Buenas tardes,
nuestra asociación apoya y se adhiere al MANIFIESTO DE BOADILLA, un grito colectivo a favor de nuestro Patrimonio Cultural:
Consideramos de vital importancia sumar fuerzas entre los diferentes colectivos y asociaciones a nivel local, autonómico y nacional, para hacer frente al abandono y maltrato institucional que está sufriendo nuestro patrimonio cultural en todo el país.
Cada vez aparecen más y más casos de auténticos atropellos patrimoniales, auspiciados por la propia acción u omisión de las diferentes administraciones públicas con competencias en la materia, quienes se empeñan en ignorar su propia legislación.
Por todo ello, declaramos que:
El XIV encuentro de entidades para la defensa del patrimonio cultural, celebrado
en Madrid el pasado mes de octubre, terminó con gran éxito. Después de poner en
común “experiencias colectivas de esperanza y frustración”, las JORNADAS de
PATRIMONIO CULTURAL Y SOCIEDAD organizadas por “Madrid Ciudadanía y
Patrimonio” y “SOS Monuments” concluyeron con la responsabilidad de redactar
este MANIFIESTO DE BOADILLA, que cuenta con el apoyo de todas las
entidades participantes, y está abierto a otras similares que quieran sumarse al
mismo. No se trata de un compendio sobre el patrimonio, tan solo de las
inquietudes más graves y urgentes que reclaman los distintos colectivos.
Colectivos y asociaciones que, reunidos en Defensa del Patrimonio Cultural de
España, tenemos la voluntad de constituirnos en una Federación Nacional de
Asociaciones que pueda actuar de interlocutora ante las administraciones, y que
se manifiestan a favor de la urgente necesidad de la conservación, difusión,
promoción y educación en Patrimonio Cultural por parte de la totalidad de la
ciudadanía.
MANIFIESTO DE BOADILLA
• Denunciamos el incumplimiento sistemático por parte del Estado y de las comunidades
autónomas de las leyes estatales y autonómicas en defensa del Patrimonio Cultural, y
expresamos la exigencia de que dichos organismos acaten obligadamente su propia
legislación.
• El concepto de Patrimonio Cultural es cambiante a lo largo del tiempo, y se enriquece
con nuevos criterios que vienen a complementar los tradicionales. Así, en los últimos
años se ha comenzado a valorar el patrimonio industrial, el inmaterial, el paisajístico y las
infraestructuras y tramas (físicas o no) que vertebran un territorio. Las administraciones
públicas deben estar atentas a estos cambios de sensibilidad para establecer la
legislación correspondiente que permita su adecuada valoración y protección.
• La protección del Patrimonio Cultural contra el expolio es una obligación establecida en
la Constitución y ratificada por diversos convenios internacionales, que debe ser
secundada por todas las administraciones públicas en cualquiera de sus niveles de
actuación. El Ministerio de Cultura debe tener por añadidura un papel destacado en la
defensa de ese Patrimonio, coordinando y liderando la investigación en la materia y disponiendo de especialistas y técnicos del más alto nivel. Su actuación no debe limitarse
a la simple defensa de los Bienes de Interés Cultural declarados por las distintas
administraciones, sino al fomento de su aprecio por la ciudadanía y de la participación
comunitaria en su gestión.
• Manifestamos la necesidad de que el poder judicial tenga un papel protagonista en la
defensa del Patrimonio cuando el resto de las administraciones planteen actuaciones que
dañen bienes culturales, estén o no estén catalogados, pues acudir a la justicia es un
derecho ciudadano para evitar las arbitrariedades contra los bienes culturales. Por tanto,
jueces y fiscales habrán de controlar con carácter efectivo la legalidad de las políticas
patrimoniales y urbanísticas de las administraciones, así como su aplicación. Solicitamos
para ellos la sensibilidad y la formación especializada que exige el artículo 46 de la
Constitución; y apostamos por una Fiscalía específica de Patrimonio y Urbanismo.
• El estudio, la conservación y rehabilitación de los bienes culturales deben ser realizados
por profesionales especializados: historiadores, arqueólogos, conservadores-restauradores y arquitectos con formación y experiencia en Conservación-Restauración.
Resulta aconsejable el fomento de equipos interdisciplinares. Es imprescindible delimitar
por ley quiénes pueden realizar y ejecutar estos proyectos, atendiendo a criterios
técnicos y no sólo a criterios económicos. Manifestamos que debe revisarse la Ley de
Contratos del sector Público, erradicarse de la administración los concursos con bajas
económicas temerarias y que el Código Técnico de la Edificación (CTE) debe adaptarse a
la legislación de Patrimonio Cultural.
