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miércoles

El Síndic de Greuges tumba el "peloteo" y las excusas del Ayuntamiento de Valencia por el expolio de la placa de los Bomberos en la Plaza de la Virgen

Buenos días,

Un nuevo y contundente varapalo de la Sindicatura de Greuges ha desenmascarado cuatro años de absoluta inacción, opacidad y el intento del Servicio de Patrimonio Histórico de retorcer la Ley de Transparencia para tapar su desidia administrativa.

En el mes de julio ya publicamos una entrada en que hablámos de la placa conmemorativa del 150 aniversario del Cuerpo Municipal de Bomberos de Valencia, situada en el número 6 de esta emblemática plaza, que de la noche a la mañana fue arrancada sin que nadie se percatara de ello.

Este elemento ornamental y de reconocimiento público fue instalado por el propio consistorio el 8 de marzo de 2007. Su ubicación no era caprichosa: rendía tributo histórico al emplazamiento donde se constituyó la primera Brigada de Bomberos Zapadores de la ciudad decimonónica. Un buen día, la placa de piedra simplemente desapareció, dejando tras de sí una cicatriz y el más absoluto silencio institucional.

Esta semana el Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana ha dictado una Resolución de Consideraciones fulminante, con fecha 21 de agosto de 2026, acorralando al Ayuntamiento de Valencia y desmontando de manera categórica las insólitas excusas esgrimidas por sus técnicos para justificar cuatro años de provada y total inactividad.

Para comprender la gravedad del escenario actual, es imprescindible desglosar cronológicamente un expediente que plasma a la perfección las peores patologías de la burocracia local. Todo comenzó el 25 de marzo de 2022, cuando registramos una solicitud formal exigiendo explicaciones sobre la desaparición de la insignia conmemorativa y demandando su inmediata restitución. Ante la callada por respuesta, nos vimos obligados a acudir al Síndic de Greuges (expediente de queja n.º 202202383).

En el marco de aquella primera investigación, el 5 de agosto de 2022, el Servicio de Patrimonio Histórico y Artístico emitió un informe alegando que “se está a la espera de un informe de licencias urbanísticas que pudiese indicar si ha habido alguna intervención sobre la fachada del inmueble”. El 21 de septiembre de 2022, el Síndic dictó una resolución rotunda en la que recomendaba al Ayuntamiento facilitar de inmediato la información pendiente, mantener informado al promotor sobre las gestiones para recolocar la placa y, en su caso, depurar las posibles responsabilidades.

Apenas unos días después, el 30 de septiembre de 2022, el Ayuntamiento de Valencia ACEPTÓ formalmente las recomendaciones del Síndic. En términos jurídicos, el consistorio asumió una obligación de hacer. Lo que vino después fue el vacío más absoluto. Durante casi cuatro años, la administración local guardó un silencio sepulcral. Ni se remitió el informe de Licencias Urbanísticas, ni se iniciaron labores de inspección en la fachada, ni se contactó con esta asociación. La placa continuaba en paradero desconocido y la impunidad de su retirada parecía sellada por el olvido institucional.

Habiendo constatado que la aceptación de las recomendaciones por parte del Ayuntamiento de Valencia fue un burdo movimiento estético para cerrar el expediente sin mover un solo dedo, el 8 de julio de 2026 registramos formalmente ante el Síndic una nueva queja solicitando la reapertura del expediente. En nuestro escrito pusimos de manifiesto la flagrante indefensión y la opacidad sistemática a la que se nos estaba sometiendo, exigiendo que se fiscalizara de verdad qué había ocurrido en esos cuatro años de parálisis.

Admitida la reapertura a trámite con una celeridad encomiable por parte de la Sindicatura, se le otorgó al Ayuntamiento el plazo legal de un mes para justificar las medidas adoptadas. La respuesta municipal tuvo entrada en la institución del defensor del pueblo el 10 de agosto de 2026. Y lejos de encontrarnos ante un ejercicio de asunción de responsabilidades o un plan de acción para la restitución del bien demanial, topamos con un informe que constituye un auténtico monumento a la evasiva y al fraude conceptual.

El informe remitido por el consistorio, vuelve a incidir en la táctica de sacudirse las pulgas institucionales. En su texto, reiteran textualmente lo que ya dijeron en 2022:

“El Servicio de Patrimonio Histórico y Artístico no colocó dicho elemento ornamental y conmemorativo... Y llegados a este punto sólo cabe tras traslado al Servicio que encargó la colocación de la placa...”

Es decir, en cuatro años, el Servicio de Patrimonio Histórico no ha sido capaz de cruzar un pasillo municipal o de enviar un correo interno automatizado al servicio homólogo para coordinar la investigación. Pero el verdadero despropósito jurídico del informe llega cuando los técnicos pretenden redefinir el marco de la legislación de transparencia para amparar su propia desidia. Afirman textualmente:

“Tal y como se ha indicado anteriormente, PRIMERO, no nos encontramos ante un derecho de información pública en tanto no aparezca documentada la información que sustentan las actuaciones realizadas. No obstante, se acepta la recomendación (...) SEGUNDO.- Se acepta la recomendación indicada a modo de recordatorio en el caso de encontrarnos ante un trámite de información pública, que no ha sido el caso por los motivos expuestos en el presente informe.”

Para rematar el desastre de gestión, los técnicos concluyen con una confesión palmaria de inactividad: “Este Servicio se reitera en lo ya indicado en su momento sin que tenga constancia de nueva actuación relativa a este asunto”. Cuatro años resumidos en un indolente "no sabemos nada y nada hemos hecho".

Es inadmisible que un servicio municipal intente eximirse alegando que "ellos no colocaron la placa". De acuerdo con el artículo 11.1 de la Ley 7/1985 (LRBRL), el Municipio de Valencia goza de una personalidad jurídica única e indivisible. Frente al ciudadano y ante el Síndic de Greuges, quien responde es el Ayuntamiento de Valencia en su conjunto, no una concejalía aislada. Fragmentar la responsabilidad para crear un bucle de "peloteo" interdepartamental viola flagrantemente el principio de coordinación y eficiencia consagrado en el artículo 3.1 de la Ley 40/2015 (LRJSP).

Sostener que no existe derecho de acceso a la información pública porque "no aparece documentada la información" constituye una aberración jurídica y una trampa conceptual intolerable. Conforme al artículo 13 de la Ley 19/2013 y al artículo 20 de la Ley 1/2022 de la Generalitat Valenciana, los contenidos y la inactividad de los expedientes SÍ son información pública.

Saber si consta o no consta una licencia urbanística en un edificio protegido de Ciutat Vella es información pública obligatoria. Si la respuesta es que "no hay documento porque el Ayuntamiento no ha inspeccionado", la obligación legal es certificar formalmente dicha inexistencia de expediente (lo que constata una infracción urbanística evidente de la propiedad). Pretender que la ausencia de actuación exime de la transparencia generaría una paradoja ilegal idónea para la corrupción: bastaría con que un Ayuntamiento decidiera no investigar un hecho para decretar que los ciudadanos pierden el derecho a preguntar sobre él.

El Ayuntamiento afirmó tramposamente que "aceptaba" las recomendaciones del Síndic en 2022, pero en su informe de 2026 pretendió añadir la salvedad de que no se aplicaban al caso concreto por no ser un trámite de información pública. Esta maniobra constituye una aceptación ficticia o condicionada, una figura radicalmente prohibida en el ordenamiento administrativo que vulnera de forma flagrante la doctrina de los actos propios (venire contra factum proprium non valet) y el principio de buena fe.

Al reconocer por escrito que no tienen constancia de ninguna nueva actuación desde 2022, los técnicos firmaron una confesión expresa de pasividad omisiva. El Ayuntamiento ha incumplido de manera flagrante el artículo 103 de la Constitución Española (deber de eficacia) y los artículos 41 y 55 de la Ley 33/2003 del Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP), los cuales imponen a los municipios la obligación inexcusable de investigar, defender y recuperar de oficio los bienes de propiedad pública que hayan sido ilegalmente retirados por particulares.

La contundencia y solidez de nuestros argumentos jurídicos han sido plenamente validadas por el alto comisionado de las Corts Valencianes. El 21 de agosto de 2026, apenas diez días después de nuestras alegaciones, llegó la Resolución de Consideraciones a la Administración en la que tumba sin paliativos la estrategia de distracción del Ayuntamiento de Valencia.

