jueves

Segundas Recomendaciones del Síndic de Greuges por el aparcamiento ilegal y las pintadas en las Atarazanas del Grao (BIC)

Buenos días,

Nuestra asociación lleva denunciando desde noviembre de 2019, hace ya más de dos años, las diferentes pintadas delictivas que han permanecido durante mucho tiempo en la fachada trasera de las Atarazanas del Grao (BIC), recayente a la calle Salvador Gassul, así como otras nuevas que se han ido sumando a las anteriores y que afectaban también a los intradós de las puertas y a las propias puertas del edificio.

Igualmente, también hemos denunciado el estacionamiento ilegal de vehículos junto a la fachada posterior y laterales de este bien patrimonial.

A las denuncias anteriores, hay que añadir que EN EL MURO LATERAL, RECAYENTE A LA PLAZA DEL TRIBUNAL DE LAS AGUAS, SE PUEDE APRECIAR CLARAMENTE QUE PARTE DEL CERRAMIENTO DE LADRILLO CARAVISTA ESTÁ AFECTADO TANTO POR HUMEDAD COMO POR LA ACCIÓN DEL AMBIENTE Y DEL TIEMPO. LAS JUNTAS GRUESAS DE MORTERO QUE SE ESTÁN VIENDO AFECTADAS POR LA HUMEDAD Y SE ESTÁN DESPRENDIENDO. ADEMÁS SE ESTÁ EROSIONANDO LA SUPERFICIE PROVOCANDO QUE LOS LADRILLOS SE ESTÉN "DESCASCARILLANDO" Y ROMPIENDO PROGRESIVAMENTE. La evolución de estas patologías se pueden comprobar fácilmente con la herramienta Google Street View. En abril de 2013 ya aparecían los primeros daños y a partir de 2018 los mismos van siendo más evidentes, hasta llegar a la fecha de hoy.

Sin embargo, a pesar del tiempo transcurrido, TODAVÍA NO SE HAN ELIMINADO DE FORMA CORRECTA Y PROFESIONAL (Y NO PINTANDO ENCIMA) TODAS LAS PINTADAS PRESENTES EN EL EDIFICIO. De la misma forma, TAMPOCO SE ESTÁ EVITANDO, DE FORMA EFECTIVA, EL ESTACIONAMIENTO INDEBIDO DE VEHÍCULOS JUNTO A LA FACHADA POSTERIOR Y LATERALES DEL MISMO.

El Ayuntamiento de Valencia, a través del Servicio de Patrimonio Histórico, que es el único que se ha pronunciado, ha puesto de manifiesto que siguen sin realizares inspecciones patrimoniales regulares y ha utilizado, nuevamente, las mismas excusas de siempre para señalar a otros compañeros como responsables para actuar en primera instancias, obviando sus deberes y obligaciones legales.

Nos congratulamos que, tras nuestra denuncia (antes no se hizo nada), el Servicio de Patrimonio Histórico haya detectado, finalmente, una planta que ha crecido (desde hace años) en la última gárgola de la fachada Este. Esto pone de nuevo de manifiesto que sin denuncias no hay inspecciones y que los responsables de las Atarazanas del Grao o bien no notifican las deficiencias y problemas de mantenimiento del edificio o bien se hace caso omiso a las mismas. 

Respecto a la afirmación de que: “En la fachada Sur, sí que se observa una ligera degradación del mortero en las juntas de ladrillo caravista, que deberá ser objeto de análisis y redacción del correspondiente proyecto de reparación así como obtención de los correspondientes permisos y autorizaciones por tratarse de un Edificio BIC”, no podemos estar más en desacuerdo. La degradación no es ligera y tampoco es reciente. Es fruto de la falta de un mantenimiento regular de los monumentos protegidos y de la ausencia de inspecciones periódicas que detecten estos problemas a tiempo. Ahora y solo ahora se analizará y se redactará el proyecto de reparación para obtener los permisos de la Conselleria (mínimo dos años, dos años y medio, como en el Portal de Serranos).

Respecto a la afirmación de que: “no obstante se indica que hay un parte de Limpieza de grafitis de fecha de actuación 01-02/07/2021, que recoge la eliminación de todas las pinturas y grafitis sobre los cerramientos del Edificio”, debemos indicar de nuevo a este servicio que las pintadas no se eliminan pintando directamente encima, de forma irrespetuosa, torticera y a base de brochazos. Sigue habiendo pintadas delictivas camufladas de forma chapucera debajo de pintura aplicada directamente sobre el ladrillo que no han sido correctamente eliminadas.

