente las ventanas y se retiraron los carteles de publicidad que denunciamos en numerosas ocasiones.

Sin embargo, y a pesar del tiempo transcurrido, la tan ansiada REHABILITACIÓN Y PUESTA EN VALOR DE ESTE BRL SIGUE SIN PRODUCIRSE. Es más, la degradación y la ruina han ido en aumento durante todo este tiempo, sin que el legítimo propietario del bien haya cumplido con sus obligaciones legales y sin que el Ayuntamiento de Valencia haya cumplido tampoco con las suyas, incluyendo la función in vigilando, comprobando el estado de este bien catalogado y protegido y requiriéndole a ADIF que adopte las medidas necesarias para la rehabilitación integral de la antigua Estación del Grao. Por este motivo, el 28 de enero, denunciamos ante el Síndic de Greuges la situación de este BRL.

Cuando el Ayuntamiento de Valencia le responda al Síndic os informaremos.

Un saludo...


El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

miércoles

El abandono de los Docks Comerciales del Puerto de Valencia (1917-1920)

Buenos días,

los Docks Comerciales del Puerto de Valencia, diseñados por el arquitecto y urbanista Víctor Gosálvez Gómez y con la participación como Director de Obras del también arquitecto Demetrio Ribes Marcos, fueron inaugurados el 1 de enero de 1920, hace ya 100 años. Un edificio centenario que lleva abandonado y degradándose desde hace años.

En el caso de los Docks, cabe destacar la figura de Demetrio Ribes, arquitecto de la Estación del Norte, que fundó su propia empresa constructora con el ingeniero de la Compañía del Norte J. Coloma ("Sociedad Coloma y Ribes, construcciones en hormigón armado, Valencia") y participó como contratista en la construcción de este edificio, el primero en el que se empleó el hormigón armado en las obras de construcción civil en la Comunidad Valenciana.

Con motivo la celebración de la Copa América de 2007 y de las regatas previas que se celebraron en Valencia fue alquilado como discoteca en julio de 2006, uso que tuvo hasta septiembre de 2015, tras las inspecciones de la Policía Local, que detectaron deficiencias en las salidas de emergencia, licencias de actividad y regulación del sonido al no respetarse la limitación marcada por la normativa.

Desde esa fecha hasta hoy, el edificio ha ido languideciendo poco a poco, con un futuro incierto y sin que todavía tengan un uso claro y definido:



Lamentablemente, nuestro patrimonio industrial no está recibiendo el cuidado y la atención que merece. Basta echar un vistazo a algunos edificios como la Estación del Grao, La Ceramo de Benicalap, la fabrica de la calle Noguera con la Avenida del Puerto o las Naves Ership de la calle Juan Verdeguer, entre otras, para darse cuenta del abandono y la degradación de este patrimonio.

Un saludo...

Interior de los Docks Comerciales del Puerto de Valencia

martes

Expedientes nº1716120 y nº1812054: Casa del Arquitecto Demetrio Ribes Marcos (Solicitud BRL) - Dos Recomendaciones

Buenos días,

continuamos con la publicación de los innumerable expedientes de queja abiertos ante el Síndic de Greuges.

Nombre del bien: Casa del Arquitecto Demetrio Ribes Marcos

Grado de protección: Hemos solicitado su inclusión en el Catálogo de Bienes y Espacios protegidos del Ayuntamiento de Valencia con la categoría de BRL.

Fecha de la primera denuncia: 24-02-15.

Dirigida a: Ayuntamiento de Valencia.

