jueves

Fallas 2025: lo bueno, lo malo y lo peor de las fiestas

Buenos días,

Finalizadas las Fallas de 2025 toca hacer, nuevamente, un análisis y una reflexión de lo que ha pasado este año. Un año en el que se han vuelto a repetir errores del pasado, en el que ha habido un Bando Fallero huérfano, que nadie se ha ocupado de hacer cumplir convenientemente, pero en el que también se han solucionado buena parte de los problemas (que no todos) que afectaban directamente a algunos bienes patrimoniales del centro histórico.

Empezamos por la parte positiva, que ha sido la protección, mediante vallas, de muchos de los BIC y de algunos BRL donde ha habido problemas que llevaban siendo denunciados desde el año 2018. Una protección que ha sido insuficiente y debería mejorarse y extenderse a más bienes de la ciudad, viendo el comportamiento y la actitud de algunas personas que se han pasado el Bando Fallero por el Arco de Triunfo. La colocación de algunas de estas vallas no ha sido suficiente para que algunos individuos orinaran o tiraran petardos por encima de las mismas, como en el caso de les Covetes de Sant Joan (BIC). Seguimos echando en falta más presencia policial, más vigilancia y más sanciones contra los incívicos.

También positivo, pero con algunos peros, es la separación de WC portátiles de las áreas de protección libres de ocupación de los BIC y BRL. Durante la Crida, el propio Ayuntamiento de Valencia incumplió su Bando Fallero y colocó estos WC y altavoces pegados al pretil (BRL) y a las Torres de Serranos (BIC). Y al iniciar las Fallas, varios de estos WC fueron pegados también al pretil del Turia, y retirados tras nuestro aviso a los responsables del Servicio de Patrimonio Histórico, agradeciéndole desde nuestra asociación al concejal José Luís Moreno por su rápida respuesta y por solucionar los problemas planteados. No obstante, volvemos a comprobar que existe falta de comunicación entre servicios municipales, que siguen desconociendo o ignorando sus propio Bando Fallero.

La parte negativa vuelven a ser, por enésima vez, las verbenas, tardeos y saraos que se realizan en los entornos de protección de los BIC y de los BRL. Unas celebraciones que generan un efecto llamada descontrolado y que no deberían ser autorizadas por el Ayuntamiento de Valencia. Los dos ejemplos más claros han sido los celebrados en la plaza Ciudad de Brujas y en la plaza de San Sebastián. En el caso de la primera, asistieron un gran número de jóvenes a hacer botellón en la plaza, dejándola llena de basura, envases, etc. Esos mismos asistentes, orinaron en patios, portales, calles como Vieja de la Paja y Llutxent, esquinas y en el cercano jardín de Parcent. En el caso de la segunda, los vecinos denunciaron la situación en prensa, ante una celebración que, además de las molestias por ruidos, privatizó una plaza pública, cerrándola para los asistentes a la fiesta, en el entorno BIC de la iglesia de San Miguel y San Sebastián.

También muy negativo lo que ha sucedido en el jardín del antiguo Hospital General de Valencia (BIC). Además de quemarse una palmera, ha habido un uso y un abuso, descontrolado y sin vigilancia, de fuegos artificiales en todo el jardín. Han convertido este espacio protegido, otro año más, en un cohetódromo, con batallas con bengalas entre individuos y con niños y adultos tirando petardos a las columnas, a la puerta de entrada de antiguo hospital y a otros elementos protegidos. 

En alguna de las imágenes que nos han pasado y que hemos realizado, uno de los niños tiraba los petardos a los fragmentos de columnas que hay colocados en estanterías metálicas, ante la atenta mirada de unos padres que le reían las gracias. En otros, los zagales metían sus petardos en los huecos y agujeros de los sillares de la puerta de entrada del antiguo Hospital General. Hay marcas muy claras de pólvora y quemaduras provocadas por inconscientes e incívicos, en muchos casos menores de edad que en presencia de sus padres se comportan así.

En definitiva y de cara al 2026, no deberían autorizarse ni tardeos, ni verbenas, ni saraos en los entornos BIC o BRL, independientemente de las distancias con los bienes. El efecto llamada es incontrolable y sólo atraerá gente con ganas de hacer botellón, orinar en las calles y mancharlo todo. Y no es cuestión de limpiar a posteriori. Es insostenible. Debería mejorarse y extenderse la protección de bienes y monumentos de la ciudad. Ha sido insuficiente para frenar la marabunta de personas que llegan a la ciudad durante esos días. Y por último, hace falta más presencia policial en los jardines históricos, con protección patrimonial, etc. para evitar lanzamientos indiscriminados de petardos que dañen el patrimonio y también acaben quemando árboles.

Sigue faltando educación, civismo y respeto, pero hay que ser realistas. No todo puede girar entorno a la buena "voluntad" de las personas o a la redacción de normas y Bandos Falleros que nadie cumple, porque no hay nadie velando por su cumplimiento. Faltan sanciones. Un lenguaje universal que marca los límites para aquellos que no quieren cumplir las normas porque "estamos en Fallas y es lo que hay". El Ayuntamiento de Valencia tiene un año para reconducir la situación y evitar que las Fallas sigan agonizando y terminen muriendo de "éxito".

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones, etc… a la hora de usar sin permiso nuestro trabajo.

miércoles

2ª Recomendaciones del Síndic por el estado de la alquería de Ponsa o Bondía (BRL)

Buenos días,

En fecha de 1 de marzo del año 2023 el Síndic de Greuges emitía las primeras recomendaciones del presente expediente de queja, en las que pedía que “se acelere la emisión del informe por parte de la Oficina Técnica de Control de Conservación de la Edificación y se dirija a la propiedad la orden de ejecución que proceda para mantener la Alquería de Ponsa o de Bondía en unas adecuadas condiciones de seguridad, funcionalidad y habitabilidad, adoptando las medidas necesarias para evitar el estacionamiento incontrolado de vehículos junto al referido bien de relevancia local”.  

El 16 de enero de este mismo año, nuestra asociación decidió reabrir la queja con el Síndic, puesto que a pesar del tiempo transcurrido era más que evidente que la alquería de Ponsa o de Bondía (BRL) seguía incumpliendo flagrantemente la legislación vigente en materia de urbanismo y patrimonio cultural, pues sigue sin cumplir con la FUNCIONALIDAD Y HABITABILIDAD, que recoge la LOTUP.

Viendo el estado en el que a día de hoy está, queda también patente que ni se ha incrementado la vigilancia en el entorno del edificio con el objetivo de impedir cualquier conducta que pueda afectar al estado de conservación del mismo y de su entorno, ni el edificio reúne las condiciones recogidas en el artículo 180 del texto refundido de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana (LOTUP), los propietarios de construcciones y edificios deberán mantenerlos en condiciones de seguridad, funcionalidad y habitabilidad, realizando los trabajos y obras necesarias para conservar dichas condiciones.

