viernes
Segundas recomendaciones del Síndic de Greuges al Ayuntamiento de Valencia por el estado de la alquería de Tallarrós (BRL)
Quintas recomendaciones del Síndic de Greuges al Ayuntamiento de Valencia por la alquería de Falcó
Buenas tardes,
El pasado 22 de enero nos volvimos a dirigir al Síndic de Greuges para solicitar la reapertura de la queja referente a la alquería de Falcó.
Nuestra asociación considera que ha pasado un tiempo excesivamente prudencial y que ya supera con creces lo admisible, desde la aceptación de las cuartas recomendaciones, y a falta de un mes para que se cumplieran 11 AÑOS DESDE QUE PRESENTAMOS NUESTRA PRIMERA DENUNCIA por escrito al Ayuntamiento de Valencia.
En todo este tiempo todavía no se han ejecutado ni llevado a cabo LAS OBRAS REHABILITACIÓN INTEGRAL, PUESTA EN VALOR Y EN USO, ETC. (EN ARREGLO A LA LEGISLACIÓN PATRIMONIAL Y URBANÍSTICA).
En el escrito dirigid al Síndic, nuestra asociación recordó que, en estos últimos años y en una primera fase, y en colaboración con la Universidad Politécnica de Valencia, se verificó el estado de la alquería y posteriormente, en 2020, se analizó la estructura, con el objetivo de reducir su deterioro y mejorar la seguridad exterior e interior del edificio.
En una fase siguiente, se realizó el estudio geotécnico y el análisis y el cálculo de refuerzo de cimentación.
Y en 2021, los servicios municipales de arquitectura y servicios centrales técnicos y el de arqueología hicieron un estudio histórico y evolutivo del edificio que incluía la excavación del subsuelo en el interior y exterior del edificio y estudio arqueológico de la arquitectura del muro, con la retirada de las grietas aplicadas sobre el paramento para el registro y estudio, con especial atención a los elementos protegidos sobre la fachada, como es el caso del reloj de sol.
Pero, más allá de estas intervenciones, necesarias y obligatorias por LEY, la realidad es que cuando pedimos la reapertura del expediente seguíamos sin saber si el proyecto se había redactado, si se había aprobado y se le ha dotado de los fondos económicos necesarios y precisos para realizar la tan esperada rehabilitación de este BRL. En junio de 2022, hace más de un año y medio, se anunció a bombo y platillo que la Alquería de Falcó sería un centro de día para personas con discapacidad intelectual:
https://www.valencia.es/es/-/centro-de-día-personas-con-discapacidad-intelectual.-alquería-falcó.
Y tal y como la anterior regidora, Luisa Notario, comunicó a los medios de comunicación, el uso de la alquería ya está decidido y esta convertirá en un centro de día de personas con discapacidad intelectual. En la nota de prensa del propio Ayuntamiento de Valencia se señaló que se iniciará la redacción del proyecto y que este no se sacará a licitación, sino que la realizarán técnicos municipales de Arquitectura y Servicios Centrales Técnicos.
Actualmente, el exterior de la alquería sigue cubierto de pintadas delictivas que se reproducen continuamente sin que estas sean retiradas inmediatamente y la tan prometida rehabilitación se está dilatando y retrasando en exceso, sin ningún tipo de justificación y máxime cuando la obra no se tiene ni que licitar.
La respuesta del Ayuntamiento de Valencia, a través del ÁREA DE PATRIMONIO Y DE RECURSOS HUMANOS Y TÉCNICOS-DELEGACIÓN DE SERVICIOS CENTRALES TÉCNICOS-SERVICIO DE ARQUITECTURA Y DE SERVICIOS CENTRALES TÈCNICOS-SECCIÓN DE ARQUITECTURA Y SUPERVISIÓN DE PROYECTOS, se resume en “Actualmente se está ultimando el proyecto para la rehabilitación de la Alquería Falcó.”; “Todos estos trabajos previos han sido la base para comenzar la redacción del proyecto que estamos terminando desde el servicio, ya que en este caso la redacción del proyecto para la rehabilitación de la Alquería Falcó se está redactando por los técnicos municipales del servicio”; y “una vez finalizado el proyecto, se someterá a informe de la Comisión de Patrimonio Municipal para su posterior aprobación”.
