domingo
El deterioro del Portal de Quart (BIC)
miércoles
Valencia, Capital Mundial del Disseny, Smart City y del abandono de nuestro patrimonio cultural
martes
La NO recuperación de las casetas modernistas de los Jardines del Real-Viveros
Buenas tardes,
esto es lo que sucede cuando el partido político de turno elabora y cocina una nota de prensa con la intención de colarle a la sociedad civil que las casetas modernistas de los Viveros han recuperado su esplendor y que estas intervenciones se han enmarcado en «las actuaciones de restauración que estamos llevando a cabo tanto en esculturas, como en diferentes obras artísticas del patrimonio municipal o, incluso, en edificios como este caso». Una venta de humo en toda regla:
Una información incompleta, partidista, sesgada, interesada y alejada de la realidad del trabajo de denuncia de nuestra asociación (desde marzo de 2014) y de las tres recomendaciones emitidas por el Síndic de Greuges que obligaron a intervenir a nuestro consistorio, a regañadientes, sobre parte de este patrimonio. Datos que han sido omitidos de forma deliberada en esta nota de prensa, pretendiendo colarla esta como una intervención realizada motu proprio por el correspondiente servicio municipal.
Señalar, además, que hay una cuarta recomendación, de agosto de 2021, en la que se apunta que "teniendo en cuenta el dilatado periodo de tiempo transcurrido desde la primera denuncia formulada con fecha 14/03/2014, y en cumplimiento de nuestras tres Recomendaciones de fechas 30/01/2015, 28/07/2016 y 6/5/2019, se adopten todas las medidas que sean necesarias para restaurar y sanear aquellas partes de la mampostería del muro que no se rehabilitaron en su día y de cualquier otro elemento deteriorado de los Jardines del Real-Viveros".
https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2021/08/el-ayuntamiento-de-valencia-recibe-la.html
https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2021/08/y-esto-quien-lo-paga-ahora.html
Por lo tanto, el Servicio de Patrimonio Histórico del Ayuntamiento de Valencia vuelve a faltar a la verdad y ello queda perfectamente plasmado en este vídeo, en el que se puede apreciar el supuesto "esplendor" de las casetas modernistas de los Jardines del Real-Viveros (BRL), así como los daños y el deterioro causados por las diversas empresas que han usado las taquillas como muro para su publicidad, con el beneplácito del Ayuntamiento de Valencia que, por acción u omisión, lo ha permitido.
Un saludo...
Nuevas recomendaciones del Síndic de Greuges al Ayuntamiento de Valencia por el estado de la estación del Grao (BRL)
Récord pulverizado: Séptima recomendación del Síndic al Ayuntamiento de Valencia por el estado de la Alquería de Serra (BRL)
Hola,
el Síndic se está cansando y empieza a estar harto de la actitud del Ayuntamiento de Valencia y de sus diferentes concejalías, áreas y servicios, que "aceptan" constantemente unas recomendaciones que de facto incumplen.
El caso de la alquería de Serra es el vivo ejemplo de cómo, después de seis recomendaciones y de reabrir de nuevo el expediente de queja, que ha desembocado en la séptima recomendación, nuestro consistorio alarga de manera imprudente y negligente la solución de los problemas que atañen a nuestro patrimonio cultural.
En 2020 hablábamos del récord de recomendaciones que atesoraba este BRL:
https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2020/05/record-sexta-recomendacion-por-el.html
Ahora el récord ha sido pulverizado, con siete recomendaciones y un expediente que parte de la denuncia que efectuamos en diciembre de 2013, hace más de siete años y ocho meses.