Este BRL y su entorno de protección siguen deteriorándose ante la falta de actuaciones e intervenciones de su legítimo propietario (desconocemos el motivo del bloqueo o dilaciones que le impiden actuar en el edificio) y por la pasividad de las instituciones y administraciones públicas con competencias en la materia que deberían velar por la protección de inmueble, en cumplimiento de sus funciones inspectoras e in vigilando y revisar con regularidad el estado de los bienes integrantes en el catálogo y de sus entornos de protección, sean estos de titularidad pública o privada.

También es notorio y fácilmente comprobable que TODO EL SOLAR QUE RODEA A LA ALQUERÍA SIGUE PERMANENTEMENTE OCUPADO POR VEHÍCULOS QUE APARCAN DE MANERA ILEGAL DENTRO DEL ÁREA DE PROTECCIÓN DEL BRL Y PEGADOS A SU FACHADA, al igual que lo han hecho durante años en las alquerías de la calle Olba (Expte. nº2100325 del Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana), cuando informábamos que “el entorno, las aceras, etc. son utilizados como parking incontrolado, pegando peligrosamente los vehículos a las fachadas, sin respetar el entorno de protección de estos BRLs, puesto que en caso de incendio (fortuito o provocado) podrían dañar seriamente un bien protegido”. Al final el incendio de un vehículo dañó el exterior de uno de los muros. Así pues, no se han adoptado las medidas necesarias para evitar el estacionamiento incontrolado de vehículos junto al referido bien de relevancia local, como se pedía en su recomendación.

Además, en enero pudimos comprobar que se están produciendo vertidos de escombros y enseres pegados a la fachada principal de la alquería, sin ningún tipo de control, vigilancia y retirada inmediata de los mismos.

En la fase de alegaciones, volvimos a recordar que el Ayuntamiento de Valencia, a través del Àrea de Desenvolupament I Renovació Urbana volvía a obviar el art.180 del texto refundido de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de  Ordenación  del  Territorio,  Urbanismo  y  Paisaje (LOTUP),  de  la Comunitat Valenciana, que indica que los propietarios de construcciones y edificios deberán mantenerlos en condiciones de  seguridad,  funcionalidad  y habitabilidad,  realizando  los  trabajos  y  obras  necesarias  para  conservar dichas condiciones.

Es más que evidente que, a fecha de hoy, la alquería de Ponsa o de Bondía (BRL) incumple flagrantemente la legislación vigente en materia de urbanismo y patrimonio cultural, pues solo hace mención a que “reúnen las condiciones de seguridad y estabilidad suficientes hasta que se acometa la definitiva intervención sobre los mismos”, dejando de lado la FUNCIONALIDAD Y HABITABILIDAD, que recoge la LOTUP, y que no está cumpliendo y sigue sin cumplir.

El informe del Servicio de Policía Local, manifiesta que “la unidad policial de zona se lleva a cabo un plan de seguimiento sobre la reseñada Alquería, comprobando y vigilando la zona de forma discrecional”. Y, “que se efectúan por los diferentes indicativos policiales las más activas gestiones de vigilancia y de propuesta de sanción por infracciones de tráfico en la calle Olba, junto a la Alquería de la Ponsa o de Bondía, las cuales se seguirán realizando mientras el servicio lo permita”.

Sin embargo y a tenor de las pruebas fotográficas, aportadas por el propio Servicio de Limpieza y Recogidas de Residuos (en el que se pueden ver perfectamente vehículos pegados a la fachada del BRL), ese seguimiento y vigilancia discrecional no resulta para nada efectivo. 

Desde que denunciamos estos hechos por primera vez nuestra asociación ha realizado diversas inspecciones durante estos años, poniendo de manifiesto que, siempre y a diario, hay vehículos aparcados y pegados a la fachada del BRL de la alquería de la Ponsa o de Bondia. Da igual el día o la hora, que el aparcamiento ilegal es permanente.

Por lo tanto, podemos afirmar que caso dos años después de que el Ayuntamiento de Valencia diera por atendida nuestra queja, este BRL y su entorno de protección siguen deteriorándose ante la falta de actuaciones e intervenciones de su legítimo propietario (desconocemos el motivo del bloqueo o dilaciones que le impiden actuar, rehabilitar y darle un uso efectivo a esta alquería) y por la dilación y falta de actuaciones reales y efectivas de las instituciones y administraciones públicas con competencias en la materia que deberían velar por la protección de inmueble, en cumplimiento de sus funciones inspectoras e in vigilando y revisar con regularidad el estado de los bienes integrantes en el catálogo y de sus entornos de protección, sean estos de titularidad pública o privada.

El Síndic, en las conclusiones de su investigación, señala que "si bien es cierto que el Ayuntamiento de Valencia ha informado sobre diversas actuaciones realizadas con posterioridad al anterior expediente de queja nº 2300350, no lo es menos que, a tenor de las alegaciones y de las fotografías aportadas por el autor de la queja, todavía no se ha dado un cumplimiento real y efectivo al contenido de la Resolución de consideraciones de fecha 1/3/2023, emitida en el referido expediente de queja".

Y apunta que, "en relación con el estacionamiento de vehículos, el autor de la queja ha propuesto como posible solución, además de incrementar la vigilancia policial, la colocación de una valla perimetral para evitar que se aparquen junto a la fachada de este bien de relevancia local"

Por todo ello, el Síndic ha RECOMENDADO que, en cumplimiento de la Resolución de consideraciones de fecha 1/3/2023 emitida en el anterior expediente de queja nº 2300350, se dirija a la propiedad la orden de ejecución que proceda para mantener la Alquería de Ponsa o de Bondía en unas adecuadas condiciones de funcionalidad y habitabilidad, incrementado la vigilancia policial y valorando la colocación de una valla perimetral para evitar el estacionamiento incontrolado de vehículos junto al referido bien de relevancia local.

Esperamos que el Ayuntamiento de Valencia tenga a bien, no sólo aceptar estas recomendaciones, sino también cumplirlas y no seguir dando vueltas en círculo hasta que nos toque volver a reabrir el expediente de queja por un nuevo incumplimiento.

Las administraciones públicas valencianas deberían ser mucho más ágiles y resolutivas y no auto enredarse en su propia burocracia, generando retrasos y dilaciones injustificadas e incensarías y usando recursos públicos, a posteriori, para intentar justificar su falta de actuaciones. Necesitamos más seriedad y profesionalidad y menos excusas manidas.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones, etc… a la hora de usar sin permiso nuestro trabajo.

martes

5ª Recomendaciones del Síndic por el estado de abandono del refugio de la calle Espada nº22

Buenos días,

El Síndic de Greuges ha emitido las quintas recomendaciones, dirigidas al Ayuntamiento de Valencia, por el estado de abandono y falta de mantenimiento regular en el que se encuentra el refugio antiaéreo de la calle Espada nº22 de Valencia.