Respuesta del Ayuntamiento de Valencia: “En contestación a su solicitud de informe de fecha 25 de febrero de 2015, en relación con el escrito Nº RGE 00118-2015-00260 00, presentado por D. Cesar Guardeño Gil en nombre propio y en calidad de Presidente de la Asociación Circulo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultura, solicitando se adopten todas las medidas para preservar la casa del arquitecto valenciano Demetrio Ribes Marcos, sita en la calle Eugenia Viñes número 95, por este Servicio de Disciplina Urbanística se informa en primer lugar que dicho edificio es de propiedad privada por lo que el deber de mantenimiento y conservación corresponde a los propietarios del mismo, y en segundo lugar que, dada la situación del inmueble se abrió el correspondiente expediente en donde se requirió a la propiedad el cumplimiento del deber de conservación; constando en el expediente que por la misma se han realizado los trabajos necesarios para adoptar las medidas precautorias necesarias para garantizar la seguridad ciudadana, para lo que ha aportado los correspondientes certificados de seguridad en los que se manifiesta que con las medidas precautorias adoptadas el edificio reúne las condiciones de seguridad exigidas por la legislación urbanística.”

Queja ante el Síndic: 25-07-17. Casi dos años y medio después desde nuestra primera denuncia, hemos podido comprobar que actualmente existe un MAYOR RIESGO DE DEGRADACIÓN, RUINA Y DESAPARICIÓN del citado bien, puesto que ahora se encuentra, además, ocupado.

Fecha y contenido de la primera recomendación: 17-11-17 
"RECOMENDAR al Ayuntamiento de Valencia que acelere los trámites para el otorgamiento de las licencias que permitan la rehabilitación del inmueble y evitar su progresivo deterioro, y se emita el correspondiente informe técnico para valorar su declaración como bien de relevancia local."

Resultado primera recomendación: Tras el merecido tirón de orejas por no cumplir con sus deberes y obligaciones legales, el Ayuntamiento de Valencia tiene una pequeña pataleta, impropia de unas administraciones públicas que trabajan por y para los ciudadanos:

"Como ya está siendo notificado reciente y reiteradamente a los interesados con ocasión de este y otros bienes propuestos como posibles Bienes de Relevancia Local, el Catálogo Estructural de Bienes  y Espacios Protegidos de Valencia (que afecta únicamente a Bienes de Interés Cultural y Bienes de Relevancia Local) fue aprobado definitivamente por Resolución de la Consellera de Infraestructuras, Territorio y Medio· Ambiente, de 20 de febrero de 2015 (BOP 23-6-15). 
La tramitación del citado documento trae causa de la Revisión del PGOU de Valencia, que, a la vista de la normativa aplicable, separó, tanto a nivel urbanístico como patrimonial, la parte estructural de la pormenorizada. 
Las nuevas sugerencias y propuestas presentadas con posterioridad a la aprobación del Catálogo, así como los errores detectados en relación al mismo, han sido aportadas al expediente 03001/35/2015: "Corrección de Errores del Catálogo Estructural", para su estudio por los técnicos especialistas en patrimonio cultural en el contexto global del Catálogo Estructural, y no de forma aislada, en aras a la coherencia y al cumplimiento del principio de igualdad de los interesados en el procedimiento, según se recoge en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El resultado de dicho análisis, en su momento, le será notificado a cada uno de los interesados'. 

Reapertura de la queja ante el Síndic: 05-12-18. Incumplimiento Recomendaciones del Síndic, puesto que, a pesar del tiempo transcurrido, no nos consta que las recomendaciones efectuadas por su institución, y supuestamente aceptadas por el Ayuntamiento de Valencia, en las que se pedía a nuestro consistorio que “con el fin de acelerar los trámites para el otorgamiento de las licencias que permitan la rehabilitación del inmueble y evitar su progresivo deterioro, y que se emita el correspondiente informe técnico para valorar su declaración como bien de relevancia local”, hayan sido llevadas a cabo.

Fecha y contenido de la segunda recomendación: 22-03-19. 
"RECOMENDAR al Ayuntamiento de Valencia que, en cumplimiento de nuestra anterior Recomendación de fecha 17/11/2017, se adopten con determinación todas las medidas que sean necesarias para evitar la progresiva destrucción del inmueble y lograr la adecuada conservación, rehabilitación y puesta en valor de este importante activo del patrimonio cultural valenciano, resolviendo expresamente, y notificando al autor de la queja, las cuatro cuestiones detalladas más arriba en su escrito de alegaciones, en los apartados a) hasta el d), ambos inclusive."