En la anterior recomendación, la sexta, que fue emitida el 1 de mayo de 2020 y aceptada a finales de ese mismo mes, el Síndic consideró oportuno RECOMENDAR al Ayuntamiento de Valencia que, en cumplimiento de sus anteriores Recomendaciones de fechas 14/11/2017 y 3/12/2018, se acelere la adopción de todas las medidas necesarias, entre ellas, las precautorias, para frenar el deterioro de la Alquería de Serra y mantenerla en un adecuado estado de conservación, acordando, a la vista del incumplimiento de los propietarios, la ejecución subsidiaria a costa de los mismos. Remarcamos esta última parte: QUE SE ACELERARAN LA ADOPCIÓN DE LAS MEDIDAS PRECAUTORIAS ACORDANDO, A LA VISTA DEL INCUMPLIMIENTO DE LOS PROPIETARIOS, LA EJECUCIÓN SUBSIDIARIA A COSTA DE LOS MISMOS.
Sin embargo, el Ayuntamiento de Valencia sigue sin haber tomado estas medidas solicitadas por su institución y aceptadas por el propio consistorio y solo sigue insistiendo en que los propietarios ejecuten las obras de reparación y adopten medidas precautorias de seguridad. Después de estás seis recomendaciones y de un expediente iniciado en diciembre de 2013, queda demostrado que ni solicitar constantemente la intervención de los propietarios, ni imponer multas coercitivas, solucionan el grave problema que pone en riesgo la integridad de este BRL, puesto que hay una manifiesta y probada inactividad de la propiedad.
Durante el transcurso de este expediente, tanto desde nuestra asociación, como desde la A.VV Benimaclet, se ha visitado la alquería de Serra en tres ocasiones, en días y horarios diferentes, contando además con testimonios de vecinos de la zona, COMPROBANDO DE FORMA FEHACIENTE QUE ESTE BRL NO ESTÁ OCUPADO DESDE HACE TIEMPO, habiendo desaparecido incluso el cartel de La Eskombrera que había encima de la puerta principal. Por lo tanto, por más que los titulares del inmueble reiteradamente sigan alegado la imposibilidad de acceder al mismo con el fin de repararlo, como consecuencia de las continuas ocupaciones que sufre, llegando a aportar copia de diversas denuncias presentadas ante las instancias judiciales con el objeto de solicitar el desalojo del inmueble para recuperar su posesión pacífica y ejecutar las obras ordenadas, ESTE PRETEXTO PARA NO ACTUAR SOBRE EL BIEN CAE POR SU PROPIO PESO Y ESTÁ TOTALMENTE ALEJADO DE LA REALIDAD DEL BIEN.
Insistimos que, a fecha de hoy, la alquería de Serra muestra varias grietas y desprendimientos preocupantes tanto en su fachada principal como en la recayente al patio interior, está llena de pintadas delictivas e incumple claramente con el ARTÍCULO 180. DEBER DE CONSERVACIÓN Y REHABILITACIÓN E INSPECCIÓN PERIÓDICA DE EDIFICACIONES, DE LA LEY 5/2014, DE 25 DE JULIO, DE LA GENERALITAT, DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO Y PAISAJE, DE LA COMUNITAT VALENCIANA puesto que el legítimo propietario del bien NO LA HA MANTENIDO EN CONDICIONES DE SEGURIDAD, SALUBRIDAD, ORNATO PÚBLICO Y DECORO, NI HA REALIZADO LOS TRABAJOS Y OBRAS NECESARIOS PARA CONSERVAR O REHABILITAR EN ELLOS LAS CONDICIONES IMPRESCINDIBLES DE HABITABILIDAD, SEGURIDAD, FUNCIONALIDAD O USO EFECTIVO QUE PERMITIRÍAN OBTENER LA LICENCIA ADMINISTRATIVA DE OCUPACIÓN PARA EL DESTINO QUE LES SEA PROPIO.