En el apartado de Conclusiones de la investigación, el veredicto del Síndic es demoledor y no deja margen a la interpretación:

“No consta que el Ayuntamiento de Valencia haya realizado alguna actuación en cumplimiento de la Resolución de consideraciones de fecha 21/9/2022 (...). La referida entidad local, en el informe municipal que tuvo entrada en esta institución con fecha 10/8/2026, no ha detallado ninguna sola actuación efectuada para recolocar la placa y, en su caso, depurar las posibles responsabilidades.”

Es decir, el defensor del pueblo valenciano deja constancia oficial e institucional de que el Ayuntamiento de Valencia ha faltado a la verdad, ha ignorado sus resoluciones previas y ha mantenido los brazos cruzados durante cuatro largos años frente al expolio de un bien de titularidad pública en un entorno protegido.

Por todo ello, el Síndic de Greuges eleva un ultimátum formal y emite la siguiente RECOMENDACIÓN imperativa al consistorio:

“RECOMENDAMOS que, en cumplimiento de la anterior Resolución de consideraciones de fecha 21/9/2022, se efectúen todas las actuaciones que sean necesarias para recolocar la placa y, en su caso, depurar las posibles responsabilidades.”

De acuerdo con la legislación que regula la institución del Síndic, el Ayuntamiento de Valencia se encuentra ahora formalmente obligado a remitir, en el plazo máximo e improrrogable de un mes, un informe detallado en el que manifieste de manera explícita si acepta la resolución y, de ser así, qué medidas concretas, técnicas y cronológicas va a adoptar para ejecutar la recolocación de la placa de los bomberos y la depuración de responsabilidades.

El 'caso de la placa de los Bomberos' ha dejado de ser la simple pérdida de una insignia conmemorativa para transformarse en una enmienda a la totalidad contra la opacidad, el peloteo burocrático y el desprecio hacia la legalidad urbanística que impera en los pasillos del consistorio.

Arrancar elementos de una fachada catalogada en el entorno protegido del Plan Especial (PEP) de Ciutat Vella y de un Bien de Interés Cultural (BIC) como la Plaza de la Virgen es un hecho de una gravedad indiscutible. Que la administración encargada de velar por el cumplimiento de la ley reaccione con desidia, silencio y argucias técnicas para no investigar a los responsables es, si cabe, un síntoma mucho más preocupante.

Desde nuestra asociación no vamos a tolerar que este requerimiento del Síndic de Greuges vuelva a ser archivado en un cajón. Exigimos que la Alcaldía-Presidencia, haciendo uso de sus facultades superiores de dirección, coordine de forma inmediata a los servicios de Licencias Urbanísticas, Disciplina e Inspección, y al propio Cuerpo de Bomberos para proceder a la restitución material de la placa, o a la realización de una réplica exacta a costa del infractor, de forma inminente.

La memoria histórica y el patrimonio mueble de Valencia pertenecen a la ciudadanía, no al arbitrio o la pereza de sus gobernantes. Seguiremos paseando, observando, denunciando y, sobre todo, exigiendo con la ley en la mano que se respete la dignidad de nuestro patrimonio y de nuestra historia.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

El misterio de la placa de los bomberos en la Plaza de la Virgen: cuatro años de peloteo burocrático, desidia municipal y desprecio al patrimonio de Valencia

Buenas tardes,

hoy volvemos a denunciar un nuevo y flagrante caso de desidia institucional, opacidad administrativa y desprecio absoluto por el patrimonio mueble de todos los valencianos.

Hablamos de la misteriosa desaparición de la placa conmemorativa del 150 aniversario de la fundación del Cuerpo Municipal de Bomberos de Valencia, instalada formalmente por el propio consistorio el 8 de marzo de 2007 en la fachada del inmueble número 6 de la citada plaza. Un bien de titularidad pública que un buen día, sin fecha conocida, se "esfumó" de la vista de todos y que, tras cuatro largos años de denuncias, el Ayuntamiento de Valencia sigue manteniendo en el limbo del olvido y el silencio administrativo. Estamos en 2026, y el peloteo burocrático interno continúa mientras la impunidad campa a sus anchas en pleno centro histórico.

Para ponernos en antecedentes, debemos viajar al año 1857. En aquel momento se institucionalizó un servicio esencial para la seguridad y la supervivencia de la ciudad, que hasta la fecha era privado y dependía de las mutuas de seguro: nuestro cuerpo de bomberos municipal. En marzo de 2007, con motivo de sus 150 años de abnegado servicio público, el Ayuntamiento de Valencia consideró de justicia rendirles homenaje colocando una placa conmemorativa en la fachada de la Plaza de la Virgen n.º 6, un enclave emblemático del emplazamiento de la primera Brigada de Bomberos Zapadores.

Sin embargo, tras unas obras de intervención o por decisión unilateral de la propiedad del edificio, cuestión que el Ayuntamiento sigue sin explicar o dice desconocer, la placa fue retirada de la fachada. Al percatarnos de esta intolerable mutilación de la memoria urbana de Valencia, en el año 2022, desde nuestra asociación lo denunciamos e iniciamos la correspondiente batalla administrativa.

Y ante la callada por respuesta de los servicios municipales, decidimos acudir al Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, abriéndose el expediente de queja nº 2202383. Lo que parecía un trámite sencillo para que un Ayuntamiento ágil repusiera un bien de su propiedad se ha convertido en una auténtica radiografía de las patologías burocráticas que asfixian a nuestra administración local.

El 21 de septiembre de 2022, el Síndic de Greuges dictó una resolución contundente llena de consideraciones legales hacia el Ayuntamiento de Valencia. En ella, la institución autonómica emitió dos pronunciamientos taxativos:

"RECOMENDAMOS que (...) se facilite al autor de la queja la información pública que se encuentra pendiente, manteniéndole informado sobre las actuaciones municipales que se realicen para recolocar la placa y, en su caso, depurar las posibles responsabilidades."

"RECORDAMOS EL DEBER LEGAL de contestar motivadamente las solicitudes de acceso a la información pública en el plazo máximo de un mes."

Pocos días después, el 30 de septiembre de 2022, el Servicio de Patrimonio Histórico y Artístico del Ayuntamiento emitió un informe formal en el que ACEPTÓ formalmente las recomendaciones del Síndic. En el lenguaje de la administración, esto significa que asumieron la obligación jurídica y el compromiso ante la ciudadanía de investigar el paradero del objeto, facilitar la documentación a nuestra asociación y reponer la placa.

¿Qué ha pasado desde entonces? Absolutamente nada. Las palabras se las llevó el viento, y los compromisos institucionales terminaron sepultados bajo toneladas de pasividad y desgana municipal, como viene siendo la tónica habitual desde hace décadas.

El nudo gordiano de este despropósito reside en una argucia administrativa utilizada hasta la saciedad por los técnicos locales: el conflicto competencial interno. En un informe fechado el 5 de agosto de 2022, el Servicio de Patrimonio Histórico dejó por escrito la siguiente perla:

"Se está a la espera de un informe de licencias urbanísticas que pudiese indicar si ha habido alguna intervención sobre la fachada del inmueble, cuestión que se informará tan pronto se reciba el escrito indicado".

Han pasado casi cuatro años desde que se redactaron esas líneas. Cuatro años en los que un simple folio que debe cruzar los pasillos municipales desde el Servicio de Licencias Urbanísticas hasta el de Patrimonio Histórico parece haber quedado atrapado en una dimensión desconocida (The Twilight Zone). A fecha actual, ese informe jamás nos ha sido remitido, ni consta que se haya incorporado de manera efectiva al expediente. No se nos ha comunicado nada. La opacidad es total; la indefensión del ciudadano que defiende su patrimonio, absoluta.

Frente a esta lamentable estrategia de dilación, desde nuestra asociación recordamos al consistorio que el Ayuntamiento de Valencia no es una constelación de reinos de taifas independientes. De acuerdo con el artículo 11.1 de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), el Municipio goza de personalidad jurídica única y de plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Ante el administrado, el Ayuntamiento es un todo indivisible. Utilizar el silencio o el retraso crónico de un departamento (Licencias) para justificar el incumplimiento de las obligaciones de otro (Patrimonio) constituye una intolerable quiebra del artículo 6.1 de la misma LRBRL y del artículo 3.1 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, que obligan a toda Administración a actuar bajo los principios de eficacia, eficiencia y estricta coordinación. Algo que, lamentablemente, rara vez ocurre.

