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viernes

El Servicio de Comercio y Mercados del Ayuntamiento de Valencia señala a la Asociación de Vendedores del Mercat Central como responsables del mantenimiento del BIC

Buenas tardes,

Un informe realizado por el Servicio de Comercio y Mercados del Ayuntamiento de Valencia, descarga, directamente, toda la responsabilidad en los trabajos ordinarios de mantenimiento y limpieza del Mercat Central en la Asociación de Vendedores, titulares de la gestión del edificio.

Así consta en el documento, fechado el día 7 de septiembre, que nuestra asociación ha obtenido tras solicitarlo al Servici de Transparència i Bon Govern y acudir de nuevo al Síndic de Greuges tras el incumplimiento de nuestro consistorio de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, para el ejercicio del legítimo derecho de acceso a la información pública.

https://noticiasciudadanas.com/abandono-deterioro-mercat-central-valencia/

El pasado 30 de junio, nuestra asociación solicitó por RGE ACCESO Y COPIA ÍNTEGRA, TESTIMONIADA, DOCUMENTAL Y COMPLETA DE LO SIGUIENTE:

a) La solicitud y concesión de los pertinentes permisos y autorizaciones patrimoniales concedidas por el Ayuntamiento de Valencia y/o la Conselleria de Cultura para realizar soldaduras a las vigas originales para soportes de pantallas o de cables tensores para las paradas, entre otros.

La instalación y colocación de varias lonas de publicidad, de una marca de cerveza, atadas con bridas en las vigas de los techos, próximas a la cúpula central; la instalación de conductos y salidas de humos realizados por algunas paradas en las que se cocinan alimentos, así como de cualquier otro elemento impropio que se detecte en la pertinente inspección patrimonial solicitada.

b) Las fechas y detalles de las diferentes inspecciones patrimoniales, con sus correspondientes informes, realizadas por el Ayuntamiento de Valencia en el Mercat Central de Valencia desde el año 2015 hasta la fecha de presentación de este escrito, con el fin de detectar la existencia de los daños, desperfectos y deterioro que aparece reflejado claramente en el punto 2 (a, b, c, d, e, f, g, h, i, y j) y las medidas que se han tomado al respecto para solucionarlos.

c) Si la Asociación de Vendedores del Mercat Central de Valencia ha comunicado o no al Ayuntamiento de Valencia, previamente a la presentación del presente escrito, la existencia de los daños, desperfectos y deterioro que aparece reflejado claramente en el punto 2 (a, b, c, d, e, f, g, h, i, y j) y las medidas que se han tomado al respecto para solucionarlos.

La petición fue completamente ignorada y no se dio traslado de la misma al Servicio de Participación Ciudadana y Gobierno Abierto, demostrando una serie de fallos y errores en cadena, empezando por el servicio que recibe el escrito por RGE y no se molesta en leer todos y cada uno de los puntos y solicitudes incluidas en el documento, para evitar así lo que ha sucedido.

Entrando en el fondo del informe realizado por el Servicio de Comercio y Mercados del Ayuntamiento de Valencia queda patente que se descarga toda la responsabilidad de los daños, desperfectos e intervenciones irregulares en la Asociación de Vendedores, titulares de la gestión del Mercado.

Parece ser que el titular del edificio no tiene ninguna responsabilidad en la función in vigilando y de inspección, a la hora de comprobar obras que se realizan sin los correspondientes permisos y autorizaciones patrimoniales (arrancar el suelo original de pavimento Nolla de algunas paradas, por ejemplo, y que está denunciado ante la Policía Autonómica, Grupo de Patrimonio); instalación de publicidad ilegal en un BIC, etc.

La respuesta del Servicio de Mercados no deja lugar a dudas de lo que está pasando en el BIC del Mercat Central de Valencia:

3.a) No constan solicitudes para la instalación de los elementos que se detallan por lo que no resulta posible facilitar la documentación solicitada.

Por lo tanto, se reconoce abiertamente que se están realizando instalaciones en el interior (monitores, soldaduras, lonas publicitarias, arrancar suelos y reformar paradas con elementos patrimoniales protegidos en el PEP (Pavimento Nolla) sin ningún tipo de solicitud, ni permiso, incumpliendo las normas señaladas en el PEP de Ciutat Vella de 2020.

3.b) No constan inspecciones patrimoniales, por lo que no resulta posible facilitar la documentación solicitada.