En este punto, debemos indicar que nuestro consistorio SÍ HA ACTUADO a las primeras de cambio, a la hora de ejecutar las medidas precautorias, en expedientes como el de las barracas de Panach (queja nº 2100565) o en el de la antigua Estación de FEVE de Nazaret (queja nº 2100206). Por ello, no entendemos a qué está esperando el Ayuntamiento para ejecutar las medidas precautorias de manera subsidiaria, a costa del infractor ¿Acaso aguarda a que se produzca un desplome o un derrumbe, como en una de las alquerías de Albors o en la casa nº2 del conjunto rural de la alquería del Moro? INSISTIMOS EN QUE EL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA DEBE ADOPTAR LAS MEDIDAS PRECAUTORIAS, URGENTES Y NECESARIAS, PARA ASEGURAR LA INTEGRIDAD DEL BIEN, ACORDANDO, A LA VISTA DEL INCUMPLIMIENTO DE LOS PROPIETARIOS, LA EJECUCIÓN SUBSIDIARIA A COSTA DE LOS MISMOS.
Por todo ello el Síndic, en sus consideraciones, recuerda que los hechos que constituyen el objeto de la presente queja fueron denunciados por primera vez ante el Ayuntamiento de València con fecha 24/12/2013, es decir, hace más de 7 años.
Añade que esta institución ha emitido seis recomendaciones con fechas 30/1/2015, 1/12/2015, 6/10/2016, 14/11/2017, 3/12/2018 y 1/5/2020 y que a pesar de todo ello, no se ha conseguido avanzar nada en la mejora de la conservación de la Alquería de Serra, inmueble declarado Bien de Relevancia Local.
Indica que el Ayuntamiento de València ha informado que ha impuesto una segunda multa coercitiva a la propiedad por incumplir el deber de conservar dicho inmueble en unas adecuadas condiciones. Sin embargo, no consta que dichas multas hayan sido efectivamente recaudadas, ya que la propiedad sigue incumpliendo con su obligación.
Apunta también que el Ayuntamiento de València ha indicado que la propiedad ha alegado la imposibilidad de reparar el inmueble por las continuas ocupaciones que sufre, las cuales han sido desmentidas por la asociación autora de la queja, quien manifiesta que ha visitado la alquería en tres ocasiones distintas y no está ocupada desde hace tiempo.
Esta institución considera que 7 años y las 6 recomendaciones emitidas durante este extenso periodo es un tiempo más que suficiente para haber acordado la ejecución subsidiaria municipal a costa de la propiedad, a la vista de la escasa eficacia que han tenido las dos multas coercitivas impuestas hasta el momento.
El Síndic en su resolución dice lo siguiente:
1. RECOMENDAMOS que, teniendo en cuenta el dilatado periodo de tiempo transcurrido desde la primera denuncia formulada con fecha 24/12/2013, y en cumplimiento de nuestras seis Recomendaciones de fechas 30/1/2015, 1/12/2015, 6/10/2016, 14/11/2017, 3/12/2018 y 1/5/2020, se acuerde la ejecución subsidiaria de las obras a costa de la propiedad, a la vista de la nula eficacia que han tenido las dos multas coercitivas impuestas hasta el momento.
2. El Ayuntamiento de València está obligado a responder por escrito en un plazo no superior a un mes desde la recepción del presente acto. Su respuesta habrá de manifestar, de forma inequívoca, su posicionamiento respecto de las recomendaciones o sugerencias contenidas en la presente resolución.
Así:
- Si manifiesta su aceptación, hará constar las medidas adoptadas para su cumplimiento. Si el plazo para cumplirlas resultara superior, la respuesta deberá justificar esta circunstancia e incluir el plazo concreto comprometido para ello.
- La no aceptación habrá de ser motivada.
Queda pues claro que es rotundamente falso que la alquería haya estado ocupada durante la reapertura del presente expte. y por lo tanto no existe imposibilidad para proceder a ejecutar las obras precautorias por parte de los propietarios; que no consta que las multas a las que hace referencia nuestro consistorio hayan sido efectivamente recaudadas, ya que la propiedad sigue incumpliendo con su obligación; y que siete años de denuncias y seis recomendaciones emitidas (ahora ya siete) suponen un periodo tiempo más que suficiente para haber acordado ya la ejecución subsidiaria municipal a costa de la propiedad, a la vista de la escasa eficacia que han tenido las dos multas coercitivas impuestas hasta el momento.