Resultado segunda recomendación: El Ayuntamiento de Valencia propone su protección parcial, pero no quiere catalogarlo como BRL:

"El inmueble de referencia se encuentra incluido entre las propuestas de protección PARCIAL, Ficha C33, cuya copia se adjunta, y en la que se aportan las referencias históricas, componentes y lementos que, a juicio del equipo redactor, acreditan la propuesta como Bien Catalogado con protección parcial, pero no como BRL".

"... se acepta la recomendación formulada por esa Institución, visto que por la Oficina Técnica de Control de la Conservación de la Edificación (OTCCE) se ha emitido informe el 9-1-2019 sobre la situación actual del inmueble, indicando la falta de mantenimiento y conservación tanto del edificio como de la parcela ajardinada de acceso al mismo, por este Servicio de Disciplina Urbanística, el 14-2-2019 se ha remitido comunicación al Servicio de Licencias, dando cuenta del informe de la OTCCE antes citado a los efectos oportunos, y se va a proceder a requerir nuevamente al propietario para que  realice los trabajos necesarios que garanticen la seguridad ciudadana, en tanto se llevan a cabo las obras de intervención conforme a la licencia de obras concedida.' 

Reapertura de la queja ante el Síndic: 28-01-2020. Incumplimiento Recomendaciones del Síndic, puesto que, a pesar del tiempo transcurrido, hemos podido comprobar, a fecha de 26 de enero de 2020, que LA CASA DEL ARQUITECTO VALENCIANO DEMETRIO RIBES MARCOS se encuentra muy deteriorada, ocupada, con numerosos enseres y trastos en el jardín, mantas y telas cubriendo la reja de entrada y objetos altamente inflamables que ponen en riesgo la integridad y seguridad del inmueble y de las personas que lo ocupan. Además, el propietario sigue sin llevar a cabo los trabajos necesarios para conservar y evitar y revertir el deterioro del edificio, en cumplimiento de la legislación patrimonial y urbanística vigentes. 

Estado actual de LA CASA DEL ARQUITECTO VALENCIANO DEMETRIO RIBES MARCOS), casi cinco años después de haber presentado nuestra primera denuncia y el consiguiente expediente administrativo:

lunes

Expedientes nº1316904, nº1503343, nº1603872 y nº1717406: Tinglados nº2, nº4 y nº5 del Puerto de Valencia (BRL) - Tres Recomendaciones

Buenos días,

continuamos con la publicación de los múltiples expedientes de queja abiertos ante el Síndic de Greuges.

Nombre del bien: Tinglados nº2, nº4 y nº5 del Puerto de Valencia.

Grado de protección: BRL

Fecha de la primera denuncia: 14-02-13. SIN RESPUESTA.

Dirigida a: Ayuntamiento de Valencia y Conselleria de Cultura.

Queja ante el Síndic: 17-06-13

Respuesta del Ayuntamiento de Valencia: Se van por los cerros de Úbeda, nos responden a lo que se les pide: 
1. Que la Administración Pública Valenciana competente en la materia inste al legítimo propietario y titular de los Tinglados del Puerto de Valencia, a realizar las actuaciones oportunas para evitar un mayor deterioro y degradación de estos Bienes de Relevancia Local (BRL).
2. Que se proceda a una intervención urgente para consolidar, reparar y restituir los elementos deteriorados y faltantes, no permitiendo una mayor degradación de este bien patrimonial del Puerto Autónomo de Valencia.
Y salen con estas:
"El día 26 de abril de 2013 se suscribió entre el Excmo. Ayuntamiento de Valencia y el Consorcio Valencia 2007 "Convenio Interadministrativo para la puesta a disposición a favor del Consorcio Valencia 2007 de determinados bienes integrantes de la denominada Marina Real Juan Carlos I". En virtud de dicho Convenio el Ayuntamiento cedía gratuitamente al Consorcio Valencia 2007 el uso de los Tinglados número 2,4 y 5, ubicados en la dársena interior del puerto de Valencia.Según la Cláusula Tercera del Convenio el cómputo de la cesión se iniciará a partir de la inscripción en el Registro de la Propiedad de la cesión gratuita llevada a cabo entre la Autoridad Portuaria y el Ayuntamiento de Valencia. La escritura de cesión fue presentada en el Registro de In Propiedad para su inscripción el día 21 de junio de 2013".

