lunes

Cuatro delincuentes queman una de las puertas de las Torres de Serranos

Buenos días,

cuatro delincuentes han quemado parcialmente una de las puertas de las Torres de Serranos. Sí, DELINCUENTES con todas las letras y con mayúsculas. Ni pirómanos, ni gamberros, ni vándalos... DELINCUENTES que han vuelto a atentar contra nuestro patrimonio cultural. 

Estos DELINCUENTES han provocado un incendio que no fue a más gracias a la rápida actuación de un empleado de un restaurante cercano a quien queremos agradecer desde aquí su rápida intervención. Aún así, los daños en la piedra de sillería y en la parte posterior de la puerta son evidentes y se necesitará una intervención costosa para revertirlos.

La situación en Valencia ha rebasado cualquier límite tolerable y permisible. Se ha desbordado completamente, mientras seguimos esperando la instalación de cámaras de vídeo vigilancia en los principales monumentos de la ciudad. Mientras tanto, se sigue delinquiendo impunemente y sin consecuencias penales a pesar de que los actos que se están llevando a cabo están considerados un delito penal, tal y como aparece recogido en el Código Penal.

Nuestra asociación sigue esperando un comunicado contundente por parte del Alcalde de Valencia y de la Concejal de Cultura condenando estos actos punibles y comprometiéndose a acelerar los trámites necesarios para poner en marcha todas las medidas precisas con el fin de prevenir, identificar y detener a estos DELINCUENTES. Un comunicado que se debería realizar conjuntamente con todos los grupos municipales tanto del gobierno como de la oposición. Todos deben ir de la mano y en la misma dirección para plantar cara y acabar con esta lacra y con esta escalada de delitos contra nuestro patrimonio, que va in crescendo desde el último trimestre de 2017. Se necesitan más medidas y un mayor esfuerzo para detener esto, antes de tener que lamentar males mayores.

La seguridad y protección de nuestro patrimonio histórico y cultural no está para ni rascar votos, ni para colocarse medallas, ni para utilizar con un fin partidista y electoralista. Por si alguno de los políticos de nuestra ciudad, tanto del gobierno como de la oposición, no se han dado cuenta todavía, el patrimonio cultural está muy por encima de las siglas de cualquier partido y de sus propios cargos. Es nuestra seña de identidad como pueblo y su deber y obligación, al igual que la nuestra, es preservarlo, acrecentarlo y pasarlo en el mismo estado o mejor a las siguientes generaciones. Si seguimos por este camino de permisividad e indolencia, lo único que dejaremos en herencia serán las cenizas de nuestro patrimonio.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

sábado

La Conselleria del silencio administrativo

Buenos días blogger@s,

la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana persiste en aplicar el silencio administrativo a todos y cada uno de nuestros escritos. Un comportamiento cronificado en el tiempo y que viene realizando de manera sistemática desde el año 2012, en lo que respecta a nuestra asociación.

El Síndic de Greuges lleva emitidas docenas de recomendaciones que, con carácter general, estiman que la Conselleria de Cultura debe contestar a los escritos que presentamos, dictando la correspondiente resolución motivada en tiempo y forma. A pesar de ello, ni en 2012, ni en 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019, esta administración ha sido capaz ni de notificar la correspondiente recepción de nuestros escritos, asignándoles un número de expediente. Solo en contadas ocasiones ha respondido y cuando lo ha hecho ha sido por carta ordinaria sin acuse de recibo, saltándose todo el procedimiento administrativo común.

Y a pesar de que es un tema que hemos tratado personalmente con la Dirección General de Cultura y Patrimonio, seguimos comprobando que hay un grave y serio problema estructural que supone un obstáculo e impedimento y que entorpece el correcto funcionamiento de esta administración pública valenciana.

En este punto, cabe señalar el marco jurídico y administrativo que ampara los derechos de los ciudadanos. El artículo 21.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas –anterior artículo 42.1 de la Ley 30/1992-, establece que:

“la Administración está obligada a dictar resolución expresa y a notificarla en todos los procedimientos cualquiera que sea su forma de iniciación”. 