Por lo tanto, se reconoce abiertamente que el Ayuntamiento de Valencia, a través del área o servicio municipal competente, no realiza inspecciones periódicas a un edificio catalogado BIC, cuyos problemas han sido recogidos en diferentes medios de comunicación y prensa, además de la presente denuncia efectuada por Círculo por la Defensa del Patrimonio y por algunos vendedores del Mercat.

Respecto a la aparición de vegetación en las fachadas exteriores e interiores, cornisas y desagües, la Oficina Técnica del Servicio de Comercio y Mercados del Ayuntamiento de Valencia, ha contestado al Síndic que la eliminación de esta vegetación debe ser considerada parte de los trabajos ordinarios de mantenimiento y limpieza, que corren a cargo de la Asociación de Vendedores, titulares de la gestión del Mercado.

Igualmente, sobre la vigas de hormigón armado con las barras de hierro, que presentan corrosión, a la vista, también ha sido considerada como parte de los trabajos ordinarios de mantenimiento que debe llevar a cabo la Asociación de Vendedores.

También considera que la instalación de soportes para pantallas y las soldaduras realizadas a las vigas originales  corresponden a “antiguas obras”,  realizadas durante la última rehabilitación del Mercat, en 2010.

Sin embargo, en las fotografías que se adjuntaron al expediente, puede apreciarse que los quemazos están realizados por encima de la actual capa de pintura de las vigas, que fueron restauradas y pintadas en 2010. Por lo tanto, son anteriores y han sido realizadas sin autorización ni permiso alguno.

Sobre los problemas de humedades, eflorescencias, desconchados, goteras, suciedad, excrementos de palomas, pintadas delictivas, vegetación, corrosión, etc. e independientemente que se señale directamente, una y otra vez, a la Asociación de Vendedores, titulares de la gestión del Mercado, el Ayuntamiento de Valencia tiene una serie de obligaciones legales que está incumpliendo.

Además del deber in vigilando y de inspección en un edificio que es de su titularidad, cuando observe daños, deficiencias, irregularidades, incumplimiento de las ordenanzas, obras sin permiso y/o autorización, las debe comunicar y trasladar a la entidad u organismo responsable de subsanarlas. Y a fecha de hoy, no consta que nuestro consistorio haya procedido a esto.

Sobre la presencia de varias lonas de publicidad, de una marca de cerveza, atadas con bridas en las vigas de los techos, próximas a la cúpula central, el Servicio de Mercados ha respondido que “No consta en esta Oficina solicitud ni autorización para la colocación de estos elementos”.

Por ello es importante señalar que en las Normas Urbanísticas y de Protección del PEP de Ciutat Vella (2020), CAPITULO IV.- REGULACIÓN DE LA PUBLICIDAD. Art. 8.8.- Régimen aplicable, queda patente que en los edificios incluidos en el Catálogo del Patrimonio Arquitectónico y Monumental del Plan (el Mercat Central lo está), y mediante autorización municipal (no consta en este caso), se permite la colocación de rótulos que tenga por objeto difundir el carácter histórico artístico del edificio o las actividades culturales o de restauración que en el mismo se realicen.

La colocación de publicidad de una marca de cervezas no entra dentro de ninguna de las excepciones que marca el PEP y menos aún sin ningún tipo de autorización. Es por lo tanto publicidad ilegal y debe procederse a su retirada.

Nuestra asociación vuelve a insistir en que SE REALICE UNA INSPECCIÓN COMPLETA Y MINUCIOSA AL MERCAT CENTRAL DE VALENCIA PARA LOCALIZAR, DETECTAR, EVALUAR, SOLUCIONAR Y REVERTIR LOS DAÑOS Y DESPERFECTOS SEÑALADOS EN NUESTRA DENUNCIA, así como otros posibles daños y desperfectos que puedan encontrarse tanto en el exterior como en el interior del edificio.

Igualmente, hemos pedido que se PROCEDA A RETIRAR INMEDIATAMENTE TODAS Y CADA UNA DE LAS PINTADAS DELICTIVAS QUE PUEDA HABER EN ESTE BIC, ESTABLECIENDO UN PLAN DE CHOQUE Y UN MANTENIMIENTO REGULAR PARA PREVENIR QUE DICHAS PINTADAS SE PERPETÚEN EN EL TIEMPO.

También que se PROCEDA A RETIRAR INMEDIATAMENTE LAS LONAS PUBLICITARIAS ILEGALES, QUE SE HAN INSTALADO SIN AUTORIZACIÓN Y QUE INCUMPLEN LAS NORMAS DEL PEP DE CIUTAT VELLA (2020), IDENTIFICANDO Y SANCIONANDO A LAS PERSONAS RESPONSABLES DE SU COLOCACIÓN.