Por fallo en el Registro de Entrada del SERVEF de Valencia-Artes Gráficas, las alegaciones presentadas el 17/09/13, desaparecen, se extravían (el funcionario solo le puso el sello, pero no le asignó número) y el documento presentado no les llega, procediéndose al cierre del expediente a pesar de lo absurdo de la respuesta del Ayuntamiento de Valencia y a que a los Tinglados están cayéndose a pedazos. Un surrealismo propio de Berlanga que tuvimos que sufrir en los primeros años de existencia de nuestra asociación, cuando las denuncias las presentábamos en papel y de forma presencial en cualquier Registro General de Entrada.

Reapertura de queja ante el Síndic: 18-02-15. Más de 24 meses después desde nuestra primera denuncia, este BRL presentaba un mayor grado de abandono, degradación y deterioro que cuando lo denunciamos por primera vez el 14/02/13, no habiéndose tomado ninguna medida al respecto. 

Fecha y contenido de la primera recomendación: 18-08-15 
"RECOMENDAR al Excmo. Ayuntamiento de Valencia que adopte todas las medidas legales a su alcance para lograr que se mejore la conservación y el mantenimiento de estos bienes de relevancia local".  

Resultado primera recomendación: Se da traslado de las obligaciones de mantenimiento de estos BRLs al Consorcio Valencia 2007.

"Como ya se ha puesto de manifiesto por este Servicio en ocasiones anteriores, la última de ellas en agosto de 2015, los Edificios de los Tinglados números 2, 4 y 5 ubicados en la Dársena interior del Puerto de Valencia, que son de propiedad municipal, fueron cedidos en virtud del "Convenio Interadministrativo para la puesta a disposición a favor del Consorcio Valencia 2007 de determinados bienes integrantes de la denominada Marina Real Juan Carlos I", suscrito el día 26 de Abril de 2013 entre el Ayuntamiento de Valencia y el Consorcio Valencia 2007, al Consorcio para su explotación.
De acuerdo con el citado convenio el mantenimiento de los edificios de los Tinglados corresponde al Consorcio Valencia 2007. Por otra parte se informa que según los Estatutos el Consorcio Valencia 2007 es una Entidad de Derecho Público con personalidad jurídica patrimonio propio y plena capacidad de obrar para la consecución de sus fines. Fué creado mediante Convenio suscrito el día 1 de Octubre de 2003 por la Administración General del Estado, la Generalitat Valenciana y el Ayuntamiento de Valencia, y está integrado por las tres administraciones. 
De lo expuesto se desprende que se acepta la recomendación del Sindic, y a tal efecto se ha dado traslado de la misma y de la presente al Consorcio Valencia 2007 para su cumplimiento, de acuerdo con lo previsto en el convenio". 

Reapertura de la queja ante el Síndic: 15-04-16. Incumplimiento Recomendaciones del Síndic, puesto que seguíamos sin tener constancia alguna de que ni el Ayuntamiento de Valencia ni el Consorcio Valencia 2007, ni nadie, hayan iniciado todavía el expediente de orden de ejecución de obras de reparación, rehabilitación, conservación, consolidación y subsanación de desperfectos y otras irregularidades denunciadas en los BRLs de los Tinglados Modernistas del Puerto de Valencia y que denunciamos por primera vez y detalladamente el 14/02/13, hace 38 meses. 

Fecha y contenido de la segunda recomendación: 05-09-16. 
"RECOMENDAR al Excmo. Ayuntamiento de Valencia que extreme sus esfuerzos para lograr cuanto antes la adecuada conservación y mantenimiento de los Tinglados Modernistas nº 2 (muelle 58), nº 4 (muelles del 11 al 22) y nº 5 (muelles 23 y 24) del Puerto Autónomo de Valencia". 
       