Respecto a la afirmación de que: “los aparcamientos que se producen no puede informarse nada al respecto por parte de este Servicio por ser competencia de la Policía Local”, cabe indicar varias cuestiones:

a) Las Atarazanas del Grao (BIC) disponen de cámaras de vídeo vigilancia que graban directamente la calle Salvador Gassul y, por lo tanto, detectan la presencia de vehículos aparcados ilegalmente.

b) Esas cámaras están conectadas, en principio, a la Policía Local de Valencia y al interior de las Atarazanas del Grao, por lo que los funcionarios que allí trabajan deberían tener acceso a las mismas y pueden ver perfectamente el aparcamiento ilegal.

c) Tal y como quedó patente en el expte. nº 1900136, el Servicio de Patrimonio Histórico ya informó que: “Asimismo se les dará la indicación de transmitir a los Servicios municipales competentes, cualquier mal uso que observen en las instalaciones y elementos del entorno de este BIC (Portal de Serranos), pues efectivamente, DENTRO DE LAS FUNCIONES DE LOS SUBALTERNOS FIJADAS POR CONVENIO, está la de atender e informar al público, vigilar y custodiar los locales e instalaciones y hacer guardar el orden, así como la de apertura y cierre de dependencias, vigilándolas y notificando al responsable las anomalías detectadas y también EXIGE A ESTOS QUE PONGAN EN CONOCIMIENTO DE LOS SERVICIOS RESPONSABLES, TODAS LAS ANOMALÍAS DETECTADAS (NO SOLAMENTE EL ANCLAJE DE BICICLETAS). POR LO TANTO, SON LOS FUNCIONARIOS DE LAS ATARAZANAS DEL GRAO QUIENES DEBEN PONER EN CONOCIMIENTO DE LOS SERVICIOS RESPONSABLES (POLICÍA LOCAL, por ejemplo) LAS ANOMALÍAS DETECTADAS (APARCAMIENTO ILEGAL EN EL ENTORNO DE PROTECCIÓN DEL BIC, EN LA CALLE SALVADOR GASSUL, por ejemplo).

Como viene siendo costumbre, el Servicio responsable de dar traslado de la presente queja a todos los servicios y áreas con competencias en la materia, parece no haberlo hecho. Recordamos que en la anterior queja nº2001506, el Servicio de Policía Local respondió que: “En relación con la colocación de bolardos que impidan el acceso a la zona, ya ha sido solicitada su colocación por parte del Inspector responsable del tráfico en la Unidad de Distrito.”. Nadie se ha pronunciado acerca de este punto, pues desconocemos en qué estado se encuentra la tramitación para la colocación de bolardos.

El Ayuntamiento de Valencia, a través del área o servicio competente, tampoco se ha pronunciado sobre la viabilidad técnica de la instalación de bolardos removibles o instrumento similar (condicionado al informe favorable del Servicio de Bomberos). Recordamos que el Servicio de Patrimonio Histórico informó que “por parte de este Servicio se está impulsando la coordinación con los servicios afectados”. Se habla pues claramente de una coordinación llevada a cabo por parte del Servicio de Patrimonio, pero, sin embargo, NO HA INFORMADO NADA SOBRE ESTE ASUNTO EN SU RESPUESTA. No nos han querido informar sobre este punto.

Por todo ello, nos reafirmamos íntegramente en los argumentos expuestos en la reapertura de nuestra queja, el pasado 22 de septiembre de 2021, así como en los argumentos expuestos en la presente. Consideramos que el Ayuntamiento de Valencia y sus respectivas áreas y servicios sigue sin cumplir con todas y cada una de las recomendaciones aceptadas en su día, en las que se le pedía que se adoptaran de forma coordinada entre los distintos servicios públicos municipales, todas las medidas que sean necesarias para eliminar correctamente las pintadas efectuadas sobre el referido bien de interés cultural (también en el intradós de las puertas traseras y las propias puertas, recayentes a la calle Salvador Gasull) y evitar de forma efectiva el estacionamiento indebido de vehículos junto a la fachada posterior y laterales del mismo. 