El Ayuntamiento de Valencia debería plantearse recuperar la gestión municipal del Mercat Central de Valencia, puesto que descarga toda la responsabilidad de los daños, desperfectos e intervenciones irregulares en la Asociación de Vendedores, titulares de la gestión del Mercado. A tenor del informe emitido por la Oficina Técnica del Servicio de Comercio y Mercados, esta asociación de vendedores no debería continuar al frente de la gestión de este BIC, más aún con el gran número de irregularidades que se han detectado.

https://noticiasciudadanas.com/servicio-mercados-vendedores-mercat-central/

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

Daños y desperfectos en el Mercat Central de Valencia

Buenos días,

El Mercat Central de Valencia, Bien de Interés Cultural, presenta desde hace tiempo un estado de suciedad, abandono y falta de mantenimiento alarmante, mostrando a los visitantes locales y foráneos un aspecto indigno y vergonzoso para uno de los mercados de alimentación más grandes e importantes de Europa.

El pasado martes 27 de junio, desde el medio de comunicación Noticias Ciudadanas se hicieron eco de los numerosos problemas que acumula este mercado municipal.

https://noticiasciudadanas.com/mercado-central-de-valencia/

Ayer por la mañana realizamos una inspección al edificio en la que se puede apreciar el preocupante deterioro, debido a una falta de limpieza y mantenimiento regular, tras la última rehabilitación integral realizada en dos fases.

En una primera fase, entre 2004 y 2008, gran parte del edificio se sometió a una intervención dirigida por el estudio Fernández del Castillo Arquitectos. En una segunda fase, entre 2011 y 2012, se procedió a la rehabilitación de las pescaderías, tras unos años de retraso y desacuerdos con el Estado, que se había comprometido a pagar el 50% de esta segunda fase. Una inversión con un coste total de más de 23 millones de euros.

Entre los múltiples problemas detectados, está el crecimiento de vegetación, tanto en el exterior como en el interior del edificio, la presencia de elementos impropios como soldaduras realizadas en las vigas originales, para el anclaje de monitores y cables tensores; la presencia de lonas de publicidad en los techos; conductos y salidas de humos, humedades y eflorescencias en los sótanos; goteras; excrementos de palomas en las paradas de alimentos, cuestión que además supone un grave riesgo sanitario, etc.

Desde Círculo por la Defensa hemos preguntado por RGE si los responsables del Mercat Central han solicitado los correspondientes permisos y autorizaciones patrimoniales para realizar ciertas intervenciones y actuaciones que podrían ser contrarias a la LPCV 4/1998 o si se han ejecutado sin el conocimiento del Ayuntamiento de Valencia, la Comisión de Patrimonio o la propia Dirección General de Cultura y Patrimonio de la Generalitat Valenciana.

Consideramos que puede existir un incumplimiento de la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano y por ello hemos recordado a las administraciones públicas valencianas el artículo 38. Criterios de intervención en Monumentos, Jardines, de la LPCV 4/1998 y posteriores modificaciones:

e) Queda prohibida la colocación de rótulos y carteles publicitarios, conducciones aparentes y elementos impropios en los espacios etnológicos, jardines históricos y en las fachadas y cubiertas de los monumentos, así como de todos aquellos elementos que menoscaben o impidan su adecuada apreciación o contemplación.

La propia LEY 5/2007 de modificación del Patrimonio Cultural Valenciano 4/1998, en su Artículo 4. Colaboración entre las administraciones públicas dice lo siguiente:

2. Las entidades locales (en este caso el Ayuntamiento de Valencia) están obligadas a proteger y dar a conocer los valores del patrimonio cultural existente en su respectivo ámbito territorial. Especialmente les corresponde:

a) Adoptar las medidas cautelares necesarias para evitar el deterioro, pérdida o destrucción de los bienes del patrimonio cultural.

b) Comunicar a la administración de la Generalitat cualquier amenaza, daño o perturbación de su función social de que sean objeto tales bienes, así como las dificultades y necesidades de cualquier orden que tengan para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Ley.

c) Ejercer las demás funciones que expresamente les atribuye esta Ley, sin perjuicio de cuanto establece la legislación urbanística, medioambiental y demás que resulten de aplicación en materia de protección del patrimonio cultural.

3. La Generalitat Valenciana prestará asistencia técnica a las demás administraciones públicas valencianas y establecerá los medios de colaboración con ellas en los casos y en la medida en que fuere necesario para el cumplimiento de los fines de la presente Ley.