Nuestra asociación lleva denunciando las pintadas delictivas en este BRL desde febrero de 2013, hace doce años. Igualmente, hemos reiterado la falta de mantenimiento, limpieza, poda y control de la vegetación de las terrazas desde la misma fecha, sin que las mismas hayan sido atendidas por el Ayuntamiento de Valencia. 

En este último expediente de queja, el Ayuntamiento de Valencia vuelve a recurrir únicamente a la orden de ejecución en expediente E 03801 2013 0210, que es del año 2013. Desde esa fecha hasta 2025 no tenemos constancia de que exista ningún otro expediente para que el legítimo propietario del bien retire periódicamente las pintadas, limpie la cubierta y elimine la vegetación y mantenga el BRL en las condiciones que marcan tanto la LPCV 4/1998, como la LOTUP.

Y a las pruebas fotográficas, que durante todos estos años hemos realizado, nos remitimos. En ellas queda patente que durante estos últimos doce años nadie se ha hecho cargo del refugio porque no se han adoptado todas las medidas que sean necesarias para lograr que la propiedad mantenga en un adecuado estado de conservación de este refugio antiaéreo, eliminando la vegetación que crece en el techo, así como las pintadas y los grafitis.

Además, en doce años tampoco tenemos constancia de que el Ayuntamiento de Valencia haya entrado al interior del refugio y realizado la correspondiente inspección para comprobar en qué estado se encuentra. Máxime, cuando las cubiertas se encuentran llenas de vegetación y puede haber filtraciones de agua que terminen dañando la estructura de hormigón armado. Cabe señalar que incluso los refugios restaurados, como el del carrer dels Serrans-Palomino o el que ocupa la Falla de la calle Alta-Ripalda-Sogueros, que tienen problemas de humedades y filtraciones de agua. Si esto es así, cómo se encontrará un refugio que lleva décadas abandonado, sin inspecciones en el interior y sin un mantenimiento regular.

E independientemente del punto en el que se encuentre el "eterno" Programa de Actuación Integrada de la Unidad de Ejecución 2 Seu-Xerea, que llevaba años en tramitación, esto no exime a las administraciones públicas valencianas de incumplir, reiteradamente, sus obligaciones con el patrimonio cultural valenciano, sea este de titularidad pública o privada.

Por lo tanto, queda patente que el Ayuntamiento de Valencia sigue incumpliendo con sus recomendaciones que pedían que: “teniendo en cuenta el dilatado periodo de tiempo transcurrido desde la primera denuncia formulada con fecha 27/6/2013, y en cumplimiento de nuestras tres Recomendaciones de fechas 31/7/2015, 15/7/2016 y 30/5/2018, se adopten todas las medidas que sean necesarias para lograr que la propiedad mantenga en un adecuado estado de conservación el Refugio Antiaéreo de la calle Espada nº 22 de Valencia, eliminando la vegetación que crece en el techo, así como las pintadas y los grafitis, e impulsando de oficio la tramitación del programa de actuación integrada y el proyecto de reparcelación con la finalidad de adquirir su propiedad y acometer cuanto antes su rehabilitación y puesta en valor”.

Insistimos en la necesidad del cumplimiento íntegro de las cuatro recomendaciones que el Síndic ya ha emitido, sin más excusas y dilaciones, solicitando al Ayuntamiento de Valencia que cumpla y haga cumplir, al legítimo propietario del refugio de la calle Espada, el ordenamiento jurídico vigente en materia de patrimonio cultural (LPCV 4/1998) y de urbanismo (LOTUP), eliminando regularmente la vegetación que crece en el techo, así como las pintadas y grafitis delictivos, presentes en la fachada de este BRL, además de poner los medios necesarios para evitar estos delitos contra el patrimonio histórico y cultural, identificando y llevando ante la justicia a los responsables. Un bien patrimonial de estas características no puede presentar permanentemente este estado de degradación y abandono.

Además de las medidas solicitadas, le hemos propuesto al Ayuntamiento de Valencia una posible solución contra el problema de las pintadas delictivas que se producen en el exterior. Se podría colocar una valla perimetral, con la altura suficiente, que impida que los grafiteros lleguen a los muros. También podrían señalizar el BRL para indicar que se trata de un bien patrimonial y que pintarlo supone un delito contra el patrimonio tipificado en el Código Penal.

El Síndic, en sus conclusiones de investigación recuerda que, "Como es sabido, el primer escrito de queja que se presentó en esta institución sobre los hechos denunciados fue con fecha 27/6/2013, es decir, hace casi 9 años (expediente nº 1316903). Posteriormente, esta institución ha emitido cuatro recomendaciones con fechas 31/7/2015 (queja nº 1503345), 15/7/2016 (queja nº 1601912), 30/5/2018 (queja nº 1800836) y 17/5/2022 (queja nº 2200632), sin que el problema se haya solucionado hasta el momento". 

Y concluye: "Si bien es cierto que el Ayuntamiento de Valencia ha informado ahora con ocasión de la tramitación de este expediente de queja que “la reparcelación de dicha unidad donde se ha incluido el refugio se encuentra en tramitación”, no lo es menos que, hasta que se apruebe definitivamente dicho proyecto de reparcelación y el Ayuntamiento se convierta en propietario del refugio, esta entidad local debe seguir requiriendo al propietario del inmueble para que lo mantenga en unas adecuadas condiciones de conservación"

Por todo lo anterior, ha RECOMENDADO que, teniendo en cuenta el dilatado periodo de tiempo transcurrido desde la primera denuncia formulada con fecha 27/6/2013, y en cumplimiento de nuestras cuatro Recomendaciones de fechas 31/7/2015, 15/7/2016, 30/5/2018 y 17/5/2022, se adopten todas las  medidas que sean necesarias para lograr que la propiedad mantenga en un adecuado estado de conservación el Refugio Antiaéreo de la calle Espada nº 22 de Valencia, eliminando la vegetación que crece en el techo, así como las pintadas y los grafitis, y valorando la posible solución planteada por el autor de la queja, sin perjuicio de seguir impulsando de oficio la tramitación del programa de actuación integrada y el proyecto de reparcelación con la finalidad de adquirir su propiedad y acometer cuanto antes su rehabilitación y puesta en valor. 

Nuestro ayuntamiento lleva años omitiendo sus obligaciones legales con el patrimonio cultural, escudándose en el Programa de Actuación Integrada de la Unidad de Ejecución 2 Seu-Xerea y el proyecto de reparcelación con la finalidad de adquirir su propiedad y acometer cuanto antes su rehabilitación y puesta en valor. 

Durante estos nueve años sólo se ha llevado a cabo una una actuación básica en 2013, tras nuestra primera denuncia, y que ha servido como comodín para repetir hasta la saciedad esa orden de ejecución, como si con ella ya hubieran cubierto el expediente. Nada más lejos de la realidad, pues el bien ha estado abandonado y desatendido por su legítimo propietario y por el propio Ayuntamiento de Valencia que no ha llevado a cabo las acciones requeridas, como si el asunto no fuera con ellos.