Como se tarde más en actuar, vamos a tener que lamentar los daños y la pérdida de parte de nuestro valioso patrimonio rural. Y si esto sucede, nos veremos en el deber y en la obligación de solicitar ante los tribunales la depuración de las correspondientes responsabilidades penales por delitos contra el patrimonio histórico entre los culpables, por acción u omisión.
Un saludo...
jueves
Más recomendaciones del Síndic de Greuges al Ayuntamiento de Valencia por el Deficiente estado de conservación de la antigua estación de FEVE y su entorno de protección
Buenos días,
hace unos meses publicábamos una entrada en nuestro blog, en el que ya incluíamos las terceras recomendaciones del expediente de que queja:
https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2021/05/terceras-recomendaciones-del-sindic-de.html
Ante las contradicciones en los argumentos expuestos por el Ayuntamiento de Valencia, proseguimos con las alegaciones, que han desembocado en otra recomendación más.
Como respuesta, el Servicio de Patrimonio Histórico del Ayuntamiento de Valencia nos informó que dicho inmueble, situado en la calle Mayor de Nazaret nº 12, tiene la referencia catastral 9406406YJ2790F0001WJ, respecto de la cual el Servicio de Gestión Tributaria Específica Catastral informó, el 8 de julio de 2019, que como titular catastral constaba “Seluin, S.L”. Es decir, que en la base de datos del Catastro figura dicha mercantil como titular catastral, sin que ello implique que a la misma le corresponda la propiedad civil del inmueble.
Consultado el Registro de la Propiedad nº4, éste remitió Nota Simple Informativa, de fecha 19 de agosto de 2020, en la que SE CONSTATA QUE NO EXISTE INSCRITO DICHO BIEN, POR LO QUE NO OSTENTA TITULAR REGISTRAL.
viernes
Las otras torres de la cutrez: el Portal de Quart (BIC)
Buenas tardes,
además del mal estado, el abandono y la dejadez, en todos los sentidos, que se pueden ver en las Torres de Serranos, tenemos que añadir a esta lista las Torres de Quart, otra de los monumentos más importantes y relevantes del gótico civil en la ciudad de Valencia.
Haciendo solo una inspección exterior, se pueden comprobar los daños, las eflorescencias, los desconchados, los parches (cadenas de acero y bridas para atar carteles a la verja), la suciedad y los orines, o enseres altamente inflamables guardados detrás de las puertas de madera de este monumento. Faltaría por inspeccionar el interior y podemos encontrarnos sorpresas, como en el Portal de Serranos.
El reportaje fotográfico pone en evidencia lo que es vox populi desde hace años. El abandono y la falta de cuidados, por parte de las administraciones públicas valencianas, de los principales monumentos de la ciudad. La Lonja de los Mercaderes, el Portal de Serranos y el Portal de Quart, tres de las joyas de la corona del gótico civil valenciano, presentan un estado completamente indigno e inapropiado para la importancia y el gran valor patrimonial que tienen los mismos.
Valencia no puede permitirse el lujo de mostrar esta imagen, no solo de cara a los turistas, sino también y principalmente de cara a los propios ciudadanos que exigen a sus responsables políticos que cuiden, mantengan en condiciones, rehabiliten, restauren y pongan en valor su patrimonio cultural. Sin excusas. Aquellos que gestionan nuestro patrimonio lo están haciendo de forma deficiente y nefasta, como lo hicieron sus antecesores. Y se esconden detrás de siglas, ideologías varias, falsos mantras y excusas absurdas (los consabidos falta de crédito presupuestario y personal) que quedan desmontadas con todas y cada una de las recomendaciones del Síndic de Greuges.
Por más que pretendan camuflar y ocultar la realidad de nuestro patrimonio, su profunda torpeza e incompetencia les lleva a usar maquillaje del malo, que no sirve para tapar todo aquello que muestran las imágenes, día a día.