Y por ello, solicitamos al Síndic que se solucionen todas y cada una de las cuestiones planteadas en la presente queja, sin excepción y sin dilaciones injustificadas en el tiempo como la falta de crédito presupuestario, usada de manera irresponsable y abusiva, cuando no crónica, por parte de las administraciones públicas valencianas:

a) Que se eliminen correctamente TODAS las pintadas presentes en el BIC, de manera profesional y sin pintar directamente encima del ladrillo, como queda demostrado que se ha hecho.

b) Que se repare y rehabilite EL MURO LATERAL, RECAYENTE A LA PLAZA DEL TRIBUNAL DE LAS AGUAS, DONDE SE PUEDE APRECIAR CLARAMENTE QUE PARTE DEL CERRAMIENTO DE LADRILLO CARAVISTA ESTÁ AFECTADO TANTO POR HUMEDAD COMO POR LA ACCIÓN DEL AMBIENTE Y DEL TIEMPO. LAS JUNTAS GRUESAS DE MORTERO QUE SE ESTÁN VIENDO AFECTADAS POR LA HUMEDAD Y SE ESTÁN DESPRENDIENDO. ADEMÁS SE ESTÁ EROSIONANDO LA SUPERFICIE PROVOCANDO QUE LOS LADRILLOS SE ESTÉN "DESCASCARILLANDO" Y ROMPIENDO PROGRESIVAMENTE.

c) Que se evite de forma efectiva y real el estacionamiento indebido de vehículos junto a la fachada posterior y laterales de este BIC, instalando para ello los bolardos solicitados e informando a la Policía Local (competencia de los funcionarios de las Atarazanas del Grao) de la presencia de cualquier vehículo aparcado allí, para que esta proceda a su retirada y correspondiente sanción.

El Síndic, en sus consideraciones, señala que los hechos que constituyen el objeto de la presente queja fueron objeto de nuestra Recomendación de fecha 21/09/2020, emitida en el expediente de queja nº 2001506, en la que destacamos la necesidad de adoptar todas las medidas para eliminar correctamente las pintadas efectuadas sobre el referido bien de interés cultural (también en el intradós de las puertas traseras y las propias puertas, recayentes a la calle Salvador Gasull) y evitar de forma efectiva el estacionamiento indebido de vehículos junto a la fachada posterior y laterales del mismo.  

A pesar del tiempo transcurrido desde la referida Recomendación, y a la vista de las alegaciones formuladas por el autor de la queja, no se ha evitado el estacionamiento indebido de vehículos y tampoco se ha limpiado de forma efectiva las pintadas.     

Por todo ello, el Síndic RECOMIENDA que, en cumplimiento de lo dispuesto en su anterior Recomendación de fecha 21/09/2020, se eliminen correctamente todas las pintadas presentes en el bien de interés cultural (BIC), se repare y rehabilite el muro lateral, recayente a la plaza del Tribunal de las Aguas, y se evite el estacionamiento indebido de vehículos junto a la fachada posterior y laterales de este BIC.

Esperamos que el Ayuntamiento de Valencia, a través del Servicio de Patrimonio Histórico y resto de concejalías con competencias en la materia, sean capaces de actuar de forma rápida y coordinada, dejándose de excusas, de pasarse la patata caliente, de postureo en RRSS y de preparar notas de prensa precocinadas.

Estas intervenciones en nuestro patrimonio cultural no serían posibles sin la denuncia de la sociedad civil, de las asociaciones patrimonialistas y de la intervención del Síndic de Greuges, por más que les pese a aquellos/as políticos/as mediocres e incompetentes que pretenden ignorar y minusvalorar, sin éxito, nuestro trabajo colectivo. La realidad de las denuncias y la montaña de recomendaciones del Síndic ponen a cada uno/a en su sitio.

Un saludo...

sábado

La muralla árabe de la calle Salinas nº5 y nº17 entra en la lista Roja del Patrimonio de Hispania Nostra

Buenos días y Feliz Navidad a todos/as,

la prestigiosa asociación Hispania Nostra ha incluido en la Lista Roja del Patrimonio los lienzos y la torre de la muralla árabe de la calle Salinas nº5 y nº17, tras nuestra petición:

https://listarojapatrimonio.org/ficha/lienzos-torre-la-muralla-islamica-la-calle-salinas/

Sobre el lienzo y la torre de la calle Salinas nº5, el médico e historiador valenciano José Rodrigo Pertegás dice en la obra La Morería de Valencia (1925): “En el interior de la casa número 5 de la calle de Salinas, que ocupa el fondo del ángulo de dicha calle que antes se ha mencionado, se encuentran los detalles siguientes: en el patio de entrada que está al fondo y en dirección divergente de la línea de la fachada de la casa, la robusta muralla antigua de la ciudad que se interna en la habitación inmediata en la cual, a 3,76 metros de la puerta de entrada, se encuentra un arco o portal de 2,83 m de luz y 3,19 de altura, a contar desde el suelo de la casa. Este antiguo arco desconocido, que gracias a estar oculto en el interior de una casa particular se encuentra en condiciones bastante favorables para un detenido estudio es, sin duda alguna, la puerta árabe Bab-Alahix que, según el Llibre del Repartiment, limitaba por esta parte las donaciones hechas en la ciudad a los hombres de Teruel y que en tiempos cristianos se llamó de la Morería por conducir y estar inmediata a dicho entonces nuevo barrio extramuros”.

