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miércoles

Un nuevo ataque contra la escultura de Asia de los Jardines de Parcent

Buenas tardes,

Dentro de los Jardines de Parcent se encuentran cuatro estatuas de mármol de Carrara, Italia, de bella factura y calidad artística y de unos 130cm de alto. Son de estilo neoclásico y representan las alegorías de los cuatro continentes: Europa, África, Asia y América. Esculturas idénticas a las que podemos encontrar en los Jardines de Monforte y que eran realizadas en serie.

Lamentablemente, la escultura femenina que representa a Asia, ha sido objeto de un delito contra el patrimonio cultural  habiendo sido arrancado de nuevo el brazo derecho, tal y como ya sucedió hace algunos años.

Estas esculturas eran propiedad de José Castellano Miguel y se encontraban en el patio interior del nº85 de la calle Guillem de Castro, donde tenía su sede la famosa Academia Castellano.

El Ayuntamiento de Valencia las compró por 200.000 pesetas el 2 de abril de 1968, con el fin de  instalarlas en el Jardín de Parcent, que abriría al público finalmente en 1973. Después de su restauración, fueron emplazadas en los cuatro ángulos de este jardín, como motivo ornamental de cada una de las fuentes, procedentes a su vez del jardín del Parterre.

Seguimos pues en esta línea ascendente, por mucho que se empeñen en negarlo las autoridades, de destrucción y ataques contra nuestro patrimonio sin que las autoridades pongan fin a esta barbarie descontrolada, identificando y deteniendo a los responsables de tantos y tantos daños a un patrimonio masacrado a diario.

Un saludo... y agradecimientos para nuestro amigo Ramón de Soto, por facilitarnos las imágenes.

Fotografía cedida por Ramón de Soto para Círculo por la Defensa del Patrimonio

lunes

La falta de respeto hacia el patrimonio y nuestra ciudad

Buenos días,

lamentablemente, se aproxima otra oleada de actos vandálicos y delitos contra el patrimonio cultural valenciano. Están apareciendo nuevas pintadas en las paredes, edificios protegidos, monumentos, esculturas, etc.

La falta de respeto, de educación, de consideración e incluso de luces de algunos individuos que no alcanzan ni de lejos el rango de ciudadanos, unido a la sensación de impunidad que impera en la ciudad de Valencia son un cóctel peligroso.

Sigue sin estar redactado y aprobado un plan especial para luchar contra el vandalismo en nuestra ciudad. Otras ciudades ya lo tienen desde hace años. Las cámaras de vídeo vigilancia no se sabe cuando llegaran. Están en ello, nos dicen. ¿Qué medidas pro activas pues están tomando las administraciones públicas valencianas para frenar e erradicar los actos vandálicos, ataques y delitos contra el patrimonio y la ciudad?

Sea lo que sea lo que están haciendo, salta a la vista que no está funcionado.

Un saludo...

Casa de Juan Luis Vives en Valencia
Pared que estaba decorada con una intervención artística y que ha sido tapada con un grafiti de color plata.
Escultura de Damián Forment

Fotografías: Tono Gimenez y Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural

Recomendaciones del Síndic de Greuges al Ayuntamiento de Valencia por la instalación de la Feria de Navidad pegada a les Covetes de Sant Joan

Buenos días blogger@s,

NO, la Feria de Navidad NO se podía instalar pegada al BIC de les Covetes de Sant Joan. Así lo ha determinado el Síndic de Greuges tras otra recomendación más por el incumplimiento reiterado del artículo 38.e) de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de Patrimonio Cultural Valenciano.

Añadir que, además, en la aprobación definitiva del Plan Especial de Protección de los entornos de bienes de interés cultural de la zona central Ciutat Vella (PEP EBIC 06-07) de Valencia, aparece la ficha correspondiente al BIC de la Iglesia Parroquial de los Santos Juanes en la que SE MUESTRA PERFECTAMENTE DETALLADA EL ÁREA DE PROTECCIÓN LIBRE DE OCUPACIÓN RECAYENTE A LA FACHADA DE LA IGLESIA EN LAS QUE SE ENCUENTRAN LES COVETES DE SANT JOAN. LA MISMA QUEDA DELIMITADA EN 8 METROS.

Y por más que el Ayuntamiento de Valencia insista en que "se procedió a la separación de las casetas de la fachada de la Iglesia de los Santos Juanes, con el fin de respetar el entorno de protección", el Servicio de Comercio y Abastecimiento, adscrito a Delegación de D. Carlos Galiana Llorens vuelve a faltar a la verdad. Algunas de las casetas si que fueron bajadas a la calle, pero otras, sin embargo, continuaron a menos de 8 metros de distancia de les Covetes, concretamente aquellas situadas más a la esquina recayente al carrer de Llutxent:


No entendemos ni compartimos la forma de proceder del Ayuntamiento de Valencia, más aún cuando acumula decenas de recomendaciones por hechos idénticos. Persistir en el error y negar una realidad tan clara es preocupante a la vez que grave. Esperemos que NUNCA tengamos que lamentar daños o perdida de nuestro patrimonio cultural por una clara y manifiesta negligencia e ilegalidad que nuestro consistorio conoce y permite. Entonces ya no habrá Síndic de Greuges que valga. Habrá vía PENAL por delitos contra el patrimonio cultural valenciano.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

sábado

La Lonja de los Mercaderes y su entorno: Patrimonio de la Suciedad

Buenos días,

un fin de semana más, en plenas Fallas, el entorno de La Lonja de los Mercaderes, La Iglesia de los Santos Juanes y de Les Covetes de Sant Joan, La Plaza del Mercado y la Plaza de Doctor Collado se han convertido en epicentro de las macrofiestas organizadas por diferentes comisiones falleras y consentidas por el Ayuntamiento de Valencia.