Hay áreas y servicios municipales muy reacias a actuar y que centran sus esfuerzos en cómo escurrir el bulto, valiéndose de una serie de excusas absurdas y desmontadas en infinidad de expedientes de queja y en algunas ocasiones, retorciendo al máximo la legislación en materia de patrimonio cultural y urbanismo, interpretándola a su conveniencia. Y se mire por donde se mire, el estado de este BRL no cumple ni con la LOTUP, ni con la LPCV 4/1998, ni con la normativa del PEP de Ciutat Vella de 2020. Ya le pueden dar las vueltas que quieran darle, que no cuela, ni con calzador.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones, etc… a la hora de usar sin permiso nuestro trabajo.

jueves

El Síndic de Greuges reprende duramente a la Conselleria de Cultura - Dirección General de Patrimonio

Buenos días,

¿Os imagináis que vuestra compañía telefónica, de electricidad, gas, vuestro seguro del coche o del hogar, no respondiera a vuestras llamadas, correos electrónicos, requerimientos, etc. y os ignorara sistemáticamente cuando ponéis una queja por un problema que habéis tenido? Un servicio por el que estáis pagando y que pasa olímpicamente de vosotros cuando surge un problema. Sólo se acuerda de ti cuando, todos los meses o de manera anual, tienes que pagarles.

Ahora imagina exactamente lo mismo en una administración pública. Sea esta local, provincial, autonómica o estatal. Una administración que está al servicio de la ciudadanía, pero que te ignora y no te responde cuando la requieres, siguiendo los trámites legalmente establecidos, y sólo se acuerda de ti para cobrarte los impuestos, multarte y sancionarte y claro está, pedirte que vayas a las urnas cada cuatro años para seguir trabajando para tí, prometiéndote el oro y el moro.

Pues esto es lo que está ocurriendo desde el año 2012 con la Conselleria de Cultura - Dirección General de Patrimonio de la Generalitat Valenciana, una cuestión que viene refrendada por el Síndic de Greuges, que en la última recomendación hay sido muy claro y contundente con la DGP:

"Esta institución ha podido comprobar, en relación con otras quejas presentadas por la misma persona interesada, que estamos ante un incumplimiento sistemático por parte de la citada Conselleria. Salvo en alguna ocasión excepcional, dicha entidad no contesta en plazo a los escritos presentados por el autor de la queja, ni tampoco acusa recibo de los mismos en el plazo máximo de 10 días. 

Por otra parte, no solo hay que contestar en plazo a los escritos presentados por los ciudadanos, sino que dicha respuesta, además, debe ser motivada y congruente, es decir, debe resolver todas las cuestiones planteadas en dichos escritos, sin omitir ninguna de ellas, exponiendo los preceptos legales y el razonamiento jurídico seguido para fundamentar su decisión (artículos 35.1.a) y 88.1 de la citada Ley 39/2015)"  

Hay dos cuestiones muy claras. La primera es que estamos ante un incumplimiento sistemático por parte de la citada Conselleria, algo que está perfectamente probado y certificado por las innumerables recomendaciones que ha realizado el Síndic al respecto. La Conselleria de Cultura y la Dirección General de Patrimonio nos ha respondido directamente en contadísimas ocasiones. No acusa recibo de nuestras quejas y denuncias NUNCA. De hecho, ninguna está en nuestra carpeta ciudadana, en la que sí que tenemos, por ejemplo, los expedientes de otras consellerias y servicios de la Generalitat Valenciana que podemos consultar, saber el número de expte. y los plazos de inicio y finalización.

Además, la mayoría de veces que nos han contestado, lo han hecho depositando una carta sin certificar en el buzón sin la posibilidad de que la hemos recibido realmente, no entendiéndose esta forma de proceder cuando nosotros lo hacemos por Registro General de Entrada y por vía electrónica. El resto de administraciones nos responden directamente con un mail y un enlace al que debemos acceder a través de nuestro certificado digital. Un disparate más de la Conselleria de Cultura y de la Dirección General de Patrimonio.

Y la segunda cuestión es que dicha respuesta, además, debe ser motivada y congruente, es decir, debe resolver todas las cuestiones planteadas en dichos escritos, sin omitir ninguna de ellas. Las respuestas ofrecidas por este Consellería, y en muchos casos por el resto de administraciones públicas, no resuelven todas y cada una de las cuestiones planteadas. Lo que no les interesa, lo omiten y pasan por alto y terminan respondiendo lo que quieren. Por lo visto, consideran que no están en la obligación de atender correctamente a los ciudadanos que, con sus impuestos, pagan unos servicios públicos que no están recibiendo.

Que pruebe el ciudadano de pie a no responder, dentro del plazo legalmente establecido, al requerimiento de una administración pública; que pruebe a omitir alguna de las cuestiones que le hayan planteado, o a olvidarse de marcar y rellenar una casilla; que pruebe a no enviar un documento que debería haber adjuntado obligatoriamente (como la fotocopia del DNI que te siguen pidiendo algunas administraciones, aunque no sea obligatorio enviarla); que pruebe a responder, no ya en más de tres meses como hacen ellos, sino sólo un segundo fuera de plazo en la sede electrónica. Llegarán las sanciones, la nulidad de lo presentado por defecto de forma, la pérdida de ayudas y subvenciones, etc. Toda la maquinaría de la burocracia se activará contra ti, con todo el peso de la ley.

Pues catorce años después, estamos en las mismas, con tres gobiernos diferentes, de todos los colores políticos, que han pasado por la Generalitat Valenciana. Con varios consellers y conselleras de Educación y Cultura, de directores y directoras generales de patrimonio, etc. La maquinaría no sólo no funciona, sino que se niega a funcionar y a cumplir con sus obligaciones legales. Y esto es muy grave.

También es preocupante y grave que la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Generalitat Valenciana se niegue a identificar a los técnicos y funcionarios responsables de estos hechos que se repiten de manera habitual y en el tiempo y de manera presuntamente intencionada a tenor de la reiteración de unos hechos que el propio Síndic ha podido comprobar personalmente. Las personas que llevan años actuando de esta manera tienen nombres y apellidos y son los responsables directos del incumplimiento sistemático de las obligaciones legales de esta administración pública.

La gravedad es todavía mayor, pues la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo y la Dirección General de Patrimonio no le responden al Síndic de Greuges, ni le facilitan la información requerida. Por ello, nuestro defensor del pueblo les ha recordado el artículo 39.1.a) de la Ley 2/2021, de 26 de marzo, del Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, que establece lo siguiente: 

Se considerará que existe falta de colaboración con el Síndic de Greuges cuando, en los plazos establecidos para ello, se produzcan los siguientes hechos:

a) No se facilite la información o la documentación solicitada (…). 