En la parte posterior de este inmueble se puede apreciar, además, un imponente torreón semicircular del siglo XI que está integrado parcialmente dentro del inmueble recayente a la calle Caballeros nº36, actual escuela de idiomas. También pueden verse diferentes elementos del tapial de hormigón y la anchura del propio lienzo de la muralla, de aproximadamente 210-220 cm.


En cuanto al lienzo del nº17 de la misma calle, este se encuentra en un solar situado entre los números 15 y 19, y está construido con tapial de hormigón de cal, con un espesor aproximado de 210 cm. La altura conservada, sin almenas, ronda los 6 metros, teniendo la parte superior deteriorada por el paso del tiempo, la falta de protección y de consolidación de la superficie. La parte superior de este lienzo correspondería a la zona del paso de ronda. La cara externa de esta muralla, recayente al interior del solar, aparece modificada y recortada en su espesor, especialmente, en la parte inferior, debido a que sería integrada y formaría parte del inmueble que ocupó el nº17 de la calle Salinas.

Este lienzo se encuentra totalmente abandonado y cubierto por una tela metálica, ya desgarrada y medio deshecha, desde principios de 2015, para evitar más desprendimientos como los que se produjeron a finales de 2014. La parte inferior del lienzo está permanentemente llena de pintadas y de grafitis, hay cableado aéreo y elementos impropios en el BIC. A pesar del tiempo transcurrido, de las denuncias y de las recomendaciones del Síndic, las administraciones públicas valencianas no han instalado ninguna señalética que lo identifique como un bien cultural. A pesar de la colocación de la tela metálica, sigue creciendo la vegetación en la parte superior, cosa que le aporta un exceso de humedad y daños estructurales por el crecimiento de las raíces. Su estado de conservación actualmente es malo y el BIC corre el riesgo de seguir deteriorándose y de producir nuevos desprendimientos de material tanto al solar como a la vía pública.

Nuestra asociación lleva años denunciando el abandono y el deterioro de estos lienzos y el torreón de la muralla de la calle Salinas, habiendo tenido que acudir al Síndic de Greuges hasta en cuatro ocasiones. Y como viene siendo la tónica habitual, nos hemos encontrado con las excusas de siempre, con dilaciones injustificadas y hemos visto como el Ayuntamiento de Valencia y la Conselleria de Cultura se han ido pasando la patata caliente por ver quién debía actuar en primer lugar.

Por ese motivo, decidimos solicitar a Hispania Nostra la inclusión de estos dos lienzos y del torreón de la muralla árabe en la Lista Roja del Patrimonio. Y puesto que las administraciones públicas no están haciendo bien su trabajo y por acción u omisión están permitiendo el deterioro de bienes patrimoniales de gran valor, tanto desde nuestra asociación como desde la sociedad civil vamos a continuar recordándoselo a diario.

Un saludo...

viernes

Toneladas de carbón para el Ayuntamiento de Valencia

Buenas tardes,

Papá Noel, Santa Claus, San Nicolás o cualquiera de los diferente nombres con los que se conoce al personaje que, según la cultura occidental, trae regalos a los niños por Navidad, ha traído una tonelada de carbón del duro al Ayuntamiento de Valencia.

Esta montaña de carbón se la pueden repartir entre el alcalde, la vicealcaldesa, la concejala de cultura y patrimonio y el resto de concejales con competencias en materia de urbanismo y patrimonio por permitir, por acción u omisión, el deterioro, abandono, degradación y ruina de nuestro patrimonio cultural.

A algunos de nuestros (ir)responsables políticos les sigue interesando más las medallitas, las alabanzas y los aplausos de sus palmeros y acólitos, que solucionar (y no parchear) los problemas reales de nuestro patrimonio cultural. Para ello se valen de notas de prensa precocinadas, pagadas y recompensadas a ciertos medios de comunicación a través de campañas institucionales, y de sus propias RRSS personales en las que se dicen medias verdades, se oculta información y se pretenden tapar y menospreciar el trabajo de las asociaciones y de la sociedad civil, respaldado por docenas de recomendaciones del Síndic de Greuges.