Por su parte, el artículo 5.3 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de Patrimonio Cultural de la Comunidad Valenciana dispone lo siguiente: 

“Todas las personas físicas y jurídicas están legitimadas para exigir el cumplimiento de esta Ley ante las administraciones públicas de la Comunidad Valenciana. La legitimación para el ejercicio de acciones ante los tribunales de justicia se regirá por la legislación del Estado”. 

Y desde la perspectiva de la legislación sobre transparencia, el artículo 20.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y el artículo 17.1 de la Ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat, de transparencia, buen gobierno y participación ciudadana de la Comunitat Valenciana, establecen el plazo de un mes para resolver las solicitudes de información presentadas por los ciudadanos

Es muy importante respetar este plazo, ya que, de lo contrario, la información pública solicitada puede perder interés o utilidad. No cabe, por tanto, retrasar la contestación permitiendo el paso de varios meses sin responder nada al solicitante de información. 

La citada Ley 2/2015, de 2 de abril, de transparencia, buen gobierno y participación ciudadana de la Comunitat Valenciana, ha determinado los ejes sobre los que bascula una “nueva política”: los de la transparencia informativa y la participación proactiva de la ciudadanía en los procesos de toma de decisión sobre políticas públicas

En la Exposición de Motivos queda muy clara la voluntad del legislador valenciano reflejada en las siguientes expresiones: 

“(…) la sociedad como coproductora de conocimiento y de políticas públicas (…) la ciudadanía como sujeto de la acción pública, y no sólo el Gobierno y sus administraciones (…)”.  

Por otra parte, el principio de eficacia (art. 103.1 de la Constitución Española) exige de las Administraciones Públicas que se cumplan razonablemente las expectativas que la sociedad legítimamente le demanda, entre ellas, y harto relevante, el deber de la Administración de resolver expresamente las peticiones y reclamaciones que le presenten los particulares, ya que el conocimiento cabal por las personas de la fundamentación de las resoluciones administrativas, constituye un presupuesto inexcusable para una adecuada defensa de sus derechos e intereses legítimos.  

En este sentido, el Tribunal Constitucional tiene dicho, desde antiguo, en su Sentencia núm. 71, de fecha 26 de marzo de 2001, que “es evidente, como hemos declarado en reiteradas ocasiones que la Administración no puede verse beneficiada por el incumplimiento de su obligación de resolver expresamente en plazo solicitudes y recursos de los ciudadanos, deber éste que entronca con la cláusula del Estado de Derecho (art. 1.1 CE), así como con los valores que proclaman los arts. 24.1, 103.1 y 106.1 CE.”

En consecuencia, habría que coincidir en que el silencio administrativo es una práctica que genera en los ciudadanos una auténtica inseguridad jurídica e indefensión material (proscritas por los arts. 9.3 y 24.1 de la Constitución Española), y que, tal y como ha expuesto el Síndic de Greuges en sus sucesivos informes anuales a Les Corts Valencianes, obliga a los ciudadanos a acudir a la vía jurisdiccional para la resolución de sus conflictos, convirtiendo, por ello, en inoperante, la vía administrativa.

Por ello, nuestro Legislador Autonómico, al regular esta Institución en la Ley 11/1988, de 26 de diciembre, le atribuye, en su art. 17.2, la específica función de velar y controlar que la Administración resuelva, en tiempo y forma, las peticiones y recursos que le hayan sido formulados.

Por último, resta señalar que el artículo 9.2 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana reconoce el derecho de todos los ciudadanos a que las Administraciones Públicas traten sus asuntos de modo equitativo e imparcial y en un plazo razonable. 

Después de ocho años, nuestra asociación no alberga ninguna esperanza de cambio. Ni en este, ni en otros gobiernos, sean del color político que sean. Tenemos la experiencia de la anterior legislatura y de la presente, a punto de finalizar. Y hasta la fecha ningún responsable político ha demostrado un interés real y efectivo por cambiar las cosas. Las promesas se las sigue llevando el viento. La realidad queda plasmada sobre el papel y sobre las múltiples y reiterativas recomendaciones del Síndic, que son "aceptadas" pero incumplidas por la Conselleria del silencio administrativo.