Resultado segunda recomendación: El Ayuntamiento de Valencia reconoce que la situación no ha cambiado en los últimos meses. Todo sigue igual.
"Lamentablemente es cierto que la situación de los Tinglados no ha variado desde el último informe, ya que de una parte, a pesar de todas las actuaciones llevadas a cabo por el Ayuntamiento de Valencia para la recuperación de los Tinglados números 4 y 5 en poder de la Generalitat Valenciana, como ya se indicó en el informe anterior, ésta no ha entregado todavía al Ayuntamiento las llaves ni  tampoco la posesión de los Tinglados, por lo que, a su vez, estos no han podido ser puestos a disposición del Consorcio Valencia 2007 para su rehabilitación; y de otra parte en el Tinglado nº2, que fue puesto por el Ayuntamiento a disposición del Consorcio Valencia 2007 en la fecha del convenio, tampoco se han llevado a cabo por el Consorcio, en este Tinglado, las obras de rehabilitación. 
Por tal motivo se han efectuado las siguientes actuaciones: Requerir de nuevo a la Entidad de Infraestructuras de la Generalitat Valenciana (EIGE) la entrega de las llaves y la posesión de los Tinglados nº 4 y 5 para la puesta de los mismos a disposición del Consorcio Valencia 2007, con el fin de que pueda iniciar las actuaciones de rehabilitación de estos Tinglados. 
Requerir igualmente de nuevo al Consorcio Valencia 2007 para que en cumplimiento del Convenio, citado anteriormente, suscrito el día 26 de abril de 2013 lleve a cabo las obras de reparación, rehabilitación, conservación, consolidación y subsanación de desperfectos en el Tinglado nº 2".

Reapertura de la queja ante el Síndic: 04-12-17. Incumplimiento Recomendaciones del Síndic, puesto que el Ayuntamiento de Valencia todavía no ha realizado las obras de REHABILITACIÓN y puesta en valor los BRLs de los Tinglados Modernistas del Puerto de Valencia (empezando por el número 2) y que denunciamos por primera vez y detalladamente el 14/02/13, hace casi 58 meses. HEMOS QUERIDO DAR UN AÑO DE TIEMPO PARA VER QUE OBRAS LLEVABA A CABO NUESTRO CONSISTORIO Y NOS HEMOS ENCONTRADO CON UNAS OBRAS QUE SON UN MERO PARCHEADO PARA OCULTAR EL PROBLEMA.

Fecha y contenido de la tercera recomendación: 19-04-18. 
"RECOMENDAR al Ayuntamiento de Valencia que, en cumplimiento de nuestra Recomendación de fecha 1 de septiembre de 2016, impulse con determinación la rehabilitación integral de todos los tinglados del Puerto Autónomo de Valencia, declarados bienes de relevancia local".   

Resultado tercera recomendación: El Servicio de Patrimonio, adscrito a Delegación de María Oliver Sanz decide que "NO procede ACEPTAR la RECOMENDACIÓN efectuada por el Sindic de Greuges en fecha 23 de abril de 2018, en relación con la Queja nº 1717406, de recomendar "al Ayuntamiento de Valéncia que, en cumplimiento de nuestra Recomendación de fecha 1 de septiembre de 2016, impulse con determinación la rehabilitación integral de todos los tinglados del Puerto Autónomo de Valéncia, declarados bienes de relevancia local, a su ejecución por el Servicio de Patrimonio Histórico y Artístico", acogiéndose a la "redacción" exacta que el Síndic de la realizó el 1 de septiembre de 2016, que no hacia ninguna referencia a la rehabilitación integral de los tinglados, sino a que el "Excmo. Ayuntamiento de Valéncia extreme su esfuerzos para lograr cuanto antes la adecuada conservación y mantenimiento de los tinglados Modernistas" y a que la normativa actual obliga a las entidades locales y a los propietarios de bienes a adoptar las medidas cautelares necesarias para proteger y mantener su patrimonio, pero en ningún caso se contempla como una obligación legal la rehabilitación integral del mismo. 
Sin embargo, a pesar de la ridícula pataleta de este Servicio, el Ayuntamiento de Valencia, a través de los servicios de Urbanismo y de Govern Interior, inició la primera fase de rehabilitación del Tinglado nº2 durante el transcurso de la reapertura de este expediente (04-12-17), así como el proceso para rehabilitar los tinglados nº4 y el nº5, cumpliendo con sus obligaciones legales de rehabilitar estos BRLs y poniendo en evidencia los argumentos y alegaciones absurdas del Servicio de Patrimonio.