Por lo tanto, consideramos que el Ayuntamiento de Valencia, cuando habla de “se está ultimando el proyecto de rehabilitación” o “la redacción del proyecto que estamos terminando desde el servicio”, está dando una respuesta inconcreta y genérica, no quedan claros los plazos reales de finalización y parece más una respuesta comodín en la línea de “estamos trabajando en ello”.
Nuestro consistorio debería establecer unos plazos límite y lógicos para la redacción y aprobación de los proyectos de rehabilitación, máxime cuando el mismo no se sacará a licitación, sino que la realizarán técnicos municipales de Arquitectura y Servicios Centrales Técnicos. El consistorio no puede estar prolongando y dilatando de manera innecesaria y sin concretar, las intervenciones sobre el patrimonio cultural valenciano.
Además, al ayuntamiento se ha vuelto a olvidar responder a uno de los puntos de nuestra queja en el que señalábamos que, actualmente el exterior de la alquería sigue cubierto de pintadas delictivas que se reproducen continuamente sin que estas sean retiradas inmediatamente. Por lo visto, nadie se está ocupando de ellas.
El Síndic, en sus consideraciones, indica que los hechos que constituyen el objeto de la presente queja fueron denunciados por primera vez con fecha 28/2/2013, es decir, hace más de 11 años y esta institución ha tramitado un total de 4 expedientes (1408325, 1500471, 1601909 y 1702674) y ha emitido un total de 3 recomendaciones con fechas 16/7/2015, 15/7/2016 y 16/4/2018, las cuales han sido aceptadas por el Ayuntamiento de Valencia.
No obstante, a pesar de estas aceptaciones formales, en realidad, y a la vista del estado actual de la Alquería Falcó, las pintadas existentes en el mismo no se han limpiado y el Ayuntamiento de Valencia, en el informe que tuvo entrada en esta institución con fecha 29/2/2024, no concreta ningún calendario, siquiera aproximado, en el que se fije la fecha en que se aprobará el proyecto para la rehabilitación de la Alquería Falcó y se iniciará la ejecución de las obras con la finalidad de no seguir acumulando años de retraso.
Por todo ello, ha RECOMENDADO que, en cumplimiento de las Resoluciones de consideraciones emitidas por esta institución con fechas 16/7/2015, 15/7/2016 y 16/4/2018, y teniendo en cuenta que la primera denuncia se presentó hace más de 11 años con fecha 28/2/2013, se limpien las pintadas existentes en el inmueble y se fije un calendario, aunque sea aproximado, en el que se concreten las fechas de aprobación del proyecto para la rehabilitación de la Alquería Falcó y de inicio de la ejecución de las obras con la finalidad de evitar retrasos o dilaciones indebidas.
martes
Nuevo tirón de orejas del Síndic al Ayuntamiento de Valencia por la falta de transparencia y acceso de la información pública
Buenos días,
El Síndic de Greuges de la Comunitat Valencia ha realizado unas consideraciones muy contundentes ante la falta de transparencia y acceso de la información pública por parte del Ayuntamiento de Valencia y sus diferentes áreas y servicios municipales en el expediente relativo a las Naves de Demetrio Ribes.
En fecha 12 de septiembre de 2023, nuestra asociación se dirigió por RGE al Ayuntamiento de Valencia solicitando información, según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, sobre las NAVES-TALLER Y MUELLES CUBIERTOS ATRIBUIDAS AL ARQUITECTO DEMETRIO RIBES MARCO. Una serie de construcciones que están catalogadas como Bien de Relevancia Local, con el código BRL 02.01.10, con categoría de MONUMENTO DE INTERÉS LOCAL, dentro del Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos de Naturaleza Rural del Ayuntamiento de Valencia.
En nuestro escrito indicábamos que ya en febrero de 2019 y posteriormente, en abril de 2021, empezaron a aparecer las primeras pintadas delictivas. Y ya en abril y en diciembre de 2022 pudimos comprobar in situ que la situación se había desbordado completamente, con la aparición de UN GRAN NÚMERO DE GRAFITIS Y PINTADAS DELICTIVAS QUE HAN ESTADO LLENANDO DURANTE AÑOS LOS MUROS EXTERIORES E INTERIORES DE ESTE CONJUNTO DE NAVES-TALLER Y MUELLES CUBIERTOS PROTEGIDO COMO BRL. Algunas de estas pintadas llevan allí desde el año 2021-2022 sin que hayan sido retiradas convenientemente, apareciendo en este tiempo otras nuevas.