Esta Conselleria todavía no ha remitido a esta institución el informe requerido con fecha 8/1/2025 -y recibido por esta entidad el 9/1/2025-, incumpliéndose el plazo legal máximo de un mes (artículo 31.2 de la citada Ley 2/2021). 

Y el Síndic advierte que si dicha Conselleria se niega a colaborar con ellos, se hará constar en las resoluciones que pongan fin al procedimiento, así como en los informes anuales, especiales y extraordinarios que emita el Síndic de Greuges ante Les Corts Valencianes, en cuyo caso se indicará también la identidad de las personas responsables.

La persistencia en las actitudes obstaculizadoras que derive en un comportamiento hostil o sistemáticamente entorpecedor de las investigaciones llevadas a cabo por el Síndic de Greuges, dará lugar a un informe especial de carácter monográfico, en el que se identificará a las autoridades y al personal que sean responsables de lo sucedido.

Nuestra asociación sigue esperando un cambio de actitud por parte de la Conselleria de Cultura y de la Dirección General de Patrimonio. Un cambio que, catorce años después, sigue sin llegar, produciéndose un abuso y un incumplimiento sistemático de las obligaciones legales que tienen con los ciudadanos a los que se deben. Esperamos una mayor contundencia y la depuración de responsabilidades entre las personas que, de manera presuntamente intencionada y maliciosa, llevan años actuando de la misma manera, vulnerando nuestros derechos.

Un saludo...

miércoles

Benicalap año cero: un patrimonio que sigue sin rehabilitarse

Buenas tardes,

En el año 2011 tuvimos nuestro primer contacto con el patrimonio histórico, artístico y cultural del barrio de Benicalap. Entre los edificios que veíamos y conocíamos. in situ y por primera vez, estaban La Ceramo, el Casino del Americano, y las alquerías de la Torre y la dels Moros. Un patrimonio que estaba abandonado, degradándose y en un estado de conservación lamentables. Todos y cada uno de estos edificios estaban cerrados al público y algunos de ellos permanecían ocupados y ya habían sido víctimas del expolio, tanto por dentro, como por fuera.

Han pasado ya catorce años desde esa fecha, varias legislaturas y diferentes partidos políticos, de todos los colores, por la alcaldía y las concejalías del Ayuntamiento de Valencia. Y aunque siempre se ha dicho y repetido hasta la saciedad aquello de que “las cosas de palacio van despacio”, en el caso concreto de Benicalap no es que vayan despacio, es que directamente no avanzan. El tiempo parece que se ha detenido en este barrio de Valencia.

Nuestra asociación, Círculo por la Defensa del Patrimonio, lleva denunciado el abandono sistemático de este valioso patrimonio desde hace muchos años, acudiendo directamente al Ayuntamiento de Valencia, a la Generalitat Valenciana y al Síndic. Y no debemos olvidar que mucho antes de que nosotros empezáramos a denunciar, asociaciones extintas como Cercle Obert de Benicalap, ya lo hizo durante décadas, consiguiendo que La Ceramo pasase a ser BRL y que la alquería dels Moros fuera BIC. Las denuncias se remontan pues a los años 90, cuando todavía usábamos las pesetas.

Ha llovido mucho desde entonces y han pasado muchas cosas. Y aunque es cierto que después de todos estos años hemos conseguido algunos pequeños logros, tales como que el Casino del Americano fuera catalogado como BRL; se restaurara la Casa del Senyor, la parte municipal del conjunto de la alquería dels Moros; y se limpiara y consolidara el interior de La Ceramo, de la alquería de la Torre y del Casino del Americano, la realidad es que la rehabilitación y la puesta en valor de estos bienes sigue encallada.

La burocracia, la falta de diligencia y a veces de ganas y de voluntad política, las adscripciones de estos edificios a uno u otro servicio municipal y unas administraciones públicas que se enredan con sus propias trabas, están dificultando y retrasando que los proyectos, anunciados a bombo y platillo, lleguen a buen puerto.

En un par de meses, llegaremos al ecuador de la actual legislatura. Y hasta la fecha, sólo tenemos claro que durante este 2025 puede avanzar el proyecto y la licitación del Casino del Americano, cuestiones que podrían retrasarse por eventuales pandemias, danas o la caída de un meteorito, por ejemplo. El resto de edificios que forma parte del valioso patrimonio de Benicalap sigue en el limbo, no teniendo claro todavía los plazos y las fechas en las que proyectos, licitaciones y adjudicaciones podrían ver la luz.

Mientras el tiempo sigue corriendo en contra de nuestro patrimonio cultural, el Ayuntamiento de Valencia sigue fallando en uno de los pilares básicos de la protección del mismo. La restauración preventiva y el mantenimiento y limpieza regular de estos edificios es fundamental para reducir su degradación y deterioro. La labor in vigilando y de inspección de las administraciones públicas también es importantísima y sin embargo, sigue brillando por su ausencia.

Basta dar una vuelta por el barrio, o usar las herramientas como Google Street View, para comprobar que las pintadas delictivas se han perpetuado en sus fachadas y nuestro consistorio ya ni se molesta en retirarlas. Y cuando lo hace, o no, los edificios aparecen parcheados con intervenciones propias de Pepe Gotera y Otilio. El ejemplo más claro es la que se realizó en la fachada principal de La Ceramo, recayente a la avenida de Burjassot número 142.

Una intervención “fantasma”, que se ha repetido en más de una ocasión, y que por las respuestas dadas a través de transparencia y del Síndic, no la hizo ningún servicio municipal. Quizás deberíamos llamar a Iker Jiménez y a su “Nave del Misterio” para averiguar que ente pintó en colores rosas, ocre y blancos los muros de ladrillo de un BRL. Sería todo un expediente X digno de estudio.

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viernes

El Ayuntamiento de Valencia se inventa la restauración de una puerta de la Casa del Senyor (BIC)

Buenas tardes,

El Ayuntamiento de Valencia nos ha asegurado, a través de Transparencia y del Síndic d’Agravis de la Comunitat Valenciana que “la puerta (de la Casa del Senyor) fue restaurada por la empresa constructora adjudicataria de la obra, limpiándola y dándole una imprimación anticorrosión a la misma, en febrero de 2022″. Una supuesta restauración de la que no existe ni informe, ni costo, ni más detalles y que queda en entredicho con las pruebas fotográficas que tenemos.

Esta es la respuesta que nos han ofrecido, en dos ocasiones, a raíz de nuestra denuncia ante el Síndic de Greuges el pasado mayo de 2024, después de que en noviembre de 2022 comunicáramos al Ayuntamiento de Valencia que el acceso principal de la Casa del Senyor, perteneciente al conjunto de l’alqueria dels Moros, recayente a la calle Emili Camps i Gallego, presentaba un evidente estado de corrosión/oxidación debido a la presencia de humedad en las puertas de madera, habiéndose incluso separado la chapa metálica de la madera en algunos puntos.

https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2024/07/recomendaciones-del-sindic-por-el.html

Ahora, nuevamente, y tras la intervención del Síndic vuelven a asegurarnos que “la puerta fue restaurada por la empresa constructora adjudicataria de la obra, limpiándola y dándole una imprimación anticorrosión a la misma, en febrero de 2022″, añadiendo que “no teniendo conocimiento de ninguna queja por parte de los usuarios del edificio de que se haya vuelto a producir la oxidación”.