Mientras algunos/as sigan con el "y tú más"; "antes estaba todo peor"; "se ha restaurado más que nunca (500 elementos patrimoniales o más)" y el resto de mantras absurdos y estériles que se repiten en bucle, legislatura tras legislatura y gobierne quien gobierne, no avanzaremos y seguiremos perdiendo a pasos agigantados patrimonio, como es el caso de las alquerías y las barracas históricas de la huerta de Valencia. 

Os dejamos "solo" veinte ejemplos de la situación real de nuestro patrimonio cultural. Guardamos más de trescientos para ir mostrándolos poco a poco y en las próximas semanas/meses.

Un saludo y Bon Nadal!

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

lunes

Valencia: capital de los delincuentes pintamonas 2022

Buenos días,

Los delincuentes pintamonas se han hecho con la ciudad. Paso a paso, pintada a pintada, ante la permisividad y la evidente dejación de funciones de los diferentes gobiernos municipales que ha tenido y tiene Valencia. Están permitiendo que nuestra ciudad se convierta en la capital de los delincuentes pintamonas, de cara al próximo 2022.

Es una plaga a la que no se le quiere poner solución. Solo se parchea en base a denuncias presentadas por RGE, a través del Síndic de Greuges, en RRSS o en prensa. Puro postureo solo para cubrir el expediente.

Un claro ejemplo de esto es la instalación de las cámaras de vídeo vigilancia, que tardaron más de tres años en entrar en funcionamiento. A fecha de hoy, la Concejalía de Cultura y la Policía Local siguen sin actuar, mientras se siguen pasando la patata caliente sobre quién debe visionar las imágenes. Ahora resulta que los funcionarios de los museos y monumentos municipales no tienen acceso a esas imágenes y no pueden visionarlas. O almenos eso es lo que dice la regidora del Servicio de Patrimonio Histórico en RRSS, que señala a la policía como responsables de las cámaras y de lo que graban. Sin embargo, la información facilitada por funcionarios municipales contradice totalmente la versión de la regidora de patrimonio, asegurando que sí que pueden ver las imágenes de algunas de las cámaras situadas en las proximidades de los monumentos.

De esta manera, queda patente que la presencia de estas cámaras no solo no está evitando las pintadas delictivas, en su fusión disuasoria, sino que tampoco sirven para que la Policía Local se persone in situ en cuanto las cámaras captan a los delincuentes pintando, haciendo skate, pegando carteles, etc. Tampoco sirven para que los servicios municipales competentes las retiren inmediatamente, evitando que permanezcan in situ durante semanas o meses. Da la sensación pues que nadie esté mirando y supervisando las imágenes y transmite una profundo apatía por lo que le pueda pasar a nuestro patrimonio.

Lamentablemente, este desinterés tan preocupante por la vigilancia y protección de nuestro patrimonio cultural sirve como aliciente para que los delincuentes campen a sus anchas y se crezcan. De nada sirven las cámaras si el propio personal de los museos y monumentos municipales siguen sin denunciar, por ejemplo, la presencia de bicicletas ancladas a la verja que rodea el Portal de Serranos o la de vehículos estacionados y pegados a la fachada de la Lonja de los Mercaderes.

¿Quién le pone el cascabel al gato?

Un saludo...


El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

El Plan de Recuperación del Patrimonio: ¿dejar que se caigan las alquerías y las barracas?

Buenas tardes,

la semana pasada se vino abajo parte la alquería del Rey del Pouet de Campanar, tras años de desidia y de abandono por parte de Rain Forest y del Ayuntamiento de Valencia que, por acción u omisión, lo ha consentido y permitido:

https://www.lasprovincias.es/valencia-ciudad/desploma-alquerias-valiosas-campanar-20211123185827-nt.html

Esta mañana hemos podido comprobar in situ los daños, no solo de esa alquería, sino del resto de edificaciones del Pouet, que se encuentran también en un pésimo estado. El panorama es completamente desolador y ni las advertencias ni las alarmas que llevaban años avisando del mal estado de estas joyas de nuestro patrimonio, han servido para esquivar el desastre. Ha vuelto a fallar todo y han fallado todos los que lo podían haber evitado.

