miércoles

El Servicio de Arquitectura y Servicios Centrales Técnicos reconoce una mala actuación en el Jardín de Ayora (BRL)

Buenas tardes,

El Servicio de Arquitectura y Servicios Centrales Técnicos del Ayuntamiento de Valencia ha reconocido, finalmente, una mala e incorrecta intervención sobre un bien patrimonial protegido, como es en este caso el muro de cerramiento del Jardín de Ayora (BRL). 

Hasta la fecha, este y otros servicios municipales han escurrido el bulto, puesto mil y una excusas para no admitir y reconocer que brigadas de obras, personal de Planes de Ocupación Municipales, etc. actúan y siguen actuando sin control, vigilancia y supervisión, sobre bienes incluidos en el Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos de la ciudad de Valencia, y con errores de bulto por parte de la inspección municipal.

Nuestra asociación lleva denunciando hechos como este desde hace años. El caso del Jardín de Ayora es sólo la punta del iceberg de lo que ha pasado y continúa pasando y que no se ha querido reconocer, ni facilitar vía transparencia, con casos como La Ceramo de Benicalap, las alquerías de la calle Olba, los pretiles del antiguo cauce del río Turia y un largo etcétera. Todo ello fruto del descontrol a nivel patrimonial que existe en la ciudad de Valencia, con la excusa de los bienes no adscritos explícitamente y otros tantos adscritos a servicios tan variopintos como Parques y Jardines, Deportes, Universidad Popular, etc. que actúan ajenos y de espaldas al Servicio de Patrimonio Histórico, que es el servicio que debería emitir el correspondiente informe y la autorización para cualquier actuación en un bien catalogado y protegido. De esta manera se evitarían estas chapuzas propias de Pepe Gotera y Otilio.

Hemos podido conocer estos hechos porque el 25 de septiembre de 2024, nuestra asociación se dirigió al Ayuntamiento de Valencia, en virtud de la Ley 2/2015, de 2 de abril, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana, indicando que el 23 de septiembre de 2024 habíamos podido comprobar in situ que la parte exterior del muro y de la verja de cierre del jardín de Ayora (BRL), recayente a la calle Santos Justo y Pastor, con Músico Ginés, ha sido pintado y parcheado a trozos con el objetivo de tapar algunos grafitis y pintadas delictivas presentes, además de otros desperfectos, y en base a ello solicitábamos lo siguiente:

ACCESO Y COPIA ÍNTEGRA, TESTIMONIADA, DOCUMENTAL Y COMPLETA DE:

a) TODOS LOS PERMISOS Y AUTORIZACIONES EMITIDOS Y CONCEDIDOS POR EL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA, A TRAVÉS DE LAS CONCEJALÍAS, ÁREAS Y SERVICIOS CON COMPETENCIAS EN LA MATERIA, PARA PODER PINTAR EN LA SUPERFICIE DE UN ELEMENTO PATRIMONIAL COMO LO ES EL JARDÍN DE AYORA, PROTEGIDO CON LA CATEGORÍA DE BIEN DE RELEVANCIA LOCAL (BRL).

b) AL TRATARSE DE MONUMENTOS O EDIFICIOS PROTEGIDOS DE PROPIEDAD MUNICIPAL, COMO ES ESTE CASO, LOS INFORMES PRECEPTIVOS Y VINCULANTES DE LA DELEGACIÓN DE PATRIMONIO HISTÓRICO DEL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA, EN EL QUE SE DE EL VISTO BUENO Y AUTORICE PODER PINTAR EN LA SUPERFICIE DE UN ELEMENTO PATRIMONIAL COMO LO ES EL JARDÍN DE AYORA, PROTEGIDO CON LA CATEGORÍA DE BIEN DE RELEVANCIA LOCAL (BRL).

c) LA ACTUACIÓN DE LA CONCEJALÍA, SERVICIO MUNICIPAL, ORGANISMO, CONTRATA, SUBCONTRATA, EMPRESA, ETC. RESPONSABLE DE HABER PINTADO SOBRE LA SUPERFICIE DE UN ELEMENTO PATRIMONIAL COMO LO ES EL JARDÍN DE AYORA PROTEGIDO CON LA CATEGORÍA DE BIEN DE RELEVANCIA LOCAL (BRL).

Meses después y tras acudir nuevamente al Síndic de Greuges, este ha sido el informe del Servicio de Arquitectura y Servicios Centrales Técnicos, en el que queda patente este grave error:

Adicionalmente, se da la circunstancia de que este Servicio dispone de manera habitual de personal de Planes de Ocupación Municipales entre los cuales se incluye una dotación importante de personal con categoría  profesional de oficial 1ª pintura y peones de pintura. A la vista de la reclamación que venía  realizando la Universidad Popular y, dado que en dicho momento cabía la posibilidad de destinar a una brigada de pintores pertenecientes a dicho Plan por finalización de las labores de pintura en otros edificios municipales, se les encomendó realizar el parte de trabajo indicado. Sin embargo, desafortunadamente  se hizo  una  incorrecta  interpretación  de  la zona  de actuación por parte de la inspección municipal y, en vez de limitar la intervención a la zona acotada en la fotografía de la petición inicial, realizaron trabajos de pintura empleando pintura de revestimiento vinílico sobre los grafitis del muro perimetral del cerramiento del Jardín de Ayora, cuya conservación y mantenimiento, además, no es de competencia de esta Oficina.

Una  vez  detectado  y  verificado  dicho  error,  se  informa  que  está  previsto  efectuar durante la semana del 27 de enero los trabajos de retirada de la película de pintura aplicada en las diversas zonas del cerramiento  posterior del  Jardín de Ayora situado detrás del Palacete mediante la técnica de proyección de arena. Tras dicha actuación, se remitirá una comunicación al Organismo Autónomo Municipal de Parques y Jardines para que acometa, en su caso, los trabajos pertinentes de aplicación del revestimiento que considere más apropiado para el muro.

El Ayuntamiento de Valencia no puede seguir consintiendo estos errores en el patrimonio cultural valenciano y debe coordinarse mucho mejor. No puede ser que siga habiendo servicios que, porque tengan adscrito un BRL o un BIC, hagan lo que quieran, interviniendo sin ningún tipo de inspección, control y autorización de patrimonio. Es hora de que den la cara y de que depuren responsabilidades. No es ni tolerable, ni admisible este nivel de incompetencia e irresponsabilidad.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones, etc… a la hora de usar sin permiso nuestro trabajo.

jueves

La reparación de daños y de pintadas delictivas en el Palau de la Generalitat nos cuestan más de 22.000€

Buenas tardes,

La Generalitat Valenciana ha tenido que invertir un total de 22.496,20€, IVA incluido, tras la ejecución de los trabajos complementarios de sustitución de cristales rotos o dañados, restauración de las fachadas de piedra del Palau, retirada de pintura, huevos, chocolate o barro, entre otros, limpieza y restauración de carpintería y zona de afección en puertas y ventanas, trabajos de sustitución de cristales en ventanas de la calle Bailia, atacados con ácido, incluyendo la valoración de los trabajos patrimoniales recogidos en la memoria antes referida, el coste total de los trabajos necesarios para el restablecimiento de las condiciones previas a actos vandálicos y delictivos perpetrados tras la manifestación del pasado 9 de noviembre de 2024.