El entorno más protegido de Ciutat Vella, patrimonialmente hablando, se llena durante estas fechas de basura, orines, latas y suciedad, a pesar de ser Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO y de contar con innumerables recomendaciones del Síndic de Greuges para respetar los entornos de protección de los monumentos de los edificios protegidos y las áreas de protección libres de ocupación del PEP EBIC 06-07 de Ciutat Vella:


Volvemos a lamentar la actitud y la falta de respeto y consideración de nuestro consistorio sobre este entorno que goza de la máxima protección, autorizando y permirienso una serie de fiestas y celebraciones que nada tienen que ver con los edificios protegidos y su entorno.

Insistimos en que no todo vale durante las Fallas y el resto de fiesta de la ciudad. La imagen que ofrece la ciudad es muy lamentable y desalentadora. La Lonja de los Mercaderes y su entorno se han convertido en Patrimonio de la Suciedad.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

miércoles

El Ayuntamiento de Valencia retira dos pintadas del Jardín de Ayora y se olvida de otras tres

Buenas tardes,

el Ayuntamiento de Valencia ha tardado la friolera de casi un mes en retirar las pintadas que unos delincuentes hicieron en el Jardín de Ayora de Valencia a mediados del pasado mes de febrero.

Lamentablemente todavía quedan, almenos tres, que no han sido eliminadas. Dos de ellas están realizadas por la misma persona (pintadas de color azul que han inundado el Barrio de Ayora) y la tercera hace referencia a la vaga feminista del pasado 8 de marzo.

A pesar de que se lo hemos comunicado por activa y por pasiva, que las hemos publicado en RRSS y los responsables las han visto, no entendemos porqué el Ayuntamiento de Valencia, después de tanto tiempo y habiendo desplazado una brigada para eliminar las pintadas, no se ha tomado la molestia de revisar e inspeccionar todo el jardín para comprobar el resto de pintadas que hay y proceder a quitarlas. ¿Acaso no las han visto? ¿No se las han notificado? ¿O es que simplemente han pasado de ellas?

Seguimos sin entender la forma tan extraña de trabajar y que resulta tan poco eficiente, por parte de las administraciones públicas valencianas. A la próxima les haremos un mapa o se lo señalaremos directamente con el Google Maps o el Street View. Continuamos viendo muy poquitas ganas de trabajar en serio y hacer las cosas bien por una vez. Con lo fácil y sencillo que era.

Un saludo...

Pintadas eliminadas tras un mes
Pintadas olvidadas y pendientes de borrar
El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

jueves

El Palacete y Jardín de Ayora también existen (Pintadas en un bien protegido)

Buenas tardes,

el pasado jueves 15 de febrero detectamos dos pintadas en el muro exterior del Jardín de Ayora, un bien protegido que se encuentra dentro del Catálogo de Bienes y Espacio Protegidos del Ayuntamiento de Valencia.

A través de nuestra cuenta de Twitter lanzamos estos dos mensajes, a la espera de una respuesta positiva por parte de los responsables de las administraciones públicas valencianas:


Sin embargo, esta no se ha producido a pesar de haber dejado pasar tranquilamente una semana para comprobar si la contrata de limpieza acudía rápidamente a retirar estas pintadas, tal y como hizo en el caso de la Lonja, las Torres de Serranos y de Quart o el muro exterior del Jardín de Viveros.

Lamentablemente no ha sido así y las pintadas, a fecha de 22 de febrero continúan allí.

Situaciones como la de aquí descrita nos llevan a preguntarnos diversas cuestiones:

- ¿Alguien de la Universitat Popular, adscrita a la Delegación de Igualdad, Políticas Inclusivas e Inserción Laboral, ha detectado y comunicado estos hechos a la Concejalía de Cultura?

- ¿El Ayuntamiento de Valencia lo ha denunciado ante las autoridades (es un delito contra el patrimonio cultural)?

- ¿Los técnicos y funcionarios de las diferentes administraciones públicas con competencias en la materia cumplen con su función in vigilando?

- ¿Se hacen o no inspecciones regulares y a pie de calle en el patrimonio cultural valenciano?

 Y así un sinfín de preguntas que de momento no tienen respuesta.

Lo que ha quedado patente es que es muy necesario la denuncia de estos hechos a través de las diferentes RRSS. Hacerlo público en prensa y sonrojarles la cara a aquellos políticos de turno que demuestren no estar a la altura de nuestro patrimonio cultural, sean del signo político que sean.

Ha quedado demostrado que tras una semana de silencio y sin el eco mediático que han tenido otros monumentos de la ciudad no se ha actuado de la misma manera. Parece que el Jardín y el Palacete de Ayora no son tan importantes. A las pruebas y los hechos nos remitimos.

