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No se #RespectaValència
lunes
Recomendaciones del Síndic de Greuges por los daños en la cubierta de la iglesia de Santa Catalina Mártir de Valencia (BIC)
Buenas tardes,
el Síndic de Greuges vuelve a emitir unas recomendaciones dirigidas a la Conselleria de Cultura (Dirección General de Cultura y Patrimonio) por los GRAVES DAÑOS EN LA CUBIERTA de la iglesia de Santa Catalina Mártir (BIC) de Valencia, y que conocimos a través del diario Las Provincias: https://www.lasprovincias.es/valencia-ciudad/situacion-critica-santa-20200124010822-ntvo.html
Un nuevo palo, pues el Síndic, además de considerar que la actuación descrita de la administración puede no haber sido lo suficientemente respetuosa con los derechos de la persona afectada, RECOMIENDA que, en caso de no haberse realizado, los técnicos de la Conselleria efectúen una inspección, emitan un informe sobre los trabajos de reparación que habría que realizar y su valoración, y se requiera la ejecución de los mismos en un plazo determinado a la propiedad del inmueble, con apercibimiento de acordar la ejecución subsidiaria a costa del obligado, si se incumple la orden de ejecución.
Estas recomendaciones llegan tras nuestras alegaciones al paupérrimo informe de poco más de cinco líneas, en los que la Conselleria de Cultura vuelve a ser imprecisa, no atendiendo correctamente las diversas cuestiones que planteamos en nuestra denuncia:
"En relación con la queja de referencia, este centro directivo informa que se tiene conocimiento de la situación y se han mantenido reuniones con el propietario del bien. En ellas se ha aprovechado la ocasión para poner en su conocimiento las ayudas convocadas anualmente por la conselleria con competencias en materia de cultura y patrimonio, pues permitirían sufragar, sino todos, parte de los gastos que resulten procedentes para las reparaciones y subsanaciones de los desperfectos existentes en las cubiertas y capillas de la Iglesia".
Tras este "informe", nos vimos en la obligación y el deber de recordar a la Dirección General de Cultura y Patrimonio que TANTO EL TITULAR DEL BIEN COMO LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS VALENCIANAS TIENEN UNA SERIE DE OBLIGACIONES Y DEBERES LEGALES E INEXCUSABLES CON EL PATRIMONIO CULTURAL VALENCIANO, QUE NO PUEDEN DEPENDER ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE DE LAS AYUDAS CONVOCADAS ANUALMENTE POR PARTE DE LA CONSELLERIA CON COMPETENCIAS EN MATERIA DE CULTURA Y PATRIMONIO. Condicionar la rehabilitación y subsanación de los daños que presenta este BIC únicamente a las ayudas y subvenciones ES UNA FORMA TORPE Y SIMPLE DE ELUDIR DE FORMA DELIBERADA, ENTRE OTRAS, LAS FUNCIONES INSPECTORAS DE LA CONSELLERIA QUE DEBERÍAN HABER DETECTADO EL PROBLEMA HACE TIEMPO, EL DEBER IN VIGILANDO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS PARA ASEGURAR LA INTREGIDAD DE LOS BIENES, EL DEL MANTENIMIENTO REGULAR POR PARTE DEL PROPIETARIO, ETC.
La Conselleria de Cultura, además, solo informó de que “se tiene conocimiento de la situación”. Respuesta totalmente imprecisa y genérica que ni arroja luz al asunto ni aclara el alcance y la gravedad de los daños. Cultura no especifica si los técnicos de patrimonio han realizado o no una inspección y si han valorado o no los daños en el BIC, tal y como solicitábamos en nuestra denuncia. En definitiva, si han realizado o no un informe pormenorizado de la situación de la Iglesia de Santa Catalina Mártir (BIC):
a) Que los Servicios Técnicos correspondientes a la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte procedan a REALIZAR LAS INSPECCIONES OPORTUNAS Y NECESARIAS PARA EVALUAR EL ALCANCE DE LOS DAÑOS, DESPERFECTOS E IRREGULARIDADES que presenta la iglesia de Santa Catalina Mártir (BIC).