El Ayuntamiento de Valencia debería aclarar quiénes son los “usuarios de ese edificio” y cómo es posible que desde febrero de 2020, hace cinco años, ninguna de las personas que trabaja allí se haya percatado de unos daños y de un deterioro que son perfectamente visibles.


Además, no entendemos cómo pueden afirmar que no tienen conocimiento de ninguna queja por parte de los usuarios del edificio de que se haya vuelto a producir la oxidación cuando hay una denuncia de noviembre de 2022, respondida en febrero de 2023 en la que se reconoce que “a la porta d’accés principal la taca de corrosió que s’indica, atés que no es troba en la part inferior i observant l’altura d’aquesta, és probable que es produïsca per l’acidifique úric de miccions no desitjades”

De hecho, hemos presentado una serie de pruebas fotográficas en las que se puede ver, perfectamente, la misma corrosión y los mismos daños que están presentes en los mismos puntos, desde hace años, y sin ningún cambio apreciable, ni huella de esa supuesta restauración que el consistorio afirma haber realizado.

Nuestra asociación dispone de diversas fotografías de febrero de 2020, de mayo de 2022, de mayo de 2023 y de agosto de 2024 en las que se puede ver perfectamente la misma corrosión y los mismos daños en la puerta que hemos denunciado, así como su evolución.

Por lo tanto, es completamente imposible que se limpiara y se diera una imprimación anticorrosión a la misma, en febrero de 2022. Prueba de ello son las fotografías de mayo de 2022, sólo tres meses después de la supuesta intervención de febrero de 2022, en las que se ve que sigue existiendo la misma corrosión y daños presentes en febrero de 2020.

Su deterioro es visible, comprobable y está perfectamente testimoniado desde 2020 hasta la fecha, sin que en ningún momento se haya producido ningún cambio que haga pensar en una restauración de dicha puerta.  Además, a fecha de hoy, el Ayuntamiento de Valencia no nos ha facilitado toda la información solicitada, pues sigue sin aportar el informe de la supuesta intervención que realizó, en febrero de 2022, en la puerta recayente a la calle Emili Camps i Gallego.

Queda claro que las pruebas fotográficas que aportamos ponen en tela de juicio y en duda esa intervención. La ausencia de informes y más información podrían terminar de demostrar que nuestro ayuntamiento ha faltado a la verdad al afirmar que se ha llevado a cabo una intervención inexistente, de la que no existen pruebas.

Ahora, el Ayuntamiento de Valencia deberá dar las correspondientes explicaciones ante el Síndic, pues su relato cae por su propio peso.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones, etc… a la hora de usar sin permiso nuestro trabajo.

lunes

Patrimonio y Fallas: Capítulo 6

Buenos días, 

En apenas dos semanas, arrancan las Fallas de 2025. Y como en años anteriores, se ha publicado el Bando Fallero que recoge de forma muy genérica la protección del patrimonio cultural de la siguiente manera:

"se tendrá en cuenta el artículo 38 de la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano que prohíbe la colocación de letreros y carteles publicitarios, conducciones aparentes y elementos impropios en los jardines históricos y en las fachadas y cubiertas de los monumentos, así como de todos aquellos elementos que menoscaben o impidan su adecuada apreciación o contemplación”. A este respecto, el Ayuntamiento incide en que “se tendrán en consideración los entornos o las visuales respecto a los monumentos más importantes, como por ejemplo la Llotja o el Mercado Central”.

Sin embargo, la Concejalía de Fiestas del Ayuntamiento de Valencia pasa por alto la existencia de un Plan Especial de Protección de Ciutat Vella (PEP), en vigor desde febrero-marzo del año 2020, y que no se está teniendo en cuenta a la hora de autorizar ciertas instalaciones.

Nuestra asociación lleva denunciando, ante el Síndic de Greuges, el INCUMPLIMIENTO DEL PERÍMETRO Y DEL ENTORNO DE PROTECCIÓN DE LOS BIENES PATRIMONIALES (BIC Y BRL) desde las Fallas del año 2018, contando ya con cinco recomendaciones, la última de ellas emitida en 2024.

Y durante estos años hemos repetido, continuamente, que sigue habiendo descoordinación entre los diferentes servicios municipales. Principalmente a la hora de colocar contenedores e instalar baños químicos pegados a las fachadas de bienes protegidos. Sea en los pretiles del río Turia (BRL), en la fachada de la iglesia de San Miguel (BIC), el campanario de San Bartolomé (BRL), en los Jardines del Real-Viveros (BRL), en el antiguo Teatro Escalante (BRL), o en los Palacios de los Exarchs (BRL), la fachada del antiguo edificio de Tabacalera recayente a la calle Micer Mascó, etc. 

Y el problema principal es que algunos servicios municipales, sin competencias y ajenos a la realidad del patrimonio cultural valenciano, han dado autorizaciones sin revisar primero el PEP de Ciutat Vella y las fichas del Catálogos de los Bienes y Espacios Protegidos de la ciudad de Valencia. No se está realizando la función in vigilando e inspectora, que corresponde en primer lugar a las administraciones públicas y no a los vecinos y asociaciones. Es importante señalar que los ciudadanos podemos colaborar, pero no puede recaer todo el peso única y exclusivamente sobre nosotros.

Otro de los problemas son los orines en los monumentos protegidos, que son una auténtica pesadilla. Esto obliga a tener que vallar sólo algunos de estos BIC, olvidándose de los BRL. Algunos de los espacios desprotegidos y expuestos a los incívicos son el campanario de San Bartolomé, las escaleras del Mercat Central y las dos Llotgetas, los arcosolios de la iglesia de Santa Catalina, el Almudín, las fuentes y esculturas históricas, el Portal de Quart y el de la Valldigna, etc. Las medidas que llevamos pidiendo años se deberían ampliar a las esculturas, fuentes, elementos de ornato público y resto de bienes patrimoniales de la ciudad de Valencia que puedan ser objetos de estas agresiones.

Y en este sentido, el Ayuntamiento de Valencia debería coordinarse con el Arzobispado para que este proteja las puertas de las principales parroquias de la ciudad, tal y como se ha hecho con la de San Nicolás o con la de los Santos Juanes. Iglesias como la de Santa Catalina, la de San Martín, la de San Esteban, la de San Juan de la Cruz, la del Carmen (de la Santísima Cruz), etc. que deberían seguir este ejemplo.