Un saludo...

Jueves 22/02/18

 El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

sábado

Se abren diligencias penales en el Juzgado de Instrucción nº2 de San Vicente del Raspeig por la intención de derribar la Casa Geralda de Xixona

COMUNICADO SOBRE LA CASA GERALDA

El pasado 23 de enero D. César Guardeño Gil y D. Antonio Marín Segovia interpusieron una denuncia cuyas diligencias se siguen en el Juzgado de Instrucción nº 2 de San Vicente del Raspeig por un posible delito del art 321 y ss del Código Penal, en adelante CP, de DELITO SOBRE PATRIMONIO HISTÓRICO y contra un posible delito de PREVARICACIÓN ADMINISTRATIVA del 404 y ss contra Dª Isabel López Galera, Alcaldesa del Municipio de Xixona, y contra su arquitecto municipal D. Ángel Vaillo Oliveras.

El citado inmueble, está siendo valorado y se considera como un posible bien de relevancia Local (BRL), (LO QUE IMPEDIRÍA SU DERRIBO) a falta de instrucción y finalización de expediente a solicitud de la asociación Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural y otras peticiones particulares, ante la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por lo que estando en trámite, cualquier actuación efectuada por la máxima autoridad del Ayuntamiento de Xixona, en pro de proceder a la ejecución del Derribo podría ser constitutivo de un delito contra el patrimonio histórico, del 322 del CP:

“La autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, haya informado favorablemente proyectos de derribo o alteración de edificios singularmente protegidos será castigado además de con la pena establecida en el artículo 404 de este Código con la de prisión de seis meses a dos años o la de multa de doce a veinticuatro meses”.

2. Con las mismas penas se castigará a la autoridad o funcionario público que por sí mismo o como miembro de un organismo colegiado haya resuelto o votado a favor de su concesión a sabiendas de su injusticia.

La Conselleria de Cultura de la Generalitat Valenciana emitió un informe el pasado 12 de diciembre en el que el análisis realizado durante la inspección APRECIABA QUE EL EDIFICIO PUEDE TENER INTERÉS DE CARÁCTER LOCAL, fundamentalmente por su tipología y conformación volumétrica, informándose asimismo que la tipología y volumetría de la Casa Geralda, POSIBLEMENTE LE HUBIERAN HECHO MERECEDORA DE ESTAR INCLUIDA EN EL CATÁLOGO DEL MUNICIPIO, DE HABER SIDO ESTE REDACTADO, al igual que otros edificios y elementos existentes en el término municipal, que carecen en la actualidad de protección legal.

Por ese motivo, en fecha 10 de enero nos dirigimos de nuevo a la Conselleria de Cultura invocando el ARTÍCULO 47.4 DE LEY 4/1998 DEL PCV que dice textualmente:

“La Conselleria competente en materia de cultura, cuando aprecie la existencia de inmuebles que deban ser incluidos en el Inventario General del Patrimonio Cultural como Bienes Inmuebles de Relevancia Local, y que no hayan sido reconocidos a través del Catálogo Urbanístico, lo comunicará al Ayuntamiento, con los efectos previstos en el artículo 10, para que, oídos los posibles interesados, se pronuncie en el plazo de un mes. Dentro del mes siguiente la Conselleria dictará resolución, pudiendo, en su caso, iniciar el procedimiento para la inscripción del bien en la Sección 2ª de dicho Inventario. Transcurrido este último plazo sin que hubiere recaído resolución se entenderá levantada la protección cautelar y decaída la propuesta”.

A pesar de haber transcurrido más de un mes desde que nos dirigimos a la Conselleria de Cultura, todavía no se nos ha comunicado la correcta recepción del mismo ni se nos ha respondido a nuestra petición para que la Casa Geralda forme parte del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos de Xixona como BIEN DE RELEVANCIA LOCAL (BRL), evitando su derribo y destrucción.

Los denunciantes comunican que la pérdida del Bien sería un perjuicio irreparable, cuya responsabilidad recaería en el Ayuntamiento de Xixona y en la Conselleria de Cultura por no actuar con la debida diligencia en cumplimiento de sus funciones y obligaciones si se produjera, finalmente, el derribo de la Casa Geralda de Xixona. EMPRENDEREMOS LAS ACCIONES LEGALES PERTINENTES Y NECESARIAS, USANDO PARA ELLO LA VÍA JUDICIAL, CONTRA LOS MÁXIMOS RESPONSABLES POLÍTICOS, TÉCNICOS Y FUNCIONARIOS DE TODAS Y CADA UNA DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS CON COMPETENCIAS EN LA MATERIA QUE, POR ACCIÓN UN OMISIÓN, CONSIENTAN Y PERMITAN LA DESTRUCCIÓN DE UN BIEN PATRIMONIAL QUE DEBERÍA ESTAR CATALOGADO COMO BRL.

lunes

Denunciado ante el Juzgado los ataques contra La Lonja de los Mercaderes

Buenos días,

nuestra asociación, a través de la denuncia ante la Policía Nacional, y Antonio Marín, activista social y patrimonial, a título individual (no a través de Constantí Llombart como pone erróneamente en la noticia), hemos presentado sendas denuncias contra los ataques que sufrió La Lonja de los Mercaderes el pasado miércoles 7 de febrero.