Por ello, solicitamos al Ayuntamiento de Valencia a que PROCEDIERA A FACILITARNOS ACCESO Y COPIA ÍNTEGRA, TESTIMONIADA, DOCUMENTAL Y COMPLETA DE LO SIGUIENTE:
a) Las fechas y los detalles de las diferentes inspecciones patrimoniales, con sus correspondientes informes, realizadas por el Ayuntamiento de Valencia desde febrero del año 2019 hasta la fecha de presentación de este escrito, con el fin de detectar la presencia de pintadas, grafitis, roturas de cristales y resto de daños y problemas existentes en las Naves-Taller y Muelles Cubiertos del Parque Central de Valencia atribuidas al arquitecto Demetrio Ribes Marco, así como de las medidas que se hayan tomado al respecto para solucionarlos.
b) El número total y las fechas de todas y cada una de las denuncias efectuadas por la Policía Local de Valencia, relacionadas con los actos vandálicos (roturas de cristales) y las pintadas y grafitis delictivos que se han realizado en las Naves-Taller y Muelles Cubiertos del Parque Central de Valencia.
c) El número total de sanciones y las cuantías económicas de todas y cada una de las multas y sanciones que se hayan puesto, relacionadas con los actos vandálicos (roturas de cristales) y las pintadas y grafitis delictivos que se han realizado en las Naves-Taller y Muelles Cubiertos del Parque Central de Valencia.
Y por otro lado y según los establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se tenga por presentado el presente escrito y, tras las comprobaciones oportunas realizadas por los Servicios Técnicos competentes del Ayuntamiento de Valencia, se inicien INMEDIATAMENTE Y SIN MÁS DILACIÓN el expediente de orden de ejecución para eliminar PROFESIONALMENTE las pintadas y grafitis delictivos, así como el resto de daños en presentes en las Naves-Taller y Muelles Cubiertos del Parque Central de Valencia (BRL) atribuidas al arquitecto Demetrio Ribes Marco.
Nuestra asociación ha exigido en reiteradas ocasiones al Ayuntamiento de Valencia que el patrimonio cultural valenciano sea intervenido ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE por profesionales de la RESTAURACIÓN y de la CONSERVACIÓN, de manera respetuosa y conveniente, y no por brigadas de obra, Manolo y Benito o Pepe Gotera y Otilio.
A raíz de nuestra denuncia y de nuestra petición, nos llegaron algunos informes que, en resumen, dicen lo siguiente:
a) La Universidad Popular del Ayuntamiento de València, tiene adscrita la Nave Ribes 2, en donde se ubica el Centro UP Ribes Espai. Dado que la misma se encuentra ubicada en el Parque Central, sus muros exteriores se encuentran expuestos a los viandantes. A lo largo del tiempo se producen actos de vandalismo sobre todo con grafitis. Cuando se detectan, automáticamente se da parte al Servicio de mantenimiento del Ayuntamiento de València, que dentro de su planificación de trabajos, a la mayor brevedad proceden a la limpieza, o reparación de los actos vandálicos producidos. A la vista de la solicitud presentada, se pone en su conocimiento que la Universidad Popular dará parte al Servicio de Policía del Ayuntamiento de València de los actos vandálicos que se produzcan en la Nave Ribes 2, a los efectos oportunos. LA REALIDAD ES BIEN DISTINTA, PUES ESTAS PINTADAS NO SON RETIRADAS “A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE”. ALGUNAS HAN PERMANECIDO DURANTE MESES O AÑOS.
b) Que solicitado informe a la unidad correspondiente, en los años 2021, 2022 y 2023, consta una reclamación por actos vandálicos consistentes en roturas de cristales o grafitis en el interior del Parque Central, siendo ésta de fecha 7 de mayo de 2022, debido a la existencia de unos jóvenes en el interior del mismo, arrojando piedras a los cristales, servicio que no pudo ser atendido por ninguna unidad policial al encontrarse todas ocupadas en otros servicios.