Esto es lo que nos ha costado su restauración tras el ataque contra este BIC, justificado por algunos bajo el paraguas de la "falacia del falso dilema", y sobre el que no se han querido pronunciar los diferentes grupos políticos, ni del Ayuntamiento de Valencia, ni de Les Corts Valencianes.

https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2024/11/el-patrimonio-cultural-valencia-y-la.html

Ayer conocimos los detalles, después de que solicitáramos el 14 de diciembre de 2024, vía Transparència, el proyecto de limpieza de las pintadas delictivas y de la eliminación de barro en las fachadas del Palau de la Generalitat Valenciana (BIC), así como de los diferentes daños causados durante la celebración de las manifestaciones de los días 9 y del 30 de noviembre de 2024; y el coste económico total de limpieza de las pintadas delictivas y de la eliminación de barro en las fachadas del Palau de la Generalitat Valenciana (BIC), así como de los diferentes daños causados durante la celebración de estas manifestaciones.

La empresa encargada de la limpieza y restauración de los daños, realizó una propuesta de tratamiento de limpieza, en el que estima en 23m2, aproximadamente, la superficie de los agravios ocasionados sobre la piedra del monumento.

El presente protocolo de intervención se ha basado en técnicas de limpieza mecánico-manuales y químicas para la eliminación de grafitis, respetando los principios de mínima intervención, compatibilidad y reversibilidad que guían la conservación y restauración de bienes culturales. La metodología de limpieza ha sido determinada mediante catas previas, en las que se aplicaron diversos disolventes de manera secuencial. Este proceso de observación y análisis permite definir el tratamiento óptimo, específico y respetuoso con las características originales del soporte.

Las catas se han realizado en las tres áreas principales afectadas por grafitis, empleando los disolventes en el siguiente orden y con métodos de aplicación, principalmente mediante hisopo:

1. Agua tibia: aplicada mediante esponja o hisopo, dependiendo según la porosidad de la superficie.

2. Alcohol etílico puro.

3. Mezcla de agua y acetona pura en proporción 1:1.

4. Acetona pura.

5. C2000 del 2 al 5%v, seguido de la eliminación de residuos mediante enjuague con agua.

6. Tween 20 al 3%, con tiempos de exposición controlado y retirando los residuos con acetona.

Dado que la superficie pétrea presenta una porosidad variable en distintas zonas, la técnica de aplicación de los disolventes se debe adaptar a estas morfologías. Si bien el hisopo es el método de aplicación principal, en áreas de mayor porosidad se recomienda el uso de esponjas y geles. Estos permiten una acción más prolongada y localizada, al facilitar un contacto controlado del producto en las zonas necesarias.

En aquellos puntos en los que la limpieza necesaria para eliminar la película pictórica del grafiti, altere la pátina de suciedad y envejecimiento natural de los paramentos, se deberá actuar a posteriori con una reintegración pictórica controlada a base de resina acrílica tipo ACRIL 33 al 5% en agua desmineralizada y pigmentos minerales con el fin de homogeneizar el aspecto del conjunto y mantener una lectura coherente y lineal.

Tras lo observado durante la realización de las catas de limpieza se puede determinar que en las zonas donde se encuentra la pintura roja se deberá aplicar acetona pura o acetona con agua desmineralizada o gelificada en las zonas más porosa de la piedra.

Donde los grafitis son de color pardo se deberá aplicar agua tibia para retirarlo correctamente, ya que se trata de un material orgánico que por el color, olor y textura se puede determinar que podría ser en ocasiones barro y en otras chocolate.

Por último, en los casos donde se elimine la pátina se reintegrará cromáticamente para restablecer la uniformidad visual de la superficie, respetando su envejecimiento natural y recuperando el aspecto estético original de la piedra.

En el pdf que hemos recibido, la Generalitat ha intentado ocultar, de manera chapucera, el nombre de la mercantil y de los restauradores que han realizado la intervención. El documento no tiene ningún tipo de restricción, contraseña, ni protección y editándolo, se puede eliminar el recuadro negro que han colocado, de manera torticera, encima de estos nombres, apareciendo los datos que se han intentado ocultar.

Por ello, hemos dado traslado de la misma al Síndic de Greuges, pues esta institución ya recordó que la protección de las personas físicas en relación con el tratamiento de datos personales es un derecho fundamental protegido por el artículo 18.4 de la Constitución española. Este derecho no se aplica a los datos de las personas jurídicas, y por lo tanto la Generalitat no debería ocultar estos datos, máxime cuando la restauración se está pagando con dinero público. 

Además, si este es el cuidado y la profesionalidad que muestran a la hora de proteger los supuestos “datos de carácter personal”, los ciudadanos deberíamos de estar preocupados cuando esta administración pública deba proteger, de verdad, aquellos datos que si que sean susceptibles de ser protegidos por el artículo 18.4 de la Constitución española.

Un saludo...

martes

Cerveza de alabastro y estuco

Buenos días,

La semana pasada nos hicimos eco de una fotografía que nos hicieron llegar, en la que se veía como unos operarios colocaban una tela protectora en la fachada principal del Palacio del Marqués de Dos Aguas, Museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias González Martí.

https://x.com/GHPatrimonioVLC/status/1882419915862462747

Ni el Ministerio de Cultura, ni el Museo Nacional de Cerámica, presentes en RRSS, respondieron a una pregunta cuya respuesta tuvo que llegar por otra vía, la prensa escrita. Un vehículo (camión) había golpeado el lado derecho de la fachada provocando daños en la magnífica portada de alabastro, diseñada por el pintor Hipólito Rovira y ejecutada por el escultor Ignacio Vergara.


El camión accedió a una calle peatonal para realizar la carga y descarga y, supuestamente, realizando una maniobra, golpeó y dañó la fachada de un edificio protegido como Bien de Interés Cultural. Este accidente fue registrado por la cámaras de seguridad del museo y, en principio, fue denunciado a la Brigada del Patrimonio de la Policía Nacional.

El golpe es significativo y ha sido tapado con una tela negra, cubriendo también el resto de la fachada que no tiene daños. Nuestra asociación se pregunta qué necesidad había de colocar una tela cubriendo completamente el resto de la fachada (sin daños), realizando además una serie de perforaciones innecesarias en el estuco del muro, si los daños estaban perfectamente localizados en la parte inferior de la misma. Algunas de estas actuaciones son difícilmente comprensibles y más aún cuando no se dan las correspondientes explicaciones, en un ejercicio claro de falta de transparencia.

El Ayuntamiento de Valencia debería habilitar, en las calles próximas, lugares específicos para la carga y descarga de estos vehículos, evitando a toda costa que pasen por estas calles peatonales en las que hay edificios de gran valor patrimonial, con el fin de prevenir hechos como el denunciado.

No es la primera vez que vemos una estampa similar y tampoco será la última si no se toman medidas al respecto. Y tanto va el cántaro a la fuente, que al final se rompe. Durante años hemos denunciado por activa y por pasiva, por RGE, vía Síndic de Greuges, los numerosos camiones que han entrado por la calle de la Lonja, estacionando su vehículo y realizando la carga y descarga a menos de un palmo de la fachada posterior de la Lonja de los Mercaderes o de la Seda, Patrimonio de la Humanidad UNESCO. Y todo ello con una señalética muy clara sobre la prohibición de carga y descarga, con cámaras de vídeo vigilancia y con un espacio habilitado en la plaza del Doctor Collado para estos menesteres, que suele estar ocupada por vehículos particulares durante mucho más tiempo del permitido y sin ningún tipo de control.