Un saludo...
martes
Terceras recomendaciones del Síndic de Greuges al Ayuntamiento de Xàtiva y a la Conselleria de Cultura por el estado del Castell y del Solar de la Antigua Ciudad de Xàtiva
Buenas tardes,
el pasado 26 de enero solicitamos al Síndic de Greuges la reapertura del expediente de queja sobre el pésimo y lamentable estado de los BICS DEL CASTELL DE XÀTIVA Y DEL SOLAR DE LA ANTIGUA CIUDAD DE XÀTIVA. Un expediente abierto por primera vez en diciembre de 2014, hace más de seis años y medio, y que contaba hasta la fecha con dos recomendaciones de esta institución.
El Ayuntamiento de Xàtiva, en su respuesta al Síndic, ha sido muy irrespetuoso y desconsiderado con nuestra asociación, que NO VA NI A TOLERAR NI A CONSENTIR que ni este consistorio ni ninguna otra administración pública, que están al servicio de los/as ciudadanos/as, NOS FALTE AL RESPETO DE LA MANERA QUE LO HA HECHO EL SR. ALCALDE, ROGER CERDÀ BOLUDA (O LA PERSONA QUE LE HAYA REDACTADO EL INFORME), CUANDO SE REFIERE A NUESTRA ASOCIACIÓN COMO “QUEJOSOS” O QUE PERCIBEN EN NUESTRAS AFIRMACIONES UN CARÁCTER SESGADO Y TENDENCIOSO, SECTARIO, PERO, SOBRE TODO, INJUSTO Y MENDAZ.
Consideramos que el Ayuntamiento de Xàtiva ha traspasado unos límites que son intolerables, afirmando que lo que decimos es mentira. Este consistorio olvida que ya tiene dos recomendaciones por parte del Síndic, aceptadas e incumplidas, por los mismos hechos y que todas nuestras denuncias están perfectamente documentadas y probadas.
Esta actitud y este comportamiento son completamente inapropiados y están fuera de lugar, más aún cuando el artículo 13 Ley 39/2015 Derechos de los ciudadanos en su relación con las Administraciones Públicas dice lo siguiente:
e) A ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y empleados públicos, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.
Respecto al estado de abandono, deterioro, aparcamiento indebido de vehículos, etc. en la Costa del Castell declarada BIC “Solar de la antigua Ciudad de Xàtiva” (1992), nos hemos reafirmado rotundamente en las pruebas que hemos aportado y que demuestran, de forma contundente, el estado de abandono, deterioro del Solar de la antigua Ciutat de Xàtiva y el aparcamiento indebido de vehículos en el entorno BIC del Castillo de Xàtiva, cuestiones que hemos podido documentar y argumentar de forma clara, precisa y veraz:
a) Nuestra petición de reapertura de expediente se produjo el 26 de enero de 2021, hace cinco meses. Durante todo ese tiempo, su institución se ha visto obligada a solicitarle al Ayuntamiento de Xàtiva, hasta en tres ocasiones, la información requerida, tiempo suficiente para que el consistorio “parcheara” y “maquillara” parcialmente la situación del aparcamiento indebido en la Costa del Castell. Cabe señalar que hasta el 1 de abril de 2021 el consistorio no reguló y controló el acceso y subida al Castell en vehículo privado y lo ha hecho prohibiéndolo solo los domingos y los festivos que se consideren de relevancia. Por lo tanto, de lunes a sábado se puede seguir subiendo y aparcando, de manera indebida, en la Costa el Castell. Si a esto le añadimos que nuestra denuncia se produjo dos meses y una semana antes del “parcheo” del Ayuntamiento de Xàtiva, nuestras afirmaciones son absolutamente imparciales, justas y veraces.