LA RESPUESTA DE LA PLV DEJA MUY CLARO QUE EN TRES AÑOS SÓLO CONSTA UNA “RECLAMACIÓN POR ACTOS VANDÁLICOS”, EN UN SERVICIO QUE, ADEMÁS, NO PUDO SER ATENDIDO POR NINGUNA UNIDAD POLICIAL. NADIE ACUDIÓ ANTE LA COMISIÓN DE UN DELITO CONTRA EL PATRIMONIO HISTÓRICO, TIPIFICADO EN EL ARTÍCULO 323 DEL CÓDIGO PENAL.
c) Vista su petición procede informar: Comprobadas las fotos remitidas se ha girado visita de inspección ocular por parte de personal administrativo y se ha detectado en la parte trasera de la Nave 3 (única adscrita al Servicio de Patrimonio Histórico y Artístico y actualmente en régimen de cesión de uso mediante Convenio al Teatro Escalante), unos grafitis según la fotografía que se reproduce: Se procede a dar traslado de dicha incidencia a la Oficina Técnica de Museos y Monumentos para que procedan a su limpieza en función de los criterios de urgencia, peligrosidad y disponibilidad de recursos económicos y humanos que tiene el Servicio. Del resto de imágenes, incidencias y/o denuncias no puede informar este Servicio, pudiendo ser competencia la Nave 1 del Servicio de Deportes o la Nave 2 de la Universidad Popular. Sin perjuicio de las competencias de la Policía Local al respecto.
d) En relación con las fechas de aparición de los grafitis, no se disponen de datos concretos, ya que como se ha comentado anteriormente, el edificio ha estado sin uso deportivo hasta que han iniciado las obras de habilitación interior de la Nave 1, por lo que el OAM Fundación Deportiva Municipal no tiene asignado personal como en cualquier otro polideportivo municipal. Ya al inicio de las obras, el contratista adjudicatario de estas, realiza un reportaje fotográfico previo a cualquier intervención y se localizan ya grafitis y pintadas en la Nave 1, tal y como mostramos en las siguientes fotografías. En la fase actual de obras no está prevista una actuación de limpieza de grafitis, pero se le ha trasladado al Arquitecto Director de las obras que valore una actuación de limpieza de grafitis sobre los muros, teniendo en cuenta el nivel de protección del edificio, realizando los trabajos con una empresa especializada en intervención sobre edificios existentes con valor patrimonial, que no sea agresivo con los materiales existentes de los muros, ni sea abrasivo, descartando la proyección de partículas. Estos trabajos interpretamos que deberían de realizarse en fase de terminación de obra, cuando se estén dando los acabados, y con la valoración del Arquitecto director de las obras se podrán planificar las inversiones necesarias para llevarlas a cabo. QUE EL EDIFICIO ESTÉ SIN USO, NO EXIME AL AYUNTAMIENTO DE SU FUNCIÓN IN VIGILANDO Y DE MANTENER EL EDIFICIO EN LAS CONDICIONES QUE EXIGE LA LOTUP 5/2014 Y LA LPCV 4/1998, Y SUS POSTERIORES MODIFICACIONES.
Debido a ello, solicitamos la intervención del Síndic, pues consideramos que el Ayuntamiento de Valencia no estaba cumpliendo con sus obligaciones legales en lo que respecta a la protección, salvaguarda, vigilancia y cuidado de nuestro patrimonio cultural. Las pintadas delictivas se acumulan en las Naves de Demetrio Ribes sin que estas se retiren de manera inmediata; la Policía Local de Valencia no actúa por falta de personal; existen decenas de pintadas, roturas de cristales y daños en un BRL, pero sólo hay una reclamación en tres años; desconocen el tiempo que llevan algunas de las pintadas y grafitis porque no hay ni vigilancia, ni control, dentro de un parque en el que existen cámaras de vídeo vigilancia; no ha sido trasladada ninguna denuncia a un juzgado, a pesar de tratarse de delitos contra el patrimonio cultural, porque las mismas ni son detectadas, ni se persiguen penalmente; etc.