Llegados a este punto, conviene analizar la gravedad de la desaparición de la placa desde una perspectiva jurídica estricta. Sabemos perfectamente que la placa data del año 2007. No tiene, por tanto, un valor histórico intrínseco de carácter multisecular, ni está catalogada individualmente como Bien de Relevancia Local (BRL) o Bien de Interés Cultural (BIC). Sin embargo, restarle importancia por este motivo es un gravísimo error de bulto en el que caen los técnicos negligentes.

El edificio donde se ubicaba la placa ostenta, con total seguridad, un Nivel 2 de protección parcial/estructural en el Plan Especial de Protección (PEP) de Ciutat Vella. Además, la Plaza de la Virgen forma parte de un Conjunto Histórico catalogado como BIC. Cualquier alteración física de esa fachada sin la preceptiva licencia urbanística, como lo es arrancar un elemento conmemorativo fijado a la sillería o paramento exterior, rompe de forma drástica la legalidad urbanística de un entorno monumental protegido.

La placa es, a todos los efectos, un bien de naturaleza demanial o patrimonial de titularidad municipal. El Ayuntamiento no puede encogerse de hombros ante su desaparición. El artículo 4.1.d) de la LRBRL otorga de forma nítida a los municipios la «potestad de investigación, deslinde y recuperación de oficio de sus bienes», complementado por el artículo 5 del mismo texto legal, que consagra su plena capacidad para «reivindicar» toda clase de pertenencias demaniales.  

A mayor abundamiento, los artículos 4, 41 y 44 de la Ley 33/2003 del Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP) imponen a las entidades locales la obligación inexcusable de defender activamente su patrimonio frente a las retenciones indebidas de los particulares. Si el propietario del inmueble retiró la placa por su cuenta y riesgo, el Ayuntamiento tiene el deber de incoar un expediente sancionador y forzar la restauración inmediata del paramento.

Si el propietario o un tercero (cuestión que desconocemos porque no se nos ha informado al respecto) desatornilló o arrancó la placa de la fachada con el fin de destruirla, guardarla, quedársela para lucrarse con el material, podríamos estar ante figuras delictivas de indudable gravedad:

- Un posible Delito de Daños Agravado (Art. 263.2.4º del Código Penal) al tratarse de daños causados en bienes de uso público o comunal.

- Un Posible Delito de Hurto Agravado (Art. 235.1.1º del Código Penal), castigado con penas de uno a tres años de prisión, al recaer sobre bienes de indudable utilidad pública y comunitaria.

- Un posible Delito contra el Patrimonio Histórico (Art. 323 del Código Penal), si la remoción violenta del soporte afectó o dañó los elementos arquitectónicos de la fachada del inmueble catalogado en el PEP de Ciutat Vella.

¿Está el Ayuntamiento encubriendo con su pasividad un posible ilícito penal contra sus propios bienes demaniales? Esa es la gran pregunta que sigue en el aire debido a la flagrante retención de la información pública.

Y como ya os imagináis, la inactividad municipal que viola el principio de eficacia del artículo 103 de la Constitución Española merece una respuesta contundente. Por ello, os anunciamos que hemos registrado formalmente ante el Síndic de Greuges un exhaustivo documento solicitando la REAPERTURA INMEDIATA del expediente de queja n.º 2202383.

En este nuevo escrito, formulamos una batería de peticiones coercitivas para evitar que las concejalías sigan escurriendo el bulto:

Plazo perentorio de 30 días: Exigimos al Síndic que conmine al Ayuntamiento de Valencia (Servicio de Licencias Urbanísticas) a remitir de una vez por todas el informe técnico comprometido desde agosto de 2022.

Obligación de instalar una réplica material: Si el Ayuntamiento manifiesta desconocer el paradero de la placa original o asume su pérdida, solicitamos que se le obligue a costear de forma subsidiaria, con cargo a los presupuestos municipales, la fundición e instalación de una réplica exacta de la placa del 150 aniversario de los bomberos en la fachada de la Plaza de la Virgen n.º 6. El extravío por desidia no extingue la obligación de restituir el daño.

Depuración de responsabilidades e inclusión como administración obstructora: Solicitamos que se identifique y sancione al propietario o tercero infractor, repitiendo contra él todos los costes, y que se depuren las responsabilidades disciplinarias internas de los técnicos municipales que han permitido este limbo de cuatro años. En caso de persistir en el silencio, pedimos que el Ayuntamiento de Valencia sea incluido de forma destacada en el Informe Anual ante las Corts Valencianes como "Administración obstructora y no colaboradora".

La memoria de Valencia también se defiende a pie de calle, manteniendo intactos los testimonios históricos que rinden honores a quienes construyeron nuestra sociedad, como el Cuerpo de Bomberos.

No vamos a permitir que un rincón tan importante para el urbanismo valenciano como la Plaza de la Virgen sea objeto de impunidad, desidia y silencios cómplices. Seguiremos paseando por Valencia, pero siempre con los ojos bien abiertos, denunciando cada atropello y exigiendo el cumplimiento íntegro de la Ley. Os mantendremos informados del devenir de esta reapertura.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

sábado

Las letras del refugio de la calle Espada: las grietas en la fachada de la memoria

Buenas tardes y ¡Feliz Año Nuevo!,

Como bien sabrán nuestros lectores, llevamos más de una década denunciando el abandono del refugio de la calle Espada de Valencia, con múltiples recomendaciones del Síndic de Greuges que se van aceptando pero, a su vez, se ignoran y siguen sin cumplirse.

Además del abandono del refugio, lleno de pintadas y cubierto de vegetación, hay que señalar que la tipografía, ubicada en la fachada de un edificio de la plaza de Tetuán y que anuncia la proximidad de este refugio, se enfrenta a su enemigo más letal: no las bombas fascistas, sino la falta de inspecciones, de vigilancia y, como no, la desidia y lentitud municipal para resolver cualquier problema que afecta al patrimonio.

El refugio antiaéreo de la calle Espada es un Bien de Relevancia Local (BRL), un espacio sagrado de memoria democrática construido en 1937. Y la tipografía que indica la presencia próxima de uno de los refugios es ÚNICA. Mientras Valencia era capital de la Segunda República, miles de ciudadanos bajaban a estas entrañas de hormigón buscando salvar la vida mientras el cielo escupía fuego. Hemos escrito largo y tendido sobre su arquitectura, su estado de abandono, sobre su diseño funcional pensado para la supervivencia y sobre cómo, en otras ciudades europeas, un lugar así sería un museo cuidado con mimo. Aquí, sin embargo, parece que molestan y que son ignorados. Y especialmente este.

La situación actual es intolerable y peligrosa. Como podéis ver en las imágenes que adjuntamos a esta denuncia pública, el deterioro de las letras presentes en esa fachada de la plaza Tetuán ha cruzado la línea roja de la conservación para entrar de lleno en el terreno de la seguridad ciudadana.

La letra R que forma parte de la palabra "REFUGIO", una tipografía histórica que ha resistido más de ocho décadas, está a punto de ceder. No estamos hablando de una simple suciedad ambiental o de un desgaste estético. Lo que muestra la fotografía es una patología estructural grave: grietas transversales profundas que están fracturando el hormigón.

Es evidente que el material ha perdido cohesión. La falta de mantenimiento ha permitido que la humedad penetre, probablemente dañándola interiormente, lo que provoca que el material estalle hacia afuera.

¿A qué espera el Ayuntamiento de Valencia? ¿Necesitamos que un cascote de historia le abra la cabeza a un viandante o a las personas que hacen cola a diario allí para que se dignen a actuar? Debemos recordar que justo al lado está la embajada de Colombia y que a diario se forman colas justo debajo de esas letras.

Nos sigue resultando vergonzoso que, mientras nuestro consistorio y sus responsables e llenan la boca con discursos sobre la "memoria histórica" y el "turismo cultural", permitan que los elementos que sustentan esa memoria se caigan a pedazos en la vía pública. Esto no es solo un atentado contra el patrimonio; es una negligencia temeraria en el mantenimiento de la vía pública. Estas letras están pidiendo auxilio a gritos desde hace tiempo y el silencio de la administración es ensordecedor.

Desde nuestra asociación y con la experiencia que nos avala tras años de lucha por el patrimonio valenciano, EXIGIMOS:

1. Una inspección técnica inmediata por parte de los bomberos y los técnicos de patrimonio del Ayuntamiento para evaluar el riesgo de desprendimiento.

2. La instalación urgente de medidas de protección (mallas o andamiaje) para garantizar la seguridad de los vecinos y viandantes.

3. Un proyecto de consolidación y restauración de las letras y la fachada, respetando escrupulosamente los materiales originales, tal y como marca la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano.