Valencia tiene un serio problema de movilidad, de aparcamiento, de zonas de carga y descarga y de los entornos y áreas de protección de los monumentos BIC y BRL, que no son ni tomados en serio, ni vigilados convenientemente por unas administraciones públicas que siguen haciendo una clara y manifiesta dejación de sus funciones in vigilando.

No puede ser que teniendo aprobado un Plan Especial de Protección, desde febrero de 2020, sucedan cosas como la que ha ocurrido en el Museo Nacional de Cerámica González Martí. No puede ser que vehículos pesados y furgonetas pasen, hagan maniobras y estacionen junto a las fachadas de nuestro patrimonio y pegados a ellas. No puede ser que, por mucho que nos guste que los bares y establecimientos reciban sus cajas de cerveza (o vino, refresco o cualquier otra bebida), se le de prioridad a esto por encima de nuestro patrimonio cultural. Si seguimos pensando igual, nos tocará pagar de nuestro bolsillo y con nuestros impuestos la cerveza de alabastro y estuco.

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones, etc… a la hora de usar sin permiso nuestro trabajo.

viernes

El Ayuntamiento de Valencia incumple con la Ley de Transparencia

Buenos días,

El Ayuntamiento de Valencia vuelve a hacer gala de su falta de transparencia, dificultando el acceso a la información pública y usando para ello argumentos y excusas que han sido desmontadas por el Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana.

En fecha 26 de agosto de 2024, nuestra asociación tuvo a bien dirigirse al Ayuntamiento de Valencia, con el fin de que PROCEDIERAN A FACILITARNOS ACCESO Y COPIA ÍNTEGRA, TESTIMONIADA, DOCUMENTAL Y COMPLETA DE LA SIGUIENTE INFORMACIÓN:

a) El costo económico total, las fechas en las que se realizó y todos los detalles de la restauración realizada por empresa constructora adjudicataria de la obra en la Casa del Senyor, que forma parte del conjunto de la “Alqueria dels Moros”.

b) El costo económico total, las fechas en las que se realizó y todos los detalles de la intervención para eliminar y solucionar los problemas de las manchas producidas por un exceso del material de impermeabilización de las baldosas de barro de la Casa del Senyor, que forma parte del conjunto de la “Alqueria dels Moros”.

Nuestra asociación solicitó esta información, a través de transparencia, a raíz de la queja nº2402014 (Casa del Senyor) abierta con su institución y en la que el Ayuntamiento de Valencia, a través del Servicio de Arquitectura y Servicios Centrales Técnicos afirmaba que:

a) “la puerta fue restaurada por la empresa constructora adjudicataria de la obra, limpiándola y dándole una imprimación anticorrosión a la misma, en febrero de 2022, no teniendo conocimiento de ninguna queja por parte de los usuarios del edificio de que se haya vuelto a producir la oxidación”.

Nuestra asociación dispone de fotografías de marzo de 2022, del año 2023 y del 2024 que muestran que la puerta que hemos denunciado (y no otra a la que pueda hacer referencia ese servicio) sigue estando dañada. Por lo tanto, la misma no puede haber sido restaurada.

a) “los pavimentos en ningún momento fueron parcheados de manera chapucera o inadecuada para camuflar las manchas de humedad de las baldosas de barro. Como ya se informó con anterioridad las manchas producidas eran un exceso del material de impermeabilización de las baldosas de barro que aparecieron con posterioridad a la entrega de la obra. Éste problema también quedó resuelto por la empresa constructora en febrero de 2022, no teniendo conocimiento de ninguna queja por parte de los usuarios del edificio de que se hayan vuelto a aparecer dichas manchas”

Sin embargo, disponemos de fotografías de octubre de 2019, cuando finalizó la obra, en la que se pueden ver claramente estas manchas. Por ende, ya existían con anterioridad a la entrega de la obra y a pesar de ello, la misma se recepcionó. 

Los pavimentos sí que fueron parcheados de manera chapucera e inadecuada, como bien sabe el Ayuntamiento de Valencia, al aplicar un exceso de tratamiento debido a la excesiva humedad que ya iba apareciendo antes de la entrega de la obra. Por lo tanto, se intentó camuflar de esta manera. Además, el problema sigue sin resolverse y tampoco fue solucionado en febrero de 2022, pues disponemos de material fotográfico de marzo de 2022, del año 2023 y del 2024, donde siguen estando esas manchas, también en algunas dependencias cerradas al público y que no se enseñan.

Tras la intervención del Síndic ha quedado patente que el Ayuntamiento de Valencia (Servicio de Sociedad de la Información, Transparencia y Simplificación de Procedimiento) no nos ha facilitado toda la información que pedimos o lo ha hecho de forma incompleta e inexacta, en base a las afirmaciones de que “Sería una cuestión a aclarar por parte de Centrales técnicos” ,“A confirmar por Centrales Técnicos”, “Indicar que sobre estas mismas cuestiones y para contestar a la solicitud de informe a la sección de quejas, se ha solicitado por parte de esta sección de transparencia informe al servicio de Centrales técnicos, que a fecha de hoy no se ha facilitado todavía”.  

Queremos volver a recordar que nuestra asociación no tendría que solicitar la información vía transparencia si el Ayuntamiento de Valencia no diera la información con cuentagotas, de manera incompleta y sesgada. En base a la información incompleta y contradictoria, ofrecida en el expte. de queja nº 2402014, y que tal y como ya manifestamos, esta no se ajusta a la realidad fotográfica y documental que tiene nuestra entidad, nos vimos en la obligación de pedirla el 26 de agosto de 2024.

Ante nuestra solicitud, en la que apuntábamos que: c) Entendemos que debe existir una ficha técnica de los productos utilizados para esta intervención, así como documentación fotográfica de las intervenciones, del antes y después, que tampoco han sido facilitadas. Todo esto debería estar detallado de manera rigurosa en un informe técnico y profesional. El Ayuntamiento de Valencia ha respondido “A confirmar por Centrales técnicos, dado se trata de una petición nueva de información que no planteó en el expediente de derecho de acceso, y entendemos que es una conclusión a la que llega el reclamante tras haber obtenido acceso a la información”

A este respecto, cabe señalar que cuando nuestra asociación pidió acceso y copia de “El costo económico total, las fechas en las que se realizó y todos los detalles de la intervención para eliminar y solucionar los problemas de las manchas producidas por un exceso del material de impermeabilización de las baldosas de barro de la Casa del Senyor, que forma parte del conjunto de la “Alqueria dels Moros”, esperaba un informe serio, profesional, riguroso y completo y no un documento redactada expresamente para respondernos, que no presenta ninguna fecha o firma electrónica que permita comprobar su autenticidad y sin incluir todos los detalles de la intervención.

Debemos señalar que en nuestra asociación hay miembros que son restauradores profesionales que han participado en licitaciones públicas con diferentes administraciones públicas y que han tenido que realizar informes detallados y minuciosos entre los que se incluía una ficha técnica de los productos utilizados para esta intervención, así como documentación fotográfica de las intervenciones, del antes y después. 