La dejadez de funciones de esta administración pública es altamente preocupante y alarmante. No es de extrañar, pues, el estado en el que se encuentra el patrimonio cultural de nuestra ciudad. Esperamos que nuestro consistorio no responda con los mismos informes que ya nos ha enviado y que han puesto de manifiesto su inactividad y el profundo desconocimiento de la realidad que afecta a nuestros bienes culturales, actuando única y exclusivamente a base de denuncias y quejas del ciudadano, en lugar de hacerlo motu proprio. Esperamos un mayor esfuerzo del Ayuntamiento de Valencia a la hora de responder a los ciudadanos, no repitiendo en bucle lo que ya sabemos.
Ante la más que evidente inactividad y dilación administrativa del Ayuntamiento de Valencia, cabe recordar la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: “Artículo 20. Resolución.
1. La resolución en la que se conceda o deniegue el acceso deberá notificarse al solicitante y a los terceros afectados que así lo hayan solicitado en el plazo máximo de un mes desde la recepción de la solicitud por el órgano competente para resolver.
2. Este plazo podrá ampliarse por otro mes (y no cuatro meses) en el caso de que el volumen o la complejidad de la información que se solicita así lo hagan necesario y previa notificación al solicitante.
En este caso, a fecha de 1 de febrero de 2024 todavía estamos recibiendo nueva información y detalles que se tendrían que haber facilitado antes del 12 de noviembre del 2023, cosa que no sucedió.
Esta inactividad y dilación injustificadas pueden verse también, claramente, en el hecho de que haya grafitis y pintadas delictivas en este conjunto BRL desde el año 2020, y que única y exclusivamente se han retirado (parcialmente) tras nuestra denuncia. Ni durante 2020, ni en 2021, ni en 2022, ni en 2023, el Ayuntamiento de Valencia se molestó en cumplir con sus funciones in vigilando, de inspección y de protección de un bien patrimonial perfectamente catalogado e identificado. Y sí, esto también es inactividad y un evidente dejación de funciones, a pesar de que el Ayuntamiento de Valencia vuelve a enredarse y a hacerse un lío con el marco legislativo vigente y con la realidad del expediente.
Dentro de este mismo expediente existen unas desafortunadas y torpes manifestaciones efectuadas por los responsables del Servicio de Patrimonio Histórico en las que afirman que por “no se está diciendo la verdad respecto de dichas pintadas como se acredita con las siguientes fotografía”, hay que señalar varias cuestiones:
a) Existe una falta de comprensión lectora o bien de una lectura global del conjunto de TODA la denuncia, por parte de las personas que han respondido de esta manera, puesto que hacemos referencia a TODAS las pintadas denunciadas, en conjunto, y no sólo a las de una nave en concreto. En el momento de la queja, durante el transcurso de la misma y todavía a fecha de hoy, sigue habiendo pintadas. Además, señalamos también el manido comodín de “en función de”, para no actuar: PUES TODAVÍA HAY PINTADAS Y LAS MISMAS NO SE RETIRAN. UNA ADMINISTRACIÓN SERIA, PROFESIONAL Y COMPROMETIDA DE VERDAD CON EL PATRIMONIO CULTURAL VALENCIANO NO PUEDE SEGUIR USANDO EL COMODÍN DE QUE “SU LIMPIEZA EN FUNCIÓN DE LOS CRITERIOS DE URGENCIA, PELIGROSIDAD Y DISPONIBILIDAD DE RECURSOS ECONÓMICOS Y HUMANOS QUE TIENE EL SERVICIO”.
b) Con declaraciones como está, acusando a nuestra asociación de faltar a la verdad, el Servicio de Patrimonio Histórico pierde todavía más credibilidad, teniendo además en cuenta el reguero y la montaña de recomendaciones que acumula durante estos últimos años.