b) El 9 de diciembre de 2020, un mes y medio antes de nuestra denuncia, la situación de aparcamiento indebido en la Costa del Castell era denunciada por los grupos de la oposición, afirmando en prensa escrita que «Nuestra sugerencia de mejora en la planificación al acceso al Castell ha sido obviada y se ha vuelto a repetir el caos»; «estos días del puente se han podido ver coches aparcados fuera de la calzada, entrando en sendas de este espacio protegido»; o «lo que conocemos como Costa del Castell de Xàtiva tiene varios niveles de protección; desde 1999 es una micro reserva, en 2001 también se la consideró Lugar de Interés Comunitario y hace seis años se convirtió en Zona Especial de Conservación» por lo que ven como inadmisible que se produzca la invasión de estos espacios.
c) En cuanto al estado del resto del BIC del “Solar de la antigua Ciudad de Xàtiva”, que incluye murallas y torreones que van desde el Castell hacia el conjunto histórico de la ciudad (declarado en 1982), nos reafirmamos en el estado de abandono, deterioro, restos protegidos desperdigados, ataques vandálicos y delictivos, desprotección de yacimientos arqueológicos, obras de ensanchamiento de sendas de paso y construcción de muretes no acordes con la legislación de protección de patrimonio histórico-artístico, tal y como llevamos denunciando desde finales de 2014. Fotográficamente ha quedado perfectamente documentado y, además, hemos adjuntado las imágenes realizadas el pasado 13 de mayo de 2021, en una inspección que hicimos conjuntamente con una arquitecta y con ciudadanos y personas de la sociedad civil, preocupados por el patrimonio de su ciudad.
3. Respecto al tema de no haber procedido a la retirada de la Antena-Repetidor situada en el monumento histórico del Castillo y cuando el Ayuntamiento de Xàtiva afirma que “LA INSTALACIÓN DE LA ANTENA REFERENCIADA FUE AUTORIZADA MEDIANTE RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA DE 17 DE MAYO DE 2013, PREVIOS LOS TRÁMITES TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS PERTINENTES”, cabe señalar que con la LPCV en la mano, esa resolución es ilegal y podría ser constitutiva de un presunto delito de prevaricación administrativa y otro presunto delito contra el patrimonio histórico y cultural. Y aunque ya lo hemos repetido en incontables ocasiones, volvemos a recordar que el Artículo 38 de la LPCV. Criterios de intervención en Monumentos y Jardines Históricos, de la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano 4/1998 y posteriores modificaciones indica lo siguiente:
e) Queda prohibida la colocación de rótulos y carteles publicitarios, conducciones aparentes y elementos impropios en los espacios etnológicos, jardines históricos y en las fachadas y cubiertas de los monumentos, así como de todos aquellos elementos que menoscaben o impidan su adecuada apreciación o contemplación.
Por lo tanto, una resolución ilegal y contraria a LEY no puede validarse ni justificarse porque “cumple una función esencial para posibilitar la recepción y transmisión de la señal de TV a la zona del diseminado de Bixquert”; o porque “resulta de interés vecinal el que se proporcione por parte de la Administración los medios para el bienestar entre los que se cuenta la funcionalidad que cumple la antena”. La LEY es muy clara al respecto y la instalación de esta antena fue ILEGAL y por ende, debe ser retirada inmediatamente y sin más dilación. Recordamos que estamos pidiéndolo desde hace seis años y medio.
Respecto a la existencia de antenas, torres eléctricas, repetidores, etc. en la Costa del Castell (y añadimos también dentro del propio Castell, cuestión que el Ayuntamiento de Xàtiva obvia deliberadamente en su respuesta), y cuando el consistorio manifiesta el compromiso de efectuar las labores de inspección y supervisión para localizar los elementos que se mencionan en el requerimiento, para corregirlos y subsanar las deficiencias que se detecten, previos los trámites necesarios y pertinentes, cabe señalar que esta situación esta denunciada desde hace seis años y medio y cuenta con dos recomendaciones de su institución. Que en todo este tiempo no se haya inspeccionado, localizado y subsanado estos elementos ilegales, pone en evidencia que desde el año 2014 el Ayuntamiento de Xàtiva no ha cumplido con sus funciones y obligaciones legales hacia nuestro patrimonio, ha ignorado las denuncias efectuadas e incumplido ambas recomendaciones.