Ambos solicitamos que se cursen las instrucciones pertinentes ante las Fuerzas de Seguridad del Estado, a fin de proceder a la identificación del autor o autores de las cinco pintadas realizadas en el bien cultural de LA LONJA DE LA SEDA el pasado miércoles 7 de febrero.

Que se le requiera al Ayuntamiento de Valencia los informes, licencias, peticiones, etc. cursadas para la colocación e instalación de cámaras de video vigilancia, y debidamente solicitadas ante la Delegación del Gobierno de la Comunidad Valenciana. De la misma manera, que se facilite al juzgado el Plan Director de la Lonja de la Seda, redactado en el año 2007 y aprobado por el pleno municipal.

Que se  solicite a la Generalitat Valenciana, concretamente  a la Dirección General de Cultura y Patrimonio, se informe de los requerimientos efectuados al Ayuntamiento de Valencia, sobre las medidas de video vigilancia, y seguridad a adoptar en el bien cultural de LA LONJA DE LA SEDA.

Insistimos en que la realización de esas pintadas en un bien cultural, constituyen pues un presunto delito sobre el Patrimonio Histórico, tal como así consta en el vigente Código Penal, siendo de aplicación lo establecido en el Artículo 323, que a continuación transcribimos:

Artículo 323

1. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años o multa de doce a veinticuatro meses el que cause daños en bienes de valor histórico, artístico, científico, cultural o monumental, o en yacimientos arqueológicos, terrestres o subacuáticos. Con la misma pena se castigarán los actos de expolio en estos últimos.

2. Si  se  hubieran  causado  daños de  especial  gravedad o  que  hubieran afectado a bienes cuyo valor histórico, artístico, científico, cultural o monumental fuera especialmente relevante, podrá imponerse la pena superior en grado a la señalada en el apartado anterior.

Y también resaltar lo establecido en el Artículo 408 del Código Penal:

"La  autoridad  o  funcionario  que,  faltando  a  la  obligación  de  su  cargo, dejare intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables, incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años"

Por ello consideramos urgente que el Ayuntamiento de Valencia, titular de la LONJA DE LA SEDA o de LOS MERCADERES, en cumplimiento de sus obligaciones y deberes legales, promueva, inmediatamente y sin mayor dilación, la persecución de los delitos denunciados y de los responsables de los mismos. Entendemos que en caso de no hacerlo, los técnicos y responsables políticos podrían incurrir en pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años, tal y como recoge el Artículo 408 del Código Penal.

Un saludo...

¿Vandalismo? No, delitos contra el Patrimonio Cultural Valenciano

Buenas tardes blogger@s,

queremos compartir con vosotros el artículo y las muy acertadas reflexiones realizadas por el periodista J.R Seguí en el diario Valencia Plaza: http://valenciaplaza.com/vandalismo-no-delincuencia.

Llevamos meses denunciando esta situación tan grave y tremendamente dañina para el patrimonio cultural valenciano. El año 2017 ha sido especialmente nefasto en este tipo de delitos contra el patrimonio cultural valenciano, encontrándonos una escalada alarmante a partir de noviembre de 2017, cuando un delincuente empezó a pintar las esquinas de edificios protegidos como La Lonja, La Iglesia de Santa Catalina y la Iglesia de los Santos Juanes y a bombardear, almenos, 22 edificios más con diferentes niveles de protección en sus fachadas.

A esto se han sumado los lamentables incendios que dañaron la puerta románica de la Catedral de Valencia y las Torres de Quart, amén de la fachada lateral de la Parroquia del Salvador y de Santa Mónica, este último por el fuego y el humo de unos contenedores próximos a la misma.

Ciutat Vella y el resto de barrios de Valencia están siendo masacrados con pintadas y garabatos entre los que hay que saber diferenciar entre actos vandálicos y delitos contra el patrimonio tipificados en el Código Penal, Capítulo II. De los delitos sobre el patrimonio histórico (Artículo 323) y recogidos también en la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano 4/1998 y posteriores modificaciones (Título VII. Artículos 97 y 99).

Podríamos considerar como actos vandálicos las pintadas realizadas en el mobiliario urbano, jardines, parques o en edificios de titularidad pública o privada que no gocen de ningún tipo de protección o catalogación patrimonial. Los delitos, en el caso de la ciudad de Valencia, serían pues las pintadas (o incendios provocados) realizadas en los bienes muebles o inmuebles que están dentro del Catálogo de Bienes y Espacios protegidos del Ayuntamiento de Valencia. Sean las Torres de Serranos, las de Quart, La Lonja, La Catedral, etc.

Y para estos casos, los técnicos y funcionarios públicos están en el deber y la obligación de comunicarlo a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y ante un Juzgado de Guardia para iniciar las correspondientes investigaciones con el fin de identificar a los responsables de estos delitos. No hacerlo contraviene el Artículo 408 del Código Penal

"La autoridad o funcionario que, faltando a la obligación de su cargo, dejare 
intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables, incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años"

Desde nuestra asociación no tenemos conocimiento ni constancia de que el Ayuntamiento de Valencia haya tomado ninguna de estas medidas, más allá de la limpieza que la brigada contratada realiza a posteriori y las notas de prensa para salir del paso de las críticas por la inactividad y negligencia demostradas.