c) Cabe recordar que tenemos un sólo ayuntamiento y no diecisiete diferentes que se comportan como Reinos de Taifas independientes. Y que cada una de las concejalías, áreas y servicios deberían estar perfectamente coordinadas y no lo están. Cada una responde por su cuenta y traslada la responsabilidad a otra, quitándose el problema de encima. Las Naves de Demetrio Ribes son un sólo BRL, con su ficha única. El Ayuntamiento de Valencia y alguno de los servicios que han respondido están usando como excusa las diferentes “adscripciones” que tiene cada una de las naves, dividiendo los problemas y la resolución de los mismos en tres, cuatro o cinco servicios diferentes, que han vuelto a demostrar una deficiente colaboración entre ellos. Se trata de un elemento patrimonial protegido y quien tiene la potestad para intervenir sobre él es el Servicio de Patrimonio Histórico. Ni la Universidad Popular, ni Parques y Jardines, ni Deportes, pueden intervenir sobre un bien protegido, ni retirar las pintadas, sin la autorización, el permiso y los informes previos del Servicio de Patrimonio Histórico y/o de la Comisión de Patrimonio. Las brigadas de obra y personal no especializado no deberían ni limpiar, ni retirar pintadas de los muros y paredes de nuestro patrimonio, tal y como nuestra asociación está cansada de repetir.
d) Hay que recordar, igualmente, que EL SERVICIO DE PATRIMONIO HISTÓRICO DEL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA DISPONE DE UNA CONTRATA ESPECIAL DE LIMPIEZA PARA MONUMENTOS. Y LAS NAVES DE DEMETRIO RIBES LO SON, ESTEN O NO ESTÉN ADSCRITAS A SU SERVICIO. NUESTRO CONSISTORIO NO PUEDE COMPORTARSE COMO UNA ADMINISTRACIÓN CON COMPARTIMENTOS ESTANCOS QUE NI SE COMUNICAN, NI COLABORAN ENTRE SÍ DE MANERA ÁGIL, DINÁMICA Y CORRECTA. ES TAN SENCILLO COMO QUE EL SERVICIO DE INFRAESTRUCTURAS DEL OAM FUNDACIÓN DEPORTIVA MUNICIPAL O LA UNIVERSIDAD POPULAR SE COMUNIQUEN CON EL DE PATRIMONIO HISTÓRICO PARA QUE ESTE ACTÚE. Es absurdo e ilógico que la contrata de limpieza y eliminación de pintadas para monumentos actúe sólo para un servicio específico y no para el resto de servicios municipales, máxime cuando se trata de un mismo ayuntamiento y de un monumento y/o edificio que se encuentra incluido en el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos del Ayuntamiento de Valencia.
De esta manera, por todo lo anteriormente expuesto, el Síndic apunta que en el caso que nos ocupa, nuestra asociación ha insistido que nuestro consistorio no nos ha facilitado toda la información solicitada con fecha 12/9/2023 sobre las naves-taller y muelles cubiertos del arquitecto Demetrio Ribes Marco dentro del plazo máximo de un mes, sino que algunos datos han sido entregados con retraso, fuera de plazo y de forma escalonada con ocasión de la tramitación de esta queja.
El Síndic ha señalado que es importante recordar que las personas que solicitan información pública tienen derecho a acceder a la misma lo antes posible. En enero de 2024, ha entrado en vigor el Convenio del Consejo de Europa sobre acceso a documentos públicos de 2009, en cuyo artículo 5.4 se dispone lo siguiente:
“Toda solicitud de acceso a un documento público se tramitará rápidamente. La decisión se adoptará, comunicará y ejecutará lo más rápidamente posible”.
El artículo 22.1 de la referida Ley 19/2013 indica lo siguiente:
“Cuando no pueda darse el acceso en el momento de la notificación de la resolución deberá otorgarse, en cualquier caso, en un plazo no superior a diez días”.
Y aquí viene el tirón de orejas, que es para enmarcar:
Dicho en otras palabras, si no se puede entregar toda la información solicitada dentro del plazo de un mes, como mucho, se podrá dilatar un máximo de diez días, pero no más tiempo. No es de recibo facilitar información parcial e incompleta y luego, con posterioridad a dichos plazos, entregar la información con “cuenta gotas” o de forma escalonada.
Por otra parte, las personas que presentan escritos o solicitudes al Ayuntamiento de Valencia exigiendo su actuación en cumplimiento de sus competencias, no tienen la obligación de conocer el reparto interno de las mismas entre sus distintos departamentos, servicios o unidades, de manera que es el propio Ayuntamiento quien deberá coordinar los informes y las actuaciones repartidas entre los distintos servicios para que la respuesta al ciudadano sea global y no parcial por parte de un único servicio o departamento.