Al Ayuntamiento de Valencia y a algunos de sus máximos responsables de las áreas con competencias en la materia de patrimonio cultural, urbanismo, etc. se les llena muy fácilmente la boca en RRSS con el hashtag #PladeRecuperaciódelPatrimoni, aunque luego no sepan si Mariano Benlliure era pintor o escultor; vendan intervenciones en alquerías históricas como grandes logros cuando son meros parcheos para cubrir el expediente con el Síndic de Greuges; o intenten confundir al personal diciendo que han rehabilitado la alquería del Moro, cuando solo ha sido la Casa del Senyor y el resto de edificios o se han caído o están apunto de caerse.

Los últimos seis años están siendo un auténtico desastre para el patrimonio rural y para nuestra huerta, por más que los bienes estén incluidos en el Catálogo de Bienes y Espacios de Naturaleza Urbana/Rural y que el regadío histórico de la Huerta de Valencia fuera declarado en noviembre de 2019 como Sistema Importante del Patrimonio Agrícola Mundial (SIPAM) por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO). Solo existe una protección virtual y sobre el papel que no sirve para nada si no hay inspecciones regulares en los bienes y si no se ejecuta una actuación coordinada y ágil entre todas las administraciones públicas y los propietarios de los mismos.

Lamentablemente, solo se actúa a salto de mata; a base de denuncias por RGE; de recibir una y otra vez recomendaciones del Síndic de Greuges; de presionar en RRSS y en prensa; o de sufrir desastres como el de la alquería del Rey, que era perfectamente evitable. 

No hay plan ninguno, es todo improvisación. Nos están vendiendo humo enlatado y nuestra asociación no está dispuesta ni a comprarlo ni a tragárnoslo, y menos aún después de comprobar durante más de diez años el modus operandi de algunos políticos profesionales que destacan por su mediocridad, incompetencia e incapacidad para ejercer cualquier cargo público. Solo buscan la medallita y el aplauso fácil de sus seguidores y acólitos acérrimos.

Y lo pueden intentar maquillar y adornar como les venga en gana. Pueden repetir cual mantra y hasta la saciedad que en estos momentos no hay una partida presupuestaria para atender estos problemas; que faltan medios; que no hay personal suficiente; que están bajo mínimos y que las bajas no se cubren; que  todo se debe a la herencia recibida y demás pretextos inverosímiles que son tumbados una y otra vez por las decenas de recomendaciones que reciben por parte de nuestro Defensor del Pueblo. Es todo mero postureo para salvar sus caras de hormigón armado y seguir calentando el sillón a costa de los impuestos de los contribuyentes.

El daño ya está hecho. Una de las alquerías de San Lorenzo; la casa nº2 de la alquería del Moro; la alquería de Tallarrós; la alquería de Burgos o Bisarra; la barraca de Panach; la barraca de Cal Carro; la alquería del Rey y esta misma mañana, parte de la barraca de Cucalo, en Alboraya, yacen desparramadas por los suelos, abiertas en canal y heridas de muerte. Y nos dejamos muchas más que nuestros ojos no llegan a ver.

Hoy se nos ha vuelto a partir el alma al ver in situ como ha quedado la alquería del Rey, un bien que visitamos en 2013 con sus antiguos propietarios y que hoy yace semiderruida en el suelo. Hoy nos hemos acordado de Marina y de su madre. La huerta, sus alquerías y sus barracas llevan muriéndose años y quien tiene la capacidad de impedirlo y revertir esta situación no está haciendo nada. 

Día triste... muy triste.

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jueves

Solicitamos al Síndic de Greuges que ponga en conocimiento de la Fiscalía la actitud del Ayuntamiento de Peñíscola

Buenos días,

el pasado 28 de octubre el Síndic de Greuges procedió al cierre del Expte. de queja nº 2100003 sobre la “Falta de protección y conservación del conjunto de grafitos históricos "La Flota Olvidada de Peñíscola". El cierre resolución se produjo al no aceptada por falta de respuesta por parte del Ayuntamiento de Peñíscola.

En el escrito del Síndic nos trasladaba que “Hemos requerido formalmente al Ayuntamiento de Peñíscola la contestación a nuestra Resolución de fecha 3/6/2021, mediante escritos de fechas 16/7/2021 y 13/9/2021, pero a fecha de hoy, tras más de 4 meses de demora, no hemos recibido la documentación solicitada”.