Cuando vimos que en la información requerida no se aportó esta información, los compañeros expertos en restauración nos indicaron que la información facilitada no se ajustaba para anda al contenido que debería tener un informe profesional sobre una restauración en un BIC, y por ende, la solicitamos. Volvemos a repetir que esto no sucedería no diera la información con cuentagotas y de manera sesgada.

Respecto al punto 3. El Ayuntamiento de Valencia respondió en fecha 2 de octubre de 2024, aportando una serie de informes, entre los que no se encuentra el siguiente:  

a) El respectivo a la afirmación de que: “la puerta fue restaurada por la empresa constructora adjudicataria de la obra, limpiándola y dándole una imprimación anticorrosión a la misma, en febrero de 2022, no teniendo conocimiento de ninguna queja por parte de los usuarios del edificio de que se haya vuelto a producir la oxidación”.  

Insistimos que a fecha de hoy no se nos ha facilitado el informe detallado sobre esta supuesta intervención realizada en febrero de 2022, y por lo tanto, pedimos al Síndic que el Ayuntamiento de Valencia nos la facilite.

Y el Ayuntamiento ha respondido que: “A este respecto, en la contestación a la solicitud de derecho de acceso, lo que se remitió por Centrales Técnicos fue un informe firmado por la empresa contratista, en el que indicaba que las actuaciones se habían realizado en marzo-abril de 2020, por tanto, sería una cuestión a aclarar por dicho servicio”.  

Por lo tanto, el Ayuntamiento de Valencia (Servicio de Sociedad de la Información, Transparencia y Simplificación de Procedimientos) ha dejado multitud de cuestiones sin aclarar y responder, trasladando la responsabilidad al Servicios Centrales Técnicos. Pedimos pues a su institución que este Servicio aporte toda la información señalada como que “Sería una cuestión a aclarar por parte de Centrales técnicos” o “A confirmar por Centrales Técnicos”, dado que afecta a varias de las cuestiones que planteó nuestra asociación.

Nuestra asociación alegó que “el documento no presenta ninguna fecha o firma electrónica que permita comprobar su autenticidad en relación con las fechas que plantea de abril y mayo de 2020. Parece un documento redactado expresamente para darnos respuesta y por lo tanto no se corresponde a lo que solicitamos: ACCESO Y COPIA ÍNTEGRA, TESTIMONIADA, DOCUMENTAL Y COMPLETA DE ESA INTERVENCIÓN”.  Y el Ayuntamiento de Valencia ha respondido que “a aclarar por parte de Transparencia que el derecho de acceso no ampara el acceso a copia íntegra, ni testimoniada, sino a la información pública en los términos del artículo 13 y siguientes de la Ley 19/2013 de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno teniendo en cuenta la aplicación en su caso de los límites como puede ser en materia de protección de datos, entre otros. Así, el documento que se facilitó por parte de Centrales técnicos firmada por la empresa contratista se anonimizó por parte de este servicio”.

Sobre este punto, nos gustaría que el Ayuntamiento de Valencia indicara y aclarara qué límites “en materia de protección de datos” se aplican en este caso concreto a la hora de solicitar la copia de un informe sobre la intervención, por parte de una empresa (¿nombre de la empresa? ¿CIF? ¿Dirección?), en un bien patrimonial público. 

Pareciera que este argumento se está empleando de manera genérica y absoluta para no facilitar el acceso y copia íntegra, testimoniada, documental y completa de esa intervención, y a cambio, presentar un documento realizado ex profeso y presentado ahora con la firma digital del 10 de septiembre de 2024.
 
Si existe un informe, con fecha de 2020 o de 2022 (detalle a aclarar por los Servicios Centrales Técnicos), y realizado en el momento mismo de la intervención sobre un bien catalogado como BIC, el mismo no se nos ha facilitado con la excusa de que se ha “anonimizado”. Nuestra asociación entiende que esa “anominización” debe aplicarse solo a los datos concretos que afecten en materia de protección de datos y no a la integridad del documento, usándose como excusa para no facilitar nuestro legítimo derecho de acceso a la información solicitada, y sustituyéndola por un documento nuevo, redactado a posteriori y que no tiene nada que ver con lo que pedimos.

Esta supuesta limitación no debería afectar a nuestra petición sobre tener acceso y copia íntegra, testimoniada, documental y completa de la ficha técnica de los productos utilizados para esta intervención, así como documentación fotográfica de las intervenciones, del antes y del después, que tampoco han sido facilitadas. Todo esto debería estar detallado de manera rigurosa en un informe técnico y profesional.

Además, debemos recordar que el Ayuntamiento de Valencia, en otros expedientes en los que estamos personados, nos ha facilitado el nombre y apellidos completos, DNI, y dirección postal completa de terceras personas que también están personadas en los mismos expedientes que nuestra asociación. Y todo ello, sin “anonimizar”.

Solicitamos pues a su institución que se pronuncien al respecto, pues consideramos que bajo la excusa de la “protección de datos”, el Ayuntamiento de Valencia pretende limitar y restringir, de manera abusiva y desproporcionada, nuestro legítimo derecho de acceso a la información, y concretamente al contenido de una ficha e informe técnico, documentación y fotografías en la intervención sobre un Bien de Interés Cultural de titularidad pública.

Tras presentar las correspondientes alegaciones, el Síndic ha sido muy claro y contundente con la actitud del Ayuntamiento de Valencia, señalando que "en el caso que nos ocupa, y a pesar del tiempo transcurrido desde entonces, no consta que el Ayuntamiento de Valencia haya facilitado al autor de la queja toda la información solicitada con fecha 26/8/2024"

Añade, además, que "en el informe municipal que tuvo entrada en esta institución con fecha 26/12/2024 se detallan muchas cuestiones que todavía no han sido informadas o contestadas por parte del denominado “Servicio de Centrales Técnicos”".  

Finalmente, es importante recordar que la protección de las personas físicas en relación con el tratamiento de datos personales es un derecho fundamental protegido por el artículo 18.4 de la Constitución española. Este derecho no se aplica a los datos de las personas jurídicas. Por lo tanto, el Ayuntamiento de Valencia ha pretendido colar la excusa de la protección de datos de personas físicas, que no se aplica a las personas jurídicas, para no facilitar una copia íntegra, documental y completa de un informe realizado por la empresa. Esta actitud denota una clara y manifiesta intención de dificultar y de no facilitar la información solicitada, valiéndose de todo tipo de artimañas y de una aplicación errónea, desproporcionada y abusiva de la Ley. Y habría que ver si existe intencionalidad o no en este comportamiento por parte de nuestro consistorio.

Por todo ello, el Síndic ha RECOMENDADO que se facilite al autor de la queja toda la información que se encuentra todavía pendiente de entrega y que fue solicitada con fecha 26/8/2024.   

La actitud y el comportamiento del Ayuntamiento de Valencia, durante todo este tiempo y en materia de transparencia, está dejando mucho que desear y nos está mostrando la verdadera cara de un consistorio que ni cree en la transparencia, ni permite que los ciudadanos accedamos a una información que es PÚBLICA y que pagamos entre todos con nuestros impuestos. 

En el caso de la Casa del Senyor (Alquería dels Moros) denota, además, que hay una presunta intencionalidad a la hora de querer ocultar y no facilitar cierta información respecto a dos supuestas intervenciones en un BIC (pavimento y puerta) que no terminan de estar claras ni en fechas, ni en materiales, ni en otros detalles propios de una restauración profesional en un bien patrimonial. ¿Por qué será?