Estado actual de los Tinglados del Puerto de Valencia (BRL), casi siete años después de haber presentado nuestra primera denuncia y el consiguiente expediente administrativo:

 Tinglado Nº2
 Tinglado nº4 y al fondo el nº5
El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

jueves

Pintadas delictivas en el Portal de Serranos (BIC)

Buenas tardes,

esta imagen sirve de ejemplo para mostrar lo que está pasando en nuestra ciudad desde hace lustros.

Resume perfectamente lo poco o nada que le importa a los delincuentes que pintan y dañan nuestro patrimonio las campañas "light" y descafeinadas de concienciación patrimonial que puedan poner en marcha las administraciones públicas valencianas.

Quien a estas alturas continúe pensando que solo con buenas palabras, un logo bonito y cuatro carteles va a conseguir frenar esto, puede esperar sentado.

Además de las medidas educativas y de concienciación, se debe actuar con contundencia y aplicar el Código Penal para llevar ante un juez a estos delincuentes. No nos puede temblar el pulso.

Las personas que actúan así deben saber que sus acciones pueden conllevar penas de cárcel y fuertes sanciones económicas. No son ni gamberradas ni vandalismo. SON DELITOS y los que los cometen deben ser tratados como DELINCUENTES.

Pintadas delictivas en el Portal de Serranos (BIC)

domingo

Expedientes nº 1408325, nº1500471, nº1601909, nº1702674 y nº1900105: Alquería de Falcó (BRL) - Cuatro Recomendaciones

Buenos días,

continuamos publicando la montaña de expedientes de queja abiertos ante el Síndic de Greuges.

Nombre del bien: Alquería de Falcó

Grado de protección: BRL

Fecha de la primera denuncia: 28-02-13. SIN RESPUESTA.

Fecha de la segunda denuncia: 06-06-13.

Dirigida a: Ayuntamiento de Valencia y Conselleria de Cultura

Respuesta del Ayuntamiento de Valencia: 06-07-13 y 22-10-13 
“se tramitaba el correspondiente expediente para la subsanación de deficiencias y/o patologías … procediendo a exigir a la propiedad que cumpla con su deber de mantener, conservar y garantizar la seguridad del edificio…” .  
“se procede a imponer las correspondientes multas coercitivas como medio de ejecución forzosa y en el supuesto de que el propietario no las realice voluntariamente serán ejecutadas subsidiariamente por su administración con posterior coste al propietario”.

Nueva queja ante el Ayuntamiento de Valencia: 22-03-14. No se han realizado las órdenes de ejecución comunicadas por el Ayuntamiento de Valencia y tampoco han sido ejecutadas de forma subsidiaria a pesar del gravísimo estado de este BRL.

Respuesta del Ayuntamiento de Valencia:
"no existe causa legal de expropiación del resto del inmueble puesto que no se ha producido la sujeción al régimen de edificación forzosa o rehabilitación forzosa".

Queja ante el Síndic: 22-05-14.

Respuesta del Síndic: 24-09-14.
"Como continuación a nuestro último escrito y una vez recibido el informe requerido al efecto de la Administración afectada, nos ponemos nuevamente en contacto con Vd., a fin de proceder a la finalización de nuestras investigaciones, toda vez que del mismo se aprecia que la Administración de referencia va a proceder a la solución de su problema.
Ahora bien, sin perjuicio de lo anterior, esta Institución velará que por parte de la referida Administración se proceda al rápido cumplimiento y ejecución de lo indicado en su informe.
Celebrando que las investigaciones iniciadas al efecto hayan servido para la pronta solución de su problema".

