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Informe sobre el Mural de Josep Renau (Consell Valencià de Cultura)

SITO EN LA C/CABALLEROS, 27, CONOCIDO COMO PALAU DE SANTÁNGEL

ANTECEDENTES

El Consell Valencià de Cultura ha manifestado en diversas ocasiones su preocupación por el Patrimonio Cultural Valenciano y por todos los artistas de nuestra comunidad.

Siendo Josep Renau uno de los artistas importantes del panorama español del siglo XX y teniendo conocimiento el Consell Valencià de Cultura de que existen unos frescos pintados por él en el Palau de Santángel, construido en 1917/22, sito en la calle de Caballeros, 27 de Valencia, se propone que se informe sobre este tema, cosa que realiza la Comisión de las Artes en el año 2011.

Ya se había dado un primer paso por parte del IVACOR y la Directora de este instituto Dña. Carmen Pérez, que en fecha 16 de Junio del año 2007, valoró la restauración de los frescos de Renau, de los cuales el IVACOR estaba dispuesto a colaborar con el 50%, aunque no se llegó a ningún acuerdo con el propietario y, por consiguiente, no se llevó a cabo la restauración.

Posteriormente, la comisión de las Artes encargó a la Consejera Dña. Consuelo Ciscar que llevase a cabo un seguimiento sobre el tema en cuestión y realizase un informe.

A tal efecto se recabó autorización para visitar el edificio, ya que los frescos de Renau están ubicados en un palacete de propiedad privada, al cual resulta imposible acceder sin consentimiento de su dueño.

El día 6 de noviembre de 2014 se realizó la visita al inmueble en presencia del abogado encargado de la concursal de acreedores D. Juan Carlos Sanchis y un técnico de restauración, pasando a visitar la salita donde se encuentran las obras del artista.

Contando con todos los antecedentes y estudiando el caso por el técnico especialista en restauración, se indicó al Sr. Sanchis que la restauración, montaje y desmontaje de la obra ascendería a unos 10.000€.

El Sr. Sanchis comentó que no tendría inconveniente en que se restaurase la obra y accedería a su traslado, siempre que no tuviese coste para la propiedad.

En fecha 17 de noviembre del año 2014 se elevó consulta a la Directora General de Cultura sobre el inmueble. La Unidad de Inspección de Patrimonio Histórico Artístico, informó que, visto los antecedentes de estos bienes artísticos, se concluía lo siguiente: 

A.- Se propuso solicitar al ayuntamiento que reconozca expresamente en su catálogo la existencia de pinturas murales artísticas del Palau de Santángel.

B.- Que tengan cabida en el edificio, aquellas actividades que no supongan unas condiciones ambientales agresivas o de deterioro para el arte y para la ornamentación citada, entre otras consideraciones.

C.- Será obligación del propietario conservar en buen estado las pinturas murales y las ornamentaciones en general.

Con fecha 5 de febrero del año 2015, se dio cuenta de esta información en la comisión de las Artes.

El 5 de marzo se informó en la comisión de las Artes, que se había requerido nuevo informe a la Directora General de Cultura, sobre si el edificio está protegido para conocimiento de la propia comisión.

El 11 de marzo se recibió contestación del jefe de servicio territorial de Cultura y Deportes. D. Juan Carlos Lledó, en el que se informaba que el edificio gozaba de un nivel de protección 2.

Se adjunta al presente informe los dos escritos recibidos de la unidad de inspección de

Patrimonio Artístico y el de la Dirección Territorial de Cultura y Deporte.

CARACTERÍSTICAS DEL INMUEBLE

Un pequeño comedor reservado en la segunda planta en el que hay 4 murales (frescos), en pared, que se le atribuyen, según documentación, a Josep Renau y que pintó en el primer tercio del siglo XX (año 1929 aprox), y 4 plafones en el techo de forma hexagonal regular, según parece, pintados sobre lienzo.

Los murales (frescos) pintados en las paredes tienen forma rectangular apaisada y una factura algo “tosca”, tal vez por varias razones. La primera, el estado de conservación y los repintes poco afortunados que han sufrido. La segunda, por la propia técnica (fresco) tal vez poco conocida por el autor, puesto que es el único mural que se le atribuye en la Comunitat Valenciana. La tercera, por la propia incomodidad de este procedimiento (pintar “in situ” con andamios, etc.).

Los plafones del techo están mejor resueltos, con una técnica más depurada, fruto tanto del proceso pictórico como de la diferencia entre los dos métodos de trabajo empleados.

La temática, tanto de los murales como de los lienzos, son escenas de animales y personajes mitológicos, con predominio del desnudo femenino dentro de una estética DECO.

Originalmente el conjunto pictórico estaba ubicado en lo que era un cuarto de baño del palacete, por lo que la temática era muy adecuada, pues creaba un ambiente grato, poético y elegante. 

JUSTIFICACIÓN

Del presente informe surgen diversas reuniones mantenidas por parte de la Consejera Consuelo Ciscar, con el abogado encargado de la concursal Sr. Sanchis, de un técnico de restauración acreditado, así como los escritos dirigidos a la Dirección General de Cultura y está justificado por el interés del Consell Valencià de Cultura en preservar el Patrimonio Histórico Artístico.

PROBLEMÁTICA DE LA OBRA DE RENAU

Las obras están muy repintadas y en mal estado debido a la ausencia de climatización y a un factor alto de humedad, por lo que si no se aborda una pronta restauración podrían perderse.

SITUACIÓN ACTUAL

El edificio, que había tenido uso de restaurante con el nombre de “La MAMA”, se encuentra en fase concursal y sin actividad alguna (cerrado).

Que el abogado encargado de la Concursal Sr. Sanchis, desconoce que el edificio tenga alguna protección.

Que se desconoce la adquisición del inmueble por otro propietario.

Que al Sr. Sanchis, desde el Consell Valencià de Cultura no se le ha informado de las resoluciones de la Dirección General de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte.

RECOMENDACIONES TÉCNICAS

Vistos los antecedentes expuestos y considerando la contestación que desde la Consellería de Educación Cultura y Deporte a través del inspector de Patrimonio, D. Vicente Espí LLuch y del jefe de servicio territorial de Cultura y Deporte, D. Juan Carlos Lledó Rosa han elaborado, concluyen:

Que el edificio se encuentra en el ámbito de plan especial de protección y reforma interior del barri del Mercat (PEPRI del Mercat) y que en el catálogo de dicho PEPRI el edificio goza de nivel de protección 2, en el artículo 6.5 del mismo indica y “en estos edificios (nivel 2 de protección) se preservaran los elementos definitorios de su estructura arquitectónica y/o aquellos elementos constructivos singulares de intrínseco valor que existen en el inmueble”.

En principio, desde esta disciplina, no se considera conveniente la retirada de los mismos de su ubicación por analogía con los criterios establecidos en el artículo 6.5 del PEPRI anteriormente citado.

CONCLUSIONES

1.- Se concluye que no son desvinculables las obras de Renau del inmueble. 

2.- Es importante recordarle a la propiedad, la obligación de mantener en buen estado de conservación las obras de Josep Renau, así como la adopción de medidas de seguridad para que no se dañen las mismas.

3.- Instar al Ayuntamiento de Valencia para que reconozca en su catálogo de bienes de objetos de protección patrimonial, la existencia de pinturas murales de Josep Renau en el Palacio de Santángel, sito en la calle Caballeros, 27 de Valencia

Autor: Comissió Arts

Aprovació: Ple, 25 Maig 2015

Palau de Forcalló
Museu, 3
46003 València

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