Y en su Artículo 5. Colaboración de los particulares añade:

1. Los propietarios y poseedores de bienes del patrimonio cultural valenciano deben custodiarlos y conservarlos adecuadamente a fin de asegurar el mantenimiento de sus valores culturales y evitar su pérdida, destrucción o deterioro.

2. Cualquiera que tuviera conocimiento del peligro de destrucción, deterioro o perturbación en su función social de un bien del patrimonio cultural, o de la consumación de tales hechos, deberá comunicarlo inmediatamente a la administración de la Generalitat o al Ayuntamiento correspondiente, quienes adoptarán sin dilación las medidas procedentes en cumplimiento de la presente Ley.

3. Todas las personas físicas y jurídicas están legitimadas para exigir el cumplimiento de esta Ley ante las administraciones públicas de la Comunidad Valenciana. La legitimación para el ejercicio de acciones ante los tribunales de justicia se regirá por la legislación del Estado.

4. La Generalitat Valenciana fomentará el marco de colaboración con asociaciones de voluntariado para la conservación y difusión del patrimonio cultural valenciano.

A tenor de los múltiples problemas y desperfectos detectados, nos preguntamos qué medidas han tomado y se están tomando desde la Asociación de vendedores del Mercat Central y desde el propio Ayuntamiento de Valencia para solventarlos.

También nos planteamos si desde a Asociación de vendedores del Mercat Central se han puesto en contacto o no con el Ayuntamiento de Valencia para comunicarles estos problemas y si el propio consistorio ha realizado alguna inspección en el BIC para comprobar los daños y desperfectos que llevan tiempo arrastrándose.

Ahora, tras abrir el correspondiente expediente con el Ayuntamiento de Valencia, esperamos obtener respuestas y soluciones, especialmente sobre las denuncias previas, la existencia de expedientes para solucionar los daños y problemas detectados o las inspecciones patrimoniales y sanitarias que se puedan haber realizado en los últimos años.

https://noticiasciudadanas.com/abandono-deterioro-mercat-central-valencia/

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

martes

La Delegación de Igualdad desconoce por qué se instaló la estructura fuera del espacio autorizado en la plaça del Mercat

Buenas tardes,

El pasado 26 de noviembre de 2022 denunciamos, a través de las RRSS y de los medios de comunicación, la instalación de una estructura metálica con forma de cubo en la plaça del Mercat, por el Dia Internacional de l'Eliminació de la Violència contra les Dones.

https://twitter.com/GHPatrimonioVLC/status/1596426360071020545s=20&t=WFVl_gWVaZxrA9qrlhPvlQ

https://twitter.com/GHPatrimonioVLC/status/1596607362621911041s=20&t=WFVl_gWVaZxrA9qrlhPvlQ

https://twitter.com/GHPatrimonioVLC/status/1597283065759379456s=20&t=WFVl_gWVaZxrA9qrlhPvlQ

Esta estructura se colocó justo delante de la Lonja de los Mercaderes, Patrimonio de la Humanidad UNESCO, y dentro del entorno de protección libre de ocupación del monumento que viene recogido en el PEP de Ciutat Vella (2020).

Ante la falta de respuesta y de explicaciones sobre quién había autorizado dicha instalación, en fecha 4 de diciembre de 2022 nos dirigimos al Ayuntamiento de Valencia por RGE.

En nuestro escrito recordábamos que el Servicio de Patrimonio Histórico del Ayuntamiento de Valencia ya había informado, en otras ocasiones, que En esa zona, no se autoriza nada. Además, si una instalación se pretende situar en el entorno de protección, el plan obliga a pedir informe del Servicio de Patrimonio Histórico Artístico y de la Comisión de Patrimonio”.


Y en virtud de lo previsto en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno iniciamos el procedimiento para el ejercicio de nuestro legítimo derecho de acceso a la información pública, solicitando al Ayuntamiento de Valencia que PROCEDA A FACILITARNOS ACCESO Y COPIA ÍNTEGRA, TESTIMONIADA, DOCUMENTAL Y COMPLETA DE:

a) El informe y/o autorización del Servicio de Patrimonio Histórico Artístico en el que se autorice la instalación de una estructura metálica con forma de cubo, que fue situada en la plaça del Mercat durante los días 25, 26, 27 y 28 de noviembre de 2022, delante de la Lonja de los Mercaderes, Patrimonio de la Humanidad UNESCO, y dentro del entorno de protección libre de ocupación del monumento que viene recogido en el PEP de Ciutat Vella (2020), para celebrar el “Día internacional de la eliminación de la violencia contra todas las mujeres”.