No queremos parches, ni queremos que retiren las letras para que "desaparezcan" o se pierdan en el olvido en algún almacén municipal, como ha ocurrido tantas otras veces. Queremos conservación in situ y un mantenimiento regular para asegurar que no aparezcan nuevos daños y patologías.

Y pedimos también a nuestros lectores y a los ciudadanos preocupados, que no miréis hacia otro lado. Pasad por la calle Espada, fotografiad la vergüenza y compartidlo. El patrimonio no se defiende solo; se defiende con la presión de quienes nos negamos a ver cómo nuestra historia se convierte en ruina y escombros por la inacción de quienes cobran por protegerla.

Si esas letras caen, no habrá sido un accidente. Habrá sido una dejación de funciones intolerable, además de un posible delito contra el patrimonio histórico.

Basta ya de excusas. Actúen ya.

Un saludo...

El refugio de la calle Espada

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones, etc… a la hora de usar sin permiso nuestro trabajo.

jueves

El milagro de las recomendaciones del Síndic

Hola,

El pasado mes de abril el Síndic de Greuges emitió las correspondientes recomendaciones sobre la Quinta de Nuestra Señora de las Mercedes (El Casino del Americano) en las que, en cumplimiento de las Resoluciones de consideraciones emitidas por esta institución con fechas 11/6/2014, 2/6/2015, 8/5/2019 y 23/9/2021, y teniendo en cuenta que la primera denuncia se presentó hace casi 11 años con fecha 4/7/2013, se limpie de forma regular la basura y maleza que rodea al inmueble y se fije un calendario, aunque sea aproximado, en el que se concreten las fechas de aprobación del proyecto para la rehabilitación del Casino del Americano y de inicio de la ejecución de las obras con la finalidad de evitar retrasos o dilaciones indebidas.

https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2024/04/nuevas-recomendaciones-del-sindic-por.html

Todo ello, debido a que el Ayuntamiento de Valencia, a través del Servicio de Arquitectura y Servicios Centrales Técnicos, emitió con un breve y escueto informe, reconociendo que ese Servicio no tenía adscrito dicho bien. No hubo respuesta, ni el correspondiente informe el resto de Servicios Municipales que sí que tienen adscrito el bien, amén de aquellos que tienen o puedan tener competencias en la materia.

En nuestra queja, ya denunciábamos que el informe emitido era claramente insuficiente y no respondía a las cuestiones planteadas de manera detallada, clara y precisa.

A la pregunta de en qué punto se encuentra la licitación y adjudicación del proyecto para la rehabilitación y puesta en valor del BRL del Casino del Americano, se nos ha respondido que: “se está supervisando la redacción del proyecto que según nos indican está finalizándose con el objetivo de proceder a su aprobación en breve”. Una respuesta genérica y totalmente inconcreta en cuanto a los plazos. Responder que “Está finalizándose” o “En breve” no aporta la información que hemos solicitado, puesto que no se trata de ningún plazo medible en tiempo (semanas, meses o años).

Insistimos que responder en apenas doce líneas, en las que en las cinco primeras no se dice absolutamente nada, demuestra una falta de interés y de implicación por el patrimonio muy preocupante. De hecho, la respuesta empezaba así: "En contestación a la solicitud de informe del Síndic de Greuges en relación a la queja número 2400461 iniciada por D. César Guardeño Gil, en nombre propio y en calidad de Presidente de la asociación Círculo por la defensa y Difusión del Patrimonio Cultural referente al deficiente estado de conservación del Casino Americano, se informa desde el Servicio de Arquitectura y Servicios Centrales Técnicos...". Puro relleno.

Ahora, tras las recomendaciones, el Ayuntamiento de Valencia sí que nos aporta la información requerida y en la respuesta remitida al Síndic ya se nos notifica lo siguiente:

La tramitación del Proyecto de Ejecución de las Obras de Rehabilitación del Casino del Americano se ha visto afectada por las cuestiones de integración del edificio en el entorno patrimonial de la ampliación del Parque de Benicalap, debiendo dar respuesta a todas las necesidades de infraestructuras urbanas de la urbanización y a los requerimientos técnicos municipales; y sobre todo por las cuestiones patrimoniales por cuanto se han tenido en cuenta nuevas cautelas en materia patrimonial que afectan a la intervención arqueológica, no solo del propio edificio sino del propio jardín histórico, que forma parte del recinto vallado, cuyo Proyecto de Intervención Arqueológica está siendo revisada a raíz del informe de la Sección de Investigación Arqueológica Municipal (SIAM), para su tramitación ante la Consellería de Cultura, agravado por la no respuesta de la figura del arqueólogo de la asistencia técnica que redacta el proyecto, que ha obligado a su sustitución y el reinicio de los trabajos en materia arqueológica.

Igualmente se está revisando el proyecto para adaptarlo a las nuevas condiciones de protección del edificio que obligarán a validar el dictamen favorable de la Comisión Técnica Municipal de Patrimonio, a raíz de la aprobación definitiva de la Modificación Puntual del Catálogo Estructural de Bienes y Espacios Protegidos de Naturaleza Urbana de Valencia relativa al Bien de Relevancia Local la Quinta de Nuestra Señora de las Mercedes “Casino del Americano”, inscrita en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento Urbanístico con el número 46250-3100 (BOP nº229 de 28-11-2023). Por lo que queda pendiente la entrega de la versión definitiva del Proyecto de Ejecución para continuar el trámite de obtención de informes municipales y autorizaciones correspondientes en materia patrimonial y arqueológica necesarios para la aprobación del proyecto.

PLAZOS ESTIMADOS

- Presentación de la versión definitiva del Proyecto de Ejecución: julio 2024

- Informes municipales y autorización Consellería: sept. 2024

- Aprobación JGL: oct. 2024

- Licitación de las obras (condicionada a la consignación presupuestaria en el presupuesto de 2025): ene. 2025

- Adjudicación obras: julio 2025

- Inicio de las obras: sept. 2025

- Plazo obras: 18 meses

Del mismo modo, y como complemento a lo anteriormente informado, por el Servicio de Parques y Jardines se ha emitido el siguiente informe:

El Técnico Municipal que suscribe informa que: Por parte del Servicio de Parques y Jardines, se ha incorporado con fecha 26 de Marzo de 2024, para su mantenimiento y gestión de modo ordinario, el conjunto de la parcela donde se ubica el inmueble conocido como “Casa del Americano”, aceptando por tanto, de manera inequívoca las recomendaciones recogidas en oficio del Síndic de Greuges desde el mismo momento en que dicho espacio fue dado de alta por parte de éste Servicio para su mantenimiento y conservación.

De la nueva información que ahora ha enviado el Ayuntamiento de Valencia, se pueden extraer muchas conclusiones.

La primera y más importante es la preocupante falta de transparencia, amén de las nulas ganas que demuestra esta administración a la hora de contestar a todo lo requerido a la primera, en tiempo y forma. Han sido preciso unas alegaciones y unas recomendaciones para que nuestro consistorio aporte una información que debería haber facilitado mucho antes al Síndic. No se entiende esa actitud tan poco colaboradora con nuestro defensor del pueblo y menos en un expediente de queja que cuenta ya con múltiples recomendaciones. Alargar el expediente le cuesta, de manera innecesaria y negligente, tiempo, dinero y recursos humanos a los contribuyentes.

La segunda es que el proyecto se ha retrasado, agravado por la no respuesta de la figura del arqueólogo de la asistencia técnica que redacta el proyecto, que ha obligado a su sustitución y el reinicio de los trabajos en materia arqueológica. Un problema ocasionado por la no respuesta del arqueólogo contratado por el Equipo Redactor del Proyecto, que es quien ganó el contrato para hacerlo. Pero, ¿qué coste ha tenido la sustitución de este arqueólogo de la asistencia técnica y el reinicio de los trabajos arqueológicos? ¿Quién paga este error?

La tercera la respuesta sobre en qué punto se encuentra la licitación y adjudicación del proyecto para la rehabilitación y puesta en valor del BRL del Casino del Americano. Si antes se contestaba con un escueto “se está supervisando la redacción del proyecto que según nos indican está finalizándose con el objetivo de proceder a su aprobación en breve”, ahora ya queda claro que entre julio de 2024 y septiembre de 2025 se iniciará toda la tramitación para iniciar las obras. Son fechas aproximadas, pero ¿tanto costaba informar de esto a la primera?