De la misma manera, la Conselleria de Cultura solo informó de que “se han mantenido reuniones con el propietario del bien”, pero más allá de recordarle las AYUDAS CONVOCADAS ANUALMENTE POR PARTE DE LA CONSELLERIA CON COMPETENCIAS EN MATERIA DE CULTURA Y PATRIMONIO, no tenemos constancia de que Cultura haya instado al legítimo propietario y titular de la iglesia de Santa Catalina Mártir (BIC) a realizar las actuaciones oportunas y necesarias para evitar más daños, un mayor deterioro y degradación de este bien protegido por la ley, consolidando, restaurando y rehabilitando con carácter de urgencia aquellas partes del mismo deterioradas y que presenten daños, INDEPENDIENTEMENTE DE LA SOLICITUD DE AYUDAS, SU CONCESIÓN O NO, ETC. Y EN CASO DE NO REALIZARLAS Y ANTE EL PELIGRO DE MÁS DAÑOS EN EL BIC, LA CONSELLERIA DE CULTURA TIENE LA POTESTAD PARA EJECUTARLAS DE MANERA SUBSIDIARIA, RECLAMANDO A POSTERIORI EL COSTE ÍNTEGRO AL LEGÍTIMO PROPIETARIO.
Por todo ello, insistimos en que el Síndic de Greuges instara a la CONSELLERIA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE a iniciar INMEDIATAMENTE Y SIN MÁS DILACIÓN los trámites necesarios para que EL LEGÍTIMO PROPIETARIO EJECUTE, INMEDIATAMENTE Y SIN MÁS DILACIÓN LAS OBRAS DE REPARACIÓN, REHABILITACIÓN, CONSERVACIÓN, CONSOLIDACIÓN Y SUBSANACIÓN DE DESPERFECTOS EN LAS CUBIERTAS Y CAPILLAS DE LA IGLESIA DE SANTA CATALINA MÁRTIR (BIC), independientemente de las ayudas o subvenciones.
Y en el caso de que el legítimo propietario no ejecute las obras requeridas en un plazo razonable, que el Síndic de Greuges instara a la CONSELLERIA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE a ACTIVAR LOS MECANISMOS LEGALES PRECISOS Y NECESARIOS PARA PROCEDER A LA EJECUCIÓN SUBSIDIARIA, ANTE EL PELIGRO DE MÁS DAÑOS EN EL BIC, RECLAMANDO A POSTERIORI EL COSTE ÍNTEGRO AL LEGÍTIMO PROPIETARIO DEL BIEN.
miércoles
Recomendaciones del Síndic de Greuges a la Conselleria de Cultura por el estado de los Baños del Almirante (BIC)
Buenas tardes,
el pasado sábado 6 de junio, nuestra asociación visitó los Baños del Almirante de Valencia, pudiendo comprobar que existen numerosos daños, humedades y desperfectos en este BIC y que han aumentado considerablemente en los últimos meses y lo han hecho, además, de manera muy preocupante, habiendo agujeros y desprendimientos de tamaño considerable en los muros interiores.
Además, varias estancias y zonas que hasta hace dos o tres años eran visitables (audiovisual situado en la zona superior de la leñera, sala de la caldera y escaleras de acceso a la cubierta para ver la parte superior de las cúpulas de los baños), PERMANECEN CERRADAS, POSIBLEMENTE, PORQUE HAY DAÑOS O UN DETERIORO GRAVE Y SU CIERRE A LOS VISITANTES SE DEBA A UN INTENTO DE OCULTAR ESTOS GRAVES PROBLEMAS A LA CIUDADANÍA.
Ante la desconfianza absoluta que nos produce la Conselleria de Cultura, nos dirigimos directamente al Síndic de Greuges para buscar una solución urgente e inmediata para evitar que los daños en este BIC vayan a más y para que se proceda a su rehabilitación inmediata. Esta desconfianza total hacia la Conselleria de Cultura está plenamente justificada ante el silencio administrativo crónico que nos aplica una y otra vez, a pesar de las numerosas recomendaciones en ese sentido por parte de su institución, en todas y cada una de las denuncias que tramitamos con esa administración pública. No podemos esperar tres o cuatro meses para obtener una respuesta, cuando sabemos que no la va a haber.