b) El informe y/o autorización de la Comisión de Patrimonio en el que se autorice la instalación de una estructura metálica con forma de cubo, que fue situada en la plaça del Mercat durante los días 25, 26, 27 y 28 de noviembre de 2022, delante de la Lonja de los Mercaderes, Patrimonio de la Humanidad UNESCO, y dentro del entorno de protección libre de ocupación del monumento que viene recogido en el PEP de Ciutat Vella (2020), para celebrar el “Día internacional de la eliminación de la violencia contra todas las mujeres”.

a) La petición del área o servicio municipal y/o de la Conselleria de la Generalitat Valenciana correspondiente, para instalar una estructura metálica con forma de cubo en la plaça del Mercat durante los días 25, 26, 27 y 28 de noviembre de 2022, delante de la Lonja de los Mercaderes, Patrimonio de la Humanidad UNESCO, y dentro del entorno de protección libre de ocupación del monumento que viene recogido en el PEP de Ciutat Vella (2020), para celebrar el “Día internacional de la eliminación de la violencia contra todas las mujeres”.

En fecha 1 de febrero de 2023, la Delegación de Igualdad nos informó lo siguiente:

1. "Con motivo de la campaña de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas por el 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, desde la Delegación de Igualdad y Políticas de Género y LGTBI se autorizó desde el día 23 al 27 de noviembre la instalación de una estructura cuadrada de 4x3 en la Plaça del Mercat, al lado de la plaza de Margarida Borràs, por ser este el único espacio que se encuentra fuera de los entornos libres de ocupación del Mercado Central, de la Lonja de Mercaderes y de la Iglesia de San Juan del Mercado. Esta Delegación desconoce el motivo por el cual finalmente se instaló la estructura fuera del espacio autorizado, pero tan pronto como fue conocedora de este hecho, se puso en contacto con la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas al objeto de que procedieran a su retirada, otorgando una nueva autorización para la instalación de la estructura en la plaza de Ciudad de Brujas”.

2. De conformidad con la moción aprobada el 4 de noviembre por la Junta de Gobierno Local, se regula en la Disposición Adicional Primera de la Ordenanza reguladora de la Ocupación del Dominio Público Municipal, la tramitación de las ocupaciones del dominio público derivadas de actos organizados, promovidos, colaborados o participados por el Ayuntamiento de Valencia o los organismos de él dependientes, al no precisar de autorización municipal expresa, será competencia de la Concejalía, Organismo o unidad administrativa municipal que organice, promueva, colabore o participe en este acto, debiendo, a tal fin, obtener los informes oportunos de aquellos otros servicios municipales con competencias en la materia de que se trate.

3. Asimismo, remitimos nota interior de la actividad que se pretende realizar, al Servicio de Ocupación del Dominio Público Municipal, en la Delegación de Policía Local y en la Delegación de Movilidad Sostenible e Infraestructuras de Transporte Público, para su conocimiento y efectos oportunos.

La respuesta ofrecida por la Concejalía de Igualdad choca frontalmente con el PEP de Ciutat Vella de 2020, además de contradecir la respuesta ofrecida por el Servicio de Patrimonio Histórico del Ayuntamiento de Valencia, que de manera contundente afirma que "En esa zona, no se autoriza nada. Además, si una instalación se pretende situar en el entorno de protección, el plan obliga a pedir informe del Servicio de Patrimonio Histórico Artístico y de la Comisión de Patrimonio”. La Delegación de Igualdad habla, además incorrectamente, de "fuera de los entornos (son áreas) libres de ocupación del Mercado Central, de la Lonja de Mercaderes y de la Iglesia de San Juan del Mercado", mientras que Patrimonio menciona expresamente entorno de protección, no de ocupación. Son dos cosas completamente diferentes.

Señalar que la estructura, además, se colocó a escasos metros de la fachada de la Lonja de los Mercaderes, teniendo en cuenta que este monumento, Patrimonio de la Humanidad, cuenta con un área libre de ocupación de ocho metros desde la fachada principal y que la instalación estuvo allí almenos durante tres días. Ni las cámaras ni la Policía Local de Valencia vieron nada raro ni irregular.