La cuarta, arroja luz sobre las "adscripciones" de los edificios que tienen protección patrimonial. Si el expediente se reabrió en febrero de 2024, esta reapertura supuso que el  Servicio de Parques y Jardines, incorporara con fecha 26 de Marzo de 2024, para su mantenimiento y gestión de modo ordinario, el conjunto de la parcela donde se ubica el inmueble conocido como “Casa del Americano”. Antes de esa fecha ¿quién se ocupaba de su NO mantenimiento regular? ¿era aleatorio? ¿lo hacía el mismo servicio pero sin tenerlo adscrito? En este punto cabe recordar que, tal y como ya respondió el Ayuntamiento de Valencia en su día, existen lo que se consideran adscripciones implícitas (que no requieren acuerdo o resolución municipal y sin código de inventario) para bienes ya destinados de hecho, jurídica o urbanísticamente a un fin concreto o específico (a modo de ejemplo: no se adscriben las calles, ni los jardines, ni los parques de bomberos, ni las oficinas municipales, ni centros de juventud, ni colegios, ni las instalaciones deportivas, etc.). Y en elementos patrimoniales como el Casino del Americano, un BRL que dispone de un jardín, la gestión es compartida por las diferentes delegaciones y servicios en función de sus propias competencias. ¿A quién le corresponde pues el mantenimiento del jardín? La pregunta se responde sola.

En definitiva, gracias de nuevo al Síndic vemos respondidas nuestras demandas. En caso contrario, el Ayuntamiento está programado para marear, aplicar el silencio administrativo, no responder y si lo hace, es de manera parcial y sesgada. Una administración pública a la que le sigue sin gustar la transparencia y la participación ciudadana real y efectiva.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

lunes

Nuevas recomendaciones del Síndic por el estado del Casino del Americano (BRL)

Buenas tardes,

El pasado 28 de enero de 2024, una vecina de Benicalap grabó desde su vivienda la presencia de fuego en el interior del Casino del Americano. Las llamas podían observarse a la altura del primer piso, al estar las ventanas del inmueble completamente abiertas. El inmueble ha estado de nuevo ocupado, por un tiempo indeterminado, y según fuentes municipales el origen de este incendio se ha debido a la presencia de un colchón que ardió. Los Bomberos detectaron un agujero en la fachada lateral por el que estarían entrando y saliendo las personas que se han refugiado el interior de esta villa indiana y el mismo ha sido tapiado, nuevamente, en fecha de 2 de febrero. 

Tras estos hechos, nos dirigimos de nuevo al Síndic de Greuges, solicitando la reapertura del expediente de queja de este bien, declarado BRL tras nuestras quejas nº2102123 y nº1811617. En la misma, recordábamos que nuestra asociación ya denunció el estado de abandono y degradación de este inmueble ante el Ayuntamiento de Valencia, solicitando una serie de acciones y medidas a tomar para frenar y revertir la degradación, ruina y abandono de este bien y de su jardín, además de lograr su rehabilitación y puesta en valor. Más de diez años y medio después, el edificio sigue deteriorándose sin que se haya resuelto el expte.

A fecha de hoy, desconocemos en qué punto se encuentra la licitación y adjudicación del proyecto para la rehabilitación y puesta en valor de este BRL que parece seguir en el limbo desde el año 2021. Las últimas noticias, de junio de 2020, hablaban de que el Ayuntamiento de Valencia había adjudicado la redacción del proyecto para transformarlo en una escuela de agricultura urbana. Desde esa fecha, ninguna notica más.

https://www.ondacero.es/emisoras/comunidad-valenciana/valencia/noticias/ayuntamiento-transformara-casino-americano-escuela-agricultura-urbana_202006085edde24dbf654e00012105be.html

https://valenciaplaza.com/la-remodelacion-del-casino-del-americano-en-el-aire

Consideramos que ha pasado tiempo más que suficiente desde que nos pusimos en contacto por primera vez con el Ayuntamiento de Valencia, comunicando de forma reiterada a esta administración el mal estado del inmueble, la ocupación del mismo a través de diferente agujeros que se han realizado en los muros, además de que en el jardín y en el entorno de este palacete indiano se acumulaban numerosos y abundantes restos de escombros, basuras y desperdicios, sin olvidar la gran cantidad de maleza y vegetación que continúa creciendo sin control debido al crónico estado de abandono y a la FALTA DE UN MANTENIMIENTO REGULAR Y CONTINUADO por parte de su legítimo propietario, el Ayuntamiento de Valencia. 

Todos estos hechos ya han sido comunicados por activa y por pasiva a esta administración en numerosas ocasiones y en diferentes escritos enviados el 4 de julio de 2013, el 4 de septiembre de 2013 y el 4 de enero de 2014 SIN QUE SE HAYAN TOMADO LAS MEDIDAS EFECTIVAS, REALES Y NECESARIAS PARA SOLUCIONARLO y para EVITAR QUE ESTOS HECHOS SE VUELVAN A REPETIR. Sin embargo, el consistorio valenciano continúa haciendo caso omiso, incumpliendo de forma reiterada su propia Ordenanza Municipal de Limpieza Urbana del 30/01/2009, que en el CAPÍTULO V.  De la limpieza, vallado y mantenimiento de terrenos y solares indica:

Artículo 16. Obligación genérica.

Los propietarios de toda clase de terrenos deberán mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público.

Artículo 17. Obligación específica  y exenciones para los solares. 

1. Todo  solar  deberá  cerrarse  por  su  propietario  que,  asimismo,  deberá  mantenerlo  libre  de desechos y residuos y en las debidas condiciones de higiene, salubridad, seguridad y ornato público.

Además, el Ayuntamiento de Valencia está incumpliendo con la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana (LOTUP), que indica en su Artículo 189. Deber de conservación y rehabilitación e inspección periódica de edificaciones, que las personas propietarias de construcciones y edificios deberán mantenerlos en condiciones de seguridad, funcionalidad y habitabilidad, realizando los trabajos y obras necesarias para conservar dichas condiciones o uso efectivo que permitan obtener la autorización administrativa de ocupación o título equivalente para el destino que les sea propio.

De la misma manera y tratándose de un BRL catalogado, se está incumpliendo con la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano y posteriores modificaciones, que en el Artículo 5. Colaboración de los particulares, recuerda que los propietarios y poseedores de bienes del patrimonio cultural valenciano deben custodiarlos y conservarlos adecuadamente a fin de asegurar el mantenimiento de sus valores culturales y evitar su pérdida, destrucción o deterioro.

El Ayuntamiento de Valencia nos respondió a través del Servicio de Arquitectura y Servicios Centrales Técnicos, con un breve y escueto informe, reconociendo que ese Servicio no tiene adscrito dicho bien. Desconocemos pues, por qué no han respondido y emitido el correspondiente informe el resto de Servicios Municipales que sí que tienen adscrito el bien, amén de aquellos que tienen o puedan tener competencias en la materia.

El informe emitido es claramente insuficiente y no responde a las cuestiones planteadas de manera detallada, clara y precisa. A la pregunta de en qué punto se encuentra la licitación y adjudicación del proyecto para la rehabilitación y puesta en valor del BRL del Casino del Americano, se nos ha respondido que: “se está supervisando la redacción del proyecto que según nos indican está finalizándose con el objetivo de proceder a su aprobación en breve”. Una respuesta genérica y totalmente inconcreta en cuanto a los plazos. Responder que “Está finalizándose” o “En breve” no aporta la información que hemos solicitado, puesto que no se trata de ningún plazo medible en tiempo (semanas, meses o años).

Respecto a nuestra pregunta sobre la gran cantidad de maleza y vegetación que continúa creciendo sin control debido al crónico estado de abandono y a la FALTA DE UN MANTENIMIENTO REGULAR Y CONTINUADO por parte de su legítimo propietario, el Ayuntamiento de Valencia, se nos ha respondido que: “durante años atrás se han estado realizando trabajos de desbroce de la parcela exterior con personal disponible del Plan de Empleo, así como algún trabajo de cierre de huecos ante actos bandálicos. La última limpieza del solar según nos informan se realizó en 2023 por el Servicio de limpieza y recogida de residuos”. De nuevo nos encontramos ante una respuesta inconcreta pues cuando el Ayuntamiento de Valencia dice que “se realizó en 2023”, no se especifica el mes. Puede haber sido en enero de 2023, hace más de un año, o en diciembre de 2023, hace unos meses. Cuando nuestra asociación se dirige a las administraciones públicas espera, cuando menos, informes más elaborados y trabajados, en los que se detallen las fechas con la mayor exactitud posible. Consideramos que los diferentes servicios municipales deberían realizar un mayor esfuerzo y no presentar informes de apenas doce líneas en los que no se aporta absolutamente nada que aclare la situación actual de este BRL.