Un saludo...

martes

2024: Un patrimonio cultural de récord negativo

Buenos días,

Cerramos un 2024 de récords negativos, tanto en la ciudad de Valencia, como en toda la Comunitat Valenciana, con treinta y tres bienes en la Lista Roja de Hispania Nostra a nivel del Cap i Casal y ciento dieciséis a nivel autonómico. 

https://conocevalenciapaseando.blogspot.com/2023/12/2023-un-ano-de-records-negativos.html

Unas cifras vergonzosas que ponen de manifiesto la desidia, la desgana y el desinterés de todas y cada una de las administraciones públicas valencianas que pretenden justificarlo con las consabidas excusas y argumentos irresponsables e infantiles, demostrando una preocupante falta de autocrítica y una incapacidad de gestión impropias de cualquier cargo político, técnico y funcionario.

Todo ello, además, agravado por la fatídica DANA del 29 de octubre que ha dejado un terrible rastro de destrucción y de muerte en nuestro territorio, dañando un patrimonio histórico y cultural ya de por sí maltrecho desde hace décadas. Y si la gestión ya era mala, ahora está siendo aún peor y ha puesto en evidencia y ha dejado a la vista las carencias y las vergüenzas de unos organismos públicos que ni han estado, ni están a la altura de la sociedad civil.

Otro año más para el olvido y que sigue teniendo como protagonistas al patrimonio rural, especialmente las alquerías, las pintadas delictivas en los bienes protegidos, el silencio administrativo crónico, la falta de transparencia y participación real de la ciudadanía y los eternos proyectos de rehabilitación de siguen sin llegar: La Ceramo, el Casino del Americano, la alquería de la Torre y las de la calle Olba y un largo etcétera de intervenciones paralizadas, dilatadas en el tiempo y que no se reactivan hasta que media denuncia por RGE.

Nuestra asociación cumplirá en 2025 catorce años de lucha ciudadana por la defensa y difusión del patrimonio cultural valenciano. Casi tres lustros teniendo que bregar y pelear a diario para que las administraciones públicas cumplan con sus obligaciones legales y hagan su trabajo. Unas administraciones que en demasiadas ocasiones se presentan como hostiles hacia los ciudadanos y las entidades como la nuestra por el mero hecho de que les molestamos y les hacemos trabajar "más de la cuenta". Catorce años después casi todo sigue igual. La política de partidos y de siglas lo devoran y acaparan todo, entorpeciendo el correcto desarrollo y la llegada a buen puerto de muchos de los proyectos e iniciativas, que son tasadas sólo bajo el prisma de la popularidad, los votos, la foto en portada, en definitiva, el rédito político que se pueda sacar de ello.

El objetivo es y debe seguir siendo la recuperación, la rehabilitación, la puesta en valor y el acrecentamiento del patrimonio cultural valenciano, cuestiones que están muy lejos de cumplirse a pesar de las casi trescientas recomendaciones emitidas por el Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, el defensor del pueblo valenciano al que más ignoran nuestras administraciones públicas valencianas.

Un saludo... y ¡Feliz 2025!

Imagen cedida por Jacqueline Pérez Solsona para Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural

miércoles

El refugio antiaéreo de la calle Espada entra en la Lista Roja de Hispania Nostra

Buenas tardes,

La asociación Hispania Nostra acaba de incluir el refugio antiaéreo de la calle Espada en la Lista Roja del Patrimonio.

Con la inclusión de este BRL en la lista, la ciudad de Valencia alcanza los treinta y tres bienes, siguiendo a la cabeza de las ciudades españolas con más bienes en peligro. La tendencia de aumentar la lista sigue siendo al alza, ante la inacción y dilación de unas administraciones públicas valencianas, que siguen incumpliendo el ordenamiento jurídico vigente, permitiendo, por acción u omisión, la degradación, ruina y abandono del patrimonio cultural valenciano.

https://listaroja.hispanianostra.org/ficha/refugio-antiaereo-de-la-calle-espada/

Se trata de un refugio antiaéreo con capacidad para trescientas ochenta personas de modelo adintelado, al igual que el de la carrer dels Serrans o el de la calle Alta-Ripalda.

Está formado por un rectángulo cubierto por una gruesa losa de hormigón armado, sustentada por robustas columnas cuadradas que se ensanchan en la parte alta, en la unión con el techo. Tiene un banco corrido para sentarse en las paredes perimetrales y alrededor de los pilares. Asimismo, conserva indicios de la maquinaria y tuberías para la renovación del aire.

En la fachada se encuentran las dos puertas de acceso a nivel de calle que daban a las escaleras. Sobre una de ellas aún se puede adivinar la silueta de las letras REFUGIO, desaparecidas completamente. En la fachada posterior del edificio se conserva todavía la chimenea de ventilación. La oculta ubicación de este refugio hizo necesaria la colocación de un segundo rótulo anunciador, de tipo art déco, en la esquina de la calle Espada con la plaza de Tetuán.

En algún momento, de acuerdo con información transmitida oralmente, se utilizó como local de ensayo de un grupo musical, momento al que pertenecerían las pintadas existentes en su interior.

El estado de conservación del refugio es bastante desfavorable. El interior del refugio, según se puede apreciar en fotografías antiguas, está lleno de pintadas, humedades y agua. Se han expoliado las letras de estilo art dèco del rótulo, conservándose solo la R y la F que se encuentran colocadas en la entrada del refugio antiaéreo que hay en el Ayuntamiento de Valencia. Sus fachadas exteriores, presentan capas de pintadas que no son retiradas y se acumulan una tras otra. Finalmente, la terraza está cubierta de vegetación y maleza que afectan con la humedad a la parte superior del mismo.

https://www.valenciabonita.es/2017/08/28/el-triste-abandono-del-refugio-antiaereo-de-la-calle-espada/

Es de propiedad privada y pasará a ser público (sin determinar cuándo), mediante cesión gratuita a favor del Ayuntamiento de Valencia, con cargo a los propietarios del ámbito de la Unidad de ejecución 2 de la Seu-Xerea.

Nuestra asociación lleva pidiendo su conservación y recuperación desde el año 2013 sin que el Ayuntamiento de Valencia haya tomado medidas para asegurar su protección, a pesar de las numerosas recomendaciones del Síndic. 

La tipografía art dèco, única en la ciudad junto con la de los refugios de Serranos y de la calle Alta, ya ha sido expoliada. Hay riesgo de mayores daños y degradación irreparable del bien, pues el consistorio sólo ha realizado algunos parcheos para cubrir el expediente, pero sigue sin actuar, de manera efectiva y real, para conseguir su conservación y rehabilitación. Las pintadas delictivas se han cronificado en sus fachadas exteriores sin que los legítimos propietarios del bien se molesten en mantenerlo limpio y libre de grafitis, ni que el Ayuntamiento de Valencia exija a los mismos su adecuada conservación y mantenimiento.

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones, etc… a la hora de usar sin permiso nuestro trabajo.

domingo

El antiguo Hospital General de Valencia y su jardín, abandonados por la Diputación Provincial de Valencia y el Ayuntamiento de Valencia

Buenas tardes,

Tanto el antiguo Hospital General de Valencia, hoy Biblioteca Pública del Estado Pilar Faus, como el jardín, siguen llenos de pintadas delictivas que nadie se preocupa en eliminar. Grafitis por doquier y orines en cada columna y en cada portada del recinto, que se eternizan ante la desidia y el pasotismo de la Diputación Provincial de Valencia y del propio Ayuntamiento de Valencia.