Argumentar pues que la instalación se "autorizó" al lado de la plaza de Margarida Borràs, por ser este el único espacio que se encuentra fuera de los entornos libres de ocupación del Mercado Central, sin tener en cuenta la afección directa a las visuales de los monumentos (y su entorno de protección) y decir que se desconoce el motivo por el cual finalmente se instaló la estructura fuera del espacio autorizadodemuestra un desinterés y una falta de profesionalidad inadmisibles.

Igualmente resulta relevante que se notifique al Servicio de Ocupación del Dominio Público Municipal, a la Delegación de Policía Local y a la Delegación de Movilidad Sostenible e Infraestructuras de Transporte Público, ignorando de nuevo al Servicio de Patrimonio Histórico y a la Comisión de Patrimonio con los argumentos que se sacan de la chistera.

Además de la crónica falta de inspecciones, queda patente que se siguen otorgando licencias y permisos sin comprobar, en el momento del montaje, que cumplen con lo autorizado. En la información aportada a través del Servicio de Transparencia, la Concejalía de Igualdad no se aporta el plano de situación donde se iba a colocar la estructura, desconociendo el supuesto lugar exacto donde lo habían autorizado.

Lamentablemente, el Ayuntamiento de Valencia sigue permitiendo todo tipo de instalaciones, actos y colocación de cachivaches en la plaça del Mercat y en el entorno de protección de la Lonja de los Mercaderes, el Mercat Central y la iglesia de los Santos Juanes, porque ni sabe ni quiere hacer correctamente su trabajo. Sus esfuerzos y atención se centran en intentar justificar lo injustificable con informes inverosímiles que vulneran constantemente la legislación vigente en materia de patrimonio y en este caso concreto el PEP de Ciutat Vella del 2020.

Un saludo...

Las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

jueves

Nueva metedura de pata del Ayuntamiento de Valencia: bancos pegados a la fachada del Mercat Central (BIC)

Buenas tardes,

Estamos ante la enésima metedura de pata de los (ir)responsables del Ayuntamiento de Valencia. 

A estas alturas, ya nos da exactamente igual qué concejalía, área, servicio, contrata, subcontrata o sub subcontrata de la parte contratante de la primera parte sea la responsable de esto. Ninguna va a dar la cara públicamente, ni va a asumir responsabilidades. Se van a dedicar a pasarle el muerto al vecino de al lado, como suelen hacer aquellos incompetentes que son incapaces de reconocer los numerosos errores que se están cometiendo en los bienes patrimoniales y en los entornos de protección de nuestra ciudad.

Los causantes de este nuevo ataque a el entorno de protección de un BIC deben desconocer, ignorar o pasarse por el Arco de Triunfo la LPCV 4/1998 y posteriores modificaciones. Concretamente el artículo 38. Criterios de intervención en Monumentos, Jardines Históricos y Espacios Etnológicos, lo siguiente:

e) Queda prohibida la colocación de RÓTULOS Y CARTELES PUBLICITARIOS, conducciones aparentes y ELEMENTOS IMPROPIOS en los espacios etnológicos, jardines históricos y EN LAS FACHADAS y cubiertas de los monumentos, así como de todos aquellos elementos que menoscaben o impidan su adecuada apreciación o contemplación.

No hay que irse mucho más lejos para ver que en el PEP de Ciutat Vella de Valencia (2020) aparecen perfectamente establecidas y definidas las ÁREAS DE PROTECCIÓN LIBRE DE OCUPACIÓN de los BIC, en las cuales, evidentemente, no puede haber ni contenedores, ni papeleras ni otro mobiliario urbano dentro de esas áras y mucho menos aún, pegado a las fachadas de edificios catalogados.

El Mercat Central es un BIC y el Síndic de Greuges ya ha emitido tres recomendaciones al Ayuntamiento de Valencia, en las quejas nº1800518, nº190030 y nº20028809, en las que les instaba a retirar el mobiliario y resto de elementos impropios, denunciados por nuestra asociación. Entre ellos, unas papeleras que había pegadas al Mercat Central, junto a la fachada del edificio de la Concejalía de Comercio y Abastecimiento.

Ahora, de nuevo, algún irresponsable de nuestro consistorio permite, por acción u omisión que se coloquen dos bancos bien pegados al edificio. Así, por las bravas e ignorando toda la legislación y las normas vigentes en materia de patrimonio cultural.

El dibujante y guionista Francisco Ibáñez tiene material de sobra para escribir varios números de las historietas de Pepe Gotera y Otilio, chapuzas a domicilio, y solo en Valencia. En breve, asistiremos a un nuevo capítulo de las delirantes meteduras de pata de nuestro consistorio.

Un saludo...