El Síndic, en sus consideraciones, recuerda que "los hechos que constituyen el objeto de la presente queja fueron denunciados por primera vez con fecha 4/7/2013, es decir, hace casi 11 años y esta institución ha tramitado un total de 5 expedientes (quejas número 1319098, 1410486, 1411881, 1811617 y 2102123) y ha emitido 4 recomendaciones con fechas 11/6/2014, 2/6/2015, 8/5/2019 y 23/9/2021, las cuales han sido aceptadas por el Ayuntamiento de València. 

No obstante, a pesar de estas aceptaciones formales, en realidad, y a la vista del estado actual del Casino del Americano, las actuaciones municipales desarrolladas hasta el momento no han sido suficientes. El autor de la queja insiste en denunciar “el mal estado del inmueble, la ocupación del mismo a través de diferente agujeros que se han realizado en los muros, además de que en el jardín y en el entorno de este palacete indiano se acumulaban numerosos y abundantes restos de escombros, basuras y desperdicios, sin olvidar la gran cantidad de maleza y vegetación que continúa creciendo sin control debido al crónico estado de abandono y a la falta de un mantenimiento regular y continuado por parte de su legítimo propietario, el Ayuntamiento de Valencia”. 

En el informe municipal que tuvo entrada en esta institución con fecha 21/3/2024, el Ayuntamiento de València no concreta ningún calendario, siquiera aproximado, en el que se fije la fecha en que se aprobará el proyecto para la rehabilitación del Casino del Americano y se iniciará la ejecución de las obras con la finalidad de no seguir acumulando años de retraso".

Por todo ello, el Síndic RECOMIENDA que, en cumplimiento de las Resoluciones de consideraciones emitidas por esta institución con fechas 11/6/2014, 2/6/2015, 8/5/2019 y 23/9/2021, y teniendo en cuenta que la primera denuncia se presentó hace casi 11 años con fecha 4/7/2013, se limpie de forma regular la basura y maleza que rodea al inmueble y se fije un calendario, aunque sea aproximado, en el que se concreten las fechas de aprobación del proyecto para la rehabilitación del Casino del Americano y de inicio de la ejecución de las obras con la finalidad de evitar retrasos o dilaciones indebidas.

Estamos a la espera de la respuesta del Ayuntamiento de Valencia, así como del posible envío del resto de los informes municipales de los otros servicios con competencias que, o bien se han escaqueado, o bien los responsables de nuestro consistorio ni tan sólo les han dado traslado de la queja del Síndic. Sea como fuere, responder en apenas doce líneas, en las que en las cinco primeras no se dice absolutamente nada, demuestra una falta de interés y de implicación por el patrimonio muy preocupante. Así empieza la respuesta: "En contestación a la solicitud de informe del Síndic de Greuges en relación a la queja número 2400461 iniciada por D. César Guardeño Gil, en nombre propio y en calidad de Presidente de la asociación Círculo por la defensa y Difusión del Patrimonio Cultural referente al deficiente estado de conservación del Casino Americano, se informa desde el Servicio de Arquitectura y Servicios Centrales Técnicos..."

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

martes

Una vecina alerta de un incendio en el Casino del Americano (BRL)

Buenas tardes,

El pasado 2 de febrero, una vecina de Benicalap alertó de un incendio en el interior de la Quinta de Nuestra Señora de las Mercedes (BRL), conocida popularmente como el Casino del Americano. Desde su ventana pudo grabar las llamas que había en el interior, a la altura del primer piso.

El inmueble ha estado de nuevo ocupado, por un tiempo indeterminado, y según fuentes municipales el origen de este incendio se ha debido a la presencia de un colchón que ardió. Los Bomberos detectaron un agujero en la fachada lateral por el que estarían entrando y saliendo las personas que ocupan el interior de esta villa indiana y el mismo ha sido tapiado, nuevamente.

Gracias al aviso de esta vecina se han evitado males mayores, puesto que el barrio de Benicalap y su rico y diverso patrimonio son los grandes olvidados de todos y cada uno de los gobiernos municipales que ha tenido nuestra ciudad y que llevan prometiendo años la recuperación de esta villa, de la alquería de la Torre y de todo el conjunto de l’alqueria dels Moros. Lo único que se ha conseguido en los últimos ocho años ha sido la rehabilitación de la Casa del Señor, el único bien público del total de cuatro casas de l’alqueria dels Moros.

La ausencia de inspecciones y de vigilancia regular de los bienes y de sus entornos lleva a que los mismos sean ocupados sin que las autoridades se percaten de ello. Y una vez ocupados, es frecuente que las personas enciendas hogueras en su interior para protegerse del frío. Ya ha pasado en otros bienes como Bombas Gens, que sufrió un importante incendio, o la Estación del Grao, cuyas puertas y ventanas originales, de madera, han servicio para hacer fogatas.

La administración municipal ejecutó la expropiación del Casino del Americano en el año 2011 a cambio de 3,5 millones de euros. Desde esa fecha el edificio y su jardín han estado ocupados y sin ningún tipo de mantenimiento regular, más allá de las obras precautorias y la poda del jardín tras múltiples denuncias y recomendaciones del Síndic de Greuges.

Tras años de abandono, degradación y expolio, el edificio sigue esperando, la adjudicación de las obras y el inicio de las mismas, para recuperar el esplendor que nunca debió perder. Una villa indiana, construida en 1869 por el maestro de obras Manuel Piñón para el militar granadino Joaquín Megía, que quiso levantar en Valencia una casa para su esposa, Mercedes González-Larrinaga, una rica habanera de origen español.

El 10 de febrero de 2023, hace casi un año, el Casino del Americano entró a formar parte de la Lista Roja del Patrimonio de Hispania Nostra, tras la solicitud de Círculo por la Defensa del Patrimonio.

El mal estado tanto exterior como en el interior y el riesgo de desaparición de algunos elementos como las pinturas singulares existentes en las pechinas de la cúpula principal, llevaron a incluirlo en esta lista.


Nuestra asociación lleva pidiendo su rehabilitación y protección desde el año 2012-2013. Y en mayo de 2019, tras una queja presentada por RGE en febrero de 2018, después de que el Ayuntamiento de Valencia nos aplicara de nuevo del silencio administrativo, el Síndic consideró oportuno RECOMENDAR a esta administración que:

«previo informe redactado por un equipo pluridisciplinar compuesto por titulados superiores en las disciplinas de arquitectura, arqueología, historia del arte, etnología o antropología, se valore la procedencia de catalogar la quinta de Nuestra Señora de las Mercedes (Casino del Americano) de Valencia como Bien de Relevancia Local, y se adopten las medidas de consolidación, limpieza y rehabilitación urgente de las cuatro pinturas singulares existentes en las pechinas de la cúpula principal».

En septiembre de 2021, después de reabrir la queja ante la inacción del Ayuntamiento de Valencia, el Síndic volvió a recomendar:

«que, antes de realizar cualquier intervención física sobre el inmueble, se acelere el procedimiento para catalogar el Casino del Americano como Bien de Relevancia Local».

«que el Ayuntamiento de València remita al Instituto Valenciano de la Memoria Democrática, los Derechos Humanos y las Libertades Públicas el informe elaborado por el Servicio de Patrimonio Histórico para su posible inclusión en el Catálogo de lugares e itinerarios de la memoria democrática de la Comunitat Valenciana».


A fecha de hoy, seguimo sin conocer el alcance de los daños. A la espera del informe de Bomberos y de una comunicación del Ayuntamiento de Valencia, no sabemos si las llamas que estuvieron ardiendo durante minutos en el interior del Casino del Americano pueden haber afectado a las pinturas y decoración interior de esta villa.

Mientras tanto, seguimos esperando a que se desbloquee una situación que parece estar en el limbo. De momento, el Ayuntamiento de Valencia sigue sin pronunciarse y sin aclarar que va a pasar con el inmueble. Si nuestro consistorio sigue dilatando el tema y sigue jugando con fuego, llegará el día en el que no haya ningún vecino en la ventana y entonces tendremos que lamentar la pérdida de un bien patrimonial.

Un saludo...