Volvemos a recordar, por enésima vez, que la Diputación Provincial de Valencia es la propietaria del edificio y de los jardines y por lo tanto le corresponde el mantenimiento del patrimonio cultural que hay allí. Ahora bien, como fruto de un convenio este espacio se cedió al Ayuntamiento de Valencia, quien tienen la obligación notificar a la Diputación los daños y desperfectos que puedan producirse, para que así esta los solucione.

Visto lo visto, "Tanto monta... Isabel como Fernando". Ninguna de las dos administraciones públicas está actuando, ni cumple con su función inspecciona, ni comunica los daños, desperfectos, etc. ni nada de nada. Un desastre absoluto en la gestión, el mantenimiento y la limpieza de este Bien de Interés Cultural.

Las pintadas llegan hasta los muros exteriores de la ermita de Santa Lucía (BIC), donde se acumula la basura, suciedad, orines y otros restos orgánicos. Pintadas que son parcheadas con capas y más capas de pintura plástica, con el objetivo de cubrirlas, más que de eliminarlas, y que no solucionan el problema de raíz.

Un simple paseo por todo el recinto, pone de manifiesto que no existe ningún respeto por nuestro patrimonio cultural, pero que tampoco hay ni vigilancia, ni inspecciones, ni se persiguen estos delitos contra el patrimonio cultural. Sigue sin haber ningún interés en combatir esta lacra, ni en anteriores gobiernos municipales, ni en el actual.

El edificio del antiguo Hospital General y el jardín, merecen un mayor respeto y consideración por parte de la Diputación de Valencia y del Ayuntamiento de Valencia. No es preciso que la sociedad cívica tenga que estar recordándole continuamente sus obligaciones legales. Saben de sobra el estado en el que se encuentra, pues el problema no es nuevo y lleva décadas produciéndose. Actúen YA.

Un saludo...

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jueves

Pintadas delictivas en el campanario del Micalet y en el pont de la Trinitat

Buenas tardes,

Siguen los ataques y los delitos penales contra nuestra patrimonio cultural, sin que el Ayuntamiento de Valencia y sus máximos responsables hayan tomado medidas para su prevención y para la identificación de los responsables de los mismos. 

Esta misma semana, el campanario del Micalet (BIC) ha sido objeto de una pintada, que ha quedado inconclusa, y cuyo mensaje iba en la misma dirección que las que se realizaron en el Palau de la Generalitat hace apenas unas semanas.

Alguna persona ha considerado que era adecuado y que estaba perfectamente justificado el poder expresar su rabia e indignación, pintarrajeando el campanario, mezclando Churras con Merinas y pagándolo el patrimonio cultural valenciano, como siempre.


Y también estos días, una persona o grupo de personas, ha pintarrajeado en el pont de la Trinitat (BRL). Contra estos imbeciles pintamonas caben un sinfín de adjetivos que definirían perfectamente su comportamiento delictivo, su falta de educación y respeto y la nula existencia de neuronas y por lo tanto, de neurotransmisores. 

Estos individuos que se divierten pintarrajeando nuestro patrimonio por diversión, debieron salir del espermatozoide más lento y más torpe, que además tropezó cuando iba camino al óvulo y se dejó parte de su carga genética por el camino, empezando por la inteligencia. 


El Ayuntamiento de Valencia debería contar, desde hace años, con las herramientas adecuadas para eliminar estas pintadas en el menor tiempo posible y si pudiera posible, incluso en horas. Que las mamarrachadas de estos mamarrachos duraran lo justo y que, además, se les identificara para que les cayera una buena sanción, además de rendir cuentas delante de un juez.

Además, se supone que hay una contrata municipal que es la encargada de esto. Sin embargo, tenemos localizados unos cuantos grafitis que llevan meses sin ser eliminados. Desconocemos por qué no se han borrado.

Lamentablemente y tal como venimos denunciando desde hace lustros, ninguna de las administraciones públicas parece estar por la labor. Sigue sin haber inspecciones, ni tampoco un grupo específico dentro de la Policía Local de Valencia para combatir esta lacra.

Cambian los gobiernos y pasan las legislaturas y los años, pero el problema sigue sin solucionarse, permaneciendo enquistado y agravándose año tras año.

Un saludo...


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viernes

Recomendaciones del Síndic de Greuges al Ayuntamiento de Valencia por el estado de ruina de la alquería del Mantot

Buenas tardes,

Nuevamente, las consideraciones y las recomendaciones del Síndic de Greuges ponen en duda la efectividad de las multas coercitivas que impone el Ayuntamiento de Valencia y dejan en evidencia que la actividad municipal desplegada hasta el momento no ha sido suficiente para evitar la progresiva degradación y el empeoramiento del estado de conservación de la Alquería del Mantot, que ya forma parte de la Lista Roja del Patrimonio de Hispania Nostra.

El 17 de mayo de 2024 denunciamos por RGE el mal estado y la ruina de la alquería del Mantot, situada en el Camí de les Escoles de Malilla, del barrio de Malilla. Un edificio con valor patrimonial y con un nivel actual de protección 2 en el PGOU de Valencia. La alquería se encuentra inventariada, dentro de las fichas de elementos arquitectónicos del Plan de Acción Territorial de Protección de la Huerta de Valencia, con el código P.A..T: EPA_15.03. 

El diario Levante-Emv publicó en fecha de 15 de agosto de 2019, hace más de cinco años, que el Ayuntamiento de Valencia trataba infructuosamente desde el año 2013 que su propietario, el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), cumpliera con su obligación de rehabilitarla, pero la entidad dependiente del Ministerio de Fomento estaba esquivando desde entonces su responsabilidad a base de recursos y alegaciones que ha ido perdiendo de manera sistemática. La última resolución, a la que tuvo acceso el Grupo Municipal Ciudadanos, data del 17 de julio del 2019, y en ella se ordenaba por tercera vez a Adif que restaurara inmediatamente el inmueble con nivel de protección 2; de lo contrario, la entidad gestora de los trenes será multada.

Desde esa fecha no tenemos más noticias, a pesar que ADIF, su legítimo propietario, lleva años incumpliendo el artículo 189 del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio,  urbanismo  y  paisaje (LOTUP),  que señala que las  personas  propietarias  de  construcciones  y  edificios  deberán  mantenerlos  en condiciones  de  seguridad,  funcionalidad  y  habitabilidad,  realizando  los  trabajos  y  obras  necesarias  para  conservar dichas condiciones o uso efectivo que permitan obtener la autorización administrativa de ocupación o título equivalente para el destino que les sea propio. 

Por lo tanto, ADIF es el máximo responsable del estado de ruina, abandono y destrucción en el que se encuentra el bien. El edificio amenaza ruina, pues ha sufrido algún incendio. Las vigas de madera están calcinadas, han desaparecido prácticamente la totalidad de los forjados de bóvedas de revoltones y de la planta plantas superior, al igual que el tejado a un agua. Su estado es crítico y necesita una actuación urgente.