Respecto al estado general del Castell de Xàtiva, asunto sobre el que no se pronuncia tampoco el ayuntamiento, hemos adjuntado un extenso y detallado reportaje fotográfico en el que se observa de forma clara y contundente una serie de daños, degradación, elementos impropios (antenas, cuartos con puertas metálicas, aparatos de todo tipo), cableado, muros reconstruidos con ladrillo, etc. que siguen siendo exactamente los mismos, e incluso con más añadidos, que cuando realizamos la denuncia a finales de 2014. La inspección detallada y minuciosa, apoyada por un equipo pluridisciplinar, deja patente que después de seis años y medio, la mayoría de daños, desperfectos, elementos impropios, etc. que denunció nuestra asociación, no han sido ni subsanados, ni reparados, ni retirados.
Igualmente, cabe señalar e indicar el mal estado y la falta de cuidado en la muralla BIC, por parte de la empresa Montsant, cuya propiedad particular se encuentra precisamente dentro del BIC conjunto histórico y solar de la antigua Ciutat de Xàtiva antigua. Una inacción que no ha sido requerida ni subsanada ni por el Ayuntamiento de Xàtiva ni por la Generalitat Valenciana, incluso con ejecución subsidiaria.
Por todo ello, estamos en disposición de afirmar que el Ayuntamiento de Xàtiva lleva años incumpliendo de forma flagrante y demostrable con sus deberes y obligaciones legales respecto al patrimonio cultural de la ciudad de Xàtiva y especialmente en lo que respecta al presente expediente de queja. En todo este tiempo no ha realizado las inspecciones patrimoniales pertinentes sobre las cuestiones denunciadas; no ha atendido de forma correcta y completa, en un tiempo razonable, a los requerimientos y recomendaciones del Síndic de Greuges; y no ha solucionado numerosos problemas que dejan más que patentes los reportajes fotográficos y documentales que aportamos en nuestras quejas. Se han preocupado más por buscar excusas insostenibles y fácilmente desmontables con los argumentos expuestos por nuestra asociación y por faltar al respeto de forma lamentable e intolerable al trabajo veraz, independiente, imparcial y objetivo que venimos desempeñando desde el año 2012.
Por todo ello, el Síndic de Greuges, en sus consideraciones, recuerda que los hechos denunciados en esta queja relativos al estado de conservación del Castillo y del Solar de la Antigua Ciudad de Xàtiva, ambos inmuebles declarados bien de interés cultural, han justificado la emisión de dos recomendaciones por parte de esta institución, emitidas con fechas 3/8/2015 (queja nº 1500024) y 19/01/2017 (queja nº 1603873).
A pesar de las actuaciones realizadas y proyectadas indicadas en los informes remitidos por la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte y el Ayuntamiento de Xàtiva, las mismas no han sido suficientes para solucionar los problemas planteados por la asociación autora de la queja.
Esta institución es consciente de que la falta de medios condiciona la protección de nuestros inmuebles más relevantes. En muchas ocasiones, las partidas presupuestarias no son suficientes para adoptar con rapidez las medidas de protección que requieren. No obstante, en el caso que nos ocupa, a pesar del dilatado periodo de tiempo transcurrido desde nuestra primera recomendación emitida el 3/8/2015, todavía no se han adoptado algunas de las medidas de protección necesarias, que, además, no requieren de importantes cantidades de dinero.
Por lo tanto, el Síndic ha considerado oportuno RECOMENDAR que, de forma conjunta y coordinada, y teniendo en cuenta el dilatado periodo de tiempo transcurrido, se acelere el cumplimiento real y efectivo de nuestras Recomendaciones emitidas con fechas 3/8/2015 y 19/01/2017, estableciendo un calendario de ejecución de los trabajos pendientes para evitar retrasos injustificados o dilaciones indebidas.