Otra cuestión vital es que no se deben autorizar ni tardeos, ni verbenas, ni otras fórmulas en espacios patrimoniales y monumentales como la zona de la Lonja de los Mercaderes, la iglesia de los Santos Juanes y el Mercat Central. Ya no se celebran en la plaça del Mercat, pero tampoco se deberían realizar en la plaza Ciudad de Brujas. El efecto llamada provoca que hordas de personas acudan a este lugar. Y no hay ni espacio, ni lugar para colocar los suficientes baños químicos. Al final, terminan orinando en los edificios protegidos del entorno.

Por todo ello, volvemos a recordar que El MÁXIMO RESPONSABLE es el AYUNTAMIENTO DE VALENCIA Y SUS RESPECTIVAS CONCEJALÍAS, ÁREAS Y SERVICIOS, quien no debería conceder y autorizar las correspondientes licencias y permisos a las Comisiones Falleras (o aquellos que lo hayan solicitado), SIN HABER COMPROBADO ANTES SI LAS INSTALACIONES, OCUPACIONES Y CELEBRACIONES CUMPLEN O NO CON LA LEGISLACIÓN PATRIMONIAL, EL PEP DE CIUTAT VELLA Y DEL RESTO DE BARRIOS, Y SI LOS EDIFICIOS Y ELEMENTOS PATRIMONIALES AFECTADOS ESTÁN INLCUIDOS EN EL CATÁLOGO DE PROTECCIÓN O NO, ETC. 

Veremos este año cuál es la capacidad organizativa, de coordinación y de gestión del Ayuntamiento de Valencia. Si hay cambios o no y si se repiten los mismos errores, olvidos y negligencias, por acción u omisión, tal y como llevamos denunciando desde el año 2018. Estaremos muy atentos.

Un saludo...

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miércoles

El Servicio de Arquitectura y Servicios Centrales Técnicos reconoce una mala actuación en el Jardín de Ayora (BRL)

Buenas tardes,

El Servicio de Arquitectura y Servicios Centrales Técnicos del Ayuntamiento de Valencia ha reconocido, finalmente, una mala e incorrecta intervención sobre un bien patrimonial protegido, como es en este caso el muro de cerramiento del Jardín de Ayora (BRL). 

Hasta la fecha, este y otros servicios municipales han escurrido el bulto, puesto mil y una excusas para no admitir y reconocer que brigadas de obras, personal de Planes de Ocupación Municipales, etc. actúan y siguen actuando sin control, vigilancia y supervisión, sobre bienes incluidos en el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos de la ciudad de Valencia, y con errores de bulto por parte de la inspección municipal.

Nuestra asociación lleva denunciando hechos como este desde hace años. El caso del Jardín de Ayora es sólo la punta del iceberg de lo que ha pasado y continúa pasando y que no se ha querido reconocer, ni facilitar vía transparencia, con casos como La Ceramo de Benicalap, las alquerías de la calle Olba, los pretiles del antiguo cauce del río Turia y un largo etcétera. Todo ello fruto del descontrol a nivel patrimonial que existe en la ciudad de Valencia, con la excusa de los bienes no adscritos explícitamente y otros tantos adscritos a servicios tan variopintos como Parques y Jardines, Deportes, Universidad Popular, etc. que actúan ajenos y de espaldas al Servicio de Patrimonio Histórico, que es el servicio que debería emitir el correspondiente informe y la autorización para cualquier actuación en un bien catalogado y protegido. De esta manera se evitarían estas chapuzas propias de Pepe Gotera y Otilio.

Hemos podido conocer estos hechos porque el 25 de septiembre de 2024, nuestra asociación se dirigió al Ayuntamiento de Valencia, en virtud de la Ley 2/2015, de 2 de abril, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana, indicando que el 23 de septiembre de 2024 habíamos podido comprobar in situ que la parte exterior del muro y de la verja de cierre del jardín de Ayora (BRL), recayente a la calle Santos Justo y Pastor, con Músico Ginés, ha sido pintado y parcheado a trozos con el objetivo de tapar algunos grafitis y pintadas delictivas presentes, además de otros desperfectos, y en base a ello solicitábamos lo siguiente:

ACCESO Y COPIA ÍNTEGRA, TESTIMONIADA, DOCUMENTAL Y COMPLETA DE:

a) TODOS LOS PERMISOS Y AUTORIZACIONES EMITIDOS Y CONCEDIDOS POR EL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA, A TRAVÉS DE LAS CONCEJALÍAS, ÁREAS Y SERVICIOS CON COMPETENCIAS EN LA MATERIA, PARA PODER PINTAR EN LA SUPERFICIE DE UN ELEMENTO PATRIMONIAL COMO LO ES EL JARDÍN DE AYORA, PROTEGIDO CON LA CATEGORÍA DE BIEN DE RELEVANCIA LOCAL (BRL).

b) AL TRATARSE DE MONUMENTOS O EDIFICIOS PROTEGIDOS DE PROPIEDAD MUNICIPAL, COMO ES ESTE CASO, LOS INFORMES PRECEPTIVOS Y VINCULANTES DE LA DELEGACIÓN DE PATRIMONIO HISTÓRICO DEL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA, EN EL QUE SE DE EL VISTO BUENO Y AUTORICE PODER PINTAR EN LA SUPERFICIE DE UN ELEMENTO PATRIMONIAL COMO LO ES EL JARDÍN DE AYORA, PROTEGIDO CON LA CATEGORÍA DE BIEN DE RELEVANCIA LOCAL (BRL).

c) LA ACTUACIÓN DE LA CONCEJALÍA, SERVICIO MUNICIPAL, ORGANISMO, CONTRATA, SUBCONTRATA, EMPRESA, ETC. RESPONSABLE DE HABER PINTADO SOBRE LA SUPERFICIE DE UN ELEMENTO PATRIMONIAL COMO LO ES EL JARDÍN DE AYORA PROTEGIDO CON LA CATEGORÍA DE BIEN DE RELEVANCIA LOCAL (BRL).

Meses después y tras acudir nuevamente al Síndic de Greuges, este ha sido el informe del Servicio de Arquitectura y Servicios Centrales Técnicos, en el que queda patente este grave error:

Adicionalmente, se da la circunstancia de que este Servicio dispone de manera habitual de personal de Planes de Ocupación Municipales entre los cuales se incluye una dotación importante de personal con categoría  profesional de oficial 1ª pintura y peones de pintura. A la vista de la reclamación que venía  realizando la Universidad Popular y, dado que en dicho momento cabía la posibilidad de destinar a una brigada de pintores pertenecientes a dicho Plan por finalización de las labores de pintura en otros edificios municipales, se les encomendó realizar el parte de trabajo indicado. Sin embargo, desafortunadamente  se hizo  una  incorrecta  interpretación  de  la zona  de actuación por parte de la inspección municipal y, en vez de limitar la intervención a la zona acotada en la fotografía de la petición inicial, realizaron trabajos de pintura empleando pintura de revestimiento vinílico sobre los grafitis del muro perimetral del cerramiento del Jardín de Ayora, cuya conservación y mantenimiento, además, no es de competencia de esta Oficina.