La Conselleria de Cultura, de forma irrespetuosa e inapropiada, alegó que "la presunción o presunciones que se expresan a lo largo del escrito no están basadas en hechos objetivos, sino en juicios de valor, por lo que esta conselleria se va a abstener de hacer comentario alguno", en referencia a nuestra teoría de que HUBIERA DAÑOS O UN DETERIORO GRAVE Y SU CIERRE A LOS VISITANTES SE DEBIERA A UN INTENTO DE OCULTAR ESTOS GRAVES PROBLEMAS A LA CIUDADANÍA. Tras las fotos obtenidas el pasado 14 de agosto, tras solicitar acceso a la zona cerrada al público, ha quedado PLENAMENTE probado que la zona está muy deteriorada y dañada (cubiertas abovedadas), con presencia de humedades, desprendimientos de material, etc. en la zona de la leñera, además de haberse convertido la zona en un "almacén" improvisado.
Sobre este punto, la Conselleria de Cultura se empeña en justificar que “La leñera, la sala de la caldera y las escaleras de acceso a la cubierta permanecen cerradas al público en general en la medida en que no se puede garantizar la accesibilidad universal ni la seguridad de las personas visitantes”, obviando que desde el año 2005, cuando abrieron al público los Baños del Almirante, hasta hace apenas 2-3 años ese espacio estaba permanentemente abierto y se cumplía perfectamente con la accesibilidad universal y la seguridad, a excepción de la escalera que baja a la leñera. Por lo tanto no han cambiado las condiciones ni existe justificación alguna para alegar, ahora, unos problemas que no había en origen y que no impiden subir y usar las escaleras de acceso a la cubierta.
Evidentemente, el motivo era otro. Y se ha querido ocultar al público el deterioro evidente y comprobable de las cúpulas de las salas fría, templada y caliente del recinto, cosa que además ha quedado patente con la presencia de las humedades y filtraciones que podían verse perfectamente en las fotografías que adjuntamos en nuestra primera denuncia y que ahora ampliamos con el reportaje del pasado día 14 de agosto.
La Conselleria de Cultura ha pretendido, además, desviar torpemente la atención del problema con la excusa de que “los Baños del Almirante forman parte del complejo edilicio del Palau dels Almiralls d'Aragó”, que están siendo objeto de una completa y compleja rehabilitación, etc. Sin embargo, los daños que denunciamos nosotros están en los Baños del Almirante y no en el Palacio de los Almirantes de Aragón e independientemente que este último esté en proceso de rehabilitación, los desperfectos a subsanar son los del BIC objeto de nuestra queja. Si la Conselleria de Cultura contara con suficientes inspectores de patrimonio y cumpliera con sus obligaciones legales de inspección patrimonial e in vigilando, no sería necesaria ni nuestra denuncia ni que otra Conselleria informara sobre la existencia de los mismos. Las imágenes aportadas a nuestra denuncia son más que evidentes y prueba fehaciente del deterioro del BIC.
La Conselleria de Cultura, de nuevo, pretende desviar la atención alegando que “la consellería titular está llevando a cabo un ambicioso proyecto de rehabilitación integral que permitirá mejorar la accesibilidad y visitabilidad de los Baños”, cuestiones que no son objeto de nuestra denuncia. Nuestra denuncia era clara y concisa, indicando que EXISTEN NUMEROSOS DAÑOS, HUMEDADES Y DESPERFECTOS EN ESTE BIC Y QUE HAN AUMENTADO CONSIDERABLEMENTE EN LOS ÚLTIMOS MESES Y LO HAN HECHO DE MANERA MUY PREOCUPANTE, HABIENDO AGUJEROS Y DESPRENDIMIENTOS DE TAMAÑO CONSIDERABLE EN LOS MUROS INTERIORES, APORTANDO PARA ELLO NUMEROSAS PRUEBA FOTOGRÁFICAS.