Añaden también que “Llegados a este punto, le informamos que se terminan nuestras posibilidades de actuación, dado que la Ley 11/1988, del Síndic de Greuges, aplicable a la tramitación de esta queja, no nos permite adoptar otras medidas para imponer a la Administración el cumplimiento de sus obligaciones. A este respecto, ponemos en su conocimiento que esta queja será incluida en el próximo informe anual a Les Corts, correspondiente a la gestión de esta institución”

Sin embargo, en diversas noticias de prensa de los últimos años, el propio Síndic manifestaba lo siguiente respecto a LA AUTORIDAD QUE OBSTACULICE LA INVESTIGACIÓN DEL DEFENSOR DEL PUEBLO, TRIBUNAL DE CUENTAS U ÓRGANOS EQUIVALENTES DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS:

El Alto Comisionado recuerda que ya anunció que llevaría ante el Ministerio Fiscal a las autoridades que no respondan reiteradamente a sus peticiones de información, entorpeciendo así su labor de investigación en defensa de los derechos de los ciudadanos. Así el Síndic subraya que el Código Penal señala que será castigado como “reo del delito de desobediencia” la autoridad que obstaculice la investigación del Defensor del Pueblo, Tribunal de Cuentas u órganos equivalentes de las Comunidades Autónomas, negándose o dilatando indebidamente el envío de los informes que estos soliciten.

Por lo tanto, ha quedado probado y es manifiesto pues que el Ayuntamiento de Peñíscola HA OBSTACULIZADO LA INVESTIGACIÓN DEL SÍNDIC DE GREUGES DE LA COMUNITAT VALENCIANA, NEGÁNDOSE O DILATANDO INDEBIDAMENTE EL ENVÍO DE LOS INFORMES QUE HAN SOLICITADO.

Por ello, el pasado 10 de noviembre, a raíz de esta manifiesta desobediencia y la actitud obstructora de la labor investigadora del Síndic de Greuges, por parte del Ayuntamiento de Peñíscola en el expte. de queja referido, hemos solicitado que ponga este caso en conocimiento de la Fiscalía por un presunto ilícito penal, según lo estipulado en el artículo 502. 2 de la Ley Orgánica 10/1995 de 23 de noviembre del Código Penal ya que se dan los supuestos que menciona el referido articulado “la negación de informes y, en consecuencia, la obstrucción total de la labor investigadora de esa Sindicatura".

En relación con esta cuestión, es preciso tener en cuenta que el artículo 18 de la Ley 11/1988, de 26 de diciembre, aplicable a los procedimientos de queja de referencia, establece:

“Admitida la queja, el Síndico de Agravios promoverá la oportuna investigación sumaria e informal, para el esclarecimiento de los presupuestos de la misma. En todo caso dará cuenta sustancial de la reclamación al Organismo o a la Dependencia Administrativa procedente con el fin de que por su Jefe, en el plazo máximo de quince días, se remita informe escrito. Tal plazo será ampliable cuando concurran circunstancias que así lo aconsejen, a juicio del Síndico de Agravios”. 

Por su parte, el artículo 19.1 de esta misma norma determina que:

“Todas las autoridades públicas, funcionarios y Organismos Oficiales de la Generalitat están obligados a auxiliar al Síndico de Agravios, en sus actuaciones, con carácter prioritario y urgente”. 

A través de estas normas se establece el deber de colaboración de las administraciones públicas con el Síndic de Greuges para garantizar que éste pueda cumplir adecuadamente la labor de defensa de los derechos constitucionales y/o estatutarios que le asigna el artículo 38 del Estatuto de Autonomía, norma institucional básica de nuestra comunidad; atribuyendo a este deber de colaboración los caracteres de constituir un auxilio preferente y urgente.

Tal y como señalamos y según se expuso en la resolución emitida el día 3 de junio de 2021, debe tenerse en cuenta, asimismo, que el artículo 502.2 del vigente Código penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal) establece: 

"En las mismas penas incurrirá la autoridad o funcionario que obstaculizare la investigación del Defensor del Pueblo, Tribunal de Cuentas u órganos equivalentes de las Comunidades Autónomas, negándose o dilatando indebidamente el envío de los informes que éstos solicitaren o dificultando su acceso a los expedientes o documentación administrativa necesaria para tal investigación". 

En este sentido, es preciso tener en cuenta que, de acuerdo con el apartado primero de este artículo 502 del Código penal, la pena incluye, si el reo fuera autoridad o funcionario público, la pena de suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.