Una  vez  detectado  y  verificado  dicho  error,  se  informa  que  está  previsto  efectuar durante la semana del 27 de enero los trabajos de retirada de la película de pintura aplicada en las diversas zonas del cerramiento  posterior del  Jardín de Ayora situado detrás del Palacete mediante la técnica de proyección de arena. Tras dicha actuación, se remitirá una comunicación al Organismo Autónomo Municipal de Parques y Jardines para que acometa, en su caso, los trabajos pertinentes de aplicación del revestimiento que considere más apropiado para el muro.

El Ayuntamiento de Valencia no puede seguir consintiendo estos errores en el patrimonio cultural valenciano y debe coordinarse mucho mejor. No puede ser que siga habiendo servicios que, porque tengan adscrito un BRL o un BIC, hagan lo que quieran, interviniendo sin ningún tipo de inspección, control y autorización de patrimonio. Es hora de que den la cara y de que depuren responsabilidades. No es ni tolerable, ni admisible este nivel de incompetencia e irresponsabilidad.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones, etc… a la hora de usar sin permiso nuestro trabajo.

jueves

La reparación de daños y de pintadas delictivas en el Palau de la Generalitat nos cuestan más de 22.000€

Buenas tardes,

La Generalitat Valenciana ha tenido que invertir un total de 22.496,20€, IVA incluido, tras la ejecución de los trabajos complementarios de sustitución de cristales rotos o dañados, restauración de las fachadas de piedra del Palau, retirada de pintura, huevos, chocolate o barro, entre otros, limpieza y restauración de carpintería y zona de afección en puertas y ventanas, trabajos de sustitución de cristales en ventanas de la calle Bailia, atacados con ácido, incluyendo la valoración de los trabajos patrimoniales recogidos en la memoria antes referida, el coste total de los trabajos necesarios para el restablecimiento de las condiciones previas a actos vandálicos y delictivos perpetrados tras la manifestación del pasado 9 de noviembre de 2024.

Esto es lo que nos ha costado su restauración tras el ataque contra este BIC, justificado por algunos bajo el paraguas de la "falacia del falso dilema", y sobre el que no se han querido pronunciar los diferentes grupos políticos, ni del Ayuntamiento de Valencia, ni de Les Corts Valencianes.

https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2024/11/el-patrimonio-cultural-valencia-y-la.html

Ayer conocimos los detalles, después de que solicitáramos el 14 de diciembre de 2024, vía Transparència, el proyecto de limpieza de las pintadas delictivas y de la eliminación de barro en las fachadas del Palau de la Generalitat Valenciana (BIC), así como de los diferentes daños causados durante la celebración de las manifestaciones de los días 9 y del 30 de noviembre de 2024; y el coste económico total de limpieza de las pintadas delictivas y de la eliminación de barro en las fachadas del Palau de la Generalitat Valenciana (BIC), así como de los diferentes daños causados durante la celebración de estas manifestaciones.

La empresa encargada de la limpieza y restauración de los daños, realizó una propuesta de tratamiento de limpieza, en el que estima en 23m2, aproximadamente, la superficie de los agravios ocasionados sobre la piedra del monumento.

El presente protocolo de intervención se ha basado en técnicas de limpieza mecánico-manuales y químicas para la eliminación de grafitis, respetando los principios de mínima intervención, compatibilidad y reversibilidad que guían la conservación y restauración de bienes culturales. La metodología de limpieza ha sido determinada mediante catas previas, en las que se aplicaron diversos disolventes de manera secuencial. Este proceso de observación y análisis permite definir el tratamiento óptimo, específico y respetuoso con las características originales del soporte.

Las catas se han realizado en las tres áreas principales afectadas por grafitis, empleando los disolventes en el siguiente orden y con métodos de aplicación, principalmente mediante hisopo:

1. Agua tibia: aplicada mediante esponja o hisopo, dependiendo según la porosidad de la superficie.

2. Alcohol etílico puro.

3. Mezcla de agua y acetona pura en proporción 1:1.

4. Acetona pura.

5. C2000 del 2 al 5%v, seguido de la eliminación de residuos mediante enjuague con agua.

6. Tween 20 al 3%, con tiempos de exposición controlado y retirando los residuos con acetona.

Dado que la superficie pétrea presenta una porosidad variable en distintas zonas, la técnica de aplicación de los disolventes se debe adaptar a estas morfologías. Si bien el hisopo es el método de aplicación principal, en áreas de mayor porosidad se recomienda el uso de esponjas y geles. Estos permiten una acción más prolongada y localizada, al facilitar un contacto controlado del producto en las zonas necesarias.

En aquellos puntos en los que la limpieza necesaria para eliminar la película pictórica del grafiti, altere la pátina de suciedad y envejecimiento natural de los paramentos, se deberá actuar a posteriori con una reintegración pictórica controlada a base de resina acrílica tipo ACRIL 33 al 5% en agua desmineralizada y pigmentos minerales con el fin de homogeneizar el aspecto del conjunto y mantener una lectura coherente y lineal.

Tras lo observado durante la realización de las catas de limpieza se puede determinar que en las zonas donde se encuentra la pintura roja se deberá aplicar acetona pura o acetona con agua desmineralizada o gelificada en las zonas más porosa de la piedra.

Donde los grafitis son de color pardo se deberá aplicar agua tibia para retirarlo correctamente, ya que se trata de un material orgánico que por el color, olor y textura se puede determinar que podría ser en ocasiones barro y en otras chocolate.

Por último, en los casos donde se elimine la pátina se reintegrará cromáticamente para restablecer la uniformidad visual de la superficie, respetando su envejecimiento natural y recuperando el aspecto estético original de la piedra.

En el pdf que hemos recibido, la Generalitat ha intentado ocultar, de manera chapucera, el nombre de la mercantil y de los restauradores que han realizado la intervención. El documento no tiene ningún tipo de restricción, contraseña, ni protección y editándolo, se puede eliminar el recuadro negro que han colocado, de manera torticera, encima de estos nombres, apareciendo los datos que se han intentado ocultar.

Por ello, hemos dado traslado de la misma al Síndic de Greuges, pues esta institución ya recordó que la protección de las personas físicas en relación con el tratamiento de datos personales es un derecho fundamental protegido por el artículo 18.4 de la Constitución española. Este derecho no se aplica a los datos de las personas jurídicas, y por lo tanto la Generalitat no debería ocultar estos datos, máxime cuando la restauración se está pagando con dinero público. 

Además, si este es el cuidado y la profesionalidad que muestran a la hora de proteger los supuestos “datos de carácter personal”, los ciudadanos deberíamos de estar preocupados cuando esta administración pública deba proteger, de verdad, aquellos datos que si que sean susceptibles de ser protegidos por el artículo 18.4 de la Constitución española.

Un saludo...