Por todo ello, el Síndic de Greuges, vuelve a ser contundente en las recomendaciones, considerando algunas cuestiones como que: Pudiendo no ser la actuación descrita de la administración lo suficientemente respetuosa con los derechos de la persona afectada, le solicito que considere los argumentos que le expongo a continuación, como fundamento de las consideraciones con las que concluimos (por el tono y las formas en respuestas del tipo: "la presunción o presunciones que se expresan a lo largo del escrito no están basadas en hechos objetivos, sino en juicios de valor, por lo que esta conselleria se va a abstener de hacer comentario alguno"). Y RECOMENDANDO, además, que se adopten todas las medidas que sean necesarias para impulsar la reparación y rehabilitación de los Baños del Almirante de Valencia (BIC) y garantizar la apertura al público y el normal acceso de los visitantes a la Sala de la Caldera.
Las excusas y alegaciones de la Conselleria de Cultura han sido desmontadas una a una, poniendo en evidencia la incapacidad de esta administración pública para hacer frente a los numerosos problemas del patrimonio cultural valenciano, que se empeña en usar las mismas excusas y los mismos argumentos absurdos que ya usaron sus predecesores en el cargo.
Por último, añadir que los Baños del Almirante permanecerán cerrados desde el día 15 de agosto, incluido, hasta finales de mes por falta de personal. La Conselleria de Cultura tiene solo a una persona para ocuparse de este BIC y si la misma cae enferma o coge sus vacaciones, no pone a ninguna persona para relevarla.
Un saludo...
jueves
Recomendaciones del Síndic de Greuges por el abandono de la Estación del Grao (BRL)
lunes
El Palacio de Pineda: la faena del matalafer, fer i desfer
viernes
Recomendaciones del Síndic de Greuges ante el grave abandono de la Barraca de Cotofio o del Tío Tonet (BRL)
miércoles
Recomendaciones del Síndic de Greuges al Ayuntamiento de Valencia para reparar los daños por el incendio en el Portal de Serranos (BIC)
lunes
Desastrosa intervención en la torre del siglo XIV del túnel de Blanqueries
viernes
Recomendaciones del Síndic de Greuges sobre la protección y recuperación del antiguo Horno de Cal de la Cruz Cubierta
Respuesta de la Plataforma Salvem el Metropol al informe del Consell Valencià de Cultura
Desde la Plataforma
Salvem el Metropol queremos hacer unas puntualizaciones y consideraciones
sobre el informe realizado por el Consell Valencià de Cultura (CVC) por
petición de la Delegación de Patrimonio y Recursos Culturales del Ayuntamiento
de Valencia y con el fin de proteger el Cine Metropol.
Partiendo de la base de que el CVC no se ha molestado en
realizar un estudio histórico crítico para evaluar el objeto de discusión, consideramos
que las opiniones de algunos de los miembros del CVC radican única y
exclusivamente en el ámbito de las valoraciones personales y subjetivas,
alejadas completamente de la materia objeto del informe.
La consideración histórica de este cine, vinculada a la
Segunda República, está formalmente y documentalmente probada en la
bibliografía que ha sido ignorada por el propio CVC. Basta con revisar las dos
siguientes referencias bibliográficas para documental y probar formalmente la
vinculación del Cine Metropol con la Segunda República y con el Comité Ejecutivo
Popular (CEP) que ostentaba la representación legal del gobierno central republicano
desde el 5 de agosto de 1936:
- Cosme Ferris, M. D. (2008). El teatro en la ciudad de Valencia. Reconstrucción de la cartelera
valenciana (1936-1939) (Tesis doctoral no publicada). Universitat de
València, València.
- Ferrer Gimeno, F. (2011). Vestuario para El triunfo de las
Germanías. Stichomythia: Revista de teatro
español contemporáneo, 11-12, pp. 268-283.