Finalmente, es preciso tener en cuenta que el artículo 42 de la ley 2/2021, de 26 de marzo, de la Generalitat, del Síndic de Greuges, prescribe:

“Si el síndico o la síndica de Greuges apreciase indicios racionales de la presunta comisión de un ilícito penal en las conductas obstaculizadoras, en los comportamientos hostiles o sistemáticamente entorpecedores de las autoridades o del personal cuyas actuaciones o inactividades investigue, dará cuenta de ello al Ministerio Fiscal”. 

Teniendo en cuenta cuanto antecede, consideramos que de los hechos descritos se deriva un claro incumplimiento del deber de colaboración de esa administración con el Síndic de Greuges. 

Del mismo modo, de lo reseñado se deriva que determinadas autoridades y/o funcionarios públicos de esa administración podrían haber incurrido en responsabilidad penal, como consecuencia de la comisión, o participación en su comisión, de los hechos delictivos de obstaculización a la labor investigadora del Síndic de Greuges, descritos por el analizado artículo 502.2 del Código penal.

En atención a todo ello, el Síndic ha considerado oportuno acordar el inicio de las presentes actuaciones investigadoras previas, tendentes a determinar la concurrencia de posibles indicios respecto de la comisión del referido tipo penal y a identificar a la persona o personas que resulten eventualmente responsables de dichas actuaciones, ya sea título de autoría o participación (artículo 28 del Código penal y concordantes), en orden a valorar y resolver, en su caso y a resultas de lo practicado, la remisión de estos hechos y sus antecedentes al Ministerio Fiscal (art. 42 de la Ley 2/2021, de 26 de marzo).

En consecuencia, le requiero formalmente para que en el plazo máximo de quince días naturales:

1. Proceda a identificar a las autoridades y/o funcionarios públicos que sean responsables de la falta de remisión de la información solicitada y, con ello, del incumplimiento del deber de colaborar con el Síndic de Greuges en sus investigaciones con carácter preferente y urgente.

En este sentido y de manera especial, dado que todos los escritos emitidos por el Síndic de Greuges estaban dirigidos a su atención, nos informará sobre su intervención en los hechos descritos y, en su caso, sobre las circunstancias que considere que deben ser tenidas en cuenta a la hora de valorar su participación en las conductas susceptibles de integrar el tipo del artículo 502.2 del Código penal.

2. Realice una exposición detallada de las causas que determinaron la no remisión de los informes que le fueron solicitados (dilación indebida).

3. Remita la información que le fue solicitada, minimizando con ello el incumplimiento producido del deber de colaboración que le impone la ley 11/1988, de 26 de diciembre, aplicable a estos procedimientos de queja.

4. Informe de las medidas adoptadas, o susceptibles de adopción, para evitar que vuelvan a producirse estos hechos.

5. Informe a esta institución de cualquier otra circunstancia que, a los efectos perseguidos, considere relevante incorporar a estas actuaciones investigadoras previas a la remisión de los hechos al Ministerio Fiscal.

Finalmente, y con el objetivo de hacer constar en el presente expediente su conocimiento personal y directo de las cuestiones expuestas en el mismo y, en especial, del incumplimiento del deber de colaboración con el Síndic de Greuges y de la posible comisión de acciones de obstaculización a nuestras investigaciones, se le ha requerido al alcalde de Peñíscola para que dé contestación personal a este escrito, acusando recibo del mismo y de su contenido.

Por parte de nuestra asociación, comunicar a todas aquellas administraciones públicas que están optando por NO RESPONDER Y OBSTACULIZAR LA INVESTIGACIÓN DEL SÍNDIC DE GREUGES DE LA COMUNITAT VALENCIANA, NEGÁNDOSE O DILATANDO INDEBIDAMENTE EL ENVÍO DE LOS INFORMES QUE HAN SOLICITADO, QUE TOMAREMOS LAS MEDIDAS LEGALES Y OPORTUNAS PARA QUE SE Proceda a identificar a las autoridades y/o funcionarios públicos que sean responsables de la falta de remisión de la información solicitada y, con ello, del incumplimiento del deber de colaborar con el Síndic de Greuges en sus investigaciones con carácter preferente y urgente. CON NOMBRE Y APELLIDOS Y SOLICITANDO la pena de suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.

Ya está bien que las administraciones públicas valencianas vulneren los derechos de los/as ciudadanas/os con comportamientos y actitudes que son contrarios al ordenamiento jurídico vigente. Sea el Ayuntamiento de Peñíscola o cualquier otro ayuntamiento. NO VAMOS A PASAR NI UNA.

Un saludo...