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Una grave imprudencia pone en peligro el edificio de la La NAU de la Universitat de València

Buenas tardes,

Ayer por la noche, unos niños que, acompañados de sus padres, estaban tirando petardos en la plaza del Patriarca, provocaron un incendio en un ciprés que está situado a escasos metros de la fachada de la Universitat de València - Estudi General (BIC).

La imprudencia y la irresponsabilidad de estos padres, que se dieron a la fuga en cuanto se dieron cuenta de la que había montado, ha estado a punto de provocar una auténtica desgracia en nuestro patrimonio cultural.

Afortunadamente, la rápida intervención de los Bomberos consiguió controlar y apagar el fuego y evitar males mayores. Las llamas, además que quemar el ciprés, solo han afectado a los mástiles de madera y a las banderas que había allí izadas. Si el fuego hubiera alcanzado la carpintería de madera de una de esas ventanas, podía haberse extendido al interior y ya estaríamos hablando de un incendio en el edificio histórico de La NAU.

Un año más, seguimos viendo comportamientos incívicos y peligrosos por parte de padres y madres que demuestran ser unos auténticos irresponsables. Cabe señalar, tal y como se ve en el vídeo, que en ese momento había ráfagas de aire que desaconsejaban el lanzamiento de fuegos de artificio aéreos, como parece ser el caso.

Al final, tanto va el cántaro a la fuente, que se acabará rompiendo y llegará el día en el que nos arrepintamos de no haber puesto coto antes a estos comportamientos que se repiten año tras año.

Un saludo...

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lunes

Quintas recomendaciones del Síndic de Greuges al Ayuntamiento de Valencia por el estado de la alquería dels Moros (BIC)

Buenas tardes,

El Ayuntamiento de Valencia lleva vendiendo, a bombo y platillo, que en el año 2019 rehabilitó l'alqueria dels Moros. 

Luego ya, con letra pequeña y fuera de los titulares y de los carteles que coloca en el edificio, matiza que se trata solo de la Casa del Senyor, uno de los bienes que forman parte del conjunto rural conocido como l'alqueria dels Moros (BIC).

En mayo de 2022, comprobamos in situ que uno de los muros, recayente a la calle Andreu Alfaro, perteneciente a la casa nº2 de este conjunto rural se había venido abajo.

Vecinos de la zona ya nos comentaron que habían intentado forzar la puerta metálica de la casa nº2, situada en la fachada recayente al carrer Emili Camps i Gallego y que se habían colado en esta casa realizando un butrón en uno de los huecos de las ventanas, tal y como se puede apreciar en las fotografías adjuntas. El objetivo, parece ser, pudiera ser el intento de robo de una de las rejas de hierro de gran valor que quedan en el primer piso.

En este punto, bebemos recordar de nuevo que el miércoles 8 de agosto de 2018, sólo 3 días después de comenzar las obras en la Casa del Senyor, ya se derrumbó parte de la casa nº2, de titularidad privada, perteneciente al conjunto rural de la alquería del Moro (BIC), recayente una de sus fachadas al carrer Emili Camps i Gallego (donde se ha producido el desplome), y con Referencia Catastral nº002002000YJ27E0001DY, sin que se hayan aclarado todavía los motivos ni depurado las pertinentes responsabilidades por su derrumbe.

El Ayuntamiento de Valencia y la Concejalía de Urbanismo (Servicio de Disciplina Urbanística, etc.) son plenamente conocedores y conscientes del pésimo estado de conservación y deterioro de todo el conjunto rural conocido como la Alquería del Moro (BIC) desde febrero de 2013, a través de nuestras denuncias y los expedientes de queja, promovidos por nuestras asociación, nº1317992, nº1400126, nº1410487, nº1511928 y nº1716336, contando con cuatro recomendaciones del Síndic de Greuges aceptadas pero incumplidas. Especialmente las propiedades que son de titularidad privada. Todo ello sin contar con las denuncias anteriores a las nuestras, efectuadas por otras asociaciones ya desaparecidas. HA PASADO DEMASIADO TIEMPO COMO PARA QUE EL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA NO HAYA RESUELTO LOS ASUNTOS PENDIENTES Y DESBLOQUEADO UNA SITUACIÓN QUE SE AGRAVA POR DÍAS. 

El propio Ayuntamiento de Valencia declaró en prensa el 9 de agosto de 2018 (https://valenciaplaza.com/los-propietarios-de-la-alqueria-del-moro-incumplen-los-requerimientos-del-ayuntamiento-desde-2014) que “los propietarios de la parte privada de la Alquería del Moro incumplen sus requerimientos sobre el estado del inmueble desde hace años”, en un comunicado, que a través del servicio de Disciplina Urbanística abrió expediente a las cuatro propiedades que conforman la parte privada de este inmueble en 2013 y tras una actuación de Bomberos. 

El consistorio señaló que "desde entonces se han sucedido notificaciones, órdenes de ejecución y comunicaciones para que se adopten medidas precautorias" y resaltó que los propietarios no habían actuado. El consistorio lamentó que los tiempos se hayan dilatado en este caso "debido a diferentes recursos de reposición, comunicaciones de inicio de obras incumplidas por parte de los propietarios e, incluso, alguna maniobra para intentar evadir responsabilidades". A este respecto, el Ayuntamiento indicó que "una de las propiedades más afectadas por el derrumbamiento presentó un certificado de seguridad firmado por un arquitecto que aseguraba que las condiciones de seguridad del edificio eran correctas" y ha afirmado que este documento no se aceptó. En pocas palabras: EL AYUNTAMIENTO ERA PLENAMENTE CONSCIENTE DE LAS MANIOBRAS, IRREGULARIDADES Y DILACIONES EN EL EXPEDIENTE, ADEMÁS DE QUE RECHAZÓ UN CERTIFICADO DE SEGURIDAD QUE ASEGURABA QUE LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD DEL EDIFICIO ERAN CORRECTAS.

El Ayuntamiento de Valencia, en el expte. de queja nº2001507, también informó que no constaba la inscripción registral del inmueble ni, por tanto, sus posibles titulares. No se puede localizar registralmente dicho inmueble por dirección, por referencia catastral, ni por posible titular. Parece ser que esta casa no es de nadie, a pesar de que a través de las recomendaciones del Síndic el Ayuntamiento requería a los supuestos propietarios:

https://valenciaplaza.com/los-propietarios-de-la-alqueria-del-moro-incumplen-los-requerimientos-del-ayuntamiento-desde-2014

Ante el riesgo de nuevos derrumbes, robos, ocupaciones, etc. y debido al ALTO GRADO DE PELIGRO DE DESTRUCCIÓN Y DESAPARICIÓN DEL BIEN, pedimos de nuevo la intervención del Síndic. Es sumamente preocupante que parte de un BIC, que no tiene inscripción registral del inmueble ni, por tanto, es posible localizar a sus posibles titulares (que ni se han hecho cargo ni se van hacer cargo de este BIC, de las multas y de la factura por las obras realizadas tras el derrumbe) continúe en este estado por más tiempo. Igualmente, pedimos al Síndic a que inste al Ayuntamiento de Valencia a que active y ejecute, si no lo ha hecho ya, los mecanismos legales necesarios (expropiación, inscripción en el registro de la propiedad, etc.) para que la casa nº2 y el resto de edificaciones de la alquería del Moro (BIC) pasen a ser de propiedad municipal.

En la respuesta al Síndic, el Ayuntamiento de Valencia alegó que existía en el Servicio de Disciplina Urbanística un expediente administrativo por deficiencias en la  conservación del inmueble de referencia, habiéndose requerido a la Oficina Técnica de Control de la Conservación de la Edificación que se practique visita de inspección y se emita informe sobre el estado actual del inmueble (es decir, sin denuncia no se inspecciona y por lo tanto, el consistorio no cumple con sus obligaciones y deberes legales), aportando pliego y presupuesto para la adjudicación a las contratistas municipales de la revisión de las medidas precautorias de seguridad existentes, o la adopción de otras nuevas en caso de estimarse necesarias. 

Respecto a la posible adquisición del inmueble por parte del Ayuntamiento. el 26 de mayo de 2022, por el Servicio de Disciplina Urbanística se solicitaron, en fechas 23 y 24 de mayo de 2022 los informes requerido por la Oficina de Sugerencias y Reclamaciones, contestando el Servicio de Proyectos Urbanos en fecha 26 de mayo de 2022 que no es competente en el asunto, mientras que por el Servicio de Gestión Urbanística se informa, en fecha 31 de mayo de 2022, que en la actualidad no se está tramitando ningún Proyecto de expropiación que afecte al citado emplazamiento

Por su parte el 13 de junio de 2022, el Servicio de Patrimonio emite informe sobre la finalización del expediente 05305/2018/55, por el que se ofreció la donación del inmueble, al aceptarse por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 17 de abril de 2020, el desestimiento de la propuesta realizada en su día, al acreditarse un error en la titularidad del donante. 