Tememos que estos actos contra el patrimonio hayan sido reducidos y minimizados como simples actos vandálicos o gamberradas sin ningún tipo de responsabilidad penal. Mientras tanto, los costes de estos delitos los estamos pagando los ciudadanos, como siempre.

Un saludo...

 Iglesia de los Santos Juanes (BIC)
 Iglesia de Santa Catalina Mártir (BIC)
Lonja de los Mercaderes (BIC, Patrimonio de la Humanidad UNESCO)

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

viernes

El Palau de Forcalló, sede del Consell Valencià de Cultura, acribillado a pintadas

Buenos días blogger@s,

el pasado miércoles 31 de enero fotografiamos el Palacio de Forcalló, sede del CVC. El exterior del edificio estaba completamente lleno de pintadas, firmas y tags a pesar de la presencia de cámaras que vigilan la fachada principal, recayente a la calle Museo, y la lateral, en la calle del Cabrito, amén de las que hay en el Centre del Carme Cultura Contemporània.

Desconocemos si las mismas están en funcionamiento o no y si se ha grabado a los responsables de estos actos vandálicos, entre ellos al individuo que está pintando las esquinas de muchos edificios de Ciutat Vella con tres colores. De la misma forma, esperamos que desde el CVC se haya dado traslado de estos hechos a la Policía Nacional para abrir una investigación y depurar responsabilidades.

Suponemos, igualmente, que estas pintadas se habrán eliminado ya o se eliminarán inmediatamente tras la publicación de esta entrada.

Seguimos a la espera de que las administraciones públicas valencianas, autonómicas y estatales se coordinen de forma rápida y eficaz para agilizar los trámites burocráticos para la instalación de cámaras de vídeo vigilancia (que funcionen y graben, por supuesto) y que se incremente mientras tanto la presencia policial en las calles.

Tanto Ciutat Vella como el resto de barrios de Valencia están siendo acribillados por delincuentes que deberían ser sancionados duramente y pagar de su bolsillo los daños ocasionados.

Un saludo...

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jueves

Vuelven a pintarrajear el Refugio Antiaéreo de la Calle Alta-Ripalda (BRL)

Buenas tardes,

ayer comprobamos que los gamberros de turno habían vuelto a pintarrajear el exterior del Refugio Antiaéreo de la calle Alta, esquina con Ripalda. Un BRL que ya ha sido víctima en varias ocasiones de este tipo de actos vandálicos.

Además de los garabatos, firmas, tags y otras mamarrachadas, ahora, han aparecido "corazoncitos" decorando los muros exteriores y la tipografía del refugio, al igual que el Mercado de Mossén Sorell. Todo un alarde de estupidez por parte de una panda de descerebrados inconscientes que deberían dedicarse a decorar su habitación y la de sus padres, dejando tranquilo de una puñetera vez el patrimonio cultural de los valencianos y el resto de propiedades privadas.

Mientras los responsables políticos de Valencia siguen estudiando, mirando y moviendo la pesada piedra de la burocracia para intentar atajar el problema, los delincuentes siguen campando a sus anchas y destrozando Ciutat Vella, incluso a plena luz del día, sin ninguna consecuencia penal y económica para ellos.

Toca volver a rascarse el bolsillo otra vez hasta que se tomen las medidas legales y técnicas oportunas. El tiempo corre en nuestra contra. O espabilamos ya o la situación se va a volver insostenible. Los vecinos están ya más que hartos. Nosotros también.

Un saludo...

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El Ayuntamiento de Moncada también ignora al Síndic de Greuges: El altar de la antigua fábrica Garín

Buenos días blogger@s,

el Ayuntamiento de Moncada sigue sin responderle al Síndic de Greuges sobre el expediente relativo a parte del altar de la antigua fábrica de Garín que terminó en el vertedero municipal por una probada negligencia de sus responsables técnicos y políticos. La falta de respeto hacía esta institución y hacia los derechos que nos amparan es intolerable e inadmisible.

Aquí nadie da la cara y se persiste en culpabilizar a unos operarios de la brigada municipal que, evidentemente, seguían las órdenes de un técnico o cargo político que decidió que "aquello" tenía carcoma y que lo mejor era tirarlo al vertedero para que le diera el sol durante más de cinco horas.

La nula profesionalidad de algunos irresponsables que ocupan las áreas que deben velar por el patrimonio cultural (esté catalogado, inventariado o no) es muy preocupante. A lo largo y ancho de la Comunitat Valenciana aparecen casos flagrantes con demasiada frecuencia y esto es un claro indicador de que algo está fallando estrepitosamente.

A pesar del supuesto "canvi", nuestra asociación sigue echando en falta la autocrítica en las diferentes administraciones públicas valencianas. La ausencia de equipos pluridisciplinares y de técnicos realmente competentes en la materia es uno de los factores principales del pésimo estado de conservación de gran parte de los bienes patrimoniales valencianos, amén de las negligencias y graves errores que se cometen. La falta de interés y de ganas de trabajar en la dirección correcta también es un factor importantísimo. Lamentablemente siguen habiendo técnicos, funcionarios y responsables políticos que se preocupan más de cobrar su nominas mes a mes que de realizar bien su trabajo. Y a las pruebas nos remitimos.