El Servicio de Planeamiento del Ayuntamiento de Valencia realizó una interpretación manifiestamente sesgada y errónea afirmando que: "la interpretación que se realiza en la queja de que el mal estado de las alquerías es consecuencia del nivel de protección 2, y que podría evitarse con un mayor nivel de protección, proponiendo que sea BRL, pone de manifiesto que se confunden los valores patrimoniales intrínsecos al bien inmueble, que son los responsables del nivel de protección, con el estado de, siendo obligado su adecuado mantenimiento y conservación, conservación de los mismos independientemente del nivel de protección".

Este tipo de interpretaciones "de parte", suelen realizarse cuando no se quieren asumir responsabilidades por lo que ha pasado y cuando no existen argumentos convincentes y de peso para justificar una nefasta gestión y protección de nuestro patrimonio cultural

Cabe recordar que un mayor nivel de protección, incluyendo la alquería en el Catálogo como BRL, hubiera hecho que fuera de obligatorio cumplimiento la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano 4/1998, que afecta y se aplica a los BIC y a los BRL, pero no a los niveles de protección 2 del PGOU, como es el caso de esta alquería.

Cuando el Ayuntamiento de Valencia afirma que es obligado su adecuado mantenimiento y conservación de los mismos, independientemente del nivel de protección, debe referirse a otro bien y no a la alquería de Mantot, a tenor del estado en el que se encuentra el bien, en ruina y por los suelos. El nivel de protección 2 del PGOU ha sido claramente insuficiente para garantizar su adecuado mantenimiento, conservación e integridad.

Es más que evidente, no siendo necesario un mayor esfuerzo interpretativo, que el nivel de protección 2 en el PGOU de Valencia es y ha sido claramente insuficiente y no ha garantizado la protección de la alquería, tal y como puede comprobarse en su estado más absoluto de ruina.

El Servicio de Disciplina Urbanística asegura, además, que no existe la presunta inactividad del Ayuntamiento de Valencia que podría afectar al derecho a la protección del patrimonio cultural (…); por cuanto existe un expediente administrativo por deficiencias de la edificación de dicha alquería, ubicada en Camino de Gallineta nº 13, en el que consta tanto la adopción de medidas precautorias de seguridad por parte del Ayuntamiento, en vía de ejecución subsidiaria y a costa de la propiedad obligada, como la orden dirigida a la titular del inmueble para que solicite licencia de obras de intervención para su reparación integral; ante cuyo incumplimiento, esta administración municipal ha impuesto y liquidado hasta la fecha -en contra de lo alegado por el titular de la queja- dos multas coercitivas por importe de 7.719,16 euros cada una de ellas (correspondiente al 10% del coste estimado de las obras de reparación de los elementos catalogados, de acuerdo con lo prescrito por los artículos 189 y 192 del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio urbanismo y paisaje de la Comunidad Valenciana). 

En esta línea, las últimas actuaciones que se han llevado a cabo en el procedimiento tramitado por el servicio de Disciplina Urbanística han consistido en:

- Una inspección ocular por parte de los técnicos municipales, emitiendo informe en fecha 27 de junio de 2024, para constatar que las medidas de seguridad adoptadas por las adjudicatarias municipales en la alquería no han sido alteradas.

- La concesión a la propiedad del preceptivo trámite de audiencia previa a la propuesta de resolución de imposición de la tercera multa coercitiva, en fecha 4 de octubre de 2024, como medida de ejecución forzosa de lo ordenado. Asimismo, se le requiere la aportación de certificado de seguridad actualizado, en un plazo máximo de quince días, acreditativo de que con las medidas precautorias adoptadas el edificio reúne las debidas condiciones de seguridad en tanto se lleve a cabo la intervención definitiva, bajo apercibimiento ejecución subsidiaria en caso de incumplimiento.

Sin embargo, el Síndic ya ha dejado patente la escasa o nula efectividad de las multas coercitivas (Expte. de queja nº 2401918 sobre la alquería de Serra). Además, el Ayuntamiento de Valencia, habla sólo de dos multas coercitivas, pero no menciona las fechas de las mismas, cuánto han pasado entre la primera y la segunda multa, etc. y todo ello en relación a las décadas de abandono que lleva sufriendo esta alquería (¿del 2013 al 2024?). 

Por lo tanto, queda patente la inactividad del consistorio, quien a pesar de las supuestas medidas que dice haber tomado o estar tomando, ha sido incapaz durante todos estos años de que el legítimo propietario realice la rehabilitación integral de la alquería de Mantot, y de asegurarse que el bien no llegará a estar en el lamentable estado de ruina en el que se encuentra a fecha de hoy. 

La acción del Ayuntamiento de Valencia no puede quedarse única y exclusivamente en la realización de actuaciones precautorias y en la imposición, completamente inefectiva, de multas coercitivas (hasta 10, tal y como se nos respondió en el expte. nº 2401918). Ha quedado sobradamente demostrado que ninguna de las medidas tomadas ha evitado el actual estado de ruina del inmueble.

El Ayuntamiento de Valencia, además, pasa por alto y se olvida de que ADIF, su legítimo propietario, lleva años incumpliendo el artículo 189 del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio,  urbanismo  y  paisaje (LOTUP), así como la anterior legislación en materia de urbanismo,  que señala que las  personas  propietarias  de  construcciones  y  edificios  deberán  mantenerlos  en condiciones  de  seguridad,  funcionalidad  y  habitabilidad,  realizando  los  trabajos  y  obras  necesarias  para  conservar dichas condiciones o uso efectivo que permitan obtener la autorización administrativa de ocupación o título equivalente para el destino que les sea propio. 

Por lo tanto, la supuesta garantía de protección de la alquería de Mantot, así como la supuesta consideración y el interés de la Administración por la cautela y protección del Patrimonio Cultural Valenciano queda claramente en entredicho, pues la misma sólo se ve reflejada sobre el papel, pero no así por la integridad de un inmueble que está apuntalado, sin cubierta y en un estado de ruina inaceptable, incluso para ese nivel de protección 2 que recoge el PGOU de Valencia.

El Síndic es muy claro y conciso en las conclusiones de su investigación. Recuerda que el 10/9/2024 esta institución requirió al Ayuntamiento de Valencia una copia del informe técnico que justifica la improcedencia de catalogar a la Alquería del Mantot como bien de relevancia local.  Y apunta que en contestación a esta cuestión, en el informe municipal remitido, se indica que “en coherencia con el criterio de los diversos equipos multidisciplinares que lo han analizado en cada uno de los catálogos mencionados (Catálogo PGOU-88, Catalogo estructural 2015 y Catálogo del Plan de Acción Territorial de Protección de la Huerta de Valencia, actualmente en trámite). Estos equipos multidisciplinares consideraron, en coherencia con los criterios utilizados para la valoración de los bienes de todo el municipio, que debían protegerse con Nivel 2, utilizando criterios comunes y homogéneos, lo que garantiza objetividad y rigor”.

Sin embargo, no se ha facilitado una copia de las consideraciones efectuadas por dichos equipos multidisciplinares en relación con la Alquería del Mantot para conocer las concretas razones y los criterios utilizados para sostener que era suficiente con la protección de nivel 2. 