Reapertura de la queja ante el Síndic: 21-01-15. Ni el legitimo propietario de la alquería de Falcó ha realizado las órdenes de ejecución comunicadas por la administración, ni las mismas  han sido ejecutadas de forma subsidiaria por el Ayuntamiento de Valencia a pesar del gravísimo estado de este BRL y el alto riesgo de desaparición.

Fecha y contenido de la primera recomendación: 16-07-15.
"RECOMENDAR al Excmo. Ayuntamiento de Valencia que adopte todas las medidas que sean necesarias para lograr que la Alquería de Falcó se mantenga en adecuadas condiciones de conservación".   

Resultado primera recomendación: Más de 29 meses después, siguen en ello. "Acepta la recomendación de esa Institución, en los términos establecidos en la legislación urbanística y demás normas concordantes, por lo que, y en tanto no se levante Acta de Ocupación y se haga efectivo el pago del justiprecio fijado por el Jurado de Expropiaciones el 30 de septiembre de 2014, este Servicio de Disciplina Urbanística en materia de su competencia procede a requerir al propietario del edificio, como parte obligada al cumplimiento del deber de mantenimiento y conservación del mismo, para que adopte las medidas precautorias necesarias que garanticen la seguridad del edificio". 

Reapertura de la queja ante el Síndic: 30-12-15. Incumplimiento Recomendaciones del Síndic, puesto que el Ayuntamiento de Valencia sigue sin haber tomado las medidas necesarias para lograr que la Alquería de Falcó se mantenga en adecuadas condiciones de conservación". 

Fecha y contenido de la segunda recomendación: 15-07-16. 
"RECOMENDAR al Excmo. Ayuntamiento de Valencia que, teniendo en cuenta el incumplimiento de las órdenes de ejecución dictadas, acuerde la imposición de multas coercitivas, sin perjuicio de incoar el correspondiente procedimiento sancionador y, en su caso, disponer la ejecución subsidiaria municipal a costa del obligado".      

Resultado segunda recomendación: Seguían en ello, más de 40 meses después. "A tal efecto, una vez acepta la nueva recomendación solicitada por el Sindic de Greuges de la CV, y como trámite previo a dictar Resolución imponiendo la primera multa coercitiva a la propiedad del inmueble por el incumplimiento de la orden de ejecución dictada, se ha procedido a solicitar informe al Servicio de Gestión Urbanística, sobre el procedimiento expropiatorio seguido. Como consecuencia de ello, el 29 de julio de 2016 se remite informe por la Sección de Expropiaciones adjuntando el Acta de pago y ocupación del inmueble (casa Alquería sita en Cmno. Moneada n" 140), suscrita por el Ayuntamiento de Valencia y la propiedad expropiada en fecha 3 de febrero de 2016." 

Reapertura de la queja ante el Síndic: 12-02-17. Incumplimiento Recomendaciones del Síndic, puesto que que el Ayuntamiento de Valencia, pesar del tiempo trascurrido, sigue sin haber tomado las medidas necesarias para lograr que la Alquería de Falcó se mantenga en adecuadas condiciones de conservación y tampoco tenemos constancia de la a imposición de multas coercitivas, sin perjuicio de incoar el correspondiente procedimiento sancionador y, en su caso, de la ejecución subsidiaria municipal a costa del obligado".    

Fecha y contenido de la tercera recomendación: 16-04-18. 
"RECOMENDAR al Ayuntamiento de Valencia que, en cumplimiento de nuestras anteriores Recomendaciones emitidas en los expedientes de queja nº 1408325, 1500471 y 1601909, adopte con rapidez todas las medidas que sean necesarias para reducir el deterioro de la Alquería de Falcó y mantenerla en un adecuado estado de conservación. .  

Resultado tercera recomendación: Siguen repitiendo que se han tomado todas las medidas, sin especificar cuales y sin ver resultados. La alquería seguía abandonada, okupada y llena de pintadas. "Desde el Ayuntamiento se han tomado todas las medidas necesarias para proteger el edificio de la "Alquería Falcó", agradeciéndoles el interés prestado a los bienes municipales". Se acepta la recomendación y el Ayuntamiento adoptará las medidas para reducir su deterioro". 