En nuestras alegaciones, insistimos en que A PESAR DEL TIEMPO TRANSCURRIDO Y DE QUE SE TRATABA DE UNA CAUSA DE INTERÉS SOCIAL, TAL Y COMO RECOGE LA LEGISLACIÓN EN MATERIA DE PATRIMONIO CULTURAL VIGENTE, el Ayuntamiento no había iniciado el correspondiente proceso de expropiación.

El derrumbe de la casa nº2 del conjunto rural de la alquería del Moro (BIC) se produjo el día 8 de agosto del año 2018, hace casi cuatro años y el Artículo 21. Expropiación, de la LPCV 4/1998 y posteriores modificaciones, indica lo siguiente:

1. CONSTITUIRÁ CAUSA DE INTERÉS SOCIAL PARA LA EXPROPIACIÓN POR LA GENERALITAT DE LOS BIENES INCLUIDOS EN EL INVENTARIO GENERAL DEL PATRIMONIO CULTURAL VALENCIANO EL PELIGRO DE DESTRUCCIÓN O DETERIORO DEL BIEN, o el destino del mismo a un uso incompatible con sus valores. Podrán expropiarse por igual causa los inmuebles que perturben o impidan la contemplación de un bien incluido en el Inventario General o sean causa de riesgo o perjuicio para el mismo, respetándose la trama urbana de que forme parte el edificio.

2. LOS AYUNTAMIENTOS PODRÁN ACORDAR LA EXPROPIACIÓN EN LOS MISMOS CASOS, CUANDO SE TRATE DE BIENES INMUEBLES INCLUIDOS EN EL INVENTARIO GENERAL QUE SE HALLEN EN SU TÉRMINO MUNICIPAL, DEBIENDO NOTIFICAR SU PROPÓSITO A LA GENERALITAT, que podrá ejercitar con carácter preferente esta potestad iniciando el correspondiente expediente dentro de los dos meses siguientes a la notificación.

Además, independientemente el desistimiento de la propuesta realizada en su día, al acreditarse un error en la titularidad del donante, volvemos a recordar que el Ayuntamiento de Valencia, en el expte. de queja nº2001507, ya nos informó que no constaba la inscripción registral del inmueble ni, por tanto, sus posibles titulares. No se puede localizar registralmente dicho inmueble por dirección, por referencia catastral, ni por posible titular. Por lo tanto, es una cuestión que se conoce desde hace años y que debería haberse abordado de la manera conveniente para desbloquearla y solucionarla.

Ante el riesgo de nuevos derrumbes, robos, ocupaciones, etc. y debido al ALTO GRADO DE PELIGRO DE DESTRUCCIÓN Y DESAPARICIÓN DEL BIEN, insistimos al Síndic a que inste al Ayuntamiento de Valencia a que ACTIVE Y EJECUTE los mecanismos legales necesarios (expropiación, en primer lugar, con carácter urgente e inmediato, inscripción en el registro de la propiedad, etc.) para que la casa nº2 y el resto de edificaciones de la alquería del Moro (BIC) pasen a ser de propiedad municipal.

Y para ello, invocamos el ARTÍCULO 21. EXPROPIACIÓN, LEY 5/2007, DE 9 DE FEBRERO, DE LA GENERALITAT, DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 4/1998, DE 11 DE JUNIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL VALENCIANO. [2007/1870], DADO QUE SE TRATA DE UNA CAUSA DE INTERÉS SOCIAL Y POR LO TANTO JUSTIFICA Y VALIDA PLENAMENTE LA EXPROPIACIÓN DE LA CASA Nº2, Y DEL RESTO DE EDIFICACIONES QUE SE ENCUENTREN EN PELIGRO DE DESTRUCCIÓN Y DETERIORO, POR PARTE LA GENERALITAT Y/O EL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA, AL TRATARSE LA ALQUERÍA DEL MORO (BIC) DE UN BIEN INCLUIDO EN EL INVENTARIO GENERAL DEL PATRIMONIO CULTURAL VALENCIANO Y ENCONTRARSE EN PELIGRO DE DESTRUCCIÓN O DETERIORO.

El Síndic, en sus consideraciones al Ayuntamiento, recuerda que los hechos que constituyen el objeto de la presente queja fueron denunciados por primera vez ante esta institución con fecha 5/9/2013, es decir, hace casi 10 años.  

Esta institución ha emitido cuatro recomendaciones dirigidas al Ayuntamiento de València con fechas 22/5/2014 (queja nº 1400126), 19/2/2015 (queja nº 1410487), 3/3/2016 (queja nº 1511928) y 26/3/2018 (queja nº 1716336). 

Esta institución es consciente de que la falta de recursos económicos puede condicionar temporalmente la ejecución de los trabajos precisos para mantener en buen estado de conservación la totalidad de los bienes que integran el patrimonio cultural valenciano o, incluso, el ejercicio de la facultad de expropiación, reconocida en el artículo 21 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano.

No obstante, esa limitación económica no debe convertirse en una deficiencia estructural que imposibilite, de forma indefinida, la adecuada protección de dicho patrimonio. 

La inexistencia o escasez de las partidas presupuestarias destinadas a la protección de nuestro patrimonio
cultural no puede convertirse en una limitación permanente y estructural que sirva para vaciar de contenido esta clara obligación constitucional, convirtiéndola en una mera declaración programática sin alcance real y efectivo. 

Y por todo lo anteriormente expuesto, RECOMIENDA que, en cumplimiento de sus cuatro recomendaciones emitidas con fechas 22/5/2014 (queja nº 1400126), 19/2/2015 (queja nº 1410487), 3/3/2016 (queja nº 1511928) y 26/3/2018 (queja nº 1716336), y teniendo en cuenta el dilatado periodo de tiempo transcurrido desde las mismas, se adopten con determinación todas las medidas que sean necesarias para lograr la rehabilitación y puesta en valor de todos los bienes públicos y privados que forman parte del Bien de Interés Cultural “Alquería del Moro”.

El Servicio de Disciplina Urbanística ha aceptado la recomendación de adoptar aquellas medidas necesarias para mantener el inmueble en las debidas condiciones de conservación, y en ese sentido se han realizado las siguientes actuaciones respecto de lo siguientes inmuebles que componen el conjunto declarado Bien de Interés Cultural “Alquería del Moro” y que tienen incoado procedimiento administrativo por deficiencias en la conservación: 

- “Edificio B” (ref.cat. 002002100YJ27E0001).- Requerida la propiedad, en fecha 07/06/22, para la adopción de medidas precautorias de seguridad y ejecución de las obras de reparación ordenadas en la Resolución nº SM-4654 de fecha 18/10/17, se ha presentado certificado técnico garantizando la estabilidad y seguridad del inmueble en fecha 08/08/22; actualmente está pendiente de emisión el informe técnico que describa su estado actual. 

- “Edificio A” (ref. cat. 2002000YJ27E001DY).- Se ha solicitado la emisión de informe técnico sobre su estado actual de conservación, aportando pliego  y  presupuesto para la adjudicación en vía de ejecución subsidiaria a las contratistas municipales, de la revisión de las medidas precautorias de seguridad existentes y la adopción de aquellas nuevas que se estimen necesarias.  

- “Edificio D” (ref. cat. 002002400YJ27E0001EY).- Tras el requerimiento practicado a la propiedad, esta aportó certificado técnico garantizando la seguridad y estabilidad del inmueble en fecha 15/06/22; si bien, al no haber solicitado el titular la licencia de obras de intervención para la reparación del inmueble, se le ha impuesto una primera multa coercitiva mediante Resolución nº GL-3897, de 11/07/2022, por incumplimiento de la orden de ejecución de obras de rehabilitación contenida en la Resolución nº GL-2731, de 30/06/2020. 

Nuestra asociación va a seguir insistiendo en que el Ayuntamiento de Valencia proceda a la expropiación forzosa del resto de propiedades que forman parte del conjunto rural de l'alqueria dels Moros (BIC), pues sus propietarios o aquellos que dicen ser los titulares de los bienes, llevan años faltando a sus obligaciones legales y permitiendo la ruina y abandono de los mismos.

Un saludo...

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