Un saludo...





domingo

Continúan los actos vandálicos en Ciutat Vellla

Buenos días blogger@s,

los actos vandálicos no cesan. Continúan apareciendo más y más pintadas en Ciutat Vella en un goteo que parece no tener fin.

Ayer mismo el Portal de la Valldigna y varios edificios de esa misma calle aparecieron marcados con pintadas realizadas por el mismo delincuente. La misma letra y el mismo color plata.

Además, también ha sido pintarrajeado el que fuera Palacio de la familia Pascual Guillem (nº4 de la calle Portal de la Valldigna) y que está siendo en estos momentos rehabilitado. Sus esquinas con piedra de sillar y algunos de sus arcos han sido "firmados" y manchados en un edificio que esta actualmente en obras.

Es muy triste comprobar la falta de respeto y el incivismo de algunos individuos que se dedican a masacrar cada muro, pared y sillar que se le pone por delante. Pero igualmente es triste ver que estos actos despreciables no conllevan el correspondiente castigo y una dura sanción económica. Los individuos que realizan estas acciones despreciables y delictivas se van de rositas una y otra vez.

Entendemos pues la poca o nula gracia que provocan estas pintadas en los vecinos y propietarios de estos inmuebles. A nosotros no nos hace ninguna. Ni pizca de gracia.

Un saludo...

 Palacio de la familia Pascual Guillem (nº4 de la calle Portal de la Valldigna)
El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años

lunes

Círculo por la Defensa del Patrimonio presenta alegaciones ante el "informe" de la Conselleria de Cultura sobre la Casa Geralda

Buenas tardes blogger@s,

nuestra asociación, conjuntamente con otras personas y colectivos que defienden el patrimonio, ha presentado las correspondientes alegaciones al deficiente informe realizado por la Conselleria de Cultura, en el que hemos podido observar olvidos y afirmaciones que contradicen la propia Ley de Patrimonio Cultural Valenciano 4/1998 y posteriores modificaciones. Aclarar también que dicho informe no da vía libre al derribo de la Casa Geralda, como se ha afirmado en algún medio de comunicación.

De la lectura del mismo se puede sacar la conclusión de que el Ayuntamiento de Xixona ha sido incapaz de realizar el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos que debería tener desde el año 1999, hace 18 años, y que por la Tipología y volumetría de la Casa GeraldaPOSIBLEMENTE LE HUBIERAN HECHO MERECEDORA DE ESTAR INCLUIDA EN EL CATÁLOGO DEL MUNICIPIO, DE HABER SIDO ESTE REDACTADO, El técnico si que ha apreciado que el edificio puede tener interés de carácter local.

Así pues, los únicos culpables de que a estas altura no esté redactado el catálogo que por lo tanto la Casa Geralda no esté en el mismo con la categoría de BRL  son el propio Ayuntamiento de Xixona y la Conselleria de Cultura por no exigirlo en estos 18 años.

Pretender derribar la Casa Geralda por la irresponsabilidad y la negligencia de las administraciones públicas y con el único objetivo de construir dos pistas de pádel es un atentado contra el patrimonio cultural valenciano. Tal es el caso que el ejemplo de la Geralda ya se está estudiando en las universidades valencianas como una muestra del atropello y la falta de sensibilidad de algunos municipios de la Comunitat Valenciana.

Por nuestra parte, vamos a tomar todas las medidas administrativas y legales necesarias para evitar que desaparezca un bien patrimonial que no ha sido catalogado por falta de interés, desidia y una obsesión casi enfermiza por construir pistas de pádel.

Un saludo...

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D. CÉSAR GUARDEÑO GIL, en nombre propio y en calidad de Presidente de la asociación Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural (G98483993), entidad inscrita en la Sección Primera del Registro de Asociaciones de la Comunitat Valenciana con el número CV-01-050368-V, --- , ante usted comparece y con el debido respeto

EXPONE:

Que el pasado 12 de septiembre de 2017 nuestra asociación solicitó por Registro General de Entrada que la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte procediera a IMPARTIR LAS INSTRUCCIONES PARA QUE UN TÉCNICO CUALIFICADO DE LA GENERALITAT VALENCIANA PROCEDIERA A REALIZAR VISITA A CASA GERALDA, CON OBJETO DE ELABORAR INFORME AL RESPECTO.

Que el lunes 8 de enero recibimos dicho “informe” vía mail, no habiendo recepcionado todavía la respuesta por escrito y por los canales pertinentes y legalmente establecidos a pesar de ser los promotores de la queja y que el Ayuntamiento de Xixona ya lo recepcionó el pasado 12 de diciembre de 2017.

Que tras la lectura de las apenas dos páginas que componen el documento, nuestra asociación estima que NO SE PUEDE CONSIDERAR UN INFORME COMPLETO Y DETALLADO, puesto que la información es escasa e insuficiente (no se aporta reportaje fotográfico que respalde la presunta situación de ruina que motive la destrucción del bien para construir dos pistas de pádel), además de que no sabemos que técnico/a lo firma, recalcando que el citado “informe” se basa única y exclusivamente en la documentación aportada por el Ayuntamiento de Xixona (parte que desde el principio es la interesada en demoler el único conjunto rural existente en Xixona), despreciándose otros informes que sí se ha facilitado a esa Dirección General de Cultura y Patrimonio, elaborados por conocidos expertos en la materia.