Reapertura de la queja ante el Síndic: 13-01-19. Incumplimiento Recomendaciones del Síndic, puesto que casi seis años después todavía no se han ejecutado y llevado a cabo las obras de intervención, consolidación, ornato público, rehabilitación integral, puesta en valor y en uso, etc. (en arreglo a la legislación patrimonial y urbanística) a pesar del tiempo transcurrido y de que ya se trata de un bien de titularidad municipal.

Fecha y contenido de la cuarta recomendación: 30-07-19.
"RECOMENDAR al Ayuntamiento de Valencia que, en cumplimiento de nuestras anteriores Recomendaciones emitidas en los expedientes de queja nº 1408325, 1500471, 1601909 y 1702674, se acelere la adopción de todas las medidas necesarias para frenar el deterioro de la Alquería de Falcó y mantenerla en un adecuado estado de conservación".

Resultado cuarta recomendación: Parece que, seis años y medio después, se va a realizar la primera intervención sobre este BRL. "Se comunica que actualmente se está realizando la descripción técnica de trabajos de arqueología y una valoración de reducción del deterioro de la Alquería Falcó con el fin de poderse ejecutar antes de que finalice el año 2019 para que en el año 2020 se proceda a la redacción del proyecto".

Estado actual de la alquería de Falcó (BRL), a punto de cumplirse siete años desde nuestra primera denuncia:

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miércoles

La factura de los delitos contra el Patrimonio en Valencia

Buenas tardes,

ayer se presentó la campaña "Respecta València", a través de la Concejalía de Patrimonio y Recursos Culturales, con el fin de concienciar a todos de la importancia de respetar los bienes patrimoniales de nuestra ciudad.

Durante la rueda de prensa, la responsable del área de Cultura, Glòria Tello, repitió alrededor de una docena de veces los términos"vandalismo", "actos vandálicos" y "faltas contra el patrimonio", hasta que, en el turno de preguntas, mencionó por primera vez los términos "delitos penales" y "Código Penal".

Parece que los responsables del área de cultura tengan miedo a referirse abiertamente a estos hechos como delitos contra el patrimonio, prefiriendo repetir, incluso en la documentación que se entregó a los presentes, "actos de vandalismo" y "actos vandálicos".

No terminamos de entender por qué desde el Ayuntamiento de Valencia persisten en andar con paños calientes en lugar de ser más contundentes y directos con aquellos delincuentes cuyas agresiones y delitos contra el patrimonio nos cuestan 10.000€ al año y esto sin contar los monumentos y edificios protegidos que todavía tienen pintadas y no han sido retiradas y los que están gestionados por la Diputación de Valencia o la Generalitat Valenciana. Si sumáramos el total de todos, la cifra sería todavía mucho mayor.

Nuestra asociación considera que, si bien la campaña es un primer paso positivo de los muchos que todavía se deben dar, sigue faltando una mayor contundencia institucional contra los delincuentes. En este tipo de campañas debe quedar bien claro que aquellos que atacan a nuestro patrimonio histórico, artístico y cultural están cometiendo un DELITO PENAL, con duras sanciones económicas e incluso pena de cárcel. A las administraciones públicas no les debe temblar el pulso y andarse con medias tintas en estas cuestiones que atañen a nuestro patrimonio.

Además, es muy importante que desde las administraciones públicas se deje de usar la palabra "actos vandálicos" o "vandalismo" cuando se habla de pintadas, agresiones y ataques a nuestro patrimonio cultural. Son delitos contra el patrimonio tipificados en el Código Penal (Artículo 323) y así debería transmitirse tanto en las ruedas y notas de prensa, en la publicidad institucional y en estas campañas.

El mensaje que se pretende transmitir sigue siendo incompleto e insuficiente.

Un saludo...

"Actos de vandalismo" y "actos vandálicos". El término "delitos penales" brilla por su ausencia