La titularidad de la competencia corresponde al Ayuntamiento, que actúa con personalidad jurídica única. La potestad auto organizativa municipal no puede perjudicar el derecho que tienen las personas a recibir una respuesta única y conjunta por parte de todos los servicios, departamentos o unidades organizativas afectadas.
Finalmente, respecto al fondo del asunto, el autor de la queja manifiesta que todavía existen pintadas que no han sido eliminadas por la contrata de limpieza de monumentos del Servicio de Patrimonio Histórico municipal.
Y por todo lo anteriormente expuesto:
RECOMIENDAN que se adopten todas las medidas que sean necesarias para mejorar el estado de conservación de las naves-taller y muelles cubiertos del arquitecto Demetrio Ribes Marco, entre ellas, la limpieza de las pintadas por personal cualificado y bajo la supervisión del Servicio de Patrimonio Histórico.
RECUERDAN EL DEBER LEGAL de contestar motivadamente las solicitudes de acceso a la información pública en el plazo máximo de un mes, facilitando de forma conjunta todos los datos de los que dispongan los distintos servicios municipales con competencias en la materia en el plazo máximo de 10 días, y no de forma parcial y escalonada en el tiempo.
sábado
Una década de abandono, negligencia y chapuzas en el entorno del Monasterio de San Miguel de los Reyes
Buenas tardes,
Han pasado ya más de diez años desde que denunciamos el mal estado en el que se encontraba y se sigue encontrando el muro de las huertas históricas del Monasterio de San Miguel de los Reyes y el entorno de protección del BIC. Los avances reales y efectivos han sido mínimos e imperceptibles.
En todo este tiempo, el expediente de queja cuenta ya con seis recomendaciones del Síndic de Greuges, aceptadas, pero incumplidas sistemáticamente. Además, el muro de las huertas, que forma parte del BIC, ingresó en mayo de 2022 en la Lista Roja del Patrimonio de Hispania Nostra.
https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2022/08/sextas-recomendaciones-del-sindic-de.html
https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2020/05/quintas-recomendaciones-del-sindic-de.html
https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2018/08/cuartas-recomendaciones-del-sindic-de.htm
La última de las seis recomendaciones se produjo en agosto de 2022 y diecisiete meses después, continúa todo exactamente en el mismo lugar en el que lo dejamos. El Ayuntamiento de Valencia y la Conselleria de Cultura están atascados en el laberinto de la burocracia que ellos mismos han creado para que cualquier mínimo avance tarde una eternidad.
No se entiende por qué en todo este tiempo, las administraciones públicas han sido incapaces de realizar tareas básicas y sencillas como retirar las pintadas y grafitis delictivos, limpiar la basura, latas, botellas y todos los enseres que se acumulan en una valla que se cae a trozos, evitar el aparcamiento en una zona en la que hay una señal (pegada a un BIC) que lo indica, o revertir la construcción chapucera e ilegal de un muro histórico con bloques de hormigón.
En este punto cabe recordar que EL MURO EJECUTADO CON BLOQUES DE HORMIGÓN NO CUMPLE CON LOS CRITERIOS DE RECONSTRUCCIÓN NI DE RESTAURACIÓN QUE ESTABLECE LA LEY 4/98, DE 11 DE JUNIO, DEL PATRIMONIO CULTURAL VALENCIANO. POR LO TANTO, ES ILEGAL.
La propia Conselleria de Cultura, a través de la Dirección General de Cultura y Patrimonio, ya nos respondió y nos aseguró que NO EXISTÍA EXPEDIENTE DE AUTORIZACIÓN para la ejecución de dicha reparación y que desconoce si ha existido alguna intervención de urgencia del Ayuntamiento de Valencia para evitar el colapso de alguna parte del muro. Alguien intervino sobre un BIC sin permisos y autorizaciones y no se han depurado responsabilidades.
Más de siete años después ha sido completamente imposible averiguar QUIÉN PERMITIÓ Y/O AUTORIZÓ, POR ACCIÓN U OMISIÓN LA RECONSTRUCCIÓN DE UNA ESQUINA DEL MURO, QUE SE VINO ABAJO EN DICIEMBRE DE 2016, CON BLOQUES DE HORMIGÓN EN LUGAR DE USAR LA MISMA TÉCNICA CONSTRUCTIVA DEL MURO.