Que dentro de las valoraciones e información que contienen las dos hojas, se afirma que el Ayuntamiento de Xixona no ha procedido a la elaboración del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos, a pesar de la obligación establecida en la Disposición Transitoria tercera de la Ley 4/1998 de Patrimonio Cultural Valenciano, que establece un plazo de un año desde su entrada en vigor, para la elaboración de los mismos, lo que hubiera permitido establecer aquellos elementos dignos de protección.

Que de la misma manera, se afirma que del examen de la documentación a la que se ha tenido acceso, y el análisis realizado en la inspección, SE APRECIA QUE EL EDIFICIO PUEDE TENER INTERÉS DE CARÁCTER LOCAL, fundamentalmente por su tipología y conformación volumétrica.

Que sin embargo, el técnico “anónimo” realiza unas rotundas afirmaciones con las que NO ESTAMOS DE ACUERDO, al decir que “se encuentra limitado al no conservarse el medio rural para el que fue concebida”. Estos argumentos son absurdos y sumamente peligrosos, amén de un mal precedente que puede llevar a la ruina y a la no catalogación de la mayoría de inmuebles existentes en la Comunitat Valenciana. Con el mismo argumento, la mayoría de Alquerías, Casas Señoriales, Palacios, Fábricas, Chimeneas, etc. deberían carecer de toda protección y proceder a su descatalogación automática al no conservarse ni el medio rural ni el urbano para los que fueron concebidos.

Que también se asevera que la tipología y volumetría de la Casa Geralda, POSIBLEMENTE LE HUBIERAN HECHO MERECEDORA DE ESTAR INCLUIDA EN EL CATÁLOGO DEL MUNICIPIO, DE HABER SIDO ESTE REDACTADO, al igual que otros edificios y elementos existentes en el término municipal, que carecen en la actualidad de protección legal. En este punto debemos remarcar que el incumplimiento reiterado y a lo largo del tiempo de las obligaciones legales por parte del Ayuntamiento de Xixona a nivel urbanístico, patrimonial, ambiental, etc. no puede constituir en ningún caso un argumento válido para que este inmueble no sea protegido ahora.

Que el mencionado informe propone: "se considera que por la Dirección General de Cultura y Patrimonio se deberá requerir al Ayuntamiento de Xixona para que a la mayor brevedad proceda a la elaboración del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos, recordando la obligación legal establecida en la Disposición Transitoria tercera de la Ley 4/1998 del PCV.

Que ante la afirmación de que “la opción de una posible inclusión en el citado Catálogo de la CASA GERALDA debe constituir, en principio, una iniciativa y consideración de índole municipal", nuestra asociación recuerda e invoca el ARTÍCULO 47.4 DE LEY 4/1998 DEL PCV que dice textualmente:
“La Conselleria competente en materia de cultura, cuando aprecie la existencia de inmuebles que deban ser incluidos en el Inventario General del Patrimonio Cultural como Bienes Inmuebles de Relevancia Local, y que no hayan sido reconocidos a través del Catálogo Urbanístico, lo comunicará al Ayuntamiento, con los efectos previstos en el artículo 10, para que, oídos los posibles interesados, se pronuncie en el plazo de un mes. Dentro del mes siguiente la Conselleria dictará resolución, pudiendo, en su caso, iniciar el procedimiento para la inscripción del bien en la Sección 2ª de dicho Inventario. Transcurrido este último plazo sin que hubiere recaído resolución se entenderá levantada la protección cautelar y decaída la propuesta”.

Que consideramos que las administraciones públicas valencianas, en base a la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano 4/1998 y posteriores modificaciones, Artículo 9. Protección y promoción pública, DEBERÍAN GARANTIZAN LA PROTECCIÓN, CONSERVACIÓN Y ACRECENTAMIENTO del patrimonio cultural valenciano y, por ende, INVENTARIAR Y DOTAR DE PROTECCIÓN EFECTIVA Y REAL a la Casa Geralda con el fin de evitar su demolición y desaparición. NOS PARECE UN DESPROPÓSITO Y UN AUTÉNTICO ATROPELLO PATRIMONIAL DESTRUIR UN INMUEBLE DE PRINCIPIOS DEL SIGLO XIX PARA CONSTRUIR DOS PISTAS DE PÁDEL.

Que la DEGRADACIÓN, DETERIORO Y ESTADO DEL INMUEBLE ES CULPA Y RESPONSABILIDAD MÁXIMA DEL COMPORTAMIENTO NEGLIGENTE DEL AYUNTAMIENTO DE XIXONA quien ha incumplido de forma flagrante y manifiesta el ARTÍCULO 180. DEBER DE CONSERVACIÓN Y REHABILITACIÓN E INSPECCIÓN PERIÓDICA DE EDIFICACIONES, DE LA LEY 5/2014, DE 25 DE JULIO, DE LA GENERALITAT, DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO Y PAISAJE, DE LA COMUNITAT VALENCIANA y como legítimo propietario de la Casa Geralda NO LA HA MANTENIDO EN CONDICIONES DE SEGURIDAD, SALUBRIDAD, ORNATO PÚBLICO Y DECORO, NI HA REALIZADO LOS TRABAJOS Y OBRAS NECESARIOS PARA CONSERVAR O REHABILITAR EN ELLOS LAS CONDICIONES IMPRESCINDIBLES DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD, FUNCIONALIDAD O USO EFECTIVO QUE PERMITIRÍAN OBTENER LA LICENCIA ADMINISTRATIVA DE OCUPACIÓN PARA EL DESTINO QUE LES SEA PROPIO. También tienen este deber los sujetos obligados conforme a la legislación estatal sobre rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.