• Advertimos que el patrimonio arquitectónico en general está en peligro, incluyendo los
cascos antiguos, los centros históricos protegidos y la arquitectura popular de todo tipo,
con ayuntamientos que practican políticas urbanísticas que amparan el expolio a favor de
los intereses particulares (promotores y constructores, a veces vinculados al turismo) y
en contra del interés público y el bien común. A la legislación vigente hay que sumar
como referencia ineludible el Informe Auken sobre el impacto de la urbanización
extensiva en España (2009), y la aplicación de los Convenios para la protección del
Patrimonio Arquitectónico, Arqueológico, del Paisaje y a favor de la sociedad,
promovidos por el Consejo de Europa y suscritos por nuestro país -y por tanto de
obligado cumplimiento-. Estos convenios deben ser instrumentos de uso habitual en el
Ministerio de Cultura, en las Direcciones Generales de Patrimonio de las Comunidades
Autónomas y en los Ayuntamientos.
• Pedimos un planteamiento reflexivo y serio por parte de las instituciones universitarias y
gubernamentales para el tratamiento específico del Patrimonio Etnográfico y Etnológico
(material e inmaterial) en todos sus ámbitos (museográficos, históricos y sociológicos) considerándolo en igualdad de relevancia y valor patrimonial -a todos los efectos- que el
resto de los Bienes Culturales; así como la valoración de los conocimientos aportados por
las clases populares (rurales y urbanas) como parte de los procesos de evolución y
transformación general de la sociedad. Se observa la necesidad de realizar
investigaciones o recopilaciones urgentes de oficios tradicionales, formas de vida, juegos,
tradiciones festivas, religiosas, etc., pues las personas que los conocen o los han vivido
están muriendo y todas esas formas de vida con ellos.
• El valor crematístico de un bien con interés patrimonial pertenece a su legítimo
propietario, pero su valor cultural pertenece al conjunto de la sociedad y –por tanto debe ser conservado y defendido en pro del interés común por las administraciones
públicas y por la ciudadanía en general. La ley debería recoger una exigencia normativa
por la cual cualquier edificio con valor histórico -especialmente si es de titularidad
pública- no pueda ser abandonado o vaciado de su uso tradicional sin que previamente
se haya determinado su nuevo uso o, en todo caso, se concreten las actuaciones o
medidas que se tomarán para asegurar su conservación. Las autoridades administrativas
deben revisar los acuerdos con los propietarios privados de bienes culturales para llegar
a conciertos que mejoren, de acuerdo con la ley, las condiciones de acceso al público
(días y horas de apertura).
• Manifestamos el deseo de colaborar en la reversión de los bienes histórico-artísticos
inmatriculados por la iglesia católica a la situación inmediatamente anterior a 1978, por
ser bienes de dominio público.
• Las asociaciones ciudadanas sin ánimo de lucro y con una trayectoria contrastada en
defensa del Patrimonio deben tener un papel activo a la hora de promover los
expedientes administrativos conducentes a la protección de ese Patrimonio. Su opinión
deberá ser tenida en cuenta obligadamente por todas las administraciones públicas y
deberán ser oídos en los órganos consultivos de las distintas CCAA. Del mismo modo, las
iniciativas y solicitudes de protección legal de un bien deberán ser respondidas
expresamente por las distintas administraciones a quienes se dirijan. El Patrimonio
Cultural es un recurso comunitario no renovable y, por tanto, no resulta aceptable la
indiferencia. Las administraciones públicas deben impulsar de forma decidida el tercer
sector -de patrimonio histórico- facilitando medios y recursos a dichas asociaciones o
entidades ciudadanas.
• Las administraciones deben estar obligadas a valorar los informes fundamentados
elaborados y/o presentados por las asociaciones ciudadanas sin ánimo de lucro que
buscan la protección de un bien patrimonial. No puede ser que estos informes
fundamentados sean contrarrestados por informes “de parte” -o incluso "de complacencia"- encargados por los propietarios de esos bienes o por los entes afectados,
y a veces hasta emitidos desde la propia administración, que actúa así como juez y parte.
• La creciente despoblación y gentrificación en la España interior implican que el Gobierno
estatal y las Comunidades Autonómicas deben habilitar medidas explícitas
extraordinarias para evitar la pérdida de Patrimonio, tanto en recintos históricos como
en las zonas rurales. Apostamos para que se dote una plantilla de “Guardas de
Monumentos y Agentes de Protección del Patrimonio”.
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