Independientemente de que el Cine Metropol fuera o no sede de un organismo de gobierno o de otra institución y que tuviera o no relevancia política, cabe recordar al CVC que la DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA DE LA LEY 4/1998 DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL (RECONOCIMIENTO LEGAL DE BIENES INMUEBLES DE RELEVANCIA LOCAL, EN ATENCIÓN A SU NATURALEZA PATRIMONIAL), ARTÍCULO 4, PUNTO 3, dice lo siguiente:
3. El patrimonio
histórico y arqueológico civil y militar de la Guerra Civil en la Comunitat
Valenciana, además de los espacios singulares relevantes e históricos de la capitalidad
valenciana...
Es más que evidente y está más
que demostrado y documentado que el Metropol es un espacio singular, único, relevante
e histórico de la capitalidad valenciana, vinculado a la figura de Vicente Miguel Carceller, personaje
obviado e ignorado de nuevo por las instituciones a las que se le ha solicitado
un informe histórico.
A ello hay que añadir que el Comité Ejecutivo de Espectáculos Públicos
(CEEP), que estaba bajo el control de los principales sindicatos teatrales:
CNT y UGT, fue el responsable de requisar teatros y locales tanto públicos como
privados además de controlar y programar todos los espectáculos con el fin de
apoyar y alentar la resistencia en la zona republicana. Fue el único comité de
esta índole que se creó en toda España y que permaneció activo hasta casi el
final de la Guerra Civil. Por lo tanto, el Cine Metropol es el único edificio
en pie que queda en toda Valencia de un comité único y exclusivo en toda
España.
Además, el Cine Metropol es un inmueble donde SE DESARROLLARON HECHOS DE SINGULAR RELEVANCIA
HISTÓRICA, tal y
como recoge la Ley 14/2017, de 10 de noviembre, de memoria
democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana en el artículo 20
del Título III, pues el Metropol
es el ÚLTIMO
EDIFICIO INTACTO que
perteneció al CEEP y en su interior se INFORMABA a los
ciudadanos del curso de la guerra
y se LEVANTABA LA MORAL de la
RETAGUARDIA, además de servir de evasión a las tropas que del frente venían
a Valencia con días de permiso.
En
este punto, el CVC pasa por alto en su informe el Título III DEL DERECHO A LA MEMORIA DEMOCRATICA VALENCIANA (LEY
14/2017), Capítulo II, titulado LUGARES e ITINERARIOS
de la Memoria Democrática, ARTÍCULO
20. Lugares e itinerarios de la memoria democrática de la Comunitat
Valenciana, dice lo siguiente:
1.
Tendrán consideración de
lugares de la
memoria democrática de
la Comunitat Valenciana aquellos espacios, inmuebles o parajes que se encuentren en ella y revelen
interés para la comunidad autónoma, por haberse desarrollado en ellos hechos de singular
relevancia por su significación histórica, simbólica o por su repercusión en la
memoria colectiva de la lucha de los
valencianos y valencianas por sus
derechos y libertades democráticas en
el período que
abarca desde la proclamación
de la II República Española, el 14 de abril de
1931, hasta la entrada en vigor del Estatuto de autonomía de la Comunitat
Valenciana, el 10 de julio de 1982. Un
ejemplo de esto sería, por ejemplo, la proyección
de espectáculos públicos en el Cine Metropol con el fin de apoyar y alentar la
resistencia en la zona republicana.
En el informe, se sigue apuntando la falta de valor a nivel
arquitectónico e incluso la poca relevancia al considerarse una “obra menor”,
siendo sin embargo una obra de gran singularidad a nivel arquitectónico, además
de por el rótulo de fachada (único elemento en consideración en dichos
informes), también por el diseño de estilo modernista (art déco) presente en su
fachada. Al ser el único cine de esta época que reúne estas características y que
se conserva íntegramente en pie, es pues ejemplo singular y único de esa
tipología edificatoria en la ciudad de Valencia.
Por todo ello, desde nuestra plataforma consideramos que este informe está hecho desde el punto de vista personal de alguno de sus miembros y no de forma consensuada y colectiva como sería de esperar. De la misma forma, un informe de estas características carece de valor académico si en la elaboración del mismo no se ha utilizado la metodología propia de las investigaciones humanísticas, destacando que en el mismo se ha obviado parte de la bibliografía y de la legislación sobre la materia objeto del informe.