Que además, según apunta el mismo informe, desde 1990 es propiedad municipal, y por lo tanto HA PERMANECIDO EN TOTAL ESTADO DE ABANDONO Y SIN MANTENIMIENTO DURANTE 27 AÑOS, NO CUMPLIENDO LA PROPIEDAD MUNICIPAL EL MISMO ARTÍCULO 181 QUE SE RESEÑA EN EL INFORME. Sus argumentos son pues contradictorios y contrarios a la Ley que ellos mismos intentan usar para justificar sus propios errores y negligencias.

Que por ende, alegar una supuesta “ruina económica” CAUSADA POR LA ACTITUD Y COMPORTAMIENTO NEGLIGENTE DEL PROPIO CONSISTORIO, quien ha alimentado con su inactividad y negligencia el estado actual de la Casa Geralda, PODRÍA SUPONER ADEMÁS UN PRESUNTO DELITO DE PREVARICACIÓN POR OMISIÓN.

Que el proceso de adjudicación para el derribo de la Casa Geralda está previsto para el día 11 de enero de 2018.

Que por ello,

SOLICITA:

Que se tenga por admitido el presente escrito y que la Dirección General de Cultura y Patrimonio y el Molt Honorable President de la Generalitat Valenciana, tengan a bien dar respuesta a todas las cuestiones planteadas en el presente escrito.

Que la Dirección General de Cultura y Patrimonio inste, de manera URGENTE E INMEDIATA, al Ayuntamiento de Xixona a LA PARALIZACIÓN DEL PROCESO DE ADJUDICACIÓN PARA EL DERRIBO DE LA CASA GERALDA que está previsto que se lleve a cabo de manera INMEDIATA, el jueves 11 de enero de 2018.

Que la Dirección General de Cultura y Patrimonio REALICE UN INFORME COMPLETO Y DETALLADO con los técnicos cualificados para confirmar los valores patrimoniales que hacen que, por su volumetría y tipología, la Casa Geralda sea merecedora de formar parte del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos de Xixona como BIEN DE RELEVANCIA LOCAL (BRL).

Que invocamos el ARTÍCULO 47.4 DE LEY 4/1998 DEL PCV y en base a ello exigimos la Dirección General de Cultura y Patrimonio a iniciar inmediatamente y sin más dilación EL PROCEDIMIENTO PARA LA INSCRIPCIÓN DE LA CASA GERALDA EN LA SECCIÓN 2ª DE DICHO INVENTARIO.

Que si el Ayuntamiento de Xixona persiste en su intención de seguir adelante con el derribo de la Casa Geralda, incumpliendo con sus obligaciones legales citadas en nuestras respectivas alegaciones, ESTA ASOCIACIÓN SE RESERVA EL DERECHO DE EMPRENDER E INICIAR LAS ACCIONES LEGALES PERTINENTES Y NECESARIAS, USANDO PARA ELLO LA VÍA PENAL, CONTRA LOS MÁXIMOS RESPONSABLES POLÍTICOS, TÉCNICOS Y FUNCIONARIOS DE TODAS Y CADA UNA DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS CON COMPETENCIAS EN LA MATERIA QUE, POR ACCIÓN UN OMISIÓN, CONSIENTAN Y PERMITAN LA DESTRUCCIÓN DE UN BIEN PATRIMONIAL QUE DEBERÍA ESTAR CATALOGADO COMO BRL.

Que la Dirección General de Cultura y Patrimonio EXTREME AL MÁXIMO LOS DEBERES LEGALES que se extraen de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en tal sentido, dicte resolución motivada en contestación a todas y cada una de las cuestiones planteadas en el presente escrito.

Que si este órgano no fuera competente, que PROCEDA SIN MÁS DILACIÓN a dar traslado del presente documento a la autoridad u órgano correspondiente para pronunciarse o resolver sobre todas y cada una de las cuestiones y peticiones planteadas en el mismo, tal y como recoge el Artículo 10. Decisiones sobre competencia de la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.

OTROSÍ SOLICITA: que de conformidad con lo que establece el Artículo 11.1 de la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición, una vez sea admitida a trámite esta petición, se conteste y se notifique la contestación en la dirección indicada a los efectos de notificaciones, en el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de presentación de este escrito, indicándoles que, en caso de no hacerlo, se formulará la pertinente queja ante el Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana o el Defensor del Pueblo, sin descartar el inicio de acciones judiciales.

 Valencia, a 10 de enero de 2018
Circulo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural

   

César Guardeño Gil
Presidente


A la atención personal de Doña Carmen Amoraga Toledo, Directora General de Cultura y Patrimonio
Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte
Avenida Constitución, número 284

46019 - VALENCIA