Tampoco es de recibo que, habiendo pasado más de siete años, NO SE HAYA PROCEDIDO A DERRIBAR ESA RECONSTRUCCIÓN DE HORMIGÓN Y SE HA OBLIGADO AL RESPONSABLE A RECONSTRUIRLO USANDO PARA ELLO LA MISMA TÉCNICA CONSTRUCTIVA ORIGINAL DEL MURO.
Lo que ha pasado y está pasando en este BIC es digno de estudio y de reflexión. Las preguntas y las dudas que genera lo que ha estado sucediendo durante los últimos diez años no se pueden explicar única y exclusivamente con la consabida incompetencia y la negligencia que demuestran las administraciones públicas a la hora de solventar los problemas del patrimonio cultural valenciano. Tampoco se puede explicar ni con la dejadez, ni con la dilación con la que normalmente se actúa. Hay algo más que no nos quieren contar y que nos están ocultando.
Que siete años después no nos permitan saber quién es el autor o los autores de la chapuza que hicieron en un muro que está protegido como BIC es, cuanto menos, muy sospechoso. Que nadie lo autorizara, que no exista expediente, ni que nadie sepa o quiera saber nada nos hace sospechar que se pueda estar encubriendo al responsable o los responsables de semejante atropello. Algo muy parecido a lo que pasó con la intervención que se realizó en los muros exteriores de La Ceramo y en las alquerías de la calle Olba, en la que se taparon las pintadas delictivas con pintura plástica, de manera muy cutre y torticera. El Ayuntamiento de Valencia no quiso responder qué brigada de obras actúo, ni a qué área o servicio municipal pertenecían.
Pasan los años, cambian los gobiernos, las sillas y los colores, pero la situación del muro de las huertas históricas de San Miguel de los Reyes y de su entorno de protección no mejora. Una muestra más de la incapacidad de todas y cada una de las administraciones públicas que tienen las competencias para resolver, de una vez por todas, los problemas denunciados por activa y por pasiva.
Un saludo...
lunes
La alquería de la calle Beato Gaspar Bono okupada y sin proyecto de rehabilitación
Buenas tardes,
La alquería de la calle Beato Gaspar Bono (BRL) continúa okupada y sin un proyecto ni a corto y medio plazo para su rehabilitación y puesta en valor.
La primera denuncia de nuestra asociación se produjo el 7 de diciembre de 2013, hace diez años y dos meses. Desde esa fecha hemos estado denunciando el abandono, la degradación y la ruina de este bien, contando con un expediente del Síndic de Greuges con tres recomendaciones aceptadas, pero incumplidas.
https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2023/05/las-asignaturas-pendientes-del_02055969750.html
En las últimas recomendaciones el Síndic pedía que, en cumplimiento de las anteriores recomendaciones de fechas 29/8/2014 y 6/5/2019, se adoptaran, de forma real y efectiva, las medidas necesarias para mejorar la protección de la Alquería de la calle Beato Gaspar Bono, eliminando las pintadas existentes en el muro exterior y evitando el aparcamiento de vehículos dentro del entorno de protección del bien de interés cultural (BIC) del Botànic.
Sin embargo y tal y como puede verse en las fotografías tomadas ayer domingo, 11 de febrero de 2024, siguen aparcando vehículos, pesar de las multas y retiradas de vehículos por parte de la Grúa Municipal (con el pegado de las notificaciones en la fachada de un BRL protegido). Esta medida sigue siendo un parche y no es la solución definitiva para evitar ese aparcamiento. Además, ya empiezan a aparecer las primeras pintadas que, si no son retiradas inmediatamente, terminarán llenando de nuevo las fachadas del bien.
El estado actual de este BRL incumple con el Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje (LOTUP), que en su Artículo 189. Deber de conservación y rehabilitación e inspección periódica de edificaciones, señala lo siguiente:
1. Las personas propietarias de construcciones y edificios deberán mantenerlos en condiciones de seguridad, funcionalidad y habitabilidad, realizando los trabajos y obras necesarias para conservar dichas condiciones o uso efectivo que permitan obtener la autorización administrativa de ocupación o título equivalente para el destino que les sea propio.
La alquería de Beato Gaspar Bono no reúne ninguna de estas condiciones, más de diez años después de iniciado el expte. de denuncia, y tras décadas de abandono y degradación.