Un saludo...

lunes

Tierra de nadie

Buenos días blogger@s,

hace unas semanas denunciamos en nuestras RRSS y en la prensa el estado de suciedad y abandono del rincón que hay detrás de la puerta de los Apóstoles de la Catedral de Valencia. Un lugar que se ha convertido en un retrete habitual en el que se acumulan heces y orines:


A pesar de haber pasado casi dos semanas, nadie se ha hecho cargo de limpiar y realizar un mantenimiento regular de este rincón. Ni el Arzobispado de Valencia ni el propio servicio de limpieza del Ayuntamiento se han preocupado de retirar las inmundicias que se acumulan allí desde hace tiempo. Tampoco terminamos de tener claro a quién corresponde la limpieza de este lugar, al estar en la vía pública, al lado de los jardines que hay pegados al muro de la Catedral, recayente a la calle del Micalet.

Independientemente de la titularidad de la parcela, no podemos olvidar de que se trata del muro y del entorno de protección de un BIC y, por ende, no debería estar en este estado. Las administraciones públicas valencianas con competencias en la materia y/o el Arzobispado de Valencia deberían proceder a su inmediata limpieza y mantenimiento regular, dejando bien claro y bien definidas las responsabilidades y deberes de cada uno de ellos.

A fecha de hoy, parece que este pequeño rincón de nuestro patrimonio se ha convertido en tierra de nadie.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

viernes

El #10YearChallenge del patrimonio cultural valenciano: El Casino del Americano

Buenos días,

mientras seguimos esperando a que el Ayuntamiento de Valencia se digne a catalogar la Quinta de Nuestra Señora de las Mercedes (El Casino del Americano) como BRL en base a su tipología y singularidad como única villa de recreo periurbana existente en la ciudad de Valencia, os mostramos el estado en el que se encontraba este bien allá por el año 2009 comparándola con su estado actual, siguiendo con nuestro particular #10YearChallenge del patrimonio cultural valenciano.

En la imagen de la izquierda se pueden apreciar todavía las palmeras que había en 2009 y que con el picudo fueron despareciendo. En este momento el edificio todavía no era propiedad municipal. Hubo que esperar hasta el 2011 para que el Ayuntamiento de Valencia lo expropiara por 3,5 millones de euros.

Ahora, en 2019, el Casino del Americano, lleno de pintadas exteriores e interiores, sigue esperando su rehabilitación integral y puesta en valor, amén de una protección que nuestro consistorio se resiste a otorgarle. Mientras tanto, aquellos bellos y espléndidos jardines que los vecinos de Benicalap y los asistentes al local Saudi Park recuerdan, han ido desapareciendo y convirtiéndose en una selva de maleza que apenas tiene un mantenimiento y poda regular. Solo cuando media una denuncia, como siempre.

De esta manera, la Quinta de Nuestra Señora de las Mercedes tendrá que seguir esperando a la puesta en marcha próxima legislatura para, esperemos, volver a ver el último palacete indiano recuperado y en uso.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural y de Tono Giménez, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

miércoles

El #10YearChallenge del patrimonio cultural valenciano: La alquería de la calle Beato Gaspar Bono

Buenos días,

dentro de nuestro particular #10YearChallenge del patrimonio cultural valenciano, queremos mostraros el deterioro, degradación y abandono de la alquería de la calle Beato Gaspar Bono, situada en la calle Beato Gaspar Bono nº3, y de su entorno de protección. Diez años que muestran la vergonzosa ruina de un BRL que se encuentra justo al lado del BIC del Jardín Botánico de Valencia.

Un alquería de gran valor patrimonial que, tras nuestras alegaciones al PEP EBIC 03 JARDÍN BOTÁNICO, TEMPLO PARROQUIAL DE SAN MIGUEL Y SAN SEBASTIÁN Y PUERTA DE QUART, ha sido incluida en el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos como  Bien de Relevancia Local - EEIL (Espacio Etnológico de Interés Local).