Por otra parte, el autor de la queja manifiesta que “en doce años, nuestro consistorio sólo ha sido capaz de imponer 2 multas coercitivas, a pesar del reiterado y manifiesto incumplimiento de las obligaciones legales de ADIF. Por ende, reiteramos la clara y manifiesta inactividad del Ayuntamiento de Valencia durante estos doce años, que se ha traducido con la degradación y ruina de un bien que debería haber sido catalogado como BRL y que ahora, por esta inacción de todas las partes implicadas, ha perdido esos valores patrimoniales intrínsecos al bien inmueble, que son los responsables del nivel de protección”. 

En este sentido, teniendo en cuenta el estado actual del inmueble, resulta evidente que la actividad municipal desplegada hasta el momento no ha sido suficiente para evitar la progresiva degradación y el empeoramiento del estado de conservación de la Alquería del Mantot.  

Por todo ello, el Síndic RECOMIENDA que se detallen al autor de la queja las consideraciones efectuadas por los distintos equipos multidisciplinares con la finalidad de que pueda conocer las concretas razones y los criterios utilizados para mantener el nivel 2 de protección del inmueble, y se sigan ordenando todas las medidas que sean necesarias en relación con el estado de conservación de la Alquería del Mantot. 

Quedamos a la espera de la respuesta y a que se facilite la información sobre esas razones y criterios para mantener sólo un nivel de protección 2 en esa alquería. Seguimos esperando una mayor transparencia por parte de un Ayuntamiento de Valencia que resulta cada día más opaco y más pendiente de tapar, con excusas cada vez peores, su manifiesta incapacidad a la hora de proteger y recuperar el patrimonio cultural de nuestra ciudad.

Un saludo...

El texto y las imágenes son propiedad de Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural, no permitiéndose su reproducción total o parcial sin citar las fuentes y a los autores originales al estar bajo licencia Creative Commons 3.0. Nuestra entidad no tiene ánimo de lucro, pero exige un mínimo de respeto y comportamiento ético y profesional a los medios de comunicación, partidos políticos, asociaciones cívicas, fundaciones… a la hora de apropiarse de nuestro trabajo y esfuerzo de años.

jueves

El Patrimonio Cultural Valenciano y la falacia del falso dilema

Buenos días,

La falacia del falso dilema es aquella que presenta únicamente dos opciones o puntos de vista de una cuestión o problema, cuando en realidad hay más complejidades. Esta falacia suele ser usada para excluir otras opciones a propósito con el fin de distorsionar un argumento y justificar ciertas acciones, como la que sucedió hace unos días, cuando se realizaron pintadas delictivas en las fachadas de un edificio protegido patrimonialmente, como lo es el Palau de la Generalitat (BIC).

El pasado sábado 9 de octubre se celebró en la ciudad Valencia una más que justificada y multitudinaria manifestación contra la nefasta, la negligente y la desastrosa gestión de la DANA que el 29 de octubre causó una catástrofe sin precedentes y que se llevó por delante la vida de más de doscientas personas, además de numerosos daños materiales en más de setenta municipios de la Provincia de Valencia.

Durante la celebración de esta manifestación, un grupo numeroso de manifestantes se concentró en torno al edificio del Palau de la Generalitat Valenciana para mostrar su indignación, su rabia y su dolor por todo lo sucedido. Delante de la puerta principal, se dejaron las botas llenas de barro de aquellas personas que han estado en la zona 0 de la catástrofe, ayudando a los damnificados y limpiando las calles. También se colocaron carteles de protesta contra la pésima gestión del Consell y de sus máximos responsables, y algunas personas estamparon las huellas de sus manos, llenas de barro, en los muros y sillares del Palau.

Lamentablemente, algunos individuos consideraron que estaba más que justificado ir más allá y decidieron pintar con espray y con plantillas una serie de mensajes, contra algunos de los responsables de lo ocurrido, en los muros de un edificio protegido como Bien de Interés Cultural. 

Estos individuos decidieron que nuestro patrimonio cultural debía pagar por lo que había sucedido y por lo tanto estaban legitimados para usarlo como saco de boxeo para volcar su rabia, su ira, su indignación y su frustración. Se estaba justificando, abiertamente y de forma manifiesta, un delito contra el patrimonio cultural, tipificado en el artículo 323 del Código Penal usando para ello la falacia del falso dilema.

Una falacia que fue repetida insistentemente en la red social X (Twitter), diciendo, por ejemplo, que las piedras no eran más importantes que las personas; que cómo era posible que importara más un edificio que todas las personas que habían muerto; que los monumentos están para aguantar los daños de la historia; que todavía había pasado poco; que tenían que haberle pegado fuego al edificio; que el Palau era del pueblo y que podían hacer con él lo que quisieran; que eso se puede limpiar y arreglar pero los muertos no se recuperan; o que no había que decirles a las personas que habían visto morir a los suyos cómo debían canalizar su rabia, amén de un sinfín de insultos y opiniones irracionales y sin sentido, como invocar la toma de la Bastilla, la Revolución Francesa o a María Antonieta.

https://x.com/vicentbaydal/status/1855352330700603644

Cualquiera de estos argumentos es sumamente peligroso e irresponsable, pues pueden servir para justificar futuros ataques al patrimonio cultural valenciano, dañando o destruyendo una de nuestras señas de identidad como pueblo. Independientemente de que sean "sólo cuatro pintadas" o de que estas se puedan limpiar a posteriori "con agua y una Karcher". Y no, no se está valorando sólo el alcance de los daños. Esa no es la cuestión y quienes nos dedicamos al patrimonio cultural y a la restauración lo sabemos de sobra.

Igualmente, queremos dejar muy claro que el hecho de mostrar preocupación y estar a favor de la protección y de la salvaguarda del patrimonio cultural, denunciando este tipo de ataques, no esta reñido con otros asuntos, aunque estos puedan ser más o menos graves y trascendentes. Son cuestiones totalmente compatibles que no están confrontadas. Te pueden y te deben importar las vidas humanas, al igual que te puede importar tu patrimonio cultural. Por ello, este dilema entre el patrimonio o las personas, entre las piedras o las vidas humanas es totalmente falso y engañoso y se ha usado precisamente para justificar un acto injustificable y delictivo.

También es preciso recordar que el Palau de la Generalitat ni es propiedad del actual President, Carlos Mazón, ni lo ha sido, ni lo será de los anteriores y de los próximos presidentes, que sólo están ahí de manera temporal y provisional. El Palau pertenece al conjunto de los ciudadanos, como sociedad, y no debería ser objeto de estos ataques, al igual que el resto del patrimonio cultural de los valencianos. Es una línea roja que no deberíamos volver a cruzar.

Por último, quisiéramos hacer hincapié en el significativo y atronador silencio, en las redes sociales, de los grupos políticos de la oposición, a nivel municipal y autonómico, y de sus responsables en las áreas de patrimonio y cultura. No hemos visto ningún tweet al respecto condenando este ataque innecesario e injustificado a nuestro patrimonio cultural, cuando por otros problemas patrimoniales menos graves se han rasgado las vestiduras, han publicado artículos en prensa, etc. y lo han utilizado para ir con machete y embestir al rival político. Es digno de analizar y de estudio esta actitud cobarde y distante con un patrimonio cultural que es de todos y de cada uno de los valencianos. Quizás no han querido recibir el aluvión de insultos y de ataques que han recibido en las redes sociales los colectivos y las personas que hemos condenado y condenamos estos comportamientos delictivos que NUNCA pueden justificarse con una falacia del falso dilema.

Círculo por la Defensa y Difusión del Patrimonio Cultural