Desde diciembre de 2013 nuestra asociación ha solicitado en reiteradas ocasiones al Ayuntamiento de Valencia que procediera a su rehabilitación integral y puesta en valor, consiguiendo, tras una recomendación del Síndic de Greuges (agosto de 2014) que en 2015 se llevara a cabo una intervención  de urgencia por parte del consistorio que consistió en el tapiado, apuntalamiento y refuerzo de los muros y de las edificaciones existentes. Poco más.

Como el propio ayuntamiento reconoce en la ficha del BRL, "el conjunto de halla en mal estado de conservación, y aunque recientemente se han realizado labores de limpieza, apuntalamiento y refuerzos por parte de los Servicios Municipales, que pueden ralentizar la degradación, los problemas en cubiertas, humedades, partes derrumbadas y numerosas grietas en la estructura amenazan la estabilidad y conservación de este bien de gran valor patrimonial".

La Asociación de Vecinos Botànic y colectivos para la defensa de nuestro patrimonio cultural llevamos lustros esperando la tan prometida recuperación de esta alquería sin que de momento se haya redactado, aprobado y ejecutado un plan de actuaciones destinados a rehabilitar íntegramente este bien cultural.

El tiempo sigue pasando y la legislatura está ya agotada. Tenemos pues por delante otra asignatura pendiente más que será resuelta o no en los próximos cuatro años (2019-2023). La nula confianza en las administraciones públicas valencianas es más que patente. Antes y ahora.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural y de la Asociación de Vecinos Botànic, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

sábado

El #10YearChallenge del patrimonio cultural valenciano: La alquería del Moro

Buenos días,

en nuestro particular #10YearChallenge del patrimonio cultural valenciano queremos mostraros una de las grandes joyas del patrimonio rural: la alquería del Moro (BIC). Un edificio que ha ocupado páginas y páginas de la prensa local y nacional debido a su abandono y degradación durante años y a las numerosas denuncias y recomendaciones del Síndic de Greuges para lograr su rehabilitación y puesta en valor.

Esta alquería está compuesta por varias construcciones y edificaciones tanto de titularidad pública como privada. La Casa del Señor, por ejemplo, es propiedad del Ayuntamiento de Valencia y en estos momentos se está procediendo a su rehabilitación integral.

Sin embargo, la parte privada sufrió el pasado mes de agosto un desplome que destruyó y daño la estructura superior de la misma, dejándola seriamente dañada y teniendo que ser apuntalada y desalojada para evitar males mayores.

En la fotografía de 2009, realizada por Tono Giménez, y en la realizada por la asociación en enero de este mismo año, se pueden apreciar las diferencias. En primer lugar por la presencia de andamios que envuelven la Casa del Señor, y en segundo lugar porque se puede apreciar la desaparición del cuerpo superior de la alquería de titularidad privada que está a la derecha de la imagen.

Nuestra asociación sigue esperando que todo el conjunto BIC pase a manos del Ayuntamiento de Valencia para proceder a su consolidación y recuperación. No podemos seguir permitiendo que los titulares de estos bienes continúen incumpliendo sus obligaciones y deberes con el patrimonio cultural valenciano. No podemos seguir perdiendo patrimonio de esta manera.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural y de Tono Giménez, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

viernes

El #10YearChallenge del patrimonio cultural valenciano: La alquería de Falcó

Buenas tardes blogger@s,

regresamos con el reto del #10YearChallenge, mostrando el estado de abandono y degradación de un parte importante de nuestro patrimonio rural.

En este caso se trata de la alquería de Falcó (BRL), un bien patrimonial que tenemos fotografiado desde el año 2006 y en el que hemos podido comprobar año tras año como el abandono, las pintadas, los incendios y la ausencia de intervenciones sobre este bien patrimonial, sumada a la lentitud y desinterés de las administraciones públicas valencianas por solucionar el problema, han hecho mella en este inmueble.

El deterioro se puede apreciar en dos imágenes con diez años de diferencia. Del 2009 al 2019 han sucedido muchas cosas. Un expediente iniciado en 2013 y que cuenta ya con tres recomendaciones del Síndic, la última en abril de 2018 y en la que se nos aseguraba que "se iniciaban los trámites para analizar y estudiar previo a una intervención de mantenimiento y reducción del deterioro a lo largo del 2018".

Estamos ya finalizando el mes de enero de 2019 y nada de nada. Por ello hemos reabierto el expediente de nuevo con el Síndic. No basta con el hecho de que ya sea propiedad municipal. Hay que intervenir sobre el bien y destinar las partidas presupuestarias necesarias para su mantenimiento, rehabilitación integral y puesta en valor.

El tiempo pasa rápido y la administración sigue yendo muy lenta. 

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

jueves

Los grafitis vuelven a llenar de nuevo el muro exterior del jardín de la Alquería de Julià (BIC)

Hola blogger@s,

hace más de dos años ya hicimos una publicación para denunciar el estado en el que se encontraba el exterior del muro del jardín de la alquería de Julià (BIC):


Por aquellas fechas la alquería ya estaba llena de grafitis y pintadas, al igual que lo está en estos momentos. E incluso ahora, hay muchas más pintadas que ya ocupan todo el muro de la calle Velázquez, amén del recayente al Paseo de la Pechina.

Poco más se puede decir de unos delincuentes que siguen tomando los muros, los sillares y las paredes de nuestro patrimonio cultural para plasmar su "arte" y dar rienda suelta a su "libertad de expresión".

Cuanta educación patrimonial falta y cuando Código Penal aplicado con rigor y contundencia contra estos individuos. Seguimos echando en falta medidas concretas y contundentes para prevenir y atajar esta lacra.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

miércoles

La Catedral de Valencia y el rincón del caganer

Buenas tardes,

detrás de la puerta de los Apóstoles de la Catedral de Valencia existe un pequeño rincón situado justo al lado de los jardines y setos que hay a lo largo de la calle del Micalet. Esta esquina, ubicada tras la puerta gótica, permanece semioculta a los ojos de los turistas y paseantes que visitan el edificio, pero es muy conocida y frecuentada por algún que otro caganer incivilizado.

Basta acercarse a este pequeño hueco para comprobar que el olor el nauseabundo e inaguantable. Orines y excrementos se acumulan allí, en un lugar que se ha convertido en un retrete sin control alguno y que, por lo visto, no se limpia nunca.

Resulta lamentable que en pleno siglo XXI y en una sociedad supuestamente civilizada y respetuosa con su patrimonio, se use un monumento BIC como baño público por parte de una serie de personas que no llegan ni tan solo al nivel de ciudadanos. Son simples guarros que no respetan nada y que usan la vía pública para hacer sus necesidades mayores y menores.

Dada la ubicación del lugar, nos preguntamos a quién corresponderá limpiar esa zona de manera regular. Si es obligación del Arzobispado de Valencia o lo es del servicio de limpieza del Ayuntamiento de Valencia.

Veremos quien se hace cargo de este marrón.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

El Consell de Transparència amonesta a la Conselleria de Cultura

Buenos días blogger@s,

el 25 de enero de 2018, hace casi un año, nos dirigimos por escrito a la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana, solicitando que nos facilitara cuanta información obrara en su poder en relación con la autorización  emitida para la realización de unas obras de habilitación de un aparcamiento para vehículos en una parcela situada en la Calle de San Vicente número 7 (antiguo 5) de la ciudad de Xàtiva, petición motivada por el hecho de hallarse la citada parcela dentro del ámbito de afectación del conjunto histórico artístico de la ciudad de Xàtiva y a escasos metros de un Monumento Histórico Artístico Nacional y Bien de interés Cultural como es el caso de la Iglesia Colegiata de la Asunción. 

Como no obtuvimos respuesta por parte de la Conselleria de Cultura, como viene siendo la costumbre, dentro del plazo legalmente previsto para ello, nos dirigimos al Consell de Transparència, Accés a la Informació Pública i Bon Govern, con el fin de que nos fuera proporcionada la información requerida. 

El Consell de Transparència procedió a conceder trámite de audiencia a la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana el 10 de septiembre de 2018,instándole a formular las alegaciones que considerara oportunas respecto de las cuestiones referidas, así como a facilitar a este Consell cualquier información relativa al asunto que pudiera resultar relevante. Sin embargo y a pesar del tiempo transcurrido, el oficio permanece sin contestación por parte de la citada administración. 

Por todo lo anteriormente expuesto, el Consell de Transparència ha emitido la correspondiente resolución en la que subraya, entre otras cuestiones que el artículo 11 de la Ley 2/2015 de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunidad Valenciana, 5 establece que:

"Cualquier ciudadano o ciudadana, a título individual o en representación de cualquier organiza­ción legalmente constituida, tiene derecho de acceso a la información pública, mediante solicitud  previa y sin más limitaciones que las contempladas en la ley. Para el ejercicio de este derecho no será necesario motivar la solicitud ni invocar la ley".

Entrando en el fondo de la cuestión, y dado que el artículo 17.1 de la Ley 2/2015 establece que  "Las solicitudes de acceso a información pública, deberán resolverse y notificarse al solicitante y a los terceros afectados que lo hayan solicitado en el plazo máximo de un mes desde la recepción  de la solicitud por el órgano competente para resolver", ha quedado patente que la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana ha incumplido, en relación con nuestra petición, las obligaciones que sobre ella  hace recaer la ley, entre las que la primera es la de brindar una respuesta en tiempo y forma a las solicitudes que les fueran presentadas. 

Y lo más importante, entrando ya a determinar si la documentación reclamada sería o no susceptible de ser calificada como información pública y, en consecuencia, de si nuestra pretensión de que nos fuera entregada tenía o no fundamento, es menester recordar que en virtud del artículo 4.1 de la Ley 2/2015 "Se entiende por información pública el conjunto de contenidos o documentos que obren en poder de cualquiera de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de esta ley y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones", por lo que parece evidente que el documento por el que se procede a autorizar la realización de las  obras de habilitación del aparcamiento para vehículos que aquí nos ocupa cae plenamente dentro de esa categoría, sin que por tratarse precisamente de una resolución dictada por la propia administración quepa aplicarle ninguno
de los límites recogidos en el artículo 14 de la Ley [estatal] 19/2013, de Transparencia, ni tampoco las causas de inadmisión recogidas en el artículo 18 del citado código. Muy al contrario, merita un juicio especialmente favorable el hecho de que el reclamante se halle actuando en nombre y representación de una asociación encaminada a la defensa del patrimonio  histórico y cultural de los valencianos, y que su reclamación tenga por objeto asegurarse de que se brinda la debida protección a un entorno histórico-artístico de la máxima significación como es el  casco antiguo de la ciudad de Xátiva. Sin que ello suponga prejuzgar la idoneidad o la legalidad de la construcción del referido aparcamiento, si que es procedente cuanto menos subrayar que la existencia de un interés social, y no  meramente particular, en nuestra solicitud, convierte a esta en especialmente protegible. 

Por ende, se estima nuestra reclamación y el Consell ha requerido a la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte a informarles de las actuaciones llevadas a cabo para dar cumplimiento a lo previsto en la presente resolución.

De la misma manera, recordar a la Conselleria de Cultura que el artículo 31 de la Ley 2/2015 de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunidad Valenciana, califica como infracción leve "el incumplimiento injustificado de la obligación de resolver en plazo la solicitud de acceso a la información pública", hallándose este Consell habilitado para instar la incoación de expedientes disciplinarios o sancionadores de acuerdo con las previsiones del título 111 de la referida Ley. 


Después del presente expediente queda patente que algunas administraciones públicas, como en el caso de la Conselleria de Cultura, aplican de forma permanente el silencio administrativo, habiéndolo instituido como un habito normal y cronificado, pasándose la legislación vigente por el santísimo Arco de Triunfo. Que nos hablen a estas alturas de participación ciudadana y transparencia nos provoca vergüenza ajena. Solo hay que ver el comportamiento real de estas administraciones.

Un saludo...